{"id":43657,"date":"2023-08-02T16:17:03","date_gmt":"2023-08-02T16:17:03","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-3571-de-2011\/"},"modified":"2023-08-02T16:17:03","modified_gmt":"2023-08-02T16:17:03","slug":"decreto-3571-de-2011","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-3571-de-2011\/","title":{"rendered":"DECRETO 3571 DE 2011"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 3571 DE \u00a02011 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(septiembre 27) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 48.205, septiembre \u00a027 de 2011 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por \u00a0el cual se establecen los objetivos, estructura, funciones del Ministerio de Vivienda, \u00a0Ciudad y Territorio y se integra el Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Modificado por el Decreto 128 de 2023, \u00a0por el Decreto 1604 de 2020 \u00a0y por el Decreto 1829 de 2019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Ver Resoluci\u00f3n \u00a01397 de 2018, M. Ambiente. Ver Resoluci\u00f3n \u00a0694 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n \u00a0527 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n \u00a013 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n \u00a0973 de 2017, M. de Vivienda. Ver Decreto 1077 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el \u00a0literal b) del art\u00edculo 18 de la Ley 1444 de 2011, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 11 de la \u00a0Ley 1444 de 2011 \u00a0dispuso escindir del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, \u00a0los objetivos y funciones asignados por las normas vigentes a los Despachos del \u00a0Viceministro de Vivienda y Desarrollo Territorial y al Despacho del \u00a0Viceministro de Agua y Saneamiento B\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante el art\u00edculo \u00a014 de la misma Ley se cre\u00f3 el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, \u00a0cuyos objetivos y funciones ser\u00e1n los escindidos del Ministerio de Ambiente, \u00a0Vivienda y Desarrollo Territorial, de acuerdo con el art\u00edculo 11 mencionado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en el literal b) del \u00a0art\u00edculo 18 de la Ley 1444 de 2011 se \u00a0confieren facultades extraordinarias para determinar los objetivos y estructura \u00a0a los Ministerios creados por dicha Ley y para integrar a los sectores \u00a0administrativos, facultad que se ejercer\u00e1 para el Ministerio de Vivienda, \u00a0Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Objetivos y \u00a0funciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objetivo. El Ministerio de Vivienda, \u00a0Ciudad y Territorio tendr\u00e1 como objetivo primordial lograr, en el marco de la \u00a0ley y sus competencias, formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la \u00a0pol\u00edtica p\u00fablica, planes y proyectos en materia del desarrollo territorial y \u00a0urbano planificado del pa\u00eds, la consolidaci\u00f3n del sistema de ciudades, con \u00a0patrones de uso eficiente y sostenible del suelo, teniendo en cuenta las \u00a0condiciones de acceso y financiaci\u00f3n de vivienda, y de prestaci\u00f3n de los \u00a0servicios p\u00fablicos de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. (Nota: Ver \u00a0art\u00edculo 1.1.1.1.1. del Decreto 1077 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico \u00a0Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modificado por el Decreto 1604 de 2020, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Funciones. Adem\u00e1s de las funciones definidas en la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica y en el art\u00edculo 59 de la Ley 489 de 1998 y en \u00a0las dem\u00e1s leyes, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio cumplir\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Formular, dirigir y coordinar las pol\u00edticas, planes, programas y regulaciones \u00a0en materia de vivienda y financiaci\u00f3n de vivienda Urbana y rural, desarrollo \u00a0urbano, ordenamiento territorial y uso del suelo en el marco de sus \u00a0competencias, agua potable y saneamiento b\u00e1sico, as\u00ed como los instrumentos \u00a0normativos para su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Formular las pol\u00edticas sobre renovaci\u00f3n urbana, mejoramiento integral de \u00a0barrios, calidad de vivienda urbana y rural, urbanismo y construcci\u00f3n de \u00a0vivienda sostenible, espacio p\u00fablico y equipamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Adoptar los instrumentos administrativos necesarios para hacer el seguimiento a \u00a0las entidades p\u00fablicas y privadas encargadas de la producci\u00f3n de vivienda \u00a0urbana y rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Determinar los mecanismos e instrumentos necesarios para orientar los procesos \u00a0de desarrollo urbano y territorial en el orden nacional, regional y local, \u00a0aplicando los principios rectores del ordenamiento territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Formular, \u00a0en coordinaci\u00f3n con las entidades y organismos competentes, la pol\u00edtica del \u00a0Sistema Urbano de Ciudades y establecer los lineamientos del proceso de \u00a0urbanizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Preparar, conjuntamente con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y \u00a0otras entidades competentes, estudios y establecer determinantes y \u00a0orientaciones t\u00e9cnicas en materia de poblaci\u00f3n para ser incorporadas en los \u00a0procesos de planificaci\u00f3n, ordenamiento y desarrollo territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Preparar, \u00a0en conjunto con el Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social y otras entidades \u00a0competentes, estudios y orientaciones t\u00e9cnicas en materia de poblaci\u00f3n para ser \u00a0incorporadas en los procesos de calidad de agua potable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Promover operaciones urbanas integrales que garanticen la habilitaci\u00f3n de suelo \u00a0urbanizable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Definir esquemas para la financiaci\u00f3n de los subsidios en los servicios \u00a0p\u00fablicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, vinculando los \u00a0recursos que establezca la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Dise\u00f1ar y promover programas especiales de agua potable y saneamiento b\u00e1sico \u00a0para el sector rural, en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes del orden \u00a0nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Realizar el monitoreo de los recursos del Sistema General de Participaciones \u00a0(SGP), para agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Definir criterios de viabilidad y elegibilidad de proyectos de acueducto, \u00a0alcantarillado y aseo agua potable y saneamiento b\u00e1sico, y dar viabilidad a los \u00a0mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Contratar el seguimiento de los proyectos de agua potable y saneamiento b\u00e1sico \u00a0que cuenten con el apoyo financiero de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Definir los criterios t\u00e9cnicos y de planeaci\u00f3n estrat\u00e9gica para el apoyo \u00a0financiero, la asistencia t\u00e9cnica y la articulaci\u00f3n de pol\u00edticas para el \u00a0servicio p\u00fablico de aseo, la gesti\u00f3n integral de residuos y la econom\u00eda \u00a0circular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Definir los requisitos t\u00e9cnicos que deben cumplir las obras, equipos y \u00a0procedimientos que utilizan las empresas, cuando la Comisi\u00f3n de Regulaci\u00f3n de Agua \u00a0Potable y Saneamiento B\u00e1sico haya resuelto por v\u00eda general que ese se\u00f1alamiento \u00a0es necesario para garantizar la calidad del servicio de agua potable y \u00a0saneamiento b\u00e1sico y que no implica restricci\u00f3n indebida a la competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Articular las pol\u00edticas de vivienda y financiaci\u00f3n de vivienda urbana y rural \u00a0con las de agua potable y saneamiento b\u00e1sico y, a su vez, armonizarlas con las \u00a0pol\u00edticas de ambiente, infraestructura, movilidad, salud y desarrollo rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Preparar, en coordinaci\u00f3n con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, las \u00a0propuestas de pol\u00edtica sectorial para ser sometidas a consideraci\u00f3n, discusi\u00f3n \u00a0y aprobaci\u00f3n del Consejo Nacional de Pol\u00edtica Econ\u00f3mica y Social (Conpes). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Prestar asistencia t\u00e9cnica a las entidades territoriales, a las autoridades \u00a0ambientales y a los prestadores de servicios p\u00fablicos domiciliarios, en el \u00a0marco de las competencias del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Promover \u00a0y orientar la incorporaci\u00f3n del componente de gesti\u00f3n del riesgo en las \u00a0pol\u00edticas, programas y proyectos del sector, en coordinaci\u00f3n con las entidades \u00a0que hacen parte del Sistema Nacional de Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Definir las pol\u00edticas de gesti\u00f3n de la informaci\u00f3n del Sector Administrativo de \u00a0Vivienda, Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. \u00a0Orientar y dirigir, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Relaciones Exteriores, \u00a0las negociaciones internacionales y los procesos de cooperaci\u00f3n internacional, \u00a0en materia de vivienda y financiaci\u00f3n de vivienda urbana y rural, desarrollo \u00a0urbano y territorial y agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. \u00a0Apoyar, dentro de su competencia, procesos asociativos entre entidades \u00a0territoriales en los temas relacionados con vivienda urbana y rural, desarrollo \u00a0urbano y territorial, agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas por la Constituci\u00f3n y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 2\u00ba: \u201cFunciones. Adem\u00e1s \u00a0de las funciones definidas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en el art\u00edculo 59 de \u00a0la Ley 489 de 1998 \u00a0y en las dem\u00e1s leyes, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio cumplir\u00e1, \u00a0las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular, dirigir y coordinar las \u00a0pol\u00edticas, planes, programas y regulaciones en materia de vivienda y \u00a0financiaci\u00f3n de vivienda, desarrollo urbano, ordenamiento territorial y uso del \u00a0suelo en el marco de sus competencias, agua potable y saneamiento b\u00e1sico, as\u00ed \u00a0como los instrumentos normativos para su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Formular las pol\u00edticas sobre renovaci\u00f3n \u00a0urbana, mejoramiento integral de barrios, calidad de vivienda, urbanismo y \u00a0construcci\u00f3n de vivienda sostenible, espacio p\u00fablico y equipamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Adoptar los instrumentos administrativos \u00a0necesarios para hacer el seguimiento a las entidades p\u00fablicas y privadas \u00a0encargadas de la producci\u00f3n de vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Determinar los mecanismos e instrumentos \u00a0necesarios para orientar los procesos de desarrollo urbano y territorial en el \u00a0orden nacional, regional y local, aplicando los principios rectores del \u00a0ordenamiento territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Formular, en coordinaci\u00f3n con las entidades \u00a0y organismos competentes, la pol\u00edtica del Sistema Urbano de Ciudades y \u00a0establecer los lineamientos del proceso de urbanizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Preparar, conjuntamente con el Ministerio \u00a0de Ambiente y Desarrollo Sostenible y otras entidades competentes, estudios y \u00a0establecer determinantes y orientaciones t\u00e9cnicas en materia de poblaci\u00f3n para \u00a0ser incorporadas en los procesos de planificaci\u00f3n, ordenamiento y desarrollo \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover operaciones urbanas integrales que \u00a0garanticen la habilitaci\u00f3n de suelo urbanizable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Definir esquemas para la financiaci\u00f3n de los \u00a0subsidios en los servicios p\u00fablicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado \u00a0y aseo, vinculando los recursos que establezca la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dise\u00f1ar y promover programas especiales de \u00a0agua potable y saneamiento b\u00e1sico para el sector rural, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0entidades competentes del orden nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Realizar el monitoreo de los recursos del \u00a0Sistema General de Participaciones (SGP), para agua potable y saneamiento \u00a0b\u00e1sico, y coordinar con la Superintendencia de Servicios P\u00fablicos Domiciliarios \u00a0su armonizaci\u00f3n con el proceso de certificaci\u00f3n de distritos y municipios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Definir criterios de viabilidad y \u00a0elegibilidad de proyectos de acueducto, alcantarillado y aseo y dar viabilidad \u00a0a los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Contratar el \u00a0seguimiento de los proyectos de acueducto, alcantarillado y aseo que cuenten \u00a0con el apoyo financiero de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Definir los requisitos t\u00e9cnicos que \u00a0deben cumplir las obras, equipos y procedimientos que utilizan las empresas, \u00a0cuando la Comisi\u00f3n de Regulaci\u00f3n de Agua Potable y Saneamiento B\u00e1sico haya \u00a0resuelto por v\u00eda general que ese se\u00f1alamiento es necesario para garantizar la \u00a0calidad del servicio y que no implica restricci\u00f3n indebida a la competencia. (Nota: Ver Resoluci\u00f3n 650 de \u00a02017, M. VCT.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Articular las pol\u00edticas de vivienda y \u00a0financiaci\u00f3n de vivienda con las de agua potable y saneamiento b\u00e1sico y, a su \u00a0vez, armonizarlas con las pol\u00edticas de ambiente, infraestructura, movilidad, \u00a0salud y desarrollo rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Preparar, en coordinaci\u00f3n con el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, las propuestas de pol\u00edtica sectorial para \u00a0ser sometidas a consideraci\u00f3n, discusi\u00f3n y aprobaci\u00f3n del Consejo Nacional de \u00a0Pol\u00edtica Econ\u00f3mica y Social (Conpes). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Prestar asistencia t\u00e9cnica a las entidades \u00a0territoriales, a las autoridades ambientales y a los prestadores de servicios \u00a0p\u00fablicos domiciliarios, en el marco de las competencias del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Promover y orientar la incorporaci\u00f3n del \u00a0componente de gesti\u00f3n del riesgo en las pol\u00edticas, programas y proyectos del \u00a0sector, en coordinaci\u00f3n con las entidades que hacen parte del Sistema Nacional \u00a0de Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Definir las pol\u00edticas de gesti\u00f3n de la \u00a0informaci\u00f3n del Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Orientar y dirigir, en coordinaci\u00f3n con el \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores, las negociaciones internacionales y los \u00a0procesos de cooperaci\u00f3n internacional, en materia de vivienda y financiaci\u00f3n de \u00a0vivienda, desarrollo urbano y territorial y agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Apoyar, dentro de su competencia, procesos \u00a0asociativos entre entidades territoriales en los temas relacionados con \u00a0vivienda, desarrollo urbano y territorial, agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s funciones asignadas por la \u00a0Constituci\u00f3n y la ley.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Integraci\u00f3n del Sector Administrativo de \u00a0Vivienda, Ciudad y Territorio. El Sector Administrativo de Vivienda, \u00a0Ciudad y Territorio est\u00e1 integrado por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio \u00a0y las siguientes entidades adscritas y vinculadas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Entidades Adscritas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1 Unidad \u00a0Administrativa Especial sin Personer\u00eda Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1.1 Comisi\u00f3n de \u00a0Regulaci\u00f3n de Agua Potable y Saneamiento B\u00e1sico (CRA) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2 Establecimiento \u00a0P\u00fablico: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2.1 Fondo Nacional de \u00a0Vivienda (Fonvivienda) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Entidades Vinculadas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 Empresa Industrial y \u00a0Comercial del Estado: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1.1 Fondo Nacional de \u00a0Ahorro (FNA) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Direcci\u00f3n. La Direcci\u00f3n del \u00a0Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio estar\u00e1 a cargo del Ministro, quien \u00a0la ejercer\u00e1 con la inmediata colaboraci\u00f3n de los viceministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estructura y \u00a0funciones de las dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Modificado por el Decreto 1604 de 2020, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Estructura. Para el cumplimiento de sus funciones, el Ministerio \u00a0de Vivienda, Ciudad y Territorio tendr\u00e1 la siguiente estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Despacho del Ministro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1 \u00a0Oficina Asesora Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2 \u00a0Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3 \u00a0Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4 Oficina \u00a0de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Despacho del Viceministro de Vivienda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 \u00a0Direcci\u00f3n del Sistema Habitacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 \u00a0Direcci\u00f3n de Inversiones en Vivienda de Inter\u00e9s Social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2.1 \u00a0Subdirecci\u00f3n de Subsidio Familiar de Vivienda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2.2 \u00a0Subdirecci\u00f3n de Promoci\u00f3n y Apoyo T\u00e9cnico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2.3 \u00a0Subdirecci\u00f3n de Subsidio y Ejecuci\u00f3n de Vivienda Rural \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3 \u00a0Direcci\u00f3n de Espacio Urbano y Territorial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3.1 Subdirecci\u00f3n \u00a0de Pol\u00edticas de Desarrollo Urbano y Territorial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3.2 \u00a0Subdirecci\u00f3n de Asistencia T\u00e9cnica y Operaciones Urbanas Integrales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4 \u00a0Direcci\u00f3n de Vivienda Rural \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4.1 \u00a0Subdirecci\u00f3n de Pol\u00edtica y Apoyo T\u00e9cnico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4.2. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Acompa\u00f1amiento y Evaluaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Despacho del Viceministro de Agua y Saneamiento B\u00e1sico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1 \u00a0Direcci\u00f3n de Pol\u00edtica y Regulaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2 \u00a0Direcci\u00f3n de Infraestructura y Desarrollo Empresarial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2.1 \u00a0Subdirecci\u00f3n de Programas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2.2 \u00a0Subdirecci\u00f3n de Desarrollo Empresarial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2.3 \u00a0Subdirecci\u00f3n de Proyectos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1 \u00a0Subdirecci\u00f3n de Finanzas y Presupuesto \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2 \u00a0Subdirecci\u00f3n de Servicios Administrativos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0\u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1 Comit\u00e9 \u00a0Sectorial de Desarrollo Administrativo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2 \u00a0Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3 \u00a0Comit\u00e9 de Gerencia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4 \u00a0Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 5\u00ba: \u201cEstructura. Para \u00a0el cumplimiento de sus funciones, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio tendr\u00e1 la siguiente estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Ministro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1 Oficina Asesora Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2 Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3 Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4 Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y \u00a0las Comunicaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Viceministro de Vivienda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 Direcci\u00f3n del Sistema Habitacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 Direcci\u00f3n de Inversiones en Vivienda de \u00a0Inter\u00e9s Social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2.1 Subdirecci\u00f3n de Subsidio Familiar de \u00a0Vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2.2 Subdirecci\u00f3n de Promoci\u00f3n y Apoyo \u00a0T\u00e9cnico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3 Direcci\u00f3n de Espacio Urbano y Territorial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3.1 Subdirecci\u00f3n de Pol\u00edticas de Desarrollo \u00a0Urbano y Territorial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3.2 Subdirecci\u00f3n de Asistencia T\u00e9cnica y \u00a0Operaciones Urbanas Integrales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Despacho del Viceministro de Agua y \u00a0Saneamiento B\u00e1sico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1 Direcci\u00f3n de Desarrollo Sectorial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2 Direcci\u00f3n de Programas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2.1 Subdirecci\u00f3n de Estructuraci\u00f3n de \u00a0Programas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2.2 Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Empresarial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3.3 Subdirecci\u00f3n de Proyectos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1 Subdirecci\u00f3n de Finanzas y Presupuesto \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2 Subdirecci\u00f3n de Servicios Administrativos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1 Comit\u00e9 Sectorial de Desarrollo \u00a0Administrativo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3 Comit\u00e9 de Gerencia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4 Comisi\u00f3n de Personal\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Modificado \u00a0por el Decreto 128 de 2023, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Funciones del Despacho del Ministro. Son funciones del \u00a0Despacho del Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, adem\u00e1s de las se\u00f1aladas \u00a0en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en el art\u00edculo 61 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular y promover las \u00a0pol\u00edticas, planes, programas y proyectos del Sector Administrativo de Vivienda, \u00a0Ciudad y Territorio, bajo la direcci\u00f3n del Presidente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adoptar operaciones urbanas \u00a0integrales para la habilitaci\u00f3n de suelo urbanizable, de conformidad con la \u00a0normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, en coordinaci\u00f3n con \u00a0el Ministerio de Relaciones Exteriores, lo relacionado con la cooperaci\u00f3n y \u00a0negociaci\u00f3n internacional en materia de vivienda y financiaci\u00f3n de vivienda, \u00a0desarrollo urbano y territorial y agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar la formulaci\u00f3n y \u00a0hacer seguimiento a las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos del Sector \u00a0Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio, bajo la direcci\u00f3n del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejercer la representaci\u00f3n \u00a0legal del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar, orientar y hacer \u00a0seguimiento a la planeaci\u00f3n estrat\u00e9gica del Ministerio y del Sector \u00a0Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Designar al: Director \u00a0Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar ante el Congreso \u00a0de la Rep\u00fablica, de acuerdo con la agenda legislativa del Gobierno nacional, \u00a0los proyectos de ley relacionados con las competencias del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Aprobar los anteproyectos de \u00a0presupuesto de inversi\u00f3n, de funcionamiento y el proyecto de utilizaci\u00f3n de recursos \u00a0del cr\u00e9dito p\u00fablico que se apropien para el Ministerio\u00b7 de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Suscribir en nombre de la \u00a0Naci\u00f3n y de conformidad con el Estatuto de Contrataci\u00f3n P\u00fablica y la Ley \u00a0Org\u00e1nica, de Presupuesto, los contratos relativos a asuntos propios del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Orientar la pol\u00edtica de \u00a0gesti\u00f3n de informaci\u00f3n del Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Distribuir entre las \u00a0diferentes dependencias del Ministerio las funciones y competencias que la ley \u00a0le otorgue a la Entidad, cuando las mismas no est\u00e9n asignadas expresamente a \u00a0alguna de ellas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Fallar en segunda \u00a0instancia, en la etapa de juzgamiento, los procesos disciplinarios contra \u00a0funcionarios y exfuncionarios de la entidad, de acuerdo con las funciones y \u00a0competencias establecidas en el C\u00f3digo General Disciplinario y las \u00a0disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Presentar los anteproyectos \u00a0de planes y programas de inversi\u00f3n del Ministerio y sus entidades adscritas y \u00a0vinculadas ante las instancias de discusi\u00f3n y aprobaci\u00f3n correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Vigilar la ejecuci\u00f3n \u00a0presupuestal del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dirigir la implementaci\u00f3n \u00a0del Sistema Integral de Gesti\u00f3n de Calidad, garantizar el ejercicio del Control \u00a0Interno y supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Crear, organizar y \u00a0conformar comit\u00e9s, comisiones y grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta \u00a0la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas \u00a0trazados por el Ministerio para su adecuado funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Ejercer las funciones que el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica le delegue o la ley le confiera y vigilar el \u00a0cumplimiento de las que por mandato legal se hayan otorgado a dependencias del \u00a0Ministerio as\u00ed como las que hayan sido delegadas en funcionarios del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 6\u00ba: Funciones del Despacho del Ministro. Son funciones del \u00a0Despacho del Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, adem\u00e1s de las se\u00f1aladas \u00a0en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en el art\u00edculo 61 de la Ley 489 de 1998, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular y promover las pol\u00edticas, planes, \u00a0programas y proyectos del Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio, bajo la direcci\u00f3n del Presidente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adoptar operaciones urbanas integrales para \u00a0la habilitaci\u00f3n de suelo urbanizable, de conformidad con la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio \u00a0de Relaciones Exteriores, lo relacionado con la cooperaci\u00f3n y negociaci\u00f3n \u00a0internacional en materia de vivienda y financiaci\u00f3n de vivienda, desarrollo \u00a0urbano y territorial y agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar la formulaci\u00f3n y hacer \u00a0seguimiento a las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos del Sector \u00a0Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio, bajo la direcci\u00f3n del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejercer la representaci\u00f3n legal del \u00a0Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar, orientar y hacer seguimiento a \u00a0la planeaci\u00f3n estrat\u00e9gica del Ministerio y del Sector Administrativo de \u00a0Vivienda, Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Designar al Director Ejecutivo del Fondo \u00a0Nacional de Vivienda (Fonvivienda). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar ante el Congreso de la Rep\u00fablica, \u00a0de acuerdo con la agenda legislativa del Gobierno Nacional, los proyectos de \u00a0ley relacionados con las competencias del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Aprobar los anteproyectos de presupuesto de \u00a0inversi\u00f3n, de funcionamiento y el proyecto de utilizaci\u00f3n de recursos del \u00a0cr\u00e9dito p\u00fablico que se apropien para el Ministerio de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Suscribir en nombre de la Naci\u00f3n y de \u00a0conformidad con el Estatuto de Contrataci\u00f3n P\u00fablica y la Ley Org\u00e1nica de \u00a0Presupuesto, los contratos relativos a asuntos propios del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Orientar la pol\u00edtica de gesti\u00f3n de \u00a0informaci\u00f3n del Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Distribuir entre las diferentes \u00a0dependencias del Ministerio las funciones y competencias que la ley le otorgue \u00a0a la Entidad, cuando las mismas no est\u00e9n asignadas expresamente a alguna de \u00a0ellas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Ejercer la funci\u00f3n de control \u00a0disciplinario interno en los t\u00e9rminos de la Ley 734 de 2002 \u00a0o en las normas que la modifiquen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Presentar los anteproyectos de planes y \u00a0programas de inversi\u00f3n del Ministerio y sus entidades adscritas y vinculadas \u00a0ante las instancias de discusi\u00f3n y aprobaci\u00f3n correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Vigilar la ejecuci\u00f3n presupuestal del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dirigir la implementaci\u00f3n del Sistema \u00a0Integral de Gesti\u00f3n de Calidad, garantizar el ejercicio del Control Interno y \u00a0supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Crear, organizar y conformar comit\u00e9s, \u00a0comisiones y grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura \u00a0interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por el \u00a0Ministerio para su adecuado funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Ejercer las funciones que el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica le delegue o la ley le confiera y vigilar el cumplimiento de las \u00a0que por mandato legal se hayan otorgado a dependencias del Ministerio as\u00ed como \u00a0las que hayan sido delegadas en funcionarios del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 6\u00ba: Ver Resoluci\u00f3n 572 de \u00a02019. Ver Resoluci\u00f3n 6 de 2018. \u00a0Ver Resoluci\u00f3n 972 de \u00a02017, M. Vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Modificado \u00a0por el Decreto 128 de 2023, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Oficina Asesora Jur\u00eddica. Son funciones de la Oficina \u00a0Asesora Jur\u00eddica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Contribuir en la formulaci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas para el fortalecimiento jur\u00eddico de las dependencias del \u00a0Ministerio en lo relacionado con su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Analizar, proyectar y avalar \u00a0para la firma del Ministro o sus delegados, los actos administrativos y \u00a0consultas que este le indique y que deba suscribir conforme a la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir y asesorar al \u00a0Director Ejecutivo de Fonvivienda en la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las \u00a0normas relacionadas con las funciones y competencias asignadas al Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar, estudiar y \u00a0conceptuar sobre proyectos de actos administrativos, contratos y\/o convenios \u00a0que deba suscribir o proponer la Entidad, y sobre los dem\u00e1s asuntos que le \u00a0asignen, en relaci\u00f3n con la naturaleza del Ministerio, en lo de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Representar judicial y \u00a0extrajudicialmente al Ministerio y a Fonvivienda en los procesos y actuaciones \u00a0que se instauren en su contra o que estos deban promover\u00b7, mediante poder o \u00a0\u00b7delegaci\u00f3n y supervisar el tr\u00e1mite de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con las oficinas \u00a0jur\u00eddicas de las entidades del Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio la elaboraci\u00f3n y sustentaci\u00f3n de la normativa, de acuerdo con los \u00a0par\u00e1metros establecidos por el Ministro y los Viceministros, en los temas de \u00a0car\u00e1cter sectorial y transversal en donde el Ministerio tenga inter\u00e9s. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Adelantar investigaciones, \u00a0estudios y evaluaciones jur\u00eddicas que sirvan como fundamento para la formulaci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas y regulaci\u00f3n del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Establecer criterios y \u00a0directrices para unificar la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de la normativa del \u00a0sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y tramitar los recursos, \u00a0revocatorias directas, y en general las actuaciones jur\u00eddicas relacionadas con \u00a0las funciones del Ministerio y Fonvivienda, que no correspondan a otras \u00a0dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Proponer, participar, \u00a0analizar y conceptuar en lo relativo a la viabilidad normativa y hacer el \u00a0seguimiento correspondiente sobre las iniciativas legislativas de las entidades \u00a0del Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio y las que se pongan \u00a0a su consideraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Llevar a cabo actuaciones \u00a0encaminadas a lograr el cobro efectivo de los valores que se adeudan al \u00a0Ministerio y a Fonvivienda por todo concepto, desarrollando las, labores de \u00a0cobro persuasivo y adelantado los procesos ejecutivos por jurisdicci\u00f3n \u00a0coactiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Realizar el estudio y \u00a0evaluaci\u00f3n de la conveniencia y de la justificaci\u00f3n de las consultas ante el \u00a0Consejo de Estado del Ministerio y de las entidades del Sector Administrativo \u00a0de Vivienda, Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo y \u00a0sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia \u00a0de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Atender las peticiones y \u00a0consultas relacionadas con asuntos de competencia del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Fallar en primera \u00a0instancia, en la etapa de juzgamiento, los procesos disciplinarios contra \u00a0funcionarios y exfuncionarios de la entidad, de acuerdo con las funciones y \u00a0competencias establecidas en el C\u00f3digo General Disciplinario y las \u00a0disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Trasladar oportunamente el \u00a0expediente al despacho del Ministro para el tr\u00e1mite de la segunda instancia, en \u00a0la etapa de juzgamiento, los procesos disciplinarios de la entidad, cuando se \u00a0hayan interpuesto los recursos de apelaci\u00f3n o de queja. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 7\u00ba: Oficina Asesora Jur\u00eddica. Son funciones de \u00a0la Oficina Asesora Jur\u00eddica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Contribuir en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas \u00a0para el fortalecimiento jur\u00eddico de las dependencias del Ministerio en lo \u00a0relacionado con su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Analizar, proyectar y avalar para la firma \u00a0del Ministro o sus delegados, los actos administrativos y consultas que este le \u00a0indique y que deba suscribir conforme a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir y asesorar al Director Ejecutivo de \u00a0Fonvivienda en la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las normas relacionadas con \u00a0las funciones y competencias asignadas al Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar, estudiar y conceptuar sobre \u00a0proyectos de actos administrativos, contratos y\/o convenios que deba suscribir \u00a0o proponer la Entidad, y sobre los dem\u00e1s asuntos que le asignen, en relaci\u00f3n \u00a0con la naturaleza del Ministerio, en lo de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Representar judicial y extrajudicialmente \u00a0al Ministerio y a Fonvivienda en los procesos y actuaciones que se instauren en \u00a0su contra o que estos deban promover, mediante poder o delegaci\u00f3n y supervisar \u00a0el tr\u00e1mite de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con las oficinas jur\u00eddicas de las \u00a0entidades del Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio la \u00a0elaboraci\u00f3n y sustentaci\u00f3n de la normativa, de acuerdo con los par\u00e1metros \u00a0establecidos por el Ministro y los Viceministros, en los temas de car\u00e1cter \u00a0sectorial y transversal en donde el Ministerio tenga inter\u00e9s. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Adelantar investigaciones, estudios y \u00a0evaluaciones jur\u00eddicas que sirvan como fundamento para la formulaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas y regulaci\u00f3n del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Establecer criterios y directrices para \u00a0unificar la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de la normativa del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y tramitar los recursos, \u00a0revocatorias directas, y en general las actuaciones jur\u00eddicas relacionadas con \u00a0las funciones del Ministerio y Fonvivienda, que no correspondan a otras \u00a0dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Proponer, \u00a0participar, analizar y conceptuar en lo relativo a la viabilidad normativa y \u00a0hacer el seguimiento correspondiente sobre las iniciativas legislativas de las \u00a0entidades del Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio y las que \u00a0se pongan a su consideraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Llevar a cabo actuaciones encaminadas a \u00a0lograr el cobro efectivo de los valores que se adeudan al Ministerio y a \u00a0Fonvivienda por todo concepto, desarrollando las labores de cobro persuasivo y \u00a0adelantado los procesos ejecutivos por jurisdicci\u00f3n coactiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Realizar el estudio y evaluaci\u00f3n de la \u00a0conveniencia y de la justificaci\u00f3n de las consultas ante el Consejo de Estado \u00a0del Ministerio y de las entidades del Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad \u00a0y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Atender las peticiones y consultas \u00a0relacionadas con asuntos de competencia del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s funciones asignadas que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Oficina de Control Interno. Son \u00a0funciones de la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces, adem\u00e1s de \u00a0las se\u00f1aladas en las leyes vigentes sobre la materia, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y apoyar al \u00a0Ministro en el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno del Ministerio, as\u00ed como verificar su operatividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Desarrollar \u00a0instrumentos y adelantar estrategias orientadas a fomentar una cultura de \u00a0autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en la prestaci\u00f3n de los \u00a0servicios de competencia del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Aplicar el control de \u00a0gesti\u00f3n e interpretar sus resultados con el objetivo de presentar \u00a0recomendaciones al Ministro, haciendo \u00e9nfasis en los indicadores de gesti\u00f3n \u00a0dise\u00f1ados y reportados peri\u00f3dicamente por la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar el \u00a0cumplimiento de las pol\u00edticas, normas, procedimientos, planes, programas, \u00a0proyectos y metas del Ministerio, as\u00ed como recomendar los ajustes pertinentes y \u00a0efectuar el seguimiento a su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar a las \u00a0dependencias en la identificaci\u00f3n y prevenci\u00f3n de los riesgos que puedan \u00a0afectar el logro de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar, acompa\u00f1ar y \u00a0apoyar a los servidores del Ministerio en el desarrollo y mejoramiento del Sistema \u00a0de Control Interno y mantener informado al Ministro sobre la marcha del \u00a0Sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar informes de \u00a0actividades al Ministro y al Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Preparar y consolidar \u00a0el Informe de Rendici\u00f3n de Cuenta Fiscal que debe presentarse anualmente a la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica al comienzo de cada vigencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y \u00a0consolidar las respuestas a los requerimientos presentados por los organismos \u00a0de control respecto de la gesti\u00f3n del Ministerio y de Fonvivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Apoyar el \u00a0desarrollo, sostenimiento y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de \u00a0Gesti\u00f3n Institucional, supervisar su efectividad y la observancia de sus \u00a0recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. Son \u00a0funciones de la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y coordinar \u00a0el proceso de planeaci\u00f3n del Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio en los aspectos t\u00e9cnicos, econ\u00f3micos y administrativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las dependencias del Ministerio y las entidades del Sector, el \u00a0Plan de Desarrollo Sectorial, con sujeci\u00f3n al Plan Nacional de Desarrollo, los \u00a0planes estrat\u00e9gicos y de acci\u00f3n, el Plan operativo anual y plurianual, los \u00a0Planes de Desarrollo Administrativo Sectorial e institucional y someterlos a \u00a0aprobaci\u00f3n del Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar el \u00a0seguimiento a la ejecuci\u00f3n presupuestal de los planes, programas y proyectos \u00a0del Ministerio y del Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar el \u00a0cumplimiento de los planes, programas y proyectos del Ministerio y de las \u00a0entidades del Sector y elaborar los informes de seguimiento y propuesta de \u00a0ajustes a los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Desarrollar y validar \u00a0los indicadores de gesti\u00f3n, producto e impacto del sector y hacer el \u00a0seguimiento a trav\u00e9s de los sistemas establecidos para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elaborar, consolidar \u00a0y presentar el anteproyecto de presupuesto como la programaci\u00f3n presupuestal y \u00a0plurianual del Ministerio y de las entidades del Sector Administrativo de \u00a0Vivienda, Ciudad y Territorio y someterlas a aprobaci\u00f3n del Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar a las \u00a0dependencias del Ministerio y del Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio en la elaboraci\u00f3n de los proyectos de inversi\u00f3n y viabilizarlos, sin perjuicio de la fuente de financiaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Realizar el \u00a0seguimiento a la ejecuci\u00f3n presupuestal y viabilizar las modificaciones \u00a0presupuestales del Ministerio y de las entidades del Sector ante el Ministerio \u00a0de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar los procesos de \u00a0negociaci\u00f3n para la contrataci\u00f3n de cr\u00e9ditos externos y cooperaci\u00f3n \u00a0internacional, destinados al Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio y velar porque su ejecuci\u00f3n se desarrolle en el marco de los \u00a0acuerdos suscritos con los organismos internacionales respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Elaborar, consolidar \u00a0y presentar los informes requeridos por organismos del Estado y dem\u00e1s agentes \u00a0externos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Planificar, mantener \u00a0y hacer el control de la gesti\u00f3n de los procesos y procedimientos del \u00a0Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Elaborar estudios, \u00a0propuestas e investigaciones de car\u00e1cter econ\u00f3mico y financiero, para mejorar \u00a0la calidad de los servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar la gesti\u00f3n \u00a0estrat\u00e9gica y operativa de las dependencias del Ministerio que tienen a su \u00a0cargo asistir a Fonvivienda en la administraci\u00f3n de los recursos del Subsidio \u00a0Familiar de Vivienda de Inter\u00e9s Social Urbana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Recomendar las \u00a0modificaciones a la estructura organizacional del Ministerio y de las entidades \u00a0del Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio, que propendan por \u00a0su modernizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Orientar y coordinar \u00a0la implementaci\u00f3n y desarrollo del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, \u00a0y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Atender las \u00a0peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Modificado por el Decreto 1829 de 2019, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Oficina \u00a0de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones. Son funciones de la Oficina de Tecnolog\u00edas de la \u00a0Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, adem\u00e1s de las se\u00f1aladas en el Decreto n\u00famero \u00a01083 de 2015, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Impartir y definir lineamientos en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio, en materia de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones a \u00a0trav\u00e9s de principios, pol\u00edticas, estrategias y buenas pr\u00e1cticas que soporten la \u00a0gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Definir \u00a0y aplicar los lineamientos y procesos de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las \u00a0Comunicaciones en el Ministerio en materia de software, hardware, redes y \u00a0telecomunicaciones, acorde con los par\u00e1metros gubernamentales para su \u00a0adquisici\u00f3n, operaci\u00f3n, soporte especializado y mantenimiento, garantizando su \u00a0pertinencia, calidad, seguridad, oportunidad, transformaci\u00f3n, monitoreo, \u00a0flujos, intercambio e interoperabilidad con las dem\u00e1s entidades competentes, \u00a0que permitan apoyar al Ministerio y al sector en la toma de decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar \u00a0al Ministerio en la definici\u00f3n de los est\u00e1ndares de datos de los sistemas de \u00a0informaci\u00f3n y de seguridad inform\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Liderar \u00a0la implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Gobierno Digital del Ministerio que permita \u00a0el uso y aprovechamiento de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las \u00a0comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Definir, actualizar e implementar el Plan Estrat\u00e9gico de Tecnolog\u00edas de la \u00a0Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Prestar \u00a0el soporte t\u00e9cnico a los usuarios internos del Ministerio, garantizando el \u00a0adecuado funcionamiento de la infraestructura tecnol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Promover el desarrollo de estrategias, aplicaciones, servicios, tr\u00e1mites e \u00a0instrumentos que propendan por el uso y mejoramiento de los servicios y \u00a0tr\u00e1mites sectoriales en l\u00ednea, por parte de los servidores p\u00fablicos, los \u00a0ciudadanos y otras entidades, como herramientas clave de una gesti\u00f3n eficiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Definir \u00a0e implementar las pol\u00edticas de seguridad de la informaci\u00f3n y de la plataforma \u00a0tecnol\u00f3gica del Ministerio, determinando los lineamientos para la formulaci\u00f3n \u00a0de los planes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Definir, implementar, desarrollar y coordinar las estrategias para el \u00a0cumplimiento de est\u00e1ndares de seguridad, privacidad, confidencialidad, \u00a0integridad, confiabilidad, calidad y oportunidad de la informaci\u00f3n que cuenten \u00a0con un an\u00e1lisis y tratamiento de riesgos de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las \u00a0Comunicaciones apropiados para el Ministerio, con el fin de lograr un flujo eficiente \u00a0de informaci\u00f3n disponible para el uso en la gesti\u00f3n y la toma de decisiones en \u00a0la entidad y\/o sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Definir los lineamientos para la administraci\u00f3n, operaci\u00f3n y mantenimiento de \u00a0los servicios en lo relacionado con la plataforma tecnol\u00f3gica, redes, \u00a0comunicaciones y sistemas de informaci\u00f3n que soportan la infraestructura de \u00a0Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Establecer, en coordinaci\u00f3n con las \u00e1reas competentes, las necesidades y el \u00a0presupuesto para realizar los procesos de adquisici\u00f3n y garantizar la gesti\u00f3n \u00a0de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Liderar y coordinar el desarrollo, implementaci\u00f3n, operaci\u00f3n, soporte y \u00a0mantenimiento de los sistemas de informaci\u00f3n, facilitando los medios de \u00a0Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, para atender las \u00a0necesidades de informaci\u00f3n de los ciudadanos y grupos de inter\u00e9s a trav\u00e9s de \u00a0los servicios digitales de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Formular planes, programas y proyectos para el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s \u00a0funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 10: \u201cOficina de Tecnolog\u00edas de \u00a0la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones. Son funciones de la Oficina de \u00a0Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Garantizar la aplicaci\u00f3n a nivel sectorial \u00a0de los est\u00e1ndares, buenas pr\u00e1cticas y principios para la informaci\u00f3n estatal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar el plan institucional y orientar la \u00a0elaboraci\u00f3n del plan estrat\u00e9gico sectorial en materia de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar el mapa de informaci\u00f3n sectorial \u00a0que permita contar de manera actualizada y completa con los procesos de \u00a0producci\u00f3n de informaci\u00f3n del Sector y de su Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar estrategias de generaci\u00f3n y \u00a0promoci\u00f3n del flujo eficiente de informaci\u00f3n sectorial e intersectorial y de \u00a0servicio al ciudadano en la difusi\u00f3n de la informaci\u00f3n y la promoci\u00f3n del \u00a0Sector y la entidad, hacia los ciudadanos y organizaciones para rendici\u00f3n de \u00a0cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Vigilar que en los procesos tecnol\u00f3gicos de \u00a0la entidad y del Sector se tengan en cuenta los est\u00e1ndares y lineamientos \u00a0dictados por el Ministerio de las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las \u00a0Comunicaciones que permitan la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas que en materia de \u00a0informaci\u00f3n expida el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y el Departamento \u00a0Administrativo Nacional de Estad\u00edstica (DANE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Identificar las dificultades en la \u00a0implementaci\u00f3n de est\u00e1ndares y buenas pr\u00e1cticas y en el cumplimiento de los \u00a0principios para la informaci\u00f3n estatal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Lograr acuerdos entre las entidades del \u00a0Sector para compartir informaci\u00f3n y mejorar la eficiencia en la producci\u00f3n, \u00a0recolecci\u00f3n, uso y disposici\u00f3n de la informaci\u00f3n de acuerdo con los \u00a0lineamientos estrat\u00e9gicos emitidos por el Ministerio de las Tecnolog\u00edas de la \u00a0Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, y el \u00a0Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica (DANE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Identificar necesidades de informaci\u00f3n \u00a0sectoriales, con el prop\u00f3sito de ser priorizadas dentro del plan estrat\u00e9gico de \u00a0informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Organizar los procesos internos del sector \u00a0en producci\u00f3n de informaci\u00f3n para cumplir con las pol\u00edticas, planes, programas \u00a0y proyectos sectoriales teniendo en cuenta los lineamientos para la informaci\u00f3n \u00a0estatal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Apoyar al Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n en la expedici\u00f3n de pol\u00edticas, lineamientos, programas, planes y \u00a0proyectos, para lograr altos niveles de eficiencia en la producci\u00f3n de \u00a0informaci\u00f3n p\u00fablica de su sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar al Departamento Administrativo \u00a0Nacional de Estad\u00edstica (DANE) en la definici\u00f3n de pol\u00edticas, principios, \u00a0lineamientos, e implementar los est\u00e1ndares y buenas pr\u00e1cticas que rigen la \u00a0informaci\u00f3n estad\u00edstica para lograr altos niveles de eficiencia en la \u00a0producci\u00f3n de informaci\u00f3n estad\u00edstica del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Trabajar de manera coordinada con los \u00a0responsables de producir informaci\u00f3n estatal en las entidades del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Atender las peticiones y consultas \u00a0relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s funciones asignadas que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Modificado por el Decreto 1604 de 2020, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Despacho del Viceministro de Vivienda. Son funciones del \u00a0Despacho del Viceministro de Vivienda, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Asesorar al Ministro en el proceso de formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, \u00a0programas y regulaciones en materia de vivienda y financiaci\u00f3n de vivienda \u00a0urbana y rural, ordenamiento territorial en lo de su competencia, desarrollo \u00a0urbano y territorial, as\u00ed como los instrumentos normativos para su \u00a0implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Elaborar propuestas para la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n, seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas, estrategias, programas y planes para el desarrollo \u00a0del Sistema Nacional de Vivienda de Inter\u00e9s Social en su connotaci\u00f3n urbana y \u00a0rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Orientar el proceso de formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas y regulaciones sobre \u00a0zonificaci\u00f3n y uso adecuado del suelo para adelantar procesos de urbanizaci\u00f3n, \u00a0as\u00ed como de urbanismo y construcci\u00f3n sostenible y de vivienda rural que \u00a0incorporen las directrices de prevenci\u00f3n, mitigaci\u00f3n y adaptaci\u00f3n al cambio \u00a0clim\u00e1tico fijadas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Elaborar propuestas para la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica del Sistema de Ciudades \u00a0y establecer los lineamientos del proceso de urbanizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Apoyar en lo de su competencia la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica general de \u00a0ordenamiento del territorio en los asuntos de inter\u00e9s nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Dise\u00f1ar metodolog\u00edas y elaborar estudios que establezcan directrices, \u00a0determinantes y orientaciones t\u00e9cnicas para ser incorporadas en las pol\u00edticas y \u00a0en la normativa de los sectores de vivienda y financiaci\u00f3n de vivienda urbana y \u00a0rural, ordenamiento territorial en lo de su competencia, desarrollo urbano y \u00a0territorial, as\u00ed como los instrumentos normativos para su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Proponer los lineamientos para la identificaci\u00f3n de las fuentes, mecanismos e instrumentos \u00a0de financiaci\u00f3n para el sector de vivienda urbana y rural y desarrollo urbano y \u00a0territorial, as\u00ed como coordinar la asignaci\u00f3n de los recursos provenientes de \u00a0dichas fuentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Proponer el presupuesto y los mecanismos de asignaci\u00f3n de los recursos de la \u00a0Naci\u00f3n para vivienda de inter\u00e9s social urbana y rural, y desarrollo urbano y \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Estructurar en lo de su competencia, en coordinaci\u00f3n con las autoridades \u00a0competentes, los mecanismos e instrumentos para orientar los procesos de ordenamiento \u00a0territorial del orden nacional, regional, departamental y local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Proponer regulaciones sobre los instrumentos administrativos para el \u00a0seguimiento a las entidades p\u00fablicas y privadas encargadas de la producci\u00f3n de \u00a0vivienda urbana y rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Apoyar la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de la \u00a0informaci\u00f3n de Vivienda Urbana y Rural y Desarrollo Urbano y Territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir \u00a0la elaboraci\u00f3n de los estudios e informes sobre el desarrollo de las pol\u00edticas, \u00a0planes, programas y proyectos impulsados por el Ministerio en materia \u00a0habitacional urbana y rural y de desarrollo urbano y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Dise\u00f1ar programas de asistencia t\u00e9cnica a entidades territoriales y dem\u00e1s \u00a0entidades con competencias en temas relacionados con la aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas \u00a0de vivienda urbana y rural, ordenamiento y desarrollo urbano y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Coordinar el proceso de viabilidad, formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de operaciones \u00a0urbanas integrales para la habilitaci\u00f3n de suelo urbanizable, de conformidad \u00a0con la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Dirigir las relaciones con las entidades del sector que desarrollen funciones \u00a0relacionadas con la pol\u00edtica de vivienda y financiaci\u00f3n de vivienda urbana y \u00a0rural, ordenamiento y desarrollo urbano y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Articular la pol\u00edtica de vivienda rural con las entidades territoriales y dem\u00e1s \u00a0actores del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Coordinar la participaci\u00f3n del Viceministerio, en los asuntos de su \u00a0competencia, en el Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las \u00a0dem\u00e1s asignadas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 11: \u201cDespacho del Viceministro \u00a0de Vivienda. Son funciones del Despacho del Viceministro de Vivienda, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro en el proceso de \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y regulaciones en materia de \u00a0vivienda y financiaci\u00f3n de vivienda, ordenamiento territorial en lo de su \u00a0competencia, desarrollo urbano y territorial, as\u00ed como los instrumentos \u00a0normativos para su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar propuestas para la formulaci\u00f3n, \u00a0implementaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas, estrategias, \u00a0programas y planes para el desarrollo del Sistema Nacional de Vivienda de \u00a0Inter\u00e9s Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Orientar el proceso de formulaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas y regulaciones sobre zonificaci\u00f3n y uso adecuado del suelo para \u00a0adelantar procesos de urbanizaci\u00f3n as\u00ed como de urbanismo y construcci\u00f3n \u00a0sostenible que incorporen las directrices de prevenci\u00f3n, mitigaci\u00f3n y \u00a0adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico fijadas por el Ministerio de Ambiente y \u00a0Desarrollo Sostenible. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar propuestas para la formulaci\u00f3n de \u00a0la pol\u00edtica del Sistema de Ciudades y establecer los lineamientos del proceso \u00a0de urbanizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar en lo de su competencia la formulaci\u00f3n \u00a0de la pol\u00edtica general de ordenamiento del territorio en los asuntos de inter\u00e9s \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar metodolog\u00edas y elaborar estudios \u00a0que establezcan directrices, determinantes y orientaciones t\u00e9cnicas para ser \u00a0incorporadas en las pol\u00edticas y en la normativa de los sectores de vivienda y \u00a0financiaci\u00f3n de vivienda, ordenamiento territorial en lo de su competencia, \u00a0desarrollo urbano y territorial, as\u00ed como los instrumentos normativos para su \u00a0implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Proponer los \u00a0lineamientos para la identificaci\u00f3n de las fuentes, mecanismos e instrumentos \u00a0de financiaci\u00f3n para el sector de vivienda y desarrollo urbano y territorial, y \u00a0coordinar la asignaci\u00f3n de los recursos provenientes de dichas fuentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer el presupuesto y los mecanismos \u00a0de asignaci\u00f3n de los recursos de la Naci\u00f3n para vivienda de inter\u00e9s social \u00a0urbano y desarrollo urbano y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Estructurar en lo de su competencia, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las autoridades competentes, los mecanismos e instrumentos \u00a0para orientar los procesos de ordenamiento territorial del orden nacional, \u00a0regional, departamental y local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Proponer regulaciones sobre los \u00a0instrumentos administrativos para el seguimiento a las entidades p\u00fablicas y \u00a0privadas encargadas de la producci\u00f3n de vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de \u00a0la Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de la informaci\u00f3n de Vivienda y Desarrollo Urbano y \u00a0Territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir la elaboraci\u00f3n de los estudios e \u00a0informes sobre el desarrollo de las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos \u00a0impulsados por el Ministerio en materia habitacional y de desarrollo urbano y \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dise\u00f1ar programas de asistencia t\u00e9cnica a \u00a0entidades territoriales y dem\u00e1s entidades con competencias en temas \u00a0relacionados con la aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas de vivienda, ordenamiento y \u00a0desarrollo urbano y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar el proceso de viabilidad, \u00a0formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de operaciones urbanas integrales para la habilitaci\u00f3n \u00a0de suelo urbanizable, de conformidad con la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Dirigir las relaciones con las entidades \u00a0del sector que desarrollen funciones relacionadas con la pol\u00edtica de vivienda y \u00a0financiaci\u00f3n de vivienda, ordenamiento y desarrollo urbano y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Coordinar y articular la pol\u00edtica de \u00a0vivienda rural con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, entidades \u00a0territoriales, cajas de compensaci\u00f3n familiar y dem\u00e1s entidades encargadas de \u00a0su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar la participaci\u00f3n del \u00a0Viceministerio, en los asuntos de su competencia, en el Sistema Nacional para \u00a0la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s asignadas en la ley y las que \u00a0por su naturaleza le correspondan.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Direcci\u00f3n del Sistema Habitacional. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n del Sistema Habitacional, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar instrumentos \u00a0para el desarrollo del sector vivienda y financiaci\u00f3n de vivienda y asesorar su \u00a0implementaci\u00f3n y articulaci\u00f3n sectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Establecer los \u00a0criterios t\u00e9cnicos para la formulaci\u00f3n de la normativa relacionada con el \u00a0mercado inmobiliario de vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover las alianzas \u00a0estrat\u00e9gicas entre los actores p\u00fablicos y privados del Sistema Nacional \u00a0Habitacional para la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes, programas y \u00a0proyectos de vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Orientar y promover \u00a0el desarrollo y aplicaci\u00f3n de programas de investigaci\u00f3n t\u00e9cnica, tecnol\u00f3gica y \u00a0cient\u00edfica para el sector vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Orientar a las \u00a0entidades territoriales, organizaciones populares de vivienda y dem\u00e1s \u00a0organizaciones para la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas habitacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar la gesti\u00f3n \u00a0estrat\u00e9gica y presupuestal de los recursos de la Naci\u00f3n para el sector vivienda \u00a0y de financiaci\u00f3n de vivienda, y la del Viceministerio, as\u00ed como su seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promocionar el uso de \u00a0materiales alternativos y de t\u00e9cnicas constructivas de uso tradicional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover instrumentos \u00a0normativos, procesos, procedimientos, instrumentos y estrategias para impulsar \u00a0procesos de titulaci\u00f3n de la propiedad en predios fiscales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar el desarrollo \u00a0y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la \u00a0observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas y que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Modificado por el Decreto 1604 de 2020, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Direcci\u00f3n de Inversiones en Vivienda de Inter\u00e9s Social. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n de Inversiones en Vivienda de Inter\u00e9s Social las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Apoyar t\u00e9cnicamente al Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), en los \u00a0t\u00e9rminos del Decreto ley 555 de \u00a02003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Apoyar la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y seguimiento a las pol\u00edticas \u00a0relacionadas con el Sistema Nacional de Subsidio Familiar de Vivienda Urbana y \u00a0Rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Coordinar la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas tendientes a la creaci\u00f3n de mecanismos \u00a0de acceso y financiaci\u00f3n de vivienda urbana y rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Coordinar el proceso de asignaci\u00f3n de subsidios de vivienda de inter\u00e9s social \u00a0urbana y rural bajo las diferentes modalidades, de acuerdo con la normativa \u00a0vigente sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Asesorar a las entidades territoriales, organizaciones populares de vivienda y \u00a0dem\u00e1s organizaciones en la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas habitacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar \u00a0la implementaci\u00f3n de nuevos esquemas para impulsar la generaci\u00f3n de oferta de \u00a0vivienda urbana y rural y de cr\u00e9dito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Implementar el Subsidio Familiar de Vivienda Urbana y Rural, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las entidades vinculadas al Sistema Nacional de Vivienda de Inter\u00e9s Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Incorporar dentro de las pol\u00edticas, planes y proyectos a su cargo, la variable \u00a0de gesti\u00f3n del riesgo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Promover \u00a0en los programas de vivienda de inter\u00e9s social la aplicaci\u00f3n de criterios de \u00a0construcci\u00f3n sostenible. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Implementar los procesos y procedimientos necesarios para dar cumplimiento a la \u00a0normativa sobre la pol\u00edtica de vivienda urbana y rural que expida el Gobierno \u00a0nacional, en los temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Elaborar, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias, el anteproyecto de presupuesto \u00a0y la programaci\u00f3n presupuestal del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Proponer metodolog\u00edas y dise\u00f1ar mecanismos a trav\u00e9s de los cuales se realicen, \u00a0directamente o a trav\u00e9s de terceros, los procesos de elegibilidad, evaluaci\u00f3n y \u00a0seguimiento a los proyectos de vivienda de inter\u00e9s social urbano y rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Brindar asistencia t\u00e9cnica para la formulaci\u00f3n de proyectos de vivienda de \u00a0inter\u00e9s social urbano y rural, a entidades territoriales y a las entidades \u00a0relacionadas con el sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Transferir bienes, directamente o a trav\u00e9s de entidades p\u00fablicas o privadas, a \u00a0t\u00edtulo de subsidio en especie, o por cualquier otro mecanismo de inversi\u00f3n \u00a0social, de conformidad con las diferentes modalidades que establezca y \u00a0reglamente el Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las \u00a0dem\u00e1s asignadas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 13: \u201cDirecci\u00f3n de Inversiones \u00a0en Vivienda de Inter\u00e9s Social. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Inversiones en Vivienda de Inter\u00e9s Social las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar t\u00e9cnicamente al Fondo Nacional de \u00a0Vivienda (Fonvivienda), en los t\u00e9rminos del Decreto ley 555 de \u00a02003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y \u00a0seguimiento a las pol\u00edticas relacionadas con el Sistema Nacional de Subsidio \u00a0Familiar de Vivienda Urbana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas \u00a0tendientes a la creaci\u00f3n de mecanismos de acceso y financiaci\u00f3n de vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar el proceso de asignaci\u00f3n de \u00a0subsidios de vivienda de inter\u00e9s social bajo las diferentes modalidades de \u00a0acuerdo con la normativa vigente sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar a las entidades territoriales, \u00a0organizaciones populares de vivienda y dem\u00e1s organizaciones en la \u00a0implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas habitacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar la implementaci\u00f3n de nuevos esquemas \u00a0para impulsar la generaci\u00f3n de oferta de vivienda y de cr\u00e9dito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Implementar el Subsidio Familiar de \u00a0Vivienda Urbana en coordinaci\u00f3n con las entidades vinculadas al Sistema \u00a0Nacional de Vivienda de Inter\u00e9s Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Incorporar dentro de las pol\u00edticas, planes \u00a0y proyectos a su cargo, la variable de gesti\u00f3n del riesgo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Promover en los programas de vivienda de \u00a0inter\u00e9s social la aplicaci\u00f3n de criterios de construcci\u00f3n sostenible. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Implementar los procesos y procedimientos \u00a0necesarios para dar cumplimiento a la normativa sobre la pol\u00edtica de vivienda \u00a0que expida el Gobierno Nacional, en los temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00a0dependencias, el anteproyecto de presupuesto y la programaci\u00f3n presupuestal del \u00a0Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Proponer metodolog\u00edas y dise\u00f1ar mecanismos \u00a0a trav\u00e9s de los cuales se realice, directamente o a trav\u00e9s de terceros los \u00a0procesos de elegibilidad, evaluaci\u00f3n y seguimiento a los proyectos de vivienda \u00a0de inter\u00e9s social urbano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Brindar asistencia t\u00e9cnica para la \u00a0formulaci\u00f3n de proyectos de vivienda de inter\u00e9s social urbano, a entidades \u00a0territoriales y a las entidades relacionadas con el sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Transferir bienes, directamente o a trav\u00e9s \u00a0de entidades p\u00fablicas o privadas, a t\u00edtulo de subsidio en especie, o por \u00a0cualquier otro mecanismo de inversi\u00f3n social, de conformidad con las diferentes \u00a0modalidades que establezca y reglamente el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Verificar y hacer seguimiento a los bienes \u00a0inmuebles fiscales que se transfieran a las entidades territoriales para la \u00a0ejecuci\u00f3n de proyectos de vivienda en los t\u00e9rminos establecidos en el art\u00edculo \u00a069 de la Ley 962 de 2005. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s asignadas en la ley y las que \u00a0por su naturaleza le correspondan.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Subdirecci\u00f3n de Subsidio Familiar de \u00a0Vivienda. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Subsidio Familiar de \u00a0Vivienda, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar la \u00a0formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y seguimiento a las pol\u00edticas relacionadas con el \u00a0Sistema Nacional de Subsidio Familiar de Vivienda Urbana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar y orientar a \u00a0Fonvivienda en la administraci\u00f3n de los recursos del Subsidio Familiar de Vivienda \u00a0de Inter\u00e9s Social Urbana, y de los dem\u00e1s proyectos que le sean asignados, con \u00a0criterios de descentralizaci\u00f3n territorial y en funci\u00f3n de las necesidades \u00a0habitacionales de la poblaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar la \u00a0implementaci\u00f3n del Programa Nacional del Subsidio Familiar de Vivienda Urbana \u00a0en coordinaci\u00f3n con las entidades vinculadas al Sistema Nacional de Vivienda de \u00a0Inter\u00e9s Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar los \u00a0procesos de convocatoria y postulaci\u00f3n de los hogares aspirantes al subsidio \u00a0familiar de vivienda de inter\u00e9s social urbana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar el cruce y \u00a0verificaci\u00f3n de la informaci\u00f3n reportada por los hogares postulantes de los \u00a0subsidios familiares de vivienda de inter\u00e9s social urbana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adelantar los \u00a0procesos de calificaci\u00f3n y asignaci\u00f3n de los subsidios familiares de vivienda \u00a0de inter\u00e9s social urbana bajo las diferentes modalidades establecidas en las \u00a0normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Realizar el proceso \u00a0de calidad en cada una de las etapas que se requieren en la asignaci\u00f3n de los \u00a0subsidios familiares de vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con la \u00a0auditor\u00eda externa la revisi\u00f3n y certificaci\u00f3n de los procesos de asignaci\u00f3n de \u00a0los subsidios familiares de vivienda de inter\u00e9s social urbana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Realizar las \u00a0actividades para comunicar a los hogares postulantes el resultado del \u00a0respectivo proceso de asignaci\u00f3n de los subsidios familiares de vivienda de \u00a0inter\u00e9s social urbana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con las \u00a0diferentes \u00e1reas de apoyo los procesos de atenci\u00f3n de los recursos de \u00a0reposici\u00f3n contra los actos administrativos emitidos por Fonvivienda y adelantar \u00a0las acciones correspondientes para su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dise\u00f1ar e \u00a0implementar los mecanismos a trav\u00e9s de los cuales se efect\u00fae seguimiento \u00a0t\u00e9cnico al pago y movilizaci\u00f3n de subsidios de vivienda de inter\u00e9s social \u00a0urbana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Subdirecci\u00f3n de Promoci\u00f3n y Apoyo T\u00e9cnico. \u00a0Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Promoci\u00f3n y Apoyo T\u00e9cnico, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar en la \u00a0formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de pol\u00edticas tendientes a generar soluciones de \u00a0vivienda de inter\u00e9s social en coordinaci\u00f3n con las entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Promover la participaci\u00f3n \u00a0de las entidades territoriales en la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas habitacionales, \u00a0a trav\u00e9s de alianzas estrat\u00e9gicas entre los actores p\u00fablicos y privados que \u00a0hacen parte del Sistema Nacional de Vivienda de Inter\u00e9s Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Adelantar procesos de \u00a0socializaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n tendientes a promover la organizaci\u00f3n de la \u00a0demanda de soluciones habitacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover el uso de \u00a0materiales alternativos y de t\u00e9cnicas constructivas de uso tradicional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar la \u00a0implementaci\u00f3n de los mecanismos a trav\u00e9s de los cuales se efect\u00fae seguimiento \u00a0t\u00e9cnico a la ejecuci\u00f3n de los programas de vivienda de inter\u00e9s social urbana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer e \u00a0implementar procedimientos internos para supervisar el seguimiento t\u00e9cnico \u00a0efectuado por terceros a la ejecuci\u00f3n de proyectos de vivienda de inter\u00e9s \u00a0social urbana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar la \u00a0socializaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de reglamentos, normas t\u00e9cnicas de dise\u00f1o, \u00a0construcci\u00f3n y tecnolog\u00eda para vivienda de inter\u00e9s social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar las \u00a0metodolog\u00edas, criterios y mecanismos a trav\u00e9s de los cuales se realice, \u00a0directamente o a trav\u00e9s de terceros los procesos de elegibilidad, evaluaci\u00f3n y \u00a0seguimiento a los proyectos de vivienda de inter\u00e9s social urbano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Realizar el \u00a0seguimiento y reportar a las entidades de control los proyectos de vivienda de \u00a0inter\u00e9s social a los cuales se les declare el incumplimiento de las condiciones \u00a0de inversi\u00f3n de recursos de vivienda de inter\u00e9s social, de conformidad con los \u00a0reglamentos establecidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Apoyar el desarrollo \u00a0y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la \u00a0observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s asignadas \u00a0en la ley y las que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a015A. Adicionado por el Decreto 1604 de 2020, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. Subdirecci\u00f3n de Subsidio y Ejecuci\u00f3n de Vivienda Rural. Son \u00a0funciones de la Subdirecci\u00f3n de Subsidio y Ejecuci\u00f3n de Vivienda Rural, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Implementar las pol\u00edticas y programas relacionados con el Sistema Nacional de \u00a0Subsidio Familiar de Vivienda Rural, en coordinaci\u00f3n con las entidades \u00a0vinculadas al Sistema Nacional de Vivienda de Inter\u00e9s Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Coordinar con Fonvivienda en la administraci\u00f3n de los recursos del Subsidio \u00a0Familiar de Vivienda de Inter\u00e9s Social Rural, y de los dem\u00e1s proyectos que le \u00a0sean asignados, con criterios de descentralizaci\u00f3n territorial y en funci\u00f3n de \u00a0las necesidades habitacionales de la poblaci\u00f3n asentada en suelo rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Desarrollar los procesos de asignaci\u00f3n de los hogares aspirantes al subsidio \u00a0familiar de vivienda de inter\u00e9s social rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar \u00a0con las diferentes \u00e1reas de apoyo los procesos de atenci\u00f3n de los recursos de \u00a0reposici\u00f3n contra los actos administrativos emitidos por Fonvivienda y \u00a0adelantar las acciones correspondientes para su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Desarrollar las acciones tendientes a garantizar la verificaci\u00f3n de los \u00a0beneficiarios de los proyectos de mejoramiento de vivienda, garantizando el \u00a0cumplimiento de los criterios de selecci\u00f3n y acceso al programa establecidos \u00a0por la Direcci\u00f3n de Vivienda Rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Implementar mecanismos para efectuar el seguimiento t\u00e9cnico a la ejecuci\u00f3n de \u00a0los programas de vivienda de inter\u00e9s social rural, incluido el seguimiento \u00a0efectuado por terceros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Realizar el seguimiento y reportar a las entidades de control los proyectos de \u00a0vivienda de inter\u00e9s social a los cuales se les declare el incumplimiento de las \u00a0condiciones de inversi\u00f3n de recursos de vivienda de inter\u00e9s social rural, de \u00a0conformidad con los reglamentos establecidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Suministrar, consolidar e ingresar los datos, estad\u00edsticas e informes de \u00a0gesti\u00f3n o resultado, requeridos por la Direcci\u00f3n de Inversiones en Vivienda de \u00a0Inter\u00e9s Social y la Direcci\u00f3n de Vivienda Rural u otras dependencias del \u00a0Ministerio, en los sistemas de informaci\u00f3n, aplicativos u otros instrumentos \u00a0que se determinen para tal fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Contribuir en el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las \u00a0dem\u00e1s asignadas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a016. Direcci\u00f3n de Espacio Urbano y \u00a0Territorial. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Espacio Urbano y \u00a0Territorial, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar, en \u00a0lo de su competencia, a las autoridades competentes en los procesos de \u00a0ordenamiento territorial del orden nacional, regional, departamental y local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar \u00a0propuestas normativas en materia de ordenamiento y de planificaci\u00f3n, gesti\u00f3n y \u00a0financiaci\u00f3n del desarrollo urbano y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar \u00a0y preparar estudios t\u00e9cnicos y metodolog\u00edas para orientar el desarrollo del \u00a0territorio y regular la utilizaci\u00f3n, transformaci\u00f3n y ocupaci\u00f3n del suelo, de \u00a0acuerdo con los principios rectores del ordenamiento territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer \u00a0las pol\u00edticas para la ejecuci\u00f3n de operaciones urbanas integrales bajo \u00a0est\u00e1ndares de calidad ambiental y urban\u00edstica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer pol\u00edticas \u00a0y regulaciones sobre zonificaci\u00f3n y uso adecuado del suelo para adelantar \u00a0procesos de urbanizaci\u00f3n, as\u00ed como de urbanismo y construcci\u00f3n sostenible que \u00a0incorporen las directrices de prevenci\u00f3n, mitigaci\u00f3n y adaptaci\u00f3n al cambio \u00a0clim\u00e1tico fijadas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Participar, en los asuntos de su competencia, en el Sistema Nacional para la \u00a0Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar la \u00a0formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas y la regulaci\u00f3n en materia de renovaci\u00f3n urbana, \u00a0mejoramiento integral de barrios, espacio p\u00fablico, equipamientos colectivos y \u00a0lo relacionado con la articulaci\u00f3n de la movilidad urbana y el ordenamiento \u00a0urbano y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edticas de asentamientos humanos y expansi\u00f3n urbana, en \u00a0coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Orientar \u00a0el dise\u00f1o de las propuestas normativas sobre el ejercicio de la funci\u00f3n de los \u00a0curadores urbanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Proponer \u00a0instrumentos normativos, financieros, incentivos y est\u00edmulos para propiciar la \u00a0incorporaci\u00f3n de las \u00e1reas urbanas informales a la ciudad formal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Orientar \u00a0el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de programas de asistencia t\u00e9cnica a entidades \u00a0territoriales y dem\u00e1s entidades con competencias en temas relacionados con la \u00a0aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas de vivienda, ordenamiento y desarrollo urbano y \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Emitir \u00a0conceptos de viabilidad t\u00e9cnica sobre el impacto territorial y urbano de los \u00a0proyectos y macroproyectos urbanos que requieran recursos del Presupuesto \u00a0Nacional cuando se solicite el concurso de la Naci\u00f3n, de conformidad con lo \u00a0establecido por la Ley 388 de 1997. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Orientar, apoyar t\u00e9cnicamente y emitir conceptos en el \u00e1mbito de su \u00a0competencia, respecto del proceso de viabilidad, formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de \u00a0operaciones urbanas integrales para la habilitaci\u00f3n de suelo urbanizable, de \u00a0conformidad con la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Orientar \u00a0y promover el desarrollo y aplicaci\u00f3n de programas de investigaci\u00f3n t\u00e9cnica, \u00a0tecnol\u00f3gica y cient\u00edfica en temas relacionados con el desarrollo urbano y el \u00a0ordenamiento territorial en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Adelantar estudios para definir los lineamientos de la pol\u00edtica del Sistema de \u00a0Ciudades y del proceso de urbanizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y \u00a0la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Pol\u00edticas de \u00a0Desarrollo Urbano y Territorial. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Pol\u00edticas \u00a0de Desarrollo Urbano y Territorial, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar en \u00a0la formulaci\u00f3n, dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de pol\u00edticas, normas, procesos y \u00a0procedimientos y dem\u00e1s instrumentos t\u00e9cnicos, para orientar, en lo de su \u00a0competencia, la implementaci\u00f3n de los procesos de ordenamiento, planificaci\u00f3n, \u00a0gesti\u00f3n y financiaci\u00f3n del desarrollo urbano y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer \u00a0indicadores necesarios para la formulaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, planes y programas de competencia de la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar \u00a0la participaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y normas, que \u00a0adelanten otras dependencias del Ministerio o entidades con competencias que se \u00a0relacionen con los procesos de ordenamiento, planificaci\u00f3n, gesti\u00f3n y \u00a0financiaci\u00f3n del desarrollo urbano y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar \u00a0estudios y dise\u00f1ar metodolog\u00edas que establezcan directrices, determinantes y \u00a0orientaciones t\u00e9cnicas para ser incorporadas en los procesos de ordenamiento, \u00a0planificaci\u00f3n, gesti\u00f3n y financiaci\u00f3n del desarrollo urbano y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proyectar \u00a0las normas para el ejercicio de la funci\u00f3n de los curadores urbanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar la \u00a0incorporaci\u00f3n de la gesti\u00f3n del riesgo en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y \u00a0regulaciones de desarrollo urbano y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Preparar \u00a0estudios que soporten la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y regulaciones sobre \u00a0zonificaci\u00f3n y uso adecuado del suelo para adelantar procesos de urbanizaci\u00f3n, \u00a0as\u00ed como de urbanismo y construcci\u00f3n sostenible que incorporen las directrices \u00a0de prevenci\u00f3n, mitigaci\u00f3n y adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico fijadas por el \u00a0Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar el \u00a0desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la \u00a0observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s \u00a0asignadas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Asistencia T\u00e9cnica y \u00a0Operaciones Urbanas Integrales. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Asistencia T\u00e9cnica y Operaciones Urbanas Integrales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir \u00a0t\u00e9cnicamente en lo de su competencia a las entidades territoriales y dem\u00e1s \u00a0entidades p\u00fablicas en los procesos de ordenamiento territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar y \u00a0ejecutar estrategias para acompa\u00f1ar t\u00e9cnicamente a las entidades territoriales \u00a0y otras entidades p\u00fablicas en los procesos relacionados con la formulaci\u00f3n e \u00a0implementaci\u00f3n, en lo de su competencia, de planes de ordenamiento territorial, \u00a0normas urban\u00edsticas de uso del suelo y tratamientos urban\u00edsticos de renovaci\u00f3n \u00a0urbana, consolidaci\u00f3n, desarrollo, mejoramiento integral y conservaci\u00f3n; as\u00ed \u00a0como de los instrumentos de planeaci\u00f3n, gesti\u00f3n y financiaci\u00f3n que desarrollan \u00a0y complementan el plan de ordenamiento territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar a \u00a0las entidades territoriales en la articulaci\u00f3n de las pol\u00edticas de ordenamiento \u00a0ambiental del territorio definidas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo \u00a0Sostenible, con los procesos de ordenamiento, desarrollo urbano y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Prestar \u00a0orientaci\u00f3n t\u00e9cnica a las entidades territoriales en la implementaci\u00f3n de los \u00a0instrumentos de gesti\u00f3n y financiaci\u00f3n dirigidos a la habilitaci\u00f3n de suelo \u00a0urbanizable para vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Prestar \u00a0acompa\u00f1amiento t\u00e9cnico a las entidades territoriales en la incorporaci\u00f3n de la \u00a0variable de gesti\u00f3n del riesgo en las pol\u00edticas, planes y programas de su \u00a0competencia, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s entidades del Sistema Nacional de \u00a0Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Implementar estrategias de asistencia t\u00e9cnica para incorporar las determinantes \u00a0de ordenamiento a los procesos de desarrollo urbano y territorial de los \u00a0niveles nacional, regional, departamental y municipal, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0entidades que tengan competencias en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar el \u00a0desarrollo de los m\u00f3dulos de informaci\u00f3n correspondientes a los temas de \u00a0competencia de la Direcci\u00f3n, dentro del Sistema Nacional de Informaci\u00f3n de \u00a0Vivienda y Desarrollo Territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Prestar \u00a0asistencia t\u00e9cnica a las entidades territoriales en la formulaci\u00f3n de proyectos \u00a0para la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas y la regulaci\u00f3n de ordenamiento, \u00a0especialmente en materia de renovaci\u00f3n urbana, espacio p\u00fablico, y movilidad \u00a0urbana en lo relacionado con desarrollo urbano y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar t\u00e9cnica \u00a0y financieramente a municipios en la planificaci\u00f3n, gesti\u00f3n y ejecuci\u00f3n de \u00a0programas o proyectos de renovaci\u00f3n urbana, mejoramiento integral de barrios, \u00a0espacio p\u00fablico y macroproyectos urbanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Prestar \u00a0asistencia t\u00e9cnica para articular las pol\u00edticas de conservaci\u00f3n del patrimonio \u00a0urban\u00edstico, arquitect\u00f3nico y cultural, se\u00f1aladas por el Ministerio de Cultura, \u00a0con los procesos de ordenamiento de las entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asistir a la Direcci\u00f3n en la \u00a0coordinaci\u00f3n y gesti\u00f3n para la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de proyectos de \u00a0renovaci\u00f3n urbana integral que lidere la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar a \u00a0la Direcci\u00f3n, en la incorporaci\u00f3n de la variable de gesti\u00f3n del riesgo en las \u00a0pol\u00edticas, planes y programas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y \u00a0la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las \u00a0dem\u00e1s asignadas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a018A. Adicionado por el Decreto 1604 de 2020, \u00a0art\u00edculo 6\u00ba. Direcci\u00f3n de Vivienda Rural. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Vivienda Rural, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Dise\u00f1ar, promover, hacer seguimiento y evaluar la Pol\u00edtica P\u00fablica de Vivienda \u00a0de Inter\u00e9s Social Rural, as\u00ed como los dem\u00e1s instrumentos t\u00e9cnicos y normativos \u00a0para su desarrollo y financiaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar \u00a0estrategias para la creaci\u00f3n de mecanismos de acceso y promoci\u00f3n de vivienda \u00a0rural en todo el territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Crear y promover alianzas estrat\u00e9gicas entre los actores de la vivienda rural, \u00a0para la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos de \u00a0vivienda rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Orientar la gesti\u00f3n estrat\u00e9gica y presupuestal de los recursos de la Naci\u00f3n que \u00a0permitan la promoci\u00f3n de la vivienda rural y hacerle seguimiento a la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Fomentar estrategias de acompa\u00f1amiento social a los diferentes actores \u00a0involucrados en la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes, \u00a0programas y proyectos de vivienda rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Asesorar al Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) y hacer seguimiento a la \u00a0ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica de vivienda de inter\u00e9s social rural a trav\u00e9s \u00a0de lineamientos t\u00e9cnicos, en concordancia con la normativa vigente al respecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar al Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) en la \u00a0presentaci\u00f3n del anteproyecto del presupuesto y la programaci\u00f3n presupuestal en \u00a0materia de vivienda rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Promover la implementaci\u00f3n del Subsidio Familiar de Vivienda Rural en \u00a0coordinaci\u00f3n con las entidades vinculadas al Sistema Nacional de Vivienda de \u00a0Inter\u00e9s Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Fomentar y promover la implementaci\u00f3n de los criterios de construcci\u00f3n \u00a0sostenible en la ejecuci\u00f3n de los programas de vivienda de inter\u00e9s social \u00a0rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Proponer metodolog\u00edas y dise\u00f1ar mecanismos a trav\u00e9s de los cuales se realicen \u00a0los procesos de elegibilidad, evaluaci\u00f3n y seguimiento a los proyectos de \u00a0vivienda de inter\u00e9s social rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Liderar el proceso de identificaci\u00f3n de los hogares focalizados y \u00a0potencialmente beneficiarios del subsidio familiar de vivienda rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Prestar asistencia t\u00e9cnica en la formulaci\u00f3n de proyectos de vivienda de \u00a0inter\u00e9s social rural, a entidades territoriales y a las entidades relacionadas \u00a0con el sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, \u00a0y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las \u00a0dem\u00e1s asignadas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a018B. Adicionado por el Decreto 1604 de 2020, \u00a0art\u00edculo 7\u00ba. Subdirecci\u00f3n de Pol\u00edtica y Apoyo T\u00e9cnico. Son funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Pol\u00edtica y Apoyo T\u00e9cnico las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer \u00a0pol\u00edticas y estrategias relacionadas con la vivienda rural y el Subsidio \u00a0Familiar de Vivienda Rural y velar por su articulaci\u00f3n sectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Contribuir en la promoci\u00f3n de instrumentos normativos, procesos, \u00a0procedimientos, instrumentos y estrategias administrativas para impulsar la \u00a0efectividad de la pol\u00edtica p\u00fablica de vivienda rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Dise\u00f1ar y elaborar mecanismos para el desarrollo, acceso y financiaci\u00f3n de la \u00a0vivienda rural en todo el territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Asistir t\u00e9cnicamente al Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) en el proceso \u00a0de asignaci\u00f3n de subsidios de vivienda de inter\u00e9s social rural en sus \u00a0diferentes modalidades, de acuerdo con la normativa vigente sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Dise\u00f1ar metodolog\u00edas y mecanismos de focalizaci\u00f3n a trav\u00e9s de los cuales se \u00a0realicen los procesos de elegibilidad de los beneficiarios del subsidio \u00a0familiar de vivienda de inter\u00e9s social rural, teniendo en cuenta la \u00a0identificaci\u00f3n de las necesidades en materia de vivienda rural en el territorio \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Elaborar los listados de los hogares focalizados y potencialmente beneficiarios \u00a0del subsidio familiar de vivienda rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Dise\u00f1ar, formular y actualizar los programas de inversi\u00f3n de la Direcci\u00f3n de \u00a0Vivienda Rural en el Banco de Proyectos de Inversi\u00f3n Nacional (BPIN), en \u00a0concordancia con las metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo\u00b7 y \u00a0los lineamientos estrat\u00e9gicos del Ministerio, asegurando la ejecuci\u00f3n de los \u00a0recursos destinados a la vivienda de inter\u00e9s social rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Definir los aspectos t\u00e9cnicos y lineamientos operativos para la implementaci\u00f3n \u00a0y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica de vivienda rural, en las diferentes \u00a0modalidades de subsidio familiar de vivienda rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Elaborar las metodolog\u00edas, par\u00e1metros t\u00e9cnicos, y dem\u00e1s, criterios y mecanismos \u00a0necesarios para la estructuraci\u00f3n, evaluaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y seguimiento a los \u00a0programas y proyectos de vivienda rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las \u00a0dem\u00e1s asignadas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a018C. Adicionado por el Decreto 1604 de 2020, \u00a0art\u00edculo 8\u00ba. Subdirecci\u00f3n de Acompa\u00f1amiento y Evaluaci\u00f3n. Son funciones de \u00a0la Subdirecci\u00f3n e Acompa\u00f1amiento y Evaluaci\u00f3n las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Dise\u00f1ar e implementar lineamientos de monitoreo y evaluaci\u00f3n para la Pol\u00edtica \u00a0P\u00fablica de Vivienda de Inter\u00e9s Social Rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Elaborar metodolog\u00edas que permitan realizar el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los \u00a0programas y proyectos de vivienda de inter\u00e9s social rural que se desarrollen a \u00a0nivel territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Elaborar y apoyar el desarrollo de estrategias de acompa\u00f1amiento social con los \u00a0diferentes actores involucrados en la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, planes, programas y proyectos de vivienda de inter\u00e9s social rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Promover el establecimiento de alianzas estrat\u00e9gicas con diferentes actores \u00a0para el desarrollo de proyectos de vivienda rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Liderar \u00a0la instalaci\u00f3n de las mesas de pol\u00edtica de vivienda rural y los espacios de \u00a0di\u00e1logo a cargo del Gobierno nacional, relacionados con los programas y \u00a0proyectos habitacionales de las zonas rurales del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Orientar y hacer acompa\u00f1amiento a las actividades de socializaci\u00f3n y \u00a0capacitaci\u00f3n dirigidas a los hogares beneficiarios en los procesos de \u00a0asignaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de las soluciones de vivienda que se entreguen en el \u00a0marco de los programas de subsidio familiar de vivienda rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Promocionar y fomentar el uso de materiales alternativos y de t\u00e9cnicas \u00a0constructivas de uso tradicional en la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica de \u00a0vivienda rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las \u00a0dem\u00e1s asignadas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Modificado por el Decreto 1604 de 2020, \u00a0art\u00edculo 9\u00ba. Despacho del Viceministro de Agua y Saneamiento B\u00e1sico. Son \u00a0funciones del Despacho del Viceministro de Agua y Saneamiento B\u00e1sico las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Presentar propuestas relacionadas con la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n, \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas, estrategias, programas y planes de \u00a0agua potable y saneamiento b\u00e1sico y elaborar todos aquellos documentos que sean \u00a0requeridos para su desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer \u00a0los lineamientos para la identificaci\u00f3n de las fuentes de financiamiento para \u00a0el sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico y coordinar la asignaci\u00f3n de los \u00a0recursos provenientes de dichas fuentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Incentivar la aplicaci\u00f3n de principios de gesti\u00f3n empresarial eficiente en la \u00a0prestaci\u00f3n de servicios p\u00fablicos de acueducto, alcantarillado y aseo y proponer \u00a0los lineamientos de pol\u00edtica para el cumplimiento de las metas que deben \u00a0cumplir los entes territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Desarrollar y proponer los lineamientos de esquemas diferenciales para la \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en zonas \u00a0rurales, zonas de dif\u00edcil acceso, \u00e1reas de dif\u00edcil gesti\u00f3n y \u00e1reas de \u00a0prestaci\u00f3n, en las cuales por condiciones particulares no puedan alcanzarse los \u00a0est\u00e1ndares de eficiencia, cobertura y calidad establecidos en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Establecer los criterios y lineamientos para la viabilizaci\u00f3n \u00a0de los proyectos de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Definir los criterios y lineamientos para el seguimiento de los proyectos de \u00a0agua potable y saneamiento b\u00e1sico que cuenten con recursos de apoyo financiero \u00a0de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Desarrollar \u00a0esquemas para la financiaci\u00f3n de los subsidios en los servicios p\u00fablicos \u00a0domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, vinculando los recursos que \u00a0establezca la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Coordinar con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y la Superintendencia de \u00a0Servicios P\u00fablicos Domiciliarios, la definici\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las variables y \u00a0criterios para la distribuci\u00f3n de los recursos del Sistema General de \u00a0Participaciones (SGP) para Agua Potable y Saneamiento B\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Liderar la elaboraci\u00f3n de los estudios e informes sobre el desarrollo de las \u00a0pol\u00edticas, planes, programas y proyectos impulsados por el Ministerio en \u00a0materia de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Proponer y apoyar en la estructuraci\u00f3n de procesos asociativos entre entidades \u00a0territoriales para la prestaci\u00f3n de los servicios de agua potable y saneamiento \u00a0b\u00e1sico, teniendo en cuenta la Ley 1454 de 2011 o \u00a0aquella que la modifique, adicione o sustituya. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Apoyar la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica de gesti\u00f3n de la \u00a0informaci\u00f3n de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Articular las pol\u00edticas de agua potable y saneamiento b\u00e1sico con las de gesti\u00f3n \u00a0integral del recurso h\u00eddrico y cambio clim\u00e1tico del Ministerio de Ambiente y \u00a0Desarrollo Sostenible. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Articular con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, las pol\u00edticas \u00a0relacionadas con la gesti\u00f3n integral de residuos s\u00f3lidos, en los aspectos \u00a0relacionados con el servicio p\u00fablico de aseo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Coordinar y articular con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, las \u00a0pol\u00edticas relacionadas con agua potable y saneamiento b\u00e1sico para zonas \u00a0rurales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar \u00a0y articular con el Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social, la definici\u00f3n de \u00a0los requisitos de calidad del agua que deben cumplir las personas prestadoras \u00a0del servicio p\u00fablico-domiciliario de acueducto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Orientar la estrategia de monitoreo, seguimiento y control, en coordinaci\u00f3n con \u00a0el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y la Superintendencia de Servicios \u00a0P\u00fablicos Domiciliarios, y realizar la actividad de monitoreo de los recursos \u00a0del Sistema General de Participaciones (SGP) para agua potable y saneamiento \u00a0b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Coordinar y articular con la Unidad Nacional de Gesti\u00f3n de Riesgo de Desastres \u00a0la gesti\u00f3n del riesgo asociado al servicio p\u00fablico de agua potable y \u00a0saneamiento b\u00e1sico, en el marco del Sistema Nacional de Atenci\u00f3n y Prevenci\u00f3n \u00a0de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Proponer los reglamentos t\u00e9cnicos del sector de agua potable y saneamiento \u00a0b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Apoyar las negociaciones para la contrataci\u00f3n de cr\u00e9ditos externos y \u00a0cooperaci\u00f3n internacional, destinados al sector de agua potable y saneamiento \u00a0b\u00e1sico, y coordinar la asignaci\u00f3n de los recursos provenientes de dichas \u00a0fuentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Impartir lineamientos a las direcciones para prestar la asistencia t\u00e9cnica a \u00a0los municipios, distritos y departamentos en la aplicaci\u00f3n de los instrumentos \u00a0de planeaci\u00f3n, pol\u00edtica sectorial, estructuraci\u00f3n de esquemas empresariales, \u00a0disminuci\u00f3n del nivel de riesgo, uso y destinaci\u00f3n de los recursos del Sistema \u00a0General de Participaciones para Agua Potable y Saneamiento B\u00e1sico, \u00a0estructuraci\u00f3n y formulaci\u00f3n de proyectos que se desarrollen en el sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. \u00a0Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Las \u00a0dem\u00e1s asignadas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 19: \u201cDespacho del Viceministro de Agua y \u00a0Saneamiento B\u00e1sico. Son funciones del Despacho del Viceministro de Agua \u00a0y Saneamiento B\u00e1sico, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Presentar propuestas relacionadas con la \u00a0formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas, \u00a0estrategias, programas y planes de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer los lineamientos para la \u00a0identificaci\u00f3n de las fuentes de financiamiento para el sector de agua potable \u00a0y saneamiento b\u00e1sico y coordinar la asignaci\u00f3n de los recursos provenientes de \u00a0dichas fuentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer los lineamientos de pol\u00edtica para \u00a0incentivar la aplicaci\u00f3n de principios de gesti\u00f3n empresarial eficiente en la \u00a0prestaci\u00f3n de servicios p\u00fablicos de acueducto, alcantarillado y aseo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Presentar los criterios y lineamientos para \u00a0la viabilizaci\u00f3n de los proyectos de agua potable y saneamiento \u00a0b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar los criterios y lineamientos para \u00a0el seguimiento de los proyectos de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Desarrollar esquemas para la financiaci\u00f3n de \u00a0los subsidios en los servicios p\u00fablicos domiciliarios de acueducto, \u00a0alcantarillado y aseo, vinculando los recursos que establezca la normativa \u00a0vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con el Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n y la Superintendencia de Servicios P\u00fablicos Domiciliarios, la \u00a0definici\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las variables y criterios para la distribuci\u00f3n de \u00a0los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) para Agua Potable y \u00a0Saneamiento B\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Liderar la elaboraci\u00f3n de los estudios e \u00a0informes sobre el desarrollo de las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos \u00a0impulsados por el Ministerio en materia de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proponer los documentos que desarrollen las \u00a0pol\u00edticas, planes y programas de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Apoyar la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de \u00a0la pol\u00edtica de gesti\u00f3n de la informaci\u00f3n de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Articular las pol\u00edticas de agua potable y \u00a0saneamiento b\u00e1sico con las de manejo integral del recurso h\u00eddrico del \u00a0Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Articular con el Ministerio de Ambiente y \u00a0Desarrollo Sostenible, las pol\u00edticas relacionadas con la gesti\u00f3n integral de \u00a0residuos s\u00f3lidos, en los aspectos relacionados con el servicio p\u00fablico de aseo \u00a0y el aprovechamiento asociado al mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar y articular con el Ministerio de \u00a0Agricultura y Desarrollo Rural, las pol\u00edticas relacionadas con agua potable y \u00a0saneamiento b\u00e1sico para zonas rurales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar y \u00a0articular con el Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social, la definici\u00f3n de los \u00a0requisitos de calidad del agua que deben cumplir las personas prestadoras del \u00a0servicio p\u00fablico domiciliario de acueducto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Dirigir y orientar las acciones de \u00a0monitoreo del Sistema General de Participaciones (SGP). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Apoyar la gesti\u00f3n del riesgo asociado al \u00a0servicio p\u00fablico de agua potable y saneamiento b\u00e1sico, en el marco del Sistema \u00a0Nacional de Atenci\u00f3n y Prevenci\u00f3n de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Proponer los reglamentos t\u00e9cnicos del \u00a0sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. (Nota: Ver Resoluci\u00f3n 501 de \u00a02017, M. de Vivienda, Ciudad y Territorio.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Apoyar las negociaciones para la \u00a0contrataci\u00f3n de cr\u00e9ditos externos y cooperaci\u00f3n internacional, destinados al \u00a0sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico y coordinar la asignaci\u00f3n de los \u00a0recursos provenientes de dichas fuentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s asignadas en la ley y las que \u00a0por su naturaleza le correspondan.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Modificado por el Decreto 1604 de 2020, \u00a0art\u00edculo 10. Direcci\u00f3n de Pol\u00edtica y Regulaci\u00f3n. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Pol\u00edtica y Regulaci\u00f3n las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Realizar estudios y an\u00e1lisis econ\u00f3micos sobre el comportamiento del sector de \u00a0agua potable y saneamiento b\u00e1sico y apoyar la formulaci\u00f3n y articulaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas para las zonas urbana y rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Participar en la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas mediante la formulaci\u00f3n de \u00a0programas y proyectos relacionados con agua potable y saneamiento b\u00e1sico para \u00a0las zonas urbana y rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Fomentar \u00a0la articulaci\u00f3n sectorial e intersectorial de planes y programas de agua \u00a0potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Coordinar los an\u00e1lisis relacionados con propuestas de regulaci\u00f3n del sector de \u00a0agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Proponer y articular las propuestas normativas que permitan desarrollar las \u00a0pol\u00edticas, planes y proyectos en el sector de agua potable y saneamiento \u00a0b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Proponer y participar, en coordinaci\u00f3n con las instancias respectivas, en la \u00a0definici\u00f3n y aplicaci\u00f3n de variables y criterios para la distribuci\u00f3n de los \u00a0recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) para agua potable y \u00a0saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Apoyar, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y la \u00a0Superintendencia de Servicios P\u00fablicos Domiciliarios, la estrategia de \u00a0monitoreo, seguimiento y control de los recursos del Sistema General de \u00a0Participaciones (SGP) para agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Orientar y coordinar el proceso relacionado con las autorizaciones de giro \u00a0directo que imparten las entidades territoriales de los recursos del Sistema \u00a0General de Participaciones (SGP) a los patrimonios aut\u00f3nomos o a los \u00a0prestadores de los servicios p\u00fablicos para el pago de subsidios, as\u00ed como el \u00a0tr\u00e1mite de validaci\u00f3n de las cuentas maestras para la administraci\u00f3n de dichos \u00a0recursos por parte de los entes territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Brindar asistencia t\u00e9cnica a las entidades territoriales con relaci\u00f3n al uso y destinaci\u00f3n \u00a0de los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) y los dem\u00e1s temas \u00a0de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Apoyar el dise\u00f1o de los mecanismos de financiaci\u00f3n para el sector de agua \u00a0potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Elaborar los an\u00e1lisis para la definici\u00f3n de esquemas de financiaci\u00f3n de los \u00a0subsidios en los servicios p\u00fablicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado \u00a0y aseo, vinculando los recursos que establezca la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Articular las pol\u00edticas de agua y saneamiento con las pol\u00edticas ambientales del \u00a0Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en especial las relacionadas \u00a0con el cambio clim\u00e1tico, gesti\u00f3n integral del recurso h\u00eddrico, gesti\u00f3n integral \u00a0de residuos s\u00f3lidos y econom\u00eda circular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Apoyar la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica de gesti\u00f3n integral de \u00a0residuos s\u00f3lidos en el marco del servicio p\u00fablico de aseo, en articulaci\u00f3n con \u00a0la pol\u00edtica de cambio clim\u00e1tico y de econom\u00eda circular, en coordinaci\u00f3n con \u00a0otras entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Dirigir la formulaci\u00f3n de propuestas de pol\u00edtica para la incorporaci\u00f3n de la \u00a0gesti\u00f3n del riesgo de desastres en el sector de agua potable y saneamiento \u00a0b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Apoyar, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social, la \u00a0determinaci\u00f3n de est\u00e1ndares de calidad del agua que deben cumplir las entidades \u00a0prestadoras del servicio p\u00fablico de acueducto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Apoyar la gesti\u00f3n estrat\u00e9gica y presupuestal del Viceministerio de Agua y \u00a0Saneamiento B\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las \u00a0dem\u00e1s asignadas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 20: \u201cDirecci\u00f3n de Desarrollo \u00a0Sectorial. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Desarrollo Sectorial, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Realizar estudios y an\u00e1lisis econ\u00f3micos \u00a0sobre el comportamiento del sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico y \u00a0apoyar la formulaci\u00f3n y articulaci\u00f3n de pol\u00edticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar el dise\u00f1o y los mecanismos de \u00a0financiaci\u00f3n para el sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la articulaci\u00f3n sectorial e \u00a0intersectorial de planes y programas de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar los an\u00e1lisis relacionados con \u00a0propuestas de regulaci\u00f3n del sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Preparar y coordinar propuestas normativas \u00a0que permitan desarrollar las pol\u00edticas, planes y proyectos en el sector de agua \u00a0potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer y participar, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las instancias respectivas, la definici\u00f3n y aplicaci\u00f3n de variables y criterios \u00a0para la distribuci\u00f3n de los recursos del Sistema General de Participaciones \u00a0(SGP) para agua potable y saneamiento b\u00e1sico, para ser sometidos a \u00a0consideraci\u00f3n de las instancias de discusi\u00f3n y aprobaci\u00f3n correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Realizar el monitoreo de los recursos del \u00a0Sistema General de Participaciones (SGP) para agua potable y saneamiento \u00a0b\u00e1sico, y coordinar con la Superintendencia de Servicios P\u00fablicos Domiciliarios \u00a0su armonizaci\u00f3n con el proceso de certificaci\u00f3n de distritos y municipios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Brindar asistencia t\u00e9cnica a las entidades \u00a0territoriales con relaci\u00f3n al uso y destinaci\u00f3n de los recursos del Sistema \u00a0General de Participaciones (SGP) y los dem\u00e1s temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar los an\u00e1lisis que apoyen la \u00a0definici\u00f3n de esquemas para la financiaci\u00f3n de los subsidios en los servicios \u00a0p\u00fablicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, vinculando los \u00a0recursos que establezca la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir la formulaci\u00f3n de propuestas de \u00a0pol\u00edtica para la incorporaci\u00f3n de la gesti\u00f3n del riesgo en el sector de agua \u00a0potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar la articulaci\u00f3n de las pol\u00edticas de \u00a0agua y saneamiento con las pol\u00edticas ambientales del Ministerio de Ambiente y \u00a0Desarrollo Sostenible, en especial las relacionadas con gesti\u00f3n integral del \u00a0recurso h\u00eddrico y de residuos s\u00f3lidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar la coordinaci\u00f3n con el Ministerio \u00a0de Salud y Protecci\u00f3n Social la determinaci\u00f3n de est\u00e1ndares de calidad del agua \u00a0que deben cumplir las entidades prestadoras del servicio p\u00fablico de acueducto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Elaborar propuestas de pol\u00edtica de gesti\u00f3n \u00a0de la informaci\u00f3n de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Apoyar la gesti\u00f3n estrat\u00e9gica y presupuestal \u00a0del Viceministerio de Agua y Saneamiento B\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s asignadas en la ley y las que \u00a0por su naturaleza le correspondan.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Modificado por el Decreto 1604 de 2020, \u00a0art\u00edculo 11. Direcci\u00f3n de Infraestructura y Desarrollo Empresarial. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n de Infraestructura y Desarrollo Empresarial las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Orientar la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de programas del sector de agua \u00a0potable y saneamiento b\u00e1sico, en los temas de su competencia, incluyendo las \u00a0zonas rurales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Proponer y estructurar planes, programas y proyectos orientados a cumplir los \u00a0objetivos y pol\u00edticas sectoriales e incentivar la aplicaci\u00f3n de principios de \u00a0gesti\u00f3n empresarial eficiente en la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos de \u00a0acueducto, alcantarillado y aseo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Promover el desarrollo de mecanismos de financiaci\u00f3n y manejo de recursos para \u00a0la implementaci\u00f3n de planes, programas y proyectos del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Proponer y apoyar la estructuraci\u00f3n de procesos asociativos entre entidades \u00a0territoriales en los temas relacionados con la prestaci\u00f3n de los servicios de \u00a0agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dar \u00a0continuidad a la cofinanciaci\u00f3n de los pasivos laborales de los prestadores de \u00a0servicios p\u00fablicos de agua potable y saneamiento b\u00e1sico, en los t\u00e9rminos \u00a0previstos en el par\u00e1grafo 1\u00ba del art\u00edculo 10 de la Ley 1176 de 2007. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Incorporar dentro de los planes y proyectos, la variable de gesti\u00f3n del riesgo \u00a0de desastres para el sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Prestar asistencia t\u00e9cnica a las entidades territoriales, a las autoridades \u00a0ambientales y a los prestadores de servicios p\u00fablicos domiciliarios, en la \u00a0implementaci\u00f3n de planes y programas de su competencia, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar \u00a0t\u00e9cnicamente la elaboraci\u00f3n de propuestas normativas que permitan desarrollar \u00a0las pol\u00edticas, planes y proyectos en el sector de agua potable y saneamiento \u00a0b\u00e1sico relativas a su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dar viabilidad \u00a0a los proyectos de acueducto, alcantarillado y aseo que cuenten con el apoyo \u00a0financiero de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Realizar el seguimiento al alcance, el presupuesto y el plazo de ejecuci\u00f3n a \u00a0proyectos del sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico, que hayan sido \u00a0viabilizados por el Viceministerio de Agua y Saneamiento B\u00e1sico con cargo a \u00a0recursos de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y \u00a0la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las \u00a0dem\u00e1s asignadas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 21: \u201cDirecci\u00f3n de Programas. \u00a0Son funciones de la Direcci\u00f3n de Programas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Orientar la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de \u00a0programas del sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico, en los temas de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de \u00a0la pol\u00edtica integral de residuos s\u00f3lidos en los aspectos relacionados con el \u00a0servicio p\u00fablico de aseo y su aprovechamiento, en coordinaci\u00f3n con otras \u00a0entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas relacionadas con agua potable y saneamiento b\u00e1sico para zonas \u00a0rurales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer y estructurar planes, programas y \u00a0proyectos orientados a cumplir los objetivos y pol\u00edticas sectoriales e \u00a0incentivar la aplicaci\u00f3n de principios de gesti\u00f3n empresarial eficiente en la \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos de acueducto, alcantarillado y aseo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar el desarrollo de mecanismos de \u00a0financiaci\u00f3n y manejo de recursos para la implementaci\u00f3n de planes, programas y \u00a0proyectos del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar y orientar el proceso de las \u00a0autorizaciones de giro directo que imparten las entidades territoriales de los \u00a0recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) y de regal\u00edas a los \u00a0patrimonios aut\u00f3nomos o a los prestadores de los servicios p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Autorizar, con base en la reglamentaci\u00f3n \u00a0que expida el Gobierno Nacional, por una sola vez para cada municipio o \u00a0distrito, con cargo a los recursos del Sistema General de Participaciones \u00a0(SGP), la cofinanciaci\u00f3n de los pasivos laborales de los prestadores de \u00a0servicios p\u00fablicos de agua potable y saneamiento b\u00e1sico, en los t\u00e9rminos previstos \u00a0en el par\u00e1grafo 1\u00b0 del art\u00edculo 10 de la Ley 1176 de 2007. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Incorporar dentro de los planes y \u00a0proyectos, la variable de gesti\u00f3n del riesgo para el sector de agua potable y \u00a0saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Prestar asistencia t\u00e9cnica a las entidades \u00a0territoriales, a las autoridades ambientales y a los prestadores de servicios \u00a0p\u00fablicos domiciliarios, en la implementaci\u00f3n de planes y programas de su \u00a0competencia, en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Apoyar t\u00e9cnicamente la elaboraci\u00f3n de \u00a0propuestas normativas que permitan desarrollar las pol\u00edticas, planes y \u00a0proyectos en el sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico relativas a su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dar viabilidad a los proyectos de \u00a0acueducto, alcantarillado y aseo que cuenten con el apoyo financiero de la \u00a0Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Realizar el seguimiento a los proyectos de \u00a0acueducto, alcantarillado y aseo viabilizados que cuenten con el apoyo \u00a0financiero de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s asignadas en la ley y las que \u00a0por su naturaleza le correspondan.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Modificado por el Decreto 1604 de 2020, \u00a0art\u00edculo 12. Subdirecci\u00f3n de Programas. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Programas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar \u00a0la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de los planes y programas del sector de agua \u00a0potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Presentar propuestas para promover procesos de modernizaci\u00f3n del sector de agua \u00a0potable y saneamiento b\u00e1sico, a trav\u00e9s de las diferentes entidades \u00a0territoriales, nacionales y aut\u00f3nomas competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Prestar asistencia t\u00e9cnica a las entidades territoriales, a las autoridades \u00a0ambientales y a los prestadores de servicios p\u00fablicos domiciliarios, en la \u00a0implementaci\u00f3n de planes y programas del sector de agua potable y saneamiento \u00a0b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Promover mecanismos para incentivar la creaci\u00f3n de proyectos departamentales o \u00a0regionales que integren pol\u00edticas de inversi\u00f3n conjunta entre la Naci\u00f3n, las \u00a0entidades territoriales y otras entidades del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Apoyar el dise\u00f1o y desarrollo de estructuras para la financiaci\u00f3n y manejo de \u00a0recursos para la implementaci\u00f3n de planes, programas y proyectos del sector de \u00a0agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Proponer e implementar mecanismos de articulaci\u00f3n de las pol\u00edticas y programas \u00a0de agua potable y saneamiento b\u00e1sico para zonas rurales con las diferentes \u00a0entidades involucradas en el desarrollo rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las \u00a0dem\u00e1s asignadas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 22: \u201cSubdirecci\u00f3n de \u00a0Estructuraci\u00f3n de Programas. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Estructuraci\u00f3n de Programas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de \u00a0los planes y programas del sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Presentar propuestas para promover procesos \u00a0de modernizaci\u00f3n del sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico, a trav\u00e9s de \u00a0las diferentes entidades territoriales, nacionales y aut\u00f3nomas competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Prestar asistencia t\u00e9cnica a las entidades \u00a0territoriales, a las autoridades ambientales y a los prestadores de servicios \u00a0p\u00fablicos domiciliarios, en la implementaci\u00f3n de planes y programas del sector \u00a0de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover mecanismos para incentivar la \u00a0creaci\u00f3n de proyectos departamentales o regionales que integren pol\u00edticas de \u00a0inversi\u00f3n conjunta entre la Naci\u00f3n, las entidades territoriales y otras \u00a0entidades del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar el dise\u00f1o y desarrollo de \u00a0estructuras para la financiaci\u00f3n y manejo de recursos para la implementaci\u00f3n de \u00a0planes, programas y proyectos del sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer e implementar mecanismos de \u00a0articulaci\u00f3n de las pol\u00edticas y programas de agua potable y saneamiento b\u00e1sico \u00a0para zonas rurales con las diferentes entidades involucradas en el desarrollo \u00a0rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s asignadas en la ley y las que por \u00a0su naturaleza le correspondan.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Modificado por el Decreto 1604 de 2020, \u00a0art\u00edculo 13. Subdirecci\u00f3n de Desarrollo Empresarial. Son funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Desarrollo Empresarial las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Presentar propuestas para la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n, seguimiento, \u00a0evaluaci\u00f3n y restructuraci\u00f3n de pol\u00edticas e instrumentos relacionados con la \u00a0gesti\u00f3n y desarrollo empresarial de los servicios p\u00fablicos de acueducto, \u00a0alcantarillado y aseo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Promover \u00a0esquemas de operaci\u00f3n p\u00fablico-privados para la prestaci\u00f3n de los servicios \u00a0p\u00fablicos de acueducto, alcantarillado y aseo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Realizar el seguimiento al cumplimiento de los compromisos relacionados con \u00a0apoyos financieros de la Naci\u00f3n para el pago de pasivos laborales de \u00a0prestadores de servicios p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Promover la creaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n de esquemas de prestaci\u00f3n de los servicios \u00a0p\u00fablicos que operen con criterio empresarial en los t\u00e9rminos de la Ley 142 de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Proponer metodolog\u00edas de evaluaci\u00f3n, seguimiento y reporte peri\u00f3dico de los \u00a0planes y programas en materia de gesti\u00f3n empresarial de los servicios de \u00a0acueducto, alcantarillado y aseo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Dise\u00f1ar programas de asistencia t\u00e9cnica e instrumentos dirigidos a las \u00a0entidades territoriales, autoridades ambientales y los prestadores de los \u00a0servicios p\u00fablicos de acueducto, alcantarillado y aseo en los asuntos de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Proponer mecanismos de articulaci\u00f3n con las entidades \u00a0involucradas en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica sobre el manejo integral de \u00a0residuos s\u00f3lidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Brindar asistencia t\u00e9cnica a los prestadores de los servicios p\u00fablicos de \u00a0acueducto, alcantarillado y aseo, para que incorporen y desarrollen una cultura \u00a0empresarial en el cumplimiento de sus funciones y de las disposiciones \u00a0normativas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las \u00a0dem\u00e1s asignadas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 23: \u201cSubdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n \u00a0Empresarial. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Empresarial, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Presentar propuestas para la formulaci\u00f3n, \u00a0implementaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de pol\u00edticas e instrumentos \u00a0relacionados con la gesti\u00f3n empresarial de los servicios p\u00fablicos de acueducto, \u00a0alcantarillado y aseo, as\u00ed como el aprovechamiento asociado a este \u00faltimo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Promover esquemas de operaci\u00f3n p\u00fablico-privados \u00a0para la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos de acueducto, alcantarillado y \u00a0aseo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar el seguimiento al cumplimiento de los \u00a0compromisos relacionados con apoyos financieros de la Naci\u00f3n para el pago de \u00a0pasivos laborales de prestadores de servicios p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover la creaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n de \u00a0esquemas de prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos que operen con criterio empresarial \u00a0en los t\u00e9rminos de la Ley 142 de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer metodolog\u00edas de evaluaci\u00f3n, \u00a0seguimiento y reporte peri\u00f3dico de los planes y programas en materia de gesti\u00f3n \u00a0empresarial de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar programas de asistencia t\u00e9cnica e \u00a0instrumentos dirigidos a las entidades territoriales, autoridades ambientales y \u00a0los prestadores de los servicios p\u00fablicos de acueducto, alcantarillado y aseo \u00a0en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Proponer mecanismos de articulaci\u00f3n con las \u00a0entidades involucradas en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica sobre el manejo \u00a0integral de residuos s\u00f3lidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Brindar asistencia t\u00e9cnica a los \u00a0prestadores de los servicios p\u00fablicos de acueducto, alcantarillado y aseo, para \u00a0que incorporen y desarrollen una cultura empresarial en el cumplimiento de sus \u00a0funciones y de las disposiciones normativas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s asignadas en la ley y las que \u00a0por su naturaleza le correspondan.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Modificado por el Decreto 1604 de 2020, \u00a0art\u00edculo 14. Subdirecci\u00f3n de Proyectos. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Proyectos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Proponer criterios de viabilidad, elegibilidad y priorizaci\u00f3n de proyectos de \u00a0acueducto, alcantarillado y aseo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Proponer la definici\u00f3n de los requisitos que deben reunir las entidades \u00a0territoriales para acceder al apoyo financiero de la Naci\u00f3n, con el fin de \u00a0implementar las pol\u00edticas y programas en materia de agua potable y saneamiento \u00a0b\u00e1sico, tanto en el \u00e1rea rural como urbana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Definir los criterios de viabilidad y elegibilidad de proyectos del sector de \u00a0agua potable y saneamiento b\u00e1sico, financiados con recursos de regal\u00edas y hacer \u00a0la evaluaci\u00f3n respectiva, en coordinaci\u00f3n con la entidad competente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar \u00a0la evaluaci\u00f3n para dar viabilidad a los proyectos presentados para acceder al \u00a0apoyo financiero de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Realizar las gestiones necesarias para la contrataci\u00f3n del seguimiento a los \u00a0proyectos de acueducto, alcantarillado y aseo viabilizados que cuenten con el \u00a0apoyo \u00b7financiero de la Naci\u00f3n, efectuar la supervisi\u00f3n de los contratos \u00a0respectivos y reportar al Director de Infraestructura y Desarrollo Empresarial \u00a0los resultados de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Prestar asistencia t\u00e9cnica a las entidades territoriales, a las autoridades \u00a0ambientales y a los prestadores de servicios p\u00fablicos domiciliarios, en los \u00a0asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Asistir t\u00e9cnicamente la formulaci\u00f3n de propuestas normativas que permitan \u00a0desarrollar las pol\u00edticas, planes y proyectos en el sector de agua potable y \u00a0saneamiento b\u00e1sico, relativas a su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Preparar propuestas de desarrollo, modificaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de los \u00a0reglamentos t\u00e9cnicos del sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Incorporar dentro de los lineamientos de la formulaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los \u00a0proyectos del sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico, la variable de \u00a0gesti\u00f3n del riesgo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional, y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las \u00a0dem\u00e1s asignadas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 24: \u201cSubdirecci\u00f3n de \u00a0Proyectos. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Proyectos, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer criterios de viabilidad y \u00a0elegibilidad de proyectos de acueducto, alcantarillado y aseo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer la definici\u00f3n de los requisitos \u00a0que deben reunir las entidades territoriales para acceder al apoyo financiero \u00a0de la Naci\u00f3n, con el fin de implementar las pol\u00edticas y programas en materia de \u00a0agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir los criterios de viabilidad y \u00a0elegibilidad de proyectos del sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico, \u00a0financiados con recursos de regal\u00edas y hacer la evaluaci\u00f3n respectiva, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la entidad competente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar los \u00a0an\u00e1lisis para dar viabilidad a los proyectos presentados para acceder al apoyo \u00a0financiero de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar las gestiones necesarias para la \u00a0contrataci\u00f3n del seguimiento a los proyectos de acueducto, alcantarillado y \u00a0aseo viabilizados que cuenten con el apoyo financiero de la Naci\u00f3n, efectuar la \u00a0supervisi\u00f3n de los contratos respectivos y reportar al Director de Programas \u00a0los resultados de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Prestar asistencia t\u00e9cnica a las entidades \u00a0territoriales, a las autoridades ambientales y los prestadores de servicios \u00a0p\u00fablicos domiciliarios, en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar la formulaci\u00f3n de propuestas \u00a0normativas que permitan desarrollar las pol\u00edticas, planes y proyectos en el \u00a0sector de agua potable y saneamiento b\u00e1sico, relativas a su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Preparar propuestas de desarrollo, \u00a0modificaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de los reglamentos t\u00e9cnicos del sector de agua \u00a0potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Incorporar dentro de los lineamientos de la \u00a0formulaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los proyectos del sector de agua potable y \u00a0saneamiento b\u00e1sico, la variable de gesti\u00f3n del riesgo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s asignadas en la ley y las que \u00a0por su naturaleza le correspondan.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Modificado \u00a0por el Decreto 128 de 2023, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Secretar\u00eda General. Son funciones de la Secretar\u00eda \u00a0General, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir al Ministro en la \u00a0determinaci\u00f3n de las pol\u00edticas, objetivos y estrategias relacionados con la \u00a0administraci\u00f3n del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar, formular, \u00a0implementar, y dirigir la ejecuci\u00f3n de procesos, normas y procedimientos para \u00a0la administraci\u00f3n de los recursos humanos, f\u00edsicos, econ\u00f3micos y financieros \u00a0del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la elaboraci\u00f3n del \u00a0Presupuesto de Funcionamiento y del Programa Anual de Caja que deba adoptar el \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar en coordinaci\u00f3n con \u00a0la Oficina de Planeaci\u00f3n, el anteproyecto anual de presupuesto, de conformidad \u00a0con las directrices que imparta el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, y \u00a0el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Impartir directrices y \u00a0dirigir la programaci\u00f3n, elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los Planes de Contrataci\u00f3n y \u00a0de Adquisici\u00f3n de Servicios de la Entidad, de manera articulada con los \u00a0instrumentos de planeaci\u00f3n y presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Impartir instrucciones y \u00a0realizar el seguimiento a la correcta ejecuci\u00f3n, contabilizaci\u00f3n y rendici\u00f3n de \u00a0informes y cuentas fiscales, presupuestales y contables, de los recursos \u00a0asignados al Ministerio y al Fondo Nacional de Vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Consolidar los estados \u00a0financieros y de ejecuci\u00f3n presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar y ejecutar, en \u00a0coordinaci\u00f3n con el Grupo Interno de Trabajo de Control Disciplinario Interno, \u00a0las medidas, los programas y las estrategias de divulgaci\u00f3n encaminadas a \u00a0fortalecer una cultura organizacional orientada a la prevenci\u00f3n, la lucha \u00a0contra la corrupci\u00f3n, la apropiaci\u00f3n del r\u00e9gimen disciplinario y la promoci\u00f3n \u00a0de un servicio p\u00fablico transparente, \u00edntegro, id\u00f3neo y eficaz en la entidad, de \u00a0conformidad con los C\u00f3digos de Integridad y General Disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir, coordinar, \u00a0controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisici\u00f3n, \u00a0almacenamiento, custodia, distribuci\u00f3n de bienes muebles e inmuebles necesarios \u00a0para el normal funcionamiento del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Formular planes, programas \u00a0y proyectos para el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir, formular, \u00a0implementar e impartir directrices sobre la estructura y planta de personal del \u00a0Ministerio, en concordancia con los lineamientos dados por el Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica y dem\u00e1s \u00f3rganos competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir, coordinar, e \u00a0implementar los procesos de gesti\u00f3n del talento humano y la promoci\u00f3n de la \u00a0cultura organizacional del Ministerio, e impartir los lineamientos para su \u00a0adecuada administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Participar bajo la \u00a0direcci\u00f3n del ministro, en la orientaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y el ejercicio del \u00a0control administrativo de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Gestionar la consecuci\u00f3n de \u00a0recursos para el desarrollo de los planes, programas y proyectos \u00a0institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Formular e implementar la \u00a0pol\u00edtica de atenci\u00f3n a usuarios internos y externos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dirigir y ejecutar las \u00a0pol\u00edticas de gesti\u00f3n documental y archivo del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Formular la pol\u00edtica de \u00a0gesti\u00f3n, administraci\u00f3n y control de los recursos f\u00edsicos del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del \u00a0art\u00edculo 25. Modificado por \u00a0el Decreto 1829 de 2019, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Secretar\u00eda General. Son funciones de la \u00a0Secretar\u00eda General, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir al Ministro en la determinaci\u00f3n de \u00a0las pol\u00edticas, objetivos y estrategias relacionados con la administraci\u00f3n del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar, formular, implementar, y dirigir \u00a0la ejecuci\u00f3n de procesos, normas y procedimientos para la administraci\u00f3n de los \u00a0recursos humanos, f\u00edsicos, econ\u00f3micos y financieros del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la elaboraci\u00f3n del Presupuesto de \u00a0Funcionamiento y del Programa Anual de Caja que deba adoptar el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar en coordinaci\u00f3n con la Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n, el anteproyecto anual de presupuesto, de conformidad con las \u00a0directrices que imparta el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, y el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Impartir directrices y dirigir la \u00a0programaci\u00f3n, elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los Planes de Contrataci\u00f3n y de \u00a0Adquisici\u00f3n de Servicios de la Entidad, de manera articulada con los \u00a0instrumentos de planeaci\u00f3n y presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Impartir instrucciones y realizar el \u00a0seguimiento a la correcta ejecuci\u00f3n, contabilizaci\u00f3n y rendici\u00f3n de informes y \u00a0cuentas fiscales, presupuestales y contables, de los recursos asignados al \u00a0Ministerio y al Fondo Nacional de Vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Consolidar los estados financieros y de \u00a0ejecuci\u00f3n presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar, dirigir y ejercer la funci\u00f3n \u00a0disciplinaria en el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las \u00a0actividades relacionadas con la adquisici\u00f3n, almacenamiento, custodia, \u00a0distribuci\u00f3n de bienes muebles e inmuebles necesarios para el normal \u00a0funcionamiento del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Formular planes, programas y proyectos \u00a0para el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir, formular, implementar e impartir \u00a0directrices sobre la estructura y planta de personal del Ministerio, en \u00a0concordancia con los lineamientos dados por el Departamento Administrativo de \u00a0la Funci\u00f3n P\u00fablica y dem\u00e1s \u00f3rganos competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir, coordinar, e implementar los \u00a0procesos de gesti\u00f3n del talento humano y la promoci\u00f3n de la cultura \u00a0organizacional del Ministerio, e impartir los lineamientos para su adecuada \u00a0administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Participar bajo la direcci\u00f3n del ministro, \u00a0en la orientaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y el ejercicio del control administrativo de \u00a0las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Gestionar la consecuci\u00f3n de recursos para \u00a0el desarrollo de los planes, programas y proyectos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Formular e implementar la pol\u00edtica de \u00a0atenci\u00f3n a usuarios internos y externos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dirigir y ejecutar las pol\u00edticas de \u00a0gesti\u00f3n documental y archivo del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Formular la pol\u00edtica de gesti\u00f3n, \u00a0administraci\u00f3n y control de los recursos f\u00edsicos del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s funciones asignadas que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 25: \u201cSecretar\u00eda General. \u00a0Son funciones de la Secretar\u00eda General, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir al Ministro en la determinaci\u00f3n de \u00a0las pol\u00edticas, objetivos y estrategias relacionados con la administraci\u00f3n del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir la ejecuci\u00f3n de los programas y \u00a0actividades relacionadas con los asuntos financieros y contables, contrataci\u00f3n \u00a0p\u00fablica, soporte t\u00e9cnico inform\u00e1tico, servicios administrativos y gesti\u00f3n \u00a0documental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Trazar las pol\u00edticas y programas de \u00a0administraci\u00f3n de personal, bienestar social, selecci\u00f3n, registro y control, \u00a0capacitaci\u00f3n, incentivos y desarrollo del talento humano y dirigir su gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Presidir el Comit\u00e9 de Gerencia del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Gestionar la consecuci\u00f3n de recursos para \u00a0el desarrollo de los planes, programas y proyectos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Velar por el funcionamiento de la \u00a0prestaci\u00f3n del servicio al ciudadano y por la atenci\u00f3n de quejas y reclamos que \u00a0presenten los ciudadanos sobre el desempe\u00f1o de las dependencias o personas que \u00a0laboran en el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir y coordinar las acciones necesarias \u00a0para el cumplimiento de las normas y las disposiciones que regulen los \u00a0procedimientos y tr\u00e1mites de car\u00e1cter administrativo y financiero del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar al Ministerio de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico el Programa Anual de Caja, de conformidad con las obligaciones \u00a0financieras adquiridas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir la elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del Plan \u00a0de Contrataci\u00f3n del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Hacer seguimiento a la correcta ejecuci\u00f3n, \u00a0contabilizaci\u00f3n y rendici\u00f3n de informes y cuentas fiscales, presupuestales y \u00a0contables, de los recursos asignados al Ministerio y a Fonvivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar el grupo encargado de las \u00a0investigaciones de car\u00e1cter disciplinario que se adelanten contra los \u00a0funcionarios del Ministerio y resolverlas en primera instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Orientar la administraci\u00f3n, custodia, \u00a0mantenimiento y mejoramiento de los bienes del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar \u00a0las actividades relacionadas con la adquisici\u00f3n, almacenamiento, custodia, distribuci\u00f3n \u00a0e inventarios de elementos, equipos y dem\u00e1s bienes necesarios para el normal \u00a0funcionamiento del Ministerio, velando especialmente porque se cumplan las \u00a0normas vigentes sobre estas materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Elaborar y mantener actualizado el manual \u00a0de funciones, requisitos y competencias del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dise\u00f1ar los procesos de organizaci\u00f3n, \u00a0estandarizaci\u00f3n de m\u00e9todos, elaboraci\u00f3n de manuales de funciones y todas \u00a0aquellas actividades relacionadas con la racionalizaci\u00f3n de procesos \u00a0administrativos del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Apoyar la orientaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y el \u00a0ejercicio del control administrativo de las entidades adscritas y vinculadas al \u00a0Ministerio, conforme a la normativa sobre la materia y a las instrucciones que \u00a0le imparta el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Atender las peticiones y consultas \u00a0relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s funciones asignadas que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Subdirecci\u00f3n de Finanzas y Presupuesto. \u00a0Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Finanzas y Presupuesto, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, organizar, \u00a0coordinar, supervisar y controlar las operaciones financieras, contables, de \u00a0tesorer\u00eda y presupuesto del Ministerio y del Fondo Nacional de Vivienda \u00a0(Fonvivienda). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias, el anteproyecto de presupuesto de \u00a0funcionamiento del Ministerio y del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Solicitar ante la \u00a0Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito P\u00fablico y del Tesoro Nacional del Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, la situaci\u00f3n de fondos para atender los compromisos \u00a0suscritos con cargo al presupuesto del Ministerio y del Fondo Nacional de \u00a0Vivienda (Fonvivienda), y tramitar los pagos correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Gestionar los pagos \u00a0de las obligaciones del Ministerio y de Fonvivienda conforme los requisitos \u00a0establecidos para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Girar los recursos \u00a0correspondientes del Sistema General de Participaciones (SGP) para agua potable \u00a0y saneamiento b\u00e1sico, previa distribuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Hacer seguimiento \u00a0permanente a la ejecuci\u00f3n presupuestal de los gastos de funcionamiento del \u00a0Ministerio y del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), y tramitar las \u00a0modificaciones cuando se requieran, en coordinaci\u00f3n con las dependencias del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Hacer seguimiento \u00a0permanente, en coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n, a la \u00a0ejecuci\u00f3n presupuestal de los gastos de inversi\u00f3n del Ministerio y del Fondo \u00a0Nacional de Vivienda (Fonvivienda), y tramitar las modificaciones cuando se \u00a0requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar los estados \u00a0financieros, declaraciones e informes del Ministerio y del Fondo Nacional de \u00a0Vivienda (Fonvivienda) requeridos por las entidades, dependencias o autoridades \u00a0que lo soliciten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar el balance \u00a0del Ministerio y de Fonvivienda y presentarlos de acuerdo con las normas \u00a0vigentes a la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n y al Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Vigilar el \u00a0cumplimiento de las normas que correspondan a las actividades propias de la \u00a0Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar en la \u00a0elaboraci\u00f3n de las solicitudes de desembolso de los recursos, ante el \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y la Banca Multilateral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar a la Oficina \u00a0Asesora de Planeaci\u00f3n en el seguimiento y evaluaci\u00f3n del Plan Indicativo y el \u00a0Plan de Acci\u00f3n, mediante el suministro de informaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el \u00a0seguimiento financiero de los convenios o contratos, celebrados para el \u00a0desarrollo de proyectos de cooperaci\u00f3n, administraci\u00f3n de recursos, o gerencias \u00a0de proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Apoyar el desarrollo \u00a0y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la \u00a0observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas y que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Modificado por el Decreto 1829 de 2019, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Subdirecci\u00f3n \u00a0de Servicios Administrativos. Son \u00a0funciones de la Subdirecci\u00f3n de Servicios Administrativos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Adelantar las actividades de contrataci\u00f3n de conformidad con la normativa \u00a0vigente y aplicar los m\u00e9todos, procedimientos y mecanismos de control \u00a0respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Elaborar y hacer seguimiento a la ejecuci\u00f3n del Plan Anual de Contrataci\u00f3n de \u00a0Bienes y Servicios del Ministerio, de conformidad con la normativa aplicable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Adelantar \u00a0las actuaciones administrativas necesarias para la imposici\u00f3n de sanciones, \u00a0declaratorias de caducidad e incumplimientos a los contratos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Establecer lineamientos e implementar procesos sobre la contrataci\u00f3n del \u00a0Ministerio de conformidad con la normativa vigente y relacionada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Coordinar y controlar la eficiente y eficaz prestaci\u00f3n de los servicios administrativos \u00a0y log\u00edsticos en el Ministerio y en el Fondo Nacional de Vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Administrar de manera eficiente, econ\u00f3mica y eficaz los recursos f\u00edsicos del \u00a0Ministerio, efectuando una adecuada ejecuci\u00f3n, planificaci\u00f3n, seguimiento y \u00a0control de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Mantener actualizados los inventarios, as\u00ed como el proceso de baja y remate de \u00a0los bienes que son responsabilidad del Ministerio y del Fondo Nacional de \u00a0Vivienda, y conservar los t\u00edtulos y dem\u00e1s documentos necesarios para su \u00a0identificaci\u00f3n y control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Propender porque se encuentren debidamente asegurados los bienes que son de \u00a0responsabilidad del Ministerio y del Fondo Nacional de Vivienda, y efectuar los \u00a0tr\u00e1mites de reclamaci\u00f3n correspondientes, cuando a ello hubiere a lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir \u00a0y coordinar la planeaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, control y seguimiento de la gesti\u00f3n \u00a0documental del Ministerio, garantizando la correcta prestaci\u00f3n de los servicios \u00a0de correspondencia y archivo, de conformidad con las normas vigentes y los \u00a0lineamientos impartidos por el Archivo General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Atender y hacer seguimiento a las quejas, reclamos y sugerencias, orientando \u00a0oportunamente a los usuarios a trav\u00e9s de los diferentes canales de comunicaci\u00f3n \u00a0de la entidad, sobre el tr\u00e1mite de los mismos, y elaborar informes y \u00a0estad\u00edsticas sobre su comportamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Definir y gestionar funcionalmente los tr\u00e1mites en l\u00ednea para la atenci\u00f3n a los \u00a0grupos de inter\u00e9s. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Prestar apoyo a la Subdirecci\u00f3n Financiera en la programaci\u00f3n de los gastos de \u00a0funcionamiento requeridos por el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Recibir, administrar, registrar y \u00a0controlar los fondos destinados para las cajas menores aprobadas para el \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y \u00a0la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Dirigir la recepci\u00f3n, transferencia, atenci\u00f3n y seguimiento de las solicitudes, \u00a0peticiones, quejas y reclamos interpuestos por los ciudadanos, servidores \u00a0p\u00fablicos y dem\u00e1s personas que presten o utilicen los servicios del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su naturaleza le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 27: \u201cSubdirecci\u00f3n de Servicios \u00a0Administrativos. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Servicios \u00a0Administrativos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adelantar las actividades de contrataci\u00f3n \u00a0de conformidad con la normativa vigente y aplicar los m\u00e9todos, procedimientos y \u00a0mecanismos de control respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar y hacer seguimiento a la ejecuci\u00f3n \u00a0del Plan Anual de Contrataci\u00f3n de Bienes y Servicios del Ministerio, de \u00a0conformidad con la normativa aplicable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Adelantar las actuaciones administrativas \u00a0necesarias para la imposici\u00f3n de sanciones, declaratorias de caducidad e \u00a0incumplimientos a los contratos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Emitir conceptos en materia de contrataci\u00f3n \u00a0que le sean requeridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Expedir las certificaciones que sean \u00a0solicitadas por los contratistas y\/o autoridades del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Revisar y aprobar las garant\u00edas y p\u00f3lizas \u00a0que amparan los contratos que lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar, actualizar y verificar el \u00a0cumplimiento del Manual de Contrataci\u00f3n de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Impartir directrices para el desarrollo de \u00a0la actividad de supervisi\u00f3n relativos a los contratos y convenios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y controlar la eficiente y eficaz \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios administrativos y log\u00edsticos en el Ministerio y en \u00a0Fonvivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Administrar de manera eficiente, econ\u00f3mica \u00a0y eficaz los recursos f\u00edsicos del Ministerio, efectuando una adecuada \u00a0ejecuci\u00f3n, planificaci\u00f3n, seguimiento y control de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Mantener actualizados los inventarios, as\u00ed \u00a0como el proceso de baja y remate de los bienes que son responsabilidad del \u00a0Ministerio y de Fonvivienda, y conservar los t\u00edtulos y dem\u00e1s documentos \u00a0necesarios para su identificaci\u00f3n y control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Velar que se encuentren debidamente \u00a0asegurados los bienes que son de responsabilidad del Ministerio y de \u00a0Fonvivienda, y efectuar los tr\u00e1mites de reclamaci\u00f3n correspondientes, cuando a \u00a0ello hubiere a lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir y coordinar la planeaci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n, control y seguimiento de la gesti\u00f3n documental del Ministerio, \u00a0garantizando la correcta prestaci\u00f3n de los servicios de correspondencia y \u00a0archivo, de conformidad con las normas vigentes y los lineamientos impartidos \u00a0por el Archivo General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Atender y hacer seguimiento a las quejas, \u00a0reclamos y sugerencias, orientando oportunamente a los usuarios, a trav\u00e9s de \u00a0los diferentes canales de comunicaci\u00f3n de la entidad, sobre el tr\u00e1mite de los \u00a0mismos, y elaborar informes y estad\u00edsticas sobre su comportamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Apoyar t\u00e9cnicamente el dise\u00f1o, elaboraci\u00f3n \u00a0y actualizaci\u00f3n de los tr\u00e1mites en l\u00ednea para la atenci\u00f3n y servicio al \u00a0usuario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Prestar apoyo a la Subdirecci\u00f3n Financiera \u00a0en la programaci\u00f3n de los gastos de funcionamiento requeridos por el \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Prestar apoyo t\u00e9cnico en la formulaci\u00f3n y \u00a0dise\u00f1o y ejecuci\u00f3n de los planes de desarrollo inform\u00e1tico del Ministerio, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las dependencias del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Recibir, administrar, registrar y \u00a0controlar los fondos destinados para las cajas menores aprobadas para el \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por \u00a0su naturaleza le correspondan.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00d3rganos de \u00a0Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. \u00d3rganos de \u00a0Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. Son \u00f3rganos internos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n del \u00a0Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, los siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Comit\u00e9 Sectorial \u00a0de Desarrollo Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Comit\u00e9 de \u00a0Gerencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0La Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La composici\u00f3n y las funciones de los Comit\u00e9s \u00a0de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno y de Desarrollo Administrativo, \u00a0as\u00ed como de la Comisi\u00f3n de Personal, se regir\u00e1n por las disposiciones legales y \u00a0reglamentarias sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 28: Ver art\u00edculo 1.2.4.1. \u00a0del Decreto 1077 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico \u00a0Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Comit\u00e9 de Gerencia. El Comit\u00e9 de \u00a0Gerencia del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, ser\u00e1 la instancia \u00a0encargada de velar por el buen funcionamiento interno de la entidad y de \u00a0asegurar una visi\u00f3n integral de la gesti\u00f3n de sus dependencias y del Sector \u00a0Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para el efecto, el \u00a0Comit\u00e9 de Gerencia revisar\u00e1 los asuntos de inter\u00e9s institucional que puedan \u00a0impactar en la organizaci\u00f3n, analizar\u00e1 el desempe\u00f1o institucional del \u00a0Ministerio y efectuar\u00e1 las recomendaciones de acciones de intervenci\u00f3n y de \u00a0revisi\u00f3n de pol\u00edticas internas a que haya lugar, con el prop\u00f3sito de lograr un \u00a0desempe\u00f1o institucional arm\u00f3nico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 de Gerencia, \u00a0estar\u00e1 integrado por los servidores p\u00fablicos que designe el Ministro, deber\u00e1 \u00a0adoptar su propio reglamento en el cual se establezcan, entre otros aspectos, \u00a0sus funciones, la periodicidad de sus reuniones, la asistencia de invitados a \u00a0las mismas y la forma de adopci\u00f3n de sus decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones \u00a0finales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Adopci\u00f3n de la nueva planta de personal. \u00a0De conformidad con la estructura prevista por el presente decreto, el Gobierno \u00a0Nacional proceder\u00e1 a adoptar la nueva planta de personal del Ministerio de \u00a0Vivienda, Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. Contratos y convenios vigentes. Los contratos, \u00a0convenios y dem\u00e1s actos jur\u00eddicos actualmente vigentes, celebrados por el \u00a0Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, cuyo objeto \u00a0corresponda a las funciones y actividades propias del Ministerio de Vivienda, \u00a0Ciudad y Territorio se entienden subrogados a esta entidad, la cual continuar\u00e1 \u00a0con su ejecuci\u00f3n en los mismos t\u00e9rminos y condiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministerio de \u00a0Ambiente y Desarrollo Sostenible continuar\u00e1 ejecutando, hasta el 31 de \u00a0diciembre de 2011, en lo pertinente las apropiaciones comprometidas por el \u00a0Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial con anterioridad a la \u00a0expedici\u00f3n del presente decreto. El mismo procedimiento se aplicar\u00e1 para la \u00a0ejecuci\u00f3n de las cuentas por pagar y las reservas presupuestales de las vigencias \u00a0fiscales de 2010 y 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La documentaci\u00f3n \u00a0relacionada con dichos contratos debe allegarse a la Secretar\u00eda General del \u00a0Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en el t\u00e9rmino que se fije para el \u00a0efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Aquellos contratos y \u00a0convenios que por su naturaleza y objeto no sea posible enmarcarlos dentro de \u00a0las funciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, por corresponder \u00a0a una actividad de car\u00e1cter transversal, teniendo en cuenta las necesidades del \u00a0servicio continuar\u00e1n su ejecuci\u00f3n en el Ministerio de Ambiente y Desarrollo \u00a0Sostenible. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. Procesos contractuales. Los procesos \u00a0contractuales actualmente en curso del Ministerio de Ambiente, Vivienda y \u00a0Desarrollo Territorial cuyo objeto verse sobre las funciones y actividades \u00a0propias del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ser\u00e1n asumidos por esta \u00a0entidad, para lo cual se efectuar\u00e1n los ajustes presupuestales \u00a0correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. Transferencia de bienes, derechos y \u00a0obligaciones. A partir de la fecha de entrada en vigencia del presente \u00a0decreto se entienden transferidos a t\u00edtulo gratuito por ministerio de la ley, \u00a0todos los bienes muebles e inmuebles, derechos y obligaciones del Ministerio de \u00a0Vivienda, Ambiente y Desarrollo Territorial, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo \u00a0Sostenible, que tengan relaci\u00f3n con las funciones establecidas para este \u00a0Ministerio en las normas legales y en el presente decreto, salvo aquellos que \u00a0sean necesarios e inherentes a la gesti\u00f3n del Ministerio de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio, los cuales ser\u00e1n cedidos a este \u00faltimo a t\u00edtulo gratuito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los bienes estar\u00e1n \u00a0identificados en las actas que para el efecto suscriban los representantes \u00a0legales de los Ministerios o sus delegados, las cuales ser\u00e1n registradas en la \u00a0respectiva oficina de Registro, cuando a ello hubiere lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34. Entrega de archivos. Los archivos de \u00a0los cuales sea el titular el Ministerio de Vivienda, Ambiente y Desarrollo \u00a0Territorial, a la entrada en vigencia del presente decreto y que tengan \u00a0relaci\u00f3n con las competencias del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, \u00a0deber\u00e1n ser transferidos a este Ministerio por el Ministerio de Ambiente y \u00a0Desarrollo Sostenible, en los t\u00e9rminos se\u00f1alados por la ley y acorde con las \u00a0indicaciones que fijen los Secretarios Generales de dichos Ministerios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 35. Transferencia de procesos judiciales, de \u00a0cobro coactivo y disciplinarios. Los procesos judiciales, de cobro coactivo \u00a0y disciplinarios en los que sea parte el Ministerio del Ambiente, Vivienda y \u00a0Desarrollo Territorial quedar\u00e1n a cargo del Ministerio del Ambiente y \u00a0Desarrollo Sostenible, salvo aquellos que por su naturaleza, objeto o sujeto \u00a0procesal deban ser adelantados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio, los cuales le ser\u00e1n transferidos dentro de los dos meses siguientes \u00a0a la entrada en vigencia del presente decreto, lo cual debe constar en las \u00a0Actas que se suscriban para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministerio de \u00a0Ambiente y Desarrollo Sostenible continuar\u00e1 con las acciones y tr\u00e1mites propios \u00a0de cada proceso, hasta tanto se haga efectiva la mencionada transferencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 36. Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda). \u00a0El Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), continuar\u00e1 rigi\u00e9ndose por lo \u00a0establecido en el Decreto ley 555 de \u00a02003, las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan, y por lo \u00a0dispuesto en este decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 37. Obligaciones pensionales. La Unidad \u00a0Administrativa Especial de Gesti\u00f3n Pensional y Contribuciones Parafiscales de la \u00a0Protecci\u00f3n Social (UGPP) asumir\u00e1 la administraci\u00f3n, en los t\u00e9rminos de los \u00a0art\u00edculos 1\u00b0 y 2\u00b0 del Decreto 169 de 2008, \u00a0de los derechos pensionales y prestaciones econ\u00f3micas legalmente reconocidas \u00a0por el Instituto de Cr\u00e9dito Territorial (ICT), por el Instituto Nacional de \u00a0Vivienda de Inter\u00e9s Social y Reforma Urbana (Inurbe), \u00a0y las pagadas por el Instituto Nacional de Vivienda de Inter\u00e9s Social y Reforma \u00a0Urbana en Liquidaci\u00f3n y por el Patrimonio Aut\u00f3nomo de Remanentes del Inurbe en Liquidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo transitorio. \u00a0El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio desarrollar\u00e1 las actividades \u00a0inherentes a la administraci\u00f3n y pago de los derechos y obligaciones \u00a0pensionales antes mencionadas hasta la fecha en que la UGPP las reciba y las \u00a0pensiones pasen a ser pagadas por el Fondo de Pensiones P\u00fablicas del Nivel \u00a0Nacional (Fopep) teniendo en cuenta lo establecido \u00a0por el Decreto ley 254 de \u00a02000 y dem\u00e1s normas pertinentes. Para ello, el Ministerio de Vivienda, \u00a0Ciudad y Territorio definir\u00e1 en conjunto con la UGPP el plan de trabajo \u00a0correspondiente y esta \u00faltima le har\u00e1 seguimiento al avance de la gesti\u00f3n. El \u00a0plan de trabajo deber\u00e1 prever el plazo dentro del cual ser\u00e1 asumido por la UGPP \u00a0el reconocimiento de las pensiones y administraci\u00f3n de la n\u00f3mina. En caso de que \u00a0al culminar el plazo previsto no se haya cumplido con el plan de trabajo \u00a0acordado se entregar\u00e1 por el Ministerio a la UGPP y se levantar\u00e1 un acta del \u00a0estado en que se entrega y se recibe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 38. Traslado de recursos afectos al Pasivo \u00a0Pensional. El pago de las obligaciones pensionales legalmente \u00a0reconocidas por el Instituto de Cr\u00e9dito Territorial (ICT), por el Instituto \u00a0Nacional de Vivienda de Inter\u00e9s Social y Reforma Urbana (Inurbe), \u00a0y las pagadas por el Instituto Nacional de Vivienda de Inter\u00e9s Social y Reforma \u00a0Urbana en Liquidaci\u00f3n y por el Patrimonio Aut\u00f3nomo de Remanentes del Inurbe en Liquidaci\u00f3n, continuar\u00e1n financi\u00e1ndose con los \u00a0recursos con que cuente el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, hasta \u00a0la fecha en que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio desarrolle las \u00a0actividades a que se refiere el par\u00e1grafo transitorio del art\u00edculo anterior. \u00a0Una vez se d\u00e9 el traslado a la UGPP para que las pensiones sean pagadas por el Fopep se entregar\u00e1n los recursos con que cuenta el Patrimonio \u00a0Aut\u00f3nomo de Remanentes del Inurbe en Liquidaci\u00f3n al \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico &#8211; Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito P\u00fablico \u00a0y del Tesoro Nacional, para que sean administrados de conformidad con las \u00a0normas vigentes en una subcuenta denominada \u201cPensiones-Inurbe\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 39. Referencias normativas. Todas las \u00a0referencias que hagan las disposiciones legales vigentes al Ministerio de \u00a0Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, que tengan relaci\u00f3n con los \u00a0Viceministerios de Vivienda y Desarrollo Territorial y de Agua y Saneamiento \u00a0B\u00e1sico, deben entenderse referidas al Ministerio de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De igual forma, las \u00a0referencias que hagan las disposiciones vigentes al Ministro de Ambiente, \u00a0Vivienda y Desarrollo Territorial como asistente, integrante o miembro de \u00a0Consejos, Comisiones, Juntas, Mesas u otras instancias de deliberaci\u00f3n, \u00a0relacionadas con los sectores de Vivienda, Financiaci\u00f3n de Vivienda, Agua \u00a0Potable y Saneamiento B\u00e1sico, deben entenderse referidas al Ministro de Vivienda, \u00a0Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 40. Vigencia y derogatorias. El presente \u00a0decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga el Decreto ley 216 de \u00a02003, el Decreto 3137 de 2006 \u00a0y las dem\u00e1s disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a \u00a027 de septiembre de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS \u00a0CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda \u00a0y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan \u00a0Carlos Echeverry Garz\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Ambiente, \u00a0Vivienda y Desarrollo Territorial, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Beatriz \u00a0Uribe Botero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Elizabeth \u00a0Rodr\u00edguez Taylor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 3571 DE \u00a02011 \u00a0 \u00a0\u00a0 (septiembre 27) \u00a0 \u00a0 D.O. 48.205, septiembre \u00a027 de 2011 \u00a0 \u00a0 por \u00a0el cual se establecen los objetivos, estructura, funciones del Ministerio de Vivienda, \u00a0Ciudad y Territorio y se integra el Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Modificado por el Decreto 128 de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[66],"tags":[],"class_list":["post-43657","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2011"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43657","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43657"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43657\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43657"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43657"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43657"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}