{"id":43149,"date":"2023-07-29T16:56:14","date_gmt":"2023-07-29T16:56:14","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-4672-de-2010\/"},"modified":"2023-07-29T16:56:14","modified_gmt":"2023-07-29T16:56:14","slug":"decreto-4672-de-2010","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-4672-de-2010\/","title":{"rendered":"DECRETO 4672 DE 2010"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 4672 DE \u00a02010 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(diciembre 17) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 47.926, diciembre 17 de 2010 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el \u00a0cual se crea la Comisi\u00f3n Intersectorial del Sector de la Econom\u00eda Solidaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Derogado por el Decreto 1340 de 2020, \u00a0art\u00edculo 9\u00ba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Ver Decreto 1072 de 2015, \u00a0Decreto \u00a0\u00danico Reglamentario del Sector Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades \u00a0constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del \u00a0art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 45 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 3\u00b0 de la Ley 454 de 1998 \u00a0declar\u00f3 de inter\u00e9s com\u00fan la protecci\u00f3n, promoci\u00f3n y fortalecimiento de las \u00a0cooperativas y dem\u00e1s formas asociativas y solidarias de propiedad como un \u00a0sistema eficaz para contribuir al desarrollo econ\u00f3mico, al fortalecimiento de \u00a0la democracia, a la equitativa distribuci\u00f3n de la propiedad y del ingreso y a \u00a0la racionalizaci\u00f3n de todas las actividades econ\u00f3micas, a favor de la comunidad \u00a0y en especial de las clases populares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con fundamento en lo anterior, el Consejo Nacional de Pol\u00edtica \u00a0Econ\u00f3mica y Social aprob\u00f3 el documento Conpes 3639, \u00a0sobre pol\u00edtica de desarrollo empresarial para el sector de la econom\u00eda \u00a0solidaria, cuyo diagn\u00f3stico evidenci\u00f3 la necesidad de profundizar la pol\u00edtica \u00a0de desarrollo empresarial para el fomento y la protecci\u00f3n del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que particularmente el documento Conpes 3639, \u00a0evidenci\u00f3, en el \u00e1mbito regulatorio, la necesidad de revisar la normatividad \u00a0del sector en consideraci\u00f3n a los cambios ocurridos en la din\u00e1mica empresarial \u00a0y en otros \u00e1mbitos normativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el documento referido, resalt\u00f3 la importancia de elaborar un \u00a0diagn\u00f3stico y dise\u00f1o institucional para la implementaci\u00f3n de una pol\u00edtica que \u00a0atienda a los principios de racionalizaci\u00f3n de la administraci\u00f3n p\u00fablica, as\u00ed \u00a0como promover la simplificaci\u00f3n y racionalizaci\u00f3n de los tr\u00e1mites asociados a \u00a0los procesos de registro y la supervisi\u00f3n de la forma solidaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que para promover la prestaci\u00f3n de servicios financieros se recomend\u00f3 \u00a0optimizar los esquemas de regulaci\u00f3n y supervisi\u00f3n de las organizaciones que \u00a0prestan estos servicios. Adem\u00e1s, se resalt\u00f3 la necesidad de identificar y \u00a0eliminar barreras de acceso a los instrumentos de fomento y desarrollo \u00a0productivo operados por las entidades del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que para lograr lo anteriormente expuesto, el documento Conpes \u00a03639 recomend\u00f3 la conformaci\u00f3n de una Comisi\u00f3n Intersectorial del Sector de la \u00a0Econom\u00eda Solidaria para coordinar las acciones de las entidades p\u00fablicas que \u00a0formulan e implementan la pol\u00edtica del sector, lo cual constituye un espacio \u00a0tendiente al fortalecimiento, promoci\u00f3n y protecci\u00f3n del sector de la econom\u00eda \u00a0solidaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En virtud de lo anterior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial del Sector de la Econom\u00eda Solidaria. Cr\u00e9ase la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial del Sector de la Econom\u00eda Solidaria, cuyo fin ser\u00e1 la \u00a0coordinaci\u00f3n de las acciones de las entidades p\u00fablicas que formulan e \u00a0implementan la pol\u00edtica del sector de la Econom\u00eda Solidaria y armonizar la \u00a0regulaci\u00f3n y pol\u00edticas sectoriales pertinentes. (Nota: Ver art\u00edculo 1.1.2.4. del Decreto 1072 de 2015, \u00a0Decreto \u00a0\u00danico Reglamentario del Sector Trabajo.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Composici\u00f3n. \u00a0La Comisi\u00f3n intersectorial de la Econom\u00eda Solidaria estar\u00e1 integrada por los \u00a0siguientes funcionarios con voz y voto: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministro de la Protecci\u00f3n Social, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Director del Departamento Administrativo Nacional de la Econom\u00eda \u00a0Solidaria, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. En la Comisi\u00f3n Intersectorial del Sector de la Econom\u00eda \u00a0Solidaria podr\u00e1n participar los siguientes funcionarios y personas, quienes \u00a0actuar\u00e1n en calidad de invitados permanentes y contar\u00e1n con voz pero sin voto: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Director del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Superintendente de la Econom\u00eda Solidaria, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Superintendente de Puertos y Transporte, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Superintendente de Salud, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Superintendente de Servicios P\u00fablicos, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Superintendente Financiero, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Director del Fondo de Garant\u00edas de Entidades Cooperativas, o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Tres representantes de los gremios econ\u00f3micos del sector de la econom\u00eda \u00a0solidaria, designados por el Consejo Nacional de la Econom\u00eda Solidaria (CONES). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La Comisi\u00f3n Intersectorial de la Econom\u00eda Solidaria podr\u00e1 \u00a0invitar a sus sesiones representantes de otras entidades p\u00fablicas o del sector \u00a0privado, cuando as\u00ed lo considere pertinente. Estos invitados ser\u00e1n citados por \u00a0la Secretar\u00eda T\u00e9cnica para temas espec\u00edficos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones. La \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial del Sector de la Econom\u00eda Solidaria ejercer\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Evaluar la normatividad del sector de la econom\u00eda solidaria y proponer a \u00a0las autoridades competentes para el correspondiente tr\u00e1mite los proyectos de \u00a0ley, decretos y resoluciones que estime necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Evaluar las disposiciones normativas y planteamientos que el sector de \u00a0la econom\u00eda solidaria considere como limitaciones a su desarrollo empresarial, \u00a0con el fin de proponer soluciones, cuando el ordenamiento jur\u00eddico lo permita, \u00a0en concordancia con las regulaciones prudenciales asociadas a cada materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Evaluar el actual esquema institucional del sector y proponer las \u00a0reformas normativas que correspondan para el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de un \u00a0esquema institucional \u00f3ptimo, en armon\u00eda con lo expresado en el art\u00edculo 54 de \u00a0la Ley 489 de 1998 y \u00a0evitando duplicidad de funciones al interior del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer al Grupo de Racionalizaci\u00f3n y Automatizaci\u00f3n de Tr\u00e1mites (GRAT) \u00a0el estudio, racionalizaci\u00f3n y simplificaci\u00f3n de los tr\u00e1mites asociados a los \u00a0procesos de registro y supervisi\u00f3n de las organizaciones del sector de la \u00a0econom\u00eda solidaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Identificar las \u00a0oportunidades y los riesgos asociados a la prestaci\u00f3n de servicios financieros \u00a0por parte de las organizaciones del sector, y proponer esquemas de supervisi\u00f3n \u00a0y regulaci\u00f3n prudencial para la prestaci\u00f3n de estos servicios, de forma tal que \u00a0se garantice seguridad a los usuarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Evaluar las \u00a0propuestas que identifiquen y eliminen barreras de acceso a los instrumentos de \u00a0fomento y desarrollo productivo en concordancia con los reglamentos que los \u00a0rigen y garantizando la especializaci\u00f3n de cada uno de los instrumentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Adoptar su propio \u00a0reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Reuniones. La Comisi\u00f3n Intersectorial \u00a0del Sector de la Econom\u00eda Solidaria se reunir\u00e1 ordinariamente cada tres (3) \u00a0meses, y de manera extraordinaria cuando al menos dos (2) de sus integrantes lo \u00a0soliciten por escrito ante la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Secretar\u00eda T\u00e9cnica. La Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Intersectorial del Sector de la Econom\u00eda Solidaria ser\u00e1 \u00a0ejercida por el Departamento Administrativo Nacional de la Econom\u00eda Solidaria a \u00a0trav\u00e9s de su Director o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Funciones de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. Ser\u00e1n \u00a0funciones de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir las sesiones \u00a0de la Comisi\u00f3n, convocar las reuniones y preparar el orden del d\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar porque las \u00a0sesiones de la Comisi\u00f3n se desarrollen de acuerdo al orden del d\u00eda propuesto y aprobado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar las actas de \u00a0las sesiones de la Comisi\u00f3n, as\u00ed como llevar y custodiar el archivo de la \u00a0Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar seguimiento \u00a0al cumplimiento de las decisiones, acuerdos y compromisos adquiridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Preparar los \u00a0documentos t\u00e9cnicos necesarios para que esta Comisi\u00f3n cumpla sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Presentar a \u00a0consideraci\u00f3n de esta Comisi\u00f3n, por solicitud de los interesados o por \u00a0iniciativa propia, aquellos asuntos pertinentes al cumplimiento de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Ejercer la \u00a0coordinaci\u00f3n de los Grupos T\u00e9cnicos que se requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Suscribir las \u00a0comunicaciones que se decida enviar a terceros en desarrollo de las funciones \u00a0que esta Comisi\u00f3n tiene a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Todas las dem\u00e1s \u00a0actividades afines que sean solicitadas por la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Grupos t\u00e9cnicos de trabajo. La \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial de la Econom\u00eda Solidaria podr\u00e1 prever en su reglamento \u00a0la conformaci\u00f3n de Grupos T\u00e9cnicos de Trabajo para el apoyo en sus diversas \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a \u00a0partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a \u00a017 de diciembre de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda \u00a0y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan \u00a0Carlos Echeverry Garz\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de \u00a0Agricultura y Desarrollo Rural, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan \u00a0Camilo Restrepo Salazar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de la \u00a0Protecci\u00f3n Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio \u00a0Santamar\u00eda Salamanca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Comercio, \u00a0Industria y Turismo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sergio \u00a0Diazgranados Guida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del \u00a0Departamento Administrativo Nacional de la Econom\u00eda Solidaria, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Rosemberg Pab\u00f3n Pab\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Elizabeth Rodr\u00edguez Taylor. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 4672 DE \u00a02010 \u00a0 \u00a0\u00a0 (diciembre 17) \u00a0 \u00a0 D.O. 47.926, diciembre 17 de 2010 \u00a0 \u00a0 por el \u00a0cual se crea la Comisi\u00f3n Intersectorial del Sector de la Econom\u00eda Solidaria. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Derogado por el Decreto 1340 de 2020, \u00a0art\u00edculo 9\u00ba. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Ver Decreto 1072 de 2015, \u00a0Decreto [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[65],"tags":[],"class_list":["post-43149","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2010"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43149","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43149"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43149\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43149"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43149"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43149"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}