{"id":43698,"date":"2023-08-02T16:17:06","date_gmt":"2023-08-02T16:17:06","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-3960-de-2011\/"},"modified":"2023-08-02T16:17:06","modified_gmt":"2023-08-02T16:17:06","slug":"decreto-3960-de-2011","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-3960-de-2011\/","title":{"rendered":"DECRETO 3960 DE 2011"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 3960 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(25 de octubre) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a048.233, octubre 25 de 2011 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se establece la \u00a0transferencia de recursos del subsidio familiar de vivienda urbana a cuentas de \u00a0ahorro a favor de sus beneficiarios en las bolsas de recuperadores de residuos \u00a0reciclables, afectados por situaci\u00f3n de desastre, calamidad p\u00fablica o \u00a0emergencia, damnificados por atentados terroristas, hogares que tengan como miembro \u00a0a concejales que pertenezcan a municipios de categor\u00edas 4, 5 y 6, postulaci\u00f3n \u00a0de ahorro programado contractual con evaluaci\u00f3n crediticia favorable y de los \u00a0Concursos de Esfuerzo Territorial Nacional y Departamental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Ver Decreto 1077 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico \u00a0Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus \u00a0facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral \u00a011 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0en desarrollo de la Ley 3\u00aa de 1991, \u00a0modificada por la Ley 1469 de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que uno de los objetivos de la pol\u00edtica de vivienda es \u00a0lograr que el subsidio familiar de vivienda urbana cumpla con su cometido \u00a0estatal de facilitar la adquisici\u00f3n, el mejoramiento, la construcci\u00f3n o el \u00a0arrendamiento de una vivienda digna. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 6\u00b0 de la Ley 3\u00aa de 1991, \u00a0modificado por el art\u00edculo 28 de la Ley 1469 de 2011, dispuso \u00a0que los recursos de los subsidios familiares de vivienda urbana, una vez \u00a0adjudicados y transferidos a los beneficiarios o a las personas que estos \u00a0indiquen, independientemente del mecanismo financiero de recepci\u00f3n, pertenecen \u00a0a estos, y se sujetar\u00e1n a las normas propias que regulan la actividad de los \u00a0particulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Decreto 2190 de 2009, \u00a0se reglamentaron parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3\u00aa de 1991, 388 de 1997, 546 de 1999, 789 de 2002 y 1151 de 2007, en \u00a0relaci\u00f3n con el Subsidio Familiar de Vivienda de Inter\u00e9s Social en dinero para \u00a0\u00e1reas urbanas, estableciendo en el art\u00edculo 11 los criterios y reglas de \u00a0distribuci\u00f3n de los recursos del Gobierno Nacional en los diferentes procesos \u00a0establecidos en la normatividad vigente para la asignaci\u00f3n del subsidio \u00a0familiar de vivienda urbana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto 2480 de 2005, \u00a0modificado parcialmente por el Decreto 1694 de 2007 \u00a0y el Decreto 4587 de 2008, \u00a0establece las condiciones para la postulaci\u00f3n, asignaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n del \u00a0subsidio familiar de vivienda urbana y rural para los hogares afectados por \u00a0situaci\u00f3n de desastre, situaci\u00f3n de calamidad p\u00fablica o emergencias que se \u00a0presenten o puedan acaecer por eventos de origen natural, en desarrollo de lo \u00a0previsto en el art\u00edculo 17 de la Ley 46 de 1988, el Decreto ley 919 de \u00a01989 y el art\u00edculo 6\u00b0 de la Ley 3\u00aa de 1991. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en materia de vivienda, el art\u00edculo 26 de la Ley 418 de 1997 \u00a0establece que los hogares damnificados por atentados terroristas, combates, \u00a0secuestros, ataques y masacres en el marco del conflicto armado interno, podr\u00e1n \u00a0ser beneficiarios del subsidio familiar de vivienda de conformidad con la \u00a0normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto 740 de 2008 \u00a0reglament\u00f3 los art\u00edculos 4\u00b0, 5\u00b0 y 6\u00b0 de la Ley 1148 de 2007, \u00a0para la asignaci\u00f3n de los subsidios a los hogares que tengan como miembro a \u00a0concejales que pertenezcan a municipios de categor\u00edas 4, 5 y 6, siempre y \u00a0cuando exista disponibilidad de recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto 2778 de 2008, \u00a0reglamentario del art\u00edculo 4\u00b0 de la Ley 511 de 1999, establece \u00a0el acceso al subsidio familiar de vivienda de inter\u00e9s social urbano, para los \u00a0hogares que desarrollen actividades de recuperaci\u00f3n, tratamiento o \u00a0aprovechamiento de residuos reciclables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que para dar cumplimiento a lo previsto en el inciso 3\u00b0 del \u00a0art\u00edculo 28 de la Ley 1469 de 2011, se \u00a0hace necesario autorizar la transferencia de los recursos asignados por \u00a0concepto de subsidio familiar de vivienda urbana, a cuentas de ahorro abiertas \u00a0por el Fondo Nacional de Vivienda \u2013Fonvivienda\u2013 a favor de sus beneficiarios en \u00a0las diferentes bolsas y procesos establecidos en la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que lo anterior deber\u00e1 hacerse efectivo sin perjuicio de \u00a0las normas existentes para el otorgamiento y movilizaci\u00f3n de los recursos del \u00a0subsidio de vivienda de inter\u00e9s social urbana vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Transferencia \u00a0del Subsidio Familiar de Vivienda Urbana a cuentas de ahorro. En los \u00a0casos de subsidios familiares de vivienda urbana, asignados por el Fondo \u00a0Nacional de Vivienda, Fonvivienda, en las modalidades de adquisici\u00f3n de \u00a0vivienda nueva, usada, construcci\u00f3n en sitio propio y arrendamiento, definidas \u00a0en la normatividad vigente, a los hogares beneficiarios a trav\u00e9s de las bolsas \u00a0de recuperadores de residuos reciclables, afectados por situaci\u00f3n de desastre, \u00a0calamidad p\u00fablica o emergencia, damnificados por atentados terroristas, hogares \u00a0que tengan como miembro a concejales que pertenezcan a municipios de categor\u00edas \u00a04, 5 y 6, postulaci\u00f3n de ahorro programado contractual con evaluaci\u00f3n \u00a0crediticia favorable y de los Concursos de Esfuerzo Territorial Nacional y \u00a0Departamental, la entidad otorgante podr\u00e1 abrir una cuenta de ahorro a nombre \u00a0del beneficiario y transferir la totalidad del valor del subsidio familiar de \u00a0vivienda urbana asignado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para efectos de la movilizaci\u00f3n de estos recursos de la \u00a0cuenta de ahorro al oferente o al encargo fiduciario, el giro s\u00f3lo se \u00a0efectuar\u00e1, previa autorizaci\u00f3n de la entidad otorgante, en los t\u00e9rminos y \u00a0condiciones establecidos en el T\u00edtulo V del Decreto 2190 de 2009 \u00a0y las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La transferencia de que trata este decreto se \u00a0sujetar\u00e1 a la disponibilidad presupuestal de los recursos, la apertura de la \u00a0cuenta de ahorro, la aprobaci\u00f3n del programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, y \u00a0al situado de fondos por parte de la Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito P\u00fablico y \u00a0Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio deber\u00e1 dar \u00a0prioridad al pago de las obligaciones a que hace referencia el presente decreto, \u00a0con el cupo de \u2013PAC\u2013 b\u00e1sico comunicado y asignado por el Ministerio de Hacienda \u00a0y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 1\u00ba: Ver art\u00edculo \u00a02.1.1.1.12.1. del Decreto 1077 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico \u00a0Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Vigencia. \u00a0El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 25 de octubre de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Carlos Echeverry Garz\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Beatriz Elena Uribe \u00a0Botero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 3960 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0 (25 de octubre) \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a048.233, octubre 25 de 2011 \u00a0 \u00a0 por el cual se establece la \u00a0transferencia de recursos del subsidio familiar de vivienda urbana a cuentas de \u00a0ahorro a favor de sus beneficiarios en las bolsas de recuperadores de residuos \u00a0reciclables, afectados por situaci\u00f3n de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[66],"tags":[],"class_list":["post-43698","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2011"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43698","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43698"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43698\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43698"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43698"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43698"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}