{"id":43842,"date":"2023-08-02T16:17:41","date_gmt":"2023-08-02T16:17:41","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-4632-de-2011\/"},"modified":"2023-08-02T16:17:41","modified_gmt":"2023-08-02T16:17:41","slug":"decreto-4632-de-2011","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-4632-de-2011\/","title":{"rendered":"DECRETO 4632 DE 2011"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 4632 DE 2011 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(diciembre \u00a09) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a048.278, diciembre 9 de 2011 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 1474 de 2011 en \u00a0lo que se refiere a la Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n y la Comisi\u00f3n \u00a0Nacional Ciudadana para la Lucha contra la Corrupci\u00f3n y se dictan otras \u00a0disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: \u00a0Ver Decreto 1081 de 2015, \u00a0Decreto Reglamentario \u00danico del Sector Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le \u00a0otorga los numerales 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, 9 \u00a0de la Ley 489 de 1998 en \u00a0concordancia con la Ley 970 de 2005 y en \u00a0desarrollo de lo dispuesto en las Leyes 190 de 1995 y 1474 de 2011, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0la Ley 970 de 2005 aprob\u00f3 \u00a0la Convenci\u00f3n de las Naciones Unidas contra la Corrupci\u00f3n y en esta convenci\u00f3n, \u00a0su art\u00edculo 6\u00b0 insta para que los Estados parte tengan \u00f3rganos encargados de \u00a0prevenir la corrupci\u00f3n, el art\u00edculo 13 propugna por la participaci\u00f3n de la \u00a0sociedad en la prevenci\u00f3n y lucha contra la corrupci\u00f3n, el art\u00edculo 38 consagra \u00a0la cooperaci\u00f3n entre los \u00f3rganos p\u00fablicos y los encargados de investigar y \u00a0enjuiciar y el art\u00edculo 39 consagra la cooperaci\u00f3n entre los organismos \u00a0nacionales y el sector privado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0la Ley 1474 de 2011 \u00a0cre\u00f3, la Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n y la Comisi\u00f3n Nacional \u00a0Ciudadana para la Lucha contra la Corrupci\u00f3n, indicando su conformaci\u00f3n y \u00a0funciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO \u00a0I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Denominaci\u00f3n. La \u00a0Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n creada a trav\u00e9s del art\u00edculo 62 de la Ley 1474 de 2011 integrar\u00e1 \u00a0las dem\u00e1s instituciones que est\u00e9n vigentes con la misma denominaci\u00f3n y asumir\u00e1 \u00a0sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. Integraci\u00f3n. La \u00a0Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n la integrar\u00e1n los siguientes miembros: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0El Presidente de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0El Ministro del Interior; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0El Ministro de Justicia y del Derecho; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0El Procurador General de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0El Contralor General de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0El Auditor General de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0El Presidente del Senado de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0El Presidente de la C\u00e1mara de Representantes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0El Fiscal General de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0El Presidente de la Corte Suprema de Justicia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0El Presidente del Consejo de Estado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1) \u00a0El Secretario de la Transparencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0El Alto Consejero Presidencial para el Buen Gobierno y la Eficiencia \u00a0Administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) \u00a0El Defensor del Pueblo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica podr\u00e1 delegar su asistencia a las sesiones de la \u00a0Comisi\u00f3n para la Moralizaci\u00f3n en un funcionario del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0las dem\u00e1s instancias, se podr\u00e1 delegar de la siguiente forma: los Presidentes \u00a0del Senado de la Rep\u00fablica y la C\u00e1mara de Representantes, en los \u00a0Vicepresidentes de las respectivas corporaciones; los Presidentes de la Corte \u00a0Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, en sus respectivos \u00a0Vicepresidentes; el Fiscal General de la Naci\u00f3n, en el Vicefiscal General de la \u00a0Naci\u00f3n; el Procurador General de la Naci\u00f3n, en el Viceprocurador General de la \u00a0Naci\u00f3n; el Contralor General de la Rep\u00fablica, en el Vicecontralor \u00a0General de la Rep\u00fablica; el Auditor General de la Rep\u00fablica, en el Auditor \u00a0Auxiliar, el Defensor del Pueblo, en el Secretario General y los Ministros, en \u00a0los Viceministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00b0. Presidencia. La Presidencia de la Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n la \u00a0ejercer\u00e1 el Presidente de la Rep\u00fablica o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Secretar\u00eda T\u00e9cnica. La \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n la ejercer\u00e1 la \u00a0Secretaria de la Transparencia de la Presidencia de la Rep\u00fablica. (Nota: Ver art\u00edculo 1.3.1. del Decreto 1081 de 2015, \u00a0Decreto Reglamentario \u00danico del Sector Presidencia de la Rep\u00fablica.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00b0. Periodicidad de las reuniones. La Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n se \u00a0reunir\u00e1 al menos trimestralmente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06\u00b0. Funciones. La \u00a0Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n, tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Velar por el cumplimiento de la aplicaci\u00f3n de la Ley 190 de 1995 y de \u00a0la Ley 1474 de 2011. \u00a0Para el cumplimiento de esta funci\u00f3n los miembros de la Comisi\u00f3n Nacional para \u00a0la Moralizaci\u00f3n instruir\u00e1n a sus propias dependencias y a las diversas \u00a0entidades p\u00fablicas sobre la necesidad de darle aplicaci\u00f3n a las pol\u00edticas y \u00a0disposiciones que se dicten para combatir la corrupci\u00f3n, as\u00ed como instruir en \u00a0casos particulares en ese mismo sentido. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Coordinar la realizaci\u00f3n de acciones conjuntas para la lucha contra la \u00a0corrupci\u00f3n frente a entidades del orden nacional o territorial en las cuales \u00a0existan indicios de este fen\u00f3meno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Coordinar el intercambio de informaci\u00f3n en materia de lucha contra la corrupci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Realizar propuestas para hacer efectivas las medidas contempladas en esta ley \u00a0respecto de las personas pol\u00edticamente expuestas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Establecer los indicadores de eficacia, eficiencia y transparencia obligatorios \u00a0para la Administraci\u00f3n P\u00fablica, y los mecanismos de su divulgaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Establecer las prioridades para afrontar las situaciones que atenten o lesionen \u00a0la moralidad en la Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Adoptar una estrategia anual que propenda por la transparencia, la eficiencia, \u00a0la moralidad y los dem\u00e1s principios que deben regir la Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Promover la implantaci\u00f3n de centros piloto enfocados hacia la consolidaci\u00f3n de \u00a0mecanismos transparentes y la obtenci\u00f3n de la excelencia en los niveles de \u00a0eficiencia, eficacia y econom\u00eda de la gesti\u00f3n p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Promover el ejercicio consciente y responsable de la participaci\u00f3n ciudadana y \u00a0del control social sobre la gesti\u00f3n p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Prestar su concurso en el cumplimiento de las acciones populares en cuanto \u00a0tienen que ver con la moralidad administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Orientar y coordinar la realizaci\u00f3n de actividades pedag\u00f3gicas e informativas \u00a0sobre temas asociados con la \u00e9tica y la moral p\u00fablicas, los deberes y las \u00a0responsabilidades en la funci\u00f3n p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Mantener contacto e intercambio permanentes con entidades oficiales y privadas \u00a0del pa\u00eds y del exterior que ofrezcan alternativas de lucha contra la corrupci\u00f3n \u00a0administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Prestar todo su concurso para la construcci\u00f3n de un Estado transparente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) \u00a0Atender la presentaci\u00f3n del informe sobre proyectos y planes de acci\u00f3n a que se \u00a0refiere el art\u00edculo 56 de la Ley 190 de 1995 e \u00a0informar a la opini\u00f3n p\u00fablica su contenido. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) \u00a0Presentar, dentro de los tres primeros meses del a\u00f1o, un informe anual de \u00a0actividades y resultados que se realizaron en el a\u00f1o calendario inmediatamente \u00a0anterior, cuyo texto se publicar\u00e1 en la p\u00e1gina de Internet de cada una de las \u00a0entidades que hacen parte de esta Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) \u00a0Darse su propio Reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07\u00b0. Financiaci\u00f3n. Los \u00a0gastos en que incurra la Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n y su secretar\u00eda \u00a0t\u00e9cnica ser\u00e1n asumidos por el Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0De acuerdo con sus competencias, las Comisiones Regionales de Moralizaci\u00f3n a \u00a0que se refiere el art\u00edculo 65 de la ley 1474 de 2011 \u00a0ser\u00e1n financiadas con cargo a los recursos de la entidad territorial \u00a0correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO \u00a0II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comisi\u00f3n Nacional Ciudadana para la Lucha contra la \u00a0Corrupci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a08\u00b0. Integraci\u00f3n. La \u00a0Comisi\u00f3n Nacional Ciudadana para la Lucha contra la Corrupci\u00f3n est\u00e1 integrada \u00a0as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Un representante de los Gremios Econ\u00f3micos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Un representante de las Organizaciones No Gubernamentales dedicadas a la lucha \u00a0contra la corrupci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Un representante de las Universidades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Un representante de los Medios de Comunicaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Un representante de las Veedur\u00edas Ciudadanas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Un representante del Consejo Nacional de Planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Un representante de las Organizaciones Sindicales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Un representante de Conferilec (Confederaci\u00f3n \u00a0Colombiana de Libertad Religiosa, Conciencia y Culto). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a09\u00b0. Requisitos. Para \u00a0ser miembro de la Comisi\u00f3n Nacional Ciudadana para la Lucha contra la \u00a0Corrupci\u00f3n, se debe cumplir con los siguientes requisitos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Ser ciudadano colombiano en ejercicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0No haber sido condenado por delito o contravenci\u00f3n dolosos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0No haber sido sancionado disciplinariamente por falta grave o grav\u00edsima. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0No ostentar la calidad de servidor p\u00fablico, ni tener v\u00ednculo contractual con el \u00a0Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a010. Designaci\u00f3n. Los \u00a0miembros que integran la Comisi\u00f3n Nacional Ciudadana para la Lucha contra la \u00a0Corrupci\u00f3n ser\u00e1n designados por el Presidente de la Rep\u00fablica, de terna enviada \u00a0por el sector que estar\u00e1 representado en la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a011. Per\u00edodo y condici\u00f3n de los \u00a0integrantes. El desempe\u00f1o del cargo de los \u00a0comisionados a la Comisi\u00f3n Nacional Ciudadana para la Lucha contra la \u00a0Corrupci\u00f3n ser\u00e1 por un per\u00edodo fijo de cuatro a\u00f1os contados desde su posesi\u00f3n y \u00a0sus funciones se ejercer\u00e1n ad hon\u00f3rem. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a012. Presidencia y Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica. El Presidente de la Comisi\u00f3n Nacional Ciudadana para la \u00a0Lucha contra la Corrupci\u00f3n y su Secretario T\u00e9cnico ser\u00e1n escogidos por sus \u00a0integrantes, conforme lo establezca el reglamento de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a013. Periodicidad de las \u00a0reuniones. La Comisi\u00f3n Nacional Ciudadana para la Lucha contra la \u00a0Corrupci\u00f3n se deber\u00e1 reunir al menos trimestralmente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a014. Funciones. La \u00a0Comisi\u00f3n Nacional Ciudadana para la Lucha contra la Corrupci\u00f3n ejercer\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Velar por el cumplimiento de la aplicaci\u00f3n de la Ley 190 de 1995 y de \u00a0la Ley 1474 de 2011. \u00a0Para el desarrollo de esta funci\u00f3n, los miembros de esta Comisi\u00f3n recibir\u00e1n la \u00a0informaci\u00f3n consolidada por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Nacional para \u00a0la Moralizaci\u00f3n en la forma indicada en el reglamento y sus consideraciones \u00a0ser\u00e1n remitidas a la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Nacional para la \u00a0Moralizaci\u00f3n para que se haga conocer de sus miembros y se efect\u00faen las labores \u00a0correspondientes en el marco de las competencias de cada uno; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Realizar un informe de seguimiento, evaluaci\u00f3n y recomendaciones a las \u00a0pol\u00edticas, planes y programas que se pongan en marcha en materia de lucha \u00a0contra la corrupci\u00f3n, el cual deber\u00e1 presentarse al menos una (1) vez cada a\u00f1o. \u00a0La presentaci\u00f3n se har\u00e1 ante el Comit\u00e9 Nacional de Moralizaci\u00f3n, el Gobierno \u00a0Nacional y el Congreso de la Rep\u00fablica, seg\u00fan la naturaleza de las \u00a0recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Impulsar campa\u00f1as en las instituciones educativas para la promoci\u00f3n de los \u00a0valores \u00e9ticos y la lucha contra la corrupci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Promover la elaboraci\u00f3n de c\u00f3digos de conducta para el ejercicio \u00e9tico y \u00a0transparente de las actividades del sector privado y para la prevenci\u00f3n de \u00a0conflictos de intereses en el mismo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Hacer un seguimiento especial a las medidas adoptadas en la Ley 1474 de 2011 para \u00a0mejorar la gesti\u00f3n p\u00fablica tales como la contrataci\u00f3n p\u00fablica, la pol\u00edtica antitr\u00e1mites, \u00a0la democratizaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n P\u00fablica, el acceso a la informaci\u00f3n \u00a0p\u00fablica y la atenci\u00f3n al ciudadano; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Realizar un seguimiento especial a los casos e investigaciones de corrupci\u00f3n de \u00a0alto impacto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Realizar un seguimiento a la implementaci\u00f3n de las medidas contempladas en la ley 1474 de 2011 para \u00a0regular el cabildeo, con el objeto de velar por la transparencia de las decisiones \u00a0p\u00fablicas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Promover la participaci\u00f3n activa de los medios de comunicaci\u00f3n social en el \u00a0desarrollo de programas orientados a la lucha contra la corrupci\u00f3n y al rescate \u00a0de la moral p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Denunciar ante las autoridades competentes los hechos o actuaciones irregulares \u00a0de los servidores p\u00fablicos de los cuales tengan conocimiento, en cumplimiento \u00a0de lo previsto en el art\u00edculo 92 de la Constituci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Prestar su concurso en el cumplimiento de las acciones populares en cuanto \u00a0hacen relaci\u00f3n con la moralidad administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Velar por que la Administraci\u00f3n P\u00fablica mantenga actualizado el inventario y \u00a0propiedad de bienes muebles e inmuebles pertenecientes a las diversas \u00a0entidades, as\u00ed como su adecuada utilizaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Velar y proponer directrices para dar cumplimiento a lo previsto en el art\u00edculo \u00a056 de la Ley 190 de 1995; as\u00ed \u00a0como, atender la presentaci\u00f3n del informe sobre proyectos y planes de acci\u00f3n a \u00a0que se refiere el mencionado art\u00edculo e informar a la opini\u00f3n p\u00fablica su \u00a0contenido; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Presentar dentro de los tres primeros meses del a\u00f1o un informe anual de las \u00a0actividades y resultados que se realizaron en el a\u00f1o calendario inmediatamente \u00a0anterior que se publicar\u00e1 en la p\u00e1gina de internet de cada una de las entidades \u00a0que hacen parte de la Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) \u00a0Realizar estudios peri\u00f3dicos con el fin de consultar a la ciudadan\u00eda sobre las \u00a0condiciones de las funciones que desempe\u00f1an o los servicios que prestan las \u00a0entidades del Estado. Los resultados consolidados de estas encuestas ser\u00e1n \u00a0enviados a los gerentes, representantes legales o directores de todas las \u00a0entidades p\u00fablicas donde se encuentren problemas relacionados con el desempe\u00f1o \u00a0de la funci\u00f3n o la prestaci\u00f3n del servicio, con el fin de que estos tomen las \u00a0medidas pertinentes. Estos estudios y sus resultados har\u00e1n parte del informe \u00a0anual al que se refiere el inciso anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) \u00a0Darse su propio Reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a015. Los gastos en que incurra la secretar\u00eda t\u00e9cnica ser\u00e1n asumidos por el \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, en los t\u00e9rminos \u00a0que defina el Director de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a016. Vigencia. El \u00a0presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado \u00a0en Bogot\u00e1, D. C., a 9 de diciembre de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN \u00a0MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Germ\u00e1n \u00a0Vargas Lleras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Viceministro T\u00e9cnico del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, Encargado de \u00a0las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Rodrigo de Jes\u00fas Suesc\u00fan Melo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Federico Rengifo V\u00e9lez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Directora del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Elizabeth Rodr\u00edguez Taylor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 4632 DE 2011 \u00a0 \u00a0 (diciembre \u00a09) \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a048.278, diciembre 9 de 2011 \u00a0 \u00a0 por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 1474 de 2011 en \u00a0lo que se refiere a la Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n y la Comisi\u00f3n \u00a0Nacional Ciudadana para la Lucha contra la Corrupci\u00f3n y se [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[66],"tags":[],"class_list":["post-43842","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2011"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43842","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=43842"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/43842\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=43842"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=43842"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=43842"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}