{"id":43489,"date":"2023-08-02T16:16:26","date_gmt":"2023-08-02T16:16:26","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-2066-de-2011\/"},"modified":"2023-08-02T16:16:26","modified_gmt":"2023-08-02T16:16:26","slug":"decreto-2066-de-2011","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-2066-de-2011\/","title":{"rendered":"DECRETO 2066 DE 2011"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2066 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(junio 13) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a048.099, junio 13 de 2011 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0crea la Medalla Militar \u201cFe en la Causa\u201d del Ej\u00e9rcito Nacional y se adiciona el \u00a0Decreto \u00a04444 del 29 de noviembre de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Ver Decreto 1070 de \u00a02015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial la que le \u00a0confiere el art\u00edculo 189, numeral 11 de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica, art\u00edculo 66 de la Ley 4\u00aa de 1913, \u00a0art\u00edculo 56 del Decreto ley 1792 \u00a0de 2000, art\u00edculos 39 y 54 de Ley 863 de 2003, en \u00a0concordancia con el art\u00edculo 226 del Decreto 4444 de 2010, \u00a0y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que es necesario estimular a los Oficiales, \u00a0Suboficiales, Soldados, personal civil al servicio del Ej\u00e9rcito Nacional, \u00a0personalidades y entidades, que demuestren actos de valor, arrojo, entrega, \u00a0dedicaci\u00f3n, m\u00e1s all\u00e1 del com\u00fan cumplimiento del deber en pro del \u00a0restablecimiento del orden y la democracia a nivel nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que una manera de materializar el \u00a0reconocimiento para los actos dignos de gallard\u00eda, del personal del Ej\u00e9rcito \u00a0Nacional es creando la condecoraci\u00f3n que mantenga perenne la evocaci\u00f3n del \u00a0servicio y del esfuerzo hecho por la patria en aras de la conservaci\u00f3n de las \u00a0instituciones legalmente constituidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que esta presea debe ser otorgada a \u00a0aquellos miembros del Ej\u00e9rcito Nacional y Servidores P\u00fablicos, personalidades y \u00a0entidades, que hayan demostrado la verdadera Fe en la Causa en cada acto \u00a0desarrollado en busca de la paz, la tranquilidad ciudadana, as\u00ed como el \u00a0desarrollo y el progreso de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Cr\u00e9ase la Medalla Militar \u201cFe en la Causa\u201d en categor\u00eda \u00a0\u00fanica, para premiar al personal de Oficiales, Suboficiales, Soldados y Civiles, \u00a0que se destaquen en la recuperaci\u00f3n de la paz, el orden y la democracia de la \u00a0Naci\u00f3n, as\u00ed como al personal militar en uso de buen retiro, a personalidades \u00a0Nacionales y Extranjeras y entidades p\u00fablicas o privadas que presten sus \u00a0servicios meritorios en beneficio del Ej\u00e9rcito Nacional. (Nota: Ver art\u00edculo 2.3.1.3.6.10.1 del Decreto 1070 de \u00a02015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Caracter\u00edsticas. La Joya consiste en una medalla esmaltada, de \u00a055 mm de ancho por 55 mm de alto, con corona c\u00f3ncava plateada de la cual pende \u00a0un c\u00edrculo en laurel donde estar\u00e1n expuestas, una estrella de color plata de 56 \u00a0puntas y una estrella de color dorado de 8 puntas; con el escudo del Ej\u00e9rcito \u00a0Nacional sobre la estrella dorada y en su base el emblema \u201cFe en la Causa\u201d. En \u00a0la parte inferior de la joya vendr\u00e1 una cinta dorada con la descripci\u00f3n del \u00a0lema esculpido \u201cPatria, Honor, Lealtad\u201d, esta joya pender\u00e1 de una cinta de 40 \u00a0mm, de ancho de color rojo, sobre la cual llevar\u00e1 bordados los ocho colores \u00a0representativos de las armas que conforman el Ej\u00e9rcito Nacional, al respaldo \u00a0lleva impresa en alto relieve el s\u00edmbolo de los siete Pilates con tres palabras \u00a0\u201cDignidad, Equilibrio, Equipo\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Las miniaturas o r\u00e9plicas \u00a0ser\u00e1n condecoraciones similares a la joya descrita anteriormente, pero \u00a0reducidas a 15 mil\u00edmetros, la cual ir\u00e1 suspendida de una cinta con los mismos \u00a0colores de la establecida para la joya, tendr\u00e1 15 mm de ancho por 35 mm de \u00a0largo y en el centro ostentar\u00e1 el distintivo indicado para la venera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La venera ser\u00e1 una cinta de \u00a0color rojo rectangular de 40 mm de ancho, por 11 de alto, llevar\u00e1 las secciones \u00a0de las ocho armas representativas del Ej\u00e9rcito Nacional en sus respectivos \u00a0colores, en esmalte al fuego, con el escudo del Ej\u00e9rcito Nacional en el centro \u00a0y en su base el lema \u201cFe en la Causa\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 2\u00ba: Ver \u00a0art\u00edculo 2.3.1.3.6.10.2 del Decreto 1070 de \u00a02015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Adici\u00f3nase \u00a0el art\u00edculo 90 del Decreto \u00a04444 del 29 de noviembre de 2010, as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para la Medalla Militar \u201cFe en la Causa\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Presidente: Comandante del Ej\u00e9rcito \u00a0Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Vicepresidente: Jefe de Estado Mayor del \u00a0Ej\u00e9rcito Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Vocales: Jefe de Operaciones del Ej\u00e9rcito \u00a0Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jefe de Desarrollo Humano del Ej\u00e9rcito \u00a0Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Secretario: Director de Bienestar y \u00a0Disciplina del Ej\u00e9rcito Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Para efectos de las funciones y \u00a0atribuciones de los miembros del Consejo se tendr\u00e1n en cuenta las normas \u00a0establecidas en los par\u00e1grafos 1\u00b0 y 2\u00b0 del art\u00edculo 90 del Decreto \u00a04444 del 29 de noviembre de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 3\u00ba: Ver \u00a0art\u00edculo 2.3.1.3.6.10.3 del Decreto 1070 de \u00a02015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Requisitos. Adem\u00e1s de los requisitos establecidos en el art\u00edculo \u00a09\u00b0 del Decreto \u00a04444 del 29 de noviembre de 2010, se tendr\u00e1n en cuenta los siguientes, para \u00a0su otorgamiento: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Para Oficiales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Diligenciar en el formato de solicitud \u00a0los Apellidos, Nombres, Grado, n\u00famero de c\u00e9dula y el arma a la cual pertenece. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Debe haber sido protagonista en el \u00a0respeto por los Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Debe haber liderado, planeado, dirigido \u00a0o ejecutado episodios que hayan restituido la libertad, la democracia y la paz \u00a0de una regi\u00f3n en territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Para Suboficiales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Diligenciar en el formato de solicitud \u00a0los Apellidos, Nombres, Grado, n\u00famero de c\u00e9dula y el arma a la cual pertenece. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Debe haber sido un protagonista en el \u00a0respeto por los Derechos Humanos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Debe haber participado directamente en \u00a0eventos que hayan sido eficaces y efectivos para la restituci\u00f3n la libertad, la \u00a0democracia y la paz de una regi\u00f3n en territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Que al momento de solicitarle la \u00a0medalla, ostente todas las jinetas de buena conducta reglamentadas y que le \u00a0correspondan de acuerdo a su grado y tiempo en el escalaf\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Para Soldados: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Diligenciar en el formato de solicitud \u00a0los Apellidos, Nombres, Grado, n\u00famero de c\u00e9dula y el arma a la cual pertenece. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Debe haber sido un protagonista en el \u00a0respeto por los Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Debe haber participado directamente en \u00a0eventos que hayan sido eficaces y efectivos para la restituci\u00f3n la libertad, la \u00a0democracia y la paz de una regi\u00f3n en territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Para el Personal Civil perteneciente a las \u00a0Fuerzas Militares, personal no uniformado de la Polic\u00eda Nacional, Empleados \u00a0P\u00fablicos que conforman el Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Diligenciar en el formato de solicitud \u00a0los Apellidos, Nombres, Grado, n\u00famero de c\u00e9dula y el arma a la cual pertenece. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Debe haber sido un protagonista en el \u00a0respeto por los Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Debe haber participado directamente en eventos que hayan sido eficaces y \u00a0efectivos para la restituci\u00f3n la libertad, la democracia y la paz de una regi\u00f3n \u00a0en territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Para Instituciones \u00a0de Derecho P\u00fablico o Privadas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Debe haber sido un \u00a0protagonista en el respeto por los Derechos Humanos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Debe haber participado \u00a0directamente en eventos que hayan sido eficaces y efectivos para la restituci\u00f3n \u00a0la libertad, la democracia y la paz de una regi\u00f3n en territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 4\u00ba: Ver \u00a0art\u00edculo 2.3.1.3.6.10.4 del Decreto 1070 de \u00a02015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Diploma. Los diplomas \u00a0correspondientes a la Medalla \u201cFe en la Causa\u201d llevar\u00e1n las firmas del \u00a0Comandante y Jefe de Estado Mayor del Ej\u00e9rcito Nacional, con la siguiente \u00a0leyenda: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 5\u00ba: Ver \u00a0art\u00edculo 2.3.1.3.6.10.5 del Decreto 1070 de \u00a02015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Otorgamiento. La Medalla Fe en la \u00a0Causa, ser\u00e1 conferida por una sola vez, previo cumplimiento de los requisitos \u00a0establecidos para el efecto y que a consideraci\u00f3n del Consejo de la Medalla se \u00a0hagan merecedores de esta distinci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Al personal \u00a0del Ej\u00e9rcito Nacional que falleciere como consecuencia del cumplimiento del \u00a0deber en actos del servicio para mantener o restablecer el orden p\u00fablico, se le \u00a0podr\u00e1 conceder en forma p\u00f3stuma, igualmente a los miembros de la Polic\u00eda \u00a0Nacional que fallecieren por la misma causa, participando en operaciones \u00a0conjuntas con las Fuerzas Militares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. De igual manera, \u00a0para el otorgamiento de la Medalla Fe en la Causa, se seguir\u00e1n las normas \u00a0establecidas en el par\u00e1grafo del art\u00edculo 56 del Decreto \u00a04444 del 29 de noviembre de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 6\u00ba: Ver \u00a0art\u00edculo 2.3.1.3.6.10.6 del Decreto 1070 de \u00a02015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Imposici\u00f3n. Adem\u00e1s de lo establecido \u00a0en los art\u00edculos 6\u00b0 y 12 del Decreto \u00a04444 del 29 de noviembre de 2010, la imposici\u00f3n de la Medalla Fe en la \u00a0Causa revestir\u00e1 la mayor solemnidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para la ceremonia se \u00a0conformar\u00e1n destacamentos de acuerdo con el reglamento de ceremonial militar y \u00a0estar\u00e1 precedida por el se\u00f1or Comandante del Ej\u00e9rcito Nacional, quien impondr\u00e1 \u00a0la condecoraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 7\u00ba: Ver \u00a0art\u00edculo 2.3.1.3.6.10.7 del Decreto 1070 de \u00a02015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Adici\u00f3nase al literal c) numeral 3 del art\u00edculo 6\u00b0 del Decreto \u00a04444 del 29 de noviembre de 2010 en el sentido de incluir un literal, as\u00ed: \u00a0\u201ca) Medalla Fe en la Causa\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Para \u00a0efectos de la precedencia de condecoraciones que trata el art\u00edculo 7\u00b0 del Decreto \u00a04444 del 29 de noviembre de 2010 la Medalla Militar \u201cFe en la Causa\u201d \u00a0suceder\u00e1 a la medalla \u201cTiempo de Servicio\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. El presente \u00a0decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 13 de \u00a0junio de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa \u00a0Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Rodrigo Rivera \u00a0Salazar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2066 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0 (junio 13) \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a048.099, junio 13 de 2011 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0crea la Medalla Militar \u201cFe en la Causa\u201d del Ej\u00e9rcito Nacional y se adiciona el \u00a0Decreto \u00a04444 del 29 de noviembre de 2010. \u00a0 \u00a0 Nota: Ver Decreto 1070 de \u00a02015, Decreto \u00danico [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[66],"tags":[],"class_list":["post-43489","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2011"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43489","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43489"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43489\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43489"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43489"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43489"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}