{"id":43762,"date":"2023-08-02T16:17:35","date_gmt":"2023-08-02T16:17:35","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-4152-de-2011\/"},"modified":"2023-08-02T16:17:35","modified_gmt":"2023-08-02T16:17:35","slug":"decreto-4152-de-2011","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-4152-de-2011\/","title":{"rendered":"DECRETO 4152 DE 2011"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 4152 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(3 de noviembre) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 48.242, noviembre 3 de 2011 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se escinden unas \u00a0funciones de la Agencia Presidencial para la Acci\u00f3n Social y la Cooperaci\u00f3n \u00a0internacional\u2013 Acci\u00f3n Social y se crea la Agencia Presidencial de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia, APC\u2013 Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Ver Decreto 1081 de 2015, \u00a0Decreto Reglamentario \u00danico del Sector Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Modificado por el Decreto 2197 de 2015 \u00a0y por el Decreto 2324 de 2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 3: Ver Acuerdo 4 de 2012 y \u00a0Acuerdo 1 de 2012, APC, D.O. 48.410. Ver Decreto 4153 de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0las facultades extraordinarias que le confieren los literales e), f) y g) del \u00a0art\u00edculo 18 de la Ley 1444 de 2011, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que es una prioridad para el Estado colombiano, como \u00a0objetivo de su pol\u00edtica exterior y de desarrollo, alcanzar la proyecci\u00f3n \u00a0internacional a mediano y largo plazo, mediante la diversificaci\u00f3n tem\u00e1tica y \u00a0geogr\u00e1fica, as\u00ed como una inserci\u00f3n positiva en los escenarios mundiales; \u00a0constituy\u00e9ndose la Cooperaci\u00f3n Internacional en una herramienta importante para \u00a0lograr este prop\u00f3sito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que es necesario visibilizar y posicionar a Colombia como \u00a0oferente de Cooperaci\u00f3n Internacional, fortalecer la gesti\u00f3n de la que recibe, \u00a0integrar, coordinar y articular a todos los agentes que participan en tales \u00a0procesos, y coordinar la institucionalidad p\u00fablica, como alternativa eficiente \u00a0y eficaz para recibir, canalizar, administrar y ejecutar recursos y proyectos \u00a0de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que para estos fines, es necesario contar con una \u00a0instituci\u00f3n t\u00e9cnica, que propenda por la gesti\u00f3n efectiva de estos servicios, \u00a0para lo cual se escindir\u00e1n las funciones de Cooperaci\u00f3n Internacional que \u00a0cumple la Agencia Presidencial para la Acci\u00f3n Social y la Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional \u2013Acci\u00f3n Social, contempladas en el Decreto 2467 \u00a0del 2005 y se crear\u00e1 la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional \u00a0de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 1444 del 2011, \u00a0en los literales e), f) y g) del art\u00edculo 18, confiri\u00f3 facultades extraordinarias \u00a0al Presidente de la Rep\u00fablica, para escindir, crear y fijar la estructura de \u00a0las entidades u organismos de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional; facultades \u00a0que se ejercer\u00e1n parcialmente para la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Escisi\u00f3n y Creaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Escisi\u00f3n \u00a0de la Agencia. Esc\u00edndense de la Agencia \u00a0Presidencial para la Acci\u00f3n Social y la Cooperaci\u00f3n Internacional\u2013 \u00a0Acci\u00f3n Social, los objetivos y funciones que cumple en \u00a0materia de coordinaci\u00f3n y promoci\u00f3n de la Cooperaci\u00f3n Internacional en \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Creaci\u00f3n \u00a0de la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia, APC\u2013 \u00a0Colombia. Para cumplir las funciones escindidas, cr\u00e9ase una Unidad \u00a0Administrativa Especial que se denominar\u00e1 Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional de Colombia, \u2013APC\u2013Colombia, como una entidad \u00a0descentralizada de la Rama Ejecutiva del orden nacional, con personer\u00eda \u00a0jur\u00eddica, autonom\u00eda administrativa y financiera y patrimonio propio, adscrita \u00a0al Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Sede. \u00a0La Agencia tendr\u00e1 su sede en la ciudad de Bogot\u00e1, D. C., y desarrollar\u00e1 su \u00a0objeto en el territorio nacional y en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Patrimonio \u00a0e ingresos. El patrimonio e ingresos de la Agencia est\u00e1 constituido por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Las partidas que se le asignen en el Presupuesto \u00a0General de la Naci\u00f3n de manera directa o a trav\u00e9s de transferencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Las donaciones, legados, asignaciones de personas \u00a0naturales o jur\u00eddicas, nacionales o extranjeras, gobiernos, o entidades \u00a0gubernamentales extranjeras, organismos internacionales y de entidades u \u00a0organizaciones de cualquier naturaleza. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Los bienes muebles e inmuebles y rentas que reciba o \u00a0adquiera a cualquier t\u00edtulo, de personas o entidades p\u00fablicas o privadas, \u00a0nacionales o extranjeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Los recursos que a trav\u00e9s de convenios, se reciban de \u00a0entidades p\u00fablicas o privadas, nacionales o extranjeras, para el desarrollo de \u00a0los programas de la Agencia y\/o su funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El producto de los rendimientos de su renta y \u00a0patrimonio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El producto de las actividades de proyectos que puedan \u00a0ser rentables, adelantadas directamente por la Agencia o por un tercero \u00a0mediante contrato o convenio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Los recursos provenientes del cr\u00e9dito o de programas de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las sumas que reciba por la prestaci\u00f3n de servicios que \u00a0correspondan a su finalidad y objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Los rendimientos de las operaciones e inversiones que \u00a0realice con recursos propios y dem\u00e1s beneficios que se generen por las \u00a0operaciones autorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Los recursos del Fondo de Cooperaci\u00f3n y Asistencia \u00a0Internacional\u2013 FOCAI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Los recursos generales por operaciones triangulares \u00a0orientadas a la cooperaci\u00f3n con terceros pa\u00edses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Los dem\u00e1s bienes y recursos que, con destino al FOCAI, \u00a0se adquieran a cualquier t\u00edtulo, de conformidad con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. De conformidad con lo establecido en el Decreto 1225 de 1997 \u00a0y dem\u00e1s normas vigentes, las donaciones que reciba la Agencia Presidencial de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia, APC\u2013 Colombia y el Fondo de Cooperaci\u00f3n \u00a0y Asistencia Internacional\u2013 FOCAI, de entidades p\u00fablicas y de los particulares, \u00a0no requerir\u00e1n insinuaci\u00f3n judicial o notarial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Objetivo y Funciones Generales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00b0. Objetivo. La Agencia \u00a0Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia, APC\u2013 Colombia tiene por \u00a0objetivo gestionar, orientar y coordinar t\u00e9cnicamente la Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional p\u00fablica, privada, t\u00e9cnica y financiera no reembolsable que reciba \u00a0y otorgue el pa\u00eds; as\u00ed como ejecutar, administrar y apoyar la canalizaci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de recursos, programas y proyectos de Cooperaci\u00f3n Internacional, \u00a0atendiendo los objetivos de pol\u00edtica exterior y el Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0(Nota: Ver \u00a0art\u00edculo 1.2.1.3. del Decreto 1081 de 2015, \u00a0Decreto Reglamentario \u00danico del Sector Presidencia de la Rep\u00fablica.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Funciones. \u00a0La Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia, APC\u2013 \u00a0Colombia cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejecutar, de acuerdo con la pol\u00edtica de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional que fije el Gobierno Nacional a trav\u00e9s del Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores, los programas y proyectos relacionados con el objetivo \u00a0de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Contribuir con el posicionamiento de los temas de \u00a0cooperaci\u00f3n en los escenarios y negociaciones internacionales, de acuerdo con \u00a0la estrategia nacional de cooperaci\u00f3n y de la pol\u00edtica exterior fijada por el \u00a0Gobierno Nacional, a trav\u00e9s del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Gestionar y promover la Cooperaci\u00f3n Internacional \u00a0t\u00e9cnica y financiera no reembolsable, salvo la que corresponde a temas de \u00a0Defensa y Seguridad Nacional, bajo la direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n del Consejo \u00a0Directivo, para lo cual podr\u00e1 proponer y establecer alianzas estrat\u00e9gicas de \u00a0oferta y demanda, entre actores nacionales e internacionales, p\u00fablicos y \u00a0privados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar y articular con los potenciales aportantes, \u00a0beneficiarios y receptores de Cooperaci\u00f3n Internacional p\u00fablica y privada, la \u00a0cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica y financiera no reembolsable que reciba y otorgue el pa\u00eds a \u00a0nivel nacional y territorial, as\u00ed como los recursos que se obtengan como \u00a0resultado de condonaci\u00f3n de deuda con naturaleza de contenido social o \u00a0ambiental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Brindar insumos y apoyar al Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores y dem\u00e1s entidades p\u00fablicas que lo requieran, en los procesos de \u00a0negociaci\u00f3n de los acuerdos, tratados o convenciones marco en materia de \u00a0cooperaci\u00f3n y de los acuerdos o convenios complementarios de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional, t\u00e9cnica o financiera no reembolsable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Definir, bajo los marcos y lineamientos de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional, y en coordinaci\u00f3n con los cooperantes, beneficiarios y \u00a0receptores, las estrategias, programas y proyectos de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica y \u00a0financiera no reembolsable que reciba y otorgue el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Ejecutar las estrategias de oferta y demanda de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional y coordinar la ejecuci\u00f3n de los proyectos \u00a0respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover, gestionar y facilitar las acciones de \u00a0cooperaci\u00f3n descentralizada que reciban y otorguen las entidades territoriales \u00a0y el sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Emitir aval o no objeci\u00f3n a los programas y proyectos \u00a0de cooperaci\u00f3n que demande el pa\u00eds, cuando as\u00ed lo requiera el cooperante, y en \u00a0coordinaci\u00f3n con las instancias competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Liderar los mecanismos de coordinaci\u00f3n \u00a0interinstitucional como instancia de articulaci\u00f3n, identificaci\u00f3n, formulaci\u00f3n, \u00a0seguimiento y an\u00e1lisis de la cooperaci\u00f3n que recibe y otorga el pa\u00eds, con los \u00a0actores nacionales, sectoriales, territoriales e internacionales de la agenda \u00a0de cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Producir, procesar y compartir informaci\u00f3n y \u00a0conocimiento para el an\u00e1lisis de la din\u00e1mica de la Cooperaci\u00f3n Internacional en \u00a0el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Administrar los recursos, planes, programas y proyectos \u00a0de Cooperaci\u00f3n Internacional t\u00e9cnica y financiera no reembolsable o de \u00a0cooperaci\u00f3n privada que adelante el pa\u00eds, observando la voluntad del donante, y \u00a0apoyar la ejecuci\u00f3n de las entidades beneficiarias cuando as\u00ed se requiera bajo \u00a0las directrices que imparta el Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Administrar el Fondo de Cooperaci\u00f3n y Asistencia \u00a0Internacional\u2013 FOCAI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Manejar las cuentas en moneda nacional o extranjera \u00a0necesarias para su operaci\u00f3n, la administraci\u00f3n de recursos o la ejecuci\u00f3n de \u00a0proyectos, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y \u00a0las dem\u00e1s actividades financieras que sean necesarias para el cumplimiento de \u00a0su objeto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00d3rganos de Direcci\u00f3n y \u00a0Administraci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. \u00d3rganos \u00a0de Direcci\u00f3n y Administraci\u00f3n. La direcci\u00f3n y administraci\u00f3n de la \u00a0Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia, APC\u2013Colombia, \u00a0estar\u00e1 a cargo de un Consejo Directivo y de un Director General, quien es el \u00a0representante legal de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Director \u00a0General. El Director General ser\u00e1 el representante legal de la entidad, \u00a0funcionario de libre nombramiento y remoci\u00f3n del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Consejo \u00a0Directivo. La Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de \u00a0Colombia, tendr\u00e1 un Consejo Directivo, integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 El Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 El Director del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 El Ministro de Defensa Nacional o su delegado, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Tres (3) representantes designados por el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. El Director General de la Agencia \u00a0Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia APC\u2013 Colombia, asistir\u00e1 a \u00a0las reuniones del Consejo Directivo, con derecho a voz pero sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Consejo Directivo podr\u00e1 invitar a sus sesiones a \u00a0representantes de entidades p\u00fablicas o privadas, nacionales o extranjeras, en \u00a0atenci\u00f3n a la tem\u00e1tica a tratar y sesionar\u00e1 en la periodicidad que se\u00f1ale el \u00a0reglamento interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Modificado \u00a0por el Decreto 2197 de 2015, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Los \u00a0miembros del Consejo Directivo solo podr\u00e1n delegar su representaci\u00f3n en un \u00a0viceministro, subdirector de departamento administrativo o director de \u00a0direcci\u00f3n para el Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica, seg\u00fan el caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Presidencia \u00a0del Consejo Directivo ser\u00e1 ejercida de manera alterna, por el Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y el Ministro de \u00a0Relaciones Exteriores, en los t\u00e9rminos que se\u00f1ale el reglamento interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Secretaria \u00a0T\u00e9cnica del Consejo se ejercer\u00e1 de manera alterna por la Agencia Presidencial \u00a0de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia y por el Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores, en los t\u00e9rminos que se\u00f1ale el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del par\u00e1grafo 2\u00ba: \u201cLos \u00a0miembros del Consejo Directivo solo podr\u00e1n delegar su representaci\u00f3n en un \u00a0Viceministro o Subdirector de Departamento Administrativo, seg\u00fan el caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Presidencia del Consejo Directivo ser\u00e1 ejercida, de \u00a0manera alterna, por el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica y el Ministro de Relaciones Exteriores, en los \u00a0t\u00e9rminos que se\u00f1ale el reglamento interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo se ejercer\u00e1 de manera \u00a0alterna por la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia y \u00a0por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en los t\u00e9rminos que se\u00f1ale el \u00a0reglamento.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Funciones \u00a0del Consejo Directivo. Son funciones del Consejo Directivo de la \u00a0Agencia, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Definir e impartir los lineamientos estrat\u00e9gicos y de \u00a0pol\u00edtica de Cooperaci\u00f3n Internacional, de acuerdo con las prioridades de \u00a0pol\u00edtica exterior, del Plan Nacional de Desarrollo y de la Estrategia Nacional \u00a0de Cooperaci\u00f3n Internacional, los cuales ser\u00e1n vinculantes para el Director \u00a0General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer temas que contribuyan en la definici\u00f3n de la \u00a0posici\u00f3n de Colombia frente a la pol\u00edtica de cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Formular los lineamientos para adelantar la gesti\u00f3n y \u00a0promoci\u00f3n de la Cooperaci\u00f3n Internacional t\u00e9cnica y financiera no reembolsable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Definir las directrices para la administraci\u00f3n de los \u00a0recursos, planes, programas y proyectos de Cooperaci\u00f3n Internacional t\u00e9cnica y \u00a0financiera no reembolsable, o de cooperaci\u00f3n privada que el pa\u00eds otorgue o \u00a0reciba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Formular, a propuesta del Director de la Agencia, la \u00a0pol\u00edtica general de la Agencia, los planes y programas que, conforme a la Ley \u00a0Org\u00e1nica de Planeaci\u00f3n, deben proponerse para la incorporaci\u00f3n a los planes \u00a0sectoriales, y a trav\u00e9s de estos al Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Expedir los estatutos internos de la Agencia, as\u00ed como \u00a0cualquier reforma que a estos se necesite introducir, y darse su propio \u00a0reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecuci\u00f3n \u00a0presentadas por la administraci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer al Gobierno Nacional, la aprobaci\u00f3n de la \u00a0estructura interna y de la planta de personal de la Entidad y sus \u00a0modificaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que se se\u00f1alen en la ley y los estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La periodicidad de las sesiones del Consejo \u00a0ser\u00e1 establecida en el reglamento, en el cual se deber\u00e1 incluir la posibilidad \u00a0de realizar sesiones virtuales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estructura y Funciones de las \u00a0Dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Estructura. \u00a0La estructura de la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de \u00a0Colombia APC\u2013Colombia, ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Direcci\u00f3n de Coordinaci\u00f3n Interinstitucional de \u00a0Cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Direcci\u00f3n de Oferta de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Demanda de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n Interinstitucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.3. Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Despacho \u00a0del Director General. Son funciones del Despacho del Director General, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Gobierno Nacional y al Consejo Directivo en \u00a0la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica y la estrategia de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional, y definir estrategias y mecanismos, atendiendo los lineamientos \u00a0impartidos por el Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar y orientar, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores y las otras entidades del Gobierno Nacional, la \u00a0implementaci\u00f3n de las estrategias de posicionamiento de Colombia en las agendas \u00a0internacionales de cooperaci\u00f3n, as\u00ed como representar a la Agencia en dichos \u00a0escenarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir la elaboraci\u00f3n y el cumplimiento de los \u00a0objetivos contemplados en la Estrategia Nacional de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores y otras entidades p\u00fablicas que lo requieran, en \u00a0consorcios o plataformas regionales o subregionales de cooperaci\u00f3n para posicionar \u00a0a Colombia en el escenario internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Definir los criterios y aprobar los planes, programas y \u00a0proyectos de Cooperaci\u00f3n Internacional t\u00e9cnica o financiera no reembolsable que \u00a0el pa\u00eds reciba u otorgue, de acuerdo con los lineamientos impartidos por el \u00a0Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Liderar y garantizar la efectiva coordinaci\u00f3n tem\u00e1tica \u00a0y territorial de la Cooperaci\u00f3n Internacional en Colombia, de acuerdo con los \u00a0lineamientos del Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Definir la estrategia de seguimiento y evaluaci\u00f3n de la \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional que recibe y otorga el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Fomentar la gesti\u00f3n del conocimiento y de la \u00a0informaci\u00f3n en materia de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Administrar el Fondo de Cooperaci\u00f3n y Asistencia \u00a0Internacional\u2013 FOCAI, los dem\u00e1s fondos que se adscriban y los bienes \u00a0que constituyen el patrimonio de la entidad y controlar el manejo de los \u00a0recursos financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Aprobar el anteproyecto de presupuesto de la Agencia y \u00a0los estados financieros de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Autorizar la contrataci\u00f3n de empr\u00e9stitos externos e \u00a0internos para la Agencia, cualquiera sea su cuant\u00eda, de conformidad con las \u00a0normas legales y reglamentarias vigentes y, en general, autorizar los actos \u00a0relacionados con el proceso presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Crear y organizar mediante resoluci\u00f3n interna y con \u00a0car\u00e1cter permanente o transitorio, comit\u00e9s y grupos internos de trabajo para \u00a0atender las necesidades del servicio teniendo en cuenta los planes, programas y \u00a0proyectos definidos por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Rendir informes al Presidente de la Rep\u00fablica, al \u00a0Consejo Directivo y dem\u00e1s autoridades competentes sobre el estado de ejecuci\u00f3n \u00a0de los programas, as\u00ed como rendir los informes generales y peri\u00f3dicos o \u00a0especiales que le soliciten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Ordenar los gastos y suscribir como representante legal \u00a0los actos, convenios y contratos, para el cumplimiento de los objetivos y \u00a0funciones asignadas a la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Celebrar convenios interadministrativos con las \u00a0entidades del sector para garantizar la eficiente prestaci\u00f3n de los servicios \u00a0administrativos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Representar, judicial y extrajudicialmente, a la \u00a0entidad en los procesos y dem\u00e1s acciones legales que se instauren en su contra \u00a0o que deba promover la Agencia, para lo cual podr\u00e1 conferir poder o mandato. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Ejercer la funci\u00f3n de control interno disciplinario en \u00a0los t\u00e9rminos de la Ley 734 de 2002. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Nombrar y remover el personal de la entidad, con \u00a0excepci\u00f3n de los empleos cuya nominaci\u00f3n est\u00e9 atribuida a otra autoridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Adoptar el plan estrat\u00e9gico, el plan de gesti\u00f3n anual \u00a0y los programas y proyectos que se requieran para el cumplimiento de las \u00a0funciones de la entidad, en coordinaci\u00f3n con las diferentes dependencias con \u00a0sujeci\u00f3n al Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Distribuir los cargos de la planta de personal global, \u00a0de acuerdo con la organizaci\u00f3n interna, las necesidades de la entidad y los \u00a0planes y programas trazados por la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Planificar, mantener y hacer el control de la gesti\u00f3n \u00a0de los procesos y procedimientos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Coordinar el Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. (Nota: Ver Decreto 2324 de 2013, \u00a0art\u00edculo 1\u00b0, con relaci\u00f3n a este numeral.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. (Sic) Numeral \u00a0adicionado por el Decreto 2324 de 2013, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Ejercer la Presidencia de la Comisi\u00f3n Colombiana del Oc\u00e9ano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Numeral \u00a0adicionado por el Decreto 2324 de 2013, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Realizar las actividades pertinentes que decida la Comisi\u00f3n Colombiana \u00a0del Oc\u00e9ano respecto a la Pol\u00edtica Nacional del Oc\u00e9ano y los espacios costeros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Numeral \u00a0adicionado por el Decreto 2324 de 2013, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Direcci\u00f3n \u00a0de Coordinaci\u00f3n Interinstitucional de Cooperaci\u00f3n. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Coordinaci\u00f3n Interinstitucional de Cooperaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer, dise\u00f1ar e implementar mecanismos de \u00a0coordinaci\u00f3n para la gesti\u00f3n tem\u00e1tica y sectorial de la Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Director General en el desarrollo de \u00a0mecanismos de optimizaci\u00f3n para la coordinaci\u00f3n tem\u00e1tica y territorial en \u00a0materia de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, la Estrategia \u00a0Nacional de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Presidir y convocar el Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n \u00a0Interinstitucional de Cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar instrumentos y dar lineamientos a las \u00a0instituciones nacionales y territoriales, para la coordinaci\u00f3n y la gesti\u00f3n \u00a0ordenada de la Cooperaci\u00f3n Internacional que recibe y otorga el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Identificar las prioridades de demanda, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las entidades p\u00fablicas competentes, con el fin de brindar los insumos a la \u00a0Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Demanda de Cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Identificar las experiencias exitosas y buenas \u00a0pr\u00e1cticas del pa\u00eds, en coordinaci\u00f3n con las entidades p\u00fablicas competentes, con \u00a0el fin de brindar los insumos a la Direcci\u00f3n de Oferta de Cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Impulsar la elaboraci\u00f3n de estrategias tem\u00e1ticas y \u00a0territoriales de Cooperaci\u00f3n Internacional, y propender por el dinamismo y \u00a0eficacia de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Garantizar el cumplimiento del lineamiento estrat\u00e9gico \u00a0de la Agencia en la coordinaci\u00f3n tem\u00e1tica y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar y participar en la identificaci\u00f3n y \u00a0formulaci\u00f3n de los proyectos de oferta y demanda de Cooperaci\u00f3n Internacional \u00a0de las entidades p\u00fablicas y privadas, del orden nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar a las entidades territoriales en la \u00a0consolidaci\u00f3n de din\u00e1micas y mecanismos territoriales para la gesti\u00f3n y \u00a0coordinaci\u00f3n de la cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Promover la cooperaci\u00f3n descentralizada y el \u00a0intercambio de experiencias y buenas pr\u00e1cticas entre territorios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Garantizar la difusi\u00f3n de informaci\u00f3n relevante para \u00a0los territorios sobre Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Promover, de acuerdo con las orientaciones del Consejo \u00a0Directivo, espacios de di\u00e1logo bilaterales y multilaterales \u00a0entre cooperantes, representantes sectoriales y responsables territoriales de \u00a0cooperaci\u00f3n, para fomentar la alineaci\u00f3n y gesti\u00f3n de iniciativas de \u00a0cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Implementar estrategias de seguimiento y evaluaci\u00f3n de \u00a0la cooperaci\u00f3n tem\u00e1tica y territorial, as\u00ed como brindar los informes que le \u00a0solicite el Director de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Implementar estrategias para el fomento de la gesti\u00f3n \u00a0del conocimiento y para la recolecci\u00f3n, producci\u00f3n y difusi\u00f3n de la informaci\u00f3n \u00a0tem\u00e1tica y territorial en materia de Cooperaci\u00f3n Internacional del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Desarrollo Institucional y la observancia de sus recomendaciones \u00a0en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Direcci\u00f3n \u00a0de Oferta de Cooperaci\u00f3n Internacional. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Oferta de Cooperaci\u00f3n Internacional, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director General en la gesti\u00f3n de la \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional, oficial y no oficial, que otorga e intercambia el \u00a0pa\u00eds, y presentar los informes que le solicite el Director de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Definir lineamientos y metodolog\u00edas, que permitan una \u00a0adecuada identificaci\u00f3n de la oferta de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia y \u00a0su viabilidad financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar mecanismos para la alineaci\u00f3n de la oferta de \u00a0cooperaci\u00f3n, a las prioridades identificadas por la Direcci\u00f3n de Coordinaci\u00f3n \u00a0Interinstitucional de Cooperaci\u00f3n, en desarrollo de la Estrategia Nacional de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Definir la oferta de Cooperaci\u00f3n Internacional del pa\u00eds \u00a0en concordancia con las buenas pr\u00e1cticas y fortalezas identificadas por la \u00a0Direcci\u00f3n de Coordinaci\u00f3n Interinstitucional, as\u00ed como participar en la \u00a0negociaci\u00f3n t\u00e9cnica de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Participar en los escenarios internacionales en \u00a0desarrollo de las actividades misionales de la Agencia, en coordinaci\u00f3n con el \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar e implementar planes de trabajo para incidir en \u00a0escenarios y foros de integraci\u00f3n y concertaci\u00f3n regional o interregionales, en \u00a0coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Relaciones Exteriores y otras entidades que \u00a0lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Colaborar con el Ministerio de Relaciones Exteriores en \u00a0la identificaci\u00f3n, formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de las acciones de cooperaci\u00f3n \u00a0fronteriza. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Desarrollar capacidades en los actores sectoriales y \u00a0territoriales, en articulaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Coordinaci\u00f3n \u00a0Interinstitucional, para la formulaci\u00f3n de proyectos de acuerdo con los \u00a0espacios de negociaci\u00f3n de Cooperaci\u00f3n Internacional y triangular, as\u00ed como dar \u00a0viabilidad a los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Orientar y facilitar la oferta de Colombia ante pa\u00edses, \u00a0comunidades aut\u00f3nomas, regiones, organizaciones y\/o fundaciones internacionales \u00a0de los entes no estatales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar el dise\u00f1o la ejecuci\u00f3n, seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n de las estrategias, programas y proyectos de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional y triangular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar a la Direcci\u00f3n de Coordinaci\u00f3n \u00a0Interinstitucional, en articulaci\u00f3n con las entidades p\u00fablicas colombianas, del \u00a0orden nacional y territorial, la academia y la sociedad civil, en la \u00a0identificaci\u00f3n y documentaci\u00f3n de las experiencias exitosas susceptibles a ser \u00a0desarrolladas en los campos de la Cooperaci\u00f3n Internacional y Triangular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar con la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Demanda y con \u00a0la Direcci\u00f3n de Coordinaci\u00f3n interinstitucional; la gesti\u00f3n de alianzas \u00a0estrat\u00e9gicas para la ejecuci\u00f3n de programas y proyectos de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional y triangular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Implementar estrategias para el fomento de la gesti\u00f3n \u00a0del conocimiento y de la informaci\u00f3n en materia de oferta e intercambio de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Documentar y difundir las experiencias derivadas de la \u00a0ejecuci\u00f3n de las estrategias, programas, proyectos y acciones de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional y triangular que desarrolle el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Garantizar la permanente actualizaci\u00f3n y vigencia de \u00a0los instrumentos que permitan promover las experiencias exitosas y buenas \u00a0pr\u00e1cticas de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Proponer la programaci\u00f3n de acciones a financiar con \u00a0el Fondo de Cooperaci\u00f3n y Asistencia Internacional\u2013 FOCAI \u00a0y los dem\u00e1s proyectos de inversi\u00f3n de la Agencia, y presentarla a consideraci\u00f3n \u00a0de la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar con la Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera \u00a0la ejecuci\u00f3n financiera de los programas y proyectos de oferta de cooperaci\u00f3n, \u00a0de acuerdo con la programaci\u00f3n anual aprobada por la Direcci\u00f3n General y los \u00a0compromisos adquiridos por el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Gestionar, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera, recursos del Presupuesto General de la Naci\u00f3n, y \u00a0de otras fuentes nacionales e internacionales, p\u00fablicas y privadas, para \u00a0financiar y fortalecer acciones de Cooperaci\u00f3n Internacional y triangular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Desarrollo Institucional y la observancia de sus recomendaciones \u00a0en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Direcci\u00f3n \u00a0de Gesti\u00f3n de Demanda de Cooperaci\u00f3n Internacional. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Demanda de Cooperaci\u00f3n Internacional, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director General en la gesti\u00f3n de la \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional, oficial y no oficial, que recibe el pa\u00eds, as\u00ed como \u00a0presentar los informes que le solicite el Director de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar mecanismos para la alineaci\u00f3n de la oferta de \u00a0los donantes a las prioridades de demanda identificadas por la Direcci\u00f3n de \u00a0Coordinaci\u00f3n Interinstitucional de Cooperaci\u00f3n, en desarrollo de la Estrategia \u00a0Nacional de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar a las entidades estatales para coordinar la \u00a0articulaci\u00f3n de la demanda de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Brindar lineamientos y acompa\u00f1amiento a las fuentes \u00a0oficiales y no oficiales en la formulaci\u00f3n y negociaci\u00f3n de estrategias, \u00a0programas y proyectos a ser financiados con recursos de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Relaciones Exteriores y el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar estrategias de articulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con \u00a0las Organizaciones de la Sociedad Civil nacionales e internacionales para la \u00a0promoci\u00f3n de la demanda de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Identificar y gestionar potenciales oportunidades y \u00a0mecanismos de cooperaci\u00f3n oficial y no oficial que reciba el pa\u00eds, incluidas \u00a0las donaciones en especie. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Gestionar bajo los lineamientos del Consejo Directivo y \u00a0en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Oferta, el apoyo de fuentes bilaterales y \u00a0multilaterales o de la sociedad civil internacional, para acciones de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional y triangular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Gestionar y concretar con las fuentes cooperantes, \u00a0oficiales y no oficiales, las demandas de cooperaci\u00f3n del pa\u00eds, bajo los \u00a0lineamientos del Consejo Directivo y los insumos de la Direcci\u00f3n de \u00a0Coordinaci\u00f3n Interinstitucional de Cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Establecer procedimientos y metodolog\u00edas para el \u00a0dise\u00f1o, formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de programas y \u00a0proyectos de la cooperaci\u00f3n que recibe el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Orientar la cooperaci\u00f3n bilateral y multilateral, en \u00a0desarrollo de los Tratados Internacionales suscritos por el pa\u00eds, y participar \u00a0en los mecanismos y espacios de negociaci\u00f3n de la cooperaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n \u00a0con el Ministerio de Relaciones Exteriores, bajo las directrices del Director y \u00a0del Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Implementar mecanismos que promuevan la sostenibilidad \u00a0de los programas y proyectos de la Cooperaci\u00f3n Internacional que recibe el \u00a0pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Emitir, en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes \u00a0y cuando as\u00ed se requiera, el aval o no objeci\u00f3n solicitada por una agencia u \u00a0organismo de Cooperaci\u00f3n Internacional o actor no oficial internacional, sobre \u00a0programas y proyectos de Cooperaci\u00f3n Internacional no reembolsable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Desarrollar capacidades en los actores sectoriales y \u00a0territoriales para la formulaci\u00f3n de proyectos a ser presentados en los \u00a0espacios de negociaci\u00f3n de cooperaci\u00f3n oficial y no oficial que recibe el pa\u00eds, \u00a0as\u00ed como dar viabilidad a los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Convocar espacios de di\u00e1logo entre las entidades \u00a0ejecutoras y las fuentes de cooperaci\u00f3n, para facilitar la coordinaci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de los programas y proyectos de cooperaci\u00f3n oficial y no oficial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Realizar an\u00e1lisis peri\u00f3dicos y prospectivos sobre la \u00a0informaci\u00f3n de la cooperaci\u00f3n que recibe el pa\u00eds para contribuir a las \u00a0estrategias de gesti\u00f3n del conocimiento de la Agencia y difundir los documentos \u00a0resultantes de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Garantizar la actualizaci\u00f3n de los sistemas de \u00a0informaci\u00f3n y la difusi\u00f3n de los programas y proyectos, as\u00ed como la oferta \u00a0internacional, modalidades, fuentes, requisitos y dem\u00e1s condiciones para la \u00a0gesti\u00f3n de la demanda de cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Desarrollo Institucional y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Direcci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera. Son funciones de la Direcci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir a la Direcci\u00f3n en la determinaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administraci\u00f3n de la \u00a0Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir y ejecutar los asuntos financieros, \u00a0contractuales, administrativos, y de recursos humanos de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar y consolidar el anteproyecto de \u00a0presupuesto de funcionamiento y velar por su articulaci\u00f3n con el presupuesto de \u00a0inversi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir y ejecutar la celebraci\u00f3n de convenios o acuerdos \u00a0en el \u00e1mbito de su competencia, necesarios para ejecutar programas y proyectos \u00a0de oferta y demanda de cooperaci\u00f3n y de alianzas p\u00fablico privadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir la negociaci\u00f3n y ejecutar actividades de \u00a0canalizaci\u00f3n, administraci\u00f3n y asignaci\u00f3n de recursos, donaciones en especie, \u00a0bienes, fiducia y encargos fiduciarios, provenientes de distintas fuentes, \u00a0derivados de la Cooperaci\u00f3n Internacional y de nacionales p\u00fablicos o privados, \u00a0para ser destinados a las distintas actividades, programas y proyectos que se \u00a0establezcan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adelantar las actividades relacionadas con la ejecuci\u00f3n \u00a0de los recursos del Fondo de Cooperaci\u00f3n y Asistencia Internacional\u2013 FOCAI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir y ejecutar las actividades relacionadas con \u00a0canalizar, administrar y ejecutar recursos de programas, proyectos o \u00a0actividades de Cooperaci\u00f3n Internacional, provenientes de entidades nacionales, \u00a0internacionales, p\u00fablicas o privadas, para el desarrollo de acciones de oferta \u00a0y demanda, para ser ejecutados en Colombia o en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir la ejecuci\u00f3n financiera, administrativa y\/o \u00a0t\u00e9cnica de los programas, proyectos o actividades de demanda o de oferta de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional, que se establezcan o acuerden con los respectivos \u00a0socios de cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Planificar, dirigir y coordinar los procesos de \u00a0contrataci\u00f3n y suscripci\u00f3n de convenios que requiera la Agencia, as\u00ed como \u00a0elaborar los proyectos de actos administrativos relacionados con dichos \u00a0procesos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Planificar, dirigir y coordinar los procesos \u00a0relacionados con la administraci\u00f3n de bienes y servicios, manejo de recursos y \u00a0soportes tecnol\u00f3gicos que requiera la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir la elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del Plan de \u00a0Contrataci\u00f3n de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir, controlar y coordinar las actividades \u00a0relacionadas con proveedores, la adquisici\u00f3n, almacenamiento, custodia, \u00a0mantenimiento, distribuci\u00f3n e inventarios de los elementos, equipos y dem\u00e1s \u00a0bienes necesarios para el funcionamiento del organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar y supervisar el funcionamiento y \u00a0mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles puestos a disposici\u00f3n del \u00a0organismo a cualquier t\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar, supervisar y controlar el sistema de \u00a0gesti\u00f3n documental de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Planificar, dirigir y coordinar los procesos de \u00a0presupuesto, contabilidad y tesorer\u00eda de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Preparar y presentar el Programa Anual de Caja, de \u00a0conformidad con las obligaciones financieras adquiridas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Elaborar el balance de la Agencia y presentarlo de \u00a0acuerdo con las normas vigentes a la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Garantizar la sostenibilidad del sistema contable de \u00a0los estados financieros de la Agencia, en cumplimiento de la normatividad \u00a0emitida por la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Implementar las pol\u00edticas y programas de administraci\u00f3n \u00a0de personal, bienestar social, selecci\u00f3n, registro y control, capacitaci\u00f3n, \u00a0incentivos y desarrollo del talento humano y dirigir su gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Dise\u00f1ar los procesos de organizaci\u00f3n, estandarizaci\u00f3n \u00a0de m\u00e9todos, elaboraci\u00f3n de manuales de funciones y aquellas actividades \u00a0relacionadas con la racionalizaci\u00f3n de procesos administrativos de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Coordinar el grupo encargado de las investigaciones de \u00a0car\u00e1cter disciplinario que se adelanten contra los funcionarios de la Agencia y \u00a0resolverlas en primera instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Organizar la aplicaci\u00f3n del sistema de desarrollo \u00a0administrativo, relacionado con las pol\u00edticas, estrategias, metodolog\u00edas, \u00a0t\u00e9cnicas y mecanismos de car\u00e1cter administrativo y organizacional, para la \u00a0gesti\u00f3n y el manejo de los recursos humanos, t\u00e9cnicos, materiales, f\u00edsicos y \u00a0financieros de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Garantizar la eficiente prestaci\u00f3n de los servicios \u00a0compartidos con otras entidades, de conformidad con lo que se defina con el \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Dise\u00f1ar, orientar, evaluar y actualizar las pol\u00edticas, \u00a0planes y procedimientos relacionados con el crecimiento y dise\u00f1o de la \u00a0plataforma tecnol\u00f3gica de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Apoyar a las dependencias de la entidad en la \u00a0elaboraci\u00f3n de proyectos de inversi\u00f3n y viabilizarlos ante el Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Coordinar el servicio de atenci\u00f3n al ciudadano y de \u00a0quejas y reclamos que se presenten sobre el desempe\u00f1o de las dependencias o \u00a0servidores p\u00fablicos de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00d3rganos Internos de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Comit\u00e9 \u00a0de Coordinaci\u00f3n Interinstitucional. El Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n \u00a0Interinstitucional es una instancia t\u00e9cnica encargada de asesorar y apoyar a la \u00a0Direcci\u00f3n de Coordinaci\u00f3n Interinstitucional a fin de asegurar el efectivo \u00a0cumplimiento de las funciones a su cargo y estar\u00e1 conformado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Director de Coordinaci\u00f3n Interinstitucional de \u00a0Cooperaci\u00f3n, quien lo presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Director de Cooperaci\u00f3n Internacional del Ministerio \u00a0de Relaciones Exteriores, o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Subdirector de Cr\u00e9dito del Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n, o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Funciones \u00a0del Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n Interinstitucional. El Comit\u00e9 de coordinaci\u00f3n \u00a0Interinstitucional cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Brindar insumos a la Direcci\u00f3n de Coordinaci\u00f3n \u00a0Interinstitucional para la elaboraci\u00f3n de estrategias tem\u00e1ticas y territoriales \u00a0de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar a la Direcci\u00f3n de Coordinaci\u00f3n \u00a0Interinstitucional de Cooperaci\u00f3n en la generaci\u00f3n de espacios de di\u00e1logo para \u00a0fomentar la alineaci\u00f3n y gesti\u00f3n de iniciativas de cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer estrategias de seguimiento y evaluaci\u00f3n de la \u00a0cooperaci\u00f3n tem\u00e1tica y territorial a la Direcci\u00f3n de Coordinaci\u00f3n \u00a0Interinstitucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n Interinstitucional, \u00a0deber\u00e1 poner a consideraci\u00f3n del Consejo Directivo, su reglamento en el cual se \u00a0establezcan, entre otros aspectos, la periodicidad de sus reuniones y la \u00a0participaci\u00f3n de otros actores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. \u00d3rganos \u00a0de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. La Comisi\u00f3n de Personal y el Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno, y dem\u00e1s \u00f3rganos de asesor\u00eda y \u00a0coordinaci\u00f3n que se organicen e integren, cumplir\u00e1n sus funciones de \u00a0conformidad con lo se\u00f1alado en las Leyes 909 de 2004, 87 de 1993 y las dem\u00e1s \u00a0disposiciones legales y reglamentarias vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VI \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fondo de Cooperaci\u00f3n y \u00a0Asistencia Internacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Fondo \u00a0de Cooperaci\u00f3n y Asistencia Internacional. El Fondo de Cooperaci\u00f3n y \u00a0Asistencia Internacional\u2013 FOCAI\u2013, creado mediante la Ley 318 de 1996, \u00a0continuar\u00e1 funcionando como lo se\u00f1alan los art\u00edculos 25, 26, 27, 28 y 29 del Decreto 2467 de 2005 \u00a0como una cuenta especial, sin personer\u00eda jur\u00eddica de la Agencia Presidencial de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia con el objeto de financiar las acciones \u00a0de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica y financiera no reembolsable y de asistencia \u00a0internacional que Colombia realice principalmente con otros pa\u00edses en \u00a0desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Manejo \u00a0y destino de los recursos. De conformidad con el Decreto 2467 de 2005, \u00a0el Consejo Directivo de la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de \u00a0Colombia adoptar\u00e1 el reglamento para el manejo y destino de los recursos del \u00a0Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Ordenador \u00a0del gasto. El Director General de la Agencia, ser\u00e1 el ordenador del \u00a0gasto de los recursos del fondo y tendr\u00e1 a su cargo la ejecuci\u00f3n y control de \u00a0los contratos y convenios que celebre con los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VII \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones Finales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Adopci\u00f3n \u00a0planta de personal. El Gobierno Nacional, en ejercicio de sus \u00a0competencias constitucionales y legales, proceder\u00e1 a adoptar la planta de \u00a0personal de la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia, \u00a0de conformidad con la estructura establecida en el presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Contratos \u00a0y convenios vigentes. Los contratos y convenios actualmente vigentes, \u00a0directamente relacionados con el cumplimiento de las funciones de coordinaci\u00f3n \u00a0y promoci\u00f3n de la Cooperaci\u00f3n Internacional que en la actualidad cumple la \u00a0Direcci\u00f3n de Cooperaci\u00f3n Internacional, celebrados por la Agencia Presidencial \u00a0para la Acci\u00f3n Social y la Cooperaci\u00f3n Internacional, Acci\u00f3n Social, se \u00a0entienden subrogados en la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de \u00a0Colombia, en los mismos t\u00e9rminos, la cual continuar\u00e1 con su ejecuci\u00f3n y \u00a0cumplimiento sin que para ello sea necesaria su modificaci\u00f3n. Esta subrogaci\u00f3n \u00a0deber\u00e1 ser comunicada por escrito a los contratistas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los pagos pendientes por efectuar de estos contratos y\/o \u00a0convenios, los har\u00e1 la Agencia Presidencial para la Acci\u00f3n Social y la \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional, Acci\u00f3n Social, o quien haga sus veces, hasta tanto \u00a0sean ajustados los sistemas contables, financiero, de tesorer\u00eda y sean \u00a0efectuados los ajustes presupuestales y contables, a m\u00e1s tardar al 31 de diciembre \u00a0de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La documentaci\u00f3n relacionada con cada uno de dichos \u00a0contratos y convenios deber\u00e1 entregarse debidamente foliada y relacionada, a la \u00a0Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia en los plazos que \u00a0se\u00f1alen los representantes legales de las entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los contratos suscritos por Acci\u00f3n Social que hayan tenido \u00a0por objeto actividades propias o relacionadas con la Agencia Presidencial de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia, ser\u00e1n liquidados por Acci\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Transferencia \u00a0de bienes, derechos y obligaciones. A partir de la fecha de entrada en \u00a0vigencia del presente decreto se entienden transferidos a t\u00edtulo gratuito por \u00a0ministerio de la ley, todos los bienes muebles e inmuebles, derechos y \u00a0obligaciones de la Agencia Presidencial para la Acci\u00f3n Social y la Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional, que tengan relaci\u00f3n con las funciones establecidas para la \u00a0Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia en el presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los bienes estar\u00e1n identificados en las actas que para el \u00a0efecto suscriban los representantes legales o sus delegados, las cuales ser\u00e1n \u00a0registradas en la respectiva oficina de Registro, cuando a ello hubiere lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Archivos. \u00a0Los archivos cuyo titular sea la Agencia Presidencial para la Acci\u00f3n Social y \u00a0la Cooperaci\u00f3n Internacional, Acci\u00f3n Social, que tengan relaci\u00f3n con los temas \u00a0asignados a la Direcci\u00f3n de Cooperaci\u00f3n Internacional, generados hasta la \u00a0entrada en vigencia del presente decreto, continuar\u00e1n bajo su custodia y administraci\u00f3n. \u00a0La entidad deber\u00e1 establecer los mecanismos necesarios para que la Agencia \u00a0Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia, pueda acceder a los \u00a0mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los archivos que se generen a partir de la entrada en \u00a0vigencia del presente decreto, propios de los temas y competencias asignados a \u00a0la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia y los \u00a0relacionados con el personal actualmente vinculado a Acci\u00f3n Social y que \u00a0pasar\u00e1n a prestar sus servicios en la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional de Colombia, ser\u00e1n custodiados y administrados por Acci\u00f3n Social, \u00a0o quien haga sus veces, hasta el 31 de diciembre de 2011, momento en el cual \u00a0ser\u00e1n trasladados a la Agencia, para que asuma en adelante su custodia y \u00a0administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Referencias \u00a0normativas. A partir de la entrada en vigencia del presente decreto, \u00a0todas las referencias que hagan las disposiciones legales vigentes a la Agencia \u00a0Presidencial para la Acci\u00f3n Social y la Cooperaci\u00f3n Internacional, Acci\u00f3n Social, \u00a0en su condici\u00f3n de ente coordinador y promotor de la Cooperaci\u00f3n Internacional \u00a0en Colombia, deben entenderse referidas a la Agencia Presidencial de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De igual forma, las referencias que hagan las \u00a0disposiciones vigentes a la Direcci\u00f3n de Cooperaci\u00f3n Internacional de Agencia \u00a0Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia\u2013 Acci\u00f3n Social, como \u00a0asistente, integrante o miembro de consejos, comisiones, juntas, mesas u otras \u00a0instancias de deliberaci\u00f3n, relacionados con los temas de competencia de la \u00a0Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia, deben entenderse \u00a0referidas al Director de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Ejecuci\u00f3n presupuestal y de reservas. La Agencia Presidencial \u00a0para la Acci\u00f3n Social y la Cooperaci\u00f3n Internacional\u2013Acci\u00f3n Social, o quien \u00a0haga sus veces, continuar\u00e1 ejecutando, en lo pertinente a la Direcci\u00f3n de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional las apropiaciones comprometidas, con anterioridad a \u00a0la expedici\u00f3n del presente decreto. De igual manera se aplicar\u00e1 este \u00a0procedimiento para la ejecuci\u00f3n de las cuentas por pagar y las reservas \u00a0presupuestales de las vigencias 2010 y 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Certificado de disponibilidad presupuestal. El Certificado de \u00a0Disponibilidad Presupuestal para proveer el nombramiento del Director de la \u00a0Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia ser\u00e1 expedido por \u00a0el Jefe de Presupuesto o quien haga sus veces en el Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica con cargo al presupuesto de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Transitorio. La Agencia Presidencial para la Acci\u00f3n Social y la \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional-Acci\u00f3n Social, continuar\u00e1 ejerciendo las funciones \u00a0escindidas hasta que entre en funcionamiento la Agencia Presidencial de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la \u00a0fecha de su publicaci\u00f3n y deroga todas las normas que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 3 de noviembre de \u00a02011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Carlos \u00a0Echeverry Garz\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director Del Departamento Administrativo de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Federico Rengifo \u00a0V\u00e9lez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Elizabeth Rodr\u00edguez \u00a0Taylor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 4152 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0 (3 de noviembre) \u00a0 \u00a0 D.O. 48.242, noviembre 3 de 2011 \u00a0 \u00a0 por el cual se escinden unas \u00a0funciones de la Agencia Presidencial para la Acci\u00f3n Social y la Cooperaci\u00f3n \u00a0internacional\u2013 Acci\u00f3n Social y se crea la Agencia Presidencial de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia, APC\u2013 Colombia. \u00a0 \u00a0 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[66],"tags":[],"class_list":["post-43762","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2011"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43762","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43762"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43762\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43762"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43762"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43762"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}