{"id":43598,"date":"2023-08-02T16:16:34","date_gmt":"2023-08-02T16:16:34","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-2897-de-2011\/"},"modified":"2023-08-02T16:16:34","modified_gmt":"2023-08-02T16:16:34","slug":"decreto-2897-de-2011","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-2897-de-2011\/","title":{"rendered":"DECRETO 2897 DE 2011"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2897 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(agosto 11) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a048.158, agosto 11 de 2011 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se determinan los objetivos, \u00a0la estructura org\u00e1nica, las funciones del Ministerio de Justicia y del Derecho \u00a0y se integra el Sector Administrativo de Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Modificado por el Decreto 1427 de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Derogado parcialmente por \u00a0la Ley 1849 de 2017 y por \u00a0el Decreto 272 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 3: Adicionado por la Ley 1787 de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 4: Ver Decreto 1069 de 2015. \u00a0Ver Decreto 1068 de 2019, \u00a0art\u00edculo 2.5.5.11.3. Ver Decreto 4800 de 2011, \u00a0art\u00edculo 259. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0las facultades extraordinarias que le confiere el literal b) del art\u00edculo 18 de \u00a0la Ley 1444 de 2011, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en virtud del art\u00edculo 1\u00b0 de la Ley 1444 de 2011, se \u00a0escindieron del Ministerio del Interior y de Justicia los objetivos y funciones \u00a0asignados al Despacho del Viceministro de Justicia y del Derecho y a las \u00a0dependencias a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 4\u00b0 de la ley mencionada cre\u00f3 el Ministerio \u00a0de Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en el literal b) del art\u00edculo 18 de la Ley 1444 de 2011 se \u00a0confieren facultades extraordinarias para fijar los objetivos y estructura a \u00a0los Ministerios creados por dicha ley y para integrar los sectores \u00a0administrativos, facultad que se ejercer\u00e1 para el Ministerio de Justicia y del \u00a0Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Objetivos y funciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objetivo. \u00a0El Ministerio de Justicia y del Derecho tendr\u00e1 como objetivo dentro del marco \u00a0de sus competencias formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la \u00a0pol\u00edtica p\u00fablica en materia de ordenamiento jur\u00eddico, defensa y seguridad \u00a0jur\u00eddica, acceso a la justicia formal y alternativa, lucha contra la \u00a0criminalidad, mecanismos judiciales transicionales, prevenci\u00f3n y control del \u00a0delito, asuntos carcelarios y penitenciarios, promoci\u00f3n de la cultura de la \u00a0legalidad, la concordia y el respeto a los derechos, la cual se desarrollar\u00e1 a \u00a0trav\u00e9s de la institucionalidad que comprende el Sector Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministerio de Justicia y del Derecho coordinar\u00e1 las \u00a0relaciones entre la Rama Ejecutiva, la Rama Judicial, el Ministerio P\u00fablico, \u00a0los organismos de control y dem\u00e1s entidades p\u00fablicas y privadas, para el \u00a0desarrollo y consolidaci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica en materia de justicia y del \u00a0derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba: Ver Decreto 1069 de 2015, \u00a0art\u00edculo 1.1.1.1. Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Justicia y del \u00a0Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Funciones. \u00a0Adem\u00e1s de las funciones definidas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en el art\u00edculo \u00a059 de la Ley 489 de 1998 y en \u00a0las dem\u00e1s leyes, el Ministerio de Justicia y del Derecho cumplir\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Articular la formulaci\u00f3n, adopci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y \u00a0evaluaci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica del Sector Administrativo de Justicia y del \u00a0Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar las relaciones entre la Rama Ejecutiva, la \u00a0Rama Judicial, el Ministerio P\u00fablico y los organismos de control para el \u00a0desarrollo y consolidaci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica en materia de justicia y del \u00a0derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Formular, adoptar, promover y coordinar las pol\u00edticas y \u00a0estrategias en: racionalizaci\u00f3n, reforma y defensa del ordenamiento jur\u00eddico; \u00a0gesti\u00f3n jur\u00eddica p\u00fablica del derecho; ejercicio de la profesi\u00f3n de abogado; \u00a0socializaci\u00f3n de la informaci\u00f3n jur\u00eddica; justicia transicional y restaurativa; \u00a0y las que faciliten el acceso a la justicia formal y a la alternativa, en el \u00a0marco del mandato contenido en las normas vigentes, al igual que las de lucha \u00a0contra las drogas il\u00edcitas, lavado de activos, enriquecimiento il\u00edcito, \u00a0financiamiento del terrorismo, administraci\u00f3n de bienes incautados y acciones \u00a0de extinci\u00f3n de dominio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar y coordinar las pol\u00edticas para el ejercicio de \u00a0la funci\u00f3n jurisdiccional a cargo de autoridades administrativas y \u00a0particulares, de conformidad con lo que disponga la ley, orientar la \u00a0presentaci\u00f3n de resultados y proponer el mejoramiento de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejercer excepcionalmente en los t\u00e9rminos que se\u00f1alan el \u00a0inciso tercero del art\u00edculo 116 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0en las materias precisas determinadas en la ley, la funci\u00f3n jurisdiccional del \u00a0Ministerio de Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar, hacer seguimiento y evaluar la pol\u00edtica en \u00a0materia criminal, carcelaria y penitenciaria, en la prevenci\u00f3n del delito y las \u00a0acciones contra la criminalidad organizada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover las normas legales y reglamentarias, la \u00a0protecci\u00f3n jur\u00eddica, garant\u00eda y restablecimiento de los derechos de ni\u00f1os, \u00a0ni\u00f1as y adolescentes, en coordinaci\u00f3n con el Instituto Colombiano de Bienestar \u00a0Familiar \u2013ICBF\u2013 bajo los principios de inter\u00e9s superior, protecci\u00f3n integral y \u00a0enfoque diferencial, y las dem\u00e1s entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar la pol\u00edtica y promover los instrumentos aplicables \u00a0dentro del sistema de responsabilidad penal para adolescentes, hacer \u00a0seguimiento y evaluar su aplicaci\u00f3n atendiendo su car\u00e1cter especializado, su \u00a0finalidad restaurativa y los acuerdos internacionales en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Participar en el dise\u00f1o de las pol\u00edticas relacionadas \u00a0con la protecci\u00f3n de la fe p\u00fablica en materia de notariado y registro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Gestionar alianzas con los organismos de cooperaci\u00f3n \u00a0nacional e internacional para el fortalecimiento del Sector Administrativo de \u00a0Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Administrar los Fondos de Infraestructura Carcelaria y \u00a0de Lucha contra las Drogas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar ante las dem\u00e1s instancias de la Rama Ejecutiva, \u00a0a la Rama Judicial del Poder P\u00fablico en la soluci\u00f3n de las necesidades para su \u00a0funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s funciones asignadas por la Constituci\u00f3n y la \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Integraci\u00f3n \u00a0del Sector Administrativo de Justicia y del Derecho. El Sector \u00a0Administrativo de Justicia y del Derecho est\u00e1 integrado por el Ministerio de \u00a0Justicia y del Derecho y las siguientes entidades adscritas y vinculadas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Entidades Adscritas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Establecimiento P\u00fablico: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1.1. \u00a0Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Unidad Administrativa Especial con personer\u00eda jur\u00eddica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2.1. Direcci\u00f3n Nacional de Estupefacientes \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Superintendencia con personer\u00eda jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3.1. Superintendencia de Notariado y Registro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Direcci\u00f3n. \u00a0La Direcci\u00f3n del Ministerio de Justicia y del Derecho estar\u00e1 a cargo del \u00a0Ministro de Justicia y del Derecho, quien la ejercer\u00e1 con la inmediata \u00a0colaboraci\u00f3n de los Viceministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De la estructura y funciones de sus dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Estructura. \u00a0La estructura del Ministerio de Justicia y del Derecho ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Ministro de Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Oficina de Asuntos Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina de Informaci\u00f3n en Justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.5. Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Viceministro de Promoci\u00f3n de la Justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n de M\u00e9todos Alternativos de Soluci\u00f3n de \u00a0Conflictos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de Justicia Formal y Jurisdiccional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de Desarrollo del Derecho y del \u00a0Ordenamiento Jur\u00eddico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Despacho del Viceministro de Pol\u00edtica Criminal y \u00a0Justicia Restaurativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Direcci\u00f3n de Justicia Transicional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Direcci\u00f3n de Pol\u00edtica Criminal y Penitenciaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Direcci\u00f3n de Pol\u00edtica Contra las Drogas y Actividades \u00a0Relacionadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3.1. Subdirecci\u00f3n de Control y Fiscalizaci\u00f3n de \u00a0Sustancias Qu\u00edmicas y Estupefacientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3.2. Subdirecci\u00f3n Estrat\u00e9gica y de An\u00e1lisis. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Subdirecci\u00f3n de Sistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. Comit\u00e9 Sectorial de Desarrollo Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3. Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4. Comit\u00e9 de Gerencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Funciones \u00a0del Despacho del Ministro de Justicia y del Derecho. El Ministro de \u00a0Justicia y del Derecho, adem\u00e1s de las se\u00f1aladas por la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0en el art\u00edculo 61 de la Ley 489 de 1998, \u00a0cumplir\u00e1 las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular las pol\u00edticas en los temas de competencia del \u00a0Ministerio de Justicia y del Derecho, bajo la direcci\u00f3n del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar las relaciones entre la Rama Ejecutiva, la \u00a0Rama Judicial, el Ministerio P\u00fablico y los organismos de control para el \u00a0desarrollo y consolidaci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica en materia de justicia y del \u00a0derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la formulaci\u00f3n y hacer seguimiento a las \u00a0pol\u00edticas, planes, programas y proyectos del Sector Administrativo de Justicia \u00a0y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ejercer la representaci\u00f3n legal del Ministerio de \u00a0Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar, orientar y hacer seguimiento a la planeaci\u00f3n \u00a0estrat\u00e9gica del Ministerio de Justicia y del Derecho y del Sector \u00a0Administrativo de Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Evaluar en forma permanente y adelantar el seguimiento \u00a0de la ejecuci\u00f3n de los compromisos internacionales en las materias de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar, orientar e impulsar los proyectos de actos \u00a0legislativos y de ley ante el Congreso de la Rep\u00fablica, en las materias \u00a0relacionadas con los objetivos, misi\u00f3n y funciones del Ministerio y coordinar \u00a0el ejercicio de la iniciativa legislativa que tiene el Gobierno Nacional, de \u00a0conformidad con lo dispuesto por el art\u00edculo 154 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0en las materias relativas a la justicia y el derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Aprobar el anteproyecto de presupuesto de inversi\u00f3n, de \u00a0funcionamiento y el proyecto de utilizaci\u00f3n de recursos del cr\u00e9dito p\u00fablico que \u00a0se apropien para el Ministerio de Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Suscribir en nombre de la Naci\u00f3n y de conformidad con \u00a0el Estatuto de Contrataci\u00f3n P\u00fablica y la Ley Org\u00e1nica de Presupuesto, los \u00a0contratos relativos a asuntos propios del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Vigilar el curso de la ejecuci\u00f3n del presupuesto \u00a0correspondiente al Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Promover en colaboraci\u00f3n con las entidades estatales \u00a0competentes, la cooperaci\u00f3n judicial y t\u00e9cnica en los asuntos de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Representar en los asuntos de su competencia, al \u00a0Gobierno Nacional en la ejecuci\u00f3n de tratados y convenios internacionales, de \u00a0acuerdo con las normas legales sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir la administraci\u00f3n de personal conforme a las \u00a0normas sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Ejercer la funci\u00f3n de control disciplinario interno en \u00a0los t\u00e9rminos de la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Crear, conformar y asignar funciones a los \u00f3rganos de \u00a0asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n, as\u00ed como los grupos internos de trabajo necesarios \u00a0para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Ministerio, mediante acto \u00a0administrativo, dentro del marco de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Distribuir entre las diferentes dependencias del \u00a0Ministerio las funciones y competencias que la ley le otorgue a la Entidad, \u00a0cuando las mismas no est\u00e9n asignadas expresamente a alguna de ellas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Implementar, mantener y mejorar el Sistema Integrado \u00a0de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Presidir el Consejo Nacional de Pol\u00edtica Criminal y el \u00a0Consejo Nacional de Estupefacientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Ejercer las funciones que el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica le delegue o las dem\u00e1s que le sean se\u00f1aladas por la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Funciones \u00a0de la Oficina de Asuntos Internacionales. Son funciones de la Oficina de \u00a0Asuntos Internacionales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar la pol\u00edtica general en materia de asistencia \u00a0judicial internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Participar en las negociaciones para la adopci\u00f3n y suscripci\u00f3n \u00a0de instrumentos internacionales en temas del Sector Administrativo de Justicia \u00a0y del Derecho, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores proyectos de tratados e instrumentos internacionales en \u00a0materia de cooperaci\u00f3n judicial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover, realizar y presentar los an\u00e1lisis, estudios e \u00a0investigaciones en materia de asuntos de cooperaci\u00f3n judicial internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9 de \u00a0Repatriaciones de que trata el Decreto 2482 de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Hacer seguimiento a los acuerdos vigentes suscritos y\/o \u00a0ratificados por el Gobierno Nacional en materia de extradiciones y de \u00a0repatriaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar al Ministro en el ejercicio de funciones de \u00a0autoridad central en materia de cooperaci\u00f3n judicial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adelantar los tr\u00e1mites administrativos respectivos, \u00a0para el desarrollo de las funciones de repatriaci\u00f3n, extradici\u00f3n y asistencia \u00a0judicial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Estudiar, tramitar y proyectar, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Oficina Asesora Jur\u00eddica, para la firma del Ministro, los actos administrativos \u00a0que conceden la repatriaci\u00f3n a los colombianos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Estudiar, tramitar y proyectar, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Oficina Asesora Jur\u00eddica, para la firma del Ministro, los actos administrativos \u00a0relativos a las extradiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar la participaci\u00f3n del Ministerio con las \u00a0dem\u00e1s entidades competentes en los espacios y eventos de car\u00e1cter \u00a0internacional, que traten sobre asuntos de su competencia y de cooperaci\u00f3n \u00a0judicial internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Evaluar y coordinar, con las entidades que conforman \u00a0el Sector Administrativo, los programas, planes y proyectos que se desarrollen \u00a0en asuntos de cooperaci\u00f3n judicial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Atender las peticiones y consultas relacionadas con \u00a0asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan por la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Funciones \u00a0de la Oficina de Informaci\u00f3n en Justicia. Son funciones de la Oficina de \u00a0Informaci\u00f3n en Justicia, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Garantizar la aplicaci\u00f3n a nivel sectorial de los \u00a0est\u00e1ndares, buenas pr\u00e1cticas y principios para la informaci\u00f3n estatal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar el plan institucional y orientar la \u00a0elaboraci\u00f3n del plan estrat\u00e9gico sectorial en materia de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar el mapa de informaci\u00f3n sectorial que permita \u00a0contar de manera actualizada y completa con los procesos de producci\u00f3n de \u00a0informaci\u00f3n del Sector y del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar estrategias de generaci\u00f3n y promoci\u00f3n del \u00a0flujo eficiente de informaci\u00f3n sectorial e intersectorial y de servicio al \u00a0ciudadano, en la difusi\u00f3n de la informaci\u00f3n y la promoci\u00f3n de la entidad y del \u00a0Sector, hacia los ciudadanos y organizaciones para rendici\u00f3n de cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Vigilar que en los procesos tecnol\u00f3gicos de la entidad \u00a0y del Sector se tengan en cuenta los est\u00e1ndares y lineamientos dictados por el \u00a0Ministerio de las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones que \u00a0permitan la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas que en materia de informaci\u00f3n expidan \u00a0el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y el Departamento Administrativo \u00a0Nacional de Estad\u00edstica &#8211; DANE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Identificar las dificultades en la implementaci\u00f3n de \u00a0est\u00e1ndares y buenas pr\u00e1cticas y en el cumplimiento de los principios para la \u00a0informaci\u00f3n Estatal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Lograr acuerdos entre las entidades del Sector para \u00a0compartir informaci\u00f3n y mejorar la eficiencia en la producci\u00f3n, recolecci\u00f3n, \u00a0uso y disposici\u00f3n de la informaci\u00f3n de acuerdo con los lineamientos \u00a0estrat\u00e9gicos emitidos por el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, el Ministerio \u00a0de las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones y el DANE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Identificar necesidades de informaci\u00f3n sectoriales, con \u00a0el prop\u00f3sito de ser priorizadas dentro del plan estrat\u00e9gico de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Organizar los procesos internos del Sector en \u00a0producci\u00f3n de informaci\u00f3n para cumplir con las pol\u00edticas, planes, programas y \u00a0proyectos sectoriales teniendo en cuenta los lineamientos para la informaci\u00f3n \u00a0estatal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Apoyar al Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n en la \u00a0expedici\u00f3n de pol\u00edticas, lineamientos, programas, planes y proyectos, para \u00a0lograr altos niveles de eficiencia en la producci\u00f3n de informaci\u00f3n p\u00fablica del \u00a0Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar al DANE en la definici\u00f3n de pol\u00edticas, \u00a0principios y lineamientos, e implementar los est\u00e1ndares y buenas pr\u00e1cticas que \u00a0rigen la informaci\u00f3n estad\u00edstica para lograr altos niveles de eficiencia en la \u00a0producci\u00f3n de informaci\u00f3n estad\u00edstica del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Trabajar de manera coordinada con los responsables de producir informaci\u00f3n \u00a0estatal en las entidades del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Atender las peticiones y consultas relacionadas con \u00a0asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Funciones \u00a0de la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina Asesora \u00a0de Planeaci\u00f3n las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y coordinar el proceso de planeaci\u00f3n del Sector \u00a0Administrativo de Justicia y del Derecho en los aspectos t\u00e9cnicos, econ\u00f3micos y \u00a0administrativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias del \u00a0Ministerio y las entidades del Sector, el Plan de Desarrollo Sectorial, con \u00a0sujeci\u00f3n al Plan Nacional de Desarrollo, los planes estrat\u00e9gicos y de acci\u00f3n, \u00a0el Plan Operativo Anual y Plurianual, los Planes de Desarrollo Administrativo \u00a0Sectorial e institucional y someterlos a aprobaci\u00f3n del Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Hacer el seguimiento a la ejecuci\u00f3n presupuestal de los \u00a0planes, programas y proyectos del Ministerio y del Sector Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar el cumplimiento de los planes, programas y \u00a0proyectos del Ministerio y de las entidades del Sector y elaborar los informes \u00a0de seguimiento y propuesta de ajustes a los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Desarrollar y validar los indicadores de gesti\u00f3n, \u00a0producto e impacto del sector y hacer el seguimiento a trav\u00e9s de los sistemas \u00a0establecidos para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elaborar, consolidar y presentar el anteproyecto de \u00a0presupuesto, como la programaci\u00f3n presupuestal, plurianual del Ministerio y de \u00a0las entidades del Sector y someterlas a aprobaci\u00f3n del Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar a las dependencias del Ministerio y del Sector \u00a0Administrativo en la elaboraci\u00f3n de los proyectos de inversi\u00f3n y viabilizarlos, \u00a0sin perjuicio de la fuente de financiaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n presupuestal y \u00a0viabilizar las modificaciones presupuestales del Ministerio y de las entidades \u00a0del Sector ante el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y el Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar, consolidar y presentar los informes \u00a0requeridos por organismos del Estado y dem\u00e1s agentes externos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Planificar, mantener y hacer el control de la gesti\u00f3n de \u00a0los procesos y procedimientos del Ministerio de Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Elaborar estudios, propuestas e investigaciones de \u00a0car\u00e1cter econ\u00f3mico y financiero, para mejorar la calidad de los servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Orientar y coordinar la implementaci\u00f3n y desarrollo \u00a0del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar la gesti\u00f3n estrat\u00e9gica y operativa de las \u00a0dependencias del Ministerio que tienen a su cargo la administraci\u00f3n de fondos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Recomendar las modificaciones a la estructura \u00a0organizacional del Ministerio y de las entidades del Sector que propendan por \u00a0su modernizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Atender las peticiones y consultas relacionadas con \u00a0asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Funciones \u00a0de la Oficina de Control Interno. Adem\u00e1s de las se\u00f1aladas en las leyes \u00a0vigentes sobre la materia, son funciones de la Oficina de Control Interno o \u00a0quien haga sus veces, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y apoyar al Ministro en el dise\u00f1o, \u00a0implementaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema de Control Interno, y verificar su \u00a0operatividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Desarrollar instrumentos y adelantar estrategias \u00a0orientadas a fomentar una cultura de autocontrol que contribuya al mejoramiento \u00a0continuo en la prestaci\u00f3n de los servicios de competencia del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Aplicar el control de gesti\u00f3n e interpretar sus \u00a0resultados con el objetivo de presentar recomendaciones al Ministro, haciendo \u00a0\u00e9nfasis en los indicadores de gesti\u00f3n dise\u00f1ados y reportados peri\u00f3dicamente por \u00a0la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar el cumplimiento de las pol\u00edticas, normas, \u00a0procedimientos, planes, programas, proyectos y metas del Ministerio, recomendar \u00a0los ajustes pertinentes y efectuar el seguimiento a su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar a las dependencias en la identificaci\u00f3n y \u00a0prevenci\u00f3n de los riesgos que puedan afectar el logro de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar, acompa\u00f1ar y apoyar a los servidores del \u00a0Ministerio en el desarrollo y mejoramiento del Sistema de Control Interno y mantener \u00a0informado al Ministro sobre la marcha del Sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar informes de actividades al Ministro y al \u00a0Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Preparar y consolidar el Informe de Rendici\u00f3n de Cuenta \u00a0Fiscal que debe presentarse anualmente a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica \u00a0al comienzo de cada vigencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y consolidar las respuestas a los \u00a0requerimientos presentados por los organismos de control respecto de la gesti\u00f3n \u00a0del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Apoyar el desarrollo, sostenimiento y mejoramiento \u00a0continuo del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, supervisar su \u00a0efectividad y la observancia de sus recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Oficina \u00a0Asesora Jur\u00eddica. Son funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Contribuir en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas con miras al \u00a0fortalecimiento jur\u00eddico de las dependencias del Ministerio en lo relacionado \u00a0con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Analizar, proyectar y avalar para la firma del Ministro \u00a0o sus delegados, los actos administrativos que este le indique y que deba \u00a0suscribir conforme a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar, estudiar y conceptuar sobre proyectos de actos \u00a0administrativos, consultas al Consejo de Estado, contratos y\/o convenios que \u00a0deba suscribir o proponer la Entidad y sobre los dem\u00e1s asuntos que le asignen, \u00a0en relaci\u00f3n con la naturaleza del Ministerio, en lo de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Representar judicial y extrajudicialmente al Ministerio \u00a0en los procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que este deba \u00a0promover, mediante poder o delegaci\u00f3n recibidos del Ministro y supervisar el \u00a0tr\u00e1mite de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Numeral derogado \u00a0por el Decreto 272 de 2015, \u00a0art\u00edculo 21. Dirigir \u00a0y coordinar las actividades relacionadas con el proceso de jurisdicci\u00f3n \u00a0coactiva y efectuar el cobro a trav\u00e9s de este proceso de las multas impuestas a \u00a0favor de la Naci\u00f3n por parte de las autoridades competentes a quienes sean \u00a0declarados responsables de infringir el Estatuto Nacional de Estupefacientes o \u00a0hacer efectivo ante las autoridades judiciales competentes, los derechos de \u00a0cr\u00e9dito que a su favor tiene y velar porque este se desarrolle de acuerdo con \u00a0la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con las oficinas jur\u00eddicas de las entidades \u00a0del Sector Administrativo de Justicia y del Derecho la elaboraci\u00f3n y sustentaci\u00f3n \u00a0de la normativa, de acuerdo con los par\u00e1metros establecidos por el Ministro y \u00a0los Viceministros, en los temas de car\u00e1cter sectorial y transversal en donde el \u00a0Ministerio tenga inter\u00e9s. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y tramitar los recursos, revocatorias directas \u00a0y, en general, las actuaciones jur\u00eddicas relacionadas con las funciones del \u00a0Ministerio, que no correspondan a otras dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Analizar los proyectos normativos que se presenten a consideraci\u00f3n \u00a0del Ministerio, conceptuar sobre su viabilidad jur\u00eddica y hacer el seguimiento \u00a0correspondiente sobre las iniciativas legislativas de las entidades del Sector \u00a0Administrativo de Justicia y del Derecho y las que se le pongan a \u00a0consideraci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Desarrollo del Derecho y del \u00a0Ordenamiento Jur\u00eddico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar la defensa del ordenamiento jur\u00eddico con la \u00a0Direcci\u00f3n de Desarrollo del Derecho y del Ordenamiento Jur\u00eddico y dem\u00e1s \u00a0dependencias afines con la materia, as\u00ed como con las entidades estatales del \u00a0Sector Administrativo de Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Atender las peticiones y consultas relacionadas con \u00a0asuntos de su competencia y del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Proyectar, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de \u00a0Pol\u00edtica contra las Drogas y actividades relacionadas, los acuerdos y dem\u00e1s \u00a0actos administrativos de competencia del Consejo Nacional de Estupefacientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. De conformidad con la Ley de Extinci\u00f3n de Dominio, \u00a0hacerse parte en los procesos de extinci\u00f3n de dominio y asesorar en la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edticas en materia de extinci\u00f3n de dominio y administraci\u00f3n de \u00a0bienes al Ministro, al Consejo Nacional de Estupefacientes y las comisiones, \u00a0comit\u00e9s operativos y\/o comisiones de coordinaci\u00f3n de car\u00e1cter internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Asesorar en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas al Consejo de \u00a0Pol\u00edtica Criminal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Derogado por la Ley 1849 de 2017, \u00a0art\u00edculo 58. Ejercer, de manera \u00a0subsidiaria, las funciones de polic\u00eda de \u00edndole administrativa o jurisdiccional \u00a0conferidas por la ley en materia de cumplimiento de decisiones judiciales \u00a0proferidas en procesos de extinci\u00f3n de dominio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Realizar seguimiento a los procesos de extinci\u00f3n de \u00a0dominio y ejecutar los actos procesales a que haya lugar de conformidad con la \u00a0normatividad sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Viceministerio \u00a0de Promoci\u00f3n de la Justicia. Son funciones del Viceministro de Promoci\u00f3n \u00a0de la Justicia, adem\u00e1s de las establecidas en el art\u00edculo 62 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y \u00a0trazar directrices, conjuntamente con el Ministro, que orienten el sistema \u00a0jur\u00eddico y su ordenamiento, as\u00ed como la prestaci\u00f3n de los servicios de justicia \u00a0formal y alternativa, a trav\u00e9s de la Rama Judicial, las autoridades \u00a0administrativas y los particulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Promover la creaci\u00f3n de espacios para acciones en \u00a0materia de justicia y del derecho, que involucren a la comunidad en la \u00a0resoluci\u00f3n de los conflictos mediante la utilizaci\u00f3n de los mecanismos formales \u00a0y alternativos de justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir al Ministro en el ejercicio de las funciones \u00a0del Despacho del Ministro de Justicia y del Derecho, en los temas de dise\u00f1o de \u00a0pol\u00edticas, iniciativa legislativa, investigaci\u00f3n y an\u00e1lisis de las materias \u00a0relacionadas con la justicia, propias de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar el ejercicio de la funci\u00f3n jurisdiccional del \u00a0Ministerio de Justicia y del Derecho en los t\u00e9rminos del inciso tercero del \u00a0art\u00edculo 116 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0en las materias precisas determinadas en la ley, la funci\u00f3n jurisdiccional del \u00a0Ministerio de Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar y asistir al Ministro en el dise\u00f1o, an\u00e1lisis, \u00a0impulso y seguimiento a proyectos de ley y actos legislativos ante el Congreso \u00a0de la Rep\u00fablica principalmente en las materias relacionadas con los objetivos, \u00a0misi\u00f3n, y funciones del Ministerio y del Sector Justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar y hacer el seguimiento de las actividades de \u00a0las direcciones del Ministerio, adscritas a su Despacho, para garantizar el \u00a0cabal cumplimiento de sus funciones y de los planes, programas y proyectos del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir y orientar la elaboraci\u00f3n de los informes \u00a0relativos al desarrollo de las pol\u00edticas, planes y programas que deba presentar \u00a0el Ministro a las instancias que lo soliciten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Asistir al Ministro en el ejercicio del direccionamiento estrat\u00e9gico, \u00a0evaluaci\u00f3n y control de la gesti\u00f3n sectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado \u00a0de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito \u00a0de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Participar en la orientaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y en el \u00a0ejercicio del control administrativo de las entidades adscritas y vinculadas al \u00a0Ministerio de Justicia y del Derecho, conforme a la normatividad sobre la \u00a0materia y a las instrucciones que le imparta el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Atender las peticiones y consultas relacionadas con \u00a0asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar las relaciones del Ministerio con las dem\u00e1s \u00a0entidades p\u00fablicas, para la adecuada ejecuci\u00f3n de los planes sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Funciones \u00a0de la Direcci\u00f3n de M\u00e9todos Alternativos de Soluci\u00f3n de Conflictos. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n de M\u00e9todos Alternativos de Soluci\u00f3n de Conflictos, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular, coordinar, divulgar y fomentar pol\u00edticas \u00a0p\u00fablicas para aumentar los niveles de acceso a la Justicia, a trav\u00e9s de los \u00a0mecanismos alternativos de soluci\u00f3n de conflictos y de modelos de \u00a0implementaci\u00f3n regional y local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Promover, evaluar y realizar los an\u00e1lisis, estudios e \u00a0investigaciones necesarios para generar conocimiento y el fortalecimiento de \u00a0las pol\u00edticas de acceso a la justicia a trav\u00e9s de los mecanismos alternativos \u00a0de soluci\u00f3n de conflictos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer nuevos mecanismos de m\u00e9todos alternativos de \u00a0soluci\u00f3n de conflictos en coordinaci\u00f3n con los dem\u00e1s niveles de oferta de \u00a0justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer proyectos de ley o de actos legislativos en \u00a0relaci\u00f3n con acceso a la justicia en materia de mecanismos alternativos de \u00a0soluci\u00f3n de conflictos, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s direcciones y oficinas \u00a0competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Promover el acceso a la justicia para los grupos \u00a0minoritarios y vulnerables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Definir los topes tarifarios de los servicios que \u00a0prestan los Centros de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje, de conformidad con lo \u00a0establecido en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Autorizar la creaci\u00f3n de centros de conciliaci\u00f3n y arbitraje, \u00a0as\u00ed como la creaci\u00f3n de entidades avaladas para impartir formaci\u00f3n en \u00a0Conciliaci\u00f3n Extrajudicial en Derecho, y ejercer funciones de inspecci\u00f3n, \u00a0control y vigilancia de estos centros de conciliaci\u00f3n y\/o arbitraje, y de las \u00a0entidades avaladas para impartir formaci\u00f3n en conciliaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Determinar los par\u00e1metros y metodolog\u00edas de formaci\u00f3n \u00a0de los conciliadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dise\u00f1ar, coordinar, divulgar y fomentar pol\u00edticas \u00a0p\u00fablicas en materia de acceso a la justicia a trav\u00e9s de la conciliaci\u00f3n en \u00a0equidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Acompa\u00f1ar los procesos de implementaci\u00f3n de la \u00a0conciliaci\u00f3n en equidad en todas sus fases. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Conformar y enviar a las entidades judiciales para los \u00a0respectivos nombramientos las listas de conciliadores en equidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Brindar asesor\u00eda t\u00e9cnica y operativa a las \u00a0organizaciones, departamentos y municipios para implementar la conciliaci\u00f3n en \u00a0equidad o mejorar su operaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Implementar y poner en ejecuci\u00f3n el sistema de \u00a0acreditaci\u00f3n de las organizaciones que realizan procesos de implantaci\u00f3n de la \u00a0conciliaci\u00f3n en equidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Apoyar en el dise\u00f1o, coordinaci\u00f3n, divulgaci\u00f3n y \u00a0fomento de la pol\u00edtica p\u00fablica en materia de acceso a la justicia a trav\u00e9s del \u00a0Programa Nacional de Casas de Justicia y del Programa Nacional de Centros de \u00a0Convivencia Ciudadana, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar y articular la oferta de servicios de \u00a0M\u00e9todos Alternativos de Soluci\u00f3n de Conflictos y el modelo de acceso a nivel \u00a0local y regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Fomentar la generaci\u00f3n de espacios de discusi\u00f3n y \u00a0construcci\u00f3n, as\u00ed como participar en escenarios nacionales e internacionales \u00a0donde se traten temas de competencia de esta Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Promover y gestionar con el sector privado alianzas estrat\u00e9gicas \u00a0con el fin de fortalecer los temas propios de esta Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Ejercer por delegaci\u00f3n del Ministro las funciones \u00a0relacionadas con el control administrativo del Sector en la tem\u00e1tica de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Atender las peticiones y consultas relacionadas con \u00a0asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Funciones \u00a0de la Direcci\u00f3n de Justicia Formal y Jurisdiccional. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Justicia Formal y Jurisdiccional, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer proyectos de ley o de actos legislativos en la \u00a0presentaci\u00f3n, discusi\u00f3n y seguimiento, en materia de su competencia, as\u00ed como \u00a0efectuar el an\u00e1lisis normativo y jurisprudencial en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Direcci\u00f3n de Desarrollo del Derecho y del Ordenamiento Jur\u00eddico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar al Ministro en el dise\u00f1o y propuestas de \u00a0pol\u00edtica de Estado en materia de justicia formal y jurisdiccional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Formular propuestas sobre planes y programas que \u00a0permitan integrar y coordinar acciones que garanticen el mejor funcionamiento \u00a0de la Administraci\u00f3n de Justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar las acciones de enlace entre la Rama Ejecutiva y \u00a0la Rama Judicial y los \u00f3rganos de vigilancia y control para hacer efectiva la \u00a0colaboraci\u00f3n arm\u00f3nica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar y representar judicialmente a los poseedores, \u00a0que as\u00ed lo necesiten, en los procesos de declaraci\u00f3n de pertenencia con miras \u00a0al saneamiento de los t\u00edtulos de dominio, en los t\u00e9rminos que establece el \u00a0inciso 6\u00b0 del art\u00edculo 199 de la Ley 1450 de 2011 y \u00a0las dem\u00e1s normas que la desarrollen y complementen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Desarrollar y formular propuestas de organizaci\u00f3n de la \u00a0oferta de justicia formal a partir del an\u00e1lisis de informaci\u00f3n estad\u00edstica \u00a0recopilada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Contribuir al an\u00e1lisis e informaci\u00f3n en los temas de \u00a0justicia con base en la realidad socio jur\u00eddica del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar informes relativos al desarrollo de las \u00a0pol\u00edticas, los planes y programas en materia de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Establecer, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de \u00a0Educaci\u00f3n Nacional, los lineamientos para el desarrollo y evaluaci\u00f3n de la \u00a0relaci\u00f3n docencia-servicio en los programas de formaci\u00f3n en ciencias jur\u00eddicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Ejercer excepcionalmente en los t\u00e9rminos que se\u00f1alan \u00a0el inciso tercero del art\u00edculo 116 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0la ley, la funci\u00f3n jurisdiccional del Ministerio de Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Definir lineamientos t\u00e9cnicos en materia de \u00a0competencias, procedimientos y acciones relacionadas con las funciones de \u00a0atenci\u00f3n a la violencia basada en g\u00e9nero por parte de las Comisar\u00edas de Familia \u00a0y otras autoridades administrativas que ejerzan funciones jurisdiccionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Atender las peticiones y consultas relacionadas con \u00a0asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Funciones \u00a0de la Direcci\u00f3n de Desarrollo del Derecho y del Ordenamiento Jur\u00eddico. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n de Desarrollo del Derecho y del Ordenamiento \u00a0Jur\u00eddico, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer lineamientos para la formulaci\u00f3n de pol\u00edtica y \u00a0metodolog\u00edas para asegurar que la producci\u00f3n normativa de la administraci\u00f3n \u00a0p\u00fablica sea coherente, racional y simplificada, con el prop\u00f3sito de ofrecer \u00a0seguridad jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Administrar el Sistema \u00danico de Informaci\u00f3n Normativa \u00a0-SUIN- y coordinar la aplicaci\u00f3n de la pol\u00edtica normativa del sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir la recopilaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de normas y \u00a0doctrina jur\u00eddica con destino al Sistema \u00danico de Informaci\u00f3n Normativa &#8211; SUIN. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Hacer seguimiento a los sectores de la Administraci\u00f3n \u00a0P\u00fablica Nacional en la aplicaci\u00f3n de los planes, programas, proyectos y \u00a0mecanismos trazados y adoptados en materia de calidad en la producci\u00f3n normativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Conceptuar sobre la constitucionalidad y coherencia con \u00a0el ordenamiento jur\u00eddico vigente, de las iniciativas legislativas en materia de \u00a0justicia y del derecho, sin perjuicio de las competencias asignadas a la \u00a0Secretar\u00eda Jur\u00eddica de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar la defensa del ordenamiento jur\u00eddico con las \u00a0dem\u00e1s entidades estatales del orden nacional y ejercerla en las materias de \u00a0competencia del Ministerio de Justicia y del Derecho, sin perjuicio de las \u00a0competencias asignadas a la Secretar\u00eda Jur\u00eddica de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Hacer seguimiento y verificaci\u00f3n de la evoluci\u00f3n \u00a0normativa y de las providencias judiciales que incidan en el ordenamiento \u00a0jur\u00eddico y actualizar peri\u00f3dicamente un registro jurisprudencial que permita \u00a0conocer el estado del ordenamiento jur\u00eddico y su vigencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar las pol\u00edticas de divulgaci\u00f3n del sistema \u00a0normativo y de socializaci\u00f3n de la informaci\u00f3n jur\u00eddica, as\u00ed como difundir las modificaciones \u00a0que se introduzcan al ordenamiento jur\u00eddico colombiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proponer lineamientos y orientaciones para la \u00a0armonizaci\u00f3n del derecho interno con el derecho internacional y con las \u00a0obligaciones internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dise\u00f1ar e impulsar investigaciones que con base en los \u00a0factores identificados de cumplimiento de las normas, permitan establecer \u00a0mecanismos para hacer m\u00e1s eficaz, eficiente y efectiva la producci\u00f3n normativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Promover, formular, adoptar y coordinar la ejecuci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas relativas al ejercicio de la profesi\u00f3n de abogado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Atender las peticiones, consultas y emitir conceptos \u00a0jur\u00eddicos relacionados con los asuntos de racionalizaci\u00f3n, simplificaci\u00f3n, \u00a0consolidaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n normativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Viceministerio \u00a0de Pol\u00edtica Criminal y Justicia Restaurativa. Son funciones del \u00a0Viceministro de Pol\u00edtica Criminal y Justicia Restaurativa, adem\u00e1s de las \u00a0establecidas en el art\u00edculo 62 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y apoyar al Ministro en la formulaci\u00f3n y \u00a0adopci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica criminal y de asuntos penales, penitenciarios, \u00a0lucha contra las drogas y justicia transicional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asistir al Ministro en el ejercicio de las funciones \u00a0del Despacho del Ministro de Justicia y del Derecho en los temas de dise\u00f1o de \u00a0pol\u00edticas, iniciativa legislativa, investigaci\u00f3n y an\u00e1lisis de las materias \u00a0relacionadas con la justicia, propias de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Planear, coordinar y proponer pol\u00edticas y trazar \u00a0directrices conjuntamente con el Ministro que orienten la prevenci\u00f3n y el \u00a0control del delito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir, orientar y coordinar el desarrollo de \u00a0investigaciones y estudios para la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica criminal y de \u00a0asuntos penales, penitenciarios, lucha contra las drogas y la justicia \u00a0transicional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Incentivar las alianzas estrat\u00e9gicas con otros Gobiernos u organismos de \u00a0car\u00e1cter nacional e internacional, que faciliten e impulsen el logro de los \u00a0objetivos del Ministerio en materia de pol\u00edtica criminal y de asuntos penales, \u00a0penitenciarios, lucha contra las drogas y justicia transicional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar y hacer el seguimiento de las actividades de las \u00a0direcciones adscritas a su despacho, para garantizar el cabal cumplimiento de \u00a0sus funciones, y de los planes, programas y proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Participar en la orientaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y en el \u00a0ejercicio del control administrativo de las entidades adscritas y vinculadas al \u00a0Ministerio de Justicia y del Derecho, conforme a la normatividad sobre la \u00a0materia y a las instrucciones que le imparta el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Atender las peticiones y consultas relacionadas con \u00a0asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Funciones \u00a0de la Direcci\u00f3n de Justicia Transicional. Son funciones de la Direcci\u00f3n \u00a0de Justicia Transicional, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y proponer la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica de \u00a0Estado en materia de justicia transicional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar y articular los comit\u00e9s y los subcomit\u00e9s que \u00a0sean implementados o creados en materia de justicia transicional, y apoyar la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica de los mismos, de acuerdo con las instrucciones impartidas \u00a0por el Viceministro de Pol\u00edtica Criminal y Justicia Restaurativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar a las instancias competentes en el desarrollo de \u00a0las actividades inherentes a la ejecuci\u00f3n de los procesos de justicia \u00a0transicional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar a las entidades y autoridades competentes en la \u00a0coordinaci\u00f3n de los procesos de reinserci\u00f3n y resocializaci\u00f3n de los desmovilizados \u00a0en el marco normativo de la justicia transicional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar con las entidades competentes el seguimiento y \u00a0evacuaci\u00f3n de los procesos judiciales de justicia transicional y formular las \u00a0recomendaciones a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con la Direcci\u00f3n de Pol\u00edtica Criminal y \u00a0Penitenciaria el apoyo al cumplimiento de las medidas de aseguramiento y el \u00a0tratamiento penitenciario de los desmovilizados de grupos armados al margen de \u00a0la ley, cuando a ello haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Estudiar, tramitar y proyectar para la firma del \u00a0Ministro, los proyectos de resoluci\u00f3n relativos a indultos de conformidad con \u00a0la legislaci\u00f3n vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Propender y velar por la unificaci\u00f3n y coherencia de \u00a0criterios sobre el contenido y aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas de justicia \u00a0transicional del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Preparar los proyectos de las postulaciones \u00a0individuales y colectivas a ser presentadas a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, \u00a0de acuerdo con la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Promover y realizar los an\u00e1lisis, estudios e \u00a0investigaciones necesarias para generar conocimiento y el fortalecimiento de \u00a0las pol\u00edticas en materia de justicia transicional con las entidades que tengan \u00a0responsabilidad en el tema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Preparar anteproyectos de ley o de actos legislativos, \u00a0as\u00ed como efectuar el an\u00e1lisis normativo y jurisprudencial en coordinaci\u00f3n con \u00a0la Direcci\u00f3n de Desarrollo del Derecho y del Ordenamiento Jur\u00eddico y la Oficina \u00a0Asesora Jur\u00eddica, en materia de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Atender las peticiones y consultas relacionadas con \u00a0asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Funciones \u00a0de la Direcci\u00f3n de Pol\u00edtica Criminal y Penitenciaria. Son funciones de \u00a0la Direcci\u00f3n de Pol\u00edtica Criminal y Penitenciaria, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer los lineamientos para la formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas \u00a0e iniciativas de Estado en materia criminal y penitenciaria, prevenci\u00f3n del \u00a0delito, acciones contra la criminalidad organizada, y dem\u00e1s aspectos \u00a0relacionados, en coordinaci\u00f3n con las entidades correspondientes, y en especial \u00a0con el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa Nacional, la Fiscal\u00eda \u00a0General de la Naci\u00f3n y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, con \u00a0enfoque diferencial y especializado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar los estudios y presentar las propuestas \u00a0sustantivas y de procedimiento en materia de pol\u00edtica criminal, carcelaria y \u00a0penitenciaria y del tratamiento normativo de la libertad individual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar estudios sobre los factores que inciden en la \u00a0comisi\u00f3n de conductas punibles, analizando y compilando las estad\u00edsticas de los \u00a0diferentes organismos estatales que registran los \u00edndices de criminalidad, los \u00a0cuales servir\u00e1n de insumo para la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica en esta materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Llevar a cabo el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los \u00a0sistemas penales en general, dando especial importancia al sistema de \u00a0responsabilidad penal para adolescentes en todos sus aspectos, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Efectuar el seguimiento y evaluaci\u00f3n del impacto de las \u00a0normas y directrices que regulan la operaci\u00f3n y funcionamiento del Sistema \u00a0Penitenciario y Carcelario y los relativos a las medidas privativas de la \u00a0libertad para los adolescentes, atendiendo la finalidad del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Servir de enlace permanente del Ministerio en sus relaciones \u00a0con las autoridades penitenciarias nacionales y territoriales y con las dem\u00e1s \u00a0autoridades y entidades gubernamentales que participen en el proceso de \u00a0ejecuci\u00f3n de la pena y de las sanciones impuestas en el sistema de \u00a0responsabilidad penal para adolescentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica y Administrativa del \u00a0Consejo Superior de Pol\u00edtica Criminal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar al Ministro en las propuestas al Consejo de \u00a0Pol\u00edtica Criminal en los criterios para la formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de la \u00a0pol\u00edtica criminal y penitenciaria a mediano y largo plazo, y lo relativo al \u00a0sistema de responsabilidad penal para adolescentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Promover la revisi\u00f3n anual de las condiciones de \u00a0reclusi\u00f3n y de resocializaci\u00f3n del sistema penitenciario, de los centros de \u00a0privaci\u00f3n de la libertad de los adolescentes y proponer las recomendaciones \u00a0orientadas al cumplimiento de la finalidad de estos sistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Participar con las autoridades competentes en la \u00a0elaboraci\u00f3n de recomendaciones sobre la estructura de la justicia penal con \u00a0enfoque diferencial y especializado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Proyectar conceptos destinados a la Fiscal\u00eda General \u00a0de la Naci\u00f3n sobre los delitos para los que se pueda aplicar el principio de \u00a0oportunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Expedir conceptos sobre los Actos Legislativos y los \u00a0proyectos de ley que modifiquen el C\u00f3digo Penal, de Procedimiento Penal y de \u00a0Infancia y la Adolescencia en lo relativo al sistema de responsabilidad penal \u00a0para adolescentes, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Desarrollo del Derecho y \u00a0del Ordenamiento Jur\u00eddico y la Oficina Asesora Jur\u00eddica, sin perjuicio de las \u00a0competencias asignadas a la Secretar\u00eda Jur\u00eddica de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Poner a consideraci\u00f3n del Consejo Superior de Pol\u00edtica \u00a0Criminal y Penitenciaria, los proyectos de ley que modifiquen o adicionen el \u00a0C\u00f3digo Penal, el C\u00f3digo de Procedimiento Penal, el C\u00f3digo Penitenciario y \u00a0Carcelario, el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes y dem\u00e1s \u00a0normas afines, con el objetivo de que dicho organismo formule las sugerencias y \u00a0observaciones a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Proponer al Ministro los proyectos de ley o de actos \u00a0legislativos en materia penal y penitenciaria, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00a0direcciones y oficinas relacionadas con el tema objeto de los proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Atender las peticiones y consultas relacionadas con \u00a0asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Efectuar el an\u00e1lisis normativo y jurisprudencial de \u00a0los temas relacionados con la Pol\u00edtica Criminal y Penitenciaria y el Sistema de \u00a0Responsabilidad Penal para Adolescentes con el fin de adoptar las \u00a0recomendaciones a que hubiere lugar en esta materia, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Funciones \u00a0de la Direcci\u00f3n de Pol\u00edtica contra las Drogas y Actividades Relacionadas. \u00a0Son funciones de la Direcci\u00f3n de Pol\u00edtica contra las Drogas y Actividades \u00a0Relacionadas las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer los lineamientos para la formulaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas e iniciativas en materia de lucha contra las drogas y actividades \u00a0conexas y relacionadas en coordinaci\u00f3n con las instancias correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer los lineamientos para la formulaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo para \u00a0ser presentadas ante la Comisi\u00f3n de Coordinaci\u00f3n Interinstitucional contra el \u00a0Lavado de Activos &#8211; CCICLA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar el Comit\u00e9 Operativo de Cultura Antilavado de \u00a0la Comisi\u00f3n de Coordinaci\u00f3n Interinstitucional contra el Lavado de Activos &#8211; \u00a0CCICLA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer los lineamientos para la formulaci\u00f3n de la \u00a0pol\u00edtica de lucha contra las drogas relacionada con los componentes de \u00a0reducci\u00f3n de la oferta, reducci\u00f3n de la demanda, gesti\u00f3n internacional y \u00a0fortalecimiento jur\u00eddico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Orientar la elaboraci\u00f3n de propuestas para la \u00a0prevenci\u00f3n de la producci\u00f3n, tr\u00e1fico y consumo de drogas il\u00edcitas, \u00a0financiamiento del terrorismo, y dem\u00e1s actividades relacionadas, as\u00ed como la \u00a0administraci\u00f3n de bienes incautados y en extinci\u00f3n de dominio y dem\u00e1s \u00a0actividades relacionadas. (Nota: Ver Resoluci\u00f3n 9 de 2016, \u00a0CNE, D.O. 49.935, pag. 15.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Promover el cumplimiento de pol\u00edticas y planes de lucha \u00a0contra las drogas y orientar propuestas para su debida ejecuci\u00f3n. (Nota: Ver Resoluci\u00f3n 9 de 2016, CNE, D.O. 49.935, pag. 15.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Ejercer de manera permanente la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del \u00a0Consejo Nacional de Estupefacientes y articular las directrices emanadas del \u00a0Consejo Nacional de Estupefacientes con las funciones de los Consejos \u00a0Seccionales de Estupefacientes, as\u00ed como el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los \u00a0planes ejecutados por las regiones. (Nota: Ver Resoluci\u00f3n 9 de 2016, \u00a0CNE, D.O. 49.935, pag. 15.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Evaluar en forma permanente y adelantar el seguimiento \u00a0de la ejecuci\u00f3n de los compromisos internacionales en materia de lucha contra \u00a0las drogas con el Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Participar en coordinaci\u00f3n con el Ministerio del \u00a0Interior, en el proceso de consulta previa cuando se trate de erradicaci\u00f3n de \u00a0cultivos il\u00edcitos ubicados en territorios ind\u00edgenas o de poblaci\u00f3n \u00a0afrocolombiana, cuando a ello hubiere lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Realizar seguimiento y evaluar el cumplimiento y \u00a0ejecuci\u00f3n de los planes de cada uno de los ejes de la pol\u00edtica de lucha contra \u00a0las drogas en coordinaci\u00f3n con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Proponer la formulaci\u00f3n de proyectos de ley o de actos \u00a0legislativos en materia de lucha contra las drogas y actividades conexas y \u00a0relacionadas, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s direcciones, oficinas y entidades \u00a0relacionadas con el tema objeto de los proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Hacer seguimiento a la normatividad jur\u00eddica en \u00a0materia de lavado de activos, financiaci\u00f3n del terrorismo, extinci\u00f3n de dominio \u00a0y administraci\u00f3n de bienes afectados y proponer los ajustes que sean necesarios \u00a0para su mayor efectividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Atender las peticiones y consultas relacionadas con \u00a0asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a020. Funciones de la Subdirecci\u00f3n de Control \u00a0y Fiscalizaci\u00f3n de Sustancias Qu\u00edmicas y Estupefacientes. Son funciones \u00a0de la Subdirecci\u00f3n de Control y Fiscalizaci\u00f3n de Sustancias Qu\u00edmicas y \u00a0Estupefacientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Desarrollar el procedimiento administrativo, as\u00ed como la \u00a0coordinaci\u00f3n de las gestiones necesarias con las entidades competentes, para \u00a0asegurar la oportuna expedici\u00f3n del Certificado de Carencia de Informes por \u00a0Tr\u00e1fico de Estupefacientes, de conformidad con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Expedir los actos administrativos que culminen la \u00a0actuaci\u00f3n relacionada con el Certificado de Carencia de Informes por Tr\u00e1fico de \u00a0Estupefacientes y los relacionados con la anulaci\u00f3n unilateral del mismo y la \u00a0abstenci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar el tr\u00e1mite de las autorizaciones \u00a0extraordinarias para el manejo de sustancias qu\u00edmicas controladas, de \u00a0conformidad con la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Hacer seguimiento a los controles establecidos a las \u00a0sustancias o precursores qu\u00edmicos que se utilicen en la extracci\u00f3n o \u00a0procesamiento de estupefacientes, de conformidad con las disposiciones legales \u00a0vigentes sobre la materia y las directrices del Consejo Nacional de \u00a0Estupefacientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar las operaciones nacionales e internacionales \u00a0encaminadas a ejercer un mejor control en las materias de sustancias qu\u00edmicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir los estudios que sirvan de base para la \u00a0adopci\u00f3n de pol\u00edticas por parte del Consejo Nacional de Estupefacientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Proponer acciones preventivas en relaci\u00f3n con el \u00a0control y fiscalizaci\u00f3n a las operaciones y sustancias psicoactivas, para \u00a0consideraci\u00f3n del Consejo Nacional de Estupefacientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Efectuar, en coordinaci\u00f3n con las autoridades y \u00a0entidades competentes, el an\u00e1lisis de las posibles v\u00edas para el tr\u00e1fico de \u00a0estupefacientes, a trav\u00e9s de la identificaci\u00f3n de rutas y medios de transporte \u00a0mar\u00edtimos, a\u00e9reos y terrestres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Atender las peticiones y consultas relacionadas con \u00a0asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Numeral adicionado por la Ley 1787 de 2016, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. Desarrollar el procedimiento administrativo y la coordinaci\u00f3n con las \u00a0entidades competentes, para la expedici\u00f3n \u00a0de la licencia que permitan \u00a0la importaci\u00f3n, exportaci\u00f3n, plantaci\u00f3n, cultivo, producci\u00f3n, adquisici\u00f3n a cualquier \u00a0t\u00edtulo, almacenamiento, transporte, comercializaci\u00f3n, distribuci\u00f3n, \u00a0uso y posesi\u00f3n de las semillas de la planta de cannabis con fines cient\u00edficos y medicinales, as\u00ed como \u00a0para el cultivo de plantas de cannabis \u00a0hasta la disposici\u00f3n final de la cosecha, para este fin podr\u00e1 as\u00ed expedir las referidas licencias de conformidad con \u00a0la reglamentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Numeral adicionado por la Ley 1787 de 2016, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. Ejercer el componente administrativo de seguimiento al otorga- miento o al cumplimiento de las \u00a0licencias otorgadas en el rango de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Funciones \u00a0de la Subdirecci\u00f3n Estrat\u00e9gica y de An\u00e1lisis. Son funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n Estrat\u00e9gica y de An\u00e1lisis las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar las acciones que demande el Gobierno Nacional, \u00a0en especial al Consejo Nacional de Estupefacientes, en materia de planes de \u00a0acci\u00f3n sectoriales de gesti\u00f3n internacional y fortalecimiento jur\u00eddico y \u00a0reducci\u00f3n de los componentes de la oferta y la demanda de drogas il\u00edcitas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar el desarrollo de las funciones de los \u00a0Consejos Seccionales de Estupefacientes, de conformidad con las pol\u00edticas \u00a0trazadas por el Consejo Nacional de Estupefacientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar al Consejo Nacional de Estupefacientes, en la \u00a0elaboraci\u00f3n de estrategias tendientes a permitir el desarrollo del Programa de \u00a0Erradicaci\u00f3n de Cultivos Il\u00edcitos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Acompa\u00f1ar a las administraciones departamentales y \u00a0locales en la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de los planes de lucha contra las \u00a0drogas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Gestionar las acciones necesarias para el dise\u00f1o, \u00a0divulgaci\u00f3n y promoci\u00f3n de estrategias de comunicaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n, \u00a0orientadas a prevenir la vinculaci\u00f3n de individuos a las diferentes pr\u00e1cticas \u00a0relacionadas con la producci\u00f3n y tr\u00e1fico de drogas il\u00edcitas, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adelantar estudios e investigaciones relacionados con \u00a0el problema mundial de drogas il\u00edcitas en sus diferentes manifestaciones y \u00a0proponer estrategias de seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Establecer contacto permanente con las entidades \u00a0ejecutoras de la pol\u00edtica de drogas con el fin de mantener actualizado el \u00a0Observatorio de Drogas de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Investigar la din\u00e1mica del uso de sustancias qu\u00edmicas \u00a0utilizadas en la producci\u00f3n de drogas il\u00edcitas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Administrar el Sistema de Informaci\u00f3n de Drogas de \u00a0Colombia. (SIDCO). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Hacer seguimiento a los compromisos internacionales contenidos \u00a0en instrumentos internacionales suscritos por Colombia sobre las drogas, as\u00ed \u00a0como seguimiento a las recomendaciones realizadas al pa\u00eds por parte de los \u00a0organismos internacionales y el diligenciamiento de formularios \u00a0internacionales: JIFE, MEM, GAFISUD y otros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Mantener contacto permanente con las instituciones \u00a0estatales con el fin de actualizar peri\u00f3dicamente el observatorio de drogas de \u00a0Colombia y efectuar an\u00e1lisis sobre el fen\u00f3meno de las drogas en sus diferentes \u00a0manifestaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Atender las peticiones y consultas relacionadas con \u00a0asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Funciones \u00a0de la Secretar\u00eda General. Son funciones de la Secretar\u00eda General las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir al Ministro en la determinaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administraci\u00f3n del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir la ejecuci\u00f3n de los programas y actividades \u00a0relacionadas con los asuntos financieros y contables, contrataci\u00f3n p\u00fablica, \u00a0soporte t\u00e9cnico inform\u00e1tico, servicios administrativos y gesti\u00f3n documental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Trazar las pol\u00edticas y programas de administraci\u00f3n de \u00a0personal, bienestar social, selecci\u00f3n, registro y control, capacitaci\u00f3n, \u00a0incentivos y desarrollo del talento humano y dirigir su gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Presidir el Comit\u00e9 de Gerencia del Ministerio de \u00a0Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Gestionar la consecuci\u00f3n de recursos para el desarrollo \u00a0de los planes, programas y proyectos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Velar por el funcionamiento de la prestaci\u00f3n del \u00a0servicio al ciudadano y por la atenci\u00f3n de quejas y reclamos que presenten los \u00a0ciudadanos sobre el desempe\u00f1o de las dependencias o personas que laboran en el \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar al Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico \u00a0el Programa Anual de Caja, de conformidad con las obligaciones financieras \u00a0adquiridas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir la elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del Plan de \u00a0Contrataci\u00f3n del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir y orientar el mantenimiento y mejoramiento de \u00a0los bienes del Ministerio de Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Hacer seguimiento a la correcta ejecuci\u00f3n, \u00a0contabilizaci\u00f3n y rendici\u00f3n de informes y cuentas fiscales, presupuestales y \u00a0contables, de los recursos asignados al Ministerio directamente o a sus fondos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar el grupo encargado de las investigaciones de \u00a0car\u00e1cter disciplinario que se adelanten contra los funcionarios del Ministerio \u00a0y resolverlas en primera instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las \u00a0actividades relacionadas con la adquisici\u00f3n, almacenamiento, custodia, \u00a0distribuci\u00f3n e inventarios de los elementos, equipos y dem\u00e1s bienes necesarios \u00a0para el funcionamiento normal del Ministerio y sus fondos, velando especialmente \u00a0para que se cumplan las normas vigentes sobre estas materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dise\u00f1ar los procesos de organizaci\u00f3n, estandarizaci\u00f3n \u00a0de m\u00e9todos, elaboraci\u00f3n de manuales de funciones y todas aquellas actividades \u00a0relacionadas con la racionalizaci\u00f3n de procesos administrativos del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Apoyar la orientaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y el ejercicio del \u00a0control administrativo de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio, \u00a0conforme a la normatividad sobre la materia y a las instrucciones que le \u00a0imparta el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Atender las peticiones y consultas relacionadas con \u00a0asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Subdirecci\u00f3n \u00a0de Sistemas. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Sistemas las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer estrategias que permitan optimizar el \u00a0aprovechamiento de la tecnolog\u00eda, la informaci\u00f3n y las comunicaciones en la \u00a0instituci\u00f3n y el sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar gestiones que permitan la consecuci\u00f3n \u00a0efectiva de recursos para el mantenimiento y la modernizaci\u00f3n de la \u00a0infraestructura tecnol\u00f3gica de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover el desarrollo tecnol\u00f3gico mediante la \u00a0coordinaci\u00f3n y el impulso a las pr\u00e1cticas, t\u00e9cnicas, insumos, sistemas que \u00a0propendan por el mejoramiento continuo de los procesos y servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Implementar y mantener los sistemas de informaci\u00f3n \u00a0institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Administrar y mantener la p\u00e1gina web del Ministerio en \u00a0permanente servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asegurar la adquisici\u00f3n y el funcionamiento adecuado de \u00a0los sistemas de informaci\u00f3n, equipos tecnol\u00f3gicos y de comunicaciones en \u00a0contexto con la seguridad inform\u00e1tica y f\u00edsica de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Soportar, mantener y actualizar la plataforma \u00a0tecnol\u00f3gica con que cuenta el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asegurar la informaci\u00f3n institucional a trav\u00e9s de \u00a0mecanismos efectivos que permitan la recuperaci\u00f3n efectiva de la informaci\u00f3n y \u00a0de acuerdo con la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Brindar apoyo t\u00e9cnico y mantenimiento preventivo y \u00a0correctivo del software y hardware a las dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Atender las peticiones y consultas relacionadas con \u00a0asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fondos como Sistema de Manejo Especial de Cuentas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Fondo \u00a0de Infraestructura Carcelaria, FIC. Para la financiaci\u00f3n y generaci\u00f3n de \u00a0la infraestructura penitenciaria y carcelaria, el Ministerio de Justicia y del \u00a0Derecho contar\u00e1 con el Fondo de Infraestructura Carcelaria, regulado por la Ley 55 de 1985, \u00a0modificado por la Ley 66 de 1993 y dem\u00e1s \u00a0normas que la adicionan o modifican. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, \u00a0art\u00edculo 24: Ver Decreto 1069 de 2015, \u00a0art\u00edculo 1.1.2.1. Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Justicia y del \u00a0Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Recursos \u00a0del Fondo de Infraestructura Carcelaria, FIC. Los recursos del Fondo de \u00a0Infraestructura Carcelaria, FIC, continuar\u00e1n constituidos por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Las partidas destinadas en el Presupuesto General de la \u00a0Naci\u00f3n a la inversi\u00f3n en infraestructura en Establecimientos de Reclusi\u00f3n del \u00a0Orden Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Los recursos que por disposici\u00f3n legal est\u00e1n destinados \u00a0a la inversi\u00f3n en la infraestructura carcelaria de centros de reclusi\u00f3n, en \u00a0especial a los que se refieren las Leyes 55 de 1985 y 66 de 1993 y dem\u00e1s \u00a0normas que las adicionen o modifiquen, incluidos los ya percibidos o por \u00a0percibir por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El producto del remate de los bienes de los \u00a0establecimientos de reclusi\u00f3n inservibles o en desuso, as\u00ed como los \u00a0provenientes de la enajenaci\u00f3n a cualquier t\u00edtulo de los bienes muebles e \u00a0inmuebles de propiedad del Ministerio de Justicia y del Derecho vinculados al \u00a0objeto de generaci\u00f3n de infraestructura penitenciaria y carcelaria, previa \u00a0apropiaci\u00f3n en su presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las donaciones en dinero con destinaci\u00f3n al Fondo para \u00a0el desarrollo de su objeto, previa la incorporaci\u00f3n al Presupuesto General de \u00a0la Naci\u00f3n y las donaciones en especie legalmente aceptadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Los recursos de cr\u00e9dito que con sujeci\u00f3n a la ley se \u00a0contraten para atender la financiaci\u00f3n de la infraestructura carcelaria y \u00a0penitenciaria del orden nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Los aportes provenientes de cooperaci\u00f3n internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Los dem\u00e1s bienes, derechos, recursos e \u00a0ingresos que de acuerdo con la ley se destinen al cumplimiento de su objeto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Administraci\u00f3n del Fondo de Infraestructura Carcelaria, FIC. La \u00a0administraci\u00f3n del Fondo de Infraestructura Carcelaria, FIC y la ordenaci\u00f3n del \u00a0gasto compete al Ministro de Justicia y del Derecho, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En los dem\u00e1s aspectos el Fondo de \u00a0Infraestructura Carcelaria, FIC, continuar\u00e1 rigi\u00e9ndose por las normas vigentes \u00a0que regulan su funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Fondo para la Lucha contra las Drogas. Para el fortalecimiento \u00a0del sistema de justicia y de la lucha contra las drogas, el Ministerio de \u00a0Justicia y del Derecho contar\u00e1 con un fondo o sistema especial de manejo de \u00a0cuentas, sin personer\u00eda jur\u00eddica, ni estructura administrativa, ni planta de \u00a0personal, de que trata el Decreto ley 200 de \u00a02003 y denominado Fondo para la Lucha contra las Drogas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Fondo tiene por objeto exclusivo promover y \u00a0financiar los planes y programas que se adelanten en materia de fortalecimiento \u00a0y promoci\u00f3n del Sistema de Justicia y la Lucha Antidrogas, a trav\u00e9s de \u00a0diferentes organismos del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, \u00a0art\u00edculo 27: Ver Decreto 1069 de 2015, \u00a0art\u00edculo 1.1.2.2. Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Justicia y del \u00a0Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Recursos del Fondo para la Lucha contra las Drogas. Los recursos \u00a0del Fondo estar\u00e1n constituidos por recursos provenientes de cooperaci\u00f3n \u00a0internacional, recursos p\u00fablicos asignados por la ley y destinados a la \u00a0realizaci\u00f3n de su objeto, y los dem\u00e1s que a cualquier t\u00edtulo se reciban. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Fondo podr\u00e1 recibir y ejecutar recursos de \u00a0cooperaci\u00f3n internacional y celebrar convenios interadministrativos para la \u00a0transferencia de los mismos a otras entidades p\u00fablicas, con sujeci\u00f3n a las \u00a0condiciones establecidas por quien los suministra en virtud de la cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Administraci\u00f3n del Fondo para la Lucha contra las Drogas. La \u00a0administraci\u00f3n del Fondo para la Lucha contra las Drogas y la ordenaci\u00f3n del \u00a0gasto competen al Ministro de Justicia y del Derecho o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En los dem\u00e1s aspectos el Fondo para la Lucha \u00a0contra las Drogas, continuar\u00e1 rigi\u00e9ndose por las normas vigentes que regulan su \u00a0funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Consejos asesores \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Consejos Asesores. Son Consejos Asesores del Gobierno Nacional, \u00a0adscritos al Ministerio de Justicia y del Derecho, los siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Consejo Nacional de Estupefacientes, \u00a0regulado por la Ley 30 de 1986 y dem\u00e1s \u00a0normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Consejo Superior de Pol\u00edtica Criminal y \u00a0Penitenciaria regulado por la Ley 888 de 2004 y \u00a0dem\u00e1s disposiciones vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Comisi\u00f3n de Coordinaci\u00f3n Interinstitucional \u00a0para el Control de Lavado de Activos regulada por los Decretos 950 de 1995 y 3420 de 2004 y \u00a0dem\u00e1s disposiciones vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Consejo Nacional de Conciliaci\u00f3n y Acceso a \u00a0la Justicia, regulado por la Ley 640 de 2001 y \u00a0dem\u00e1s normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00d3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. \u00d3rganos de coordinaci\u00f3n y asesor\u00eda. El Comit\u00e9 Sectorial de Desarrollo \u00a0Administrativo, la Comisi\u00f3n de Personal, el Comit\u00e9 de Gerencia y el Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno, y dem\u00e1s \u00f3rganos de asesor\u00eda y \u00a0coordinaci\u00f3n que se organicen e integren cumplir\u00e1n sus funciones de conformidad \u00a0con lo se\u00f1alado en las Leyes 909 de 2004, 87 de 1993 y las dem\u00e1s \u00a0disposiciones legales y reglamentarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro determinar\u00e1 la conformaci\u00f3n y \u00a0funciones del \u00d3rgano de Asesor\u00eda -Comit\u00e9 de Gerencia-. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, \u00a0art\u00edculo 31: Ver Decreto 1069 de 2015, \u00a0art\u00edculo 1.1.3.1. Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Justicia y del \u00a0Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. Comit\u00e9 de Gerencia. El Comit\u00e9 de Gerencia del Ministerio de Justicia \u00a0y del Derecho, ser\u00e1 la instancia encargada de velar por el buen funcionamiento \u00a0interno de la entidad y de asegurar una visi\u00f3n integral de la gesti\u00f3n de sus \u00a0dependencias y del Sector Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para el efecto, el Comit\u00e9 de Gerencia revisar\u00e1 \u00a0los asuntos de inter\u00e9s institucional que puedan impactar en la organizaci\u00f3n, \u00a0analizar\u00e1 el desempe\u00f1o institucional del Ministerio y efectuar\u00e1 las \u00a0recomendaciones de acciones de intervenci\u00f3n y de revisi\u00f3n de pol\u00edticas internas \u00a0a que haya lugar, con el prop\u00f3sito de lograr un desempe\u00f1o institucional \u00a0arm\u00f3nico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 de Gerencia, estar\u00e1 integrado por \u00a0los servidores p\u00fablicos que designe el Ministro, deber\u00e1 adoptar su propio \u00a0reglamento en el cual se establezcan, entre otros aspectos, sus funciones, la \u00a0periodicidad de sus reuniones, la asistencia de invitados a las mismas y la \u00a0forma de adopci\u00f3n de sus decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VI \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones generales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. Ejercicio transitorio de funciones. El Ministerio de Justicia y \u00a0del Derecho continuar\u00e1 ejerciendo las funciones de la Direcci\u00f3n de Defensa \u00a0Jur\u00eddica de la Naci\u00f3n, de que trata el Decreto 4530 de 2008 \u00a0a trav\u00e9s de un grupo de trabajo adscrito al Despacho del Viceministro de \u00a0Promoci\u00f3n de la Justicia, hasta tanto entre en funcionamiento la Unidad \u00a0Administrativa Especial Agencia Nacional de Defensa Jur\u00eddica de la Naci\u00f3n, \u00a0creada en la Ley 1444 de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34. Adopci\u00f3n de la nueva planta de personal. De conformidad con la \u00a0estructura prevista por el presente decreto, el Gobierno Nacional, en ejercicio \u00a0de sus facultades constitucionales y legales, proceder\u00e1 a adoptar la nueva \u00a0planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VII \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones finales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 35. Contratos y convenios vigentes. Los contratos y convenios actualmente \u00a0vigentes, celebrados por el Ministerio del Interior y de Justicia, cuyo objeto \u00a0corresponda a las funciones y actividades propias del Ministerio de Justicia y \u00a0del Derecho, se entienden subrogados a esta entidad, la cual continuar\u00e1 con su \u00a0ejecuci\u00f3n en los mismos t\u00e9rminos y condiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministerio del Interior, continuar\u00e1 \u00a0ejecutando, hasta el 31 de diciembre de 2011 en lo pertinente a las \u00a0apropiaciones comprometidas por el Ministerio del Interior y de Justicia con \u00a0anterioridad a la expedici\u00f3n del presente decreto. El mismo procedimiento se \u00a0aplicar\u00e1 para la ejecuci\u00f3n de las cuentas por pagar y las reservas \u00a0presupuestales de las vigencias fiscales de 2010 y 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La documentaci\u00f3n relacionada con dichos \u00a0contratos debe allegarse a la Secretar\u00eda General del Ministerio de Justicia y \u00a0del Derecho, en el t\u00e9rmino que se fije para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Aquellos contratos y convenios que por su \u00a0naturaleza y objeto no sea posible enmarcarlos dentro de las funciones del \u00a0Ministerio de Justicia y del Derecho, por corresponder a una actividad de \u00a0car\u00e1cter transversal, teniendo en cuenta las necesidades del servicio \u00a0continuar\u00e1n su ejecuci\u00f3n en el Ministerio del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 36. Procesos contractuales. Los procesos contractuales actualmente \u00a0en curso del Ministerio del Interior y de Justicia cuyo objeto verse sobre las \u00a0funciones y actividades propias del Ministerio de Justicia y del Derecho, ser\u00e1n \u00a0asumidos por esta entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 37. Transferencia de bienes, derechos y obligaciones. A partir de la \u00a0fecha de entrada en vigencia del presente decreto se entienden transferidos a \u00a0t\u00edtulo gratuito por ministerio de la ley, todos los bienes muebles e inmuebles, \u00a0derechos y obligaciones del Ministerio del Interior y de Justicia al Ministerio \u00a0del Interior, que tengan relaci\u00f3n con las funciones establecidas para este \u00a0Ministerio en las normas legales y en el presente decreto, salvo aquellos que \u00a0sean necesarios e inherentes a la gesti\u00f3n del Ministerio de Justicia y del \u00a0Derecho, los cuales ser\u00e1n cedidos a este \u00faltimo a t\u00edtulo gratuito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los bienes estar\u00e1n identificados en las Actas \u00a0que para el efecto suscriban los representantes legales de los Ministerios o \u00a0sus delegados, las cuales ser\u00e1n registradas en la respectiva oficina de \u00a0Registro, cuando a ello hubiere lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 38. Entrega de archivos. Los archivos de los cuales sea el titular \u00a0el Ministerio del Interior y de Justicia, a la entrada en vigencia del presente \u00a0decreto y que tengan relaci\u00f3n con las competencias del Ministerio de Justicia y \u00a0del Derecho, deber\u00e1n ser transferidos a este Ministerio por el Ministerio del \u00a0Interior, en los t\u00e9rminos se\u00f1alados por la Ley y acorde con las indicaciones \u00a0que fijen los Secretarios Generales de dichos Ministerios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 39. Transferencia de procesos judiciales, de cobro coactivo y disciplinarios. \u00a0Los procesos judiciales, de cobro coactivo y disciplinarios en los que sea \u00a0parte el Ministerio del Interior y de Justicia quedar\u00e1n a cargo del Ministerio \u00a0del Interior, salvo aquellos que por su naturaleza, objeto o sujeto procesal \u00a0deban ser adelantados por el Ministerio de Justicia y del Derecho, los cuales \u00a0le ser\u00e1n transferidos dentro de los dos meses siguientes a la entrada en \u00a0vigencia del presente decreto, lo cual debe constar en las Actas que se \u00a0suscriban para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministerio del Interior continuar\u00e1 con las \u00a0acciones y tr\u00e1mites propios de cada proceso, hasta tanto se haga efectiva la \u00a0mencionada transferencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 40. Participaci\u00f3n en los Recursos del Fondo de Seguridad y Convivencia, \u00a0Fonsecon. El Ministerio de Justicia y del Derecho continuar\u00e1 \u00a0participando de los recursos del fondo, a trav\u00e9s de los proyectos presentados \u00a0por el Ministerio de Justicia y del Derecho. La participaci\u00f3n en el presupuesto \u00a0ser\u00e1 definida a trav\u00e9s de un comit\u00e9 interministerial conformado por el Ministro \u00a0del Interior y el Ministro de Justicia y del Derecho, o sus delegados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 41. Referencias normativas. Todas las referencias que hagan las \u00a0disposiciones legales y reglamentarias vigentes al Ministerio del Interior y de \u00a0Justicia, deben entenderse referidas al Ministerio de Justicia y del Derecho, \u00a0si se relacionan con las funciones asignadas en este Decreto al Ministerio de \u00a0Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De igual forma, las referencias que hagan las disposiciones \u00a0vigentes al Ministro del Interior y de Justicia como asistente, integrante o \u00a0miembro de consejos, comisiones, juntas, mesas u otras instancias de \u00a0deliberaci\u00f3n relacionadas con los temas de competencia del Ministerio de \u00a0Justicia y del Derecho, deben entenderse referidas al Ministro de Justicia y \u00a0del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 42. Transitorio. El Certificado de Disponibilidad Presupuestal para \u00a0proveer los nombramientos de Ministro, Viceministro, Secretario General y Jefe \u00a0de Presupuesto o quien haga sus veces, de los Ministerios del Interior y de \u00a0Justicia y del Derecho, ser\u00e1 expedido por el Jefe de Presupuesto o por quien \u00a0haga sus veces del Ministerio del Interior y de Justicia, con cargo a los \u00a0respectivos presupuestos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 43. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n, deroga en lo pertinente el Decreto 2568 de 2003, \u00a0particularmente los numerales 3, 4, 5 del art\u00edculo 1\u00b0; el numeral 2.7 del \u00a0art\u00edculo 2\u00b0; el numeral 5.5 del art\u00edculo 5\u00b0, los art\u00edculos 6\u00b0, 7\u00b0 y 8\u00b0; los \u00a0numerales 10.2, 10.3, 10.5, 10.6 y 10.10 del art\u00edculo 10, se suprime la \u00a0expresi\u00f3n \u201cy el Consejo Nacional de Estupefacientes\u201d, del numeral 5.19 del \u00a0art\u00edculo 5\u00b0 del Decreto 2568 de 2003, \u00a0deroga igualmente en lo pertinente el Decreto 200 de 2003 \u00a0con excepci\u00f3n de los art\u00edculos del 23 al 35, los cuales continuar\u00e1n vigentes, y \u00a0deroga en lo pertinente lo establecido en el Decreto 4530 de 2008, \u00a0salvo las funciones asignadas a la Direcci\u00f3n de Defensa Jur\u00eddica del Estado, \u00a0las cuales continuar\u00e1n vigentes hasta que entre en funcionamiento la Agencia \u00a0Nacional de Defensa Jur\u00eddica de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 11 de agosto de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior y de Justicia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Germ\u00e1n Vargas \u00a0Lleras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Carlos \u00a0Echeverry Garz\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Elizabeth Rodr\u00edguez Taylor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2897 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0 (agosto 11) \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a048.158, agosto 11 de 2011 \u00a0 \u00a0 por el cual se determinan los objetivos, \u00a0la estructura org\u00e1nica, las funciones del Ministerio de Justicia y del Derecho \u00a0y se integra el Sector Administrativo de Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Modificado por el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[66],"tags":[],"class_list":["post-43598","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2011"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43598","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43598"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43598\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43598"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43598"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43598"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}