{"id":44481,"date":"2023-08-03T16:54:26","date_gmt":"2023-08-03T16:54:26","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/03\/decreto-334-de-2012\/"},"modified":"2023-08-03T16:54:26","modified_gmt":"2023-08-03T16:54:26","slug":"decreto-334-de-2012","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/03\/decreto-334-de-2012\/","title":{"rendered":"DECRETO 334 DE 2012"},"content":{"rendered":"\n<p>\u00a0DECRETO 334 DE 2012<\/p>\n<p>\u00a0(febrero 9)<\/p>\n<p>\u00a0D.O. 48.338, febrero 9 de 2012<\/p>\n<p>por el cual se ordena la publicaci\u00f3n del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 094 de 2010 C\u00e1mara, 014 de 2011 Senado, \u201cpor medio del cual se establecen instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones\u201d (Primera Vuelta).<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en cumplimiento de lo dispuesto por el art\u00edculo 375 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que el honorable Congreso de la Rep\u00fablica, remiti\u00f3 a la Presidencia de la Rep\u00fablica, para el tr\u00e1mite pertinente, el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 094 de 2010 C\u00e1mara, 014 de 2011 Senado, \u201cpor medio del cual se establecen instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones\u201d (Primera Vuelta).<\/p>\n<p>Que el 12 de septiembre de 2011 el Secretario General de la honorable C\u00e1mara de Representantes, recibe de los honorables Senadores Roy Barreras Montealegre, Juan Manuel Gal\u00e1n, Antonio Guerra de la Espriella, Fernando Tamayo Tamayo, Juan Mario Laserna y los honorables Representantes Carlos Edward Osorio Aguiar, Wilson Hernando G\u00f3mez Vel\u00e1squez, Jos\u00e9 Edilberto Caicedo Sastoque, Carlos Arturo Correa Mojica, Efra\u00edn Torres Monsalvo, \u00c1ngel Custodio Cabrera B\u00e1ez, Alfredo Molina Triana, Tel\u00e9sforo Pedraza Ortega, Jorge Enrique Rozo Rodr\u00edguez, Sim\u00f3n Gaviria Mu\u00f1oz, Germ\u00e1n Var\u00f3n Cotrino y Alfonso Prada Gil, el expediente del Proyecto de Acto Legislativo radicado con el n\u00famero 094 de 2011 C\u00e1mara, \u201cpor medio del cual se adiciona un nuevo art\u00edculo transitorio 66 a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia y se modifica el art\u00edculo 122 constitucional, con el fin de darle coherencia a los diferentes instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n<\/p>\n<p>Pol\u00edtica\u201d (Primera Vuelta), con su correspondiente exposici\u00f3n de motivos, a fin de iniciar su tr\u00e1mite legislativo constitucional.<\/p>\n<p>Que de conformidad con el art\u00edculo 43 numeral 5 de la Ley 5\u00aa de 1992 (Reglamento del Congreso), se remite al despacho del se\u00f1or Presidente de la C\u00e1mara de Representantes. Visto dicho Proyecto, la Presidencia de la C\u00e1mara de Representantes da traslado a la Secretar\u00eda General para las anotaciones de rigor y el env\u00edo posterior a la Imprenta Nacional para su publicaci\u00f3n, de conformidad con el art\u00edculo 144 de la Ley 5\u00aa de 1992, Proyecto publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero 681 del d\u00eda martes 13 de septiembre de 2011.<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 13 de septiembre de 2011, la Secretar\u00eda General de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente, recibe el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 094 de 2011 C\u00e1mara, pasa a la Mesa Directiva para designaci\u00f3n de Ponentes, eligiendo el 15 de septiembre de 2011 como Ponente para Primer Debate al Representante Carlos Edward Osorio Aguiar.<\/p>\n<p>Que el 23 de septiembre de 2011, la Secretar\u00eda General de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la C\u00e1mara de Representantes, recibe la ponencia para Primer Debate y pliego de modificaciones del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 094 de 2011 C\u00e1mara, \u201cpor medio del cual se adiciona un nuevo art\u00edculo transitorio 66 a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia y se modifica el art\u00edculo 122 constitucional, con el fin de darle coherencia a los diferentes instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d (Primera Vuelta). Se env\u00eda a la Secretar\u00eda General de la C\u00e1mara de Representantes para su respectiva publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero 716 del d\u00eda lunes, 26 de septiembre de 2011.<\/p>\n<p>Se anuncia para discusi\u00f3n y votaci\u00f3n el d\u00eda 27 de septiembre de 2011.<\/p>\n<p>Que el 4 de octubre de 2011 se inicia la discusi\u00f3n y votaci\u00f3n del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 094 de 2011 C\u00e1mara, \u201cpor medio del cual se adiciona un nuevo art\u00edculo transitorio 66 a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia y se modifica el art\u00edculo 122 constitucional, con el fin de darle coherencia a los diferentes instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d (Primera Vuelta), quedando anunciado para discusi\u00f3n y votaci\u00f3n en una pr\u00f3xima sesi\u00f3n un texto mejor redactado y conciliado.<\/p>\n<p>Que el 11 de octubre de 2011, la Secretar\u00eda General de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional informa que en la fecha se contin\u00faa con la discusi\u00f3n y votaci\u00f3n del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 094 de 2011 C\u00e1mara\u201cpor medio del cual se adiciona un nuevo art\u00edculo transitorio 66 a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia y se modifica el art\u00edculo 122 constitucional, con el fin de darle coherencia a los diferentes instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d (Primera Vuelta). La Presidencia somete a consideraci\u00f3n y votaci\u00f3n el articulado propuesto por el Ponente Carlos Edward Osorio, que consta de dos art\u00edculos, siendo aprobado. Igualmente la Presidencia somete a consideraci\u00f3n el cambio de t\u00edtulo de este Proyecto y por mayor\u00eda de votos el t\u00edtulo se modifica, quedando \u201cpor medio del cual se establecen instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y se dictan<\/p>\n<p>otras disposiciones\u201d, al igual que la pregunta de querer un segundo debate en Primera Vuelta en la Plenaria de la C\u00e1mara, siendo aprobado por unanimidad. La Presidencia de la C\u00e1mara de Representantes designa nuevamente como Ponente para Segundo Debate en Primera Vuelta al Representante Carlos Edward Osorio Aguiar. El texto aprobado en Primer Debate se encuentra publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero 783 del d\u00eda martes, 18 de octubre de 2011.<\/p>\n<p>Que el 18 de octubre de 2011, la Secretar\u00eda General de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente recibe ponencia para segundo debate y pliego de modificaciones (Primera Vuelta), del proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 094 de 2011 C\u00e1mara, \u201cpor medio del cual se establecen instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones\u201d (primera vuelta). Se env\u00eda a Secretar\u00eda General para su respectiva publicaci\u00f3n, Gaceta del Congreso n\u00famero 783 del d\u00eda martes, 18 de octubre de 2011.<\/p>\n<p>Que el Secretario General de la C\u00e1mara de Representantes, expide la Sustanciaci\u00f3n de Ponencia de Segundo Debate de fecha 10 de noviembre de 2011, donde transcribe que en Sesi\u00f3n Plenaria de la honorable C\u00e1mara de Representantes del d\u00eda 9 de noviembre de 2011, fue aprobado en Segundo Debate el Texto Definitivo sin modificaciones del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 094 de 2011 C\u00e1mara, \u201cpor medio del cual se establecen instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones\u201d (Primera Vuelta), Acta de Sesi\u00f3n Plenaria n\u00famero 98 de noviembre 9 de 2011, previo su anuncio el d\u00eda 8 de noviembre de 2011, seg\u00fan Acta de Sesi\u00f3n Plenaria n\u00famero 97. El texto aprobado en la Plenaria de la C\u00e1mara de Representantes al proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 094 de 2011 C\u00e1mara, \u201cpor medio del cual se establecen instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n<\/p>\n<p>Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones\u201d (Primera Vuelta), se encuentra publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero 864 del d\u00eda viernes, 18 de noviembre de 2011.<\/p>\n<p>Que con Oficio S.G.2-3059-11 de fecha 15 de noviembre de 2011, el Secretario General de la C\u00e1mara de Representantes remite para conocimiento y fines pertinentes y por instrucciones del se\u00f1or Presidente de la honorable C\u00e1mara de Representantes, al Presidente del Senado de la Rep\u00fablica, de conformidad con el art\u00edculo 183 de la Ley 5\u00aa de 1992 el Expediente del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 094 de 2011 C\u00e1mara, \u201cpor medio del cual se establecen instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones\u201d (Primera Vuelta).<\/p>\n<p>Que con Sustanciaci\u00f3n tr\u00e1nsito de un proyecto de acto legislativo \u2013 primera vuelta \u2013 de origen C\u00e1mara de Representantes a Senado de la Rep\u00fablica del d\u00eda 15 de noviembre de 2011, la Jefe de Secci\u00f3n Leyes del Senado de la Rep\u00fablica recibe de la C\u00e1mara de Representantes el expediente del Proyecto de Acto Legislativo \u2013 Primera Vuelta n\u00famero 094 de 2011 C\u00e1mara y radicado con el n\u00famero 014 de 2011 Senado, \u201cpor medio del cual se establecen instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones\u201d. Este proyecto de Acto Legislativo atendiendo instrucciones de la Presidencia se env\u00eda a la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado de la Rep\u00fablica, en consideraci\u00f3n al principio de consecutividad, para que contin\u00fae su tr\u00e1mite legal y reglamentario.<\/p>\n<p>Que el 15 de noviembre de 2011, el autor de esta iniciativa, Senador Roy Leonardo Barreras Montealegre, solicita por escrito a la Presidencia convocar a Audiencia P\u00fablica de esa iniciativa, teniendo en cuenta la trascendencia nacional del tema objeto de estudio.<\/p>\n<p>Que el 16 de noviembre de 2011, la Mesa Directiva de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado de la Rep\u00fablica, acorde a la solicitud del autor de esta iniciativa, emite la Resoluci\u00f3n n\u00famero 04, mediante la cual convoca a Audiencia P\u00fablica para el d\u00eda 24 de noviembre de 2011. De esta decisi\u00f3n se comunica al Ponente y se realizan las gestiones necesarias para la publicidad de la misma.<\/p>\n<p>Que el 21 de noviembre de 2011, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente, radica un documento enviado por el Secretario General de la C\u00e1mara de Representantes, donde remite comentarios sobre esta iniciativa del Centro Internacional de Toledo para la Paz en Colombia (CIT pax-Colombia). Este documento se anexa al expediente, se remite al Ponente y se guarda una copia en el en archivo.<\/p>\n<p>Que el 22 de noviembre de 2011, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado de la Rep\u00fablica, como consta en el Acta MD-21, designa como Ponente para esta iniciativa al Senador Roy Leonardo Barrera Montealegre y se le da el t\u00e9rmino de ocho (8) d\u00edas para rendir el correspondiente informe para primer debate.<\/p>\n<p>Que el 24 de noviembre de 2011, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado de la Rep\u00fablica, informa que en la fecha se ha llevado a cabo la Audiencia P\u00fablica programada por la Mesa Directiva mediante Resoluci\u00f3n n\u00famero 04 de 2011 y rendida las intervenciones, el Senador Ponente realiza un resumen de lo expresado en la audiencia.<\/p>\n<p>Que el 28 de noviembre de 2011, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado de la Rep\u00fablica, recibe del Senador Roy Barreras el informe de ponencia propuesto para primer debate del proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 014 de 2011 Senado, n\u00famero 094 de 2011 C\u00e1mara, \u201cpor medio del cual se establecen instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones\u201d. Esta ponencia se env\u00eda a la Jefe de Secci\u00f3n de Leyes de Senado para publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero 901 del d\u00eda lunes, 28 de noviembre de 2011.<\/p>\n<p>Que el 29 de noviembre de 2011, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente, acorde con el art\u00edculo 8\u00b0 del Acto Legislativo 01 de 2003 y por instrucciones de la Presidencia, la Secretar\u00eda informa que en la pr\u00f3xima sesi\u00f3n se discutir\u00e1 y votar\u00e1 esta iniciativa, entre otras. Relaci\u00f3n Acta n\u00famero 27.<\/p>\n<p>Que el 30 de noviembre de 2011, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado da lectura a la proposici\u00f3n positiva del informe de ponencia del Senador Roy Barreras, quien sustenta su presentaci\u00f3n. En el debate intervienen varios Senadores, concediendo igualmente el uso de la palabra a funcionarios del Estado que se han hecho presentes para discusi\u00f3n de esta iniciativa. Abierta y cerrada la discusi\u00f3n del t\u00edtulo le\u00eddo y preguntado a los Miembros de la Comisi\u00f3n si quieren que este proyecto de reforma constitucional se convierta en Acto Legislativo y mediante votaci\u00f3n nominal se obtiene el resultado de su aprobaci\u00f3n positiva dando el tr\u00e1nsito a la Plenaria del Senado. La Presidencia designa como Ponentes a los Senadores Roy Leonardo Barreras Montealegre y Hern\u00e1n Andrade Serrano, para que en el t\u00e9rmino de ocho (8) d\u00edas rindan el correspondiente informe.<\/p>\n<p>Que el 7 de diciembre de 2011, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente, recibe ponencia para segundo debate del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 014 de 2011 Senado, 094 de 2011 C\u00e1mara, previa autorizaci\u00f3n de la Presidencia y Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n. Se remite a la Secci\u00f3n de Leyes para su respectiva publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero 948 del d\u00eda mi\u00e9rcoles, 7 de diciembre de 2011.<\/p>\n<p>Que el 13 de diciembre de 2011, es aprobado en Plenaria del Senado el texto propuesto en Segundo Debate con modificaciones al Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 014 de 2011 Senado, 094 de 2011 C\u00e1mara, \u201cpor medio del cual se establecen instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones\u201d. Textos de conciliaci\u00f3n propuestos y aprobados, publicados en las Gacetas del Congreso n\u00famero 965 y 970 del d\u00eda martes, 13 de diciembre de 2011.<\/p>\n<p>Que la Secretar\u00eda General del Senado de la Rep\u00fablica, Sustanciaci\u00f3n Segunda Ponencia y Texto Definitivo transcribe: \u201cBogot\u00e1, D. C., 14 de diciembre de 2011.<\/p>\n<p>En sesi\u00f3n Plenaria del honorable Senado de la Rep\u00fablica el d\u00eda martes trece (13) de diciembre del a\u00f1o dos mil once (2011), fue considerado y aprobado en Primera Vuelta, la Ponencia para Segundo Debate, el articulado y el t\u00edtulo del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 014 de 2011 Senado, 094 de 2011 C\u00e1mara, \u201cpor medio del cual se establecen instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones\u201d. El resultado de las votaciones presentadas para la aprobaci\u00f3n de este proyecto son las registradas en el Acta 28 de fecha 13 de diciembre de 2011, atendiendo lo dispuesto en el art\u00edculo 5\u00ba del Acto Legislativo 01 de 2009, que establece: \u201c(&#8230;) El voto de sus miembros ser\u00e1 nominal y p\u00fablico, excepto en los casos que determine la ley (&#8230;)\u201d, desarrollado en la Ley 1431 de 2011. La presente sustanciaci\u00f3n se hace con base en el registro hecho por la Secretar\u00eda General de esta Corporaci\u00f3n, en esta misma<\/p>\n<p>sesi\u00f3n Plenaria y con el qu\u00f3rum constitucional requerido. La constancia de consideraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de este proyecto, se encuentra se\u00f1alado en el Acta 28 del 13 de diciembre de 2011 previo anuncio en sesi\u00f3n Plenaria el d\u00eda 12 de diciembre de 2011, Acta n\u00famero 27, firmado: Emilio Otero Dajud, Secretario General del Senado de la Rep\u00fablica\u201d.<\/p>\n<p>Que en Sustanciaci\u00f3n Comisi\u00f3n Accidental de Mediaci\u00f3n, el Secretario General de la C\u00e1mara de Representantes, transcribe: \u201cBogot\u00e1, D. C., diciembre 14 de 2011. En Sesi\u00f3n Plenaria de la honorable C\u00e1mara de Representantes de la fecha, fue considerado y aprobado el informe de la Comisi\u00f3n Accidental de Mediaci\u00f3n al Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 094 de 2011 C\u00e1mara, 014 de 2011 Senado, \u201cpor medio del cual se establecen instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones\u201d (Primera Vuelta). Lo anterior aprobado seg\u00fan consta en el Acta de Sesi\u00f3n Plenaria n\u00famero 108, de diciembre 14 de 2011, previo su anuncio el d\u00eda 13 de noviembre de los corrientes, seg\u00fan Acta de Sesi\u00f3n Plenaria n\u00famero 107. Firma: Jes\u00fas Alfonso Rodr\u00edguez Camargo, Secretario General de la C\u00e1mara de Representantes\u201d.<\/p>\n<p>Que en Sustanciaci\u00f3n Estudio Informe de Conciliaci\u00f3n, se transcribe: \u201cBogot\u00e1, D. C., 15 de diciembre de 2011. En sesi\u00f3n Plenaria del honorable Senado de la Rep\u00fablica el d\u00eda mi\u00e9rcoles catorce (14) de diciembre del a\u00f1o dos mil once (2011), fue considerado y aprobado el Informe de la Comisi\u00f3n de mediaci\u00f3n para unificaci\u00f3n de texto del Proyecto de Acto Legislativo PAL 14 de 2011 Senado, 94 de 2011 C\u00e1mara, \u201cpor medio del cual se establecen instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones\u201d, publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero 965 de 2011. La presente sustanciaci\u00f3n se hace con base en el registro hecho por la Secretar\u00eda General de esta Corporaci\u00f3n, en esta misma sesi\u00f3n Plenaria y con el qu\u00f3rum constitucional requerido. El resultado de las votaciones presentadas para la aprobaci\u00f3n de este informe son las registradas en el Acta 29 de fecha 14 de diciembre de 2011. La constancia de<\/p>\n<p>consideraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de este informe, se encuentra se\u00f1alado en el Acta 29 del 14 de diciembre de 2011 previo anuncio en sesi\u00f3n Plenaria el d\u00eda 13 de diciembre de 2011, Acta n\u00famero 28. Firmado: Emilio Otero Dajud, Secretario General Senado de la Rep\u00fablica\u201d.<\/p>\n<p>Que con fecha 14 de diciembre de 2011, el Presidente del Senado de la Rep\u00fablica, doctor Juan Manuel Corzo Rom\u00e1n, remite con oficio al Presidente de la C\u00e1mara de Representantes, doctor Sim\u00f3n Gaviria Mu\u00f1oz, el Expediente del proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 014 de 2011 Senado, 094 de 2011 C\u00e1mara, \u201cpor medio del cual se establecen instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones\u201d. Lo anterior con el fin de que el citado proyecto de Acto legislativo siga su curso legal y reglamentario en esa honorable Corporaci\u00f3n. El mencionado expediente es recibido en la Secretar\u00eda General \u2013 Secci\u00f3n de Leyes el 15 de diciembre de 2011.<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto:<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Ord\u00e9nese la publicaci\u00f3n del Texto Definitivo del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 094 de 2010 C\u00e1mara, 014 de 2011 Senado \u201cpor medio del cual se establecen instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones\u201d (Primera Vuelta), el cual quedar\u00e1 as\u00ed:<\/p>\n<p>\u00a0PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO N\u00daMERO<\/p>\n<p>(Primera Vuelta)<\/p>\n<p>por medio del cual se establecen instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones.<\/p>\n<p>\u00a0El Congreso de Colombia<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. La Constituci\u00f3n Pol\u00edtica tendr\u00e1 un nuevo art\u00edculo transitorio que ser\u00e1 el 66, as\u00ed:<\/p>\n<p>Art\u00edculo Transitorio 66. Los instrumentos de justicia transicional ser\u00e1n excepcionales y tendr\u00e1n como finalidad prevalente facilitar la terminaci\u00f3n del conflicto armado interno y el logro de la paz estable y duradera, con garant\u00edas de no repetici\u00f3n y de seguridad para todos los colombianos. En todo caso estos instrumentos garantizar\u00e1n, en el mayor nivel posible, los derechos de las v\u00edctimas a la verdad, la justicia y la reparaci\u00f3n. La Ley podr\u00e1 autorizar un tratamiento diferenciado para cada una de las distintas partes que hayan participado en las hostilidades.<\/p>\n<p>La Ley podr\u00e1 dise\u00f1ar instrumentos de justicia transicional de car\u00e1cter judicial o no judicial que permitan garantizar los deberes estatales de investigaci\u00f3n y sanci\u00f3n. En cualquier caso se aplicar\u00e1n mecanismos complementarios de car\u00e1cter no judicial para el esclarecimiento de la verdad y la reparaci\u00f3n de las v\u00edctimas.<\/p>\n<p>En el marco de la justicia transicional, sin perjuicio del deber general del Estado de investigar y sancionar las graves violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario, el Congreso de la Rep\u00fablica, por iniciativa del Gobierno Nacional, podr\u00e1 mediante ley determinar criterios de selecci\u00f3n y priorizaci\u00f3n que permitan centrar los esfuerzos en la investigaci\u00f3n penal de los m\u00e1ximos responsables de los cr\u00edmenes de lesa humanidad y cr\u00edmenes de guerra; establecer los casos en los que proceder\u00eda la suspensi\u00f3n de la ejecuci\u00f3n de la pena; y autorizar la renuncia a la persecuci\u00f3n judicial penal de los casos no seleccionados.<\/p>\n<p>La aplicaci\u00f3n de instrumentos de justicia transicional a grupos armados al margen de la ley que hayan participado en las hostilidades se limitar\u00e1 a los miembros de aquellos grupos que hayan suscrito un acuerdo de paz y a quienes se hayan desmovilizado de conformidad con los procedimientos establecidos y con la autorizaci\u00f3n del Gobierno Nacional. En ning\u00fan caso se podr\u00e1 aplicar instrumentos de justicia transicional a la delincuencia com\u00fan y\/o a cualquier miembro de grupo armado que una vez desmovilizado siga delinquiendo o delinca estando capturado.<\/p>\n<p>La suscripci\u00f3n de cualquier acuerdo de paz, requerir\u00e1 la liberaci\u00f3n previa de los secuestrados en poder del grupo armado al margen de la ley.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El presente Acto Legislativo rige a partir de la fecha de su promulgaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El Presidente del honorable Senado de la Rep\u00fablica,<\/p>\n<p>\u00a0Juan Manuel Corzo Rom\u00e1n.<\/p>\n<p>El Secretario General del honorable Senado de la Rep\u00fablica,<\/p>\n<p>Emilio Ram\u00f3n Otero Dajud.<\/p>\n<p>El Presidente de la honorable C\u00e1mara de Representantes,<\/p>\n<p>\u00a0Sim\u00f3n Gaviria Mu\u00f1oz.<\/p>\n<p>El Secretario General de la honorable C\u00e1mara de Representantes,<\/p>\n<p>\u00a0Jes\u00fas Alfonso Rodr\u00edguez Camargo.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Publ\u00edquese.<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 9 de febrero de 2012.<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/p>\n<p>El Ministro de Justicia y del Derecho,<\/p>\n<p>\u00a0Juan Carlos Esguerra Portocarrero.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0DECRETO 334 DE 2012 \u00a0(febrero 9) \u00a0D.O. 48.338, febrero 9 de 2012 por el cual se ordena la publicaci\u00f3n del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 094 de 2010 C\u00e1mara, 014 de 2011 Senado, \u201cpor medio del cual se establecen instrumentos jur\u00eddicos de justicia transicional en el marco del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[70],"tags":[],"class_list":["post-44481","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2012"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/44481","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=44481"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/44481\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=44481"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=44481"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=44481"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}