{"id":43497,"date":"2023-08-02T16:16:27","date_gmt":"2023-08-02T16:16:27","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-2129-de-2011\/"},"modified":"2023-08-02T16:16:27","modified_gmt":"2023-08-02T16:16:27","slug":"decreto-2129-de-2011","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-2129-de-2011\/","title":{"rendered":"DECRETO 2129 DE 2011"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2129 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(junio 16) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 48.102, junio 16 de 2011 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0establecen condiciones y requisitos para la declaratoria de existencia de Zonas \u00a0Francas Permanentes Especiales en los departamentos de Putumayo, Nari\u00f1o, Huila, \u00a0Caquet\u00e1 y Cauca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: \u00a0Desarrollado por el Decreto 1767 de 2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Ver el Decreto 2147 de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le \u00a0confieren los numerales 11 y 25 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0la Ley 6\u00aa de 1971, Ley 1004 de 2005, o\u00eddo \u00a0el Comit\u00e9 de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Decreto 1197 de 2009 \u00a0se establecieron condiciones y requisitos para la declaratoria de existencia de \u00a0zonas francas permanentes especiales en los departamentos de Putumayo, Nari\u00f1o, \u00a0Huila, Caquet\u00e1 y Cauca siempre y cuando quienes pretend\u00edan ser usuarios \u00a0industriales de estas presentaran la correspondiente solicitud ante la \u00a0Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales antes del 30 de abril de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que los beneficios derivados del mencionado \u00a0decreto fueron objeto de sucesivas pr\u00f3rrogas, la \u00faltima de las cuales se fij\u00f3 \u00a0mediante Decreto 2595 de 2010 \u00a0para quienes presentaran la solicitud de declaratoria de Zona Franca Permanente \u00a0Especial en los mencionados departamentos antes del 30 de diciembre de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la situaci\u00f3n econ\u00f3mica que origin\u00f3 la \u00a0expedici\u00f3n del Decreto 1197 de 2009 \u00a0a\u00fan persiste y se considera necesario restablecer las condiciones y requisitos \u00a0especiales definidos en dicha norma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que es preciso resolver las solicitudes de \u00a0aprobaci\u00f3n de Plan Maestro de Desarrollo General de zonas francas permanentes \u00a0especiales en los departamentos de Putumayo, Nari\u00f1o, Huila, Caquet\u00e1 y Cauca \u00a0radicadas ante la Comisi\u00f3n Intersectorial de Zonas Francas con anterioridad al \u00a030 de diciembre de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Podr\u00e1 declararse la existencia de \u00a0Zonas Francas Permanentes Especiales en los departamentos de Putumayo, Nari\u00f1o, \u00a0Huila, Caquet\u00e1 y Cauca, cumpliendo con los requisitos y compromisos \u00a0establecidos en el presente decreto, siempre y cuando quien pretenda ser el \u00a0usuario industrial de la zona franca permanente especial haya radicado la \u00a0solicitud de aprobaci\u00f3n del Plan Maestro de Desarrollo General ante la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Zonas Francas antes del 30 \u00a0de diciembre de 2010 y la informaci\u00f3n que soporte a la misma se encuentre \u00a0completa dentro del mes siguiente a la publicaci\u00f3n del presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Solicitud de declaratoria de \u00a0existencia de una zona franca permanente especial en los departamentos de \u00a0Putumayo, Nari\u00f1o, Huila, Caquet\u00e1 y Cauca. Para obtener la declaratoria de \u00a0existencia de una zona franca permanente especial en los departamentos de \u00a0Putumayo, Nari\u00f1o, Huila, Caquet\u00e1 y Cauca, deber\u00e1 presentarse la correspondiente \u00a0solicitud ante la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, por parte de la \u00a0persona jur\u00eddica que pretenda ser el \u00fanico usuario industrial de la misma, \u00a0acompa\u00f1ada, entre otros requisitos, por el Plan Maestro de Desarrollo General \u00a0de Zona Franca aprobado y el concepto favorable emitido por la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Zonas Francas, a m\u00e1s tardar dentro el mes siguiente a la \u00a0fecha de expedici\u00f3n del correspondiente concepto favorable, so pena que se \u00a0considere desistida la respectiva solicitud de declaratoria de existencia de \u00a0zona franca permanente especial, sin necesidad de expedir acto administrativo \u00a0que as\u00ed lo declare. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Requisitos del \u00e1rea. El \u00e1rea que se solicite declarar como zona \u00a0franca permanente especial en los departamentos de Putumayo, Nari\u00f1o, Huila, \u00a0Caquet\u00e1 y Cauca, deber\u00e1 cumplir con los siguientes requisitos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ser continua. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Tener las condiciones necesarias para ser \u00a0dotada de infraestructura para las actividades industriales, comerciales o de \u00a0servicios a desarrollar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Que en esta no se est\u00e9n realizando las \u00a0actividades que el proyecto solicitado planea promover. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Cuando el \u00e1rea de terreno se \u00a0encuentre separada por una v\u00eda p\u00fablica o un accidente geogr\u00e1fico, podr\u00e1 \u00a0considerarse excepcionalmente continua por parte de la Comisi\u00f3n Intersectorial \u00a0de Zonas Francas, previo concepto favorable de la Direcci\u00f3n de Impuestos y \u00a0Aduanas Nacionales, siempre que la misma se pueda comunicar por un puente o \u00a0t\u00fanel de uso privado y se garantice el cerramiento de la zona franca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Cuando se solicite la \u00a0declaratoria de existencia de una zona franca permanente especial de servicios \u00a0que no involucre movimiento de carga, de manera excepcional la Direcci\u00f3n de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales podr\u00e1 hacer extensiva dicha declaratoria a \u00a0varias \u00e1reas geogr\u00e1ficas delimitadas dentro de la jurisdicci\u00f3n de los \u00a0departamentos a que se refiere el presente decreto, siempre que se obtenga \u00a0concepto previo favorable de la Comisi\u00f3n Intersectorial de zonas francas y se \u00a0acredite ante esta mediante estudios de factibilidad t\u00e9cnica, econ\u00f3mica, \u00a0financiera y de mercado que por la naturaleza de la actividad lo requiere. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Requisitos para obtener la \u00a0declaratoria de existencia de una zona franca permanente especial y \u00a0reconocimiento del usuario industrial en los departamentos de Putumayo, Nari\u00f1o, \u00a0Huila, Caquet\u00e1 y Cauca. Para obtener la declaratoria de existencia de una zona \u00a0franca permanente especial en los departamentos de Putumayo, Nari\u00f1o, Huila, \u00a0Caquet\u00e1 y Cauca, quien pretenda ser usuario industrial de la misma deber\u00e1 \u00a0acreditar los siguientes requisitos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Constituir una nueva persona jur\u00eddica, domiciliada \u00a0en el pa\u00eds y acreditar su representaci\u00f3n legal o establecer una sucursal de \u00a0sociedad extranjera legalizada de acuerdo con las exigencias del C\u00f3digo de \u00a0Comercio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Acreditar el cumplimiento de los requisitos \u00a0previstos en los literales c), d), f) y h) del art\u00edculo 76 del Decreto 2685 de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Allegar la hoja de vida de la totalidad del \u00a0personal directivo y de los representantes legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar, dentro de los dos (2) a\u00f1os \u00a0siguientes a la declaratoria de existencia, una nueva inversi\u00f3n por un monto \u00a0igual o superior a cinco mil salarios m\u00ednimos mensuales legales vigentes (5.000 \u00a0smmlv) y crear, por lo menos, cincuenta (50) nuevos empleos directos y \u00a0formales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A partir del segundo a\u00f1o siguiente a la puesta \u00a0en marcha del proyecto deber\u00e1 mantenerse m\u00ednimo el noventa por ciento (90%) de \u00a0los empleos a que se refiere este numeral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar el Plan Maestro de Desarrollo \u00a0General de la zona franca permanente especial aprobado por la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Zonas Francas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Allegar estudio de t\u00edtulos de propiedad de \u00a0los terrenos sobre los que se desarrollar\u00e1 f\u00edsicamente el proyecto de la zona \u00a0franca permanente especial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Adjuntar plano topogr\u00e1fico y fotogr\u00e1fico \u00a0con la ubicaci\u00f3n y delimitaci\u00f3n precisa del \u00e1rea para la que se solicita, la \u00a0declaratoria y los linderos de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Anexar certificaci\u00f3n expedida por la \u00a0autoridad competente en cuya jurisdicci\u00f3n se pretenda obtener la declaratoria \u00a0de existencia de la zona franca permanente especial, en la que se manifieste \u00a0que el proyecto est\u00e1 acorde con el plan de desarrollo municipal o distrital y \u00a0se encuentra conforme con lo exigido por la autoridad ambiental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Allegar certificados de registro de \u00a0libertad y tradici\u00f3n de los terrenos que formen parte del \u00e1rea que se solicita \u00a0declarar como zona franca permanente especial, expedidos por la respectiva \u00a0oficina de registro de instrumentos p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adjuntar certificaci\u00f3n expedida por la \u00a0autoridad competente que acredite que el \u00e1rea que pretenda ser declarada como \u00a0zona franca permanente especial puede ser dotada de servicios p\u00fablicos \u00a0domiciliarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Presentar proyecci\u00f3n de la construcci\u00f3n \u00a0del \u00e1rea destinada para el montaje de las oficinas donde se instalar\u00e1n las \u00a0entidades competentes para ejercer el control y vigilancia, de las actividades \u00a0propias de la zona franca permanente especial y del \u00e1rea de inspecci\u00f3n \u00a0aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Presentar cronograma en donde se precise el cumplimiento de \u00a0los siguientes compromisos de ejecuci\u00f3n del proyecto: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Cerramiento del ciento por ciento (100%) \u00a0del \u00e1rea declarada como zona franca permanente especial antes del inicio de las \u00a0operaciones propias de la actividad de zona franca, de manera que la entrada o \u00a0salida de personas, veh\u00edculos y bienes deba efectuarse necesariamente por las \u00a0puertas destinadas para el control respectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Ejecuci\u00f3n dentro de los dos (2) a\u00f1os \u00a0siguientes a la declaratoria de existencia de la zona franca permanente \u00a0especial del ciento por ciento (100%) de la nueva inversi\u00f3n incluyendo la \u00a0instalaci\u00f3n de activos fijos reales de producci\u00f3n tales como maquinaria y \u00a0equipo para el desarrollo del proceso productivo y montaje de los dem\u00e1s bienes \u00a0necesarios para la ejecuci\u00f3n del proyecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Generaci\u00f3n del empleo directo y formal, a \u00a0la puesta en marcha del proyecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Presentar dentro del Plan Maestro de \u00a0Desarrollo General de la zona franca permanente especial un componente de \u00a0reconversi\u00f3n industrial, de transferencia tecnol\u00f3gica o de servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Presentar un programa de sistematizaci\u00f3n \u00a0de las operaciones de la zona franca permanente especial para el manejo de \u00a0inventarios, que permita un adecuado control por parte del usuario operador, \u00a0as\u00ed como de las autoridades competentes y su conexi\u00f3n al sistema de \u00a0comunicaciones y de transmisi\u00f3n electr\u00f3nica de datos y documentos de la \u00a0Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales y cronograma para su montaje. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Postular a la persona jur\u00eddica que \u00a0ejercer\u00e1 las funciones de Usuario Operador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Los dem\u00e1s exigidos por las normas \u00a0especiales que regulen la actividad que se pretenda desarrollar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Usuario operador. La persona jur\u00eddica que sea postulada como usuario \u00a0operador por parte de quien pretende ser usuario industrial de la zona franca \u00a0permanente especial deber\u00e1 ser diferente y sin vinculaci\u00f3n econ\u00f3mica y \u00a0societaria con este en los t\u00e9rminos se\u00f1alados en los art\u00edculos 450 y 452 del \u00a0Estatuto Tributario y 260 a 264 del C\u00f3digo de Comercio. Adicionalmente, deber\u00e1 \u00a0cumplir con los requisitos establecidos en el art\u00edculo 393-15 del Decreto 2685 de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Para efectos del presente \u00a0decreto, se aplicar\u00e1n todas las definiciones y disposiciones relativas al \u00a0r\u00e9gimen de zonas francas establecidas en el Decreto 2685 de 1999, \u00a0sus modificaciones y disposiciones reglamentarias, con excepci\u00f3n de las \u00a0consideraciones especiales aqu\u00ed establecidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige desde la fecha \u00a0de su publicaci\u00f3n y deroga las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 16 de junio de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>EL Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Carlos Echeverry \u00a0Garz\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sergio Diazgranados Guida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2129 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0 (junio 16) \u00a0 \u00a0 D.O. 48.102, junio 16 de 2011 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0establecen condiciones y requisitos para la declaratoria de existencia de Zonas \u00a0Francas Permanentes Especiales en los departamentos de Putumayo, Nari\u00f1o, Huila, \u00a0Caquet\u00e1 y Cauca. \u00a0 \u00a0 Nota 1: \u00a0Desarrollado por el Decreto 1767 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[66],"tags":[],"class_list":["post-43497","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2011"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43497","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43497"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43497\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43497"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43497"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43497"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}