{"id":43895,"date":"2023-08-02T16:17:45","date_gmt":"2023-08-02T16:17:45","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-4875-de-2011\/"},"modified":"2023-08-02T16:17:45","modified_gmt":"2023-08-02T16:17:45","slug":"decreto-4875-de-2011","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/02\/decreto-4875-de-2011\/","title":{"rendered":"DECRETO 4875 DE 2011"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 4875 DE 2011 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(diciembre 22) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D. O. 48291, diciembre 22 de 2011 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se crea la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial para la Atenci\u00f3n Integral de la Primera Infancia \u2013 AIPI \u00a0\u2013 y la Comisi\u00f3n Especial de Seguimiento para la Atenci\u00f3n Integral a la Primera \u00a0Infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a01: Modificado por el Decreto 695 de 2023 \u00a0y por el Decreto 1416 de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Ver Decreto 780 de 2016, \u00a0art\u00edculo 4.1.2, que dej\u00f3 excluido de la derogatoria integral este decreto. Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Salud y Protecci\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 3: Ver Decreto 1081 de 2015, \u00a0Decreto Reglamentario \u00danico del Sector Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio \u00a0de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el \u00a0numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0el art\u00edculo 45 de la Ley 489 de 1998, el \u00a0art\u00edculo 13 de la Ley 1295 de 2009 y el \u00a0art\u00edculo 136 de la Ley 1450 del 2011, \u00a0y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 1295 de 2009, \u00a0\u201cpor la cual se reglamenta la atenci\u00f3n integral de los ni\u00f1os y las ni\u00f1as de la \u00a0primera infancia de los sectores clasificados como 1, 2 y 3 del Sisb\u00e9n\u201d, tiene \u00a0por objeto contribuir a mejorar la calidad de vida de madres gestantes, ni\u00f1as y \u00a0ni\u00f1os menores de seis a\u00f1os de los tres primeros niveles del Sisb\u00e9n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 13 de la Ley 1295 de 2009, \u00a0orden\u00f3 la creaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Especial de Seguimiento para la Atenci\u00f3n \u00a0Integral de la Primera Infancia, que \u201c\u2026 \u00a0deber\u00e1 presentar al Gobierno Nacional y a las Comisiones Sextas de Senado y \u00a0C\u00e1mara de Representantes, informes semestrales del desarrollo de la ley y hacer \u00a0las sugerencias para el mejoramiento y el cumplimiento de las metas\u2026\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Gobierno Nacional se encuentra implementando la \u00a0estrategia para la Atenci\u00f3n Integral de la Primera Infancia, denominada \u201cDe Cero a Siempre\u201d, conforme a los \u00a0art\u00edculos 136 y 137 de la Ley 1450 de 2011, \u00a0cuya finalidad es promover y garantizar los derechos y el desarrollo de los \u00a0ni\u00f1os y las ni\u00f1as; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que esta estrategia cubrir\u00e1 aspectos b\u00e1sicos que los \u00a0ni\u00f1os y ni\u00f1as requieren para su normal y adecuado desarrollo, como la educaci\u00f3n \u00a0inicial, nutrici\u00f3n, protecci\u00f3n, salud y cuidado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, de conformidad con lo se\u00f1alado, es necesario generar \u00a0espacios institucionales para la coordinaci\u00f3n de acciones encaminadas a \u00a0establecer e implementar un modelo para la estrategia de Atenci\u00f3n Integral de \u00a0la Primera Infancia que incluya la participaci\u00f3n de diferentes entidades, \u00a0instituciones y sectores del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comisi\u00f3n Intersectorial para la \u00a0Atenci\u00f3n Integral de la Primera Infancia \u2013 AIPI \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial para la Atenci\u00f3n Integral de la Primera Infancia. Cr\u00e9ase \u00a0la Comisi\u00f3n Intersectorial para la Atenci\u00f3n Integral de la Primera Infancia, \u00a0que en adelante se denominar\u00e1 la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modificado \u00a0por el Decreto 1416 de 2018, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Objeto. La Comisi\u00f3n Intersectorial para la Atenci\u00f3n Integral de \u00a0la Primera Infancia, que en adelante se denominar\u00e1 la Comisi\u00f3n, tendr\u00e1 a cargo \u00a0la coordinaci\u00f3n, articulaci\u00f3n y gesti\u00f3n intersectorial de la Pol\u00edtica de Estado \u00a0para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempre, cuya \u00a0implementaci\u00f3n nacional y territorial se realizar\u00e1 bajo los principios \u00a0definidos en dicha instancia, en lo dispuesto en sus Fundamentos T\u00e9cnicos, \u00a0Pol\u00edticos y de Gesti\u00f3n y en articulaci\u00f3n con el Sistema Nacional de Bienestar \u00a0Familiar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Corresponder\u00e1 a la Comisi\u00f3n establecer los lineamientos \u00a0t\u00e9cnicos para la implementaci\u00f3n nacional y territorial de la Pol\u00edtica de Estado \u00a0para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a siempre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 2\u00ba: \u201cObjeto. La Comisi\u00f3n tendr\u00e1 por objeto \u00a0coordinar y armonizar las pol\u00edticas, planes, programas y acciones necesarias \u00a0para la ejecuci\u00f3n de la atenci\u00f3n integral a la primera infancia, siendo esta la \u00a0instancia de concertaci\u00f3n entre los diferentes sectores involucrados.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. \u00a0Modificado por el Decreto 695 de 2023, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Integraci\u00f3n. La Comisi\u00f3n estar\u00e1 integrada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Un delegado del Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro de Salud y Protecci\u00f3n \u00a0Social o su delegado, quien deber\u00e1 ser un Viceministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministro de Educaci\u00f3n \u00a0Nacional o su delegado, quien deber\u00e1 ser un Viceministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Ministro de Vivienda, \u00a0Ciudad y Territorio o su delegado, quien deber\u00e1 ser el Viceministro de Agua y \u00a0Saneamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Ministro de Cultura o su \u00a0delegado, quien ser\u00e1 un Viceministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Ministro del Deporte o su \u00a0delegado, quien ser\u00e1 un Viceministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, o su delegado, quien deber\u00e1 \u00a0pertenecer al nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Director General del \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n o su delegado, quien deber\u00e1 pertenecer al \u00a0nivel directivo de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El Director del Departamento \u00a0Administrativo para la Prosperidad Social o su delegado, quien deber\u00e1 \u00a0pertenecer al nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El Director del Instituto \u00a0Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) o su delegado! quien deber\u00e1 pertenecer \u00a0al nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. El Director de la Unidad \u00a0para la Atenci\u00f3n y Reparaci\u00f3n Integral a las V\u00edctimas o su delegado, quien \u00a0deber\u00e1 pertenecer al nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. El representante de la \u00a0entidad que ejerza la rector\u00eda de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Seguridad \u00a0Alimentaria y Nutricional (CISAN). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. La Comisi\u00f3n ser\u00e1 \u00a0presidida por el delegado del Presidente de la Rep\u00fablica o por el Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. A las sesiones \u00a0convocadas por la Comisi\u00f3n podr\u00e1n ser invitados con voz pero sin voto, los \u00a0funcionarios y representantes de las entidades p\u00fablicas o privadas, expertos y \u00a0otras personas naturales o jur\u00eddicas, cuyo aporte se estime de utilidad para \u00a0los fines encomendados a la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del art\u00edculo 3\u00ba. Modificado por el Decreto 1416 de 2018, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Integraci\u00f3n. La Comisi\u00f3n estar\u00e1 integrada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Un \u00a0delegado del Presidente de la Rep\u00fablica, que deber\u00e1 ser de la Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Primera Infancia o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, o \u00a0su delegado, quien deber\u00e1 pertenecer al nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El \u00a0Ministro de Salud y Protecci\u00f3n Social o su delegado, quien deber\u00e1 ser un \u00a0Viceministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El \u00a0Ministro de Educaci\u00f3n Nacional o su delegado, quien deber\u00e1 ser un Viceministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El \u00a0Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio o su delegado, quien deber\u00e1 ser el \u00a0Viceministro de Agua y Saneamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El \u00a0Ministro de Cultura o su delegado, quien ser\u00e1 el Viceministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El \u00a0Director General del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n o su delegado, quien \u00a0deber\u00e1 pertenecer al nivel directivo de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Prosperidad Social o su \u00a0delegado, quien deber\u00e1 pertenecer al nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El \u00a0Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) o su delegado, \u00a0quien deber\u00e1 pertenecer al nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El \u00a0Director de la Unidad para la Atenci\u00f3n y Reparaci\u00f3n Integral a las V\u00edctimas o \u00a0su delegado, quien deber\u00e1 pertenecer al nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. El \u00a0Director del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreaci\u00f3n, la \u00a0Actividad F\u00edsica y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) o su \u00a0delegado, quien deber\u00e1 pertenecer al nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. El \u00a0representante de la entidad que ejerza la rector\u00eda de la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. La Comisi\u00f3n ser\u00e1 presidida por el delegado del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica o por el Director del Departamento Administrativo de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. A las \u00a0sesiones convocadas por la Comisi\u00f3n podr\u00e1n ser invitados con voz, pero sin \u00a0voto, los funcionarios y representantes de las entidades p\u00fablicas o privadas, \u00a0expertos y otras personas naturales o jur\u00eddicas, cuyo aporte se estime de \u00a0utilidad para los fines encomendados a la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 3\u00ba: \u201cIntegraci\u00f3n. La Comisi\u00f3n estar\u00e1 \u00a0integrada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Un \u00a0delegado del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, o \u00a0su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El \u00a0Ministro de Salud y Protecci\u00f3n Social o su delegado que deber\u00e1 ser un \u00a0Viceministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El \u00a0Ministro de Educaci\u00f3n Nacional o su delegado que deber\u00e1 ser un Viceministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El \u00a0Ministro de Cultura o su delegado que ser\u00e1 el Viceministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El \u00a0Director General del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n o su delegado, quien \u00a0deber\u00e1 pertenecer al nivel directivo de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Prosperidad Social o su delegado \u00a0que deber\u00e1 pertenecer al nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El \u00a0Director del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar \u2013 ICBF o su delegado, \u00a0quien deber\u00e1 pertenecer al nivel directivo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0La Comisi\u00f3n ser\u00e1 presidida por el delegado del Presidente de la Rep\u00fablica o por \u00a0el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica o \u00a0su delegado.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Modificado \u00a0por el Decreto 1416 de 2018, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Funciones de la Comisi\u00f3n. La \u00a0Comisi\u00f3n de que trata el presente decreto tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar y articular a los agentes de los \u00e1mbitos \u00a0nacional, departamental, distrital y municipal, para la implementaci\u00f3n de la \u00a0Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero \u00a0a Siempre\u201d, en articulaci\u00f3n con el Sistema Nacional de Bienestar Familiar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Orientar la definici\u00f3n y articulaci\u00f3n de los \u00a0lineamientos t\u00e9cnicos y las estrategias para la implementaci\u00f3n nacional y \u00a0territorial de la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera \u00a0Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d, de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo 206 de \u00a0la Ley 1098 de 2006 y \u00a0con las funciones dispuestas para las distintas entidades en la Ley 1804 de 2016\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la concertaci\u00f3n y articulaci\u00f3n de los \u00a0diferentes actores p\u00fablicos, privados, sociales y de cooperaci\u00f3n internacional, \u00a0en los \u00e1mbitos nacional y territorial, responsables de la implementaci\u00f3n de la \u00a0Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero \u00a0a Siempre\u201d o que se involucren en esta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar la formulaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n del \u00a0Plan de Acci\u00f3n Nacional de la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de \u00a0la Primera Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d, bajo el principio de gesti\u00f3n \u00a0intersectorial, en el marco de las l\u00edneas de acci\u00f3n de la pol\u00edtica, de acuerdo \u00a0con lo dispuesto en los art\u00edculos 6\u00b0, 7\u00b0 y 9\u00b0 de la Ley 1804 de 2016 y el \u00a0Plan de Acci\u00f3n aprobado por el Comit\u00e9 Ejecutivo del SNBF. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar la definici\u00f3n de los esquemas de \u00a0implementaci\u00f3n, financiaci\u00f3n y cofinanciaci\u00f3n entre la naci\u00f3n y las entidades \u00a0territoriales, as\u00ed como la gesti\u00f3n de fuentes complementarias a los recursos de \u00a0la naci\u00f3n, en el marco de la atenci\u00f3n integral de la primera infancia, conforme \u00a0con lo dispuesto en la Ley 1804 de 2016 y \u00a0sus decretos reglamentarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer los mecanismos de articulaci\u00f3n de la oferta \u00a0regionalizada de servicios y proyectos de inversi\u00f3n de las entidades del orden \u00a0nacional, responsables de la atenci\u00f3n integral de la primera infancia, para \u00a0efectos de ser incluidos en los convenios y contratos plan y otros mecanismos \u00a0previstos en la Ley 1454 de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar en la gesti\u00f3n y puesta en marcha de los \u00a0sistemas de informaci\u00f3n y de los mecanismos de seguimiento y evaluaci\u00f3n de la \u00a0Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero \u00a0a Siempre\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Aprobar el informe anual de seguimiento a la \u00a0implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la \u00a0Primera Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d, a ser presentando ante el Congreso de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Aprobar el Manual Operativo para la implementaci\u00f3n de \u00a0la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe \u00a0Cero a Siempre\u201d, y los mecanismos de coordinaci\u00f3n y articulaci\u00f3n \u00a0intersectorial, nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Modificado por el Decreto 695 de 2023, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Conformar las mesas t\u00e9cnicas de trabajo que considere necesarias \u00a0para la gesti\u00f3n de la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la \u00a0Primera Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica de las mesas \u00a0corresponder\u00e1 al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) o quien haga \u00a0sus veces, en coordinaci\u00f3n con el sector responsable de cada una de ellas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del numeral 10. Conformar las mesas t\u00e9cnicas de trabajo que \u00a0considere necesarias para la gesti\u00f3n de la Pol\u00edtica de Estado para el \u00a0Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d. La Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica de las mesas corresponder\u00e1 a la Consejer\u00eda Presidencial para la Primera \u00a0Infancia o quien haga sus veces, en coordinaci\u00f3n con el sector responsable de \u00a0cada una de ellas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dise\u00f1ar, promover y coordinar los mecanismos de \u00a0cooperaci\u00f3n interinstitucional, entre entidades p\u00fablicas, privadas, de la \u00a0sociedad civil y de cooperaci\u00f3n, nacionales e internacionales, sus redes e \u00a0instancias, para la implementaci\u00f3n, fortalecimiento y sostenibilidad de la \u00a0Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero \u00a0a Siempre\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Fortalecer, desarrollar y monitorear la estrategia de \u00a0cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica para la creaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas \u00a0para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia, as\u00ed como la inclusi\u00f3n de \u00a0metas y recursos en los planes de desarrollo nacional y territorial, en el \u00a0marco del Sistema Nacional de Bienestar Familiar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Expedir su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s funciones que sean propias a la naturaleza \u00a0de la coordinaci\u00f3n y orientaci\u00f3n de su actividad, incluyendo la expedici\u00f3n de \u00a0lineamientos t\u00e9cnicos para llevar a cabo dichas funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. De conformidad con lo previsto en el art\u00edculo \u00a045 de la Ley 489 de 1998, una \u00a0vez adoptado el Plan de Acci\u00f3n Nacional de la Pol\u00edtica de Estado para el \u00a0Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d, los organismos \u00a0y entidades que ejecutan recursos p\u00fablicos relacionados con la atenci\u00f3n \u00a0integral de la primera infancia deber\u00e1n tener en cuenta los planes \u00a0institucionales de las dem\u00e1s entidades que forman parte de la Comisi\u00f3n, a fin \u00a0de lograr la alineaci\u00f3n entre planes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 4\u00ba: \u201cFunciones de la Comisi\u00f3n. La Comisi\u00f3n \u00a0de que trata el presente decreto tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Direccionar los mecanismos a trav\u00e9s de los cuales se prioriza y garantiza la \u00a0articulaci\u00f3n de la pol\u00edtica y la estrategia \u201cDe Cero a Siempre\u201d en los niveles \u00a0nacional, departamental, distrital y municipal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Orientar el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de un esquema de financiaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n \u00a0in\u00adterinstitucional progresivo y sostenible, que posibilite la ampliaci\u00f3n de \u00a0cobertura con alta calidad de la estrategia para la Atenci\u00f3n Integral de la \u00a0Primera Infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Apoyar en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica nacional para la Atenci\u00f3n Integral de \u00a0la Primera Infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Coordinar la pol\u00edtica nacional para la Atenci\u00f3n Integral de la Primera Infancia \u00a0y servir como instancia de concertaci\u00f3n y articulaci\u00f3n de los diferentes \u00a0actores p\u00fablicos y privados de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Coordinar el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n y seguimiento t\u00e9cnico y operativo de la \u00a0estra\u00adtegia de Atenci\u00f3n Integral a la Primera Infancia, que se denomina \u201cDe \u00a0Cero a Siempre\u201d, coherente con la pol\u00edtica definida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Adoptar el Plan de Acci\u00f3n Nacional para implementar la estrategia para la \u00a0Atenci\u00f3n Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d, definiendo \u00a0coberturas, responsables, recursos, cronogramas, mecanismos de evaluaci\u00f3n y \u00a0seguimiento, entre otros aspectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dar \u00a0lineamientos para la priorizaci\u00f3n de la inversi\u00f3n, la gesti\u00f3n de esquemas de co\u00adfinanciaci\u00f3n \u00a0y ejecuci\u00f3n que posibiliten la adecuada implementaci\u00f3n de la Estrategia para la \u00a0Atenci\u00f3n Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Establecer los mecanismos de coordinaci\u00f3n nacional, departamental, distrital y \u00a0mu\u00adnicipal a partir de las funciones y competencias de cada uno de los actores \u00a0vinculados a la estrategia \u201cDe Cero a Siempre\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Recomendar los lineamientos necesarios para \u00a0la construcci\u00f3n e implementaci\u00f3n de un Sistema \u00danico de Calidad dirigido a la \u00a0Atenci\u00f3n Integral a la Primera Infancia, que contemple la definici\u00f3n de \u00a0est\u00e1ndares de calidad para la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos, as\u00ed como \u00a0los procesos de asistencia t\u00e9cnica, inspecci\u00f3n, vigilancia y control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Establecer \u00a0las bases para la creaci\u00f3n e implementaci\u00f3n del Sistema \u00danico Nacional de \u00a0Informaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n en la primera infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Elaborar informes semestrales de seguimiento de la estrategia para la atenci\u00f3n \u00a0integral de primera infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Liderar y orientar la estructuraci\u00f3n de los esquemas de asociaci\u00f3n \u00a0p\u00fablico-privadas, en asuntos de primera infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Promover los mecanismos de cooperaci\u00f3n entre entidades nacionales e internacio\u00adnales, \u00a0en materias relacionadas con la Atenci\u00f3n Integral a la Primera Infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Coordinar los mecanismos institucionales, pol\u00edticos, administrativos y \u00a0econ\u00f3micos, que permitan la sostenibilidad de la pol\u00edtica de Atenci\u00f3n Integral \u00a0a la Primera Infancia en el largo plazo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Orientar el dise\u00f1o de un esquema de financiaci\u00f3n interinstitucional progresivo \u00a0y sostenible, que posibilite la ampliaci\u00f3n de cobertura con alta calidad de la \u00a0estrategia de Aten\u00adci\u00f3n Integral a la Primera Infancia, que involucre al sector \u00a0privado y los entes territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Dictar los lineamientos para la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica adoptada por el \u00a0Con\u00adsejo Nacional de Pol\u00edtica Social, de que trata el art\u00edculo 206 de la Ley 1098 de 2006; \u00a0los cuales son de obligatorio cumplimiento para quienes ejerzan funciones \u00a0relacionadas con la atenci\u00f3n integral a la primera infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Dar lineamientos para establecer la oferta regionalizada de servicios y \u00a0proyectos de inversi\u00f3n de las entidades del orden nacional, vinculadas a la \u00a0atenci\u00f3n integral a la primera infancia, para efectos de proponerlos e \u00a0incluirlos en los convenios y contratos plan, previstos en la Ley 1454 de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Expedir su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Las dem\u00e1s funciones que sean propias a la naturaleza de la coordinaci\u00f3n y orien\u00adtaci\u00f3n \u00a0de su actividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0De conformidad con lo previsto en el art\u00edculo 45 de la Ley 489 de 1998, \u00a0una vez adoptado el Plan de Acci\u00f3n Nacional formulado por la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial, la ejecuci\u00f3n de las medidas y actos concretos, por parte de los \u00a0organismos y entidades que ejecutan recursos p\u00fablicos relacionados con la \u00a0atenci\u00f3n de la primera infancia, deber\u00e1n sujetarse al mismo.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Modificado por el Decreto 1416 de 2018, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Sesiones. La Comisi\u00f3n Intersectorial \u00a0para la Atenci\u00f3n Integral de la Primera Infancia se reunir\u00e1 por derecho propio \u00a0cada dos (2) meses, previa convocatoria realizada por el Secretario T\u00e9cnico y \u00a0extraordinariamente a solicitud del Presidente de la Comisi\u00f3n, cuando se estime \u00a0necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De cada una de las sesiones se elaborar\u00e1 un acta, la cual \u00a0ser\u00e1 firmada por el presidente de la Comisi\u00f3n o su delegado, el Secretario \u00a0T\u00e9cnico y un representante de las entidades que la conforman. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las sesiones y determinaciones de la Comisi\u00f3n y sus \u00a0diferentes instancias deber\u00e1n constar por escrito en las actas correspondientes \u00a0y ser\u00e1 funci\u00f3n de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica remitir las recomendaciones a las \u00a0entidades pertinentes para que se adopten las acciones a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 5\u00ba: \u201cSesiones. La Comisi\u00f3n Intersectorial \u00a0de Atenci\u00f3n Integral a la Primera Infancia se reunir\u00e1 por derecho propio cada \u00a0dos (2) meses, previa convocatoria realizada por el Secretario T\u00e9cnico y \u00a0extraordinariamente a solicitud del Presidente de la Comisi\u00f3n, cuando se estime \u00a0necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De \u00a0cada una de las sesiones se elaborar\u00e1 un acta, la cual ser\u00e1 firmada por el \u00a0presidente de la Comisi\u00f3n o su delegado y el Secretario T\u00e9cnico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0A las sesiones convocadas por la Comisi\u00f3n podr\u00e1n ser invitados con voz pero sin \u00a0voto, los funcionarios y representantes de las entidades p\u00fablicas o privadas, \u00a0expertos y otras personas naturales o jur\u00eddicas, cuyo aporte se estime de \u00a0utilidad para los fines encomendados a la misma.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Modificado por el Decreto 1416 de 2018, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. Qu\u00f3rum. La \u00a0Comisi\u00f3n podr\u00e1 sesionar v\u00e1lidamente con la mitad m\u00e1s uno de sus miembros. Las \u00a0sesiones ser\u00e1n presenciales, sin perjuicio de la posibilidad de sesionar \u00a0virtualmente. Las decisiones se adoptar\u00e1n por mayor\u00eda simple, es decir con la \u00a0mitad m\u00e1s uno de los asistentes a la sesi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las decisiones ser\u00e1n comunicadas por el Secretario \u00a0T\u00e9cnico para que, en el marco de sus competencias, disponga lo necesario para \u00a0el cumplimiento de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 6\u00ba: \u201cQu\u00f3rum. La Comisi\u00f3n podr\u00e1 deliberar y \u00a0someter a aprobaci\u00f3n sus decisiones con al menos cinco (5) de sus miembros y \u00a0las decisiones ser\u00e1n adoptadas por mayor\u00eda simple. Las sesiones ser\u00e1n \u00a0presenciales, sin perjuicio de la posibilidad de sesionar virtualmente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0decisiones ser\u00e1n comunicadas por el Secretario T\u00e9cnico para que en el marco de \u00a0sus competencias, disponga lo necesario para el cumplimiento de las mismas.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Modificado \u00a0por el Decreto 695 de 2023, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Secretar\u00eda T\u00e9cnica. Es la instancia encargada de asesorar \u00a0y acompa\u00f1ar t\u00e9cnicamente a la Comisi\u00f3n en la coordinaci\u00f3n y articulaci\u00f3n \u00a0intersectorial para la planeaci\u00f3n, implementaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de \u00a0la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe \u00a0Cero a Siempre\u201d, as\u00ed como de realizar el enlace y el apoyo t\u00e9cnico para la \u00a0coordinaci\u00f3n entre las entidades que la integran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la \u00a0Comisi\u00f3n la ejercer\u00e1 el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) o \u00a0quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n tendr\u00e1 para su operaci\u00f3n un equipo de trabajo para dar \u00a0cumplimiento a todas las funciones presentadas en el art\u00edculo siguiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del art\u00edculo \u00a07\u00ba. Modificado por \u00a0el Decreto 1416 de 2018, \u00a0art\u00edculo 6\u00ba. Secretar\u00eda T\u00e9cnica. Es la instancia encargada \u00a0de asesorar y acompa\u00f1ar t\u00e9cnicamente a la Comisi\u00f3n en la coordinaci\u00f3n y \u00a0articulaci\u00f3n intersectorial para la planeaci\u00f3n, implementaci\u00f3n, seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera \u00a0Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d, as\u00ed como de realizar el enlace y el apoyo t\u00e9cnico \u00a0para la coordinaci\u00f3n entre las entidades que la integran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n la ejercer\u00e1 la Consejer\u00eda Presidencial para \u00a0la Primera Infancia o quien haga sus veces en el sector de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n tendr\u00e1 \u00a0para su operaci\u00f3n un equipo de trabajo para dar cumplimiento a todas las \u00a0funciones presentadas en el art\u00edculo siguiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 7\u00ba: \u201cSecretario T\u00e9cnico. La Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n la ejercer\u00e1 la Alta Consejer\u00eda Presidencial de Programas \u00a0Especiales.\u201d. (Nota: Ver art\u00edculo 1.3.1. del Decreto 1081 de 2015, Decreto \u00a0Reglamentario \u00danico del Sector Presidencia de la Rep\u00fablica.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Modificado por el Decreto 1416 de 2018, \u00a0art\u00edculo 7\u00ba. Funciones de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Intersectorial para la \u00a0Atenci\u00f3n Integral de la Primera Infancia, tendr\u00e1 las siguientes funciones, las \u00a0cuales se realizar\u00e1n en coordinaci\u00f3n y articulaci\u00f3n con los miembros del Comit\u00e9 \u00a0T\u00e9cnico y con sujeci\u00f3n a la Comisi\u00f3n Intersectorial para la Atenci\u00f3n Integral \u00a0de la Primera Infancia: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y acompa\u00f1ar t\u00e9cnicamente a la Comisi\u00f3n en la \u00a0coordinaci\u00f3n y la articulaci\u00f3n intersectorial de la Pol\u00edtica de Estado para el \u00a0Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar el enlace y el apoyo t\u00e9cnico para la \u00a0coordinaci\u00f3n entre las entidades que integran la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Recibir y dar tr\u00e1mite a las propuestas que sean \u00a0presentadas por los integrantes de la Comisi\u00f3n, y articular las iniciativas, \u00a0acciones t\u00e9cnicas y pol\u00edticas que surjan de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar la elaboraci\u00f3n y presentar ante la Comisi\u00f3n \u00a0recomendaciones para la orientaci\u00f3n y priorizaci\u00f3n de recursos t\u00e9cnicos, \u00a0administrativos y financieros a aquellas entidades territoriales con mayor \u00a0vulnerabilidad, conforme con lo dispuesto en la Ley 1804 de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar el informe anual de seguimiento a la Pol\u00edtica \u00a0de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero a \u00a0Siempre\u201d y establecer los lineamientos y recomendaciones para la elaboraci\u00f3n de \u00a0los informes anuales por parte de las alcald\u00edas y gobernaciones para su entrega \u00a0a los Concejos Municipales y Asambleas Departamentales, respectivamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar la elaboraci\u00f3n, actualizaci\u00f3n y \u00a0socializaci\u00f3n peri\u00f3dica del Manual Operativo para la implementaci\u00f3n de la \u00a0Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero \u00a0a Siempre\u201d, a partir de las funciones y competencias de cada uno de los actores \u00a0responsables de la Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Citar y asistir a las reuniones de la Comisi\u00f3n y del \u00a0Comit\u00e9 T\u00e9cnico; elaborar y suscribir las actas correspondientes, y hacer \u00a0seguimiento al cumplimiento de las decisiones, recomendaciones, acuerdos y \u00a0compromisos adquiridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presidir el Comit\u00e9 T\u00e9cnico de la Comisi\u00f3n en \u00a0coordinaci\u00f3n con el sector responsable, as\u00ed como las mesas de trabajo que se \u00a0creen al interior de la Comisi\u00f3n con ocasi\u00f3n del desarrollo de la Pol\u00edtica de \u00a0Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar la convocatoria de la Comisi\u00f3n por solicitud \u00a0del Presidente a sesiones ordinarias y extraordinarias y remitir las \u00a0propuestas, documentos de trabajo, informes y dem\u00e1s materiales de apoyo, que \u00a0sirvan de soporte a las decisiones de dicha instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Presentar para la aprobaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n el Plan \u00a0de Acci\u00f3n Anual, el informe anual de seguimiento, el Manual Operativo para la \u00a0implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la \u00a0Primera Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d, los mecanismos, lineamientos t\u00e9cnicos y \u00a0recomendaciones, la creaci\u00f3n y terminaci\u00f3n de mesas t\u00e9cnicas, entre otros \u00a0asuntos y decisiones estrat\u00e9gicas para la gesti\u00f3n de la Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Preparar la agenda y definir los temas que requieren \u00a0discusi\u00f3n en la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s funciones que sean propias de su car\u00e1cter \u00a0de apoyo y soporte t\u00e9cnico, o que le sean asignadas por la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 8\u00ba: \u201cFunciones del Secretario T\u00e9cnico. El Secretario \u00a0T\u00e9cnico de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Atenci\u00f3n Integral a la Primera \u00a0Infancia tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Presentar el plan de trabajo con el objeto y las funciones de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Presentar informes bimestrales a la Comisi\u00f3n sobre los avances en el Plan de \u00a0Acci\u00f3n Nacional adoptado por la Comisi\u00f3n y el desarrollo de la estrategia de \u00a0Atenci\u00f3n Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Coordinar la elaboraci\u00f3n de informes semestrales de seguimiento de la \u00a0estrategia para la Atenci\u00f3n Integral a la Primera Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d \u00a0a ser presentadas a las Comisiones Sextas del Senado y C\u00e1mara de \u00a0Representantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Realizar el enlace y brindar el apoyo t\u00e9cnico, administrativo y operativo para \u00a0la coordinaci\u00f3n entre las entidades que integran la Comisi\u00f3n Intersectorial de \u00a0Atenci\u00f3n de la Primera Infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Proponer los mecanismos y la operaci\u00f3n necesaria para la implementaci\u00f3n de la \u00a0es\u00adtrategia para la Atenci\u00f3n Integral de la Primera Infancia y presentarlos \u00a0para su aprobaci\u00f3n a la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Coordinar la Convocatoria de la Comisi\u00f3n por solicitud del Presidente de la \u00a0Comisi\u00f3n a sesiones ordinarias y extraordinarias y remitir las propuestas, \u00a0documentos de trabajo, informes y dem\u00e1s materiales de apoyo, que sirvan de \u00a0soporte a las decisiones de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Recibir y dar tr\u00e1mite a las propuestas que sean presentadas por los integrantes \u00a0de la Comisi\u00f3n, y articular las iniciativas, acciones t\u00e9cnicas y pol\u00edticas que \u00a0surjan de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Proponer los mecanismos a trav\u00e9s de los cuales se va a desarrollar y monitorear \u00a0la asistencia t\u00e9cnica a todos los entes territoriales y presentarlos para su \u00a0aprobaci\u00f3n a la Comisi\u00f3n Intersectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Estimular la creaci\u00f3n de pol\u00edticas y planes en las entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Preparar y definir en coordinaci\u00f3n con el Comit\u00e9 T\u00e9cnico la informaci\u00f3n \u00a0requerida para la elaboraci\u00f3n del informe, su periodicidad y las entidades \u00a0responsables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Solicitar la informaci\u00f3n y conceptos jur\u00eddicos y t\u00e9cnicos necesarios para la \u00a0ejecuci\u00f3n de las funciones de la Comisi\u00f3n y la coordinaci\u00f3n; la cual ser\u00e1 de \u00a0obligatorio cumplimiento para las entidades que administren recursos p\u00fablicos \u00a0dirigidos a la atenci\u00f3n integral a la primera infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Citar y asistir a las reuniones de la Comisi\u00f3n, elaborar y suscribir las actas \u00a0corres\u00adpondientes, y hacer seguimiento al cumplimiento de las decisiones, \u00a0acuerdos y compromisos adquiridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Preparar el reglamento interno de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Recibir las propuestas que sean presentadas por los integrantes de la Comisi\u00f3n, \u00a0articular las iniciativas y las acciones t\u00e9cnicas que surjan de la Comisi\u00f3n y \u00a0darles el tr\u00e1mite correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Las dem\u00e1s funciones que sean propias de su car\u00e1cter de apoyo y soporte t\u00e9cnico, \u00a0o que le sean asignadas por la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0Los ministerios, instituciones y entidades territoriales deber\u00e1n reportar la \u00a0informaci\u00f3n relacionada con la atenci\u00f3n integral a la primera infancia, la cual \u00a0incluir\u00e1, como m\u00ednimo, variables de car\u00e1cter presupuestal, financiero, de capacidad \u00a0instalada, recurso humano, cobertura y calidad de los servicios, as\u00ed como \u00a0variables de situaci\u00f3n de los ni\u00f1os y ni\u00f1as para las diferentes dimensiones del \u00a0desarrollo infantil temprano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0todos los fines la estrategia \u201cDe Cero a Siempre\u201d requerir\u00e1 informaci\u00f3n \u00a0actualiza\u00adda, pertinente y oportuna, relacionada con el seguimiento ni\u00f1o a \u00a0ni\u00f1o, el monitoreo de la pol\u00edtica de Primera Infancia y el seguimiento a la \u00a0calidad de los servicios.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Modificado \u00a0por el Decreto 695 de 2023, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Comit\u00e9 T\u00e9cnico. Es la instancia encargada de adelantar las \u00a0labores t\u00e9cnicas y preparar la informaci\u00f3n t\u00e9cnica que servir\u00e1 como insumo para \u00a0la coordinaci\u00f3n, articulaci\u00f3n y gesti\u00f3n intersectorial de la Pol\u00edtica de Estado \u00a0para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d. Este \u00a0comit\u00e9 sesionar\u00e1 de manera previa a la Comisi\u00f3n, gestionar\u00e1 los temas que \u00a0permitan apoyar a la Comisi\u00f3n y dictar\u00e1 su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 T\u00e9cnico estar\u00e1 \u00a0integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Coordinador de la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Un Delegado del Ministerio \u00a0de Salud y Protecci\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Un Delegado del Ministerio \u00a0de Educaci\u00f3n Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Un Delegado del Ministerio \u00a0de Vivienda, Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Un Delegado del Ministerio \u00a0de Cultura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Un Delegado del Ministro del \u00a0Deporte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Un Delegado del Departamento \u00a0Administrativo para la Prosperidad Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Un Delegado de la Unidad \u00a0para la Atenci\u00f3n y Reparaci\u00f3n Integral a las V\u00edctimas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Un Delegado del Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Un representante de la entidad \u00a0que ejerza la rector\u00eda de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Seguridad Alimentaria y \u00a0Nutricional (CISAN). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 T\u00e9cnico ser\u00e1 \u00a0presidido por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica, la cual estar\u00e1 a cargo de un delegado del \u00a0Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Podr\u00e1n ser \u00a0miembros regulares de las sesiones del Comit\u00e9 T\u00e9cnico otras entidades que la \u00a0Comisi\u00f3n considere pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. A las sesiones \u00a0del comit\u00e9 t\u00e9cnico podr\u00e1n ser invitados con voz, pero sin voto, los \u00a0funcionarios y representantes de las entidades p\u00fablicas o privadas, expertos y \u00a0otras personas naturales o jur\u00eddicas, cuyo aporte se estime de utilidad para \u00a0los fines encomendados a la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0anterior del art\u00edculo 9\u00ba. Modificado por el Decreto 1416 de 2018, \u00a0art\u00edculo 8\u00ba. Comit\u00e9 \u00a0T\u00e9cnico. Es la instancia encargada de adelantar las labores t\u00e9cnicas y \u00a0preparar la informaci\u00f3n t\u00e9cnica que servir\u00e1 como insumo para la coordinaci\u00f3n, \u00a0articulaci\u00f3n y gesti\u00f3n intersectorial de la Pol\u00edtica de Estado para el \u00a0Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d. Este comit\u00e9 \u00a0sesionar\u00e1 de manera previa a la Comisi\u00f3n, gestionar\u00e1 los temas que permitan \u00a0apoyar a la Comisi\u00f3n y dictar\u00e1 su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Comit\u00e9 T\u00e9cnico estar\u00e1 integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El \u00a0Coordinador de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n o quien haga sus veces \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Un \u00a0Delegado del Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Un \u00a0Delegado del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Un \u00a0Delegado del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Un \u00a0Delegado del Ministerio de Cultura \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Un \u00a0Delegado del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Un \u00a0Delegado del Departamento Administrativo de la Prosperidad Social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Un \u00a0Delegado del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Un \u00a0Delegado de la Unidad para la Atenci\u00f3n y Reparaci\u00f3n Integral a las V\u00edctimas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Un \u00a0Delegado del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreaci\u00f3n, la \u00a0Actividad F\u00edsica y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Un \u00a0representante de la entidad que ejerza la rector\u00eda de la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Comit\u00e9 T\u00e9cnico ser\u00e1 presidido por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica, la cual estar\u00e1 a cargo \u00a0de un delegado de la Consejer\u00eda Presidencial para la Primera Infancia o quien \u00a0haga sus veces en el sector de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Podr\u00e1n ser miembros regulares de las sesiones \u00a0del Comit\u00e9 T\u00e9cnico otras entidades que la Comisi\u00f3n considere pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. A las sesiones del comit\u00e9 t\u00e9cnico podr\u00e1n ser \u00a0invitados con voz, pero sin voto, los funcionarios y representantes de las \u00a0entidades p\u00fablicas o privadas, expertos y otras personas naturales o jur\u00eddicas, \u00a0cuyo aporte se estime de utilidad para los fines encomendados a la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 9\u00ba: \u201cComit\u00e9 T\u00e9cnico. La Comisi\u00f3n contar\u00e1 \u00a0con un Comit\u00e9 T\u00e9cnico que estar\u00e1 a cargo del Secretario T\u00e9cnico. El Comit\u00e9 \u00a0T\u00e9cnico estar\u00e1 integrado por grupos de profe\u00adsionales de las entidades que \u00a0hacen parte de la Comisi\u00f3n, los cuales ser\u00e1n designados por los representantes \u00a0de las entidades que la conforman. Podr\u00e1n ser miembros regulares de las \u00a0sesiones t\u00e9cnicas otras entidades que la Comisi\u00f3n considere pertinentes. Estas \u00a0sesiones tienen por objeto gestionar las decisiones de la Comisi\u00f3n y adelantar \u00a0las labores t\u00e9cnicas que permitan ejecutar e implementar los lineamientos y \u00a0pol\u00edticas establecidas por la Comisi\u00f3n, as\u00ed como llevar propuestas a la \u00a0misma.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comisi\u00f3n Especial de Seguimiento \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Modificado por el Decreto 1416 de 2018, \u00a0art\u00edculo 9\u00ba. Funciones del Comit\u00e9 T\u00e9cnico. El Comit\u00e9 T\u00e9cnico, tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Realizar recomendaciones t\u00e9cnicas a la Comisi\u00f3n para \u00a0la coordinaci\u00f3n y la articulaci\u00f3n intersectorial de la Pol\u00edtica de Estado para \u00a0el Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Formular y hacer seguimiento al plan de Acci\u00f3n \u00a0Nacional de la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera \u00a0Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer los lineamientos para la evaluaci\u00f3n de la \u00a0Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero \u00a0a Siempre\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Hacer seguimiento a las metas y a los compromisos de \u00a0las entidades que se acuerden en la Comisi\u00f3n y en el Comit\u00e9 T\u00e9cnico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar los insumos para el Plan de Acci\u00f3n Nacional \u00a0anual, el informe anual de seguimiento y el Manual Operativo para la \u00a0implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la \u00a0Primera Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d, as\u00ed como los lineamientos t\u00e9cnicos y \u00a0recomendaciones, entre otros asuntos y decisiones estrat\u00e9gicas para la gesti\u00f3n \u00a0intersectorial de la Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El delegado de cada entidad difundir\u00e1 al interior de la \u00a0misma los acuerdos y directrices de la Comisi\u00f3n para garantizar su adecuada \u00a0ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 10: \u201cComisi\u00f3n Especial de \u00a0Seguimiento para la Atenci\u00f3n Integral de la Primera Infancia. En \u00a0desarrollo del art\u00edculo 13 de la Ley 1295 de 2009, \u00a0cr\u00e9ase la Comisi\u00f3n Especial de Seguimiento a la Atenci\u00f3n Integral de la Primera \u00a0Infancia, con la integraci\u00f3n y funciones all\u00ed establecidas. El Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n, en calidad de Coordinador, convocar\u00e1 a los miembros de \u00a0la Comisi\u00f3n Especial de Seguimiento, al menos una vez cada seis (6) meses para \u00a0poner a su consideraci\u00f3n la aprobaci\u00f3n de los informes semestrales elaborados \u00a0por la Comisi\u00f3n Intersectorial de Primera Infancia, que vayan a ser presentados \u00a0a las Comisiones Sextas del Senado y C\u00e1mara de Representantes y las \u00a0recomendaciones para el mejoramiento y cumplimiento de las metas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para \u00a0el efecto, las entidades que conforman la Comisi\u00f3n Especial de Seguimiento, \u00a0realizar\u00e1n la designaci\u00f3n de los delegados y representantes que la integran, \u00a0dentro del plazo m\u00e1ximo de los dos meses (2) siguientes a la solicitud elevada \u00a0por el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00b0. Los representantes y delegados a la Comisi\u00f3n de Seguimiento ser\u00e1n \u00a0designados de la siguiente manera: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Los \u00a0representantes del Senado y la C\u00e1mara de Representantes ser\u00e1n designados por \u00a0las Comisiones Sextas Constitucionales Permanentes de cada Corporaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) El \u00a0delegado de los Gobernadores ser\u00e1 definido por la Federaci\u00f3n Nacional de De\u00adpartamentos. \u00a0En caso de no llegar a un acuerdo para definir el delegado, el Coordinador \u00a0realizar\u00e1 un sorteo entre los candidatos propuestos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) El \u00a0delegado de los Alcaldes ser\u00e1 definido por la Federaci\u00f3n Colombiana de Munici\u00adpios. \u00a0En caso de no llegar a un acuerdo para definir el delegado, el Coordinador \u00a0realizar\u00e1 un sorteo entre los candidatos propuestos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) El \u00a0representante de las Universidades P\u00fablicas o Instituciones de Educaci\u00f3n \u00a0Superior ser\u00e1 definido por las mismas. En caso de no llegar a un acuerdo para \u00a0definir el designado, el Coordinador realizar\u00e1 un sorteo entre los candidatos \u00a0propuestos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) El \u00a0representante de las Normales Superiores, ser\u00e1 definido por la Asociaci\u00f3n \u00a0Nacional de Escuelas Normales \u2013Asonen\u2013. En caso de no \u00a0llegar a un acuerdo para definir el designado, el coordinador realizar\u00e1 un \u00a0sorteo entre los candidatos propuestos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Uno \u00a0de los representantes de las asociaciones, fundaciones u organizaciones debida\u00admente \u00a0establecidas y reglamentadas que trabajen por la ni\u00f1ez y se encuentren \u00a0asociados y legalmente constituidos, ser\u00e1 seleccionado por dichas entidades. El \u00a0otro representante, ser\u00e1 seleccionado de aquellas asociaciones, fundaciones u \u00a0organizaciones debidamente estable\u00adcidas y reglamentadas que trabajen por la \u00a0ni\u00f1ez y no se encuentren asociadas. El proceso de selecci\u00f3n estar\u00e1 a cargo del \u00a0Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como rector del Sistema Nacional de \u00a0Bienestar Familiar, mediante convocatoria p\u00fablica y abierta, dirigida a \u00a0aquellas que acrediten por lo menos dos a\u00f1os de experiencia y tengan \u00a0representaci\u00f3n nacional, departamental, municipal o distrital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00b0. Las sesiones de la Comisi\u00f3n Especial de Seguimiento para la Atenci\u00f3n \u00a0Integral de la Primera Infancia ser\u00e1n de car\u00e1cter presencial o virtual, con \u00a0aprobaci\u00f3n por mayor\u00eda simple de los asistentes y se elaborar\u00e1 un acta, la cual \u00a0ser\u00e1 firmada por el Coordinador.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Modificado por el Decreto 1416 de 2018, \u00a0art\u00edculo 10. Qu\u00f3rum. El Comit\u00e9 T\u00e9cnico podr\u00e1 sesionar \u00a0v\u00e1lidamente con la mitad m\u00e1s uno de sus miembros. Las sesiones ser\u00e1n \u00a0presenciales, sin perjuicio de la posibilidad de sesionar virtualmente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 11: \u201cVigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y \u00a0deroga las disposiciones que le sean contrarias.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Adicionado por \u00a0el Decreto 1416 de 2018, \u00a0art\u00edculo 11. Mesas T\u00e9cnicas. Son instancias asesoras de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica y del \u00a0Comit\u00e9 T\u00e9cnico. Constituyen espacios de discusi\u00f3n y construcci\u00f3n conjunta en \u00a0los que participan las entidades de la Comisi\u00f3n con sus equipos t\u00e9cnicos para \u00a0el dise\u00f1o de instrumentos de gesti\u00f3n, implementaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n \u00a0de la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe \u00a0Cero a Siempre\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Mesas T\u00e9cnicas sesionar\u00e1n por lo menos una (1) vez al \u00a0mes y estar\u00e1n conformadas por los equipos t\u00e9cnicos de las entidades miembros de \u00a0la Comisi\u00f3n. Est\u00e1n organizadas seg\u00fan se considere pertinente en mesas \u00a0poblacionales, tem\u00e1ticas, territoriales o transversales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Podr\u00e1n ser miembros regulares de las sesiones de las \u00a0Mesas T\u00e9cnicas otras entidades que la Comisi\u00f3n considere pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Modificado \u00a0por el Decreto 695 de 2023, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. La \u00a0creaci\u00f3n, terminaci\u00f3n, definici\u00f3n de la entidad que coordina las mesas \u00a0t\u00e9cnicas, la designaci\u00f3n de sus miembros, los objetivos y resultados esperados \u00a0de cada mesa, son responsabilidad de la Comisi\u00f3n. La secretar\u00eda t\u00e9cnica de las \u00a0mesas se har\u00e1 de manera conjunta entre el Instituto Colombiano de Bienestar \u00a0Familiar (ICBF) o quien haga sus veces, en coordinaci\u00f3n con el sector que la \u00a0Comisi\u00f3n defina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del par\u00e1grafo 2\u00ba: La \u00a0creaci\u00f3n, terminaci\u00f3n, definici\u00f3n de la entidad que coordina las mesas \u00a0t\u00e9cnicas, la designaci\u00f3n de sus miembros, los objetivos y resultados esperados \u00a0de cada mesa, son responsabilidad de la Comisi\u00f3n. La secretar\u00eda t\u00e9cnica de las \u00a0mesas se har\u00e1 de manera conjunta entre la Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Primera Infancia o quien haga sus veces, en coordinaci\u00f3n con el sector que la \u00a0Comisi\u00f3n defina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. El sector que lidere cada mesa t\u00e9cnica deber\u00e1 presentar \u00a0los avances de su gesti\u00f3n ante la Comisi\u00f3n, al menos una vez al a\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Adicionado por \u00a0el Decreto 1416 de 2018, \u00a0art\u00edculo 12. Implementaci\u00f3n \u00a0territorial de la pol\u00edtica. Los \u00a0gobernadores y alcaldes son responsables del dise\u00f1o, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de \u00a0la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De \u00a0Cero a Siempre en los territorios. Los Consejos de Pol\u00edtica Social y sus mesas \u00a0de infancia, adolescencia y fortalecimiento familiar y comit\u00e9s de primera \u00a0infancia; las Asambleas Departamentales, los Concejos Municipales y los \u00a0Consejos de Gobierno, son escenarios indispensables para garantizar la adecuada \u00a0planeaci\u00f3n, gesti\u00f3n, toma de decisiones y evaluaci\u00f3n de la Pol\u00edtica por parte \u00a0de los distintos actores responsables de la misma, conforme con lo dispuesto en \u00a0el art\u00edculo 204 de la Ley 1098 de 2006; \u00a0acciones que se deben enmarcar en el Sistema Nacional de Bienestar Familiar \u00a0(SNBF). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las responsabilidades espec\u00edficas de cada entidad \u00a0integrante de la Comisi\u00f3n Intersectorial para la Atenci\u00f3n Integral de la \u00a0Primera Infancia respecto de la implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Estado para el \u00a0Desarrollo Integral de la Primera Infancia \u201cDe Cero a Siempre\u201d, se establecer\u00e1n \u00a0en el Manual Operativo de la Pol\u00edtica y ser\u00e1n definidas en el marco de las \u00a0competencias constitucionales, legales y reglamentarias vigentes de cada entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Adicionado por el Decreto 1416 de 2018, \u00a0art\u00edculo 13. Informes anuales de \u00a0seguimiento. Los entes territoriales \u00a0presentar\u00e1n al Congreso, a las Asambleas Departamentales y a los Concejos \u00a0Distritales y Municipales respectivamente, un informe anual, sobre la \u00a0implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Estado para el Desarrollo Integral de la \u00a0Primera Infancia De Cero a Siempre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 22 de diciembre de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Carlos Echeverry Garz\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Salud y Protecci\u00f3n Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio Santa Mar\u00eda \u00a0Salamanca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Educaci\u00f3n Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda Fernanda Campo Saavedra. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Cultura, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mariana Garc\u00e9s C\u00f3rdoba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Federico Rengifo V\u00e9lez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento de Planeaci\u00f3n Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Hernando Jos\u00e9 G\u00f3mez Restrepo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Prosperidad Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Bruce Mac Master Rojas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Subdirector del Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica, encargado de las funciones del Despacho de la Directora del \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jorge Luis Trujillo Alfaro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 4875 DE 2011 \u00a0 \u00a0 (diciembre 22) \u00a0 \u00a0 D. 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