{"id":43594,"date":"2023-08-02T16:16:34","date_gmt":"2023-08-02T16:16:34","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-2893-de-2011\/"},"modified":"2023-08-02T16:16:34","modified_gmt":"2023-08-02T16:16:34","slug":"decreto-2893-de-2011","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-2893-de-2011\/","title":{"rendered":"DECRETO 2893 DE 2011"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2893 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(agosto 11) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 48.158, \u00a0agosto 11 de 2011 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por \u00a0el cual se modifican los objetivos, la estructura org\u00e1nica y funciones del Ministerio \u00a0del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a01: Modificado por el Decreto 1152 de 2022, \u00a0por el Decreto 2353 de 2019, \u00a0por el Decreto 1140 de 2018, \u00a0por el Decreto 2340 de 2015 \u00a0y por el Decreto 1835 de 2012. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a02: Desarrollado por el Decreto 762 de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 3: Ver Decreto 2124 de 2017. \u00a0Ver Decreto 4800 de 2011, \u00a0art\u00edculo 259. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conc. Resoluci\u00f3n \u00a0194 de 2016, M. del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le \u00a0confiere el literal c) del art\u00edculo 18 de la Ley 1444 de 2011, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en virtud de la Ley 1444 de 2011 se \u00a0escindieron del Ministerio del Interior y de Justicia los objetivos y funciones \u00a0asignados por las normas vigentes al despacho del Viceministro de la Justicia y \u00a0el Derecho y a las dependencias a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en virtud del \u00a0art\u00edculo 2\u00b0 de la Ley 1444 de 2011, se \u00a0reorganiz\u00f3 el Ministerio del Interior y de Justicia y se denomin\u00f3 Ministerio \u00a0del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en el literal c) del \u00a0art\u00edculo 18 de la Ley 1444 de 2011 se \u00a0confirieron facultades extraordinarias para fijar los objetivos y estructura a \u00a0los Ministerios reorganizados por dicha ley y para integrar los sectores \u00a0administrativos, facultad que se ejercer\u00e1 para el Ministerio del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Objetivos y funciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modificado por el Decreto 1140 de 2018, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Objetivo. El Ministerio del Interior tendr\u00e1 como objetivo \u00a0dentro del marco de sus competencias y de la ley formular, adoptar, dirigir, \u00a0coordinar y ejecutar la pol\u00edtica p\u00fablica, planes, programas y proyectos en \u00a0materia de derechos humanos, derecho internacional humanitario, integraci\u00f3n de \u00a0la Naci\u00f3n con las entidades territoriales, gesti\u00f3n p\u00fablica territorial, \u00a0seguridad y convivencia ciudadana, asuntos \u00e9tnicos y minor\u00edas, poblaci\u00f3n LGBTI, \u00a0enfoque de g\u00e9nero, poblaci\u00f3n vulnerable, democracia, participaci\u00f3n ciudadana, acci\u00f3n \u00a0comunal, libertad e igualdad religiosa, de cultos y conciencia y el derecho \u00a0individual a profesar una religi\u00f3n o credo, consulta previa, derecho de autor y \u00a0derechos conexos, prevenci\u00f3n y protecci\u00f3n a personas por violaciones a la vida, \u00a0libertad, integridad y seguridad personal, gesti\u00f3n integral contra incendios, \u00a0las cuales se desarrollar\u00e1n a trav\u00e9s de la institucionalidad que comprende el \u00a0Sector Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Igualmente, el Ministerio del Interior coordinar\u00e1 las relaciones entre \u00a0la Rama Ejecutiva y la Rama Legislativa, para el desarrollo de la Agenda \u00a0Legislativa del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 1\u00ba: \u201cObjetivo. El Ministerio del Interior tendr\u00e1 como objetivo dentro \u00a0del marco de sus competencias y de la ley formular, adoptar, dirigir, coordinar \u00a0y ejecutar la pol\u00edtica p\u00fablica, planes, programas y proyectos en materia de \u00a0derechos humanos, derecho internacional humanitario, integraci\u00f3n de la Naci\u00f3n \u00a0con las entidades territoriales, seguridad y convivencia ciudadana, asuntos \u00a0\u00e9tnicos, poblaci\u00f3n LGBTI, poblaci\u00f3n vulnerable, democracia, participaci\u00f3n \u00a0ciudadana, acci\u00f3n comunal, la libertad de cultos y el derecho individual a \u00a0profesar una religi\u00f3n o credo, consulta previa y derecho de autor y derechos \u00a0conexos, la cual se desarrollar\u00e1 a trav\u00e9s de la institucionalidad que comprende \u00a0el Sector Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Igualmente, \u00a0el Ministerio del Interior coordinar\u00e1 las relaciones entre la Rama Ejecutiva y la \u00a0Rama Legislativa, para el desarrollo de la Agenda Legislativa del Gobierno \u00a0Nacional.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba: Ver Decreto 850 de 2018. Ver Decreto 1402 de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modificado por el Decreto 1140 de 2018, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Funciones. El Ministerio \u00a0del Interior, adem\u00e1s de las funciones determinadas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0y en el art\u00edculo 59 de la Ley 489 de 1998, cumplir\u00e1 \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Articular la formulaci\u00f3n, adopci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas p\u00fablicas del Sector Administrativo del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar e implementar de conformidad con la ley las pol\u00edticas \u00a0p\u00fablicas de protecci\u00f3n, promoci\u00f3n, respeto y garant\u00eda de los Derechos Humanos, \u00a0en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s entidades del Estado competentes, as\u00ed como la \u00a0prevenci\u00f3n a las violaciones de estos y la observancia al Derecho Internacional \u00a0Humanitario, con un enfoque integral, diferencial, social y de g\u00e9nero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Servir de enlace y coordinador de las entidades del orden nacional \u00a0en su relaci\u00f3n con los entes territoriales y promover la Integraci\u00f3n de la \u00a0Naci\u00f3n con el territorio y el desarrollo territorial, a trav\u00e9s de la \u00a0profundizaci\u00f3n de la descentralizaci\u00f3n, ordenamiento y autonom\u00eda territorial y \u00a0la coordinaci\u00f3n y armonizaci\u00f3n de las agendas de los diversos sectores \u00a0administrativos, dentro de sus competencias, en procura de este objetivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Relaciones Exteriores, \u00a0el Ministerio de Defensa Nacional, el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, el \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica y dem\u00e1s entidades \u00a0competentes, la pol\u00edtica p\u00fablica para el fortalecimiento y desarrollo de las \u00a0capacidades de Gobierno en las administraciones locales ubicadas en zonas \u00a0fronterizas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir y promover las pol\u00edticas tendientes a la prevenci\u00f3n de \u00a0factores que atenten contra el orden p\u00fablico interno, as\u00ed como tomar las \u00a0medidas para su preservaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Defensa \u00a0Nacional, las autoridades departamentales y locales en lo que a estos \u00a0corresponda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Atender los asuntos pol\u00edticos y el ejercicio de los derechos en esta \u00a0materia, as\u00ed como promover la convivencia y la participaci\u00f3n ciudadana en la \u00a0vida y organizaci\u00f3n social y pol\u00edtica de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover y apoyar la generaci\u00f3n de infraestructura para la seguridad \u00a0y convivencia ciudadana en las entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Administrar el Fondo de Seguridad y Convivencia Ciudadana -Fonsecon- \u00a0teniendo en cuenta la participaci\u00f3n del Sector Administrativo de Justicia y del \u00a0Derecho, seg\u00fan los proyectos que se presenten y de conformidad con la pol\u00edtica \u00a0que en materia de seguridad y convivencia defina el Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Administrar el Fondo para la Participaci\u00f3n Ciudadana y \u00a0Fortalecimiento de la Democracia, el Fondo de Protecci\u00f3n de Justicia y el Fondo \u00a0Nacional de Lucha contra la Trata de Personas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Formular, promover y hacer seguimiento a la pol\u00edtica de los grupos \u00a0\u00e9tnicos para la materializaci\u00f3n de sus derechos, con un enfoque integral, \u00a0diferencial, social y de g\u00e9nero, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s entidades \u00a0competentes del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Formular, promover y hacer seguimiento a la pol\u00edtica de atenci\u00f3n a \u00a0la poblaci\u00f3n LGBTI para la materializaci\u00f3n de sus derechos, con un enfoque \u00a0integral, diferencial y social en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s entidades \u00a0competentes del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Formular, promover y hacer seguimiento a la pol\u00edtica de atenci\u00f3n a \u00a0la poblaci\u00f3n en situaci\u00f3n de vulnerabilidad, para la materializaci\u00f3n de sus \u00a0derechos, con un enfoque integral, diferencial, social y de g\u00e9nero, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s entidades competentes del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Actuar como rector del Sistema Nacional de Discapacidad, con un \u00a0enfoque integral, diferencial, social y de g\u00e9nero, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0dem\u00e1s entidades competentes del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Formular y promover la pol\u00edtica p\u00fablica de libertad religiosa, de \u00a0cultos y conciencia, y el derecho individual a profesar una religi\u00f3n o credo \u00a0para su efectiva materializaci\u00f3n, protecci\u00f3n, promoci\u00f3n, difusi\u00f3n y su aporte \u00a0al bien com\u00fan, con un enfoque integral, pluralista y social, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las dem\u00e1s entidades competentes del Estado, en los t\u00e9rminos de la Ley 133 de 1994, 1753 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Formular y promover las pol\u00edticas p\u00fablicas relacionadas con la \u00a0protecci\u00f3n, promoci\u00f3n y difusi\u00f3n del derecho de autor y los derechos conexos. \u00a0As\u00ed mismo, recomendar la adhesi\u00f3n y procurar la ratificaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de \u00a0las convenciones internacionales suscritas por el Estado colombiano en la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Formular, promover y hacer seguimiento a las pol\u00edticas p\u00fablicas \u00a0relacionadas con los objetivos y funciones de las entidades p\u00fablicas adscritas \u00a0y vinculadas al Ministerio del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar, con el concurso de los dem\u00e1s ministerios, la agenda \u00a0legislativa del Gobierno nacional en el Congreso de la Rep\u00fablica y las dem\u00e1s \u00a0entidades del orden nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Servir de \u00f3rgano de enlace, comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre la \u00a0Rama Ejecutiva y la Rama Legislativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Coordinar con las dem\u00e1s autoridades competentes el dise\u00f1o e \u00a0implementaci\u00f3n de herramientas y mecanismos eficientes en materia electoral que \u00a0busquen garantizar el normal desarrollo de los procesos electorales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Incentivar alianzas estrat\u00e9gicas con otros gobiernos u organismos \u00a0de car\u00e1cter internacional, que faciliten e impulsen el logro de los objetivos \u00a0del Sector Administrativo del Interior, en coordinaci\u00f3n con las entidades \u00a0estatales competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s funciones asignadas por la Constituci\u00f3n y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 2\u00ba: \u201cFunciones. El Ministerio del Interior, adem\u00e1s de las funciones determinadas \u00a0en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en el art\u00edculo 59 de la Ley \u00a0489 de 1998 cumplir\u00e1 las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Articular \u00a0la formulaci\u00f3n, adopci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica del \u00a0Sector Administrativo del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar \u00a0e implementar de conformidad con la ley las pol\u00edticas p\u00fablicas de protecci\u00f3n, \u00a0promoci\u00f3n, respeto y garant\u00eda de los Derechos Humanos, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0dem\u00e1s entidades del Estado competentes, as\u00ed como la prevenci\u00f3n a las \u00a0violaciones de estos y la observancia al Derecho Internacional Humanitario, con \u00a0un enfoque integral, diferencial y social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Servir \u00a0de enlace y coordinador de las entidades del orden nacional en su relaci\u00f3n con \u00a0los entes territoriales y promover la integraci\u00f3n de la Naci\u00f3n con el \u00a0territorio y el desarrollo territorial a trav\u00e9s de la profundizaci\u00f3n de la \u00a0descentralizaci\u00f3n, ordenamiento y autonom\u00eda territorial y la coordinaci\u00f3n y \u00a0armonizaci\u00f3n de las agendas de los diversos sectores administrativos, dentro de \u00a0sus competencias, en procura de este objetivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Dise\u00f1ar, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Relaciones Exteriores, el \u00a0Ministerio de Defensa Nacional, el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y el \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica y dem\u00e1s entidades \u00a0competentes, la pol\u00edtica p\u00fablica para el fortalecimiento y desarrollo de las \u00a0capacidades de Gobierno en las administraciones locales ubicadas en zonas \u00a0fronterizas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir \u00a0y promover las pol\u00edticas tendientes a la prevenci\u00f3n de factores que atenten \u00a0contra el orden p\u00fablico interno, as\u00ed como tomar las medidas para su \u00a0preservaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Defensa Nacional, las \u00a0autoridades departamentales y locales en lo que a estos corresponda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Atender \u00a0los asuntos pol\u00edticos y el ejercicio de los derechos en esta materia, as\u00ed como \u00a0promover la convivencia y la participaci\u00f3n ciudadana en la vida y organizaci\u00f3n \u00a0social y pol\u00edtica de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Promover y apoyar la generaci\u00f3n de infraestructura para la seguridad y \u00a0convivencia ciudadana en las entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Administrar el Fondo de Seguridad y Convivencia Ciudadana -Fonsecon- teniendo \u00a0en cuenta la participaci\u00f3n del Sector Administrativo de Justicia y del Derecho, \u00a0seg\u00fan los proyectos que se presenten y de conformidad con la pol\u00edtica que en \u00a0materia de seguridad y convivencia defina el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Administrar el Fondo para la Participaci\u00f3n y Fortalecimiento de la Democracia, \u00a0el Fondo de Protecci\u00f3n de Justicia y el Fondo Nacional de Lucha contra la Trata \u00a0de Personas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Formular y hacer seguimiento a la pol\u00edtica de los grupos \u00e9tnicos para la \u00a0materializaci\u00f3n de sus derechos, con un enfoque integral, diferencial y social, \u00a0en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s entidades competentes del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Formular y hacer seguimiento a la pol\u00edtica de atenci\u00f3n a la poblaci\u00f3n LGBTI \u00a0para la materializaci\u00f3n de sus derechos, con un enfoque integral, diferencial y \u00a0social en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s entidades competentes del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Formular y hacer seguimiento a la pol\u00edtica de atenci\u00f3n a la poblaci\u00f3n en \u00a0situaci\u00f3n de vulnerabilidad, para la materializaci\u00f3n de sus derechos, con un \u00a0enfoque integral, diferencial y social, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s entidades \u00a0competentes del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Coordinar, con el concurso de los dem\u00e1s ministerios, la agenda legislativa del \u00a0Gobierno Nacional en el Congreso de la Rep\u00fablica y las dem\u00e1s entidades del \u00a0orden nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Servir \u00a0de \u00f3rgano de enlace, comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre la Rama Ejecutiva y la \u00a0Rama Legislativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Coordinar con las dem\u00e1s autoridades competentes el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de herramientas \u00a0y mecanismos eficientes en materia electoral que busquen garantizar el normal \u00a0desarrollo de los procesos electorales. Conc. \u00a0Decreto 513 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Formular y promover las pol\u00edticas p\u00fablicas relacionadas con la protecci\u00f3n, \u00a0promoci\u00f3n y difusi\u00f3n del derecho de autor y los derechos conexos. As\u00ed mismo, \u00a0recomendar la adhesi\u00f3n y procurar la ratificaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las convenciones \u00a0internacionales suscritas por el Estado colombiano en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Incentivar alianzas estrat\u00e9gicas con otros gobiernos u organismos de car\u00e1cter \u00a0internacional, que faciliten e impulsen el logro de los objetivos del Sector \u00a0Administrativo del Interior, en coordinaci\u00f3n con las entidades estatales \u00a0competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas por la Constituci\u00f3n y la ley.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba: Ver Decreto 850 de 2018. Ver Decreto 1066 de 2015, Libro 2, Parte 4, T\u00edtulo \u00a03. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Modificado por el Decreto 1140 de 2018, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Integraci\u00f3n del Sector Administrativo del Interior. El Sector Administrativo del \u00a0Interior est\u00e1 integrado por el Ministerio del Interior y las siguientes \u00a0entidades adscritas y vinculadas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Entidades adscritas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Establecimientos p\u00fablicos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1.1. Corporaci\u00f3n Nacional para la Reconstrucci\u00f3n de la Cuenca del R\u00edo \u00a0P\u00e1ez y Zonas Aleda\u00f1as \u201cNasa Kiwe\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Unidades administrativas especiales con personer\u00eda jur\u00eddica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2.1. Direcci\u00f3n Nacional de Derecho de Autor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2.2. Unidad Nacional de Protecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2.3. Direcci\u00f3n Nacional de Bomberos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Entidades vinculadas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Empresa Industrial y Comercial del Estado: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1.1. Imprenta Nacional de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 3\u00ba: \u201cIntegraci\u00f3n del Sector Administrativo del Interior. El Sector \u00a0Administrativo del Interior est\u00e1 integrado por el Ministerio del Interior y las \u00a0siguientes entidades adscritas y vinculadas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Entidades Adscritas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. \u00a0Establecimientos p\u00fablicos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1.1. Fondo \u00a0para la Participaci\u00f3n y el Fortalecimiento de la Democracia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1.2. \u00a0Corporaci\u00f3n Nacional para la Reconstrucci\u00f3n de la Cuenca del R\u00edo P\u00e1ez y Zonas \u00a0Aleda\u00f1as \u201cNasa Kiwe\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. \u00a0Unidad Administrativa Especial con personer\u00eda jur\u00eddica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2.1. \u00a0Direcci\u00f3n Nacional de Derecho de Autor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Entidades Vinculadas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. \u00a0Empresa Industrial y Comercial del Estado: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1.1. \u00a0Imprenta Nacional de Colombia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Direcci\u00f3n. La direcci\u00f3n del Ministerio \u00a0del Interior estar\u00e1 a cargo del Ministro, quien la ejercer\u00e1 con la inmediata \u00a0colaboraci\u00f3n de los Viceministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De la estructura y funciones de sus dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Modificado \u00a0por el Decreto 1152 de 2022, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Estructura. La Estructura del Ministerio del Interior, ser\u00e1 la \u00a0siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Ministro del \u00a0Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina de Control \u00a0Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina de Informaci\u00f3n \u00a0P\u00fablica del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Viceministro para \u00a0el Di\u00e1logo Social, la Igualdad y los Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Ind\u00edgenas, Rom y Minor\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de Asuntos para \u00a0Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de Derechos \u00a0Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Direcci\u00f3n de la Autoridad \u00a0Nacional de Consulta Previa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4.1. Subdirecci\u00f3n T\u00e9cnica de \u00a0Consulta Previa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4.2. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n \u00a0de Consulta Previa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4.3. Subdirecci\u00f3n Corporativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5 Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Religiosos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Despacho del Viceministro General \u00a0del Interior \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Direcci\u00f3n de Seguridad, \u00a0Convivencia Ciudadana y Gobierno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1.1. Subdirecci\u00f3n de \u00a0Gobierno, Gesti\u00f3n Territorial y Lucha contra la Trata \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1.2. Subdirecci\u00f3n de Proyectos \u00a0para la Seguridad y la Convivencia Ciudadana \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Legislativos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Direcci\u00f3n para la \u00a0Democracia, la Participaci\u00f3n Ciudadana y la Acci\u00f3n Comunal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n \u00a0Contractual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n \u00a0Humana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. Subdirecci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. Comit\u00e9 institucional de \u00a0Gesti\u00f3n y Desempe\u00f1o \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del \u00a0Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. Modificado por \u00a0el Decreto 2353 de 2019, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Estructura. La estructura del \u00a0Ministerio del Interior ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Ministro del Interior \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina de Informaci\u00f3n P\u00fablica del \u00a0Interior \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Oficina Asesora \u00a0Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Viceministro para la \u00a0Participaci\u00f3n e Igualdad de Derechos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n para la Democracia, la \u00a0Participaci\u00f3n Ciudadana y la Acci\u00f3n Comunal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de Asuntos Ind\u00edgenas, Rom y \u00a0Minor\u00edas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de Asuntos para Comunidades \u00a0Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Direcci\u00f3n de Derechos Humanos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5. Direcci\u00f3n de la Autoridad Nacional de \u00a0Consulta Previa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5.1. Subdirecci\u00f3n T\u00e9cnica de Consulta Previa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5.2. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Consulta \u00a0Previa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5.3. Subdirecci\u00f3n Corporativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.6. Direcci\u00f3n de Asuntos Religiosos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Despacho del Viceministro de Relaciones \u00a0Pol\u00edticas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Direcci\u00f3n de Gobierno y Gesti\u00f3n \u00a0Territorial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1.1. Subdirecci\u00f3n de Seguridad y Convivencia \u00a0Ciudadana \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Contractual \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Subdirecci\u00f3n de Infraestructura \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Humana \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. Subdirecci\u00f3n Administrativa y Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. Comit\u00e9 Sectorial de Gesti\u00f3n y Desempe\u00f1o \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Comit\u00e9 de Gerencia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3. Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n de Sistema de \u00a0Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. Modificado por \u00a0el Decreto 1140 de 2018, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. \u201cEstructura. \u00a0La estructura del Ministerio \u00a0del Interior ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Ministro del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Oficina \u00a0Asesora de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina de \u00a0Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina de \u00a0Informaci\u00f3n P\u00fablica del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Oficina \u00a0Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Viceministro para la Participaci\u00f3n e Igualdad de \u00a0Derechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n para \u00a0la Democracia, la Participaci\u00f3n Ciudadana y la Acci\u00f3n Comunal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de \u00a0Asuntos Ind\u00edgenas, Rom y Minor\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de \u00a0Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Direcci\u00f3n de \u00a0Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5. Direcci\u00f3n de \u00a0Consulta Previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.6. Direcci\u00f3n de Asuntos Religiosos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Despacho del Viceministro de Relaciones Pol\u00edticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Direcci\u00f3n de \u00a0Gobierno y Gesti\u00f3n Territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1.1. Subdirecci\u00f3n \u00a0de Seguridad y Convivencia Ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Direcci\u00f3n de \u00a0Asuntos Legislativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Subdirecci\u00f3n \u00a0de Gesti\u00f3n Contractual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Subdirecci\u00f3n \u00a0de Infraestructura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. Subdirecci\u00f3n \u00a0de Gesti\u00f3n Humana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. Subdirecci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. Comit\u00e9 \u00a0Sectorial de Gesti\u00f3n y Desempe\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Comit\u00e9 de \u00a0Gerencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3. Comisi\u00f3n de \u00a0Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4. Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n de Sistema de Control Interno.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 5\u00ba: \u201cEstructura. La \u00a0estructura del Ministerio del Interior ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Despacho del Ministro del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina de Informaci\u00f3n P\u00fablica del \u00a0Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Despacho del Viceministro para la Participaci\u00f3n e Igualdad de Derechos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n para la democracia, la \u00a0participaci\u00f3n ciudadana y la acci\u00f3n comunal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de asuntos ind\u00edgenas, Rom y \u00a0minor\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de asuntos para comunidades \u00a0negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Direcci\u00f3n de Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5. Direcci\u00f3n de Consulta Previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Despacho del Viceministro de Relaciones Pol\u00edticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Direcci\u00f3n de Gobierno y Gesti\u00f3n \u00a0Territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1.1. Subdirecci\u00f3n de Seguridad y Convivencia \u00a0Ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Contractual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Subdirecci\u00f3n de Infraestructura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Humana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. Subdirecci\u00f3n Administrativa y Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0\u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. Comit\u00e9 Sectorial de Desarrollo \u00a0Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Comit\u00e9 de Gerencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3. Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n de Sistema de \u00a0Control Interno.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Funciones del Despacho del Ministro del \u00a0Interior. Son funciones del Ministro del Interior, adem\u00e1s de las \u00a0se\u00f1aladas por la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y el art\u00edculo 61 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular las \u00a0pol\u00edticas en los temas de competencia del Ministerio del Interior, bajo la \u00a0direcci\u00f3n del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar las \u00a0relaciones entre la Rama Ejecutiva y la Rama Legislativa, as\u00ed como con los \u00a0organismos de control y la Organizaci\u00f3n Electoral, para el desarrollo y \u00a0consolidaci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica de competencia del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Coordinar la formulaci\u00f3n y hacer seguimiento a las pol\u00edticas, planes, programas \u00a0y proyectos del Sector Administrativo del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ejercer la representaci\u00f3n legal del \u00a0Ministerio del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar, orientar y \u00a0hacer seguimiento a la planeaci\u00f3n estrat\u00e9gica del Ministerio del Interior y del \u00a0Sector Administrativo del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar la \u00a0actividad del Ministerio en lo relacionado con sus objetivos y funciones, con \u00a0las entidades p\u00fablicas del orden nacional del sector central y del \u00a0descentralizado, los entes territoriales y sus entidades, el Congreso de la \u00a0Rep\u00fablica, la Organizaci\u00f3n Electoral y los organismos de control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar y coordinar \u00a0con el Ministerio de Defensa Nacional las instrucciones a impartir a la Polic\u00eda \u00a0Nacional para la conservaci\u00f3n y el restablecimiento del orden p\u00fablico interno \u00a0en aquellos asuntos cuya direcci\u00f3n no corresponda totalmente al Ministro de \u00a0Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Impulsar los \u00a0proyectos de ley y actos legislativos ante el Congreso de la Rep\u00fablica que sean \u00a0de origen gubernamental y coordinar la acci\u00f3n del Gobierno Nacional ante el \u00a0Congreso de la Rep\u00fablica, con el concurso de los dem\u00e1s Ministerios y las dem\u00e1s \u00a0entidades p\u00fablicas del orden nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Preparar los \u00a0proyectos de decreto y resoluciones ejecutivas que deban expedirse en ejercicio \u00a0de las atribuciones correspondientes al Presidente de la Rep\u00fablica como suprema \u00a0autoridad administrativa, en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Evaluar en forma \u00a0permanente y adelantar el seguimiento de la ejecuci\u00f3n de los compromisos \u00a0internacionales en las materias de su competencia, en coordinaci\u00f3n con el \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Aprobar los anteproyectos \u00a0de presupuesto de inversi\u00f3n, de funcionamiento y el proyecto de utilizaci\u00f3n de \u00a0recursos del cr\u00e9dito p\u00fablico que se apropien para el Ministerio del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Suscribir en nombre \u00a0de la Naci\u00f3n y de conformidad con el Estatuto de Contrataci\u00f3n P\u00fablica y la Ley \u00a0Org\u00e1nica de Presupuesto, los contratos relativos a asuntos propios del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Ejercer la \u00a0representaci\u00f3n legal de los Fondos de Seguridad y Convivencia Ciudadana &#8211; \u00a0Fonsecon- del Fondo para la Participaci\u00f3n y Fortalecimiento de la Democracia, \u00a0del Fondo de Protecci\u00f3n de Justicia y del Fondo Nacional de Lucha contra la \u00a0Trata de Personas y ordenar el gasto de los mismos, funciones que podr\u00e1n ser \u00a0delegadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Preparar los \u00a0anteproyectos de planes o programas o proyectos de inversiones correspondientes \u00a0al Sector Administrativo del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Vigilar la ejecuci\u00f3n \u00a0del presupuesto correspondiente al Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Representar en los \u00a0asuntos de su competencia al Gobierno Nacional en la ejecuci\u00f3n de tratados y \u00a0convenios internacionales, de acuerdo con las normas legales sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Dirigir la \u00a0administraci\u00f3n de personal conforme a las normas sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Ejercer la funci\u00f3n \u00a0de control disciplinario interno en los t\u00e9rminos de la Ley 734 de 2002 o en \u00a0las normas que la modifiquen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Crear, conformar y \u00a0asignar funciones a los \u00f3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n, as\u00ed como los grupos \u00a0internos de trabajo necesarios para el cumplimiento de los objetivos y \u00a0funciones del Ministerio, mediante acto administrativo dentro del marco de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Implementar, \u00a0mantener y mejorar el Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Distribuir entre las \u00a0diferentes dependencias del Ministerio las funciones y competencias que la ley \u00a0le otorgue a la Entidad, cuando las mismas no est\u00e9n asignadas expresamente a \u00a0alguna ellas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Ejercer las \u00a0funciones que el Presidente de la Rep\u00fablica le delegue o la ley le confiera y \u00a0vigilar el cumplimiento de las que por mandato legal se hayan otorgado a \u00a0dependencias del Ministerio, as\u00ed como las que se hayan delegado en funcionarios \u00a0del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Funciones de la Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y coordinar \u00a0el proceso de planeaci\u00f3n del Sector Administrativo del Interior en los aspectos \u00a0t\u00e9cnicos, econ\u00f3micos y administrativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las dependencias del Ministerio y las entidades del Sector, el Plan de \u00a0Desarrollo Sectorial, con sujeci\u00f3n al Plan Nacional de Desarrollo, los planes \u00a0estrat\u00e9gicos y de acci\u00f3n, el Plan Operativo Anual y Plurianual, los Planes de \u00a0Desarrollo Administrativo Sectorial e Institucional y someterlos a aprobaci\u00f3n \u00a0del Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar el \u00a0seguimiento a la ejecuci\u00f3n presupuestal de los planes, programas y proyectos \u00a0del Ministerio y del Sector Administrativo del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar el cumplimiento \u00a0de los planes, programas y proyectos del Ministerio y de las entidades del \u00a0Sector, y elaborar los informes de seguimiento y propuesta de ajustes a los \u00a0mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Desarrollar y validar \u00a0los indicadores de gesti\u00f3n, producto e impacto del sector y hacer el \u00a0seguimiento a trav\u00e9s de los sistemas establecidos para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elaborar, consolidar \u00a0y presentar el anteproyecto de presupuesto, como la programaci\u00f3n presupuestal, \u00a0plurianual del Ministerio y de las entidades del Sector Administrativo del \u00a0Interior y someterlas a aprobaci\u00f3n del Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar a las \u00a0dependencias del Ministerio y del Sector Administrativo del Interior en la \u00a0elaboraci\u00f3n de los proyectos de inversi\u00f3n y viabilizarlos, sin perjuicio de la \u00a0fuente de financiaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Realizar el \u00a0seguimiento a la ejecuci\u00f3n presupuestal y viabilizar las modificaciones \u00a0presupuestales del Ministerio y de las entidades del Sector ante el Ministerio \u00a0de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar, consolidar \u00a0y presentar los informes requeridos por organismos del Estado y dem\u00e1s agentes \u00a0externos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Planificar, mantener \u00a0y hacer el control de la gesti\u00f3n de los procesos y procedimientos del \u00a0Ministerio del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Orientar y coordinar \u00a0la implementaci\u00f3n y desarrollo del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Elaborar estudios, \u00a0propuestas e investigaciones de car\u00e1cter econ\u00f3mico y financiero, para mejorar \u00a0la calidad de los servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar la gesti\u00f3n \u00a0estrat\u00e9gica y operativa de las dependencias del Ministerio y de sus fondos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Recomendar las \u00a0modificaciones a la estructura organizacional del Ministerio y de las entidades \u00a0del Sector Administrativo del Interior que propendan por su modernizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Atender las \u00a0peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Funciones de la Oficina de Control Interno. Son \u00a0funciones de la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces, adem\u00e1s de \u00a0las se\u00f1aladas en las leyes vigentes sobre la materia, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y apoyar al \u00a0Ministro en el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno del Ministerio, as\u00ed como verificar su operatividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Desarrollar \u00a0instrumentos y adelantar estrategias orientadas a fomentar una cultura de \u00a0autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en la prestaci\u00f3n de los \u00a0servicios de competencia del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Aplicar el control de \u00a0gesti\u00f3n e interpretar sus resultados con el objetivo de presentar \u00a0recomendaciones al Ministro, haciendo \u00e9nfasis en los indicadores de gesti\u00f3n \u00a0dise\u00f1ados y reportados peri\u00f3dicamente por la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar el \u00a0cumplimiento de las pol\u00edticas, normas, procedimientos, planes, programas, \u00a0proyectos y metas del Ministerio, as\u00ed como recomendar los ajustes pertinentes y \u00a0efectuar el seguimiento a su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar a las \u00a0dependencias en la identificaci\u00f3n y prevenci\u00f3n de los riesgos que puedan \u00a0afectar el logro de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar, acompa\u00f1ar y \u00a0apoyar a los servidores del Ministerio en el desarrollo y mejoramiento del \u00a0Sistema de Control Interno y mantener informado al Ministro sobre la marcha del \u00a0Sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar informes de \u00a0actividades al Ministro y al Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Preparar y consolidar \u00a0el Informe de Rendici\u00f3n de Cuenta Fiscal que debe presentarse anualmente a la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica al comienzo de cada vigencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y \u00a0consolidar las respuestas a los requerimientos presentados por los organismos \u00a0de control respecto de la gesti\u00f3n del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Apoyar el \u00a0desarrollo, sostenimiento y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de \u00a0Gesti\u00f3n Institucional, supervisar su efectividad y la observancia de sus \u00a0recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Oficina de Informaci\u00f3n P\u00fablica del Interior. \u00a0Son funciones de la Oficina de Informaci\u00f3n P\u00fablica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Garantizar la \u00a0aplicaci\u00f3n a nivel sectorial de los est\u00e1ndares, buenas pr\u00e1cticas y principios \u00a0para la informaci\u00f3n estatal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar el plan institucional \u00a0y orientar la elaboraci\u00f3n del plan estrat\u00e9gico sectorial en materia de \u00a0informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar el mapa de \u00a0informaci\u00f3n sectorial que permita contar de manera actualizada y completa con \u00a0los procesos de producci\u00f3n de informaci\u00f3n del Sector y de su entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar \u00a0estrategias de generaci\u00f3n y promoci\u00f3n del flujo eficiente de informaci\u00f3n \u00a0sectorial e intersectorial y de servicio al ciudadano, en la difusi\u00f3n de la \u00a0informaci\u00f3n y la promoci\u00f3n del Sector, hacia los ciudadanos y organizaciones \u00a0para rendici\u00f3n de cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Vigilar que en los \u00a0procesos tecnol\u00f3gicos del Sector se tengan en cuenta los est\u00e1ndares y \u00a0lineamientos dictados por el Ministerio de las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y \u00a0las Comunicaciones, que permitan la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas que en materia \u00a0de informaci\u00f3n expidan el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y el Departamento \u00a0Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, DANE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Identificar las \u00a0dificultades en la implementaci\u00f3n de est\u00e1ndares y buenas pr\u00e1cticas y en el \u00a0cumplimiento de los principios para la informaci\u00f3n estatal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Lograr acuerdos entre \u00a0las entidades del Sector para compartir informaci\u00f3n y mejorar la eficiencia en \u00a0la producci\u00f3n, recolecci\u00f3n, uso y disposici\u00f3n de la informaci\u00f3n de acuerdo con \u00a0los lineamientos estrat\u00e9gicos emitidos por el Ministerio de las Tecnolog\u00edas de \u00a0la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y \u00a0el Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Identificar \u00a0necesidades de informaci\u00f3n sectoriales, con el prop\u00f3sito de ser priorizadas \u00a0dentro del plan estrat\u00e9gico de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Organizar los \u00a0procesos internos del sector en producci\u00f3n de informaci\u00f3n para cumplir con las \u00a0pol\u00edticas, planes, programas y proyectos sectoriales teniendo en cuenta los \u00a0lineamientos para la informaci\u00f3n estatal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Apoyar al Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n en la expedici\u00f3n de pol\u00edticas, \u00a0lineamientos, programas, planes y proyectos, para lograr altos niveles de \u00a0eficiencia en la producci\u00f3n de informaci\u00f3n p\u00fablica de su sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar al Departamento \u00a0Administrativo Nacional de Estad\u00edstica en la definici\u00f3n de pol\u00edticas, \u00a0principios, lineamientos, e implementar los est\u00e1ndares y buenas pr\u00e1cticas que \u00a0rigen la informaci\u00f3n estad\u00edstica para lograr altos niveles de eficiencia en la producci\u00f3n \u00a0de informaci\u00f3n estad\u00edstica del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Trabajar de manera \u00a0coordinada con los responsables de producir informaci\u00f3n estatal en las \u00a0entidades del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo \u00a0y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia \u00a0de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Atender las \u00a0peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Modificado por el Decreto 1140 de 2018, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. Funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica. Son funciones de la Oficina \u00a0Asesora Jur\u00eddica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Contribuir en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas con miras al \u00a0fortalecimiento jur\u00eddico de las dependencias del Ministerio en lo relacionado con \u00a0asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Analizar, proyectar y avalar para la firma del Ministro, los actos \u00a0administrativos y consultas que este le indique y que deba suscribir conforme a \u00a0la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar, estudiar y conceptuar sobre proyectos de actos \u00a0administrativos, contratos y\/o convenios que deba suscribir o proponer la \u00a0entidad, y sobre los dem\u00e1s asuntos que le asignen, en relaci\u00f3n con la \u00a0naturaleza del Ministerio, en lo de su competencia, sin perjuicio de las \u00a0funciones propias de la Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Contractual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Representar judicial y extrajudicialmente al Ministerio en los \u00a0procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que este deba promover, \u00a0mediante poder o delegaci\u00f3n, y supervisar el tr\u00e1mite de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con el proceso de \u00a0jurisdicci\u00f3n coactiva del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer, participar, y analizar los proyectos normativos que se \u00a0presenten a consideraci\u00f3n del Ministerio, conceptuar sobre su viabilidad \u00a0jur\u00eddica y hacer el seguimiento correspondiente frente a las iniciativas \u00a0legislativas de las entidades del Sector Administrativo del Interior, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y tramitar los recursos, revocatorias directas y en \u00a0general, las actuaciones jur\u00eddicas relacionadas con las funciones del \u00a0Ministerio que no correspondan a otras dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Conceptuar sobre la constitucionalidad y coherencia con el \u00a0ordenamiento jur\u00eddico vigente de las iniciativas legislativas en asuntos del \u00a0Ministerio del Interior, sin perjuicio de las competencias de la Secretar\u00eda \u00a0Jur\u00eddica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Participar en el desarrollo coordinado de las pol\u00edticas p\u00fablicas en \u00a0los temas que se relacionen con las funciones a cargo del Ministerio, en el \u00a0marco de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar y elaborar los diferentes informes exigidos por la ley, \u00a0solicitados por los organismos de control y, en general, todos aquellos que le \u00a0sean requeridos de acuerdo con la naturaleza de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Elaborar los proyectos de decreto de designaci\u00f3n de los \u00a0gobernadores y alcaldes distritales encargados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Elaborar los proyectos de decreto de designaci\u00f3n de gobernadores, alcaldes \u00a0distritales y municipales ad hoc, cuando la autoridad competente decide los \u00a0impedimentos o recusaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar a la Direcci\u00f3n para la Democracia, la Participaci\u00f3n \u00a0Ciudadana y la Acci\u00f3n Comunal en el estudio de inhabilidades e incompatibilidades \u00a0de los candidatos electorales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de \u00a0Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de \u00a0su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 10: \u201cFunciones de la Oficina Asesora \u00a0Jur\u00eddica. Son funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Contribuir en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas \u00a0con mira al fortalecimiento jur\u00eddico de las dependencias del Ministerio en lo \u00a0relacionado con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Analizar, proyectar y avalar para la firma \u00a0del Ministro o sus delegados, los actos administrativos y consultas que este le \u00a0indique y que deba suscribir conforme a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar, estudiar y conceptuar sobre \u00a0proyectos de actos administrativos, contratos y\/o convenios que deba suscribir \u00a0o proponer la entidad, y sobre los dem\u00e1s asuntos que le asignen, en relaci\u00f3n \u00a0con la naturaleza del Ministerio, en lo de su competencia, sin perjuicio de las \u00a0funciones propias de la Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Contractual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Representar judicial y extrajudicialmente \u00a0al Ministerio en los procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que \u00a0este deba promover, mediante poder o delegaci\u00f3n, y supervisar el tr\u00e1mite de los \u00a0mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir y coordinar las actividades \u00a0relacionadas con el proceso de jurisdicci\u00f3n coactiva del Ministerio y del Fondo \u00a0para la Participaci\u00f3n y el Fortalecimiento de la Democracia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer, participar, y analizar los \u00a0proyectos normativos que se presenten a consideraci\u00f3n del Ministerio, conceptuar \u00a0sobre su viabilidad jur\u00eddica y hacer el seguimiento correspondiente frente a \u00a0las iniciativas legislativas de las entidades del Sector Administrativo del \u00a0Interior, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y tramitar los recursos, \u00a0revocatorias directas y, en general, las actuaciones jur\u00eddicas relacionadas con \u00a0las funciones del Ministerio que no correspondan a otras dependencias de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Conceptuar sobre la constitucionalidad y \u00a0coherencia con el ordenamiento jur\u00eddico vigente de las iniciativas legislativas \u00a0en materia de asuntos del Ministerio del Interior, sin perjuicio de las \u00a0competencias de la Secretar\u00eda Jur\u00eddica del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Participar en el desarrollo coordinado de \u00a0las pol\u00edticas p\u00fablicas en los temas que se relacionen con las funciones a cargo \u00a0del Ministerio, en el marco de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Inscribir a las personas jur\u00eddicas \u00a0extranjeras de derecho privado sin \u00e1nimo de lucro con domicilio en el exterior \u00a0que establezcan negocios permanentes en Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Expedir el certificado de existencia y \u00a0representaci\u00f3n de entidades extranjeras de derecho privado sin \u00e1nimo de lucro \u00a0con domicilio en el exterior que establezcan negocios permanentes en Colombia, \u00a0y llevar el Registro P\u00fablico de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Expedir los actos administrativos que \u00a0ordenen el archivo de las solicitudes de personer\u00eda jur\u00eddica especial o \u00a0extendida de las entidades religiosas de competencia del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Tramitar y proyectar todos los actos \u00a0relativos a garantizar la libertad de cultos y el derecho a profesar libremente \u00a0una religi\u00f3n o credo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Expedir los actos administrativos que \u00a0extiendan los efectos jur\u00eddicos de las personas jur\u00eddicas especiales \u00a0reconocidas por el Ministerio, a los entes religiosos afiliados o asociados a \u00a0dichas personas jur\u00eddicas y hacer las inscripciones correspondientes en el \u00a0Registro P\u00fablico de Entidades Religiosas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Declarar si las reformas estatutarias \u00a0adoptadas por las entidades religiosas con personer\u00eda jur\u00eddica especial o \u00a0extendida reconocida por el Ministerio del Interior, se ajustan a las Leyes 25 de 1992 y 133 de 1994 y \u00a0las dem\u00e1s que las modifiquen o reglamenten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Llevar el Registro P\u00fablico de Entidades \u00a0Religiosas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Verificar e inscribir en el Registro \u00a0P\u00fablico de Entidades Religiosas, la designaci\u00f3n del representante legal de las \u00a0entidades religiosas con personer\u00eda jur\u00eddica especial o extendida, reconocidas \u00a0por el Ministerio del Interior, as\u00ed como las reformas de estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Coordinar y elaborar los diferentes \u00a0informes exigidos por la ley, solicitados por los organismos de control y, en \u00a0general, todos aquellos que le sean requeridos de acuerdo con la naturaleza de \u00a0sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Estudiar y conceptuar sobre los \u00a0impedimentos y recusaciones de los gobernadores y el Alcalde Mayor de Bogot\u00e1, \u00a0D.C. y, cuando fuere el caso, preparar los decretos designando gobernadores y \u00a0alcaldes ad hoc. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Apoyar a la Direcci\u00f3n para la Democracia, \u00a0la Participaci\u00f3n Ciudadana y la Acci\u00f3n Comunal en el estudio de inhabilidades e \u00a0incompatibilidades de los candidatos electorales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Atender las peticiones y consultas relacionadas \u00a0con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Las dem\u00e1s funciones asignadas que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Modificado \u00a0por el Decreto 1152 de 2022, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Funciones del Despacho del Viceministro para el Di\u00e1logo Social, \u00a0la Igualdad y los Derechos Humanos. Son funciones del Viceministro para \u00a0el Di\u00e1logo Social, la Igualdad y los Derechos Humanos, adem\u00e1s de las \u00a0establecidas en el art\u00edculo 62 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar y asistir al Ministro \u00a0en el dise\u00f1o, an\u00e1lisis, impulso y seguimiento a proyectos de actos legislativos \u00a0y de ley ante el Congreso de la Rep\u00fablica, principalmente en las materias de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar la formulaci\u00f3n, \u00a0adopci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y seguimiento de las pol\u00edticas p\u00fablicas del Ministerio, en \u00a0particular las relativas a los derechos y libertades fundamentales, los asuntos \u00a0\u00e9tnicos y de minor\u00edas, los asuntos de la poblaci\u00f3n LGBTI, enfoque de g\u00e9nero, \u00a0los de la poblaci\u00f3n en situaci\u00f3n de vulnerabilidad; los relacionados con \u00a0derechos humanos; libertad e igualdad religiosa, de cultos y conciencia y el \u00a0derecho Individual a profesar una religi\u00f3n o credo; y la coordinaci\u00f3n del \u00a0control a la gesti\u00f3n misional de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Fortalecer los procesos de \u00a0di\u00e1logo social y concertaci\u00f3n con las comunidades de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluar en forma permanente \u00a0y adelantar el seguimiento de la ejecuci\u00f3n de los compromisos internacionales \u00a0en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar la elaboraci\u00f3n de la \u00a0planeaci\u00f3n estrat\u00e9gica del Sector Administrativo en los temas de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asistir al Ministro en la \u00a0funci\u00f3n de enlace, comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre la Rama Ejecutiva y la \u00a0Rama Legislativa, en los temas de su competencia, sin perjuicio de las \u00a0funciones del Viceministro General del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y hacer \u00a0seguimiento de las actividades de las direcciones del Ministerio adscritas a su \u00a0despacho, para garantizar el cabal cumplimiento de sus funciones y de los \u00a0planes, programas y proyectos del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar el desarrollo y sostenimiento \u00a0del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Orientar la consecuci\u00f3n de \u00a0recursos complementarios para atender los programas de su competencia y de las \u00a0\u00e1reas misionales a cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Atender las peticiones y \u00a0consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del \u00a0art\u00edculo 11. Modificado por \u00a0el Decreto 1140 de 2018, \u00a0art\u00edculo 6\u00ba. Funciones del despacho \u00a0del Viceministro para la Participaci\u00f3n e Igualdad de Derechos. Son funciones del Viceministro para la Participaci\u00f3n e Igualdad de \u00a0Derechos, adem\u00e1s de las establecidas en el art\u00edculo 62 de la Ley 489 de 1998, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar y asistir \u00a0al Ministro en el dise\u00f1o, an\u00e1lisis, impulso y seguimiento a proyectos de actos \u00a0legislativos y de ley ante el Congreso de la Rep\u00fablica principalmente en las \u00a0materias de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar la \u00a0formulaci\u00f3n, adopci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y seguimiento de las pol\u00edticas p\u00fablicas del \u00a0Ministerio, en particular las relativas a los derechos y libertades \u00a0fundamentales, los asuntos \u00e9tnicos y de minor\u00edas, los asuntos de la poblaci\u00f3n \u00a0LGBTI, enfoque de g\u00e9nero, los de la poblaci\u00f3n en situaci\u00f3n de vulnerabilidad; \u00a0democracia, participaci\u00f3n ciudadana, acci\u00f3n comunal, los relacionados con derechos \u00a0humanos; libertad e igualdad religiosa, de cultos y conciencia y el derecho \u00a0Individual a profesar una religi\u00f3n o credo; y la coordinaci\u00f3n del control a la \u00a0gesti\u00f3n misional de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Evaluar en forma \u00a0permanente y adelantar el seguimiento de la ejecuci\u00f3n de los compromisos \u00a0internacionales en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional \u00a0Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar la \u00a0elaboraci\u00f3n de la planeaci\u00f3n estrat\u00e9gica del Sector Administrativo en los temas \u00a0de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asistir al \u00a0Ministro en la funci\u00f3n de enlace, comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre la Rama \u00a0Ejecutiva y la Rama Legislativa, en los temas de su competencia, sin perjuicio \u00a0de las funciones del Viceministro de Relaciones Pol\u00edticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar y \u00a0hacer seguimiento de las actividades de las direcciones del Ministerio \u00a0adscritas a su despacho, para garantizar el cabal cumplimiento de sus funciones \u00a0y de los planes, programas y proyectos del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar la \u00a0administraci\u00f3n del Fondo para la Participaci\u00f3n y el Fortalecimiento de la \u00a0Democracia, en cumplimiento de las disposiciones legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar el \u00a0desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la \u00a0observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Orientar la \u00a0consecuci\u00f3n de recursos complementarios para atender los programas de su \u00a0competencia y de las \u00e1reas misionales a cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Atender las \u00a0peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 11: \u201cFunciones del Despacho \u00a0del Viceministro para la Participaci\u00f3n e Igualdad de Derechos. Son \u00a0funciones del Viceministro para la Participaci\u00f3n e Igualdad de Derechos, adem\u00e1s \u00a0de las establecidas en el art\u00edculo 62 de la Ley 489 de 1998, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar y asistir al Ministro en el dise\u00f1o, \u00a0an\u00e1lisis, impulso y seguimiento a proyectos de actos legislativos y de ley ante \u00a0el Congreso de la Rep\u00fablica principalmente en las materias de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar la formulaci\u00f3n, adopci\u00f3n y \u00a0seguimiento de las pol\u00edticas p\u00fablicas del Ministerio, en particular las \u00a0relativas a los asuntos pol\u00edticos, los derechos y libertades fundamentales, la \u00a0participaci\u00f3n ciudadana, los asuntos \u00e9tnicos, los asuntos de la poblaci\u00f3n \u00a0LGBTI, los de la poblaci\u00f3n en situaci\u00f3n de vulnerabilidad y en la coordinaci\u00f3n \u00a0del control a la gesti\u00f3n misional de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Evaluar en forma permanente y adelantar el \u00a0seguimiento de la ejecuci\u00f3n de los compromisos internacionales en materia de \u00a0Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar la elaboraci\u00f3n de la planeaci\u00f3n \u00a0estrat\u00e9gica del Sector Administrativo en los temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asistir al Ministro en la funci\u00f3n de \u00a0enlace, comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre la Rama Ejecutiva y la Rama \u00a0Legislativa, en los temas de su competencia, sin perjuicio de las funciones del \u00a0Viceministro de Relaciones Pol\u00edticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar y hacer seguimiento de las \u00a0actividades de las direcciones del Ministerio adscritas a su despacho, para \u00a0garantizar el cabal cumplimiento de sus funciones y de los planes, programas y \u00a0proyectos del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar la administraci\u00f3n del Fondo para la \u00a0Participaci\u00f3n y el Fortalecimiento de la Democracia, en cumplimiento de las \u00a0disposiciones legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Orientar la consecuci\u00f3n de recursos complementarios \u00a0para atender los programas de su competencia y de las \u00e1reas misionales a cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Atender las peticiones y consultas \u00a0relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s funciones asignadas que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Modificado \u00a0por el Decreto 1152 de 2022, \u00a0art\u00edculo 7\u00ba. Funciones de la Direcci\u00f3n para la Democracia, la Participaci\u00f3n \u00a0Ciudadana y la Acci\u00f3n Comunal. La Direcci\u00f3n para la Democracia, la \u00a0Participaci\u00f3n Ciudadana y la Acci\u00f3n Comunal, depender\u00e1 del Despacho del \u00a0Viceministro General del Interior y sus funciones son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar la formulaci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas en materia de \u00a0participaci\u00f3n ciudadana, el fortalecimiento de la democracia participativa, la \u00a0organizaci\u00f3n y participaci\u00f3n de la sociedad civil y la garant\u00eda de los derechos \u00a0y deberes electorales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar la formulaci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas en materia de organismos \u00a0de acci\u00f3n comunal, tendientes al fortalecimiento de la organizaci\u00f3n y de sus \u00a0espacios de participaci\u00f3n, as\u00ed como ejercer la funci\u00f3n de inspecci\u00f3n, control y \u00a0vigilancia de los organismos de acci\u00f3n comunal de tercero y cuarto grado, y de \u00a0aquellos cuyo control y vigilancia no han sido descentralizados, en los \u00a0t\u00e9rminos consagrados en la legislaci\u00f3n que rige la actividad comunal y dem\u00e1s \u00a0normas que la modifiquen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promocionar y auspiciar, en \u00a0coordinaci\u00f3n con los entes territoriales, la participaci\u00f3n ciudadana y el \u00a0seguimiento de la gesti\u00f3n administrativa p\u00fablica, mediante programas de \u00a0difusi\u00f3n y capacitaci\u00f3n de las comunidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluar el comportamiento \u00a0pol\u00edtico y participativo de los ciudadanos en el marco de los procesos \u00a0electorales, a nivel nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar la formulaci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas de apoyo institucional \u00a0para el fortalecimiento de la democracia local y territorial, que permita \u00a0realizar un control social efectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Aprobar, suspender y \u00a0cancelar la personer\u00eda jur\u00eddica de las federaciones de acci\u00f3n comunal y de la \u00a0Confederaci\u00f3n Nacional de Acci\u00f3n Comunal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Propugnar por la salvaguarda \u00a0de los derechos y deberes de los partidos y el cumplimiento de las garant\u00edas \u00a0para el normal desarrollo de los procesos electorales, y propender por la \u00a0modernizaci\u00f3n de las instituciones y procedimientos electorales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Generar alianzas con \u00a0entidades del orden nacional y territorial para coordinar y articular programas \u00a0en materia de participaci\u00f3n pol\u00edtica y social para el fortalecimiento de la \u00a0democracia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proponer proyectos de ley o de \u00a0actos legislativos en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos, en \u00a0materia de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Resolver conceptos en \u00a0materia de inhabilidades e incompatibilidades de los candidatos electorales, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar la gesti\u00f3n \u00a0estrat\u00e9gica y operativa del Fondo para la Participaci\u00f3n y el Fortalecimiento de \u00a0la Democracia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar el desarrollo y \u00a0sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia \u00a0de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Atender las peticiones y \u00a0consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del \u00a0art\u00edculo 12. Modificado por el \u00a0Decreto 1140 de 2018, \u00a0art\u00edculo 7\u00ba. Funciones de \u00a0la Direcci\u00f3n para la Democracia, la Participaci\u00f3n Ciudadana y la Acci\u00f3n Comunal. \u00a0Son funciones de la Direcci\u00f3n para la \u00a0Democracia, la Participaci\u00f3n Ciudadana y la Acci\u00f3n Comunal, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar la \u00a0formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas en \u00a0materia de participaci\u00f3n ciudadana, el fortalecimiento de la democracia \u00a0participativa, la organizaci\u00f3n y participaci\u00f3n de la sociedad civil, la \u00a0garant\u00eda de los derechos y deberes electorales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar la \u00a0formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas en materia de \u00a0organismos de acci\u00f3n comunal, tendientes al fortalecimiento de la organizaci\u00f3n \u00a0y de sus espacios de participaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Ejercer la \u00a0inspecci\u00f3n, vigilancia y control de los organismos de acci\u00f3n comunal de tercer \u00a0y cuarto nivel, y de aquellos cuyo control y vigilancia no ha sido \u00a0descentralizado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promocionar y \u00a0auspiciar, en coordinaci\u00f3n con los entes territoriales, la participaci\u00f3n \u00a0ciudadana y el seguimiento de la gesti\u00f3n administrativa p\u00fablica, mediante \u00a0programas de difusi\u00f3n y capacitaci\u00f3n de las comunidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Evaluar el \u00a0comportamiento pol\u00edtico y participativo de los ciudadanos en el marco de los \u00a0procesos electorales, a nivel nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar la \u00a0formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas de apoyo \u00a0institucional para el fortalecimiento de la democracia local y territorial, que \u00a0permita realizar un control social efectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Aprobar, \u00a0suspender y cancelar la personer\u00eda jur\u00eddica de las federaciones de acci\u00f3n \u00a0comunal y de la Confederaci\u00f3n Nacional de Acci\u00f3n Comunal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Velar por la \u00a0salvaguarda de los derechos y deberes de los partidos y el cumplimiento de las \u00a0garant\u00edas para el normal desarrollo de los procesos electorales, y propender \u00a0por la modernizaci\u00f3n de las instituciones y procedimientos electorales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Generar alianzas \u00a0con entidades del orden nacional y territorial para coordinar y articular \u00a0programas en materia de participaci\u00f3n pol\u00edtica y social para el fortalecimiento \u00a0de la democracia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Proponer \u00a0proyectos normativos en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos y \u00a0la Oficina Asesora Jur\u00eddica, en materia de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Resolver \u00a0conceptos en materia de inhabilidades e incompatibilidades de los candidatos \u00a0electorales, en coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar la \u00a0gesti\u00f3n estrat\u00e9gica y operativa del Fondo para la Participaci\u00f3n y el \u00a0Fortalecimiento de la Democracia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el \u00a0desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la \u00a0observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Atender las \u00a0peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s \u00a0funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 12: \u201cFunciones de la Direcci\u00f3n \u00a0para la Democracia, la Participaci\u00f3n Ciudadana y la Acci\u00f3n Comunal. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n para la Democracia, la Participaci\u00f3n Ciudadana y la \u00a0Acci\u00f3n Comunal, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas en materia de participaci\u00f3n \u00a0ciudadana, el fortalecimiento de la democracia participativa, la organizaci\u00f3n y \u00a0participaci\u00f3n de la sociedad civil y la garant\u00eda de los derechos y deberes \u00a0electorales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas en materia de organismos de acci\u00f3n \u00a0comunal, tendientes al fortalecimiento de la organizaci\u00f3n y de sus espacios de \u00a0participaci\u00f3n, as\u00ed como ejercer la funci\u00f3n de inspecci\u00f3n, control y vigilancia \u00a0de los organismos de acci\u00f3n comunal de tercero y cuarto grado, y de aquellos \u00a0cuyo control y vigilancia no ha sido descentralizado, en los t\u00e9rminos \u00a0consagrados en la legislaci\u00f3n que rige la actividad comunal y dem\u00e1s normas que \u00a0la modifiquen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promocionar y auspiciar, en coordinaci\u00f3n \u00a0con los entes territoriales, la participaci\u00f3n ciudadana y el seguimiento de la \u00a0gesti\u00f3n administrativa p\u00fablica, mediante programas de difusi\u00f3n y capacitaci\u00f3n \u00a0de las comunidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluar el comportamiento pol\u00edtico y \u00a0participativo de los ciudadanos en el marco de los procesos electorales, a \u00a0nivel nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas de apoyo institucional para el \u00a0fortalecimiento de la democracia local y territorial, que permita realizar un \u00a0control social efectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Aprobar, suspender y cancelar la personer\u00eda \u00a0jur\u00eddica de las federaciones de acci\u00f3n comunal y de la Confederaci\u00f3n Nacional \u00a0de Acci\u00f3n Comunal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Velar por la salvaguarda de los derechos y \u00a0deberes de los partidos y el cumplimiento de las garant\u00edas para el normal \u00a0desarrollo de los procesos electorales, y propender por la modernizaci\u00f3n de las \u00a0instituciones y procedimientos electorales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Generar alianzas con entidades del orden \u00a0nacional y territorial para coordinar y articular programas en materia de \u00a0participaci\u00f3n pol\u00edtica y social para el fortalecimiento de la democracia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proponer proyectos de ley o de actos \u00a0legislativos en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos, en \u00a0materia de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Resolver conceptos en materia de \u00a0inhabilidades e incompatibilidades de los candidatos electorales, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar la gesti\u00f3n estrat\u00e9gica y operativa \u00a0del Fondo para la Participaci\u00f3n y el Fortalecimiento de la Democracia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Atender las peticiones y consultas \u00a0relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s funciones asignadas que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Modificado por el Decreto 2340 de 2015, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Funciones de la Direcci\u00f3n de Asuntos Ind\u00edgenas, Rom \u00a0y Minor\u00edas. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n de Asuntos Ind\u00edgenas, Rom y Minor\u00edas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar, elaborar y proponer la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica \u00a0en beneficio de los pueblos ind\u00edgenas y Rom en el marco de la defensa, apoyo, \u00a0fortalecimiento y consolidaci\u00f3n de sus derechos \u00e9tnicos y culturales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar interinstitucionalmente el di\u00e1logo pol\u00edtico con los \u00a0pueblos ind\u00edgenas y Rom previsto por la ley, y promover la participaci\u00f3n de las \u00a0organizaciones y autoridades que los representen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Propender por la conservaci\u00f3n de las costumbres y la protecci\u00f3n de \u00a0conocimientos tradicionales, en coordinaci\u00f3n con las entidades y organismos \u00a0competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con las instituciones gubernamentales la elaboraci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n y seguimiento de las pol\u00edticas p\u00fablicas dirigidas a comunidades \u00a0ind\u00edgenas, minor\u00edas y Rom. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Numeral modificado por el Decreto 2353 de 2019, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Prestar a la Direcci\u00f3n de la Autoridad Nacional de \u00a0Consulta Previa, el apoyo humano, t\u00e9cnico y financiero para la identificaci\u00f3n, \u00a0procedencia y realizaci\u00f3n de los procesos de consulta previa que esta determine. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del numeral 5: \u201cApoyar a la Direcci\u00f3n de Consulta \u00a0Previa del Ministerio del Interior en la realizaci\u00f3n de los procesos de \u00a0consulta previa que se efect\u00faen en terreno, para proyectos de desarrollo que \u00a0afecten a las comunidades ind\u00edgenas y Rom.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Numeral \u00a0modificado por el Decreto 2353 de 2019, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Coordinar y realizar los \u00a0procesos de consulta previa, para la adopci\u00f3n de iniciativas legislativas y \u00a0administrativas del nivel nacional, bajo los lineamientos de la Direcci\u00f3n de la \u00a0Autoridad Nacional de Consulta Previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del numeral 6: \u201cCoordinar y realizar los procesos de consulta \u00a0previa para la presentaci\u00f3n de iniciativas legislativas y administrativas del \u00a0nivel nacional, de conformidad con los lineamientos acordados para el efecto.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Llevar el registro de los censos de poblaci\u00f3n de comunidades \u00a0ind\u00edgenas y de los resguardos ind\u00edgenas y las comunidades reconocidas, de las \u00a0autoridades tradicionales ind\u00edgenas reconocidas por la respectiva comunidad y \u00a0de las asociaciones de autoridades tradicionales o cabildos ind\u00edgenas y su \u00a0actualizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Llevar el registro de los censos de poblaci\u00f3n, autoridades \u00a0tradicionales reconocidas por la respectiva comunidad y asociaciones del pueblo \u00a0Rom. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dise\u00f1ar y ejecutar programas y proyectos de fortalecimiento de los \u00a0procesos organizacionales de las comunidades ind\u00edgenas y Rom. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Promover la resoluci\u00f3n de conflictos de conformidad con los usos y \u00a0costumbres de las comunidades ind\u00edgenas y Rom. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Promover acciones con enfoque diferencial, tanto de parte del \u00a0Ministerio como de las dem\u00e1s entidades del Estado, orientadas a atender la \u00a0poblaci\u00f3n ind\u00edgena y Rom, y la formulaci\u00f3n de acciones conjuntas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Prestar asesor\u00eda a las gobernaciones y alcald\u00edas municipales para \u00a0la debida atenci\u00f3n a las comunidades ind\u00edgenas, a las minor\u00edas, al pueblo Rom. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Promover en coordinaci\u00f3n con el Sistema Nacional Ambiental la \u00a0formulaci\u00f3n de agendas ambientales conjuntas con las comunidades ind\u00edgenas y \u00a0Rom. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Proponer proyectos de ley o de actos legislativos, as\u00ed como \u00a0efectuar el an\u00e1lisis normativo y jurisprudencial en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n \u00a0de Asuntos Legislativos, en las materias de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de \u00a0Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de \u00a0su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 13: \u201cFunciones de la Direcci\u00f3n de Asuntos Ind\u00edgenas, Rom y Minor\u00edas. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Asuntos Ind\u00edgenas, Rom y Minor\u00edas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar, \u00a0elaborar y proponer la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica en beneficio de los \u00a0pueblos ind\u00edgenas y Rom en el marco de la defensa, apoyo, fortalecimiento y \u00a0consolidaci\u00f3n de sus derechos \u00e9tnicos y culturales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar programas de asistencia t\u00e9cnica, \u00a0social y de apoyo para las comunidades ind\u00edgenas, Rom y poblaci\u00f3n lesbiana, \u00a0gays, bisexual, transexual e intersexual (LGBTI). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar interinstitucionalmente el \u00a0di\u00e1logo pol\u00edtico con los pueblos ind\u00edgenas y Rom previsto por la ley, y \u00a0promover la participaci\u00f3n de las organizaciones y autoridades que los \u00a0representen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Propender por la conservaci\u00f3n de las \u00a0costumbres y la protecci\u00f3n de conocimientos tradicionales, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las entidades y organismos competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con las instituciones \u00a0gubernamentales la elaboraci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y seguimiento de las pol\u00edticas \u00a0p\u00fablicas dirigidas a comunidades ind\u00edgenas, minor\u00edas y Rom, y el ejercicio de \u00a0las libertades y derechos de la poblaci\u00f3n LGBTI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar a la Direcci\u00f3n de Consulta Previa \u00a0del Ministerio del Interior en la realizaci\u00f3n de los procesos de consulta \u00a0previa que se efect\u00faen en terreno, para proyectos de desarrollo que afecten a \u00a0las comunidades ind\u00edgenas y Rom. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y realizar los procesos de \u00a0consulta previa para la presentaci\u00f3n de iniciativas legislativas y \u00a0administrativas del nivel nacional, de conformidad con los lineamientos \u00a0acordados para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Llevar el registro de los censos de \u00a0poblaci\u00f3n de comunidades ind\u00edgenas y de los resguardos ind\u00edgenas y las \u00a0comunidades reconocidas, de las autoridades tradicionales ind\u00edgenas reconocidas \u00a0por la respectiva comunidad y de las asociaciones de autoridades tradicionales \u00a0o cabildos ind\u00edgenas y su actualizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Llevar el registro de los censos de \u00a0poblaci\u00f3n, autoridades tradicionales reconocidas por la respectiva comunidad y \u00a0asociaciones del pueblo Rom. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dise\u00f1ar y ejecutar programas y proyectos \u00a0de fortalecimiento de los procesos organizacionales de las comunidades \u00a0ind\u00edgenas y Rom. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Promover la resoluci\u00f3n de conflictos de \u00a0conformidad con los usos y costumbres de las comunidades ind\u00edgenas y Rom. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Promover acciones con enfoque diferencial, \u00a0tanto de parte del Ministerio como de las dem\u00e1s entidades del Estado, \u00a0orientadas a atender la poblaci\u00f3n ind\u00edgena, Rom y LGBTI, y la formulaci\u00f3n de \u00a0acciones conjuntas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Prestar asesor\u00eda a las gobernaciones y \u00a0alcald\u00edas municipales para la debida atenci\u00f3n a las comunidades ind\u00edgenas, a \u00a0las minor\u00edas, al pueblo Rom y a la poblaci\u00f3n LGBTI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Promover en coordinaci\u00f3n con el Sistema \u00a0Nacional Ambiental la formulaci\u00f3n de agendas ambientales conjuntas con las \u00a0comunidades ind\u00edgenas y Rom. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Proponer proyectos de ley o de actos \u00a0legislativos, as\u00ed como efectuar el an\u00e1lisis normativo y jurisprudencial en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos, en las materias de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Atender las peticiones y consultas \u00a0relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s funciones asignadas que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Funciones de la Direcci\u00f3n de Asuntos para \u00a0Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, \u00a0Raizales y Palenqueras, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar en la \u00a0formulaci\u00f3n y apoyar el seguimiento de la pol\u00edtica p\u00fablica orientada al \u00a0reconocimiento, protecci\u00f3n y desarrollo de la diversidad \u00e9tnica y cultural para \u00a0las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, que vele por \u00a0su integridad y promueva sus derechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar programas de \u00a0asistencia t\u00e9cnica y social de apoyo a las comunidades negras, afrocolombianas, \u00a0raizales y palenqueras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar interinstitucionalmente \u00a0la realizaci\u00f3n de los espacios de participaci\u00f3n para las comunidades negras, \u00a0afrocolombianas, raizales y palenqueras previstos por la ley, y promover la \u00a0participaci\u00f3n de las organizaciones y autoridades que los representan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar y ejecutar \u00a0programas y proyectos de fortalecimiento de los procesos organizacionales de \u00a0las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Numeral modificado por el Decreto 2353 de 2019, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Prestar a la \u00a0Direcci\u00f3n de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, el apoyo humano, t\u00e9cnico \u00a0y financiero para la identificaci\u00f3n, procedencia y realizaci\u00f3n de los procesos \u00a0de consulta previa que esta determine. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del \u00a0numeral 5: \u201cApoyar a la \u00a0Direcci\u00f3n de Consulta Previa del Ministerio del Interior en la realizaci\u00f3n de \u00a0los procesos que se realicen en terreno para proyectos de desarrollo que \u00a0afecten a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Numeral modificado por el Decreto 2353 de 2019, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Coordinar y realizar \u00a0los procesos de consulta previa, para la adopci\u00f3n de iniciativas legislativas y \u00a0administrativas del nivel nacional, bajo los lineamientos de la Direcci\u00f3n de la \u00a0Autoridad Nacional de Consulta Previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del \u00a0numeral 6: \u201cCoordinar y realizar los procesos de consulta previa para la \u00a0adopci\u00f3n de medidas legislativas y administrativas del nivel nacional, de \u00a0conformidad con los lineamientos acordados para el efecto.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Llevar el registro \u00a0\u00fanico nacional de los consejos comunitarios, organizaciones de base, y \u00a0representantes de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y \u00a0palenqueras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Propender por la \u00a0conservaci\u00f3n de las costumbres y la protecci\u00f3n de conocimientos tradicionales, \u00a0en coordinaci\u00f3n con las entidades y organismos competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Promover con los \u00a0diferentes niveles de Gobierno, la incorporaci\u00f3n de un enfoque que reconozca \u00a0positivamente las diferencias para las comunidades negras, afrocolombianas, \u00a0raizales y palenqueras en pol\u00edticas, planes, programas y proyectos especiales \u00a0sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Prestar asesor\u00eda a \u00a0las gobernaciones y alcald\u00edas para la debida atenci\u00f3n a las comunidades negras, \u00a0afrocolombianas, raizales y palenqueras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Promover la \u00a0resoluci\u00f3n de conflictos de conformidad con los usos y costumbres de las \u00a0comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Promover en \u00a0coordinaci\u00f3n con el Sistema Nacional Ambiental la formulaci\u00f3n de agendas \u00a0ambientales conjuntas con las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y \u00a0palenqueras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Proponer proyectos \u00a0de ley o de actos legislativos, as\u00ed como efectuar el an\u00e1lisis normativo y \u00a0jurisprudencial en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos, en \u00a0materia de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Apoyar el desarrollo \u00a0y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia \u00a0de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Atender las \u00a0peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s funciones asignadas \u00a0que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Modificado por el Decreto 2340 de 2015, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Funciones de la Direcci\u00f3n de Derechos Humanos. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Derechos Humanos, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Liderar en el marco de su competencia, la formulaci\u00f3n, seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n de los componentes de la pol\u00edtica nacional integral de Derechos \u00a0Humanos y Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Contribuir en la implementaci\u00f3n del Sistema Nacional de Derechos \u00a0Humanos y Derecho Internacional Humanitario, en el nivel nacional y \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer los lineamientos generales para el dise\u00f1o e \u00a0implementaci\u00f3n de mecanismos de prevenci\u00f3n y protecci\u00f3n dirigidos a las \u00a0personas que se encuentren en situaci\u00f3n de riesgo extraordinario o extremo \u00a0contra su vida, integridad, libertad y seguridad, por causas relacionadas con \u00a0la violencia pol\u00edtica o ideol\u00f3gica, o con el conflicto armado interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar t\u00e9cnicamente a las entidades territoriales en la formulaci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario y en la \u00a0incorporaci\u00f3n de un enfoque de derechos en los diferentes instrumentos de \u00a0planeaci\u00f3n y sus estrategias de implementaci\u00f3n en el \u00e1mbito municipal y \u00a0departamental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Desarrollar, en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes acciones \u00a0tendientes a la consolidaci\u00f3n de una cultura de Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer, discutir y hacer seguimiento a los proyectos de ley o de \u00a0acto legislativo, as\u00ed como efectuar el an\u00e1lisis normativo y jurisprudencial en \u00a0las materias de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Adelantar los estudios y las investigaciones en Derechos Humanos y \u00a0Derecho Internacional Humanitario que contribuyan al diagn\u00f3stico y la \u00a0elaboraci\u00f3n de propuestas tendientes a garantizar la vigencia de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar programas de asistencia t\u00e9cnica, social y de apoyo para \u00a0poblaci\u00f3n lesbiana, gais, bisexual, transexual, e intersexual (LGBTI). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con las instituciones gubernamentales la elaboraci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n y seguimiento de las pol\u00edticas p\u00fablicas dirigidas a la poblaci\u00f3n \u00a0LGBTI y el ejercicio de sus libertades y derechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Promover acciones con enfoque diferencial, tanto de parte del \u00a0Ministerio como de las dem\u00e1s entidades del Estado, orientadas a atender la \u00a0poblaci\u00f3n LGBTI, y la formulaci\u00f3n de acciones conjuntas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Prestar asesor\u00eda a las gobernaciones y alcald\u00edas municipales para \u00a0la debida atenci\u00f3n a la poblaci\u00f3n LGBTI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de \u00a0Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de \u00a0su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 15: \u201cFunciones de la Direcci\u00f3n \u00a0de Derechos Humanos. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Derechos Humanos, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Liderar en el marco de su competencia, la \u00a0formulaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de los componentes de la pol\u00edtica \u00a0nacional integral de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Contribuir en la implementaci\u00f3n del Sistema \u00a0Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, en el nivel \u00a0nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer los lineamientos generales para \u00a0el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de mecanismos de prevenci\u00f3n y protecci\u00f3n dirigidos a \u00a0las personas que se encuentren en situaci\u00f3n de riesgo extraordinario o extremo \u00a0contra su vida, integridad, libertad y seguridad, por causas relacionadas con \u00a0la violencia pol\u00edtica o ideol\u00f3gica, o con el conflicto armado interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conc. Decreto 4912 de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar t\u00e9cnicamente a las entidades \u00a0territoriales en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas de Derechos Humanos y Derecho \u00a0Internacional Humanitario y en la incorporaci\u00f3n de un enfoque de derechos en \u00a0los diferentes instrumentos de planeaci\u00f3n y sus estrategias de implementaci\u00f3n \u00a0en el \u00e1mbito municipal y departamental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Desarrollar, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0entidades competentes acciones tendientes a la consolidaci\u00f3n de una cultura de \u00a0Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer, discutir y hacer seguimiento a \u00a0los proyectos de ley o de acto legislativo, as\u00ed como efectuar el an\u00e1lisis \u00a0normativo y jurisprudencial en las materias de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Adelantar los estudios y las \u00a0investigaciones en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario que \u00a0contribuyan al diagn\u00f3stico y la elaboraci\u00f3n de propuestas tendientes a \u00a0garantizar la vigencia de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Atender las peticiones y consultas relacionadas \u00a0con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s funciones asignadas que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Sustituido por el Decreto 2353 de 2019, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de la Autoridad Nacional de Consulta Previa. La Direcci\u00f3n de \u00a0la Autoridad Nacional de Consulta Previa funcionar\u00e1 con autonom\u00eda \u00a0administrativa y financiera sin personer\u00eda jur\u00eddica, con arreglo a lo dispuesto \u00a0en el literal j) del art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998 y \u00a0cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Impartir los \u00a0lineamientos para la determinaci\u00f3n de la procedencia de la consulta previa para \u00a0la expedici\u00f3n de medidas legislativas o administrativas o la ejecuci\u00f3n de \u00a0proyectos, obras o actividades, que puedan afectar directamente a comunidades \u00a0\u00e9tnicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar, dirigir y \u00a0coordinar el ejercicio del derecho a la consulta previa, mediante \u00a0procedimientos adecuados, garantizando la participaci\u00f3n de las comunidades a \u00a0trav\u00e9s de sus instituciones representativas, con el fin de proteger su \u00a0integridad \u00e9tnica y cultural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir la ruta \u00a0metodol\u00f3gica y t\u00e9rmino de duraci\u00f3n de la consulta previa, en los eventos en que \u00a0las partes no logren un acuerdo sobre los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer al Ministro \u00a0del Interior las pol\u00edticas en materia de Consulta Previa y dirigir la \u00a0ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Establecer \u00a0directrices, metodolog\u00edas, protocolos y herramientas diferenciadas para \u00a0realizar los procesos de consulta previa, de conformidad con lo establecido en \u00a0la legislaci\u00f3n sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adoptar los criterios \u00a0para brindar la capacitaci\u00f3n, asesor\u00eda y asistencia t\u00e9cnica en materia de \u00a0consulta previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Identificar y \u00a0articular a las entidades p\u00fablicas y sector privado cuya concurrencia se \u00a0requiera en la programaci\u00f3n, previsi\u00f3n, identificaci\u00f3n, realizaci\u00f3n y gesti\u00f3n \u00a0de los procesos de consulta previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Identificar \u00a0los sistemas de informaci\u00f3n que se requieran para el cumplimiento de las \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n e impartir las directrices para su administraci\u00f3n e \u00a0interoperabilidad con sistemas de informaci\u00f3n de otras entidades del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir la \u00a0consolidaci\u00f3n, actualizaci\u00f3n y custodia de la informaci\u00f3n sobre los procesos de \u00a0consulta previa, as\u00ed como promover el conocimiento y difusi\u00f3n de los mismos y \u00a0de su marco jur\u00eddico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Fijar los \u00a0lineamientos para el seguimiento a los acuerdos alcanzados en los procesos de \u00a0consulta previa, seg\u00fan los plazos y condiciones acordados e informar sobre el \u00a0cumplimiento a las autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir y promover \u00a0estudios del impacto econ\u00f3mico de los proyectos sobre las comunidades \u00e9tnicas, \u00a0el costo de oportunidad de su no realizaci\u00f3n, la cuantificaci\u00f3n de las \u00a0afectaciones directas y de las medidas acordadas, as\u00ed como llevar las \u00a0estad\u00edsticas pertinentes sobre las compensaciones e intervenciones que se tasen \u00a0e implementen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Expedir los actos \u00a0administrativos mediante los cuales se da por concluido el procedimiento \u00a0administrativo de consulta previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Resolver en segunda \u00a0instancia los recursos que se interpongan contra los actos administrativos \u00a0proferidos por las Subdirecciones de la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Administrar el Fondo \u00a0de la Direcci\u00f3n de Consulta Previa, creado en el art\u00edculo 161 de la Ley 1955 de 2019 y \u00a0gestionar la ejecuci\u00f3n de los recursos, de acuerdo a su destinaci\u00f3n legal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Determinar los \u00a0par\u00e1metros y aprobar la programaci\u00f3n anual de los recursos provenientes de la \u00a0tasa por la realizaci\u00f3n de la consulta previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Efectuar el \u00a0seguimiento de los procesos relacionados con el control de programas, \u00a0proyectos, planes estrat\u00e9gicos y de acci\u00f3n de su competencia, generar los \u00a0indicadores y verificar que se encuentren acordes con lo dispuesto por la \u00a0Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n del Ministerio del Interior y definir la \u00a0propuesta de ajustes a los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Administrar, de \u00a0conformidad con las normas vigentes, los bienes y recursos destinados para el \u00a0funcionamiento de la Direcci\u00f3n y responder por su correcta aplicaci\u00f3n o \u00a0utilizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Elaborar y \u00a0presentar, en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n Corporativa y la Oficina Asesora \u00a0de Planeaci\u00f3n, para aprobaci\u00f3n del Ministro, el plan estrat\u00e9gico y el \u00a0anteproyecto de presupuesto de la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Llevar en \u00a0contabilidad separada de la del Ministerio, la contabilidad de los fondos y \u00a0cuentas a cargo de la Direcci\u00f3n y remitirla para su consolidaci\u00f3n, de acuerdo \u00a0con los lineamientos que para el efecto defina el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Reportar a la \u00a0Subdirecci\u00f3n Administrativa y Financiera del Ministerio, la informaci\u00f3n \u00a0relacionada con su gesti\u00f3n, en los sistemas de informaci\u00f3n que disponga el \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 16: \u201cFunciones de la Direcci\u00f3n \u00a0de Consulta Previa. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Consulta Previa, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir en coordinaci\u00f3n con las entidades y \u00a0dependencias correspondientes los procesos de consulta previa que se requieran \u00a0de conformidad con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar y dirigir, as\u00ed como coordinar con \u00a0las direcciones de asuntos ind\u00edgenas, Rom y minor\u00edas y asuntos para comunidades \u00a0negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas del Gobierno Nacional en materia de \u00a0consulta previa y determinar su procedencia y oportunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer directrices, metodolog\u00edas, \u00a0protocolos y herramientas diferenciadas para realizar los procesos de consulta \u00a0previa, de conformidad con lo establecido en la legislaci\u00f3n sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar las visitas de verificaci\u00f3n en las \u00a0\u00e1reas donde se pretenda desarrollar proyectos, a fin de determinar la presencia \u00a0de grupos \u00e9tnicos, cuando as\u00ed se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Expedir certificaciones desde el punto de \u00a0vista cartogr\u00e1fico, geogr\u00e1fico o espacial, acerca de la presencia de grupos \u00a0\u00e9tnicos en \u00e1reas donde se pretenda desarrollar proyectos, obras o actividades \u00a0que tengan influencia directa sobre estos grupos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Verificar, antes del inicio de cualquier \u00a0proceso de Consulta Previa, con las direcciones de asuntos ind\u00edgenas, Rom y \u00a0minor\u00edas, y de comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, los \u00a0registros actualizados de la representaci\u00f3n legal de las autoridades de los \u00a0grupos \u00e9tnicos y conformaci\u00f3n leg\u00edtima de los espacios de concertaci\u00f3n propios \u00a0de cada uno de ellos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Consolidar y actualizar la informaci\u00f3n del \u00a0Ministerio del Interior sobre los procesos de consulta y los tr\u00e1mites de \u00a0verificaci\u00f3n, as\u00ed como promover el conocimiento y difusi\u00f3n de los mismos y de \u00a0su marco jur\u00eddico, por los medios que determine el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Hacer seguimiento al cumplimiento de los \u00a0compromisos asumidos por las partes en desarrollo de los procesos de consulta \u00a0previa coordinados por esta Direcci\u00f3n y hacer las recomendaciones respectivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar estrategias de corto y largo plazo \u00a0para el manejo de crisis sociales en el entorno de las comunidades y minor\u00edas \u00a0\u00e9tnicas en las que se desarrollan las consultas previas, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las dem\u00e1s dependencias o entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Proponer proyectos de ley, de actos o \u00a0reformas legislativas, as\u00ed como efectuar el an\u00e1lisis normativo y \u00a0jurisprudencial en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos en \u00a0materia de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Atender las peticiones y consultas \u00a0relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s funciones asignadas que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16A. Sustituido por el Decreto 2353 de 2019, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Funciones de la Subdirecci\u00f3n \u00a0T\u00e9cnica de Consulta Previa. Son funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n T\u00e9cnica de Consulta Previa: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Determinar la \u00a0procedencia y oportunidad de la consulta previa para la adopci\u00f3n de medidas administrativas \u00a0y legislativas y la ejecuci\u00f3n de los proyectos, obras, o actividades, de \u00a0acuerdo con el criterio de afectaci\u00f3n directa, y con fundamento en los estudios \u00a0jur\u00eddicos, cartogr\u00e1ficos, geogr\u00e1ficos o espaciales que se requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer las \u00a0directrices, metodolog\u00edas, protocolos y herramientas diferenciadas frente a la \u00a0determinaci\u00f3n de la afectaci\u00f3n directa que pueda derivarse de proyectos, obras, \u00a0actividades, medidas administrativas o legislativas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y \u00a0desarrollar, bajo las directrices del Director de la Direcci\u00f3n de la Autoridad \u00a0Nacional de Consulta Previa, las visitas de verificaci\u00f3n en campo que se \u00a0determinen necesarias para establecer la procedencia de la consulta previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Expedir y notificar \u00a0los actos administrativos de procedencia de la consulta previa, seg\u00fan los \u00a0criterios del Convenio 169 de la OIT, la legislaci\u00f3n nacional y la \u00a0jurisprudencia constitucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Administrar el \u00a0sistema de informaci\u00f3n relativo a comunidades \u00e9tnicas a cargo de la Direcci\u00f3n \u00a0de la Autoridad Nacional de Consulta Previa y gestionar su interoperabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Actualizar el sistema \u00a0de informaci\u00f3n de consulta previa a cargo de la Direcci\u00f3n de la Autoridad \u00a0Nacional de Consulta Previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Suministrar la \u00a0informaci\u00f3n que requiera la Direcci\u00f3n de la Autoridad Nacional de Consulta \u00a0Previa para el an\u00e1lisis del impacto econ\u00f3mico y social de la consulta previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 16A. Adicionado por el Decreto 1140 de 2018, \u00a0art\u00edculo 8\u00ba. \u201cFunciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Asuntos Religiosos. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Asuntos Religiosos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y apoyar t\u00e9cnicamente al Ministro del Interior en la \u00a0formulaci\u00f3n, adopci\u00f3n, direcci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y seguimiento de las \u00a0pol\u00edticas p\u00fablicas, planes, programas y proyectos en materia de libertad e \u00a0igualdad religiosa, de cultos y de conciencia y el aporte al bien com\u00fan de las \u00a0entidades y organizaciones del sector religioso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Impulsar los \u00a0tr\u00e1mites y documentos necesarios para la negociaci\u00f3n y desarrollo de los \u00a0convenios de derecho p\u00fablico interno en materia de libertad e igualdad \u00a0religiosa, de cultos y de conciencia, de acuerdo con la potestad del Estado \u00a0prevista en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proyectar y \u00a0tramitar, dentro del marco general de competencias del Ministerio, los actos, \u00a0intervenciones, estudios, programas e investigaciones relacionados con la \u00a0libertad de cultos y el derecho a profesar libremente una religi\u00f3n o credo, en \u00a0forma individual o colectiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las entidades competentes, de los niveles nacional y \u00a0territorial, acciones tendientes a la consolidaci\u00f3n de una cultura de igualdad \u00a0religiosa, de cultos y de conciencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar, \u00a0acompa\u00f1ar y articular a las entidades territoriales en la formulaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas p\u00fablicas y acciones en materia de libertad e igualdad religiosa, de \u00a0cultos y de conciencia para el fortalecimiento, reconocimiento, participaci\u00f3n y \u00a0acci\u00f3n social, cultural y educativa de las organizaciones sociales del sector \u00a0religioso y las entidades religiosas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar, con \u00a0las diferentes instancias competentes en la materia, las acciones tendientes a \u00a0generar el di\u00e1logo interreligioso, pol\u00edtico entre los sectores religiosos \u00a0nacionales e internacionales y las diferentes dependencias estatales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover, \u00a0garantizar y fortalecer la participaci\u00f3n ciudadana de las entidades y \u00a0organizaciones del sector religioso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover y \u00a0promocionar la participaci\u00f3n de las entidades y organizaciones del sector \u00a0religioso a nivel local, regional y nacional en las pol\u00edticas, programas, \u00a0proyectos e instancias para la construcci\u00f3n de paz, justicia, verdad, perd\u00f3n, \u00a0reconciliaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Conformar, \u00a0dentro del marco general de competencias del Ministerio, instancias de \u00a0participaci\u00f3n que desarrollen aspectos relacionados con la libertad religiosa, \u00a0de cultos y conciencia en forma individual o colectiva, y su actuar social e \u00a0incidencia p\u00fablica en los t\u00e9rminos de la Ley Estatutaria 133 \u00a0de 1994 y el bloque de constitucionalidad en esta misma materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Promover o \u00a0adelantar estudios e investigaciones, an\u00e1lisis, caracterizaciones y mapeos, en \u00a0especial con los centros universitarios, investigativos y de formaci\u00f3n \u00a0religiosa, para el conocimiento, comprensi\u00f3n y divulgaci\u00f3n del hecho y la \u00a0pluralidad religiosa y de cultos en el pa\u00eds, que contribuyan al diagn\u00f3stico y \u00a0la elaboraci\u00f3n de propuestas tendientes a garantizar la vigencia de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Promover y \u00a0articular la inclusi\u00f3n de las organizaciones sociales del sector religioso y \u00a0entidades religiosas, en los programas, proyectos y acciones de trabajo social, \u00a0construcci\u00f3n del tejido social y bien com\u00fan que oferten las entidades \u00a0gubernamentales o de car\u00e1cter privado, en t\u00e9rminos de igualdad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Proponer, \u00a0discutir y formular proyectos normativos, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de \u00a0Asuntos Legislativos del Ministerio del Interior y la Oficina Asesora Jur\u00eddica, \u00a0sobre los derechos de libertad religiosa, de cultos y conciencia, y el derecho \u00a0individual a profesar una religi\u00f3n o credo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Expedir e \u00a0inscribir los actos administrativos que reconozcan o rechacen personer\u00eda \u00a0jur\u00eddica a las iglesias, confesiones y denominaciones religiosas, sus \u00a0federaciones, confederaciones y asociaciones de ministros, en armon\u00eda con lo \u00a0previsto en el art\u00edculo 9\u00ba de \u00a0la Ley Estatutaria 133 \u00a0de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Expedir e \u00a0inscribir los actos administrativos que extiendan los efectos jur\u00eddicos de las \u00a0personer\u00edas jur\u00eddicas especiales reconocidas por el Ministerio, a los entes \u00a0religiosos afiliados o asociados a dichas personas jur\u00eddicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Declarar si las \u00a0reformas estatutarias adoptadas por las entidades religiosas con personer\u00eda \u00a0jur\u00eddica especial o extendida reconocida por el Ministerio del Interior se \u00a0ajustan a la Ley 133 de 1994 \u00a0y las normas que las modifiquen, adicionen, sustituyan o reglamenten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Inscribir el \u00a0representante legal de las entidades religiosas reconocidas por el Ministerio \u00a0del Interior, as\u00ed como su creaci\u00f3n, extensi\u00f3n de efectos jur\u00eddicos, reformas de \u00a0estatutos y la disoluci\u00f3n de tales entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Administrar el \u00a0Registro P\u00fablico de Entidades Religiosas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Apoyar el \u00a0desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la \u00a0observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Rendir los informes que le sean \u00a0requeridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Atender las peticiones y consultas \u00a0relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s funciones asignadas que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16B. Adicionado por el Decreto 2353 de 2019, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Consulta Previa. Son funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Consulta Previa: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adelantar el \u00a0desarrollo del proceso de consulta previa, mediante procedimientos definidos \u00a0para el efecto, garantizando la participaci\u00f3n de las comunidades \u00e9tnicas a \u00a0trav\u00e9s de sus instituciones representativas, con el fin de proteger su \u00a0integridad \u00e9tnica y cultural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer las \u00a0directrices, metodolog\u00edas, protocolos y herramientas diferenciadas, para la \u00a0asistencia t\u00e9cnica y la realizaci\u00f3n de la consulta previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Verificar antes del inicio de cualquier proceso de consulta previa, con las \u00a0direcciones de Asuntos Ind\u00edgenas, Rom y Minor\u00edas y de Comunidades Negras, \u00a0Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior, los \u00a0registros actualizados de la representaci\u00f3n legal de las autoridades de los \u00a0grupos \u00e9tnicos y conformaci\u00f3n leg\u00edtima de los espacios de concertaci\u00f3n propios \u00a0de cada uno de ellos. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar \u00a0la programaci\u00f3n de las reuniones de consulta previa que se deben ejecutar, para \u00a0aprobaci\u00f3n del Director de la Direcci\u00f3n de la Autoridad Nacional de Consulta \u00a0Previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar a \u00a0los actores en la construcci\u00f3n y cumplimiento de la ruta metodol\u00f3gica de la consulta \u00a0previa, e informar al Director de la Direcci\u00f3n de la Autoridad Nacional de \u00a0Consulta Previa en los eventos en que las partes no logren un acuerdo sobre los \u00a0mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Convocar \u00a0a los diferentes actores a las reuniones de consulta previa y estudiar y \u00a0autorizar las solicitudes de aplazamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Llevar el \u00a0registro de compromisos que hayan asumido los actores en desarrollo de los \u00a0procesos de consulta previa e identificar los problemas y soluciones posibles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Realizar \u00a0seguimiento a los acuerdos alcanzados en los procesos de consulta previa, seg\u00fan \u00a0los plazos y condiciones acordados para ello. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar \u00a0y ejecutar los procesos de capacitaci\u00f3n, asesor\u00eda y asistencia t\u00e9cnica en \u00a0materia de consulta previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Suministrar la informaci\u00f3n que requiera la Direcci\u00f3n de la Autoridad Nacional \u00a0de Consulta Previa para el an\u00e1lisis del impacto econ\u00f3mico y social de la \u00a0consulta previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Actualizar el sistema de informaci\u00f3n de consulta previa a cargo de la Direcci\u00f3n \u00a0de la Autoridad Nacional de Consulta Previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Actualizar el sistema de informaci\u00f3n relativo a comunidades \u00e9tnicas a cargo de \u00a0la Direcci\u00f3n de la Autoridad Nacional de Consulta Previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a016C. Adicionado por el Decreto 2353 de 2019, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Funciones \u00a0de la Subdirecci\u00f3n Corporativa. Son funciones \u00a0de la Subdirecci\u00f3n Corporativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir y \u00a0controlar la ejecuci\u00f3n de los planes y servicios administrativos, log\u00edsticos y \u00a0financieros adoptados por la Direcci\u00f3n de la Autoridad Nacional de Consulta \u00a0Previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Planificar, dirigir y coordinar los procesos de contrataci\u00f3n, as\u00ed como elaborar \u00a0los actos administrativos relacionados con dichos procesos, de acuerdo con la \u00a0normatividad vigente y la delegaci\u00f3n que le sea conferida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Planificar, dirigir y coordinar los procesos de presupuesto, contabilidad, tesorer\u00eda \u00a0administraci\u00f3n de bienes y servicios, y de gesti\u00f3n documental de la Direcci\u00f3n, \u00a0en cumplimiento de la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Programar \u00a0la operaci\u00f3n del Fondo de Consulta Previa, y realizar seguimiento a la gesti\u00f3n \u00a0del operador fiduciario y generar los informes que se requieran sobre la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proyectar \u00a0anualmente y organizar a trav\u00e9s de la fiducia mercantil, la liquidaci\u00f3n y el \u00a0recaudo de la tasa por la realizaci\u00f3n de la consulta previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elaborar \u00a0y presentar, en coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n, al Director \u00a0de la Direcci\u00f3n de la Autoridad Nacional de Consulta Previa el plan estrat\u00e9gico \u00a0y el anteproyecto de presupuesto de la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Llevar en \u00a0contabilidad separada de la del Ministerio del Interior, la contabilidad de los \u00a0fondos y cuentas a cargo de la Direcci\u00f3n y remitirla para su consolidaci\u00f3n, de \u00a0acuerdo con los lineamientos que para el efecto defina el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Administrar, de conformidad con la delegaci\u00f3n, el personal a cargo de la \u00a0Direcci\u00f3n de la Autoridad Nacional de Consulta Previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s \u00a0funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO \u00a016D. Adicionado por el Decreto 2353 de 2019, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Funciones \u00a0de la Direcci\u00f3n de Asuntos Religiosos. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n de Asuntos Religiosos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar \u00a0y apoyar t\u00e9cnicamente al Ministro del Interior en la formulaci\u00f3n, adopci\u00f3n, \u00a0direcci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y seguimiento de las pol\u00edticas p\u00fablicas, \u00a0planes, programas y proyectos en materia de libertad e igualdad religiosa, de \u00a0cultos y de conciencia y el aporte al bien com\u00fan de las entidades y \u00a0organizaciones del sector religioso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Impulsar \u00a0los tr\u00e1mites y documentos necesarios para la negociaci\u00f3n y desarrollo de los \u00a0convenios de derecho p\u00fablico interno en materia de libertad e igualdad \u00a0religiosa, de cultos y de conciencia, de acuerdo con la potestad del Estado \u00a0prevista en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proyectar \u00a0y tramitar, dentro del marco general de competencias del Ministerio, los actos, \u00a0intervenciones, estudios, programas e investigaciones relacionados con la \u00a0libertad de cultos y el derecho a profesar libremente una religi\u00f3n o credo, en \u00a0forma individual o colectiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Desarrollar, en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes, de los niveles nacional \u00a0y territorial, acciones tendientes a la consolidaci\u00f3n de una cultura de \u00a0igualdad religiosa, de cultos y de conciencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar, \u00a0acompa\u00f1ar y articular a las entidades territoriales en la formulaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas p\u00fablicas y acciones en materia de libertad e igualdad religiosa, de \u00a0cultos y de conciencia para el fortalecimiento, reconocimiento, participaci\u00f3n y \u00a0acci\u00f3n social, cultural y educativa de las organizaciones sociales del sector \u00a0religioso y las entidades religiosas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar, \u00a0con las diferentes instancias competentes en la materia, las acciones \u00a0tendientes a generar el di\u00e1logo interreligioso, pol\u00edtico entre los sectores \u00a0religiosos nacionales e internacionales y las diferentes dependencias \u00a0estatales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover, \u00a0garantizar y fortalecer la participaci\u00f3n ciudadana de las entidades y \u00a0organizaciones del sector religioso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover \u00a0y promocionar la participaci\u00f3n de las entidades y organizaciones del sector \u00a0religioso a nivel local, regional y nacional en las pol\u00edticas, programas, \u00a0proyectos e instancias para la construcci\u00f3n de paz, justicia, verdad, perd\u00f3n, \u00a0reconciliaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Conformar, dentro del marco general de competencias del Ministerio, instancias \u00a0de participaci\u00f3n que desarrollen aspectos relacionados con la libertad \u00a0religiosa, de cultos y conciencia en forma individual o colectiva, y su actuar \u00a0social e incidencia p\u00fablica en los t\u00e9rminos de la Ley \u00a0Estatutaria 133 de 1994 y el bloque de constitucionalidad en esta misma \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Promover \u00a0o adelantar estudios e investigaciones, an\u00e1lisis, caracterizaciones y mapeos, \u00a0en especial con los centros universitarios, investigativos y de formaci\u00f3n \u00a0religiosa, para el conocimiento, comprensi\u00f3n y divulgaci\u00f3n del hecho y la \u00a0pluralidad religiosa y de cultos en el pa\u00eds, que contribuyan al diagn\u00f3stico y \u00a0la elaboraci\u00f3n de propuestas tendientes a garantizar la vigencia de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Promover \u00a0y articular la inclusi\u00f3n de las organizaciones sociales del sector religioso y \u00a0entidades religiosas, en los programas, proyectos y acciones de trabajo social, \u00a0construcci\u00f3n del tejido social y bien com\u00fan que oferten las entidades \u00a0gubernamentales o de car\u00e1cter privado, en t\u00e9rminos de igualdad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Proponer, discutir y formular proyectos normativos, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos del Ministerio del Interior y la Oficina \u00a0Asesora Jur\u00eddica, sobre los derechos de libertad religiosa, de cultos y \u00a0conciencia, y el derecho individual a profesar una religi\u00f3n o credo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Expedir e \u00a0inscribir los actos administrativos que reconozcan o rechacen personer\u00eda \u00a0jur\u00eddica a las iglesias, confesiones y denominaciones religiosas, sus \u00a0federaciones, confederaciones y asociaciones de ministros, en armon\u00eda con lo \u00a0previsto en el art\u00edculo 9 de la Ley \u00a0Estatutaria 133 de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Expedir \u00a0e inscribir los actos administrativos que extiendan los efectos jur\u00eddicos de \u00a0las personer\u00edas jur\u00eddicas especiales reconocidas por el Ministerio, a los entes \u00a0religiosos afiliados o asociados a dichas personas jur\u00eddicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Declarar \u00a0si las reformas estatutarias adoptadas por las entidades religiosas con \u00a0personer\u00eda jur\u00eddica especial o extendida reconocida por el Ministerio del \u00a0Interior se ajustan a la Ley 133 de 1994 y las \u00a0normas que las modifiquen, adicionen, sustituyan o reglamenten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Inscribir el representante legal de las entidades religiosas reconocidas por el \u00a0Ministerio del Interior, as\u00ed como su creaci\u00f3n, extensi\u00f3n de efectos jur\u00eddicos, \u00a0reformas de estatutos y la disoluci\u00f3n de tales entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Administrar \u00a0el Registro P\u00fablico de Entidades Religiosas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y \u00a0la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Rendir \u00a0los informes que le sean requeridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Atender \u00a0las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Modificado por el Decreto 1152 de 2022, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Funciones del Despacho del \u00a0Viceministro General del Interior. Son funciones del Viceministro General del \u00a0Interior, adem\u00e1s de las establecidas en el art\u00edculo 62 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Liderar la formulaci\u00f3n, adopci\u00f3n \u00a0y seguimiento de las pol\u00edticas p\u00fablicas del Ministerio dirigidas a fortalecer \u00a0las relaciones entre la Naci\u00f3n y las entidades territoriales y la \u00a0gobernabilidad territorial; as\u00ed como el orden p\u00fablico interno y la convivencia \u00a0ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar la formulaci\u00f3n, \u00a0adopci\u00f3n y seguimiento de las pol\u00edticas p\u00fablicas del Ministerio, dirigidas a \u00a0fortalecer las relaciones del Gobierno nacional con la Rama Legislativa a \u00a0trav\u00e9s del impulso, seguimiento y control de la Agenda Legislativa del Gobierno \u00a0nacional y las relativas a la democracia, la participaci\u00f3n ciudadana, la acci\u00f3n \u00a0comunal y la coordinaci\u00f3n del control a la gesti\u00f3n misional de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Planear, coordinar, proponer \u00a0pol\u00edticas y trazar directrices, que orienten el marco pol\u00edtico de un Estado \u00a0Social de Derecho, la autonom\u00eda y gobernabilidad territorial, de acuerdo con \u00a0los lineamientos del Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asistir al Ministro en la \u00a0funci\u00f3n de enlace, comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre las entidades p\u00fablicas del \u00a0orden nacional, del sector central y descentralizado, y los entes territoriales \u00a0y sus entidades descentralizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar la elaboraci\u00f3n de la \u00a0planeaci\u00f3n estrat\u00e9gica del Sector Administrativo, en los temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar y hacer \u00a0seguimiento de las actividades de las direcciones del Ministerio adscritas a su \u00a0despacho, para garantizar el cabal cumplimiento de sus funciones y de los \u00a0planes, programas y proyectos del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar la gesti\u00f3n \u00a0estrat\u00e9gica del Fondo de Seguridad y Convivencia Ciudadana en cumplimiento de \u00a0las disposiciones legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar el desarrollo y \u00a0sostenimiento del Sistema Integrado de la Gesti\u00f3n Institucional y la \u00a0observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Atender las peticiones y \u00a0consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 17: Funciones del Despacho del Viceministro \u00a0de Relaciones Pol\u00edticas. Son funciones del Viceministro de Relaciones Pol\u00edticas, adem\u00e1s de \u00a0las establecidas en el art\u00edculo 62 de la Ley 489 de 1998, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Liderar la formulaci\u00f3n, adopci\u00f3n y \u00a0seguimiento de las pol\u00edticas p\u00fablicas del Ministerio dirigidas a fortalecer las \u00a0relaciones entre la Naci\u00f3n y las entidades territoriales y la gobernabilidad \u00a0territorial; as\u00ed como el orden p\u00fablico interno y la convivencia ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar la formulaci\u00f3n, adopci\u00f3n y \u00a0seguimiento de las pol\u00edticas dirigidas a fortalecer las relaciones del Gobierno \u00a0Nacional con la Rama Legislativa a trav\u00e9s del impulso, seguimiento y control de \u00a0la Agenda Legislativa del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Planear, coordinar, proponer pol\u00edticas y \u00a0trazar directrices, que orienten el marco pol\u00edtico de un Estado Social de Derecho, \u00a0la autonom\u00eda y gobernabilidad territorial, de acuerdo con los lineamientos del \u00a0Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asistir al Ministro en la funci\u00f3n de enlace, \u00a0comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre las entidades p\u00fablicas del orden nacional, \u00a0del sector central y descentralizado, y los entes territoriales y sus entidades \u00a0descentralizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar la elaboraci\u00f3n de la planeaci\u00f3n \u00a0estrat\u00e9gica del Sector Administrativo, en los temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar y hacer seguimiento de las \u00a0actividades de las direcciones del Ministerio adscritas a su despacho, para \u00a0garantizar el cabal cumplimiento de sus funciones y de los planes, programas y \u00a0proyectos del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar la gesti\u00f3n estrat\u00e9gica del Fondo de \u00a0Seguridad y Convivencia Ciudadana en cumplimiento de las disposiciones legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones \u00a0en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Atender las peticiones y consultas \u00a0relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s funciones asignadas que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. \u00a0Modificado por el Decreto 1152 de 2022, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. Funciones de la Subdirecci\u00f3n de Gobierno, Gesti\u00f3n Territorial y \u00a0Lucha Contra la Trata. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Gobierno, Gesti\u00f3n \u00a0Territorial y Lucha Contra la Trata, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Realizar el seguimiento de \u00a0la pol\u00edtica de descentralizaci\u00f3n pol\u00edtica y administrativa, ordenamiento \u00a0territorial, desarrollo institucional y gesti\u00f3n p\u00fablica territorial, y \u00a0propender por la aplicaci\u00f3n de los principios en concurrencia, subsidiariedad y \u00a0complementariedad entre la Naci\u00f3n, los departamentos, distritos y municipios, \u00a0seg\u00fan su capacidad administrativa y fiscal, de conformidad con los \u00a0requerimientos efectuados por estos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el adecuado \u00a0cumplimiento y desarrollo de las competencias asignadas por la Constituci\u00f3n y \u00a0la ley de las entidades territoriales y a las entidades administrativas de \u00a0integraci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover y liderar mediante \u00a0procesos de concertaci\u00f3n, la definici\u00f3n precisa de competencias y l\u00edmites de \u00a0las entidades territoriales, cuando exista conflicto entre ellas, y recibir la \u00a0informaci\u00f3n de deslinde de las entidades territoriales que le remita el \u00a0Instituto Geogr\u00e1fico Agust\u00edn Codazzi o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Brindar asistencia t\u00e9cnica para \u00a0el fortalecimiento de los Esquemas Asociativos Territoriales (EAT) en materia \u00a0de ordenamiento territorial y en el uso del Registro de Esquemas Asociativos \u00a0Territoriales -REAT, a trav\u00e9s de los procesos administrativos, t\u00e9cnicos y \u00a0jur\u00eddicos de competencia del Ministerio del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar a las autoridades \u00a0administrativas del orden municipal, departamental y nacional en el desarrollo \u00a0institucional, dise\u00f1o y aplicaci\u00f3n de planes y programas relacionados con la \u00a0descentralizaci\u00f3n y la mejor gesti\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Formular las metodolog\u00edas y \u00a0las pol\u00edticas tendientes a la profundizaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n de la \u00a0descentralizaci\u00f3n pol\u00edtica, el desarrollo end\u00f3geno territorial y social de las \u00a0entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Brindar apoyo log\u00edstico a la \u00a0Direcci\u00f3n de Seguridad y Convivencia Ciudadana y Gobierno, para la realizaci\u00f3n \u00a0de mesas t\u00e9cnicas para el an\u00e1lisis normativo de los proyectos de ley o actos \u00a0legislativos o de reformas reglamentarias, en coordinaci\u00f3n con la Oficina \u00a0Asesora Jur\u00eddica y la Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos en la presentaci\u00f3n, \u00a0discusi\u00f3n y seguimiento en materia de competencia de la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con la Direcci\u00f3n \u00a0de Derechos Humanos la atenci\u00f3n a las denuncias sobre inminentes riesgos de \u00a0violaciones o amenazas a los Derechos Humanos y dar curso a las mismas \u00a0directamente o ante las autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Brindar asistencia t\u00e9cnica a \u00a0las autoridades territoriales, corporaciones p\u00fablicas y l\u00edderes locales en \u00a0temas de descentralizaci\u00f3n, ordenamiento territorial y oferta institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Brindar asistencia t\u00e9cnica \u00a0y dar respuesta a las consultas, derechos de petici\u00f3n y dem\u00e1s acciones del \u00a0nivel territorial remitidas a esta Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar, participar, \u00a0promover el diagn\u00f3stico, dise\u00f1o y formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica en materia \u00a0de Lucha contra la Trata de Personas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Liderar, coordinar, \u00a0proponer, evaluar y ejecutar los planes, acciones y\/o rutas que permitan la \u00a0articulaci\u00f3n con las entidades competentes a nivel nacional, departamental y\/o \u00a0municipal, en el desarrollo de los programas y\/o protocolos de asistencia \u00a0inmediata y mediata a las v\u00edctimas del delito de trata de personas establecidos \u00a0en la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo y \u00a0sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia \u00a0de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Atender las peticiones y \u00a0consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial \u00a0del art\u00edculo 18: Funciones de la Direcci\u00f3n de Gobierno y Gesti\u00f3n \u00a0Territorial. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Gobierno y Gesti\u00f3n Territorial, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar en la formulaci\u00f3n y apoyar el \u00a0seguimiento de la pol\u00edtica de descentralizaci\u00f3n pol\u00edtica y administrativa, \u00a0ordenamiento territorial, desarrollo institucional y gesti\u00f3n p\u00fablica \u00a0territorial, y propender por la aplicaci\u00f3n de los principios de concurrencia, \u00a0subsidiariedad y complementariedad entre la Naci\u00f3n, los departamentos, \u00a0distritos y municipios, seg\u00fan su capacidad administrativa y fiscal, de \u00a0conformidad con los requerimientos efectuados por estos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Promover el desarrollo end\u00f3geno territorial \u00a0y social de las entidades territoriales que conduzca al fortalecimiento de los \u00a0principios estructurales de la descentralizaci\u00f3n pol\u00edtica y administrativa y al \u00a0afianzamiento de la gobernabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover la cooperaci\u00f3n entre las entidades \u00a0territoriales y la Naci\u00f3n, as\u00ed como los procesos de desconcentraci\u00f3n y \u00a0delegaci\u00f3n administrativa en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes del \u00a0orden nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar el dise\u00f1o de la pol\u00edtica p\u00fablica \u00a0para el fortalecimiento y desarrollo de las capacidades de gobierno en las \u00a0administraciones locales, ubicadas en zonas fronterizas, en coordinaci\u00f3n con el \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Defensa Nacional, el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y el Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar y fortalecer acciones tendientes \u00a0a la descentralizaci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica de lucha contra la trata de \u00a0personas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Promover y realizar los an\u00e1lisis, estudios \u00a0e investigaciones en las materias de su competencia y en relaci\u00f3n con el \u00a0componente territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Velar por el adecuado cumplimiento y \u00a0desarrollo de las competencias asignadas por la Constituci\u00f3n y la ley a las \u00a0entidades territoriales y a las entidades administrativas de integraci\u00f3n \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover y liderar mediante procesos de \u00a0concertaci\u00f3n, la definici\u00f3n precisa de competencias y l\u00edmites de las entidades \u00a0territoriales, cuando exista conflicto entre ellas, y recibir la informaci\u00f3n de \u00a0deslinde de las entidades territoriales que le remita el Instituto Geogr\u00e1fico \u00a0Agust\u00edn Codazzi o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Promover y hacer seguimiento al \u00a0cumplimiento de las obligaciones constitucionales y legales de los mandatarios \u00a0seccionales y locales en materia de atenci\u00f3n a la poblaci\u00f3n v\u00edctima de la \u00a0violencia y la pol\u00edtica p\u00fablica correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Proponer proyectos de ley y actos \u00a0legislativos, as\u00ed como efectuar el an\u00e1lisis normativo y jurisprudencial, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos, en materia de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Formular e implementar estrategias de \u00a0desarrollo y competitividad territorial que atiendan la diversidad regional y \u00a0articulen los procesos de planificaci\u00f3n y ordenamiento territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Atender las peticiones y consultas \u00a0relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s funciones asignadas que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. \u00a0Modificado por el Decreto 1152 de 2022, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Funciones de la Direcci\u00f3n de Seguridad, Convivencia Ciudadana y \u00a0Gobierno. Son funciones de la Direcci\u00f3n Seguridad y Convivencia Ciudadana y \u00a0Gobierno, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar en coordinaci\u00f3n con \u00a0las entidades competentes la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de pol\u00edticas \u00a0p\u00fablicas para el orden p\u00fablico interno y para prevenir, atender y controlar \u00a0situaciones de riesgo que vulneren o amenacen a la poblaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n \u00a0especial con las autoridades civiles y la Fuerza P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar al Ministro del \u00a0Interior en la conservaci\u00f3n y restablecimiento del orden p\u00fablico en el \u00a0territorio nacional en coordinaci\u00f3n con el Ministro de Defensa Nacional, para \u00a0lo cual podr\u00e1 coordinar con los gobernadores y alcaldes, las pol\u00edticas, planes \u00a0operativos y dem\u00e1s acciones necesarias para dicho fin, de conformidad con la \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con la Direcci\u00f3n \u00a0de Derechos Humanos la atenci\u00f3n a las denuncias sobre inminentes riesgos de \u00a0violaciones o amenazas a los Derechos Humanos y dar curso a las mismas \u00a0directamente o ante las autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover la incorporaci\u00f3n \u00a0del componente de orden p\u00fablico y convivencia ciudadana en los planes de \u00a0desarrollo regional y local, con el fin de fortalecer la pol\u00edtica p\u00fablica en \u00a0esta materia y generar condiciones sostenibles de gobernabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar y hacer seguimiento a \u00a0gobernadores y alcaldes en el cumplimiento de sus obligaciones constitucionales \u00a0y legales en materia de restablecimiento y preservaci\u00f3n del orden p\u00fablico y la \u00a0convivencia ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar pol\u00edticas, \u00a0planes y estrategias para la conservaci\u00f3n del orden p\u00fablico en el territorio \u00a0nacional, as\u00ed como para entablar el di\u00e1logo con las comunidades y los \u00a0diferentes sectores que se encuentren afectados por alteraciones del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Fortalecer los mecanismos y espacios de interlocuci\u00f3n, entre \u00a0el nivel nacional y territorial para atender las problem\u00e1ticas relacionadas con \u00a0el orden p\u00fablico y social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Hacer seguimiento a la \u00a0implementaci\u00f3n del Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad -SIES-, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n de Proyectos para la Seguridad y Convivencia \u00a0Ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar la implementaci\u00f3n y \u00a0seguimiento a las estrategias de control policial en las entidades \u00a0territoriales en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n \u00a0y seguimiento de la pol\u00edtica p\u00fablica de convivencia y seguridad para el f\u00fatbol, \u00a0y ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Nacional para la Seguridad, \u00a0Comodidad y Convivencia en el F\u00fatbol, en conformidad con la Ley 270 de 2009 y sus \u00a0Decretos Reglamentarios 1267 de 2009 y 1717 de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Impulsar acciones de \u00a0corresponsabilidad ciudadana y de cultura de la legalidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Promover y hacer seguimiento \u00a0al cumplimiento de las obligaciones constitucionales y legales de los \u00a0mandatarios seccionales y locales en materia de atenci\u00f3n a la poblaci\u00f3n v\u00edctima \u00a0de la violencia y la pol\u00edtica p\u00fablica correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Proponer proyectos de ley y \u00a0actos legislativos, as\u00ed como efectuar el an\u00e1lisis normativo y jurisprudencial, \u00a0en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos, en materia de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Formular e implementar \u00a0estrategias de desarrollo y competitividad territorial que atiendan la \u00a0diversidad regional y articulen los procesos de planificaci\u00f3n y ordenamiento \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Realizar seguimiento al \u00a0funcionamiento del Registro de Esquemas Asociativos Territoriales -REAT y los \u00a0procesos administrativos correspondientes para su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Asesorar en la formulaci\u00f3n \u00a0de la pol\u00edtica de descentralizaci\u00f3n pol\u00edtica y administrativa, ordenamiento \u00a0territorial, desarrollo institucional y gesti\u00f3n p\u00fablica territorial, y \u00a0propender por la aplicaci\u00f3n de los principios en concurrencia, subsidiariedad y \u00a0complementariedad entre la Naci\u00f3n, los departamentos, distritos y municipios, \u00a0seg\u00fan su capacidad administrativa y fiscal, de conformidad con los \u00a0requerimientos efectuados por estos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Promover el desarrollo \u00a0end\u00f3geno territorial y social de las entidades territoriales que conduzca al \u00a0fortalecimiento de los principios estructurales de la descentralizaci\u00f3n \u00a0pol\u00edtica y administrativa y al afianzamiento de la gobernabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Promover y realizar los \u00a0an\u00e1lisis, estudios e investigaciones en las materias de su competencia y en \u00a0relaci\u00f3n con el componente territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Promover la cooperaci\u00f3n \u00a0entre las entidades territoriales y la Naci\u00f3n, as\u00ed como los procesos de \u00a0desconcentraci\u00f3n y delegaci\u00f3n administrativa en coordinaci\u00f3n con las entidades \u00a0competentes del orden nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Asesorar el dise\u00f1o de la \u00a0pol\u00edtica p\u00fablica para el fortalecimiento y desarrollo de las capacidades de \u00a0gobierno en las administraciones locales ubicados en zonas fronterizas, en \u00a0coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de \u00a0Defensa Nacional, el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y el Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Apoyar el desarrollo y \u00a0sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia \u00a0de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Atender las peticiones y \u00a0consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial \u00a0del art\u00edculo 19: Funciones de la Subdirecci\u00f3n para la Seguridad y \u00a0Convivencia Ciudadana. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n para la \u00a0Seguridad y Convivencia Ciudadana, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar en coordinaci\u00f3n con las entidades \u00a0competentes la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas para \u00a0el orden p\u00fablico interno y para prevenir, atender y controlar situaciones de \u00a0riesgo que vulneren o amenacen a la poblaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n especial con las \u00a0autoridades civiles y la Fuerza P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar y apoyar al Ministro del Interior \u00a0y velar por la conservaci\u00f3n y restablecimiento del orden p\u00fablico en el \u00a0territorio nacional en coordinaci\u00f3n con el Ministro de Defensa Nacional, para \u00a0lo cual podr\u00e1 coordinar con los gobernadores y alcaldes, las pol\u00edticas, planes \u00a0operativos y dem\u00e1s acciones necesarias para dicho fin, de conformidad con la \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con la Direcci\u00f3n de Derechos \u00a0Humanos la atenci\u00f3n a las denuncias sobre inminentes riesgos de violaciones o \u00a0amenazas a los Derechos Humanos y dar curso a las mismas directamente o ante \u00a0las autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover la incorporaci\u00f3n del componente de \u00a0orden p\u00fablico y convivencia ciudadana en los planes de desarrollo regional y \u00a0local, con el fin de fortalecer la pol\u00edtica p\u00fablica en esta materia y generar \u00a0condiciones sostenibles de gobernabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar, apoyar y hacer seguimiento a \u00a0gobernadores y alcaldes en el cumplimiento de sus obligaciones constitucionales \u00a0y legales en materia de restablecimiento y preservaci\u00f3n del orden p\u00fablico y la \u00a0convivencia ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar pol\u00edticas, planes y estrategias \u00a0para la conservaci\u00f3n del orden p\u00fablico en el territorio nacional, as\u00ed como para \u00a0entablar el di\u00e1logo con las comunidades y los diferentes sectores que se \u00a0encuentren afectados por alteraciones del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Fortalecer los mecanismos y espacios de \u00a0interlocuci\u00f3n, entre el nivel nacional y territorial para atender las \u00a0problem\u00e1ticas relacionadas con el orden p\u00fablico y social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Hacer seguimiento a la implementaci\u00f3n del \u00a0Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad -SIES-, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Infraestructura del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar la implementaci\u00f3n y seguimiento a \u00a0las estrategias de control policial en las entidades territoriales en \u00a0coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y \u00a0seguimiento de la pol\u00edtica p\u00fablica de convivencia y seguridad para el f\u00fatbol, y \u00a0ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Nacional para la Seguridad, \u00a0Comodidad y Convivencia en el F\u00fatbol, en conformidad con la Ley 270 de 2009 \u00a0y sus Decretos Reglamentarios 1267 de 2009 \u00a0y 1717 de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Impulsar acciones de corresponsabilidad \u00a0ciudadana y de cultura de la legalidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Atender las peticiones y consultas \u00a0relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s funciones asignadas que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. \u00a0Funciones de la Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Legislativos. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Desarrollar las acciones necesarias para fortalecer las relaciones entre el \u00a0Gobierno Nacional y la Rama Legislativa para el cumplimiento de la Agenda \u00a0Legislativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar \u00a0con las entidades que conforman el Sector Administrativo del Interior, y con \u00a0las dem\u00e1s que considere estrat\u00e9gicas el Gobierno Nacional, la presentaci\u00f3n, \u00a0discusi\u00f3n y seguimiento de los proyectos de ley y de actos legislativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Hacer \u00a0seguimiento a la presentaci\u00f3n, estudio, discusi\u00f3n y tr\u00e1mite de los proyectos de \u00a0ley y de actos legislativos presentados en el Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Analizar \u00a0y evaluar la din\u00e1mica pol\u00edtica y participativa de la actividad legislativa del \u00a0Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proyectar \u00a0las respuestas del Ministro o Viceministros a los cuestionarios y citaciones de \u00a0control pol\u00edtico en coordinaci\u00f3n con las dependencias del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar \u00a0con las entidades del Sector Administrativo del Interior y con las entidades \u00a0del Estado que lo requieran, la presentaci\u00f3n de respuestas a cuestionarios y \u00a0citaciones de control pol\u00edtico que el Ministro deba atender en el Congreso de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Mantener \u00a0actualizada la base de datos de los proyectos de Acto Legislativo y de ley que \u00a0cursan en el Congreso de la Rep\u00fablica, con el fin de generar informaci\u00f3n sobre \u00a0el estado y desarrollo de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover, \u00a0realizar y presentar los an\u00e1lisis, estudios e investigaciones de apoyo que \u00a0requiera el Ministro, con respecto a la actividad legislativa y de control \u00a0pol\u00edtico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar el \u00a0desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la \u00a0observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Atender \u00a0las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. \u00a0Funciones de la Secretar\u00eda General. \u00a0Son funciones de la Secretar\u00eda General las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir al \u00a0Ministro en la determinaci\u00f3n de las pol\u00edticas, objetivos y estrategias \u00a0relacionadas con la administraci\u00f3n del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir \u00a0la ejecuci\u00f3n de los programas y actividades relacionadas con los asuntos \u00a0financieros y contables, contrataci\u00f3n p\u00fablica, soporte t\u00e9cnico inform\u00e1tico, \u00a0servicios administrativos y gesti\u00f3n documental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Trazar \u00a0las pol\u00edticas y programas de administraci\u00f3n de personal, bienestar social, \u00a0selecci\u00f3n, registro y control, capacitaci\u00f3n, incentivos y desarrollo del \u00a0talento humano y dirigir su gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Presidir \u00a0el Comit\u00e9 de Gerencia del Ministerio del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Gestionar \u00a0la consecuci\u00f3n de recursos para el desarrollo de los planes, programas y \u00a0proyectos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Velar por \u00a0el funcionamiento de la prestaci\u00f3n del servicio al ciudadano y por la atenci\u00f3n \u00a0de quejas y reclamos que presenten los ciudadanos sobre el desempe\u00f1o de las \u00a0dependencias o personas que laboran en el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar \u00a0al Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico el Programa Anual de Caja, de \u00a0conformidad con las obligaciones financieras adquiridas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir la elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del Plan de Compras del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir y orientar el mantenimiento y \u00a0mejoramiento de los bienes del Ministerio del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Hacer seguimiento a \u00a0la correcta ejecuci\u00f3n, contabilizaci\u00f3n y rendici\u00f3n de informes y cuentas \u00a0fiscales, presupuestales y contables, de los recursos asignados al Ministerio \u00a0directamente o a sus fondos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar el grupo \u00a0encargado de las investigaciones de car\u00e1cter disciplinario que se adelanten \u00a0contra los funcionarios del Ministerio y resolverlas en primera instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir, coordinar, \u00a0controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisici\u00f3n, \u00a0almacenamiento, custodia, distribuci\u00f3n e inventarios de los elementos, equipos \u00a0y dem\u00e1s bienes necesarios para el funcionamiento normal del Ministerio y sus \u00a0fondos, velando especialmente por que se cumplan las normas vigentes sobre \u00a0estas materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dise\u00f1ar los procesos \u00a0de organizaci\u00f3n, estandarizaci\u00f3n de m\u00e9todos, elaboraci\u00f3n de manuales de \u00a0funciones y todas aquellas actividades relacionadas con la racionalizaci\u00f3n de \u00a0procesos administrativos del Ministerio, en coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora \u00a0de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Apoyar la \u00a0orientaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y el ejercicio del control administrativo de las \u00a0entidades adscritas y vinculadas al Ministerio, conforme a la normatividad \u00a0sobre la materia y a las instrucciones que le imparta el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Apoyar la gesti\u00f3n \u00a0operativa del Fondo para la Participaci\u00f3n y el Fortalecimiento de la Democracia \u00a0en cumplimiento de las disposiciones legales, directamente y a trav\u00e9s de las \u00a0\u00e1reas a cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Atender las \u00a0peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Apoyar el desarrollo \u00a0y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia \u00a0de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Contractual. \u00a0Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Contractual, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar y adelantar \u00a0todos los tr\u00e1mites y procedimientos relacionados con la gesti\u00f3n contractual del \u00a0Ministerio, del Fondo Nacional para la Seguridad y la Convivencia Ciudadana, el \u00a0Fondo para la Participaci\u00f3n y el Fortalecimiento de la Democracia, el Fondo de \u00a0Protecci\u00f3n de Justicia y el Fondo para la Lucha contra la Trata de Personas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar los t\u00e9rminos \u00a0de referencia o pliegos de condiciones para los procesos de contrataci\u00f3n que lo \u00a0requieran, y los contratos y convenios que requiera el Ministerio o sus fondos, \u00a0y velar por su perfeccionamiento, legalizaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las dem\u00e1s dependencias del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar y presentar \u00a0los informes que le sean solicitados a nivel interno o por las distintas \u00a0entidades u organismos del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proyectar los actos \u00a0administrativos y dem\u00e1s documentos que se originen con ocasi\u00f3n de la gesti\u00f3n \u00a0precontractual, contractual y poscontractual del Ministerio y sus fondos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proyectar las \u00a0respuestas a consultas y derechos de petici\u00f3n en materia contractual, sin \u00a0perjuicio de la obligaci\u00f3n que le asiste a los supervisores de los contratos \u00a0del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar a los supervisores \u00a0de los contratos en el an\u00e1lisis jur\u00eddico de las actuaciones que deben \u00a0desarrollar en cumplimiento de sus funciones de vigilancia y control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Revisar los informes \u00a0de supervisi\u00f3n, la vigencia de las garant\u00edas contractuales, y adelantar las \u00a0actuaciones correspondientes para propender por la adecuada ejecuci\u00f3n de los \u00a0contratos, en el marco de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar el desarrollo y \u00a0sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia \u00a0de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Atender las \u00a0peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Modificado \u00a0por el Decreto 1152 de 2022, \u00a0art\u00edculo 6\u00ba. Funciones de la Subdirecci\u00f3n de Proyectos para la Seguridad y \u00a0Convivencia Ciudadana. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Proyectos para la \u00a0Seguridad y Convivencia Ciudadana, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar la definici\u00f3n de \u00a0lineamientos en materia de infraestructura que se requiera para ejecutar los \u00a0proyectos de seguridad y convivencia ciudadana y dem\u00e1s bienes requeridos para \u00a0el cumplimiento de los objetivos del sector interior, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0dependencias internas y los entes externos involucrados en cada tem\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar el seguimiento \u00a0t\u00e9cnico y presupuestal a los convenios y proyectos para propiciar la seguridad \u00a0y convivencia ciudadana de las que sea parte el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Adelantar las gestiones \u00a0tendientes a adquirir los inmuebles, bienes y servicios necesarios para el \u00a0desarrollo de los planes y programas de infraestructura del Ministerio, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Contractual, y emitir conceptos \u00a0t\u00e9cnicos en relaci\u00f3n con la situaci\u00f3n de los mismos y su aptitud y viabilidad \u00a0para los fines propuestos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Brindar asistencia t\u00e9cnica a \u00a0los entes territoriales, los organismos de seguridad del Estado y la Polic\u00eda \u00a0Nacional en las actividades relacionadas con la definici\u00f3n de las obras de \u00a0infraestructura para propiciar la seguridad y convivencia ciudadana en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar las gestiones \u00a0tendientes a realizar mejoras, deslindes, servidumbres y otras actuaciones de \u00a0saneamiento predial para el desarrollo de los planes y programas de \u00a0infraestructura del Ministerio de acuerdo con la normatividad sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar a las diferentes \u00a0dependencias del Ministerio en temas de ejecuci\u00f3n de proyectos de \u00a0infraestructura para la seguridad y convivencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar las actividades \u00a0encaminadas a revisar la aptitud de los inmuebles destinados a la construcci\u00f3n \u00a0u operaci\u00f3n de las obras de infraestructura para el orden p\u00fablico y la \u00a0seguridad y convivencia ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar la \u00a0planeaci\u00f3n presupuestal de los recursos del Fondo Nacional de Seguridad y \u00a0Convivencia Ciudadana- FONSECON en cada vigencia, as\u00ed como hacer seguimiento a \u00a0la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Orientar el dise\u00f1o t\u00e9cnico, \u00a0escalabilidad, compatibilidad y proyecci\u00f3n tecnol\u00f3gica de los Sistemas Integrados \u00a0de Emergencias y Seguridad SIES e Infraestructura conforme a las necesidades \u00a0particulares del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Apoyar el desarrollo y \u00a0sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia \u00a0de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Atender las peticiones y \u00a0consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 23: Funciones de la Subdirecci\u00f3n de Infraestructura. \u00a0Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Infraestructura, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Numeral \u00a0modificado por el Decreto 1835 de 2012, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Apoyar la definici\u00f3n \u00a0de lineamientos en materia de infraestructura que se requiera para ejecutar los \u00a0proyectos de seguridad y convivencia ciudadana y dem\u00e1s bienes requeridos para el \u00a0cumplimiento de los objetivos del sector interior, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0dependencias internas y los entes externos involucrados en cada tem\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 1: \u00a0\u201cApoyar la definici\u00f3n de lineamientos en materia de infraestructura que se \u00a0requiera para ejecutar los proyectos de seguridad y convivencia ciudadana, \u00a0sistema penitenciario y cancelario y dem\u00e1s bienes requeridos para el \u00a0cumplimiento de los objetivos del Sector Interior y del Sector Justicia y del \u00a0Derecho, en coordinaci\u00f3n con las dependencias internas y los entes externos \u00a0involucrados en cada tem\u00e1tica.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar seguimiento t\u00e9cnico y presupuestal \u00a0a la ejecuci\u00f3n de las obras y proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Adelantar las gestiones tendientes a \u00a0adquirir los inmuebles, bienes y servicios necesarios para el desarrollo de los \u00a0planes y programas de infraestructura del Ministerio, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Contractual, y emitir conceptos t\u00e9cnicos en relaci\u00f3n \u00a0con la situaci\u00f3n de los mismos y su aptitud y viabilidad para los fines \u00a0propuestos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar a los entes territoriales, los \u00a0organismos de seguridad del Estado y la Polic\u00eda Nacional en las actividades \u00a0relacionadas con la definici\u00f3n de las obras de infraestructura para propiciar \u00a0la seguridad y convivencia ciudadana en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar las gestiones tendientes a \u00a0realizar mejoras, deslindes, servidumbres y otras actuaciones de saneamiento \u00a0predial para el desarrollo de los planes y programas de infraestructura del \u00a0Ministerio de acuerdo con la normatividad sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar y apoyar a las diferentes \u00a0dependencias del Ministerio en temas de infraestructura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Desarrollar las actividades encaminadas a garantizar \u00a0la aptitud de los inmuebles destinados a la construcci\u00f3n u operaci\u00f3n de las \u00a0obras de infraestructura para el orden p\u00fablico y la seguridad y convivencia \u00a0ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Atender las peticiones y consultas \u00a0relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s funciones asignadas que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Funciones de la Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n \u00a0Humana. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Humana, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir el proceso \u00a0gerencial \u201cGesti\u00f3n del Talento Humano\u201d, con sus tres componentes de planeaci\u00f3n, \u00a0gesti\u00f3n y desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar a la \u00a0Secretar\u00eda General en los elementos conceptuales y t\u00e9cnicos necesarios para la \u00a0formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes, programas y estrategias de gesti\u00f3n y proyecci\u00f3n \u00a0del talento humano del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Formular, ejecutar y \u00a0evaluar los planes estrat\u00e9gicos y programas para la gesti\u00f3n del talento humano \u00a0en sus fases de ingreso, permanencia y retiro de los funcionarios del \u00a0Ministerio, de conformidad con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar, dirigir, \u00a0administrar y evaluar los programas de formaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n, incentivos, \u00a0bienestar, salud ocupacional y desarrollo de los servidores p\u00fablicos del \u00a0Ministerio, de acuerdo con lo previsto en la ley y en el Plan Nacional de \u00a0Formaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar y apoyar, \u00a0en conjunto con la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n, el procedimiento relacionado \u00a0con los Acuerdos de Gesti\u00f3n que suscriban los gerentes p\u00fablicos del Ministerio, \u00a0de acuerdo con lo previsto en la ley y los procedimientos internos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Custodiar, \u00a0sistematizar y mantener actualizadas las historias laborales de todos los \u00a0funcionarios del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar e implantar \u00a0el plan anual de vacantes del Ministerio con destino al Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asesorar al Ministro \u00a0en el ejercicio del control administrativo y de las atribuciones de suprema \u00a0direcci\u00f3n del sector en relaci\u00f3n con el talento humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar el desarrollo \u00a0y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia \u00a0de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Atender las \u00a0peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que se le asignen \u00a0y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Funciones de la Subdirecci\u00f3n Administrativa \u00a0y Financiera. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n Administrativa y \u00a0Financiera, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en la \u00a0elaboraci\u00f3n del anteproyecto de presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Consolidar el \u00a0programa anual de caja mensualizado del Ministerio y sus fondos, de acuerdo con \u00a0las programaciones presentadas por las dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar el plan de \u00a0compras y adelantar las actuaciones tendientes a su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Planear, programar, \u00a0controlar y supervisar los procedimientos de almacenamiento, aseguramiento, \u00a0suministro, custodia, distribuci\u00f3n y baja de los bienes necesarios para el buen \u00a0funcionamiento del Ministerio y sus fondos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar, supervisar \u00a0y controlar el sistema de gesti\u00f3n documental de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar y \u00a0supervisar el funcionamiento y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles \u00a0puestos a disposici\u00f3n del Ministerio o sus fondos, a cualquier t\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar, planear, y \u00a0controlar las actividades relacionadas con los asuntos financieros de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Gestionar, aplicar y \u00a0controlar los recursos financieros asignados al Ministerio, al Fondo Nacional \u00a0de Seguridad y Convivencia Ciudadana -Fonsecon, al Fondo de Protecci\u00f3n de \u00a0Justicia y al Fondo Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Garantizar la \u00a0correcta ejecuci\u00f3n, contabilizaci\u00f3n y rendici\u00f3n de informes fiscales, \u00a0presupuestales, contables y de tesorer\u00eda, y patrimoniales del Ministerio y sus \u00a0fondos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Elaborar el balance \u00a0del Ministerio y sus fondos, y presentarlos de acuerdo con las normas vigentes \u00a0a la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n y al Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Efectuar los pagos \u00a0de las obligaciones de la entidad de conformidad con las normas legales \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Garantizar la \u00a0sostenibilidad del sistema contable de los estados financieros del Ministerio y \u00a0sus fondos, en cumplimiento de la normatividad emitida por la Contadur\u00eda \u00a0General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Hacer seguimiento y \u00a0controlar la ejecuci\u00f3n de los recursos del Ministerio y del Fondo para la \u00a0Participaci\u00f3n y el Fortalecimiento de la Democracia y los dem\u00e1s fondos, y la de \u00a0los recursos entregados en administraci\u00f3n a terceros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Realizar las \u00a0evaluaciones financieras a las propuestas presentadas en los procesos de \u00a0contrataci\u00f3n del Ministerio y del Fondo de Participaci\u00f3n y del Fortalecimiento \u00a0de la Democracia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Aplicar y realizar \u00a0las operaciones en los sistemas de informaci\u00f3n establecidos para el cierre de \u00a0cada vigencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Apoyar el desarrollo \u00a0y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia \u00a0de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Atender las \u00a0peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fondos como Sistema de Manejo Especial de Cuentas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia \u00a0Ciudadana, Fonsecon. El Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia \u00a0Ciudadana &#8211; Fonsecon- creado mediante la Ley 418 de 1997, \u00a0continuar\u00e1 funcionando como una cuenta especial sin personer\u00eda jur\u00eddica, \u00a0administrada por el Ministerio del Interior como un sistema separado de cuentas \u00a0cuyo objetivo es realizar gastos destinados a propiciar la seguridad ciudadana \u00a0y la preservaci\u00f3n del orden p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cuando para \u00a0cumplir el objetivo antes mencionado se requiera la construcci\u00f3n de obras de \u00a0infraestructura, las mismas se realizar\u00e1n con recursos de Fonsecon, de acuerdo \u00a0con la reglamentaci\u00f3n vigente para tal efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Sector \u00a0Administrativo de Justicia y del Derecho continuar\u00e1 teniendo participaci\u00f3n en \u00a0la asignaci\u00f3n de recursos para los proyectos de infraestructura que desde el \u00a0\u00e1mbito de su competencia guarden relaci\u00f3n con el objeto del Fondo. El \u00a0presupuesto ser\u00e1 definido a trav\u00e9s de un comit\u00e9 interministerial conformado por \u00a0el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia y del Derecho o sus \u00a0delegados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los recursos, \u00a0funciones y dem\u00e1s asuntos concernientes a su administraci\u00f3n continuar\u00e1n \u00a0rigi\u00e9ndose por las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. \u00a0Fondo Nacional para la Lucha contra la \u00a0Trata de Personas. El Fondo Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas, \u00a0creado mediante la Ley 985 de 2005, \u00a0continuar\u00e1 funcionando como una cuenta especial sin personer\u00eda jur\u00eddica \u00a0administrada por el Ministerio del Interior como un sistema separado de \u00a0cuentas, cuyo objetivo es atender gastos tendientes a propiciar la prevenci\u00f3n, \u00a0protecci\u00f3n y asistencia de las v\u00edctimas y posibles v\u00edctimas de la trata de \u00a0personas, el fortalecimiento de la investigaci\u00f3n judicial y la acci\u00f3n policiva \u00a0y el fortalecimiento de la cooperaci\u00f3n internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0recursos, funciones y dem\u00e1s asuntos concernientes a su administraci\u00f3n \u00a0continuar\u00e1n rigi\u00e9ndose por las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. \u00a0Fondo de Protecci\u00f3n de Justicia. Para \u00a0la protecci\u00f3n de funcionarios y ex funcionarios expuestos a niveles de riesgo \u00a0por raz\u00f3n del ejercicio de funciones p\u00fablicas, en especial de altos \u00a0funcionarios pertenecientes a la Rama Judicial y del Ministerio P\u00fablico y los \u00a0encargados de la investigaci\u00f3n y juzgamiento de graves violaciones de los \u00a0derechos humanos, previos los estudios de seguridad efectuados por las \u00a0autoridades competentes, el Ministerio del Interior contar\u00e1 con un fondo o \u00a0sistema especial separado de manejo de cuentas, sin personer\u00eda jur\u00eddica, ni \u00a0estructura administrativa, ni planta de personal, cuya denominaci\u00f3n ser\u00e1 Fondo \u00a0de Protecci\u00f3n de Justicia, de que trata el Decreto ley 200 de \u00a02003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Polic\u00eda \u00a0Nacional, el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, o las entidades que \u00a0hagan sus veces, colaborar\u00e1n con las entidades enunciadas en el inciso \u00a0anterior, en la funci\u00f3n de seguridad de los funcionarios y ex funcionarios que \u00a0lo requieran y auxiliar\u00e1n a las mismas en la formulaci\u00f3n de sus esquemas de \u00a0seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0recursos, funciones y dem\u00e1s asuntos concernientes a la administraci\u00f3n \u00a0continuar\u00e1n rigi\u00e9ndose por las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00d3rganos de asesor\u00eda y de coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. \u00a0\u00d3rganos de coordinaci\u00f3n y asesor\u00eda. El \u00a0Comit\u00e9 Sectorial de Desarrollo Administrativo, el Comit\u00e9 de Gerencia, la \u00a0Comisi\u00f3n de Personal, y el Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno, y dem\u00e1s \u00f3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n que se organicen e integren \u00a0cumplir\u00e1n sus funciones de conformidad con lo se\u00f1alado en las Leyes 909 de 2004, 87 de 1993 y las dem\u00e1s \u00a0disposiciones legales y reglamentarias vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro \u00a0determinar\u00e1 la conformaci\u00f3n y funciones del \u00d3rgano Asesor -Comit\u00e9 de Gerencia-. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. \u00a0Comit\u00e9 de Gerencia. El Comit\u00e9 \u00a0de Gerencia del Ministerio del Interior, ser\u00e1 la instancia encargada de velar \u00a0por el buen funcionamiento interno de la entidad y de asegurar una visi\u00f3n \u00a0integral de la gesti\u00f3n de sus dependencias y del Sector Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para el \u00a0efecto, el Comit\u00e9 de Gerencia revisar\u00e1 los asuntos de inter\u00e9s institucional que \u00a0puedan impactar en la organizaci\u00f3n, analizar\u00e1 el desempe\u00f1o institucional del \u00a0Ministerio y efectuar\u00e1 las recomendaciones de acciones de intervenci\u00f3n y de \u00a0revisi\u00f3n de pol\u00edticas internas a que haya lugar, con el prop\u00f3sito de lograr un \u00a0desempe\u00f1o institucional arm\u00f3nico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 de \u00a0Gerencia, estar\u00e1 integrado por los servidores p\u00fablicos que designe el Ministro, \u00a0deber\u00e1 adoptar su propio reglamento en el cual se establezcan, entre otros \u00a0aspectos, sus funciones, la periodicidad de sus reuniones, la asistencia de \u00a0invitados a las mismas y la forma de adopci\u00f3n de sus decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones transitorias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. \u00a0Ejercicio transitorio de funciones. El \u00a0Ministerio del Interior continuar\u00e1 ejerciendo las funciones relativas a la \u00a0protecci\u00f3n de personas expuestas a riesgos extraordinarios o extremos de la \u00a0Direcci\u00f3n de Derechos Humanos, de que trata el Decreto 4530 de 2008, \u00a0a trav\u00e9s de un grupo de trabajo adscrito a la Direcci\u00f3n de Derechos Humanos, \u00a0hasta tanto entre en funcionamiento la entidad que asumir\u00e1 dichas funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, \u00a0las funciones relativas a la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n del Riesgo, de que trata el Decreto 4530 de 2008, \u00a0las continuar\u00e1 ejerciendo el Ministerio del Interior a trav\u00e9s de un grupo de \u00a0trabajo adscrito al despacho del Ministro, hasta tanto entre en funcionamiento \u00a0la entidad que asumir\u00e1 dichas funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VI \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones finales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. \u00a0Adopci\u00f3n planta de personal. El \u00a0Gobierno Nacional, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales \u00a0proceder\u00e1 a adoptar la Planta de Personal del Ministerio del Interior, de \u00a0conformidad con la estructura establecida en el presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. \u00a0Transferencia de bienes, derechos y \u00a0obligaciones. A partir de la fecha de entrada en vigencia del presente \u00a0decreto se entienden transferidos a t\u00edtulo gratuito por ministerio de la ley, \u00a0todos los bienes muebles e inmuebles, derechos y obligaciones del Ministerio \u00a0del Interior y de Justicia al Ministerio del Interior, que tengan relaci\u00f3n con \u00a0las funciones establecidas para este Ministerio en las normas legales y en el \u00a0presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los bienes \u00a0estar\u00e1n identificados en las Actas que para el efecto suscriba el representante \u00a0legal del Ministerio o su delegado, las cuales ser\u00e1n registradas en la \u00a0respectiva oficina de Registro, cuando a ello hubiere lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34. \u00a0Entrega de archivos. Los \u00a0servidores que desempe\u00f1en empleos o cargos de manejo y confianza y los \u00a0responsables de los archivos del Ministerio del Interior, deben adelantar las \u00a0gestiones necesarias para hacer entrega de los mismos, debidamente \u00a0inventariados, de competencia del Ministerio de Justicia y del Derecho, en los \u00a0t\u00e9rminos se\u00f1alados por la ley y acorde con las indicaciones que fijen los \u00a0Secretarios Generales de los Ministerios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 35. \u00a0Contratos y convenios vigentes. Los \u00a0contratos y convenios actualmente vigentes, celebrados por el Ministerio del \u00a0Interior y de Justicia, cuyo objeto corresponda a las funciones y actividades \u00a0propias del Ministerio de Justicia y del Derecho, se entienden subrogados a \u00a0esta entidad, la cual continuar\u00e1 con su ejecuci\u00f3n en los mismos t\u00e9rminos y \u00a0condiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministerio del Interior, continuar\u00e1 ejecutando, hasta el 31 de diciembre de 2011, \u00a0en lo pertinente las apropiaciones comprometidas por el Ministerio del Interior \u00a0y de Justicia con anterioridad a la expedici\u00f3n del presente decreto. El mismo \u00a0procedimiento se aplicar\u00e1 para la ejecuci\u00f3n de las cuentas por pagar y las \u00a0reservas presupuestales de las vigencias fiscales de 2010 y 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0documentaci\u00f3n relacionada con dichos contratos debe allegarse a la Secretar\u00eda \u00a0General del Ministerio de Justicia y del Derecho, en el t\u00e9rmino que se fije \u00a0para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Aquellos \u00a0contratos y convenios que por su naturaleza y objeto no sea posible enmarcarlos \u00a0dentro de las funciones del Ministerio de Justicia y del Derecho, por \u00a0corresponder a una actividad de car\u00e1cter transversal, teniendo en cuenta las \u00a0necesidades del servicio continuar\u00e1n su ejecuci\u00f3n en el Ministerio del \u00a0Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 36. \u00a0Procesos contractuales. Los \u00a0procesos contractuales actualmente en curso del Ministerio del Interior y de \u00a0Justicia cuyo objeto verse sobre las funciones y actividades propias del \u00a0Ministerio del Interior ser\u00e1n asumidos por esta entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 37. \u00a0Transferencia de procesos judiciales, \u00a0de cobro coactivo y disciplinarios. Los procesos judiciales, de cobro \u00a0coactivo y disciplinarios en los que sea parte el Ministerio del Interior y de \u00a0Justicia quedar\u00e1n a cargo del Ministerio del Interior salvo aquellos que por su \u00a0naturaleza, objeto o sujeto procesal deban ser adelantados por el Ministerio de \u00a0Justicia y del Derecho, los cuales le ser\u00e1n transferidos dentro de los tres (3) \u00a0meses siguientes a la entrada en vigencia del presente decreto lo cual constar\u00e1 \u00a0en las Actas que se suscriban para el efecto. El Ministerio del Interior \u00a0adelantar\u00e1 y continuar\u00e1 con las acciones y tr\u00e1mites propios de cada proceso \u00a0hasta tanto se haga efectiva la mencionada transferencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 38. \u00a0Referencias normativas. Todas \u00a0las referencias que hagan las disposiciones legales y reglamentarias vigentes \u00a0al Ministerio del Interior y de Justicia, deben entenderse referidas al \u00a0Ministerio del Interior, si se relacionan con las funciones asignadas en este \u00a0decreto al Ministerio del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De igual \u00a0forma, las referencias que hagan las disposiciones vigentes al Ministro del \u00a0Interior y de Justicia como asistente, integrante o miembro de consejos, \u00a0comisiones, juntas, mesas u otras instancias de deliberaci\u00f3n, relacionados con \u00a0los temas de competencia del Ministerio del Interior, deben entenderse \u00a0referidas al Ministro del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 39. \u00a0Transitorio. El Certificado de \u00a0Disponibilidad Presupuestal para proveer los nombramientos de Ministro, \u00a0Viceministro, Secretario General y Jefe de Presupuesto o quien haga sus veces, \u00a0de los Ministerios del Interior y de Justicia y del Derecho, ser\u00e1 expedido por \u00a0el Jefe de Presupuesto o por quien haga sus veces del Ministerio del Interior y \u00a0de Justicia, con cargo a los respectivos presupuestos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 40. \u00a0Vigencia. El presente decreto \u00a0rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n, deroga en lo pertinente el Decreto 200 de 2003 \u00a0con excepci\u00f3n de los art\u00edculos 23 al 35 los cuales mantendr\u00e1n vigencia con las modificaciones \u00a0efectuadas por el presente decreto y en lo pertinente el Decreto 4530 de 2008, \u00a0salvo las funciones relativas a la protecci\u00f3n de personas expuestas a riesgos \u00a0extraordinarios o extremos de la Direcci\u00f3n de Derechos Humanos y las funciones \u00a0relativas a la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n del Riesgo, hasta tanto entren en \u00a0funcionamiento las entidades que asumir\u00e1n dichas funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 11 de agosto de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior y de Justicia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Germ\u00e1n Vargas Lleras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Carlos Echeverry Garz\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Elizabeth Rodr\u00edguez Taylor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2893 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0 (agosto 11) \u00a0 \u00a0 D.O. 48.158, \u00a0agosto 11 de 2011 \u00a0 \u00a0 por \u00a0el cual se modifican los objetivos, la estructura org\u00e1nica y funciones del Ministerio \u00a0del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior. \u00a0 \u00a0 Nota \u00a01: Modificado por el Decreto 1152 de 2022, \u00a0por el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[66],"tags":[],"class_list":["post-43594","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2011"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43594","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43594"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43594\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43594"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43594"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43594"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}