{"id":43197,"date":"2023-07-29T16:56:16","date_gmt":"2023-07-29T16:56:16","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-4818-de-2010\/"},"modified":"2023-07-29T16:56:16","modified_gmt":"2023-07-29T16:56:16","slug":"decreto-4818-de-2010","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/29\/decreto-4818-de-2010\/","title":{"rendered":"DECRETO 4818 DE 2010"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 4818 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(diciembre 29) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a047.937, diciembre 29 de 2010 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0determinan los porcentajes de incremento de los aval\u00faos catastrales para la \u00a0vigencia de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le \u00a0confiere el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0las Leyes 14 de 1983, 75 de 1986, 9 de 1989, 44 de 1990, 101 de 1993, y 242 de 1995; y previo \u00a0concepto del Consejo Nacional de Pol\u00edtica Econ\u00f3mica y Social (Conpes), y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con el art\u00edculo 8\u00b0 de la Ley 44 de 1990, \u00a0modificado por el art\u00edculo 6\u00b0 de la Ley 242 de 1995, se \u00a0establece que el valor de los aval\u00faos catastrales se reajustar\u00e1 anualmente a \u00a0partir del 1\u00b0 de enero de cada a\u00f1o, en un porcentaje determinado por el \u00a0Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo Nacional de Pol\u00edtica Econ\u00f3mica y \u00a0Social \u2013Conpes\u2013, que no podr\u00e1 ser superior a la meta de inflaci\u00f3n para el a\u00f1o \u00a0en que se define el incremento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el mismo art\u00edculo establece que en el caso \u00a0de los predios no formados el porcentaje de incremento podr\u00e1 ser hasta el \u00a0ciento treinta por ciento (130%) del incremento de la mencionada meta; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 155 del Decreto 1421 de 1993 \u00a0estableci\u00f3 un r\u00e9gimen especial para fijar la base gravable y la liquidaci\u00f3n del \u00a0Impuesto Predial Unificado en el Distrito Capital; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 601 de 2000 \u00a0introdujo modificaciones para el reajuste de los aval\u00faos catastrales por \u00a0conservaci\u00f3n para el Distrito Capital; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 1\u00b0 de la Ley 242 de 1995 indica \u00a0y modifica las normas legales que tienen en cuenta el comportamiento pasado del \u00a0\u00cdndice de Precios al Consumidor como factor de reajuste de multas, valores \u00a0catastrales, rangos, cuant\u00edas y c\u00e1nones, y en su lugar establece criterios que \u00a0hacen referencia a la meta de inflaci\u00f3n, con el objeto de ajustar la \u00a0legislaci\u00f3n de manera que sirva de instrumento para la desindizaci\u00f3n de la \u00a0econom\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con el par\u00e1grafo del art\u00edculo \u00a09\u00b0 de la Ley 101 de 1993, \u00a0modificado por la Ley 242 de 1995, para \u00a0determinar el ajuste anual de los aval\u00faos catastrales de los predios rurales \u00a0dedicados a las actividades agropecuarias, el Gobierno Nacional deber\u00e1 aplicar \u00a0el \u00cdndice de Precios al Productor Agropecuario (IPPA) cuando su incremento \u00a0porcentual anual resulte inferior a la meta de inflaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Junta Directiva del Banco de la \u00a0Rep\u00fablica fij\u00f3 la meta de inflaci\u00f3n proyectada para el a\u00f1o 2011 en tres punto \u00a0cero por ciento (3,0%); \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la variaci\u00f3n porcentual del \u00cdndice de \u00a0Precios del Productor de Agricultura, Ganader\u00eda, Caza, Silvicultura y Pesca, \u00a0entre noviembre de 2009 y noviembre de 2010 fue de ocho punto cincuenta y tres \u00a0(8,53%) seg\u00fan certificaci\u00f3n del Departamento Administrativo Nacional de \u00a0Estad\u00edstica &#8211; DANE; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Gobierno Nacional declar\u00f3 mediante los \u00a0Decretos 4579 y 4580 del a\u00f1o en curso, la situaci\u00f3n de desastre nacional y el \u00a0Estado de Emergencia Econ\u00f3mica, Social y Ecol\u00f3gica por raz\u00f3n de grave calamidad \u00a0p\u00fablica, respectivamente. Estas declaratorias se fundamentan en los efectos \u00a0negativos que el fen\u00f3meno de La Ni\u00f1a ha causado, entre otros, en las zonas \u00a0rurales que hoy supera el mill\u00f3n de hect\u00e1reas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con base en estos pronunciamientos del \u00a0Gobierno Nacional se evidencian especiales condiciones econ\u00f3micas y sociales en \u00a0las zonas rurales del pa\u00eds, por lo cual el Consejo Nacional de Pol\u00edtica \u00a0Econ\u00f3mica y Social (CONPES), en sesi\u00f3n del 22 de diciembre de 2010, conceptu\u00f3 \u00a0que los aval\u00faos catastrales para los predios rurales no tendr\u00e1n reajuste para \u00a0la vigencia 2011 y, que los predios urbanos no formados y formados con vigencia \u00a0de 2010 y anteriores, tendr\u00e1n un incremento de tres punto cero por ciento \u00a0(3,0%) para el a\u00f1o 2011, equivalente al ciento por ciento (100%) de la meta de \u00a0inflaci\u00f3n para la vigencia de 2011; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con el art\u00edculo 8\u00b0 de la Ley 14 de 1983, los \u00a0aval\u00faos catastrales entrar\u00e1n en vigencia el 1\u00b0 de enero del a\u00f1o siguiente al \u00a0que fueron efectuados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 10 de la Ley 14 de 1983 \u00a0establece que: \u201cEl Gobierno Nacional de oficio o por solicitud fundamentada de \u00a0los Concejos Municipales, debido a especiales condiciones econ\u00f3micas o sociales \u00a0que afecten a determinados municipios o zonas de estos, podr\u00e1 aplazar la \u00a0vigencia de los catastros elaborados por formaci\u00f3n o actualizaci\u00f3n, por un \u00a0periodo hasta de un (1) a\u00f1o. Si subsisten las condiciones que originaron el \u00a0aplazamiento proceder\u00e1 a ordenar una nueva formaci\u00f3n o actualizaci\u00f3n de estos \u00a0catastros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Igualmente, por los mismos hechos y bajo las \u00a0mismas condiciones del inciso anterior, el Gobierno podr\u00e1, para determinados \u00a0municipios o zonas de estos, reducir el porcentaje de ajuste establecido en los \u00a0art\u00edculos 6\u00b0 y 7\u00b0 de la presente ley \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Los aval\u00faos catastrales de los \u00a0predios urbanos no formados y formados con vigencia de 1\u00b0 de enero de 2010 y \u00a0anteriores, se reajustar\u00e1n a partir del 1\u00b0 de enero de 2011 en tres punto cero \u00a0por ciento (3,0%). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Los aval\u00faos catastrales de los \u00a0predios rurales no formados y formados con vigencia de 1\u00b0 de enero de 2010 y \u00a0anteriores, no tendr\u00e1n reajuste en la vigencia de 2011, de conformidad con las \u00a0consideraciones del presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Los predios urbanos y rurales \u00a0formados o actualizados durante 2010 no ser\u00e1n objeto de reajuste. Los aval\u00faos \u00a0catastrales de los predios de que trata este art\u00edculo entrar\u00e1n en vigencia a \u00a0partir del 1\u00b0 de enero de 2011, en los municipios o zonas donde se hubieren \u00a0realizado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. El presente decreto rige a partir \u00a0de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 29 de diciembre de \u00a02010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Carlos \u00a0Echeverry Garz\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director Del Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Hernando Jos\u00e9 G\u00f3mez Restrepo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 4818 DE 2010 \u00a0 \u00a0\u00a0 (diciembre 29) \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a047.937, diciembre 29 de 2010 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0determinan los porcentajes de incremento de los aval\u00faos catastrales para la \u00a0vigencia de 2011. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[65],"tags":[],"class_list":["post-43197","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2010"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43197","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43197"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43197\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43197"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43197"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43197"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}