{"id":43164,"date":"2023-07-29T16:56:15","date_gmt":"2023-07-29T16:56:15","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-4719-de-2010\/"},"modified":"2023-07-29T16:56:15","modified_gmt":"2023-07-29T16:56:15","slug":"decreto-4719-de-2010","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-4719-de-2010\/","title":{"rendered":"DECRETO 4719 DE 2010"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 4719 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(diciembre 22) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a047.931, diciembre 22 de 2010 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se crea \u00a0la Comisi\u00f3n Intersectorial de la Red de Protecci\u00f3n Social para la Superaci\u00f3n de \u00a0la Pobreza Extrema, Red Juntos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Ver Decreto \u00a01084 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector de Inclusi\u00f3n Social y \u00a0Reconciliaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: \u00a0Derogado por el Decreto 2559 de 2015, \u00a0art\u00edculo 47. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 3: Modificado por el Decreto 1595 de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica, en ejercicio de sus \u00a0facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el \u00a0numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 45 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Conpes Social 102 \u00a0de 2006, crea la Red de Protecci\u00f3n Social para la Superaci\u00f3n de la Pobreza \u00a0Extrema-Red Juntos, como un Sistema de Protecci\u00f3n Social para las familias en \u00a0dicha situaci\u00f3n y adicionalmente recomienda la creaci\u00f3n de una instancia de \u00a0coordinaci\u00f3n y articulaci\u00f3n de las entidades asociadas a la Red Juntos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Alta Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Prosperidad Social y el Ministerio de la Protecci\u00f3n Social, son las instancias \u00a0que coordinar\u00e1n y articular\u00e1n todas las entidades que conforman el Sistema de \u00a0Protecci\u00f3n Social para la superaci\u00f3n de la pobreza extrema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Conpes Social 102 \u00a0de 2006, recomend\u00f3 que la gerencia y operaci\u00f3n de la Red Juntos, as\u00ed como su \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica estar\u00edan en cabeza de la Agencia Presidencial para la Acci\u00f3n \u00a0Social y la Cooperaci\u00f3n Internacional \u2013 Acci\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que las entidades p\u00fablicas con responsabilidades \u00a0enfocadas en la superaci\u00f3n de la pobreza extrema, se asociaron mediante la \u00a0celebraci\u00f3n de convenios interadministrativos con la Coordinaci\u00f3n Operativa de \u00a0la Red Juntos, con el fin de precisar los compromisos de las entidades, entre \u00a0los que se encuentran la participaci\u00f3n en la m\u00e1xima instancia de articulaci\u00f3n, \u00a0as\u00ed como en las instancias t\u00e9cnicas creadas para ese efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Red Juntos se constituye en una estrategia \u00a0para apoyar el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, \u00a0espec\u00edficamente el Objetivo n\u00famero 1: Erradicaci\u00f3n de la Pobreza Extrema y el \u00a0Hambre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Red Juntos hace parte del Sistema de \u00a0Promoci\u00f3n Social, que comprende acciones del Estado en sus diferentes niveles \u00a0de gobierno, la sociedad, la familia y los ciudadanos, as\u00ed como las \u00a0instituciones y los recursos dirigidos a la superaci\u00f3n de la privaci\u00f3n y a la \u00a0expansi\u00f3n de las oportunidades de los grupos poblacionales pobres y vulnerables, \u00a0en un marco de corresponsabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que se requiere de la acci\u00f3n coordinada y \u00a0articulada de diferentes sectores y entidades a fin de garantizar que las \u00a0familias en pobreza extrema y en situaci\u00f3n de desplazamiento mejoren sus \u00a0condiciones de vida a trav\u00e9s del acceso efectivo a programas y servicios \u00a0sociales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con lo establecido en la Ley 489 de 1998, el \u00a0Gobierno Nacional podr\u00e1 crear comisiones intersectoriales para la coordinaci\u00f3n \u00a0y orientaci\u00f3n superior de la ejecuci\u00f3n de ciertas funciones y servicios \u00a0p\u00fablicos, cuando por mandato legal o en raz\u00f3n de sus caracter\u00edsticas, est\u00e9n a \u00a0cargo de dos o m\u00e1s Ministerios, Departamentos Administrativos o entidades \u00a0descentralizadas, sin perjuicio de las competencias espec\u00edficas de cada uno de \u00a0ellos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que es necesario crear una Comisi\u00f3n Intersectorial \u00a0con el fin de coordinar y orientar interinstitucionalmente la implementaci\u00f3n, \u00a0el seguimiento y la evaluaci\u00f3n de la Red Juntos, as\u00ed como concertar con las \u00a0diferentes entidades y sectores involucrados el cumplimiento de sus actividades \u00a0y funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto. \u00a0Cr\u00e9ase la Comisi\u00f3n Intersectorial de la Red de Protecci\u00f3n Social para la \u00a0Superaci\u00f3n de la Pobreza Extrema \u2013Cijuntos\u2013, \u00a0responsable de la coordinaci\u00f3n y orientaci\u00f3n interinstitucional, la \u00a0implementaci\u00f3n, el seguimiento y la evaluaci\u00f3n de la Red Juntos y como instancia \u00a0de coordinaci\u00f3n y orientaci\u00f3n superior entre los diferentes sectores \u00a0involucrados en el desarrollo de la misma, en el marco del componente de \u00a0Promoci\u00f3n Social del Sistema de Protecci\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: El Decreto 1595 de 2011, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba, dice: \u201cA partir de la fecha la Red de \u00a0Protecci\u00f3n Social para la Superaci\u00f3n de la Pobreza Extrema \u2013Cijuntos\u2013, \u00a0se denominar\u00e1 Red para la Superaci\u00f3n de la Pobreza Extrema Unidos.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 1\u00ba: Ver art\u00edculo 1.1.3.1 numeral 4 del Decreto 1084 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector de Inclusi\u00f3n Social y Reconciliaci\u00f3n.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modificado \u00a0por el Decreto 1595 de 2011, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Integraci\u00f3n. La Comisi\u00f3n Intersectorial de la Red para la Superaci\u00f3n de \u00a0la Pobreza Extrema Unidos, estar\u00e1 integrada por los siguientes funcionarios, \u00a0quienes actuar\u00e1n con voz y voto, as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro del Interior y de Justicia, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro de Defensa Nacional, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Ministro de la Protecci\u00f3n Social, o su Viceministro \u00a0T\u00e9cnico como su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. La Ministra de Educaci\u00f3n Nacional, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, \u00a0o su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Ministro de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las \u00a0Comunicaciones, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, quien podr\u00e1 delegar en el Alto Consejero \u00a0Presidencial para la Prosperidad Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El Director del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, o \u00a0su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. El Director del Departamento Administrativo de \u00a0Ciencia, Tecnolog\u00eda e innovaci\u00f3n, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. El Presidente del Banco Agrario o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. El Presidente del Fondo Nacional de Ahorro, o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. La Secretaria del Consejo de Ministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. El Alto Consejero Presidencial para la Acci\u00f3n Social y \u00a0la Cooperaci\u00f3n Internacional, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. El Director del Servicio Nacional de Aprendizaje &#8211; \u00a0Sena, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. La Directora del Instituto Colombiano de Bienestar \u00a0Familiar &#8211; ICBF, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. La Directora del Instituto Colombiano de Cr\u00e9dito y \u00a0Estudios T\u00e9cnicos en el Exterior &#8211; Icetex, o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. El Presidente del Fondo para el Financiamiento del \u00a0Sector Agropecuario, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. La Comisi\u00f3n Intersectorial de la Red para la \u00a0Superaci\u00f3n de la Pobreza Extrema Unidos, tendr\u00e1 como invitados permanentes a \u00a0los siguientes funcionarios, quienes actuar\u00e1n con voz y sin voto: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Director General de la Polic\u00eda Nacional, o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Director del Programa de Inversi\u00f3n \u201cBanca de las \u00a0Oportunidades\u201d o su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Gerente del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural \u00a0&#8211; Incoder, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Registrador Nacional del Estado Civil o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La Red para la Superaci\u00f3n de la Pobreza \u00a0Extrema Unidos, estar\u00e1 presidida de manera complementaria y permanente por el \u00a0Ministro de la Protecci\u00f3n Social o a falta de este por su Viceministro T\u00e9cnico, \u00a0quien impartir\u00e1 los lineamientos t\u00e9cnicos y por el Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica o por su delegado, el Alto \u00a0Consejero Presidencial para la Prosperidad Social, quien liderar\u00e1 los aspectos \u00a0ejecutivos y de seguimiento a los compromisos de los entes relevantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. S\u00f3lo se podr\u00e1 delegar la asistencia en los \u00a0Viceministros, Subdirectores de Departamento o en funcionarios del m\u00e1s alto \u00a0nivel directivo, seg\u00fan el caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n a fin de alcanzar el cumplimiento de sus \u00a0objetivos y funciones podr\u00e1, en calidad de invitados, convocar a otros \u00a0Ministerios o funcionarios calificados en representaci\u00f3n de las entidades de \u00a0diferentes ramas del sector p\u00fablico as\u00ed como a diferentes actores del sector \u00a0privado y la sociedad civil, si as\u00ed lo considera pertinente, los cuales podr\u00e1n \u00a0participar en las deliberaciones y tendr\u00e1n voz pero no voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 2\u00ba: \u201cIntegraci\u00f3n. \u00a0La Comisi\u00f3n Intersectorial de la Red de Protecci\u00f3n Social para la \u00a0Superaci\u00f3n de la Pobreza Extrema \u2013Cijuntos\u2013 estar\u00e1 \u00a0integrada por los siguientes funcionarios, quienes actuar\u00e1n con voz y voto, \u00a0as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro del Interior y de \u00a0Justicia, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro de Defensa Nacional, o \u00a0su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministro de Agricultura y \u00a0Desarrollo Rural, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Ministro de la Protecci\u00f3n \u00a0Social, o su Viceministro T\u00e9cnico como su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Ministro de Comercio, Industria \u00a0y Turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. La Ministra de Educaci\u00f3n Nacional, \u00a0o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Ministro de Ambiente, Vivienda y \u00a0Desarrollo Territorial, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, quien podr\u00e1 delegar en el \u00a0Alto Consejero Presidencial para la Prosperidad Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El Director del Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. La Secretar\u00eda del Consejo de \u00a0Ministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. El Alto Consejero Presidencial \u00a0para la Acci\u00f3n Social y la Cooperaci\u00f3n Internacional, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. El Director del Servicio Nacional \u00a0de Aprendizaje \u2013Sena\u2013, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. La Directora del Instituto \u00a0Colombiano de Bienestar Familiar \u2013ICBF\u2013, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. La Directora del Instituto Colombiano de Cr\u00e9dito y \u00a0Estudios T\u00e9cnicos en el Exterior \u2013Icetex\u2013, o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. El Presidente del Fondo para el Financiamiento del \u00a0Sector Agropecuario, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. La Comisi\u00f3n Intersectorial de la Red de \u00a0Protecci\u00f3n Social para la Superaci\u00f3n de la Pobreza Extrema \u2013Cijuntos\u2013, \u00a0tendr\u00e1 como invitados permanentes a los siguientes funcionarios, quienes \u00a0actuar\u00e1n con voz y sin voto: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El \u00a0Director General de la Polic\u00eda Nacional, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El \u00a0Director del Programa de Inversi\u00f3n \u201cBanca de las Oportunidades\u201d, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El \u00a0Gerente del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural \u2013Incoder\u2013, \u00a0o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El \u00a0Registrador Nacional del Estado Civil, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00b0. La Cijuntos estar\u00e1 presidida de manera \u00a0complementaria y permanente por el Ministro de la Protecci\u00f3n Social o a falta \u00a0de este por su Viceministro T\u00e9cnico, quien impartir\u00e1 los lineamientos t\u00e9cnicos \u00a0y por el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica o por su delegado, el Alto Consejero Presidencial para la Prosperidad \u00a0Social, quien liderar\u00e1 los aspectos ejecutivos y de seguimiento a los \u00a0compromisos de los entes relevantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a03\u00b0. Solo se podr\u00e1 delegar la asistencia en los Viceministros, Subdirectores de \u00a0Departamento o en funcionarios del m\u00e1s alto nivel directivo, seg\u00fan el caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Comisi\u00f3n a fin de alcanzar el cumplimiento de sus objetivos y funciones podr\u00e1, \u00a0en calidad de invitados, convocar a otros Ministerios o funcionarios \u00a0calificados en representaci\u00f3n de las entidades de diferentes ramas del sector \u00a0p\u00fablico as\u00ed como a diferentes actores del sector privado y la sociedad civil, \u00a0si as\u00ed lo considera pertinente, los cuales podr\u00e1n participar en las \u00a0deliberaciones y tendr\u00e1n voz pero no voto.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones de la Comisi\u00f3n. Ser\u00e1n funciones de la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de la Red de Protecci\u00f3n Social para la Superaci\u00f3n de la Pobreza \u00a0Extrema \u2013Cijuntos\u2013, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Acordar lineamientos generales, \u00a0planes de acci\u00f3n, programas y proyectos que soporten el funcionamiento de la \u00a0Comisi\u00f3n, se\u00f1alando instancias y mecanismos de gesti\u00f3n y coordinaci\u00f3n t\u00e9cnica y \u00a0operativa necesaria para el desarrollo y el logro del objeto de la Red Juntos y \u00a0la Pol\u00edtica de Promoci\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Promover el seguimiento de las pol\u00edticas, \u00a0programas y estrategias de la Red y hacer seguimiento a las recomendaciones del \u00a0Documento Conpes Social 102 de 2006. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer las directrices para la \u00a0asignaci\u00f3n, aplicaci\u00f3n y seguimiento a la programaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los \u00a0recursos del presupuesto, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Inversiones y \u00a0Finanzas P\u00fablicas del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Armonizar la actividad \u00a0administrativa, financiera y operativa de las pol\u00edticas, programas y \u00a0estrategias requeridas por la Red Juntos para garantizar el acceso preferente y \u00a0la promoci\u00f3n social de la poblaci\u00f3n beneficiaria, en un marco de \u00a0corresponsabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer lineamientos o directrices \u00a0con el fin de que en la formulaci\u00f3n de los planes de desarrollo las entidades \u00a0territoriales tengan en cuenta los planes familiares de las familias de la Red \u00a0Juntos para establecer estrategias y pol\u00edticas con un enfoque m\u00e1s colectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Velar porque las entidades que hacen \u00a0parte de la Red Juntos armonicen sus pol\u00edticas y programas y los articulen con \u00a0los diferentes niveles nacional y territorial a fin de gestionar la oferta de \u00a0servicios de acuerdo con las necesidades de la poblaci\u00f3n beneficiaria de la Red \u00a0Juntos y con el apoyo de los cogestores sociales en dicha labor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Evaluar las acciones de la Red \u00a0Juntos, en cada uno de sus componentes, as\u00ed como promover espacios para la \u00a0rendici\u00f3n de cuentas y el control social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Definir los mecanismos e \u00a0instrumentos de seguimiento, evaluaci\u00f3n e intercambio de experiencias sobre la \u00a0atenci\u00f3n y situaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n en situaci\u00f3n de pobreza extrema y \u00a0desplazamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Promover mecanismos para que las \u00a0entidades que hacen parte de la Red Juntos adelanten procesos de evaluaci\u00f3n de \u00a0gesti\u00f3n, resultados, impacto y rendici\u00f3n de cuentas, con el fin de garantizar \u00a0el acceso preferente, el desarrollo de una oferta pertinente, suficiente, \u00a0oportuna y de calidad, para los beneficiarios de la Red Juntos, en cumplimiento \u00a0de los lineamientos que establezca el Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Promover mecanismos de cooperaci\u00f3n \u00a0entre entidades internacionales, nacionales, departamentales, distritales y \u00a0municipales, en lo relacionado con el dise\u00f1o, operaci\u00f3n y seguimiento de la Red \u00a0Juntos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Articular las diferentes acciones \u00a0de pol\u00edtica y directrices que se desarrollen en el pa\u00eds, particularmente las \u00a0relacionadas con la Promoci\u00f3n Social de la poblaci\u00f3n en situaci\u00f3n de pobreza \u00a0extrema y desplazada, en un marco de corresponsabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s funciones que sean \u00a0propias de la naturaleza de coordinaci\u00f3n y orientaci\u00f3n de su actividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Reuniones. La Comisi\u00f3n Intersectorial de la Red Juntos \u2013Cijuntos\u2013, sesionar\u00e1 una (1) vez cada mes, previa \u00a0convocatoria realizada por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica, con una antelaci\u00f3n no menor \u00a0de 8 d\u00edas h\u00e1biles anteriores a su celebraci\u00f3n y extraordinariamente a solicitud \u00a0de sus Presidentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Alta Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Prosperidad Social, definir\u00e1 la agenda de cada sesi\u00f3n, con el apoyo de la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. La Comisi\u00f3n sesionar\u00e1 con \u00a0la mitad m\u00e1s uno de sus miembros y las decisiones se tomar\u00e1n por mayor\u00eda \u00a0simple. Las sesiones ser\u00e1n presenciales, sin perjuicio de la celebraci\u00f3n de \u00a0reuniones virtuales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Secretar\u00eda T\u00e9cnica. La Cijuntos \u00a0contar\u00e1 con el apoyo de una Secretar\u00eda T\u00e9cnica, encargada de articular las \u00a0iniciativas y acciones t\u00e9cnicas que surjan en la Comisi\u00f3n, entre las entidades \u00a0que la integran y la institucionalidad dise\u00f1ada para ello. La Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica de la Cijuntos ser\u00e1 ejercida de manera \u00a0permanente por el Director de la Agencia Presidencial para la Acci\u00f3n Social y \u00a0la Cooperaci\u00f3n Internacional Acci\u00f3n Social o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Funciones de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. Son funciones de la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Presentar el cronograma anual de \u00a0trabajo a la Cijuntos, para su aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar la convocatoria de la Cijuntos por solicitud del Presidente de la Comisi\u00f3n a \u00a0sesiones ordinarias y extraordinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir a las reuniones de la Cijuntos, elaborar las actas correspondientes y hacer \u00a0seguimiento al cumplimiento de las decisiones, acuerdos y compromisos \u00a0adquiridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar y presentar a la Cijuntos las propuestas, documentos de trabajo, informes y \u00a0dem\u00e1s material de apoyo, que sirva de soporte a las decisiones de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Documentar y formalizar las actas y \u00a0acuerdos de compromisos como resultado de la gesti\u00f3n de la Cijuntos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Gestionar la celebraci\u00f3n de \u00a0contratos interadministrativos con entidades p\u00fablicas del orden nacional y \u00a0territorial y contratos con organismos de cooperaci\u00f3n, multilaterales y del \u00a0sector privado, que permitan el desarrollo de las directrices y lineamientos de \u00a0la Cijuntos para el logro de los objetivos de la Red \u00a0Juntos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Efectuar un reporte sobre el \u00a0cumplimiento de las metas sectoriales Juntos establecidas en el Plan Nacional \u00a0de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s funciones que sean propias \u00a0de su car\u00e1cter de orientador y coordinador, as\u00ed como las que sean asignadas por \u00a0el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Comit\u00e9 T\u00e9cnico. Cr\u00e9ase el Comit\u00e9 T\u00e9cnico de la Red Juntos, como \u00a0instancia de apoyo t\u00e9cnico de la Cijuntos. Estar\u00e1 \u00a0conformado por el Coordinador Nacional de Juntos, el Director General de \u00a0Planeaci\u00f3n y An\u00e1lisis de Pol\u00edtica del Ministerio de la Protecci\u00f3n Social, el \u00a0Coordinador de Proyectos Especiales del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y \u00a0un funcionario de la Alta Consejer\u00eda Presidencial para la Prosperidad Social. \u00a0Las funciones a su cargo ser\u00e1n las que establezca la Cijuntos \u00a0al determinar las instancias y mecanismos de gesti\u00f3n de la Red Juntos. El \u00a0Comit\u00e9 Ejecutivo se reunir\u00e1 cada dos semanas y deber\u00e1 reportar a la Cijuntos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 T\u00e9cnico ser\u00e1 la instancia \u00a0encargada de hacerle seguimiento al cumplimiento de las metas del Plan Nacional \u00a0de Desarrollo y de coordinar con los Ministerios, Departamentos Administrativos \u00a0y dem\u00e1s entidades relacionadas con la ejecuci\u00f3n de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Comit\u00e9 T\u00e9cnico revisar\u00e1 y \u00a0sugerir\u00e1 los temas t\u00e9cnicos a tratar en la Comisi\u00f3n Intersectorial, pero en \u00a0todo caso, el Ministro de la Protecci\u00f3n Social o el Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica o su delegado definir\u00e1n la \u00a0agenda definitiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Sin perjuicio de lo \u00a0establecido en el presente Decreto las entidades que hacen parte de la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de la Red Juntos \u2013Cijuntos\u2013, ejercer\u00e1n \u00a0sus competencias de acuerdo con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 22 de \u00a0diciembre de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior y de Justicia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Germ\u00e1n \u00a0Vargas Lleras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Rodrigo \u00a0Rivera Salazar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Agricultura y Desarrollo \u00a0Rural, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Camilo \u00a0Restrepo Salazar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de la Protecci\u00f3n Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio \u00a0Santamar\u00eda Salamanca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Educaci\u00f3n Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda \u00a0Fernanda Campo Saavedra. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Ambiente, Vivienda y \u00a0Desarrollo Territorial, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Beatriz Uribe Botero. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 4719 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0 (diciembre 22) \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a047.931, diciembre 22 de 2010 \u00a0 \u00a0 por el cual se crea \u00a0la Comisi\u00f3n Intersectorial de la Red de Protecci\u00f3n Social para la Superaci\u00f3n de \u00a0la Pobreza Extrema, Red Juntos. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Ver Decreto \u00a01084 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[65],"tags":[],"class_list":["post-43164","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2010"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43164","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43164"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43164\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43164"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43164"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43164"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}