{"id":43758,"date":"2023-08-02T16:17:35","date_gmt":"2023-08-02T16:17:35","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-4147-de-2011\/"},"modified":"2023-08-02T16:17:35","modified_gmt":"2023-08-02T16:17:35","slug":"decreto-4147-de-2011","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-4147-de-2011\/","title":{"rendered":"DECRETO 4147 DE 2011"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 4147 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(noviembre 3) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a048.242, noviembre 3 de 2011 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se crea \u00a0la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, se establece su \u00a0objeto y estructura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Modificado por el Decreto 2254 de 2014, \u00a0por el Decreto 2672 de 2013,\u00a0 por el Decreto 1323 de 2012 \u00a0y por el Decreto 244 de 2012. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Ver Decreto 390 de 2016, \u00a0art\u00edculo 212, Numeral 4.3.5. Ver Decreto 4148 de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de las facultades extraordinarias que le confieren los literales e) y \u00a0f) del art\u00edculo 18 de la Ley 1444 de 2011, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que al interior del Sistema Nacional para la \u00a0Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres, organizado por el Decreto 919 de 1989 \u00a0se ha evidenciado la necesidad de mejorar y actualizar el desempe\u00f1o del \u00a0direccionamiento y coordinaci\u00f3n del mismo, adoptando una visi\u00f3n integral de \u00a0gesti\u00f3n del riesgo de desastres, que incluya el conocimiento y la reducci\u00f3n del \u00a0riesgo y el manejo efectivo de desastres asociados con fen\u00f3menos naturales y \u00a0humanos no intencionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en virtud de la Ley 1444 de 2011 se \u00a0escindieron del Ministerio del Interior y de Justicia los objetivos y funciones \u00a0asignados por las normas vigentes al Despacho del Viceministro de Justicia y \u00a0del Derecho y a las dependencias a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto 2893 de 2011 \u00a0modific\u00f3 los objetivos, la estructura org\u00e1nica y las funciones del Ministerio \u00a0del Interior, separando del mismo las relativas a la gesti\u00f3n del riesgo de desastres \u00a0y las relacionadas con la direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n del Sistema Nacional para la \u00a0Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres de que trata el Decreto 4530 de 2008, \u00a0para que sean asumidas por una nueva entidad de la Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas de \u00a0gesti\u00f3n del riesgo de desastres a cargo del Sistema para la Prevenci\u00f3n y \u00a0Atenci\u00f3n de Desastres, requiere de una entidad especializada del orden nacional \u00a0que asegure la coordinaci\u00f3n y transversalidad en la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas \u00a0sobre la materia, en las entidades p\u00fablicas, privadas y en la comunidad, para \u00a0optimizar la gesti\u00f3n del riesgo de desastres en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 1444 de 2011, en \u00a0los literales e) y f) del art\u00edculo 18, confiri\u00f3 al Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0facultades extraordinarias para crear entidades u organismos de la Rama \u00a0Ejecutiva del orden nacional y para fijar sus objetivos y estructura org\u00e1nica, \u00a0facultades que se ejercer\u00e1n parcialmente para la creaci\u00f3n de la Unidad Nacional \u00a0para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Creaci\u00f3n de la \u00a0Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Creaci\u00f3n y Naturaleza Jur\u00eddica de la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n \u00a0del Riesgo de Desastres. Cr\u00e9ase la Unidad Administrativa Especial \u00a0denominada Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, con \u00a0personer\u00eda jur\u00eddica, autonom\u00eda administrativa y financiera, patrimonio propio, \u00a0del nivel descentralizado, de la Rama Ejecutiva, del orden nacional, adscrita \u00a0al Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Sede. La sede de la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo \u00a0de Desastres, ser\u00e1 la ciudad de Bogot\u00e1, D. C., y por disposici\u00f3n del Consejo \u00a0Directivo podr\u00e1 establecer dependencias operativas y administrativas en \u00a0cualquier lugar del territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Articulo 3\u00b0. Objetivo. \u00a0La Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres tiene como objetivo \u00a0dirigir la implementaci\u00f3n de la gesti\u00f3n del riesgo de desastres, atendiendo las \u00a0pol\u00edticas de desarrollo sostenible, y coordinar el funcionamiento y el \u00a0desarrollo continuo del Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de \u00a0Desastres \u2013SNPAD. (Nota: Ver art\u00edculo 1.2.1.2. del Decreto 1081 de 2015, \u00a0Decreto Reglamentario \u00danico del Sector Presidencia de la Rep\u00fablica.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Funciones. Son funciones de la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n \u00a0del Riesgo de Desastres las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir y coordinar el Sistema Nacional \u00a0para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD, hacer seguimiento a su funcionamiento \u00a0y efectuar propuestas para su mejora en los niveles nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar, impulsar y fortalecer \u00a0capacidades para el conocimiento del riesgo, reducci\u00f3n del mismo y manejo de \u00a0desastres, y su articulaci\u00f3n con los procesos de desarrollo en los \u00e1mbitos \u00a0nacional y territorial del Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de \u00a0Desastres \u2013SNPAD. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer y articular las pol\u00edticas, \u00a0estrategias, planes, programas, proyectos y procedimientos nacionales de \u00a0gesti\u00f3n del riesgo de desastres, en el marco del Sistema Nacional para la \u00a0Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD y actualizar el marco normativo y los \u00a0instrumentos de gesti\u00f3n del SNPAD. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover la articulaci\u00f3n con otros sistemas \u00a0administrativos, tales como el Sistema Nacional de Planeaci\u00f3n, el Sistema \u00a0Nacional Ambiental, el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n y \u00a0el Sistema Nacional de Bomberos, entre otros, en los temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Formular y coordinar la ejecuci\u00f3n de un \u00a0plan nacional para la gesti\u00f3n del riesgo de desastres, realizar el seguimiento \u00a0y evaluaci\u00f3n del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Orientar y apoyar a las entidades \u00a0nacionales y territoriales en su fortalecimiento institucional para la gesti\u00f3n \u00a0del riesgo de desastres y asesorarlos para la inclusi\u00f3n de la pol\u00edtica de \u00a0gesti\u00f3n del riesgo de desastres en los Planes Territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover y realizar los an\u00e1lisis, estudios \u00a0e investigaciones en materia de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Prestar el apoyo t\u00e9cnico, informativo y \u00a0educativo que requieran los miembros del Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y \u00a0Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Gestionar, con la Unidad Presidencial de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional de Colombia, la consecuci\u00f3n de recursos para fortalecer la \u00a0implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas de gesti\u00f3n del riesgo de desastres en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Administrar y mantener en funcionamiento el sistema \u00a0integrado de informaci\u00f3n de que trata el art\u00edculo 7\u00b0 del Decreto ley 919 de \u00a01989 o del que haga sus veces, que posibilite avanzar en la gesti\u00f3n del \u00a0riesgo de desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Enti\u00e9ndase la gesti\u00f3n del riesgo de desastres \u00a0como el proceso social orientado a la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, planes, programas, regulaciones y \u00a0acciones permanentes para el conocimiento y la reducci\u00f3n del riesgo y para el \u00a0manejo de desastres, con el prop\u00f3sito expl\u00edcito de contribuir a la seguridad, \u00a0el bienestar, la calidad de vida de las personas y al desarrollo sostenible. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. \u00d3rganos \u00a0de Direcci\u00f3n y Administraci\u00f3n. La direcci\u00f3n y administraci\u00f3n de la \u00a0Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, estar\u00e1 a cargo de un \u00a0Consejo Directivo y un Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Modificado \u00a0por el Decreto 1323 de 2012, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Consejo \u00a0Directivo, composici\u00f3n y reuniones. El \u00a0Consejo Directivo estar\u00e1 integrado por ocho (8) miembros, as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Director del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, o su delegado quien lo presidir\u00e1; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Siete (7) representantes del Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director General de la Unidad Nacional para \u00a0la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, asistir\u00e1 a las reuniones del Consejo \u00a0Directivo, con derecho a voz pero sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Consejo Directivo se reunir\u00e1 con la \u00a0periodicidad que se establezca en el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 6\u00ba: \u201cConsejo Directivo, composici\u00f3n y reuniones. El \u00a0Consejo Directivo estar\u00e1 integrado por siete (7) miembros, as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, o su delegado quien lo presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Seis (6) representantes del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director General de la Unidad Nacional para la \u00a0Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, asistir\u00e1 a las reuniones del Consejo \u00a0Directivo, con derecho a voz pero sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Consejo Directivo se reunir\u00e1 con la periodicidad que \u00a0se establezca en el reglamento.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Modificado \u00a0por el Decreto 2672 de 2013, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Funciones del \u00a0Consejo Directivo. Son funciones del Consejo Directivo las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular y aprobar a propuesta del Representante Legal \u00a0la pol\u00edtica general de la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de \u00a0Desastres, los planes y programas que conforme a la Ley Org\u00e1nica de Planeaci\u00f3n \u00a0y a la Ley Org\u00e1nica de Presupuesto deben proponerse para la incorporaci\u00f3n a los \u00a0planes sectoriales y a trav\u00e9s de estos, al Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Formular y aprobar a propuesta del representante legal, \u00a0la pol\u00edtica de mejoramiento continuo de la entidad, as\u00ed como los programas \u00a0orientados a garantizar el desarrollo administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecuci\u00f3n \u00a0presentadas por la administraci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aprobar el anteproyecto de presupuesto de la entidad, \u00a0as\u00ed como las modificaciones que se hagan a los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer al Gobierno nacional las modificaciones de la \u00a0estructura org\u00e1nica que consideren pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adoptar los estatutos internos de la entidad y \u00a0cualquier reforma que a ellos se introduzca y dictar su propio reglamento \u00a0interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. La Secretar\u00eda t\u00e9cnica del Consejo Directivo la \u00a0adelantar\u00e1 el Director General de la Unidad para la Gesti\u00f3n del Riesgo de \u00a0Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que le se\u00f1ale la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 7\u00b0: \u201cFunciones del Consejo Directivo. Son \u00a0funciones del Consejo Directivo, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular y aprobar a propuesta del Representante \u00a0Legal la pol\u00edtica general de la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de \u00a0Desastres, los planes y programas que conforme a la Ley Org\u00e1nica de Planeaci\u00f3n \u00a0y a la Ley Org\u00e1nica de Presupuesto deben proponerse para la incorporaci\u00f3n a los \u00a0planes sectoriales y a trav\u00e9s de estos, al Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Formular y aprobar a propuesta del representante \u00a0legal, la pol\u00edtica de mejoramiento continuo de la entidad, as\u00ed como los \u00a0programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecuci\u00f3n \u00a0presentadas por la administraci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aprobar el anteproyecto de presupuesto de la entidad, \u00a0as\u00ed como las modificaciones que se hagan a los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de \u00a0la estructura org\u00e1nica que consideren pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adoptar los estatutos internos de la entidad y \u00a0cualquier reforma que a ellos se introduzca y dictar su propio reglamento \u00a0interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que le se\u00f1ale la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo la adelantar\u00e1 el \u00a0Subdirector General de la Unidad, las reuniones y periodicidad de las mismas se \u00a0definir\u00e1 en el reglamento interno del Consejo Directivo.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Director \u00a0General. El Director General tendr\u00e1 la calidad de empleado p\u00fablico, de \u00a0libre nombramiento y remoci\u00f3n del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Patrimonio \u00a0y recursos de la Unidad. El patrimonio de la Unidad Nacional para la \u00a0Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, estar\u00e1 constituido por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Las transferencias y aportes que reciba del presupuesto \u00a0general de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Los bienes, derechos y recursos que la Naci\u00f3n y las \u00a0entidades descentralizadas territorialmente o por servicios, de cualquier \u00a0orden, le transfieran a cualquier t\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Los recursos provenientes de convenios a nivel nacional \u00a0e internacional, p\u00fablicos o privados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las participaciones en tasas o impuestos que sean \u00a0autorizados por normas espec\u00edficas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Los rendimientos de las operaciones, negocios jur\u00eddicos \u00a0e inversiones que realice y dem\u00e1s beneficios que se generen por las operaciones \u00a0autorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Los bienes muebles e inmuebles que como persona jur\u00eddica \u00a0haya adquirido o adquiera a cualquier t\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Los bienes y dineros que reciba a cualquier t\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estructura de la unidad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Modificado \u00a0por el Decreto 2672 de 2013, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Estructura. \u00a0Para el ejercicio de las funciones establecidas, la Unidad Nacional para la \u00a0Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, tendr\u00e1 la siguiente estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Consejo Directivo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Direcci\u00f3n General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Oficina Asesora Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n e Informaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Oficina Asesora de Comunicaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Subdirecci\u00f3n General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Subdirecci\u00f3n para el Conocimiento del Riesgo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Subdirecci\u00f3n para la Reducci\u00f3n del Riesgo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Subdirecci\u00f3n para el Manejo de Desastres \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3. Comit\u00e9 de Desarrollo Administrativo Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 10: \u201cEstructura. Para el ejercicio de las \u00a0funciones establecidas, la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de \u00a0Desastres, tendr\u00e1 la siguiente estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n e Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Oficina Asesora de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Subdirecci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Subdirecci\u00f3n para el Conocimiento del Riesgo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Subdirecci\u00f3n para la Reducci\u00f3n del Riesgo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Subdirecci\u00f3n para el Manejo de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1 Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Funciones \u00a0de la Direcci\u00f3n General. Son funciones de la Direcci\u00f3n General, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, orientar y controlar las actividades \u00a0conducentes al cumplimiento de los objetivos de la Unidad Nacional para la \u00a0Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres y ejercer su representaci\u00f3n legal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar la formulaci\u00f3n y hacer seguimiento a las \u00a0pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para la gesti\u00f3n del riesgo de \u00a0desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Numeral \u00a0modificado en lo pertinente por el Decreto 2254 de 2014. \u00a0Ejercer la ordenaci\u00f3n del gasto de la entidad y ejercer la ordenaci\u00f3n del gasto \u00a0del Fondo Nacional de Calamidades o del que haga sus veces, de conformidad con \u00a0lo previsto en el art\u00edculo 5\u00b0 del Decreto 2378 de 1997, \u00a0sin perjuicio de la ordenaci\u00f3n del gasto que se encuentra dispuesta para la \u00a0ejecuci\u00f3n de los recursos destinados para la atenci\u00f3n de la emergencia \u00a0ocasionada por el Fen\u00f3meno de la Ni\u00f1a 2010-2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar la documentaci\u00f3n necesaria para que el Comit\u00e9 \u00a0Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres, o el que haga sus veces, \u00a0en el Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD, rinda \u00a0el concepto previo a la declaratoria de una situaci\u00f3n de desastre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar y asesorar a las entidades territoriales en \u00a0la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica de gesti\u00f3n del riesgo de desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir la intervenci\u00f3n de las entidades que conforman \u00a0el Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD, en el \u00a0marco de sus competencias, en la respuesta a situaciones declaradas de desastre \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir la implementaci\u00f3n del plan nacional de gesti\u00f3n \u00a0del riesgo de desastres y llevar a cabo el seguimiento y evaluaci\u00f3n del mismo y \u00a0su peri\u00f3dica actualizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar a consideraci\u00f3n del Consejo Directivo, los \u00a0lineamientos generales de administraci\u00f3n y operaci\u00f3n de la Unidad y proyecto de \u00a0presupuesto de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Presentar a consideraci\u00f3n del Consejo Directivo los \u00a0proyectos sobre modificaci\u00f3n a la estructura org\u00e1nica de la Unidad, planta de \u00a0personal, estatuto interno y las modificaciones a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Expedir los actos administrativos, realizar las \u00a0actividades y celebrar los contratos, acuerdos y convenios que se requieran \u00a0para el buen funcionamiento de la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de \u00a0Desastres, de acuerdo con las normas vigentes. (Nota: Ver Resoluci\u00f3n \u00a0744 de 2017, UNGRD.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Liderar el desarrollo del sistema integrado de \u00a0informaci\u00f3n del Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Representar judicial y extrajudicialmente a la entidad \u00a0en los procesos y dem\u00e1s acciones legales que se instauren en su contra o que \u00a0deba promover la instituci\u00f3n, para lo cual podr\u00e1 conferir poder o mandato. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir la administraci\u00f3n del personal conforme las \u00a0normas correspondientes y nombrar y remover el personal de la entidad, con \u00a0excepci\u00f3n de los empleos cuya nominaci\u00f3n est\u00e9 atribuida a otra autoridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Ejercer la funci\u00f3n de control disciplinario interno en \u00a0los t\u00e9rminos de la Ley 734 de 2002 y las \u00a0normas que la modifiquen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Orientar la implementaci\u00f3n del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Aprobar el anteproyecto de presupuesto de la Unidad, y \u00a0someterlo a aprobaci\u00f3n del Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Vigilar la ejecuci\u00f3n del presupuesto correspondiente a \u00a0la Unidad y al Fondo Nacional de Calamidades o el que haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Promover las alianzas estrat\u00e9gicas nacionales e \u00a0internacionales que se requieran para el cumplimiento de las funciones de la \u00a0Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, en coordinaci\u00f3n con el \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores y las dem\u00e1s entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Crear y organizar, mediante acto administrativo, \u00a0grupos internos de trabajo y \u00f3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n, para atender \u00a0el cumplimiento de las funciones de la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo \u00a0de Desastres de acuerdo con las necesidades del servicio, los planes, programas \u00a0y proyectos aprobados por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Modificado \u00a0por el Decreto 2672 de 2013, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Funciones de la \u00a0Oficina Asesora Jur\u00eddica. Son \u00a0funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director General y a las dependencias de la \u00a0Unidad en los Asuntos Jur\u00eddicos relacionados con la entidad y emitir los \u00a0conceptos legales que se le requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar, estudiar y conceptuar sobre proyectos de ley \u00a0y\/o actos administrativos, que deba suscribir y\/o proponer la entidad y sobre \u00a0los dem\u00e1s asuntos que le asignen, sin perjuicio de las funciones de la \u00a0Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Representar judicial y extrajudicialmente a la entidad \u00a0en los procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que esta debe \u00a0promover, mediante poder o delegaci\u00f3n y supervisar el tr\u00e1mite de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar y tramitar los recursos, revocatorias \u00a0directas y en general, las actuaciones jur\u00eddicas relacionadas con las funciones \u00a0de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Atender las peticiones y consultas relacionadas con \u00a0asuntos de su competencia y de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar la formulaci\u00f3n de programas de competencia de \u00a0la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Contribuir en la formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas con miras \u00a0a fortalecimiento jur\u00eddico a las dependencias de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 12: \u201cFunciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica. Son \u00a0funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director General, y a las Dependencias de \u00a0la Unidad en los asuntos jur\u00eddicos relacionados con la entidad y emitir los \u00a0conceptos legales que se le requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar, estudiar y conceptuar sobre proyectos de \u00a0ley, actos administrativos, contratos y\/o convenios que deba suscribir o \u00a0proponer la entidad y sobre los dem\u00e1s asuntos que le asignen, sin perjuicio de \u00a0las funciones de la Subdirecci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Representar judicial y extrajudicialmente a la \u00a0entidad en los procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que esta \u00a0deba promover, mediante poder o delegaci\u00f3n, y supervisar el tr\u00e1mite de los \u00a0mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar en la determinaci\u00f3n de los contratos a \u00a0celebrarse con cargo a los recursos del Fondo Nacional de Calamidades, o del \u00a0que haga sus veces, cuando el director de la Unidad sea el ordenador del gasto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Atender las peticiones y consultas relacionadas con \u00a0asuntos de su competencia y de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar en la formulaci\u00f3n de \u00a0programas en materia de competencia de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Llevar a cabo las actuaciones encaminadas a lograr el cobro \u00a0efectivo de las sumas que le adeuden a la entidad por todo concepto, \u00a0desarrollando las labores de cobro persuasivo y adelantar los procesos por \u00a0jurisdicci\u00f3n coactiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Contribuir en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas con miras \u00a0al fortalecimiento jur\u00eddico de las dependencias de la Unidad en lo relacionado \u00a0con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar y tramitar los recursos, revocatorias \u00a0directas y en general, las actuaciones jur\u00eddicas relacionadas con las funciones \u00a0de la Unidad que no correspondan a otras dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Modificado \u00a0por el Decreto 2672 de 2013, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Funciones de la Oficina \u00a0Asesora de Planeaci\u00f3n e Informaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina \u00a0Asesora de Planeaci\u00f3n e Informaci\u00f3n las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Consejo Directivo y al Director General en \u00a0el dise\u00f1o, formulaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de resultados de las pol\u00edticas estrat\u00e9gicas, \u00a0planes programas y proyectos institucionales para el efectivo cumplimiento de \u00a0las funciones de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar la planificaci\u00f3n del Sistema Nacional de Gesti\u00f3n \u00a0del Riesgo de Desastres (SNGRD), y coordinar el seguimiento y evaluaci\u00f3n al cumplimiento \u00a0del Plan Nacional de Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres de acuerdo con las \u00a0directrices de la Subdirecci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n \u00a0del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y las dem\u00e1s \u00a0entidades del sector, el Plan de Desarrollo Sectorial, los Planes de \u00a0Direccionamiento Estrat\u00e9gico, Plan Plurianual, el Plan Operativo Anual o de \u00a0Acci\u00f3n, y los Planes de Desarrollo Administrativo Sectorial e Institucional y \u00a0someterlos a aprobaci\u00f3n de la instancia competente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Definir los lineamientos, procesos e instrumentos para \u00a0la formulaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de la planeaci\u00f3n estrat\u00e9gica y \u00a0operativa de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar y asesorar a las dependencias en la \u00a0formulaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n del cumplimiento del Plan de \u00a0Direccionamiento Estrat\u00e9gico y los Planes Anuales de Acci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar y apoyar a las dependencias de la Unidad en la \u00a0formulaci\u00f3n de los proyectos de inversi\u00f3n para su respectiva viabilizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar y consolidar el anteproyecto de presupuesto y \u00a0la programaci\u00f3n presupuestal en coordinaci\u00f3n con las dependencias y someterlo a \u00a0aprobaci\u00f3n de las autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n presupuestal de \u00a0la Unidad y tramitar la viabilidad de las modificaciones presupuestales ante \u00a0las instancias competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Verificar el cumplimiento de los planes, programas y \u00a0proyectos de la Unidad, y elaborar los informes de seguimiento y propuesta de \u00a0ajustes a los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Apoyar a la Fiduciaria Administradora del Fondo \u00a0Nacional de Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, en los procesos establecidos para \u00a0formular la programaci\u00f3n presupuestal de los recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Elaborar, consolidar y presentar los informes \u00a0requeridos por organismos del Estado y dem\u00e1s agentes externos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Elaborar estudios, propuestas e investigaciones de \u00a0car\u00e1cter econ\u00f3mico y financiero, para mejorar la calidad de los servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Implementar, mantener y mejorar el Sistema Integrado \u00a0de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dise\u00f1ar las pol\u00edticas, estrategias y est\u00e1ndares para \u00a0garantizar el desarrollo e implementaci\u00f3n de los procesos de informaci\u00f3n de la \u00a0entidad, en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Formular y actualizar el Plan Estrat\u00e9gico de Inform\u00e1tica \u00a0y la Gesti\u00f3n de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n de la Unidad y efectuar su \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Propender porque en los procesos tecnol\u00f3gicos de la \u00a0entidad y del Sistema Nacional de Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres (Sngrd) se tengan en cuenta las pol\u00edticas, los est\u00e1ndares y \u00a0tecnolog\u00edas que definen la infraestructura colombiana de datos espaciales y los \u00a0establecidos por el Ministerio de las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las \u00a0Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Administrar y mantener en funcionamiento el Sistema \u00a0Integrado de Informaci\u00f3n de que tratan los art\u00edculos n\u00famero 45 y 46 de la Ley 1523 de 2012 o \u00a0los que hagan sus veces para avanzar y facilitar la Gesti\u00f3n del Riesgo de \u00a0Desastres, articularlo con otros sistemas de informaci\u00f3n y monitorear su uso en \u00a0los diferentes niveles territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Promover acuerdos entre las entidades del Sistema \u00a0Nacional de Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres (Sngrd) \u00a0para compartir informaci\u00f3n y mejorar la eficiencia en la producci\u00f3n, \u00a0recolecci\u00f3n, uso y disposici\u00f3n de la informaci\u00f3n relacionada con la Gesti\u00f3n del \u00a0Riesgo de Desastres, de acuerdo con los lineamientos emitidos por las entidades \u00a0competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Asesorar el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de Sistemas de \u00a0Informaci\u00f3n de Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres entre los miembros del Sistema \u00a0Nacional de Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres (SNGRD). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 13: \u201cFunciones de la Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n e Informaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n e Informaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Consejo Directivo y al director en el \u00a0dise\u00f1o, formulaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de resultados de las pol\u00edticas, estrategias, \u00a0planes, programas y proyectos institucionales para el efectivo cumplimiento de \u00a0las funciones de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n \u00a0del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y las dem\u00e1s \u00a0entidades del Sector, el Plan de Desarrollo Sectorial, con sujeci\u00f3n al Plan \u00a0Nacional de Desarrollo, los planes estrat\u00e9gicos y de acci\u00f3n, el Plan Operativo \u00a0Anual y Plurianual, los Planes de Desarrollo Administrativo Sectorial e \u00a0Institucional y someterlos a aprobaci\u00f3n de la instancia competente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir los lineamientos, procesos e instrumentos \u00a0para la formulaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de la planeaci\u00f3n estrat\u00e9gica y \u00a0operativa de la Unidad, as\u00ed como coordinar y asesorar a las dependencias en la \u00a0formulaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n del cumplimiento del Plan de \u00a0Direccionamiento Estrat\u00e9gico y los Planes Anuales de Acci\u00f3n, de acuerdo a los \u00a0procesos establecidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar y apoyar a las dependencias de la Unidad en \u00a0la formulaci\u00f3n de los proyectos de inversi\u00f3n para su respectiva viabilizaci\u00f3n, de acuerdo con los procesos establecidos \u00a0para tal fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar y consolidar el anteproyecto de presupuesto, \u00a0la programaci\u00f3n presupuestal y el plan plurianual de la Unidad, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las dependencias competentes, y someterlo a aprobaci\u00f3n del Director. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n presupuestal \u00a0de la Unidad y tramitar la viabilidad de las modificaciones presupuestales ante \u00a0las instancias competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Verificar el cumplimiento de los planes, programas y \u00a0proyectos de la Unidad, y elaborar los informes de seguimiento y propuesta de \u00a0ajustes a los mismos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar, consolidar y presentar los informes requeridos \u00a0por organismos del Estado y dem\u00e1s agentes externos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar estudios, propuestas e investigaciones de \u00a0car\u00e1cter econ\u00f3mico y financiero, para mejorar la calidad de los servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Implementar, mantener y mejorar el Sistema Integrado \u00a0de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Liderar la elaboraci\u00f3n de propuestas sobre la \u00a0organizaci\u00f3n estructural y funcional de la Unidad que propendan por su \u00a0modernizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Definir los lineamientos, procesos e instrumentos de \u00a0planificaci\u00f3n del Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u00a0\u2013SNPAD, en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar y asesorar en la formulaci\u00f3n, divulgaci\u00f3n, \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n del cumplimiento del plan nacional para la gesti\u00f3n del \u00a0riesgo de desastres, de acuerdo con los procesos establecidos y elaborar los \u00a0informes requeridos y las propuestas de ajuste al mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dise\u00f1ar las pol\u00edticas, estrategias y est\u00e1ndares para \u00a0garantizar el desarrollo e implementaci\u00f3n de los procesos de informaci\u00f3n de la \u00a0entidad, en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Formular y actualizar el Plan Estrat\u00e9gico de \u00a0Inform\u00e1tica y la gesti\u00f3n de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n de la Unidad y \u00a0efectuar su seguimiento y evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Propender porque en los procesos tecnol\u00f3gicos de la \u00a0entidad y del Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u00a0\u2013SNPAD se tengan en cuenta las pol\u00edticas, los est\u00e1ndares y tecnolog\u00edas que \u00a0definen la infraestructura colombiana de datos espaciales y los establecidos \u00a0por el Ministerio de las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Administrar y mantener en funcionamiento el sistema \u00a0integrado de informaci\u00f3n de que trata el art\u00edculo 7\u00b0 del Decreto ley 919 de \u00a01989 o del que haga sus veces, que posibilite \u00a0avanzar en la gesti\u00f3n del riesgo de desastres, articularlo con otros sistemas \u00a0de informaci\u00f3n en gesti\u00f3n del riesgo de desastres y monitorear su utilizaci\u00f3n \u00a0en los diferentes niveles territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Promover acuerdos entre las entidades del Sistema \u00a0Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD para compartir \u00a0informaci\u00f3n y mejorar la eficiencia en la producci\u00f3n, recolecci\u00f3n, uso y \u00a0disposici\u00f3n de la informaci\u00f3n relacionada con la gesti\u00f3n del riesgo de \u00a0desastres, de acuerdo con los lineamientos emitidos por las entidades \u00a0competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Asesorar el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de sistemas de \u00a0informaci\u00f3n de gesti\u00f3n del riesgo de desastres entre los miembros del Sistema \u00a0Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Funciones \u00a0de la Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control \u00a0Interno adem\u00e1s de las se\u00f1aladas en las leyes vigentes sobre la materia, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y apoyar al Director General en el dise\u00f1o, \u00a0implementaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema de Control Interno, y verificar su \u00a0operatividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Desarrollar instrumentos y adelantar estrategias \u00a0orientadas a fomentar una cultura de autocontrol y de calidad que contribuya al \u00a0mejoramiento contin\u00fao en la prestaci\u00f3n de los servicios de competencia de la \u00a0Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar los planes, m\u00e9todos, procedimientos y \u00a0mecanismos de verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema de Control Interno de la \u00a0Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aplicar el control de gesti\u00f3n e interpretar sus \u00a0resultados con el objetivo de presentar recomendaciones al Director General \u00a0haciendo \u00e9nfasis en los indicadores de gesti\u00f3n dise\u00f1ados y reportados \u00a0peri\u00f3dicamente por la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n e Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Verificar el cumplimiento de las pol\u00edticas, normas, \u00a0procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la Unidad, recomendar \u00a0los ajustes pertinentes y efectuar el seguimiento a su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar a las dependencias en la identificaci\u00f3n y \u00a0prevenci\u00f3n de los riesgos que puedan afectar el logro de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar, acompa\u00f1ar y apoyar a los servidores de la \u00a0Unidad en el Desarrollo y Mejoramiento del Sistema de Control Interno y \u00a0mantener informado al Director sobre la marcha del Sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar informes de actividades al Director y al \u00a0Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Preparar y consolidar el Informe de Rendici\u00f3n de Cuenta \u00a0Fiscal que debe presentarse anualmente a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica \u00a0al comienzo de cada vigencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar y consolidar las respuestas a los \u00a0requerimientos presentados por los organismos de control respecto de la gesti\u00f3n \u00a0de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar el desarrollo, sostenimiento y mejoramiento \u00a0contin\u00fao del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, supervisar su \u00a0efectividad y la observancia de sus recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Desarrollar programas de auditor\u00eda de conformidad con \u00a0la naturaleza objeto de evaluaci\u00f3n, formulando las observaciones y \u00a0recomendaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Evaluar y verificar la aplicaci\u00f3n de los mecanismos de \u00a0participaci\u00f3n ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Vigilar que la atenci\u00f3n de solicitudes, peticiones, \u00a0quejas y reclamos se preste pronta y adecuadamente rendir los informes sobre el \u00a0particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Verificar la aplicaci\u00f3n y cumplimiento de las medidas \u00a0que adopte el Gobierno Nacional sobre lucha contra la corrupci\u00f3n, \u00a0racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites y austeridad del gasto, entre otras materias, con \u00a0el fin de contribuir al mejoramiento y eficiencia en la gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Acompa\u00f1ar y asesorar a las diferentes dependencias de \u00a0la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, en la \u00a0implementaci\u00f3n y desarrollo del proceso de administraci\u00f3n del riesgo, y \u00a0realizar la evaluaci\u00f3n y seguimiento del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Realizar la evaluaci\u00f3n y seguimiento de las acciones \u00a0de la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres y promover ante \u00a0las autoridades competentes las investigaciones a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas inherentes a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Funciones \u00a0de la Oficina Asesora de Comunicaciones. Son funciones de la Oficina \u00a0Asesora de Comunicaciones, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar e implementar la estrategia de comunicaciones \u00a0internas y externas de la Unidad, a nivel nacional y territorial con el fin de \u00a0apoyar la consecuci\u00f3n de los objetivos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con las entidades que \u00a0integran el Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD, \u00a0las estrategias de comunicaci\u00f3n en materia de gesti\u00f3n del riesgo de desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar el mapa de informaci\u00f3n a nivel de las \u00a0entidades que conforman el SNPAD que permita contar de manera actualizada y \u00a0completa con los procesos de producci\u00f3n de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Vigilar que en los procesos tecnol\u00f3gicos se tengan en \u00a0cuenta los est\u00e1ndares y lineamientos dictados por el Ministerio de las \u00a0Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, que permitan la aplicaci\u00f3n \u00a0de las pol\u00edticas que en materia de informaci\u00f3n expida el Departamento Nacional \u00a0de Planeaci\u00f3n y el Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica \u2013DANE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar a las entidades nacionales y territoriales en \u00a0la comunicaci\u00f3n de informaci\u00f3n p\u00fablica de gesti\u00f3n del riesgo de desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Administrar y mantener actualizado el centro de \u00a0documentaci\u00f3n e informaci\u00f3n de gesti\u00f3n del riesgo de desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar a las diferentes dependencias en la edici\u00f3n, \u00a0revisi\u00f3n, ajuste y publicaci\u00f3n de los documentos, y materiales producidos por \u00a0ellas, de acuerdo con los grupos de inter\u00e9s y objetivos de cada proceso \u00a0misional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Gestionar los canales apropiados para la comunicaci\u00f3n y \u00a0difusi\u00f3n de los productos y servicios de la Unidad, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n e Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Verificar la aplicaci\u00f3n de un lenguaje apropiado para \u00a0la comunicaci\u00f3n del riesgo de desastres que reconozca la pluralidad \u00e9tnica y \u00a0cultural del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Preparar comunicados de prensa relacionados con la \u00a0gesti\u00f3n institucional y liderar la relaci\u00f3n con los medios de comunicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Modificado \u00a0por el Decreto 2672 de 2013, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. Funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n General. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n General las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1, Promover y coordinar la formulaci\u00f3n y articulaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edtica p\u00fablica de Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres y realizar seguimiento a su \u00a0ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar la articulaci\u00f3n entre los procesos de \u00a0Conocimiento del Riesgo, Reducci\u00f3n del Riesgo y Manejo de Desastres del Sistema \u00a0Nacional de Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres (SNGRD) y coordinar el \u00a0funcionamiento articulado de las dependencias misionales de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir los lineamientos, procesos e instrumentos de \u00a0planificaci\u00f3n del Sistema Nacional de Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres (SNGRD), \u00a0con el apoyo de la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n e Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Formular, divulgar el Plan Nacional de Gesti\u00f3n del \u00a0Riesgo de Desastres y hacer seguimiento y evaluaci\u00f3n de su cumplimiento en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n e Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar las acciones requeridas para la coordinaci\u00f3n \u00a0de las instancias interinstitucionales del Sistema Nacional de Gesti\u00f3n del \u00a0Riesgo de Desastres (SNGRD). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Controlar en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda General y \u00a0la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n e Informaci\u00f3n, la gesti\u00f3n contractual, \u00a0presupuestal, financiera y administrativa, de la Fiduciaria Administradora del \u00a0Fondo Nacional de Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres y hacer seguimiento al \u00a0cumplimiento de los proyectos, contratos y convenios financiados con cargo a \u00a0los recursos de dicho fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Orientar y promover la identificaci\u00f3n e implementaci\u00f3n \u00a0de mejoras en los componentes del Sistema Nacional de Gesti\u00f3n del Riesgo de \u00a0Desastres (Sngrd), con el apoyo de la Oficina Asesora \u00a0de Planeaci\u00f3n e Informaci\u00f3n en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Orientar y promover la formulaci\u00f3n de Planes \u00a0Territoriales para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres y Estrategias Territoriales \u00a0para la Respuesta a Emergencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Promover la participaci\u00f3n del sector privado, de las \u00a0organizaciones sociales y de las organizaciones no gubernamentales en el \u00a0Sistema Nacional de Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres (SNGRD). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Gestionar con apoyo de la Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n e Informaci\u00f3n la consecuci\u00f3n de recursos para el desarrollo de los \u00a0planes, programas y proyectos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 16: \u201cFunciones de la Subdirecci\u00f3n General. Son \u00a0funciones de la Subdirecci\u00f3n General, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Promover y apoyar la formulaci\u00f3n y \u00a0articulaci\u00f3n de pol\u00edtica p\u00fablica de gesti\u00f3n del riesgo de desastres y realizar \u00a0seguimiento a su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asistir al Director General en la determinaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administraci\u00f3n de la \u00a0Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la articulaci\u00f3n entre los procesos de \u00a0conocimiento del riesgo, reducci\u00f3n del riesgo y manejo de desastres del Sistema \u00a0Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD, as\u00ed mismo coordinar \u00a0el funcionamiento articulado de las dependencias misionales de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Adelantar las acciones requeridas para la \u00a0coordinaci\u00f3n de las instancias interinstitucionales del Sistema Nacional para \u00a0la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Orientar y promover la identificaci\u00f3n e \u00a0implementaci\u00f3n de mejoras en los componentes del Sistema Nacional para la \u00a0Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD, en coordinaci\u00f3n con la Oficina \u00a0Asesora de Planeaci\u00f3n e Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Orientar y promover la formulaci\u00f3n de planes \u00a0territoriales para la gesti\u00f3n del riesgo de desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover la participaci\u00f3n del sector privado, de las organizaciones \u00a0sociales y de las organizaciones no gubernamentales en el Sistema Nacional para \u00a0la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar los anteproyectos presupuestales de las \u00a0subcuentas del Fondo Nacional de Calamidades, y hacer seguimiento al desempe\u00f1o, \u00a0distribuci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los recursos asignados a dicho fondo y presentar \u00a0los informes que correspondan ante las entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Hacer seguimiento a la administraci\u00f3n de los recursos \u00a0efectuada por la entidad fiduciaria administradora de los recursos y presentar \u00a0las recomendaciones a que haya lugar ante la Junta del Fondo Nacional de \u00a0Calamidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Gestionar y promover la cooperaci\u00f3n y la asistencia \u00a0t\u00e9cnica y financiera internacional, para el fortalecimiento del Sistema Nacional \u00a0para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013 SNPAD, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Gestionar la consecuci\u00f3n de recursos para el \u00a0desarrollo de los planes, programas y proyectos institucionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Orientar y dirigir la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas y \u00a0programas de administraci\u00f3n de personal, bienestar social, selecci\u00f3n, registro \u00a0y control, capacitaci\u00f3n, incentivos y desarrollo del talento humano y dirigir \u00a0su gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Elaborar y actualizar el manual espec\u00edfico de \u00a0funciones y de competencias laborales de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar el grupo encargado de las investigaciones \u00a0de car\u00e1cter disciplinario que se adelanten contra los funcionarios de la Unidad \u00a0y resolverlas en primera instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Dirigir, coordinar y hacer seguimiento a la \u00a0planeaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y control de la gesti\u00f3n administrativa y financiera de la \u00a0Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Implementar los procesos y procedimientos para la \u00a0administraci\u00f3n de bienes y servicios administrativos de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las \u00a0actividades relacionadas con la adquisici\u00f3n, almacenamiento, custodia, \u00a0distribuci\u00f3n e inventarios de los elementos, equipos y dem\u00e1s bienes necesarios \u00a0para el funcionamiento de la Unidad, velando porque se cumplan las normas \u00a0vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Dirigir la ejecuci\u00f3n de los programas y actividades \u00a0relacionados con los asuntos financieros y contables, contrataci\u00f3n p\u00fablica, \u00a0soporte t\u00e9cnico e inform\u00e1tico, servicios administrativos y gesti\u00f3n documental \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Elaborar y consolidar el presupuesto de \u00a0funcionamiento de la Entidad y coordinar con la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n e \u00a0Informaci\u00f3n para su inclusi\u00f3n y aprobaci\u00f3n en el presupuesto general de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Proponer a la Direcci\u00f3n General pol\u00edticas y estrategias \u00a0para el recaudo, administraci\u00f3n, gesti\u00f3n, control y registro de los recursos \u00a0financieros de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Dirigir la elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del Plan Anual de \u00a0Compras de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Presentar al Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico, el Plan Anual de Caja de conformidad con las obligaciones financieras \u00a0adquiridas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Preparar y presentar los estados financieros, \u00a0informes de ejecuci\u00f3n presupuestal y evaluaci\u00f3n financiera de la Unidad y los \u00a0dem\u00e1s informes y an\u00e1lisis de car\u00e1cter financiero que sean solicitados a la \u00a0Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Velar por el funcionamiento de la prestaci\u00f3n del \u00a0servicio al ciudadano y por la atenci\u00f3n de quejas y reclamos que presenten los \u00a0ciudadanos sobre el desempe\u00f1o de las dependencias o personas que laboran en la \u00a0Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de las recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Funciones \u00a0de la Subdirecci\u00f3n para el Conocimiento del Riesgo. Son funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n para el Conocimiento del Riesgo, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar, promover y apoyar la implementaci\u00f3n, la \u00a0continuidad, efectividad y mejora del proceso de conocimiento del riesgo en el \u00a0Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD y su articulaci\u00f3n con los \u00a0procesos de planificaci\u00f3n del desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Generar insumos para la promoci\u00f3n de pol\u00edticas que \u00a0fortalezcan el proceso de conocimiento del riesgo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover, en coordinaci\u00f3n con las autoridades \u00a0competentes en la materia, a nivel nacional y territorial, la identificaci\u00f3n de \u00a0las amenazas y de la vulnerabilidad, como insumos para el an\u00e1lisis del riesgo \u00a0de desastres, as\u00ed como coordinar el dise\u00f1o de gu\u00edas y el uso de lineamientos y \u00a0est\u00e1ndares para este proceso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover y fortalecer el desarrollo de instrumentos de \u00a0monitoreo del riesgo de desastres a trav\u00e9s de las diferentes entidades t\u00e9cnicas \u00a0del Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Promover actividades de informaci\u00f3n p\u00fablica y \u00a0comunicaci\u00f3n hacia las entidades p\u00fablicas y a la ciudadan\u00eda, orientadas a la \u00a0incorporaci\u00f3n del an\u00e1lisis del riesgo de desastres en la toma de decisiones, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar las instancias interinstitucionales de orden \u00a0nacional que hacen parte del Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de \u00a0Desastres \u2013SNPAD, en lo que a conocimiento del riesgo de desastres se refiere, \u00a0y ejercer su Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar la formulaci\u00f3n y efectuar el seguimiento y la \u00a0evaluaci\u00f3n del componente de conocimiento del riesgo de desastres del Plan \u00a0Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer, a nivel nacional, priorizaciones de \u00a0escenarios de riesgo a ser estudiados y emitir los lineamientos para su \u00a0identificaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Generar insumos t\u00e9cnicos que apoyen la gesti\u00f3n de \u00a0recursos para la financiaci\u00f3n de estudios e investigaciones orientadas al \u00a0conocimiento del riesgo de desastres por parte de las entidades del Sistema \u00a0Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD, as\u00ed como para la \u00a0creaci\u00f3n de sistemas de monitoreo o el fortalecimiento de los existentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Promover una agenda y la apertura de l\u00edneas de \u00a0investigaci\u00f3n y formaci\u00f3n sobre conocimiento del riesgo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Proponer la implementaci\u00f3n de un plan nacional de \u00a0capacitaci\u00f3n en gesti\u00f3n del riesgo de desastres, con el fin de que se incorpore \u00a0dicho concepto en la educaci\u00f3n formal y no formal, en coordinaci\u00f3n con los \u00a0organismos y entidades competentes, as\u00ed como un sistema de capacitaci\u00f3n a \u00a0servidores de la unidad en esta materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Impulsar la articulaci\u00f3n del Sistema Nacional para la \u00a0Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD, con el Sistema Nacional de Ciencia, \u00a0Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n y el Sistema Nacional Ambiental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Formular e implementar los proyectos de conocimiento \u00a0del riesgo de desastres a cargo de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Asesorar y brindar asistencia t\u00e9cnica a departamentos \u00a0y municipios en la formulaci\u00f3n de proyectos tendientes a mejorar el \u00a0conocimiento del riesgo de desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Determinar, en coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n e Informaci\u00f3n, las necesidades estrat\u00e9gicas de informaci\u00f3n en \u00a0materia de Conocimiento del Riesgo para el pa\u00eds y priorizar las necesidades de \u00a0inversi\u00f3n para su elaboraci\u00f3n, captura, actualizaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Participar en las Comisiones y Comit\u00e9s del Sistema \u00a0Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD, de conformidad con \u00a0las competencias de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Funciones \u00a0de la Subdirecci\u00f3n de Reducci\u00f3n del Riesgo. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n \u00a0de Reducci\u00f3n del Riesgo, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar, promover y apoyar la implementaci\u00f3n, \u00a0continuidad, efectividad y mejora del proceso de reducci\u00f3n del riesgo en el \u00a0Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD, y su articulaci\u00f3n \u00a0con los procesos de planificaci\u00f3n del desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar la articulaci\u00f3n de las acciones orientadas a \u00a0la reducci\u00f3n del riesgo de desastres definidas en el marco del Sistema Nacional \u00a0para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013 SNPAD, con las pol\u00edticas y \u00a0acciones de gesti\u00f3n ambiental, ordenamiento territorial, planificaci\u00f3n del \u00a0desarrollo y adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Generar insumos para la promoci\u00f3n de pol\u00edticas que \u00a0fortalezcan el proceso de reducci\u00f3n del riesgo de desastres en los niveles \u00a0nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar \u00a0las instancias interinstitucionales de orden nacional del Sistema Nacional para \u00a0la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD, en lo que a reducci\u00f3n del riesgo \u00a0de desastres se refiere y ejercer su Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar la formulaci\u00f3n y efectuar el seguimiento y la \u00a0evaluaci\u00f3n del componente de reducci\u00f3n del riesgo de desastres del Plan \u00a0Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Promover a nivel nacional y territorial, la \u00a0intervenci\u00f3n correctiva y prospectiva del riesgo, y la protecci\u00f3n financiera \u00a0frente a desastres, as\u00ed como coordinar el dise\u00f1o de gu\u00edas y el uso de \u00a0lineamientos y est\u00e1ndares para este proceso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar a las entidades nacionales y territoriales del \u00a0Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD en la \u00a0gesti\u00f3n de recursos para la financiaci\u00f3n de proyectos de reducci\u00f3n del riesgo \u00a0de desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Formular e implementar los proyectos de reducci\u00f3n del \u00a0riesgo de desastres a cargo de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asesorar y brindar asistencia t\u00e9cnica a departamentos y \u00a0municipios en la formulaci\u00f3n de proyectos para la reducci\u00f3n del riesgo de \u00a0desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Apoyar el desarrollo de pol\u00edticas de regulaci\u00f3n \u00a0t\u00e9cnica que contribuyan a la reducci\u00f3n del riesgo de desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Promover y generar insumos para la incorporaci\u00f3n de \u00a0acciones de reducci\u00f3n del riesgo en los diferentes instrumentos de \u00a0planificaci\u00f3n del desarrollo, el ordenamiento territorial, la gesti\u00f3n ambiental \u00a0y los proyectos de inversi\u00f3n en los \u00e1mbitos sectorial y territorial, integrando \u00a0las directrices del Gobierno Nacional de adaptaci\u00f3n y mitigaci\u00f3n ante el cambio \u00a0clim\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Identificar y formular proyectos estrat\u00e9gicos para el \u00a0pa\u00eds en materia de reducci\u00f3n del riesgo de desastres que promuevan la participaci\u00f3n \u00a0de los distintos niveles de gobierno, los sectores del pa\u00eds y la comunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Participar en las Comisiones y Comit\u00e9s del Sistema \u00a0Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD, de conformidad con \u00a0las competencias de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan \u00a0a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Funciones \u00a0de la Subdirecci\u00f3n para el Manejo de Desastres. Son funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n para el Manejo de Desastres, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar, promover y apoyar la implementaci\u00f3n, la \u00a0continuidad, efectividad y mejora del proceso de manejo de desastres en el \u00a0Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD y su \u00a0articulaci\u00f3n con los procesos de planificaci\u00f3n del desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Generar insumos para la promoci\u00f3n de pol\u00edticas que \u00a0fortalezcan el proceso de manejo de desastres en los niveles nacional y \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar las instancias interinstitucionales del orden \u00a0nacional del Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u00a0\u2013SNPAD, en lo que a Manejo de Desastres se refiere y ejercer su Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar la formulaci\u00f3n y efectuar el seguimiento y la \u00a0evaluaci\u00f3n del componente de manejo de desastres del plan nacional para la \u00a0gesti\u00f3n del riesgo de desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Promover a nivel nacional y territorial, la preparaci\u00f3n \u00a0para la respuesta y la recuperaci\u00f3n frente a desastres, as\u00ed como definir y \u00a0coordinar el dise\u00f1o de gu\u00edas, lineamientos y est\u00e1ndares para este proceso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Orientar y promover acciones de organizaci\u00f3n para la \u00a0respuesta, implementaci\u00f3n de sistemas de alerta, capacitaci\u00f3n, conformaci\u00f3n de \u00a0centros de reserva, mecanismos de albergues temporales, equipamiento, \u00a0entrenamiento, entre otras tendientes a mejorar la preparaci\u00f3n para la respuesta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Formular una estrategia nacional de respuesta a \u00a0emergencias, y coordinar su divulgaci\u00f3n y apropiaci\u00f3n por parte de las \u00a0entidades del Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u00a0\u2013SNPAD. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar la respuesta del Sistema Nacional para la \u00a0Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD en situaciones declaradas de \u00a0desastre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar el plan de acci\u00f3n espec\u00edfico para la \u00a0recuperaci\u00f3n (rehabilitaci\u00f3n y reconstrucci\u00f3n) en situaciones declaradas de \u00a0desastre nacional, y efectuar su seguimiento y evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Consolidar la informaci\u00f3n para sustentar la \u00a0declaratoria de desastre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar a las entidades nacionales y territoriales del \u00a0Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD en la gesti\u00f3n \u00a0de recursos para la financiaci\u00f3n de proyectos de manejo de desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Formular, implementar y ejecutar los proyectos de \u00a0manejo de desastres a cargo de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Asesorar y brindar asistencia t\u00e9cnica a departamentos \u00a0y municipios en la formulaci\u00f3n de proyectos para el manejo de desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Participar en las Comisiones y Comit\u00e9s del Sistema \u00a0Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n de Desastres \u2013SNPAD o el que haga sus \u00a0veces, de conformidad con las competencias de la Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. \u00d3rganos \u00a0de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n. La Comisi\u00f3n de Personal y Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n de Control Interno y dem\u00e1s \u00f3rganos de asesor\u00eda y control que se \u00a0integren cumplir\u00e1n sus funciones con lo se\u00f1alado en la Ley 909 de 2004, 87 de 1993 y \u00a0las dem\u00e1s disposiciones legales y reglamentarias vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones finales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Planta \u00a0de personal. De conformidad con la estructura prevista por el presente decreto \u00a0el Gobierno Nacional en ejercicio de las facultades se\u00f1aladas en el art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0la Ley 489 de 1998, \u00a0proceder\u00e1 a adoptar la planta de personal necesaria para el debido y correcto \u00a0funcionamiento de la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. R\u00e9gimen \u00a0de personal. Los servidores de la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del \u00a0Riesgo de Desastres en materia de administraci\u00f3n de personal y de carrera \u00a0administrativa se regir\u00e1n por lo se\u00f1alado en el Sistema General, en los \u00a0t\u00e9rminos establecidos en la Ley 909 de 2004 y el Decreto ley 2400 \u00a0de 1968 y en las dem\u00e1s normas que lo modifiquen y adicionen. En materia \u00a0salarial y prestacional se regir\u00e1n por lo se\u00f1alado por el Gobierno Nacional en \u00a0ejercicio de las facultades consagradas en la Ley 4\u00aa de 1992. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Transitorio. \u00a0El Ministerio del Interior continuar\u00e1 ejerciendo las funciones relacionadas con \u00a0la gesti\u00f3n del riesgo de desastres hasta que entre en funcionamiento la Unidad \u00a0Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director de la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del \u00a0Riesgo de Desastres deber\u00e1 adelantar de manera inmediata las medidas administrativas \u00a0necesarias para el cumplimiento de las funciones asignadas en el presente decreto \u00a0que entrar\u00e1 a regir a m\u00e1s tardar el 1\u00b0 de enero de 2012. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Certificado \u00a0de disponibilidad presupuestal. El certificado de disponibilidad \u00a0presupuestal para proveer los empleos de Director General y Subdirector General \u00a0de la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres ser\u00e1 expedido por \u00a0el Jefe de Presupuesto o quien haga sus veces en el Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, con cargo al presupuesto de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Modificado \u00a0por el Decreto 2672 de 2013, \u00a0art\u00edculo 8\u00ba. Referencias \u00a0Normativas. Todas las referencias que hagan las disposiciones \u00a0legales y reglamentarias vigentes en materia de gesti\u00f3n del riesgo de desastres \u00a0y\/o prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n de desastres, al Ministerio del Interior y de \u00a0Justicia, hoy Ministerio del Interior, y a la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n del Riesgo, \u00a0deben entenderse referidas a la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de \u00a0Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De igual forma, las referencias que hagan las \u00a0disposiciones vigentes al Director de Gesti\u00f3n del Riesgo del Ministerio del Interior \u00a0y de Justicia, hoy Ministerio del Interior, como asistente, integrante o \u00a0miembro de consejos, comisiones, juntas, mesas u otras instancias de \u00a0deliberaci\u00f3n, relacionados con los temas de competencia de la Unidad Nacional \u00a0para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, deben entenderse referidas al Director \u00a0de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>As\u00ed mismo todas las referencias que hagan las \u00a0disposiciones vigentes al Sistema Nacional para la Atenci\u00f3n y Prevenci\u00f3n de \u00a0Desastres (Snpad) deben entenderse referidas al \u00a0Sistema Nacional de Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 25: \u201cReferencias normativas. Todas las \u00a0referencias que hagan las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en \u00a0materia de gesti\u00f3n del riesgo de desastres y\/o prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n de desastres, \u00a0al Ministerio del Interior y de Justicia, hoy Ministerio del Interior, y a la \u00a0Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n del Riesgo, deben entenderse referidas a la Unidad \u00a0Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De igual forma, las referencias que hagan las \u00a0disposiciones vigentes al Director de Gesti\u00f3n del Riesgo del Ministerio del \u00a0Interior y de Justicia, hoy Ministerio del Interior, como asistente, integrante \u00a0o miembro de consejos, comisiones, juntas, mesas u otras instancias de \u00a0deliberaci\u00f3n, relacionados con los temas de competencia de la Unidad Nacional \u00a0para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, deben entenderse referidas al Director \u00a0de la Unidad.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Contratos \u00a0y convenios vigentes. Los contratos y convenios actualmente vigentes, \u00a0celebrados por el Ministerio del Interior y de Justicia, hoy Ministerio del \u00a0Interior, cuyo objeto corresponda a las funciones y actividades propias de la \u00a0Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres se entienden subrogados \u00a0a esta entidad, la cual continuar\u00e1 con su ejecuci\u00f3n en los mismos t\u00e9rminos y \u00a0condiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministerio del Interior continuar\u00e1 ejecutando, hasta el \u00a031 de diciembre de 2011, en lo pertinente las apropiaciones comprometidas por \u00a0el Ministerio del Interior y de Justicia, hoy Ministerio del Interior, con \u00a0anterioridad a la expedici\u00f3n del presente decreto. El mismo procedimiento se \u00a0aplicar\u00e1 para la ejecuci\u00f3n de las cuentas por pagar y las reservas \u00a0presupuestales de las vigencias fiscales de 2010 y 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La documentaci\u00f3n relacionada con dichos contratos debe \u00a0allegarse a la Subdirecci\u00f3n General de la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del \u00a0Riesgo de Desastres, en el t\u00e9rmino que se fije para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los contratos que haya suscrito el Ministerio del Interior \u00a0y de Justicia, hoy Ministerio del Interior, que versen o hayan tenido por \u00a0objeto actividades propias o relacionadas con las funciones de la Unidad \u00a0Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres ser\u00e1n liquidados por esta, \u00a0para lo cual el Ministerio del Interior deber\u00e1 remitirle la documentaci\u00f3n que \u00a0se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Transferencia \u00a0de bienes, derechos y obligaciones. A partir de la fecha de entrada en \u00a0vigencia del presente decreto se entienden transferidos a t\u00edtulo gratuito por \u00a0ministerio de la ley, todos los bienes muebles e inmuebles, derechos y \u00a0obligaciones del Ministerio del Interior y de Justicia, hoy Ministerio del \u00a0Interior, que se requieran para el cumplimiento de las funciones establecidas \u00a0para la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, en las normas \u00a0legales y en el presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los bienes estar\u00e1n identificados en las Actas que para el \u00a0efecto suscriban los representantes legales del Ministerio del Interior y de la \u00a0Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, o sus delegados, las cuales \u00a0ser\u00e1n registradas en la respectiva Oficina de Registro, cuando a ello hubiere \u00a0lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La Unidad como ordenadora del gasto del Fondo \u00a0Nacional de Calamidades, coordinar\u00e1 el proceso de recepci\u00f3n de los bienes, \u00a0derechos y obligaciones a cargo del Fondo Nacional de Calamidades que resulten \u00a0del cierre de operaciones de la atenci\u00f3n del Fen\u00f3meno de la Ni\u00f1a 2010-2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Entrega \u00a0de archivos. Los archivos de los cuales sea el titular el Ministerio del \u00a0Interior y de Justicia, hoy Ministerio del Interior, a la entrada en vigencia \u00a0del presente decreto y que tengan relaci\u00f3n con las competencias de la Unidad \u00a0Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, deber\u00e1n ser transferidos a \u00a0esta Unidad por el Ministerio del interior, en los t\u00e9rminos se\u00f1alados por la \u00a0ley y acorde con las indicaciones que fijen las dos instituciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. De \u00a0la Junta Directiva del Fondo Nacional de Calamidades. Que en la medida \u00a0que Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres ha asumido las \u00a0funciones relativas a la gesti\u00f3n del riesgo de desastres y las relacionadas con \u00a0la direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n del Sistema Nacional para la Prevenci\u00f3n y Atenci\u00f3n \u00a0de Desastres, constituy\u00e9ndose en una entidad especializada del orden nacional \u00a0que asegure la coordinaci\u00f3n y transversalidad en la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas \u00a0sobre la materia, en las entidades p\u00fablicas, privadas y en la comunidad, para \u00a0optimizar la gesti\u00f3n del riesgo de desastres en el pa\u00eds, y que igualmente se le \u00a0ha asignado la ordenaci\u00f3n del gasto del Fondo Nacional de Calamidades, creado \u00a0como una cuenta especial de la Naci\u00f3n, con Independencia patrimonial, \u00a0administrativa, contable y estad\u00edstica, con fines de inter\u00e9s p\u00fablico y \u00a0asistencia social y dedicado a la atenci\u00f3n de las necesidades que se originen en \u00a0situaciones de desastre o de calamidad o de naturaleza similar, se hace \u00a0necesario modificar la conformaci\u00f3n de la Junta Directiva de dicho Fondo la \u00a0cual quedar\u00e1 conformada por siete (7) miembros, as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Numerales 1 y 2 modificados por el Decreto 244 de 2012, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, o su delegado quien lo presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Siete (7) representantes del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial de los numerales: 1 y 2: \u201cEl \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, o \u00a0su delegado quien lo presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Seis (6) representantes del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Vigencia. \u00a0El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga las \u00a0disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 3 de noviembre de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Carlos Echeverry Garz\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Federico Rengifo V\u00e9lez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Elizabeth Rodr\u00edguez Taylor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 4147 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0 (noviembre 3) \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a048.242, noviembre 3 de 2011 \u00a0 \u00a0 por el cual se crea \u00a0la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, se establece su \u00a0objeto y estructura. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Modificado por el Decreto 2254 de 2014, \u00a0por el Decreto 2672 de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[66],"tags":[],"class_list":["post-43758","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2011"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43758","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43758"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43758\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43758"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43758"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43758"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}