{"id":43014,"date":"2023-07-29T16:53:27","date_gmt":"2023-07-29T16:53:27","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-3443-de-2010\/"},"modified":"2023-07-29T16:53:27","modified_gmt":"2023-07-29T16:53:27","slug":"decreto-3443-de-2010","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-3443-de-2010\/","title":{"rendered":"DECRETO 3443 DE 2010"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 3443 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(septiembre 17) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 47.835, septiembre 17 de 2010 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica \u00a0la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Derogado por el Decreto 1649 de 2014, \u00a0art\u00edculo 55. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Modificado por el Decreto 2653 de 2013, \u00a0por el Decreto 1397 de 2013 \u00a0y por el Decreto 394 de 2012. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 3: Derogado parcialmente por \u00a0el Decreto 1919 de 2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 4: Adicionado por el Decreto 2269 de 2013 \u00a0y por Decreto 2666 de 2012. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 5: Ver Resoluci\u00f3n 2186 de \u00a02010, D.O. 47.848. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el \u00a0numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Objeto, naturaleza y estructura \u00a0del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto. \u00a0Corresponde al Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0asistir al Presidente de la Rep\u00fablica en su calidad de Jefe de Gobierno, Jefe \u00a0de Estado y Suprema Autoridad Administrativa en el ejercicio de sus atribuciones \u00a0constitucionales y legales y prestarle el apoyo administrativo necesario para \u00a0dicho fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica tendr\u00e1 como denominaci\u00f3n abreviada la de \u201cPresidencia de la \u00a0Rep\u00fablica\u201d, la cual ser\u00e1 v\u00e1lida para todos los efectos legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Naturaleza. \u00a0El Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica tendr\u00e1 \u00a0naturaleza especial y en consecuencia, una estructura y una nomenclatura de sus \u00a0dependencias y empleos acordes con ella, de conformidad con lo establecido en \u00a0la Ley 55 de 1990. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones \u00a0generales. El Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0tendr\u00e1 las siguientes funciones generales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Organizar, dirigir, coordinar y realizar directamente \u00a0si fuere el caso, las actividades necesarias que demande el Presidente del a Rep\u00fablica, \u00a0para el ejercicio de las facultades Constitucionales que le corresponde \u00a0ejercer, con relaci\u00f3n al Congreso y con la administraci\u00f3n de justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Organizar, asistir y coordinar las actividades \u00a0necesarias que demande el Presidente de la Rep\u00fablica, para el ejercicio de las \u00a0facultades constitucionales que le corresponde ejercer como Jefe del Estado y \u00a0suprema autoridad administrativa, y disponer lo necesario seg\u00fan sus \u00a0instrucciones, para la eficiente y arm\u00f3nica acci\u00f3n del Gobierno, represent\u00e1ndolo, \u00a0cuando as\u00ed lo demande, en la orientaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la administraci\u00f3n \u00a0p\u00fablica y de sus inmediatos colaboradores en la acci\u00f3n de Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Hacer las veces de Secretario Ejecutivo en los \u00a0Consejos, Comit\u00e9s o dem\u00e1s organismos de consulta, asesor\u00eda, coordinaci\u00f3n o \u00a0apoyo que dependa directamente del Despacho Presidencial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divulgar los actos del Gobierno nacional y coordinar lo \u00a0referente a una adecuada difusi\u00f3n de la gesti\u00f3n gubernamental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar al Presidente de la Rep\u00fablica en los diagn\u00f3sticos, \u00a0estudios, an\u00e1lisis y dem\u00e1s actividades que contribuyan a la formaci\u00f3n de \u00a0criterios, conceptos o formulaciones que este desee definir. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar al Presidente de la Rep\u00fablica en el estudio de \u00a0la legalidad y conveniencia de los distintos actos legales, administrativos y \u00a0reglamentarios de los cuales conozca el primer mandatario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Prestar el apoyo log\u00edstico y administrativo que se \u00a0demande, para el ejercicio de las facultades y funciones presidenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Modificado \u00a0por el Decreto 394 de 2012, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Integraci\u00f3n del Sector Administrativo. El sector administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica est\u00e1 integrado por el Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y sus entidades adscritas y \u00a0vinculadas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Entidades vinculadas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Empresa Nacional de Renovaci\u00f3n y Desarrollo Urbano, \u00a0Virgilio Barco Vargas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Entidades adscritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Agencia Colombiana para la Reintegraci\u00f3n de Personas y \u00a0Grupos Alzados en Armas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de \u00a0Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia \u00a0APC &#8211; Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 4\u00ba: \u201cIntegraci\u00f3n del Sector Administrativo. \u00a0De conformidad con las normas vigentes el sector Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica est\u00e1 integrado por el Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica y las entidades adscritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Entidades Adscritas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Establecimiento P\u00fablico: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Agencia Presidencial para la Acci\u00f3n Social \u00a0y la Cooperaci\u00f3n Internacional. -ACCI\u00d3N SOCIAL-.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1397 de 2013. \u00a0Estructura. La estructura \u00a0del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica ser\u00e1 la \u00a0siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Vicepresidente de la Rep\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Direcci\u00f3n del Departamento \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Altas Consejer\u00edas Presidenciales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Alto Asesor de Seguridad Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Secretar\u00eda Privada \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4. Secretar\u00eda Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5. Secretar\u00eda del Consejo de Ministros \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.6. Secretar\u00eda de Prensa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.7. Secretar\u00eda para la Seguridad Presidencial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.8. Programas Presidenciales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.9. Programa Presidencial para el Sistema Nacional de \u00a0Juventud \u201cColombia Joven\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.10. Casa Militar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Subdirecci\u00f3n General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Subdirecci\u00f3n de Operaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. Oficina de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3. Oficina de Control Interno Disciplinario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4. \u00c1rea Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.5. \u00c1rea Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.6 \u00c1rea de Contratos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.7. \u00c1rea de Talento Humano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.8. \u00c1rea de Informaci\u00f3n y Sistemas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2. Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Funciones de las dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Despacho \u00a0del Presidente de la Rep\u00fablica. Son funciones del Se\u00f1or Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, las consagradas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Despacho \u00a0del Vicepresidente de la Rep\u00fablica. Son funciones del Vicepresidente de \u00a0la Rep\u00fablica, las misiones o encargos especiales que le conf\u00ede el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica, de conformidad con lo establecido en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Modificado \u00a0por el Decreto 394 de 2012, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Direcci\u00f3n del Departamento. La Direcci\u00f3n del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, estar\u00e1 a cargo \u00a0del Director del Departamento, quien la ejercer\u00e1 con la inmediata colaboraci\u00f3n \u00a0del Subdirector General del Departamento, y cumplir\u00e1, las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar a las Altas Consejer\u00edas, Secretar\u00edas y \u00a0Programas de la Presidencia y Vicepresidencia de la Rep\u00fablica, en el cumplimiento \u00a0de sus funciones y actividades que desarrollar\u00e1n las mismas, de conformidad con \u00a0los lineamientos que imparta el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con los Ministros y Directores de \u00a0Departamento Administrativo la gesti\u00f3n de las pol\u00edticas gubernamentales \u00a0correspondientes a sus respectivos sectores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar a consideraci\u00f3n del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica los asuntos provenientes de los ministerios, departamentos \u00a0administrativos, establecimientos p\u00fablicos y dem\u00e1s organismos de la administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asistir al Presidente de la Rep\u00fablica en el ejercicio \u00a0de las funciones que le corresponde en relaci\u00f3n con los poderes p\u00fablicos y \u00a0dem\u00e1s organismos o autoridades a que se refiere la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Atender las relaciones con los poderes p\u00fablicos y dem\u00e1s \u00a0organismos o autoridades a que se refiere la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0conformidad con los lineamientos que imparta el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Estudiar los asuntos que le asigne el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica; atender las audiencias que le indique y representarlo en los actos \u00a0que le se\u00f1ale. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Ejercer las funciones que le delegue el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica conforme a la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Representar legalmente al Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Se\u00f1alar las pol\u00edticas generales del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Republica, fijar los lineamentos de \u00a0direcci\u00f3n y control para el desarrollo de los programas y funciones de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Crear y organizar grupos internos de trabajo con el \u00a0fin de desarrollar con eficiencia, eficacia y oportunidad los objetivos, \u00a0pol\u00edticas, planes y programas del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Propender por el adecuado ejercicio del control \u00a0interno y supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Presentar los informes de labores del Departamento al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y al Congreso Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Suscribir a nombre de la Naci\u00f3n los contratos \u00a0relativos a asuntos propios de la Presidencia de la Rep\u00fablica conforme a la \u00a0ley, a los actos de delegaci\u00f3n y dem\u00e1s normas pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Aprobar los anteproyectos de presupuesto de inversi\u00f3n \u00a0y de funcionamiento y el proyecto del Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Numeral adicionado por le Decreto 2666 de 2012, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Liderar, \u00a0gestionar y coordinar con las entidades del orden nacional competentes, los \u00a0procesos de formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y programas sociales con enfoque \u00a0poblacional y de derechos, prioritarios para el Departamento Archipi\u00e9lago de \u00a0San Andr\u00e9s, Providencia y Santa Catalina, as\u00ed como para sus municipios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 8\u00ba: \u201cDirecci\u00f3n del Departamento. La \u00a0Direcci\u00f3n del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0estar\u00e1 a cargo del Director del Departamento, quien la ejercer\u00e1 con la inmediata \u00a0colaboraci\u00f3n del Subdirector General del Departamento, y cumplir\u00e1, las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar a las Altas Consejer\u00edas, \u00a0Secretar\u00edas y Programas de la Presidencia y Vicepresidencia de la Rep\u00fablica, en \u00a0el cumplimiento de sus funciones y actividades que desarrollar\u00e1n las mismas, de \u00a0conformidad con los lineamientos que imparta el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con los Ministros y Directores \u00a0de Departamento Administrativo la gesti\u00f3n de las pol\u00edticas gubernamentales \u00a0correspondientes a sus respectivos sectores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar a consideraci\u00f3n del Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica los asuntos provenientes de los ministerios, departamentos \u00a0administrativos, establecimientos p\u00fablicos y dem\u00e1s organismos de la \u00a0administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asistir al Presidente de la Rep\u00fablica en \u00a0el ejercicio de las funciones que le corresponde en relaci\u00f3n con los poderes \u00a0p\u00fablicos y dem\u00e1s organismos o autoridades a que se refiere la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Nota: El texto de \u00a0este numeral no aparece en la publicaci\u00f3n oficial del Diario Oficial No. 47.835, pag. 3. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Atender las relaciones con los poderes \u00a0p\u00fablicos y dem\u00e1s organismos o autoridades a que se refiere la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica de conformidad con los lineamientos que imparta el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Estudiar los asuntos que le asigne el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica; atender las audiencias que le indique y \u00a0representarlo en los actos que le se\u00f1ale. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Ejercer las funciones que le delegue el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica conforme a la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Representar legalmente al Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Se\u00f1alar las pol\u00edticas generales del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica, fijar los lineamentos \u00a0de direcci\u00f3n y control para el desarrollo de los programas y funciones de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Crear y organizar grupos internos de \u00a0trabajo con el fin de desarrollar con eficiencia, eficacia y oportunidad los \u00a0objetivos, pol\u00edticas, planes y programas del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Propender por el adecuado ejercicio del \u00a0control interno y supervisar su efectividad y la observancia de sus \u00a0recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Presentar los \u00a0informes de labores del Departamento al Presidente de la Rep\u00fablica y al \u00a0Congreso Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Suscribir a nombre de la Naci\u00f3n los contratos relativos a \u00a0asuntos propios de la Presidencia de la Rep\u00fablica conforme a la Ley, a los \u00a0actos de delegaci\u00f3n y dem\u00e1s normas pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Aprobar los anteproyectos de presupuesto \u00a0de inversi\u00f3n y de funcionamiento y el proyecto del Programa Anual Mensualizado \u00a0de Caja, PAC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que correspondan con la \u00a0naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. \u00a0Altas Consejer\u00edas \u00a0Presidenciales. Son funciones de las Altas Consejer\u00edas adem\u00e1s de las \u00a0contenidas en los actos de su creaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y hacer el seguimiento de los asuntos que por \u00a0decisi\u00f3n expresa del Presidente de la Rep\u00fablica les sean encomendados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Rendir al Presidente de la Rep\u00fablica informes \u00a0peri\u00f3dicos sobre los asuntos que les sean encargados y presentar \u00a0recomendaciones que redunden en beneficio de las pol\u00edticas que sobre esos temas \u00a0desarrolle el Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Recomendar mecanismos de concertaci\u00f3n entre las \u00a0autoridades de los niveles nacional, departamental y municipal, de acuerdo con \u00a0las instrucciones que imparta el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. El \u00a0Alto Asesor de Seguridad Nacional. Son funciones del Alto Asesor de Seguridad \u00a0Nacional, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica en materia de \u00a0Seguridad Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar y concertar y formular con las entidades \u00a0responsables las pol\u00edticas presidenciales en materia de Seguridad Nacional y \u00a0hacer el seguimiento a su cumplimiento \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo de Seguridad \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar la preparaci\u00f3n de los documentos y la \u00a0informaci\u00f3n que requiera el Presidente de la Rep\u00fablica en materia de seguridad \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Preparar las directivas presidenciales en materia de \u00a0seguridad nacional y hacer seguimiento a su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Cumplir cualquier otra tarea en materia de seguridad \u00a0nacional que le asigne el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Secretar\u00eda \u00a0Privada. Son funciones de la Secretar\u00eda Privada: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar, de acuerdo con los requerimientos del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, en la elaboraci\u00f3n y seguimiento de su agenda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar los documentos que le encargue el Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Velar por la compilaci\u00f3n de las intervenciones del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y dem\u00e1s documentos emanados de su despacho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con otras dependencias de la Presidencia, el \u00a0Gobierno Nacional y otras instancias gubernamentales, la agenda del Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Atender las audiencias que le encargue el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Atender la correspondencia dirigida al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica y coordinar las respuestas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar los viajes que realice el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica en materia de Seguridad \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Secretar\u00eda \u00a0Jur\u00eddica. Son funciones de la Secretar\u00eda Jur\u00eddica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Estudiar y preparar proyectos de leyes o actos \u00a0legislativos que el Presidente deba someter a consideraci\u00f3n del Congreso de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar la revisi\u00f3n previa a la presentaci\u00f3n al \u00a0Congreso de la Rep\u00fablica, de los proyectos de ley elaborados por los \u00a0ministerios y\/o dem\u00e1s entidades del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir al Presidente de la Rep\u00fablica y al Gobierno \u00a0Nacional en el estudio de los proyectos de leyes que se tramitan en el Congreso \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Colaborar con el Presidente en la preparaci\u00f3n de \u00a0mensajes de urgencia para las c\u00e1maras legislativas y\/o mensajes similares a las \u00a0autoridades judiciales de conformidad con la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar al Presidente para su sanci\u00f3n, u objeci\u00f3n por \u00a0inconstitucionalidad o inconveniencia, los proyectos aprobados por el Congreso \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Preparar o revisar los decretos con fuerza de ley que \u00a0deba expedir el Presidente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Numerar las leyes sancionadas y remitirlas para su \u00a0publicaci\u00f3n en el Diario Oficial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Revisar, estudiar, formular observaciones y emitir \u00a0conceptos sobre los proyectos de decretos, resoluciones ejecutivas y directivas \u00a0presidenciales sometidas a consideraci\u00f3n del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Absolver las consultas legales que le hagan el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, el Vicepresidente, el Consejo de Ministros, el \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y \u00a0sus funcionarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Asesorar a los funcionarios del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Republica, en todos los asuntos o \u00a0consultas jur\u00eddicas que se presenten en el ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirimir, por solicitud del Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0los Ministros y\/o Directores de Departamentos Administrativos, las diferencias \u00a0de interpretaci\u00f3n legal que se presenten entre las entidades por ellos \u00a0representadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Colaborar con los apoderados especiales de la Naci\u00f3n o \u00a0con el Ministerio P\u00fablico, en los juicios en los que esta sea parte y recibir \u00a0informes sobre dichos juicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar las oficinas jur\u00eddicas de las entidades \u00a0oficiales del orden nacional, cuando sea pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Promover y efectuar trabajos investigativos y \u00a0publicaciones de car\u00e1cter jur\u00eddico que interesen al Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar con los ministerios y departamentos \u00a0administrativos la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y la ejecuci\u00f3n de proyectos \u00a0tendientes a simplificar y racionalizar el ordenamiento jur\u00eddico nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Secretar\u00eda \u00a0del Consejo de Ministros. Son funciones de la Secretar\u00eda del Consejo de \u00a0Ministros: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y asistir al Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, en su calidad de Secretario \u00a0del Consejo de Ministros, en funciones asignadas en la Ley 63 de 1923 y \u00a0cumplir las funciones que este le delegue. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar las reuniones del Consejo de Ministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar el orden del d\u00eda, citar a las reuniones y \u00a0tomar las medidas necesarias para el buen funcionamiento del Consejo de \u00a0Ministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Examinar y someter a consideraci\u00f3n del Consejo de \u00a0Ministros los documentos de su competencia y suministrar los informes que le \u00a0solicite. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar las actas, presentarlas para aprobaci\u00f3n del \u00a0Consejo de Ministros hacerlas firmar para su posterior archivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Tramitar la informaci\u00f3n proveniente de otros organismos \u00a0y dependencias estatales que sea de competencia del Consejo de Ministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Gestionar los asuntos que le encargue el Consejo de \u00a0Ministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que le asigne el Presidente de la Republica, \u00a0acorde con la naturaleza del cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Secretar\u00eda \u00a0de Prensa. Son funciones de la Secretar\u00eda de Prensa: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Divulgar oportunamente a los medios de comunicaci\u00f3n las \u00a0actividades del Presidente de la Rep\u00fablica y las decisiones del Gobierno \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar las actividades necesarias para la divulgaci\u00f3n \u00a0de los actos en que participen el Presidente de la Rep\u00fablica, el \u00a0Vicepresidente, los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, \u00a0funcionarios de la Presidencia de la Rep\u00fablica y altos funcionarios del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Organizar la participaci\u00f3n de los medios de \u00a0comunicaci\u00f3n en los actos y viajes que realicen el Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0el Vicepresidente, Ministros, Directores de Departamento Administrativo y los \u00a0altos funcionarios del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar el seguimiento de la informaci\u00f3n emitida por \u00a0las agencias de noticias y los diferentes medios de comunicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar la edici\u00f3n y divulgaci\u00f3n de las publicaciones \u00a0que requiera la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Informar, a trav\u00e9s del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores, a las representaciones diplom\u00e1ticas y consulares de Colombia sobre \u00a0los principales acontecimientos nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar la divulgaci\u00f3n de los asuntos relacionados \u00a0con la Presidencia de la Rep\u00fablica, en los medios de comunicaci\u00f3n impresa, \u00a0electr\u00f3nica, de radio y televisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Secretar\u00eda \u00a0para la Seguridad Presidencial. Son funciones de la Secretar\u00eda para la \u00a0Seguridad Presidencial: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Velar por la integridad f\u00edsica del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, del Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la de sus familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar y planear todos los aspectos relacionados con \u00a0la seguridad del Presidente de la Rep\u00fablica, del Vicepresidente de la Rep\u00fablica \u00a0y la de sus familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar los programas de avanzada, inteligencia, \u00a0entrenamiento y operaciones, que garanticen la integridad f\u00edsica y personal del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, del Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la de sus \u00a0familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Identificar y adoptar, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0correspondientes autoridades, las medidas que remedien situaciones de \u00a0emergencia que comprometan la seguridad del Presidente de la Rep\u00fablica, del \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la de sus familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Participar en la organizaci\u00f3n de los viajes del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, del Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la de sus \u00a0familias y determinar las medidas de seguridad que deban seguirse. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Evaluar constantemente la seguridad del Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica, del Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la de sus familias, pudiendo \u00a0para ello requerir el apoyo de cualquier entidad del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Seleccionar, por recomendaci\u00f3n de sus superiores, el \u00a0personal que estar\u00e1 a cargo de la seguridad del Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la de sus familias, conformado por las Fuerzas \u00a0Militares, la Polic\u00eda Nacional y el Departamento Administrativo de Seguridad, \u00a0DAS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Informar al Presidente de la Rep\u00fablica y al \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica, sobre las medidas que se tomen para su \u00a0protecci\u00f3n y la de sus familias, as\u00ed como los inconvenientes que se encuentren \u00a0en la aplicaci\u00f3n de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Velar por la seguridad de los funcionarios de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, que por la naturaleza del cargo y funciones as\u00ed lo \u00a0requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Programas Presidenciales. Son \u00a0funciones de los Programas Presidenciales, adem\u00e1s de las contenidas en los \u00a0actos de su creaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejecutar los programas que por sus singulares \u00a0caracter\u00edsticas considere el Presidente deban realizarse bajo la coordinaci\u00f3n \u00a0inmediata del Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Participar de conformidad con las instrucciones impartidas \u00a0por el Director del Departamento en los temas relacionados con la ejecuci\u00f3n de \u00a0los contenidos del Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Rendir informes peri\u00f3dicos al Director del \u00a0Departamento, sobre el desarrollo de las actividades inherentes a cada \u00a0programa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Derogado \u00a0por el Decreto 1919 de 2013, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Programa Presidencial para el \u00a0Sistema Nacional de Juventud \u201cColombia Joven\u201d. Son funciones del Programa Presidencial para \u00a0el Sistema Nacional de Juventud \u201cColombia Joven\u201d en el marco de la Ley 375 de 1997, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, al Gobierno Nacional y a los gobiernos \u00a0territoriales, en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica de \u00a0juventud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Procurar que las \u00a0entidades estatales del orden nacional y territorial incorporen a los j\u00f3venes \u00a0en sus pol\u00edticas de desarrollo social y econ\u00f3mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar y ejecutar \u00a0planes, programas y proyectos en favor de la juventud y velar por su inclusi\u00f3n \u00a0en los planes de desarrollo nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Fomentar la \u00a0formaci\u00f3n para el trabajo, el uso del tiempo libre y la vinculaci\u00f3n del joven a \u00a0la vida econ\u00f3mica, cultural, a la globalizaci\u00f3n y a la competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Promover y realizar \u00a0estudios e investigaciones sobre temas y asuntos que conciernen a la juventud y \u00a0sobre el impacto de la pol\u00edtica p\u00fablica de juventud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Prestar asistencia \u00a0t\u00e9cnica en el dise\u00f1o y elaboraci\u00f3n de los planes de juventud de las entidades \u00a0territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Estimular la \u00a0formaci\u00f3n para la participaci\u00f3n de la juventud en las decisiones que los \u00a0afectan en la vida econ\u00f3mica, pol\u00edtica, administrativa y cultural de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover estrategias \u00a0que aseguren el acceso de los j\u00f3venes a los servicios, recursos y beneficios \u00a0ofrecidos por las entidades gubernamentales y no gubernamentales y generar \u00a0oportunidades para que los j\u00f3venes mejoren su formaci\u00f3n integral y su calidad \u00a0de vida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Concertar el desarrollo \u00a0de programas, proyectos y actividades en favor de la juventud que adelanten \u00a0instituciones estatales y privadas, de orden nacional e internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que \u00a0correspondan con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Casa \u00a0Militar. Son Funciones de la Casa Militar: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Responder para que las guardias militares que se \u00a0instalen en las residencias ocupadas por el se\u00f1or Presidente de la Rep\u00fablica o \u00a0su familia, y en los lugares a donde estos se desplacen dentro del territorio \u00a0nacional, cumplan con las decisiones que tome el Secretario para la Seguridad \u00a0Presidencial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con las Fuerzas Militares, la Polic\u00eda \u00a0Nacional o el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, los requerimientos \u00a0que a solicitud del Secretario para la Seguridad Presidencial, sean necesarios \u00a0para la seguridad del se\u00f1or Presidente o de su familia, en todas las \u00a0actividades en que estos participen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con la dependencia correspondiente, las \u00a0audiencias de los integrantes de las Fuerzas Militares, con el se\u00f1or Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar y hacer cumplir el protocolo establecido para \u00a0el se\u00f1or Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Subdirecci\u00f3n \u00a0General. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n General: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Reemplazar al Director del Departamento en sus faltas \u00a0de car\u00e1cter temporal, cuando as\u00ed lo determine el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asistir al Director del Departamento en sus relaciones \u00a0con los poderes p\u00fablicos y dem\u00e1s organismos o autoridades a que se refiere la \u00a0Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir al Director del Departamento en el ejercicio de \u00a0sus funciones de direcci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y control del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asistir a las Juntas, Consejos Directivos y las actividades \u00a0que le se\u00f1ale el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Orientar, coordinar y vigilar el cumplimiento de los \u00a0programas de trabajo de las dependencias del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Estudiar los informes peri\u00f3dicos u ocasionales que las \u00a0distintas dependencias del Departamento y las entidades adscritas a este deben \u00a0rendir al Director y presentarle las observaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Preparar para el Director del Departamento, en colaboraci\u00f3n \u00a0con las dependencias pertinentes del Departamento, los informes y estudios que \u00a0aqu\u00e9l solicite y coordinar la elaboraci\u00f3n de los informes peri\u00f3dicos que \u00a0compete presentar al Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. (sic) Numeral adicionado por el Decreto 2069 de 2013, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Coordinar, con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n el \u00a0fortalecimiento de los indicadores de seguimiento al Plan Nacional de \u00a0Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Subdirecci\u00f3n \u00a0de Operaciones. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Operaciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Velar en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias, por \u00a0el correcto y oportuno cumplimiento de las pol\u00edticas y los lineamientos \u00a0establecidos por la Direcci\u00f3n del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos, \u00a0relacionados con el manejo presupuestal y financiero del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y vigilar su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar las pol\u00edticas en materia de gesti\u00f3n del \u00a0recurso humano del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica y vigilar su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar las pol\u00edticas que en materia contractual y de \u00a0servicios administrativos requiera el Departamento Administrativo y vigilar su \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar los planes, programas y proyectos para el \u00a0manejo, an\u00e1lisis y desarrollo inform\u00e1tico que requiera el Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Requerir de las distintas dependencias del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, la ejecuci\u00f3n y el \u00a0cumplimiento del Plan Operativo Anual (POA) de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Fijar los procedimientos para garantizar la atenci\u00f3n de \u00a0quejas y reclamos, y para la atenci\u00f3n al usuario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asistir a los Consejos, Juntas, Comit\u00e9s y en general, a \u00a0las reuniones de car\u00e1cter oficial que determine el Director del Departamento \u00a0Administrativo de Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Modificado \u00a0por el Decreto 394 de 2012, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Oficina de Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina \u00a0de Planeaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Orientar y coordinar el desarrollo de los procesos de \u00a0planeaci\u00f3n, de acuerdo con los lineamientos del Director, el Subdirector \u00a0General y el Subdirector de Operaciones del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Director del Departamento y al Subdirector \u00a0de Operaciones en la definici\u00f3n, coordinaci\u00f3n, adopci\u00f3n y seguimiento de las \u00a0pol\u00edticas sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar y hacer seguimiento al Plan Estrat\u00e9gico \u00a0Institucional y Sectorial en coordinaci\u00f3n con las dependencias del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y las entidades adscritas al \u00a0sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con las dependencias de la entidad, la \u00a0formulaci\u00f3n y seguimiento del Plan Operativo Anual del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar metodolog\u00edas para construir indicadores que \u00a0permitan medir y evaluar la gesti\u00f3n y resultados del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dar concepto de viabilidad a los proyectos de inversi\u00f3n \u00a0del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y de las \u00a0entidades adscritas del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar y apoyar a las dependencias del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Republica y entidades del sector, en la \u00a0formulaci\u00f3n y desarrollo de los proyectos de inversi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar y consolidar en coordinaci\u00f3n con el \u00c1rea \u00a0Financiera el anteproyecto de presupuesto de la entidad y del sector para su \u00a0presentaci\u00f3n al Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Adelantar los tr\u00e1mites necesarios para la consecuci\u00f3n \u00a0de cr\u00e9dito interno y externo que a juicio del Director del Departamento sean \u00a0requeridos para el cumplimiento y desarrollo de sus proyectos y programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con las dependencias del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y sus entidades adscritas, con \u00a0base en las directrices del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, la programaci\u00f3n del Marco de Gastos de \u00a0Mediano Plazo y realizar los tr\u00e1mites correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Realizar los tr\u00e1mites presupuestales de gastos de \u00a0inversi\u00f3n del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y \u00a0del sector ante el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y el Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Efectuar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de los programas, planes y proyectos \u00a0financiados con recursos del presupuesto nacional, con fuente de cooperaci\u00f3n \u00a0internacional reembolsable y no reembolsable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Consolidar el Plan de Compras de Bienes y Servicios y sus \u00a0modificaciones, de acuerdo con la programaci\u00f3n que realicen las \u00e1reas y \u00a0efectuar el seguimiento a su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Administrar el Sistema Integrado de Gesti\u00f3n de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, acorde con los procesos establecidos para tal fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar y elaborar los estudios organizacionales \u00a0necesarios para la implementaci\u00f3n, dise\u00f1o y actualizaci\u00f3n de sistemas de \u00a0mejoramiento de gesti\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Formular herramientas metodol\u00f3gicas que faciliten la \u00a0definici\u00f3n, mejoramiento y actualizaci\u00f3n de los procesos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar la elaboraci\u00f3n y env\u00edo del Informe de \u00a0gesti\u00f3n de la Presidencia de la Rep\u00fablica y del sector ante el Congreso de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Coordinar y adelantar los tr\u00e1mites para la \u00a0incorporaci\u00f3n al presupuesto del Departamento Administrativo de la Presidencia \u00a0de la Rep\u00fablica los recursos de Cooperaci\u00f3n Internacional, t\u00e9cnica y financiera \u00a0no reembolsable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 21: \u201cOficina de Planeaci\u00f3n. Son funciones \u00a0de la Oficina de Planeaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Subdirecci\u00f3n de Operaciones \u00a0del Departamento en la definici\u00f3n, coordinaci\u00f3n y adopci\u00f3n de las pol\u00edticas \u00a0sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Evaluar los programas y proyectos de inversi\u00f3n \u00a0del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y sus \u00a0entidades adscritas, e inscribirlos en el Banco de Proyectos y Programas de \u00a0Inversi\u00f3n Nacional del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar el anteproyecto de presupuesto \u00a0de la entidad de conformidad con los lineamientos, del Director del \u00a0Departamento, y los que establezcan el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico \u00a0y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Consolidar el anteproyecto de presupuesto \u00a0del sector Presidencia de la Rep\u00fablica, para su presentaci\u00f3n ante el Ministerio \u00a0de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Evaluar, conceptuar y tramitar las \u00a0modificaciones que deban efectuarse en el presupuesto de la entidad sobre la \u00a0base de la ejecuci\u00f3n presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adelantar los tr\u00e1mites necesarios para la \u00a0consecuci\u00f3n de cr\u00e9dito interno y externo, que a juicio del Director del \u00a0Departamento, sean requeridos para el cumplimiento y desarrollo de sus \u00a0proyectos y programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y articular los procesos de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional, t\u00e9cnica y financiera no reembolsable, con destino al \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Efectuar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de \u00a0los programas, planes y proyectos financiados con recursos del Presupuesto \u00a0Nacional, con fuentes de Cooperaci\u00f3n Internacional reembolsable y no \u00a0reembolsable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar el Programa General de Compras \u00a0en coordinaci\u00f3n con las \u00c1reas Administrativa, Financiera y de Contratos y \u00a0efectuar el seguimiento a su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Elaborar, coordinar y controlar la \u00a0implementaci\u00f3n del sistema de procesos y procedimientos y participar en la \u00a0elaboraci\u00f3n del manual espec\u00edfico de funciones, requisitos y competencias \u00a0laborales del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar y elaborar los estudios \u00a0organizacionales necesarios para la implementaci\u00f3n, dise\u00f1o y actualizaci\u00f3n de \u00a0sistemas de mejoramiento de gesti\u00f3n de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Presentar los informes requeridos por el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, de conformidad con lo establecido en las \u00a0normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Elaborar el informe anual que deba \u00a0rendirse al Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Presentar los informes solicitados por \u00a0el Director y el Subdirector de Operaciones, en relaci\u00f3n con los asuntos a su \u00a0cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que correspondan con la \u00a0naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Modificado \u00a0por el Decreto 394 de 2012, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Oficina de Control Interno. Son funciones de la \u00a0Oficina de Control Interno: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, dirigir y organizar la verificaci\u00f3n y \u00a0evaluaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Verificar que el Sistema de Control Interno est\u00e9 \u00a0formalmente establecido dentro de la organizaci\u00f3n y que su ejercicio sea \u00a0intr\u00ednseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y, en particular, \u00a0de aquellos que tengan responsabilidad de mando. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Verificar que los controles definidos para los procesos \u00a0y actividades de la organizaci\u00f3n, se cumplan por los responsables de su \u00a0ejecuci\u00f3n y, en especial, que las \u00e1reas o empleados encargados de la aplicaci\u00f3n \u00a0del r\u00e9gimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta funci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar que los controles asociados con todas y cada \u00a0una de las actividades de la organizaci\u00f3n, est\u00e9n adecuadamente definidos, sean \u00a0apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la evoluci\u00f3n de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, \u00a0pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la \u00a0organizaci\u00f3n y recomendar los ajustes necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma \u00a0de decisiones, a fin que se obtengan los resultados esperados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Verificar los procesos relacionados con el manejo de \u00a0los recursos, bienes y los sistemas de informaci\u00f3n de la entidad y recomendar \u00a0los correctivos que sean necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Fomentar en toda la organizaci\u00f3n la formaci\u00f3n de una \u00a0cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento \u00a0de la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Evaluar y verificar la aplicaci\u00f3n de los mecanismos de \u00a0participaci\u00f3n ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional y legal, \u00a0dise\u00f1e la entidad correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Mantener permanentemente informados a los directivos \u00a0acerca del estado del control interno dentro de la entidad, dando cuenta de las \u00a0debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Verificar que se implanten las medidas respectivas \u00a0recomendadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le asigne el jefe del organismo o \u00a0entidad, de acuerdo con el car\u00e1cter de sus funciones y el Decreto 1826 de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Presentar los informes que le solicite el Subdirector de \u00a0Operaciones en relaci\u00f3n con los asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar y consolidar las respuestas a los \u00a0requerimientos presentados por los organismos de control, respecto de la \u00a0gesti\u00f3n del Departamento Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Reportar al Director del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, as\u00ed como a los organismos de control, los \u00a0posibles actos de corrupci\u00f3n e irregularidades que haya encontrado en el \u00a0ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Publicar cada cuatro meses en la p\u00e1gina de la entidad, \u00a0un informe pormenorizado del estado del control interno de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 22: \u201cOficina de Control Interno. Son \u00a0funciones de la Oficina de Control Interno: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Establecer los mecanismos de control de \u00a0gesti\u00f3n y de resultados, as\u00ed como de auditor\u00eda \u00a0interna en relaci\u00f3n con el desempe\u00f1o de las funciones asignadas al Departamento \u00a0Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Prestar asesor\u00eda en la estructuraci\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n de los planes, sistemas, m\u00e9todos y procedimientos de control \u00a0interno, necesarios para garantizar que todas las actividades, operaciones y \u00a0actuaciones del Departamento Administrativo se realicen de conformidad con la \u00a0Constituci\u00f3n y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Verificar los procesos relacionados con \u00a0el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de informaci\u00f3n de la entidad y \u00a0recomendar los correctivos que sean necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Fomentar en la entidad la formaci\u00f3n de \u00a0una cultura de autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en el \u00a0cumplimiento de la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Evaluar los m\u00e9todos y procedimientos que \u00a0se sigan en las actuaciones administrativas y recomendar al Director del \u00a0Departamento Administrativo, la supresi\u00f3n de aquellos innecesarios o que puedan \u00a0ser factor de ineficiencia o ineficacia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar indicadores de desempe\u00f1o de \u00a0car\u00e1cter cualitativo y cuantitativo para evaluar el desarrollo de los planes, \u00a0programas y proyectos de la Entidad y presentar informes al Director y al \u00a0Subdirector de Operaciones del Departamento Administrativo sobre el avance de \u00a0los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Consolidar la Cuenta Fiscal del \u00a0Departamento Administrativo y realizar los tr\u00e1mites para su presentaci\u00f3n y \u00a0radicaci\u00f3n ante la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar y Actualizar el Manual de \u00a0Procedimientos de Control Interno del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica y presentar informes de avances sobre la evoluci\u00f3n \u00a0del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asesorar y apoyar a las dem\u00e1s \u00a0dependencias del Departamento en la elaboraci\u00f3n de los manuales de procesos y \u00a0procedimientos, con el fin de racionalizar la gesti\u00f3n y los recursos de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Presentar los \u00a0informes que le solicite el Subdirector de Operaciones en relaci\u00f3n con los \u00a0asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de control interno que \u00a0garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n y operaci\u00f3n de la \u00a0dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que correspondan con la \u00a0naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Oficina \u00a0de Control Interno Disciplinario. Son funciones de la Oficina de Control \u00a0Interno Disciplinario: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Aplicar y coordinar el control interno disciplinario en \u00a0la Entidad de conformidad con la Ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar las investigaciones de car\u00e1cter disciplinario que \u00a0se adelanten contra funcionarios del Departamento y resolverlas en primera \u00a0instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Adelantar actividades orientadas a la prevenci\u00f3n de la \u00a0comisi\u00f3n de faltas disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Formular, adoptar, y coordinar con el Subdirector de \u00a0Operaciones del Departamento y las entidades de vigilancia y control, las \u00a0pol\u00edticas generales sobre r\u00e9gimen disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Participar con el \u00c1rea de Talento Humano en la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edticas de capacitaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de los objetivos de la Oficina \u00a0de Control Intern\u00f3 Disciplinario, de las normas, jurisprudencia y doctrina \u00a0disciplinaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Rendir informes estad\u00edsticos de los procesos \u00a0disciplinarios al Subdirector de Operaciones, y a las dependencias competentes \u00a0cuando as\u00ed lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar los informes que le solicite el Subdirector \u00a0de Operaciones en relaci\u00f3n con los asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de control interno que \u00a0garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n y operaci\u00f3n de la \u00a0dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Modificado \u00a0por el Decreto 394 de 2012, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. \u00c1rea \u00a0Administrativa. El \u00c1rea Administrativa, de conformidad con las \u00a0directrices se\u00f1aladas por el Subdirector de Operaciones, cumplir\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejecutar, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias, \u00a0los planes y programas relacionados con los servicios administrativos y \u00a0log\u00edsticos demandados por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar los planes y programas relacionados con los \u00a0servicios de registro, clasificaci\u00f3n, archivo, y tramitaci\u00f3n de correspondencia \u00a0demandados por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar a la Oficina de Planeaci\u00f3n en la elaboraci\u00f3n del \u00a0programa general de compras y hacer seguimiento a la ejecuci\u00f3n de compras de \u00a0los bienes y servicios programados por el \u00c1rea Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Velar por el ingreso y egreso, suministro y registro en \u00a0inventarios de los bienes del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar los informes que le solicite el Subdirector \u00a0de Operaciones en relaci\u00f3n con los asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de control interno que \u00a0garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n y operaci\u00f3n de la \u00a0dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 24: \u201c\u00c1rea Administrativa. El \u00c1rea Administrativa, \u00a0de conformidad con las directrices se\u00f1aladas por el Subdirector de Operaciones, \u00a0cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejecutar, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00a0dependencias, los planes y programas relacionados con los servicios \u00a0administrativos y log\u00edsticos demandados por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar los pla\u00f1es y programas \u00a0relacionados con los servicios de registro, clasificaci\u00f3n, archivo, y \u00a0tramitaci\u00f3n de correspondencia demandados por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar y hacer seguimiento a la \u00a0ejecuci\u00f3n del plan anual de compras, de bienes y servicios, dando cumplimento a \u00a0las normas administrativas y fiscales que lo regulan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Velar por el ingreso y egreso, suministro \u00a0y registro en inventarios de los bienes del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar los informes que le solicite el \u00a0Subdirector de Operaciones en relaci\u00f3n con los asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de \u00a0control interno que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n \u00a0y operaci\u00f3n de la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que correspondan con la \u00a0naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. \u00c1rea \u00a0Financiera. El \u00c1rea Financiera, de conformidad con las directrices \u00a0se\u00f1aladas por el Subdirector de Operaciones, cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejecutar los planes y programas relacionados con el \u00a0manejo financiero, incluidos los procesos presupuestales, contables y de \u00a0tesorer\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar y controlar las actividades de Asesores \u00a0encargados de las funciones tesorer\u00eda, presupuesto y contabilidad del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y controlar la ejecuci\u00f3n del presupuesto del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y presentar los \u00a0informes sobre el ejercicio presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Administrar los recursos presupuestales destinados para \u00a0el Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y sus fondos \u00a0cuenta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Estudiar, evaluar los registros contables del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, supervisar y \u00a0controlar su funcionamiento y coordinar los servicios que deban prestarse. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Efectuar en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n \u00a0los tr\u00e1mites relacionados con las modificaciones a las apropiaciones \u00a0presupuestales del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica y sus fondos cuenta, que deban presentarse ante el Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar los informes que le solicite el Subdirector \u00a0de Operaciones en relaci\u00f3n con los asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de control interno que \u00a0garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n y operaci\u00f3n de la \u00a0dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Modificado \u00a0por el Decreto 394 de 2012, \u00a0art\u00edculo 6\u00ba. \u00c1rea de Contratos. El \u00c1rea de Contratos, de conformidad \u00a0con las directrices se\u00f1aladas por el Subdirector de Operaciones, cumplir\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adelantar los procesos de contrataci\u00f3n para la \u00a0adquisici\u00f3n de bienes, servicios y obras demandados por la entidad, y vigilar \u00a0porque estos se lleven a cabo con el cumplimiento de las normas legales \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Controlar y verificar la elaboraci\u00f3n legal de los \u00a0contratos y adelantar los tr\u00e1mites de su legalizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar los actos administrativos por incumplimiento \u00a0de las obligaciones de los contratistas, previa solicitud del supervisor del \u00a0contrato. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar y efectuar el tr\u00e1mite previo para el cobro de \u00a0los riesgos asegurados en la contrataci\u00f3n cuando hubiere lugar a ello. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Preparar y tramitar los Actos Administrativos, relacionados \u00a0con el proceso contractual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Expedir las certificaciones de los contratistas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar los informes que le solicite el Subdirector \u00a0de Operaciones en relaci\u00f3n con los asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de control interno que \u00a0garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n y operaci\u00f3n de la \u00a0dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 26: \u201c\u00c1rea de Contratos. El \u00c1rea de \u00a0Contratos, de conformidad con las directrices se\u00f1aladas por el Subdirector de \u00a0Operaciones, cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adelantar los procesos de contrataci\u00f3n \u00a0para la adquisici\u00f3n de bienes y servicios demandados por la entidad, y vigilar \u00a0porque estos se lleven a cabo con el cumplimiento de las normas legales \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Controlar y verificar la elaboraci\u00f3n \u00a0legal de los contratos y adelantar los tr\u00e1mites de su legalizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Verificar y coordinar el cumplimiento de \u00a0los contratos en ejecuci\u00f3n y preparar los Actos Administrativos por \u00a0incumplimiento de las obligaciones de los contratistas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar y efectuar el tr\u00e1mite previo \u00a0para el cobro de los riesgos asegurados en la contrataci\u00f3n cuando hubiere lugar \u00a0a ello. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Preparar y tramitar los Actos \u00a0Administrativos, relacionados con el proceso contractual tales como la \u00a0declaratoria de desierta de las licitaciones o concursos, cuando hubiere lugar \u00a0a ello. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Expedir las certificaciones de los \u00a0contratistas y los proveedores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Administrar el Sistema de Informaci\u00f3n \u00a0para Vigilancia de la Contrataci\u00f3n Estatal -SISE- de la Contralor\u00eda General de \u00a0la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar los informes que le solicite el \u00a0Subdirector de Operaciones en relaci\u00f3n con los asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de \u00a0control interno que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n \u00a0y operaci\u00f3n de la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que correspondan con la \u00a0naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. \u00c1rea \u00a0de Talento Humano. El \u00c1rea de Talento Humano, de conformidad con las \u00a0directrices se\u00f1aladas por el Subdirector de Operaciones, cumplir\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Subdirector de Operaciones en materia de \u00a0gesti\u00f3n del Talento Humano, de mejoramiento de la calidad y productividad y en \u00a0la adopci\u00f3n de pol\u00edticas, espec\u00edficas del \u00e1rea de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar, los programas dirigidos a los funcionarios y \u00a0orientados al mejoramiento del clima organizacional, bienestar social y de la \u00a0imagen institucional, enriquecimiento de la cultura organizacional y \u00a0cimentaci\u00f3n de valores de servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Administrar el Sistema \u00danico de Informaci\u00f3n de Personal \u00a0-SUIP- de la entidad, de conformidad con las normas que rigen la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar y ejecutar, el Plan Institucional de \u00a0Capacitaci\u00f3n y desarrollar programas de difusi\u00f3n y promoci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar, elaborar e implementar los programas de \u00a0selecci\u00f3n de personal de conformidad con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar la realizaci\u00f3n de estudios sobre planta de \u00a0personal y mantener actualizado el manual espec\u00edfico de funciones, requisitos y \u00a0competencias laborales del Departamento, de conformidad con las normas \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Control \u00a0Interno Disciplinario, mecanismos de prevenci\u00f3n de las conductas de acoso \u00a0laboral y establecer procedimientos para superar las que ocurran en el lugar de \u00a0trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar los informes que le solicite el Subdirector \u00a0de Operaciones en relaci\u00f3n con los asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de control interno que \u00a0garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n y operaci\u00f3n de la \u00a0dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. \u00c1rea \u00a0de Informaci\u00f3n y Sistemas. Son funciones del \u00c1rea de Informaci\u00f3n y \u00a0Sistemas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar, dise\u00f1ar y proponer pol\u00edticas, planes y \u00a0programas que garanticen el acceso y la implantaci\u00f3n de nuevas tecnolog\u00edas de la \u00a0informaci\u00f3n, con el fin de fomentar su uso, como soporte del crecimiento de la \u00a0competitividad de la Entidad, cumpliendo con el Plan estrat\u00e9gico del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Facilitar la conectividad en el Departamento \u00a0Administrativo de Presidencia de la Rep\u00fablica, que permita la gesti\u00f3n en l\u00ednea \u00a0de organismos gubernamentales que tiendan a promover y apoyar participaci\u00f3n y \u00a0el servicio al ciudadano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir metodolog\u00edas y est\u00e1ndares para el an\u00e1lisis, \u00a0dise\u00f1o, programaci\u00f3n e implantaci\u00f3n de adquisiciones de hardware y software, de \u00a0acuerdo con las innovaciones tecnol\u00f3gicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer metodolog\u00edas, procedimientos, pol\u00edticas y \u00a0est\u00e1ndares sobre seguridad inform\u00e1tica al Comit\u00e9 de Seguridad Inform\u00e1tica y de \u00a0Sistemas para su respectiva evaluaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Implementar y velar por el cumplimiento de las \u00a0metodolog\u00edas, procedimientos, pol\u00edticas y est\u00e1ndares de seguridad inform\u00e1tica \u00a0aprobados por Seguridad Inform\u00e1tica y de Sistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que correspondan con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00d3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. \u00d3rganos \u00a0de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n. La composici\u00f3n y las funciones del Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno y de la Comisi\u00f3n de Personal, se \u00a0regir\u00e1n por las disposiciones legales vigentes. El Director del Departamento \u00a0podr\u00e1 crear, conformar y asignar funciones mediante acto administrativo a los \u00a0\u00f3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n que considere necesarios para el desarrollo \u00a0eficiente de las funciones del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fondos como sistema de manejo \u00a0especial de cuentas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Fondo \u00a0de Programas Especiales para la Paz &#8211; Fondo Paz. El Fondo de Programas \u00a0Especiales para la Paz, funcionar\u00e1 como una cuenta especial del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, sin personer\u00eda jur\u00eddica, \u00a0administrada como un sistema separado de cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones generales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. Altas \u00a0Consejer\u00edas y Programas Presidenciales. El Gobierno Nacional podr\u00e1 en todo \u00a0tiempo crear, fusionar o suprimir las Altas Consejer\u00edas, los Programas \u00a0Presidenciales, al igual que los cargos de Alto Comisionado, Altos Consejeros \u00a0del Presidente, Directores de Programas Presidenciales, as\u00ed como asignarles sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. Adopci\u00f3n de la Planta de Personal. De \u00a0conformidad con la estructura prevista en el presente decreto, el Gobierno \u00a0Nacional proceder\u00e1 a adoptar la planta de personal del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. Atribuciones de los funcionarios de la planta actual. Los \u00a0funcionarios de la planta de personal actual del Departamento Administrativo de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica continuar\u00e1n ejerciendo las funciones y \u00a0atribuciones a ellos asignadas, hasta tanto sea aprobada la nueva planta de \u00a0personal del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34. Derogatorias y vigencia. El presente decreto rige a partir de la \u00a0fecha de su publicaci\u00f3n, deroga los Decretos 4657 de 2006 y 3016 de 2010 y \u00a0dem\u00e1s disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 17 de septiembre de \u00a02010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS \u00a0CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Carlos Echeverry Garz\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Carlos Pinz\u00f3n Bueno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Elizabeth Rodr\u00edguez Taylor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 3443 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0 (septiembre 17) \u00a0 \u00a0 D.O. 47.835, septiembre 17 de 2010 \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica \u00a0la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Derogado por el Decreto 1649 de 2014, \u00a0art\u00edculo 55. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Modificado por el Decreto [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[65],"tags":[],"class_list":["post-43014","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2010"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43014","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43014"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43014\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43014"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43014"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43014"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}