{"id":44734,"date":"2023-08-03T17:15:15","date_gmt":"2023-08-03T17:15:15","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/03\/decreto-1257-de-2012\/"},"modified":"2023-08-03T17:15:15","modified_gmt":"2023-08-03T17:15:15","slug":"decreto-1257-de-2012","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/03\/decreto-1257-de-2012\/","title":{"rendered":"DECRETO 1257 DE 2012"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1257 DE 2012<\/p>\n<p>\u00a0(junio 14)<\/p>\n<p>D.O. 48.461, junio 14 de 2012<\/p>\n<p>por el cual se modifica la conformaci\u00f3n y funciones de la Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial.<\/p>\n<p>\u00a0Nota 1: Derogado por el Decreto 1550 de 2022, art\u00edculo 9\u00ba.<\/p>\n<p>\u00a0Nota 2: Modificado por el Decreto 1464 de 2016.<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y el art\u00edculo 45 de la Ley 489 de 1998, y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que el literal a) del art\u00edculo 4\u00b0 de la Ley 397 de 1997, modificado por el art\u00edculo 1\u00b0 de la Ley 1185 de 2008, consagra que: \u201c(&#8230;) la pol\u00edtica estatal en lo referente al patrimonio cultural de la naci\u00f3n tendr\u00e1 como objetivos principales la salvaguardia, protecci\u00f3n, recuperaci\u00f3n, conservaci\u00f3n, sostenibiidad y divulgaci\u00f3n del mismo, con el prop\u00f3sito de que sirva de testimonio de la identidad cultural nacional, tanto en el presente como en el futuro \u201d.<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 4\u00b0 de la Convenci\u00f3n para la Protecci\u00f3n del Patrimonio Mundial Cultural y Natural, aprobada mediante la Ley 45 del 15 de diciembre de 1983, establece: \u201c(&#8230;) Que cada uno de los Estados Partes reconoce que la obligaci\u00f3n de identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio cultural y natural situado en su territorio, le incumbe primordialmente\u201d.<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 11 de la Convenci\u00f3n para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, aprobada mediante la Ley 1037 de 2006, consagra que: \u201cincumbe a cada Estado Parte: a) adoptar las medidas necesarias para garantizar la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial presente en su territorio; b) entre las medidas de salvaguardia mencionadas en el p\u00e1rrafo 3\u00b0 del art\u00edculo 2\u00b0, identificar y definir los distintos elementos del patrimonio cultural inmaterial presentes en su territorio, con participaci\u00f3n de las comunidades, los grupos y las organizaciones no gubernamentales pertinentes\u201d.<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 45, de la Ley 489 de 1998, permite que el Gobierno Nacional cre\u00e9 comisiones intersectoriales para la coordinaci\u00f3n y orientaci\u00f3n superior de la ejecuci\u00f3n de ciertas funciones, cuando por mandato legal o en raz\u00f3n de sus caracter\u00edsticas, est\u00e9n a cargo de dos o m\u00e1s ministerios, departamentos administrativos o entidades descentralizadas, sin perjuicio de las competencias espec\u00edficas de cada uno de ellos.<\/p>\n<p>Que para cumplir adecuadamente con los preceptos de las citadas convenciones es indispensable aunar esfuerzos y establecer mecanismos de coordinaci\u00f3n entre las diferentes entidades p\u00fablicas involucradas en estos procesos, tendientes a consolidar las pol\u00edticas estatales para la protecci\u00f3n y preservaci\u00f3n del patrimonio cultural, natural e inmaterial en los t\u00e9rminos de las Convenciones, de manera general, y en particular de las disposiciones de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia, de la Ley 397 de 1997 -Ley General de Cultura-, y de la Ley 1185 de 2008, que modifica y adiciona la Ley 397 de 1997.<\/p>\n<p>Que para efectos de dar cumplimiento a lo plasmado en los considerandos anteriores se hace necesario modificar la organizaci\u00f3n y funciones de la Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial, para que tambi\u00e9n se ocupe de los temas relacionados con el patrimonio cultural inmaterial de la humanidad.<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto. El presente decreto tiene como objeto modificar la organizaci\u00f3n y las funciones de la Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial, que est\u00e1 integrada por las distintas entidades involucradas en la salvaguardia, protecci\u00f3n, recuperaci\u00f3n, conservaci\u00f3n, sostenibilidad y divulgaci\u00f3n de los bienes y las manifestaciones incluidas en la Lista de patrimonio mundial y en la Lista representativa del patrimonio cultural inmaterial de la humanidad.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modificado por el Decreto 1464 de 2016, art\u00edculo 1\u00ba. Conformaci\u00f3n. La Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial estar\u00e1 conformada por:<\/p>\n<p>&#8211; El Ministro de Cultura o su delegado, quien lo presidir\u00e1.<\/p>\n<p>&#8211; El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado.<\/p>\n<p>&#8211; El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado.<\/p>\n<p>&#8211; El Director del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh) o su delegado.<\/p>\n<p>&#8211; El Director del Servicio Geol\u00f3gico Colombiano o su delegado.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. A las sesiones de la Comisi\u00f3n podr\u00e1n asistir funcionarios de las entidades que la conforman y que est\u00e9n relacionados de manera directa con las funciones que desarrollar\u00e1, quienes tendr\u00e1n voz, pero no voto.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Podr\u00e1n asistir, en calidad de invitados permanentes, el presidente del Comit\u00e9 Nacional del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (Icomos) Colombia, el representante de la Uni\u00f3n Internacional para la Conservaci\u00f3n de la Naturaleza para Colombia (UICN), el secretario ejecutivo de la Comisi\u00f3n Nacional de Cooperaci\u00f3n con la Unesco y el Viceministro de Turismo.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. La Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial podr\u00e1 invitar a sus deliberaciones a funcionarios p\u00fablicos, o a particulares representantes de las agremiaciones u organizaciones sectoriales, as\u00ed como a las dem\u00e1s personas y sectores de la sociedad civil que estime necesario, dependiendo de los temas espec\u00edficos que se vayan a tratar, quienes participar\u00e1n con voz, pero sin voto.<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 2\u00ba: \u201cConformaci\u00f3n. La Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial estar\u00e1 conformada por:<\/p>\n<p>&#8211; El ministro de Cultura o su delegado, quien lo presidir\u00e1.<\/p>\n<p>&#8211; El ministro de Relaciones Exteriores o su delegado.<\/p>\n<p>&#8211; El ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado.<\/p>\n<p>&#8211; El director del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (ICANH) o su delegado.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. A las sesiones de la Comisi\u00f3n podr\u00e1n asistir funcionarios de las entidades que la conforman y que est\u00e9n relacionados de manera directa con las funciones que desarrollar\u00e1, quienes tendr\u00e1n voz, pero no voto.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Podr\u00e1n asistir, en calidad de invitados permanentes, el presidente del Comit\u00e9 Nacional del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (Icomos) Colombia, el representante de la Uni\u00f3n Internacional para la Conservaci\u00f3n de la Naturaleza para Colombia (UICN), el secretario ejecutivo de la Comisi\u00f3n Nacional de Cooperaci\u00f3n con la Unesco y el Viceministro de Turismo.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. La Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial podr\u00e1 invitar a sus deliberaciones a funcionarios p\u00fablicos, o a particulares representantes de las agremiaciones u organizaciones sectoriales, as\u00ed como a las dem\u00e1s personas y sectores de la sociedad civil que estime necesario, dependiendo de los temas espec\u00edficos que se vayan a tratar, quienes participar\u00e1n con voz, pero sin voto.\u201d.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones. La Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial tendr\u00e1 las siguientes funciones espec\u00edficas:<\/p>\n<p>a) Promover una pol\u00edtica estatal articulada e integral para el manejo de los bienes y manifestaciones inscritos en la Lista de patrimonio mundial y en la Lista representativa del patrimonio cultural inmaterial de la humanidad de la Unesco, pol\u00edtica que tendr\u00e1 como objetivos principales la salvaguardia, protecci\u00f3n, recuperaci\u00f3n, conservaci\u00f3n, sostenibilidad y divulgaci\u00f3n del patrimonio cultural, natural e inmaterial de la naci\u00f3n.<\/p>\n<p>b) Proponer acciones para implementar, en el \u00e1mbito nacional, la Convenci\u00f3n sobre la Protecci\u00f3n del Patrimonio Mundial Cultural y Natural y la Convenci\u00f3n para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco.<\/p>\n<p>c) Velar por el cumplimiento y aplicaci\u00f3n de la Convenci\u00f3n de Patrimonio Mundial y de la Convenci\u00f3n para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Unesco, y de otros recursos normativos de la Unesco, en el territorio colombiano.<\/p>\n<p>d) Propiciar el compromiso de la ciudadan\u00eda en la aplicaci\u00f3n de la Convenci\u00f3n de Patrimonio Mundial Cultural y Natural y de la Convenci\u00f3n para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de Unesco, fortaleciendo as\u00ed la apropiaci\u00f3n social del patrimonio cultural y natural en Colombia.<\/p>\n<p>e) Apoyar procesos de gesti\u00f3n y participaci\u00f3n de la comunidad y de la empresa privada para lograr la incorporaci\u00f3n del patrimonio cultural, natural e inmaterial en la din\u00e1mica social y as\u00ed garantizar su sostenibilidad.<\/p>\n<p>f) Velar por el cumplimiento de los compromisos locales, adquiridos por las entidades nacionales, departamentales, distritales, municipales, y \u00e9tnicas para el mantenimiento y conservaci\u00f3n de los bienes y manifestaciones inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial y en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la Unesco.<\/p>\n<p>g) Actuar como articulador entre la Unesco, la Naci\u00f3n y las Entidades Territoriales para el manejo de los bienes y manifestaciones del patrimonio cultural y natural inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial y en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la Unesco.<\/p>\n<p>h) Hacer seguimiento y apoyar las solicitudes de asistencia t\u00e9cnica y financiera internacional que se formulen para la salvaguardia, protecci\u00f3n, recuperaci\u00f3n, conservaci\u00f3n, sostenibilidad y divulgaci\u00f3n de los bienes y manifestaciones del patrimonio cultural y natural.<\/p>\n<p>i) Estudiar, evaluar y conceptuar respecto de todas las candidaturas que Colombia presente ante la Unesco, con el objeto de inscribir bienes y manifestaciones del patrimonio cultural y natural, en la Lista de Patrimonio Mundial y en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial.<\/p>\n<p>j) Apoyar y hacer seguimiento a los informes peri\u00f3dicos que elaboren las entidades que manejan el patrimonio cultural, natural e inmaterial, para ser presentados ante la Unesco.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Sesiones. La Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial sesionar\u00e1, ordinariamente, una vez cada bimestre y, extraordinariamente cuando sea convocado por su Presidente o por dos (2) o m\u00e1s de sus miembros.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Citaciones. Las convocatorias a las sesiones de la Comisi\u00f3n, se realizar\u00e1n por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica, con diez (10) d\u00edas de antelaci\u00f3n y con la misma se remitir\u00e1 a los integrantes, el orden del d\u00eda a tratar y copia del acta de la reuni\u00f3n inmediatamente anterior.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Qu\u00f3rum. La Comisi\u00f3n sesionar\u00e1 con la asistencia de m\u00ednimo tres (3) de sus miembros y las decisiones se tomar\u00e1n por mayor\u00eda simple.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. Actas. De las sesiones de la Comisi\u00f3n se levantar\u00e1n actas que deben ser firmadas por el Presidente y el Secretario T\u00e9cnico, las cuales ser\u00e1n numeradas en orden cronol\u00f3gico.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Secretar\u00eda T\u00e9cnica. La Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial tendr\u00e1 una Secretar\u00eda T\u00e9cnica, ejercida por el Director de Patrimonio del Ministerio de Cultura.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Funciones de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial tendr\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>a) Convocar a las sesiones de la Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial y proponer la agenda trabajo.<\/p>\n<p>b) Actuar como Secretario en las reuniones de la Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial.<\/p>\n<p>c) Suscribir, con el Presidente, las actas correspondientes.<\/p>\n<p>d) Presentar a la Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial, los informes, estudios y dem\u00e1s documentaci\u00f3n que este requiera.<\/p>\n<p>e) Las dem\u00e1s que la Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial, le asigne, de acuerdo con su naturaleza.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga los art\u00edculos 2\u00b0, 3\u00b0, 4\u00b0, 5\u00b0, 6\u00b0, 7\u00b0 y 8\u00b0 del Decreto 2406 del 15 de julio de 2005, y dem\u00e1s normas que le sean contrarias.<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 14 de junio de 2012.<\/p>\n<p>\u00a0JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N.<\/p>\n<p>La Ministra de Relaciones Exteriores,<\/p>\n<p>Mar\u00eda \u00c1ngela Holgu\u00edn Cu\u00e9llar.<\/p>\n<p>El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible,<\/p>\n<p>\u00a0Frank Pearl.<\/p>\n<p>La Ministra de Cultura,<\/p>\n<p>Mariana Garc\u00e9s C\u00f3rdoba.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1257 DE 2012 \u00a0(junio 14) D.O. 48.461, junio 14 de 2012 por el cual se modifica la conformaci\u00f3n y funciones de la Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional de Patrimonio Mundial. \u00a0Nota 1: Derogado por el Decreto 1550 de 2022, art\u00edculo 9\u00ba. \u00a0Nota 2: Modificado por el Decreto 1464 de 2016. El Presidente de la Rep\u00fablica de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[70],"tags":[],"class_list":["post-44734","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2012"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/44734","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=44734"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/44734\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=44734"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=44734"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=44734"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}