{"id":43266,"date":"2023-08-02T16:12:44","date_gmt":"2023-08-02T16:12:44","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-372-de-2011\/"},"modified":"2023-08-02T16:12:44","modified_gmt":"2023-08-02T16:12:44","slug":"decreto-372-de-2011","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-372-de-2011\/","title":{"rendered":"DECRETO 372 DE 2011"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 372 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(febrero 10) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 47.979, \u00a0febrero 10 de 2011 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se ordena la publicaci\u00f3n \u00a0del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 11 de 2010 Senado &#8211; 118 de 2010 C\u00e1mara, \u00a0por el cual se deroga el art\u00edculo 76 y se modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia (Primera Vuelta). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en cumplimiento \u00a0de lo dispuesto por el art\u00edculo 375 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el honorable Congreso de la Rep\u00fablica, remiti\u00f3 a la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, para el tr\u00e1mite pertinente, el Proyecto de Acto \u00a0Legislativo n\u00famero 11 de 2010 Senado &#8211; 118 de 2010 C\u00e1mara, por el cual se deroga el art\u00edculo 76 y se \u00a0modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia (Primera Vuelta). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con oficio de fecha 18 de agosto de 2010, dirigido al \u00a0Presidente del Senado de la Rep\u00fablica, los se\u00f1ores Ministros del Interior y de \u00a0Justicia, doctor Germ\u00e1n Vargas Lleras y de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las \u00a0Comunicaciones, doctor Diego Ernesto Molano Vega, presentan para estudio y \u00a0aprobaci\u00f3n el Proyecto de Acto Legislativo, por el cual se deroga el art\u00edculo 76 y se modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. Este proyecto es radicado en la Secretar\u00eda General &#8211; \u00a0Tramitaci\u00f3n Leyes del Senado de la Rep\u00fablica, con el n\u00famero 011 de 2010 Senado, \u00a0con todos y cada uno de los requisitos constitucionales y legales, con su \u00a0correspondiente exposici\u00f3n de motivos conforme a lo establecido en el art\u00edculo \u00a0139 de la Ley 5\u00aa de 1992, con el \u00a0fin de iniciar su tr\u00e1mite legislativo constitucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Secretar\u00eda General del Honorable Senado con fecha \u00a018 de agosto de 2010, pas\u00f3 al Despacho del se\u00f1or Presidente del Senado de la \u00a0Rep\u00fablica el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 11 de 2010 Senado, por el cual se deroga el art\u00edculo 76 y se \u00a0modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia y a su vez la Presidencia del honorable Senado de la Rep\u00fablica \u00a0dio por repartido a la Comisi\u00f3n Primera Constitucional y envi\u00f3 copia del mismo \u00a0a la Imprenta Nacional para su publicaci\u00f3n de acuerdo con el art\u00edculo 144 de la \u00a0Ley 5\u00aa de 1992 y fue \u00a0publicado en la Gaceta del Congreso \u00a0n\u00famero 527 del 18 de agosto de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 20 de agosto de 2010, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n \u00a0Primera Constitucional del honorable Senado de la Rep\u00fablica recibe el \u00a0expediente del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 11 de 2010 Senado, por el cual se deroga el art\u00edculo 76 y se \u00a0modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 26 de agosto de 2010 la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n \u00a0Primera Constitucional Permanente seg\u00fan consta en Acta MD-05 design\u00f3 como \u00a0ponente para esta iniciativa a los honorables Senadores Juan Fernando Cristo \u00a0Bustos (Coordinador), Hern\u00e1n Andrade Serrano, Karime Motta y Morad, Iv\u00e1n Moreno \u00a0Rojas, Hemel Hurtado Angulo, Javier C\u00e1ceres Leal y Jorge Eduardo Londo\u00f1o Ulloa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 1\u00b0 de septiembre de 2010 en la Secretar\u00eda de la \u00a0Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente se recibe para ponencia en primer \u00a0debate la iniciativa suscrita por todos los ponentes y se env\u00eda a la Imprenta \u00a0Nacional para su publicaci\u00f3n en la Gaceta \u00a0del Congreso n\u00famero 592 del 2 de septiembre de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 7 de septiembre de 2010, la Secretar\u00eda de la \u00a0Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado de la Rep\u00fablica, acorde \u00a0al art\u00edculo 8\u00b0 del Acto Legislativo 01 de 2003 y por instrucciones de la \u00a0Presidencia, informa que en la pr\u00f3xima sesi\u00f3n se discutir\u00e1 y votar\u00e1 esta \u00a0iniciativa, entre otras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 8 de septiembre de 2010 la Secretar\u00eda de la \u00a0Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente da lectura a la proposici\u00f3n positiva \u00a0con que termina el informe de ponencia y concede el uso de la palabra al \u00a0Senador Juan Fernando Cristo, quien en calidad de ponente explica su informe. \u00a0En el debate general intervienen varios Senadores. Por Secretar\u00eda se da lectura \u00a0al articulado de esta iniciativa, en el texto del pliego de modificaciones, \u00a0abierta y cerrada su discusi\u00f3n y sometido a votaci\u00f3n es aprobado mediante \u00a0votaci\u00f3n nominal la iniciativa para que se convierta en reforma constitucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 14 de septiembre de 2010 se recibe para ponencia en \u00a0segundo debate el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 11 de 2010 Senado, previa \u00a0autorizaci\u00f3n de la Presidencia y Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera \u00a0Constitucional Permanente envi\u00e1ndose a la Secci\u00f3n de Leyes \u00a0para su respectiva publicaci\u00f3n en la Gaceta \u00a0del Congreso n\u00famero 642 del 14 de septiembre de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 28 de septiembre de 2010 dando \u00a0cumplimiento al art\u00edculo 182 de la Ley 5\u00aa de 1992, se \u00a0presenta el texto definitivo aprobado sin modificaciones en la Sesi\u00f3n Plenaria \u00a0del Senado de la Rep\u00fablica del Acto Legislativo n\u00famero 11 de 2010, por el cual se deroga el art\u00edculo 76 y se \u00a0modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, y es publicado en la Gaceta \u00a0del Congreso n\u00famero 787 del 19 de octubre de 2010. La constancia de \u00a0consideraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de esta iniciativa, se encuentra se\u00f1alada en el Acta \u00a0n\u00famero 13 del d\u00eda 28 de septiembre de 2010, publicada en la Gaceta del Congreso n\u00famero 787 \u00a0del 19 de octubre de 2010, previo anuncio en sesi\u00f3n Plenaria del d\u00eda 21 de \u00a0septiembre de 2010, Acta n\u00famero 12, publicada en la Gaceta del Congreso n\u00famero 757 del 11 de octubre de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 4 de octubre de 2010 el Secretario \u00a0General (e) del Senado de la Rep\u00fablica emite una Sustanciaci\u00f3n Segunda de \u00a0Ponencia y Texto Definitivo, informando que en Sesi\u00f3n Plenaria del d\u00eda martes \u00a028 de septiembre del 2010, fue considerado y aprobado en segundo debate, la \u00a0Ponencia, el articulado y el t\u00edtulo del Proyecto de Acto legislativo n\u00famero 11 \u00a0de 2010, por el cual se deroga el \u00a0art\u00edculo 76 y se modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. Ponencia publicada en la Gaceta del Congreso n\u00famero 642 de 2010. El resultado de las \u00a0votaciones nominales presentadas para la aprobaci\u00f3n de este proyecto son las \u00a0registradas en el Acta de fecha 28 de septiembre de 2010, atendiendo lo \u00a0dispuesto en el art\u00edculo 5\u00b0 del Acto Legislativo 01 de 2009, que \u00a0establece: \u201c(&#8230;) El voto de sus miembros ser\u00e1 nominal y p\u00fablico, excepto en \u00a0los casos que determine la ley (&#8230;)\u201d. La sustanciaci\u00f3n se hace con base en el \u00a0registro hecho por la Secretar\u00eda General del Senado, en esta misma Sesi\u00f3n \u00a0Plenaria y con el qu\u00f3rum constitucional requerido. La constancia de consideraci\u00f3n \u00a0y aprobaci\u00f3n de esta iniciativa, se encuentra se\u00f1alada en el Acta n\u00famero 13 del \u00a0d\u00eda 28 de septiembre de 2010, previo anuncio en Sesi\u00f3n Plenaria el d\u00eda 21 de \u00a0septiembre del mismo a\u00f1o, Acta n\u00famero 12. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 6 de octubre de 2010, la Secretar\u00eda \u00a0General de la C\u00e1mara de Representantes, de conformidad con el art\u00edculo 43 \u00a0numeral 5 de la Ley 5\u00aa de 1992 recibe \u00a0el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 11 de 2010 Senado, por el cual se deroga el art\u00edculo 76 y se \u00a0modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. Se radica con el n\u00famero 118 de 2010 C\u00e1mara, con el fin de \u00a0seguir su curso legal y reglamentario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 7 de octubre de 2010 la Secretar\u00eda de \u00a0la Comisi\u00f3n Primera de la Honorable C\u00e1mara de Representantes recibe el Proyecto \u00a0de Acto Legislativo n\u00famero 118 de 2010 C\u00e1mara, por el cual se deroga el art\u00edculo 76 y se modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, dando el traslado a la Mesa Directiva de la Comisi\u00f3n para su \u00a0respectivo reparto y designaci\u00f3n de Ponentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera \u00a0Constitucional Permanente con fecha 12 de octubre informa que la Presidencia \u00a0designa Ponentes para primer debate a los Representantes Alfredo Deluque \u00a0(Coordinador), Humphrey Roa Sarmiento, Carlos Eduardo Hern\u00e1ndez, Camilo Andr\u00e9s \u00a0Abril, Juan Carlos Salazar, Orlando Velandia y Alfonso Prada, en el Proyecto de \u00a0Acto Legislativo n\u00famero 118 de 2010 C\u00e1mara &#8211; 011 de 2010 Senado, por el cual se deroga el art\u00edculo 76 y se \u00a0modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 19 de octubre de 2010 la Secretar\u00eda de \u00a0la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la C\u00e1mara de Representantes, \u00a0realiza Audiencia P\u00fablica del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 118 de 2010 \u00a0C\u00e1mara &#8211; 011 de 2010 Senado, por el \u00a0cual se deroga el art\u00edculo 76 y se modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, solicitada por el ciudadano Rub\u00e9n Dar\u00edo Bravo, quien particip\u00f3 \u00a0en la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 19 de octubre de 2010, la Secretar\u00eda de \u00a0la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente acepta la renuncia como Ponente \u00a0Coordinador del Representante Alfredo Deluque y se designa como Coordinador al \u00a0Representante Orlando Velandia del Proyecto de Acto n\u00famero 118 de 2010 C\u00e1mara &#8211; \u00a0011 de 2010 Senado, por el cual se \u00a0deroga el art\u00edculo 76 y se modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 20 de octubre de 2010 la Secretar\u00eda de \u00a0la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente recibe ponencia para primer \u00a0debate del proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 118 de 2010 C\u00e1mara &#8211; 011 de 2010 \u00a0Senado, por el cual se deroga el \u00a0Art\u00edculo 76 y se modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, se env\u00eda para su respectiva publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero 795 de \u00a0fecha 20 de octubre de 2010. Asimismo, es anunciado para discusi\u00f3n y votaci\u00f3n \u00a0seg\u00fan consta en el Acta n\u00famero 24 del 20 de octubre de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 26 de octubre de 2010 la Secretar\u00eda de \u00a0la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente da la discusi\u00f3n y votaci\u00f3n del \u00a0Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 118 de 2010 C\u00e1mara &#8211; 11 de 2010 Senado, por el cual se deroga el art\u00edculo 76 y se \u00a0modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. Al final del debate se solicita que este proyecto tenga \u00a0segundo debate en la Plenaria de la C\u00e1mara en Primera Vuelta. La Presidencia \u00a0designa como ponentes para segundo debate en primera vuelta a los \u00a0Representantes Orlando Velandia Sep\u00falveda (Coordinador), Humphrey Roa \u00a0Sarmiento, Carlos Eduardo Hern\u00e1ndez, Camilo Andr\u00e9s Abril Jaimes, Juan Carlos \u00a0Salazar Uribe, Alfonso Prada y Carlos Augusto Rojas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 3 de noviembre de 2010, la Secretar\u00eda \u00a0de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la C\u00e1mara de Representantes \u00a0recibe ponencia para cuarto debate y pliego de modificaciones (Primera Vuelta) \u00a0del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 118 de 2010 C\u00e1mara &#8211; 011 de 2010 \u00a0Senado, por el cual se deroga el \u00a0art\u00edculo 76 y se modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia y se env\u00eda a la Secretar\u00eda General para su respectiva \u00a0publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso \u00a0n\u00famero 852 del mi\u00e9rcoles 3 de noviembre de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Secretario General de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes con fecha 10 de noviembre de 2010, da constancia que en Sesi\u00f3n \u00a0Plenaria del d\u00eda 9 de noviembre de 2010, fue aprobado en Segundo Debate el \u00a0Texto Definitivo con modificaciones del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 118 \u00a0de 2010 C\u00e1mara &#8211; 11 de 2010 Senado, por \u00a0el cual se deroga el art\u00edculo 76 y se modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia (Primera Vuelta). Esto con el fin de que el citado Proyecto de \u00a0Acto legislativo siga su curso legal y reglamentario y de esta manera dar \u00a0cumplimiento con lo establecido en el art\u00edculo 182 de la Ley 5\u00aa de 1992 y de \u00a0conformidad con el art\u00edculo 5\u00b0 del Acto Legislativo n\u00famero 01 de 2009, seg\u00fan \u00a0consta en el Acta de Sesi\u00f3n Plenaria n\u00famero 30 de noviembre 9 de 2010, previo \u00a0su anuncio el d\u00eda 2 de noviembre, seg\u00fan Acta de Sesi\u00f3n Plenaria n\u00famero 29. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Secretario General del Senado de la \u00a0Rep\u00fablica manifiesta que revisado en su totalidad el expediente del Proyecto de \u00a0Acto Legislativo n\u00famero 11 de 2010 Senado &#8211; 118 de 2010 C\u00e1mara, por el cual se deroga el art\u00edculo 76 y se \u00a0modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0se encontr\u00f3 que efectivamente el texto aprobado por la Plenaria de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes en su sesi\u00f3n de fecha 9 de diciembre de 2010 fue modificado \u00a0mediante proposici\u00f3n suscrita por el Representantes Hugo Vel\u00e1squez, por tal \u00a0raz\u00f3n, no requiere conciliaci\u00f3n, toda vez que, con la modificaci\u00f3n propuesta, \u00a0eliminaba la diferencia existente con el texto aprobado por el Senado de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el texto definitivo al Proyecto de Acto \u00a0Legislativo n\u00famero 118 de 2010 C\u00e1mara &#8211; 011 de 2010 Senado, por el cual se deroga el art\u00edculo 76 y se \u00a0modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia (Primer Vuelta) se public\u00f3 en la Gaceta del Congreso n\u00famero 910 del martes 16 de noviembre de \u00a02010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Ord\u00e9nese la publicaci\u00f3n del Texto \u00a0Definitivo del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 011 de 2010 Senado &#8211; 118 de \u00a02010 C\u00e1mara, por el cual se deroga el \u00a0art\u00edculo 76 y se modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica (Primera \u00a0Vuelta), el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ACTO LEGISLATIVO N\u00daMERO\u2026 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Primera Vuelta) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0deroga el art\u00edculo 76 y se modifica el art\u00edculo 77 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Congreso de Colombia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Der\u00f3gase el art\u00edculo 76 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El art\u00edculo 77 de la \u00a0Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia, quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 77. El Congreso de la \u00a0Rep\u00fablica, expedir\u00e1 la ley que fijar\u00e1 la pol\u00edtica en materia de televisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. La Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia tendr\u00e1 un art\u00edculo transitorio del siguiente tenor: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo transitorio. Dentro de los seis \u00a0meses siguientes a la entrada en vigencia del presente acto legislativo, el \u00a0Congreso expedir\u00e1 las normas mediante las cuales se defina la distribuci\u00f3n de \u00a0competencias entre las entidades del Estado que tendr\u00e1n a su cargo la \u00a0formulaci\u00f3n de planes, la regulaci\u00f3n, la direcci\u00f3n, la gesti\u00f3n y el control de \u00a0los servicios de televisi\u00f3n. Mientras se dicten las leyes correspondientes, la \u00a0Comisi\u00f3n Nacional de Televisi\u00f3n continuar\u00e1 ejerciendo las funciones que le han \u00a0sido atribuidas por la legislaci\u00f3n vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. El presente acto \u00a0legislativo rige a partir de la fecha de su promulgaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente del honorable Senado de la \u00a0Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Armando Benedetti \u00a0Villaneda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario General del honorable Senado de \u00a0la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Emilio Otero Dajud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la honorable C\u00e1mara de \u00a0Representantes, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carlos Alberto \u00a0Zuluaga D\u00edaz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario General de la honorable C\u00e1mara \u00a0de Representantes, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jes\u00fas Alfonso \u00a0Rodr\u00edguez Camargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El presente decreto rige a partir \u00a0de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 10 de febrero de \u00a02011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior y de Justicia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Germ\u00e1n Vargas \u00a0Lleras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y \u00a0las Comunicaciones, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Diego Molano Vega. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 372 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0 (febrero 10) \u00a0 \u00a0 D.O. 47.979, \u00a0febrero 10 de 2011 \u00a0 \u00a0 por el cual se ordena la publicaci\u00f3n \u00a0del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 11 de 2010 Senado &#8211; 118 de 2010 C\u00e1mara, \u00a0por el cual se deroga el art\u00edculo 76 y se modifica el art\u00edculo 77 de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[66],"tags":[],"class_list":["post-43266","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2011"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43266","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43266"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43266\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43266"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43266"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43266"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}