{"id":43171,"date":"2023-07-29T16:56:15","date_gmt":"2023-07-29T16:56:15","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-4743-de-2010\/"},"modified":"2023-07-29T16:56:15","modified_gmt":"2023-07-29T16:56:15","slug":"decreto-4743-de-2010","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-4743-de-2010\/","title":{"rendered":"DECRETO 4743 DE 2010"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 4743 DE 2010 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(diciembre 23) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a047.932, diciembre 23 de 2010 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se aplazan las \u00a0elecciones para elegir Gobernador para el departamento del Valle del Cauca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y \u00a0legales, en especial las conferidas por el art\u00edculo 303 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a066 de la Ley 4 de 1913, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Gobierno Nacional \u00a0expidi\u00f3 el Decreto \u00a0n\u00famero 2925 del 5 de agosto de 2010, a trav\u00e9s del cual ces\u00f3 los efectos del \u00a0Decreto 2272 de 2010, \u00a0recobrando de esta manera efectos jur\u00eddicos el Decreto 2061 de 2010, \u00a0en cuanto retir\u00f3 del cargo de Gobernador del departamento del Valle del Cauca \u00a0al doctor Juan Carlos Abad\u00eda Campo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Decreto \u00a0n\u00famero 3565 del 28 de septiembre de 2010, y de conformidad con el art\u00edculo 303 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0que determina que siempre que se presente falta absoluta a m\u00e1s de 18 meses de \u00a0la finalizaci\u00f3n del periodo se convocar\u00e1 a elecciones, el Gobierno Nacional \u00a0convoc\u00f3 a los comicios para el 23 de enero del presente a\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que como \u00a0consecuencia del extraordinario Fen\u00f3meno de La Ni\u00f1a, se ha producido una \u00a0considerable destrucci\u00f3n de inmuebles, se ha interrumpido la prestaci\u00f3n de \u00a0servicios p\u00fablicos esenciales, se han afectado v\u00edas de comunicaci\u00f3n y se ha \u00a0perjudicado gravemente la actividad econ\u00f3mica y social en el territorio \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Comit\u00e9 \u00a0Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres, seg\u00fan consta en acta de \u00a0fecha 7 de diciembre de 2010, se\u00f1al\u00f3 que la situaci\u00f3n presentada a causa del \u00a0Fen\u00f3meno de La Ni\u00f1a en todo el territorio nacional, ha provocado graves \u00a0inundaciones, derrumbes, da\u00f1os de v\u00edas, p\u00e9rdidas de zonas agr\u00edcolas, de \u00a0viviendas y centros educativos, acueductos, hospitales, y da\u00f1os en la \u00a0infraestructura de los servicios p\u00fablicos. Tambi\u00e9n ha generado un grave \u00a0impacto, con la afectaci\u00f3n de 52.735 predios, 220.000 hect\u00e1reas dedicadas a \u00a0agricultura, sin incluir las tierras inundadas destinadas a ganader\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante el Decreto \u00a04579 del 7 de diciembre de 2010, se declar\u00f3 la situaci\u00f3n de desastre \u00a0nacional en el territorio colombiano, como consecuencia del Fen\u00f3meno La Ni\u00f1a, \u00a0cuya ola invernal ha generado que las partes baja y media de los r\u00edos Cauca y \u00a0Magdalena, as\u00ed como algunos de sus afluentes, hayan presentado niveles nunca \u00a0antes registrados en la historia de la hidrolog\u00eda de Colombia, trayendo con \u00a0ello grandes inundaciones en el territorio nacional y en especial en los \u00a0municipios de los departamentos de Valle del Cauca, C\u00f3rdoba, Magdalena y Sucre, \u00a0entre otros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante \u00a0Oficio 3361 del 20 de diciembre de 2010, los se\u00f1ores Delegados del Registrador \u00a0Nacional del Estado Civil del departamento del Valle del Cauca, informaron que \u00a0no obstante venir agotando las diferentes etapas se\u00f1aladas en el calendario \u00a0electoral para desarrollar el proceso at\u00edpico de elecci\u00f3n del Gobernador del \u00a0Valle, la ola invernal ha producido inundaciones en un 70% de los municipios \u00a0del departamento del Valle y el 30% restante se ha visto afectado de manera \u00a0considerable en su infraestructura vial, seg\u00fan certificaci\u00f3n expedida por la \u00a0Oficina de Atenci\u00f3n y Prevenci\u00f3n de Desastres del departamento, ocasionando el \u00a0desplazamiento y\/o reubicaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que igualmente en \u00a0la citada comunicaci\u00f3n, expresaron \u201cque ante esta circunstancia de afectaci\u00f3n \u00a0por causas del invierno, imposibilitar\u00e1 que muchos ciudadanos acudan a ejercer \u00a0el derecho al sufragio, por lo tanto respetuosamente solicitamos a usted \u00a0realizar las gestiones pertinentes ante el Gobierno Nacional con el fin de \u00a0aplazar la realizaci\u00f3n de las elecciones programadas para el pr\u00f3ximo 23 de \u00a0enero de 2011, hasta tanto las condiciones clim\u00e1ticas permitan a los ciudadanos \u00a0cumplir con el ejercicio democr\u00e1tico dentro del marco de respeto a la dignidad \u00a0humana y amparados bajo los preceptos de justicia y equidad&#8230;\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante \u00a0Oficio DRN 1948 del 20 de diciembre de 2010, el se\u00f1or Registrador Nacional del \u00a0Estado Civil, doctor Carlos Ariel S\u00e1nchez Torres, solicit\u00f3 al Ministerio del \u00a0Interior y de Justicia aplazar la elecci\u00f3n at\u00edpica fijada para el d\u00eda 23 de \u00a0enero de 2011, mediante el Decreto \u00a03565 del 28 de Septiembre de 2010, para elegir el Gobernador del \u00a0departamento del Valle del Cauca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Directora \u00a0de Gesti\u00f3n del Riesgo del Ministerio del Interior y de Justicia, certific\u00f3 que: \u00a0\u201cseg\u00fan los reportes efectuados al 21 de diciembre de 2010, inform\u00f3 al Gobierno \u00a0Nacional que como consecuencia de la actual ola invernal en el departamento del \u00a0Valle del Cauca se han presentado 10 muertos, 1 desaparecido, 8 heridos, 20.341 \u00a0familias afectadas, 95.555 personas, 13 viviendas destruidas y 19.154 viviendas \u00a0averiadas y que se ha presentado una afectaci\u00f3n grave en el sector agropecuario \u00a0y comercial en los 42 municipios que conforman la geograf\u00eda del departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la \u00a0Coordinadora del Comit\u00e9 Regional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u00a0Crepad del departamento del Valle del Cauca, solicit\u00f3, a la Direcci\u00f3n de \u00a0Gesti\u00f3n del Riesgo del Ministerio del Interior y de Justicia, se reconociera la \u00a0situaci\u00f3n de calamidad originada en los diferentes municipios afectados por la \u00a0fuerte ola invernal y que igualmente inform\u00f3 que 33 de los 42 municipios \u00a0declararon la Urgencia Manifiesta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Direcci\u00f3n \u00a0de Gesti\u00f3n del Riesgo del Ministerio del Interior y de Justicia hizo presencia \u00a0en la regi\u00f3n afectada y ha concluido en que (sic) en el departamento del Valle \u00a0del Cauca se ha presentado una grave afectaci\u00f3n de personas, v\u00edas de acceso \u00a0destruidas, centros educativos, acueductos y hospitales e igualmente se han \u00a0presentado graves da\u00f1os en cultivos del sector agropecuario y la ganader\u00eda y el \u00a0comercio\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante \u00a0Oficio 3396 del 22 de diciembre de 2010, los se\u00f1ores Delegados del Registrador \u00a0Nacional del Estado Civil del departamento del Valle del Cauca, manifestaron \u00a0que de acuerdo al pre calendario electoral que demanda una serie de actividades \u00a0de car\u00e1cter t\u00e9cnico y el proceso de inscripci\u00f3n de c\u00e9dulas, es necesario que \u00a0las elecciones at\u00edpicas para elegir Gobernador en el departamento del Valle del \u00a0Cauca, sean realizadas m\u00e1s adelante. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la situaci\u00f3n \u00a0generada por la ola invernal no permitir\u00e1 el normal desarrollo del proceso \u00a0electoral y amenaza con ello el derecho constitucional de los ciudadanos al \u00a0libre ejercicio del sufragio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Estado debe \u00a0garantizar el derecho constitucional de elegir y ser elegido consagrado en el \u00a0numeral 1 del art\u00edculo 40 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0raz\u00f3n por la cual se considera necesario aplazar la fecha para realizar las \u00a0elecciones en el departamento del Valle del Cauca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Aplazamiento. Apl\u00e1cense las \u00a0elecciones con el fin de elegir Gobernador del departamento del Valle del Cauca \u00a0de conformidad con lo se\u00f1alado en la parte motiva del presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Comunicaci\u00f3n. Comunicar el contenido del presente decreto a la \u00a0Registradur\u00eda Nacional del Estado Civil, al Gobernador del Valle del Cauca y a \u00a0la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Vigencia \u00a0El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, \u00a0comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. \u00a0C., a 23 de diciembre de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS \u00a0CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del \u00a0Interior y de Justicia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Germ\u00e1n Vargas Lleras. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 4743 DE 2010 \u00a0 \u00a0 (diciembre 23) \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a047.932, diciembre 23 de 2010 \u00a0 \u00a0 por el cual se aplazan las \u00a0elecciones para elegir Gobernador para el departamento del Valle del Cauca. \u00a0 \u00a0 El Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y \u00a0legales, en especial las [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[65],"tags":[],"class_list":["post-43171","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2010"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43171","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43171"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43171\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43171"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43171"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43171"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}