{"id":43101,"date":"2023-07-29T16:56:10","date_gmt":"2023-07-29T16:56:10","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-4320-de-2010\/"},"modified":"2023-07-29T16:56:10","modified_gmt":"2023-07-29T16:56:10","slug":"decreto-4320-de-2010","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-4320-de-2010\/","title":{"rendered":"DECRETO 4320 DE 2010"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 4320 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(noviembre 17) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 47.901, \u00a0noviembre 22 de 2010 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se \u00a0dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le \u00a0confiere el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Estructura. \u00a0Modificar los numerales 1 y 2 del art\u00edculo 1\u00b0 del Decreto 49 de 2003 \u00a0modificados por el art\u00edculo 1\u00b0 del Decreto 3123 de 2007, \u00a0los cuales quedar\u00e1n as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Ministro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Direcci\u00f3n de Comunicaci\u00f3n Sectorial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Obispado Castrense \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Viceministro para las Pol\u00edticas y Asuntos \u00a0Internacionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas de Defensa y Seguridad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de Programas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de Derechos Humanos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Direcci\u00f3n de Asuntos Internacionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5. Direcci\u00f3n Operativa para la Defensa de la Libertad \u00a0Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modificar el art\u00edculo 4\u00b0 del Decreto 3123 de 2007, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 4\u00b0.- Direcci\u00f3n Operativa para la Defensa de la \u00a0Libertad Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son funciones de la Direcci\u00f3n Operativa para la Defensa de \u00a0la Libertad Personal: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Administrar el Fondo Nacional para la Defensa de la \u00a0Libertad Personal Fondelibertad, bajo la orientaci\u00f3n \u00a0y coordinaci\u00f3n del Viceministro para las Pol\u00edticas y Asuntos Internacionales y \u00a0la reglamentaci\u00f3n emitida por el Conase, para lo cual \u00a0deber\u00e1: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Atender los negocios, las operaciones y las actividades \u00a0administrativas, financieras y contables del Fondo, de acuerdo con las \u00a0disposiciones legales, las reglamentaciones y procedimientos generales que para \u00a0su administraci\u00f3n adopte el Conase, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las dependencias y \u00e1reas del Ministerio con funciones relacionadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Asegurar que ingresen al Fondo los recursos \u00a0provenientes de las distintas fuentes de financiaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Definir las prioridades de distribuci\u00f3n de los recursos \u00a0del Fondo, teniendo en cuenta la oportunidad, operatividad y eficiencia y \u00a0presentarlas para aprobaci\u00f3n del Viceministro para las Pol\u00edticas y Asuntos \u00a0Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Identificar nuevas fuentes de financiamiento y \u00a0mecanismos para su obtenci\u00f3n y operaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Proponer al Conase previa \u00a0aprobaci\u00f3n del Viceministro para las Pol\u00edticas y Asuntos Internacionales, \u00a0procedimientos administrativos y financieros para el cabal cumplimiento de las \u00a0operaciones del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Elaborar el anteproyecto anual de presupuesto de \u00a0ingresos y gastos, los indicadores de gesti\u00f3n y los dem\u00e1s informes sobre el \u00a0desarrollo de los negocios del Fondo y presentarlos a la aprobaci\u00f3n del Conase, previa consideraci\u00f3n del Viceministro para las \u00a0Pol\u00edticas y Asuntos Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Evaluar y consolidar las propuestas sobre gastos de \u00a0dotaci\u00f3n y funcionamiento de los Grupos de acci\u00f3n unificada para la Libertad Personal\u2013Gaula, para que respondan a criterios de \u00a0eficiencia y de subsidiariedad establecidos por el Conase \u00a0y presentarlos para aprobaci\u00f3n del Viceministro para las Pol\u00edticas y Asuntos \u00a0Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Gestionar, ante el Ordenador de Gasto, el pago oportuno \u00a0de las recompensas de que trata el art\u00edculo 13 de la Ley 282 de 1996, que \u00a0vayan con cargo a los recursos del Fondo, de acuerdo con el respectivo \u00a0reglamento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Administrar, custodiar y se\u00f1alar la destinaci\u00f3n \u00a0provisional previa aprobaci\u00f3n del Viceministro para las Pol\u00edticas y Asuntos \u00a0Internacionales de los bienes incautados en raz\u00f3n de su utilizaci\u00f3n para la \u00a0comisi\u00f3n de delitos de secuestro o extorsi\u00f3n o que sean producto de los mismos, \u00a0de acuerdo con las disposiciones vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Conase, \u00a0estar\u00e1 a cargo del Director Operativo para la Defensa de la Libertad Personal, \u00a0quien asistir\u00e1 a sus reuniones con voz pero sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Modificar el art\u00edculo 72 del Decreto 1512 de 2000, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 72. Operaciones \u00a0del Fondo. A trav\u00e9s del manejo de los recursos del Fondo Nacional para \u00a0la Defensa de la Libertad Personal Fondelibertad, \u00a0conforme a las disposiciones jur\u00eddicas aplicables, se podr\u00e1 realizar la \u00a0financiaci\u00f3n de las pol\u00edticas, estrategias integrales, programas, proyectos y \u00a0dem\u00e1s actividades relacionadas con la lucha por la erradicaci\u00f3n de las \u00a0conductas que atenten contra la libertad personal, como las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Financiar o cofinanciar los gastos de dotaci\u00f3n y \u00a0funcionamiento de los Grupos de Acci\u00f3n Unificada por la Libertad Personal, Gaula, que no puedan ser atendidos directamente por las \u00a0Instituciones integrantes de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Contribuir con los recursos necesarios para el pago de \u00a0las recompensas monetarias que podr\u00e1n reconocerse, de acuerdo con art\u00edculo 13 \u00a0de la Ley 282 de 1996 y sus \u00a0normas reglamentarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Tener a su cargo la administraci\u00f3n y custodia de los \u00a0bienes incautados en raz\u00f3n de su utilizaci\u00f3n para la comisi\u00f3n de delitos de \u00a0secuestro y extorsi\u00f3n o que sean producto de los mismos y definir su \u00a0destinaci\u00f3n provisional, de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la \u00a0materia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proveer los recursos para la contrataci\u00f3n del seguro \u00a0colectivo a que se refiere el art\u00edculo 22 de la Ley 282 de 1996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Atender los gastos operativos de funcionamiento y dem\u00e1s \u00a0necesarios para el cumplimiento de las funciones de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del \u00a0Consejo Nacional de Lucha contra el Secuestro y dem\u00e1s Atentados contra la \u00a0Libertad Personal, Conase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proveer los recursos que faciliten el cumplimiento de \u00a0todas las funciones asignadas al Ministerio de Defensa Nacional en relaci\u00f3n con \u00a0la Defensa de la Libertad Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Atender los gastos de adquisici\u00f3n en el pa\u00eds o en el \u00a0exterior, equipos, bienes, materiales y tecnolog\u00eda necesarios para el \u00a0cumplimiento de los objetivos y operaciones del Fondo y de todas las funciones \u00a0asignadas al Ministerio de Defensa Nacional en relaci\u00f3n con la Defensa de la \u00a0Libertad Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Financiar las operaciones de mantenimiento y en general \u00a0de disposici\u00f3n de los bienes, equipos y materiales adquiridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proveer los recursos para la contrataci\u00f3n de asesor\u00eda y \u00a0de asistencia t\u00e9cnica nacional o internacional que se requieran para atender \u00a0las funciones asignadas al Ministerio de Defensa Nacional en relaci\u00f3n con la \u00a0Defensa de la Libertad Personal y desarrollar sus operaciones y facilitar el \u00a0cumplimiento de los programas relacionados con la lucha por la erradicaci\u00f3n de \u00a0las conductas que atenten contra la libertad personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s operaciones que le asigne la ley y las \u00a0reglamentaciones del Conase\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Modificar el art\u00edculo 74 del Decreto 1512 de 2000, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 74. Direcci\u00f3n \u00a0y Administraci\u00f3n del Fondo. La direcci\u00f3n y administraci\u00f3n de Fondelibertad estar\u00e1 a cargo del Conase \u00a0y del Director Operativo para la Defensa de la Libertad Personal del Ministerio \u00a0de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ordenaci\u00f3n del Gasto correspondiente a los recursos del \u00a0Fondo Nacional para la Defensa de la Libertad Personal Fondelibertad, \u00a0se realizar\u00e1 de conformidad con la delegaci\u00f3n que para el efecto realice el \u00a0Ministro de Defensa Nacional\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo. 5\u00b0. Vigencia \u00a0y Derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n, modifica parcialmente el Decreto 1512 de 2000, \u00a0el Decreto 049 de 2003 \u00a0y el Decreto 3123 de 2007 \u00a0y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial el numeral 13 del \u00a0art\u00edculo 65 del Decreto 1512 de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 17 de noviembre de 2010 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Carlos Echeverry. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Rodrigo Rivera Salazar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Elizabeth Rodr\u00edguez Taylor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 4320 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0 (noviembre 17) \u00a0 \u00a0 D.O. 47.901, \u00a0noviembre 22 de 2010 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional y se \u00a0dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[65],"tags":[],"class_list":["post-43101","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2010"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43101","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43101"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43101\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43101"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43101"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43101"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}