{"id":43786,"date":"2023-08-02T16:17:37","date_gmt":"2023-08-02T16:17:37","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-4177-de-2011\/"},"modified":"2023-08-02T16:17:37","modified_gmt":"2023-08-02T16:17:37","slug":"decreto-4177-de-2011","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-4177-de-2011\/","title":{"rendered":"DECRETO 4177 DE 2011"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 4177 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(3 de noviembre) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 48.242, noviembre 3 de 2011 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0conforman unos Organismos de Coordinaci\u00f3n y Consulta del Sector Defensa \u00a0adscritos al Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el literal e) del \u00a0art\u00edculo 18 de la Ley 1444 de 2011, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que al Ministerio de Defensa Nacional le \u00a0corresponde formular las pol\u00edticas para la defensa de la soberan\u00eda, la independencia, \u00a0la integridad territorial, la seguridad y la tranquilidad p\u00fablica, as\u00ed como \u00a0para el mantenimiento del orden constitucional y la garant\u00eda de la conveniencia \u00a0democr\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Ministerio de Defensa Nacional es la \u00a0autoridad competente para ejercer la funci\u00f3n de orientaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de \u00a0las entidades y organismos adscritos y vinculados que conforman el Sector \u00a0Defensa, para la implementaci\u00f3n y desarrollo de la pol\u00edtica formulada por el \u00a0citado Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que dado el n\u00famero de las entidades y \u00a0organismos que integran el sector Defensa y la especificidad de las funciones \u00a0que desarrollan, se requieren de un organismo que garantice y facilite la \u00a0implementaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica del sector en forma coherente, \u00a0sincronizada y con unidad de criterio estrat\u00e9gico; as\u00ed mismo se requiere contar \u00a0con una instancia consultiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el par\u00e1grafo 2\u00b0 del art\u00edculo 38 de la Ley 489 de 1998 se\u00f1ala \u00a0que adem\u00e1s de los Consejos Superiores de la Administraci\u00f3n, el Legislador puede \u00a0crear organismos consultivos o coordinadores para toda la administraci\u00f3n o \u00a0parte de ella, que funcionar\u00e1n con car\u00e1cter permanente o temporal y con \u00a0participaci\u00f3n de varias entidades estatales y, si fuere el caso, del sector \u00a0privado, los cuales har\u00e1n parte de la Rama Ejecutiva del orden Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en los literales e) y f) del art\u00edculo 18 \u00a0de la Ley 1444 de 2011 se \u00a0confirieron facultades extraordinarias al Presidente de la Rep\u00fablica para crear \u00a0entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y se\u00f1alar sus \u00a0objetivos y estructura org\u00e1nica, facultad que se ejercer\u00e1 para crear un \u00a0organismo coordinador de las entidades que integran el Sector Defensa y un \u00a0organismo consultivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Cr\u00e9ase un organismo coordinador de las entidades que \u00a0integran el Sector Defensa, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional, \u00a0denominado Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa, GSED, \u00a0con sede en la ciudad de Bogot\u00e1, D. C., con el prop\u00f3sito de garantizar y \u00a0facilitar la implementaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica del sector en forma \u00a0coherente, sincronizada y con unidad de criterio estrat\u00e9gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Conformaci\u00f3n. El Organismo Coordinador del Sector Defensa &#8211; \u00a0Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa, \u201cGSED\u201d, \u00a0estar\u00e1 conformado por los representantes legales de las entidades que se \u00a0enuncian a continuaci\u00f3n, as\u00ed como por los siguientes servidores p\u00fablicos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ministro de Defensa Nacional quien podr\u00e1 \u00a0delegar su participaci\u00f3n en el Viceministro del Grupo Social y Empresarial del \u00a0Sector Defensa o en quien haga sus veces, quien lo presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Caja de Retiro de las Fuerzas Militares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Caja de Sueldos de Retiro de la Polic\u00eda \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Hospital Militar Central. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Agencia Log\u00edstica de las Fuerzas Militares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Fondo Rotatorio de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Instituto de Casas Fiscales del Ej\u00e9rcito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Club Militar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Defensa Civil Colombiana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Industria Militar &#8211; Indumil. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Caja Promotora de Vivienda Militar y de \u00a0Polic\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Servicio A\u00e9reo a Territorios Nacionales \u00a0Satena S. A. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Corporaci\u00f3n de la Industria Aeron\u00e1utica \u00a0Colombiana S. A. CIAC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Sociedad Hotelera Tequendama S. A. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Corporaci\u00f3n de Ciencia y Tecnolog\u00eda para \u00a0el Desarrollo de la Industria Naval Mar\u00edtima y Fluvial &#8211; Cotecmar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Director del C\u00edrculo de Suboficiales de \u00a0las Fuerzas Militares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Universidad Militar Nueva Granada previa \u00a0aprobaci\u00f3n del Consejo Superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Corporaci\u00f3n Matamoros \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. A las reuniones del organismo coordinador podr\u00e1n \u00a0invitarse los representantes de entidades del sector privado que defina el \u00a0Ministro de Defensa Nacional, por considerar de inter\u00e9s su participaci\u00f3n para \u00a0el cumplimiento del cometido estatal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Actuar\u00e1 como secretario t\u00e9cnico del Organismo Coordinador del \u00a0Sector Defensa &#8211; Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa, GSED, el Servidor P\u00fablico del Viceministerio del Grupo \u00a0Social y Empresarial del Sector Defensa o de la dependencia que haga sus veces, \u00a0que sea designado por el Presidente del Organismo de Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones. \u00a0El Organismo Coordinador del Sector Defensa &#8211; Grupo Social y Empresarial del \u00a0Sector Defensa \u201cGSED\u201d, tendr\u00e1 las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar el desarrollo de los proyectos estrat\u00e9gicos \u00a0tendientes a mejorar la competitividad de las entidades representadas en el \u00a0Organismo Coordinador del Sector Defensa &#8211; Grupo Social y Empresarial del \u00a0Sector Defensa, \u201cGSED\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Definir estrategias para la implementaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n \u00a0de la pol\u00edtica formulada por el Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Conformar los Comit\u00e9s de Trabajo especializados por \u00a0unidades estrat\u00e9gicas de negocio o por temas funcionales, tendientes a obtener \u00a0ventajas estructurales, formulaci\u00f3n de pol\u00edticas corporativas en \u00e1reas \u00a0espec\u00edficas, sinergias, alianzas estrat\u00e9gicas, negociaciones conjuntas y \u00a0unificaci\u00f3n de procesos en las entidades representadas en Organismo Coordinador \u00a0del Sector Defensa &#8211; Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa \u201cGSED\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Definir los lineamientos encaminados a atender las \u00a0recomendaciones y subsanar los hallazgos que sean formulados por los organismos \u00a0de control a las entidades representadas en el Organismo Coordinador del Sector \u00a0Defensa &#8211; Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa \u201cGSED\u201d \u00a0y proponer mecanismos para su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Analizar y evaluar la pol\u00edtica financiera de las \u00a0entidades que integran el Sector Defensa y hacer las recomendaciones dirigidas \u00a0a la sostenibilidad de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Cr\u00e9ase un organismo consultivo en el Sector \u00a0Defensa, adscrito al Ministerio de defensa nacional, denominado Junta Asesora \u00a0del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa, \u201cGSED\u201d, \u00a0como una instancia deliberativa y consultiva para la formulaci\u00f3n e \u00a0implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Conformaci\u00f3n. \u00a0El Organismo Consultivo en el Sector Defensa &#8211; Junta Asesora del Grupo Social y \u00a0Empresarial del Sector Defensa, \u201cGSED\u201d, estar\u00e1 \u00a0conformado por los siguientes servidores p\u00fablicos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro de Defensa Nacional quien la presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Comandante General de las Fuerzas Militares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Comandante del Ej\u00e9rcito Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Comandante de la Armada Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Comandante de la Fuerza A\u00e9rea Colombiana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Director General de la Polic\u00eda Nacional de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Viceministro para las Pol\u00edticas y Asuntos \u00a0Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El Viceministro para la Estrategia y Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El Secretario General del Ministerio de Defensa \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Representantes del Sector P\u00fablico o Privado, \u00a0seleccionados por el Ministro de Defensa Nacional, expertos en temas \u00a0relacionados con las funciones de las entidades representadas en el Organismo \u00a0Coordinador del Sector Defensa &#8211; Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa \u00a0\u201cGSED\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Ser\u00e1 invitado permanente con voz pero sin voto, \u00a0el Viceministro para el Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa o quien \u00a0haga sus veces. La Junta Asesora de que trata el presente art\u00edculo podr\u00e1 \u00a0invitar a sus sesiones a las personas que estime convenientes para ilustrar \u00a0sobre el tema de la reuni\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario del Organismo Consultivo en el Sector \u00a0Defensa &#8211; Junta Asesora del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa \u201cGSED\u201d, ser\u00e1 el funcionario que designe el Viceministro para \u00a0el Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa o quien haga sus veces, quien \u00a0elaborar\u00e1 las actas de las reuniones y llevar\u00e1 su archivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Funciones \u00a0del organismo consultivo en el sector defensa &#8211; Junta Asesora del Grupo Social \u00a0y Empresarial del Sector Defensa \u201cGSED\u201d. El \u00a0Organismo Consultivo en el Sector Defensa &#8211; Junta Asesora del Grupo Social y \u00a0Empresarial del Sector Defensa \u201cGSED\u201d, tendr\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Recomendar al Ministro de Defensa Nacional los \u00a0mecanismos para el ejercicio del control administrativo sobre las entidades \u00a0descentralizadas adscritas y vinculadas del Sector Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Recomendar las pol\u00edticas, directrices, planes y \u00a0programas estrat\u00e9gicos de las entidades representadas en el Organismo \u00a0Coordinador del Sector Defensa &#8211; Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa \u00a0\u201cGSED\u201d, sus metas y los mecanismos de seguimiento y \u00a0coordinaci\u00f3n para el sostenimiento del apoyo que estas entidades le prestan a \u00a0la Fuerza P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Recomendar al Ministro de Defensa Nacional los ajustes \u00a0a la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas y programas estrat\u00e9gicos de las entidades \u00a0representadas en el Organismo Coordinador del Sector Defensa &#8211; Grupo Social y \u00a0Empresarial del Sector Defensa \u201cGSED\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Recomendar al Ministro de Defensa Nacional la \u00a0definici\u00f3n de la pol\u00edtica de reinversi\u00f3n o distribuci\u00f3n de utilidades o \u00a0excedentes financieros de las entidades representadas en el Organismo Coordinador \u00a0del Sector Defensa &#8211; Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa \u201cGSED\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar al Ministro de Defensa Nacional en la \u00a0orientaci\u00f3n y seguimiento de los proyectos estrat\u00e9gicos de las entidades \u00a0representadas en el Organismo Coordinador del Sector Defensa &#8211; Grupo Social y \u00a0Empresarial del Sector Defensa \u201cGSED\u201d, que propicien \u00a0el mejoramiento en la prestaci\u00f3n de los servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dictar su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Vigencia. \u00a0El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n, modifica y \u00a0deroga las dem\u00e1s disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 3 de noviembre de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Carlos Echeverry \u00a0Garz\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Carlos Pinz\u00f3n Bueno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Elizabeth Rodr\u00edguez Taylor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 4177 DE 2011 \u00a0 \u00a0\u00a0 (3 de noviembre) \u00a0 \u00a0 D.O. 48.242, noviembre 3 de 2011 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0conforman unos Organismos de Coordinaci\u00f3n y Consulta del Sector Defensa \u00a0adscritos al Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de las facultades extraordinarias que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[66],"tags":[],"class_list":["post-43786","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2011"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43786","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43786"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43786\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43786"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43786"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43786"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}