{"id":45156,"date":"2023-08-03T17:36:44","date_gmt":"2023-08-03T17:36:44","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/03\/decreto-2549-de-2012\/"},"modified":"2023-08-03T17:36:44","modified_gmt":"2023-08-03T17:36:44","slug":"decreto-2549-de-2012","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/03\/decreto-2549-de-2012\/","title":{"rendered":"DECRETO 2549 DE 2012"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2549 DE 2012<\/p>\n<p>\u00a0(diciembre 10)<\/p>\n<p>D.O. 48.640, diciembre 10 de 2012<\/p>\n<p>por el cual se da cumplimiento a una sanci\u00f3n disciplinaria impuesta al se\u00f1or Fernando Osorio Cuenca, Gobernador del departamento del Tolima.<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el art\u00edculo 304 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, en concordancia con el art\u00edculo 172 de la Ley 734 de 2002, y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que la Procuradora Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa, mediante fallo de primera instancia proferido el 2 de noviembre de 2010, dentro del proceso radicado bajo el IUS 16584-2008 \/ IUC 013-169073-2008, impuso sanci\u00f3n disciplinaria consistente en suspensi\u00f3n en el ejercicio del cargo por el t\u00e9rmino de doce (12) meses e inhabilidad especial para ejercer funciones p\u00fablicas por el mismo t\u00e9rmino; sanci\u00f3n que fue convertida en doce (12) meses de salario, de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 46 de la Ley 734 de 2002, equivalente a la suma de cuarenta y dos millones ochocientos treinta y tres mil seiscientos cincuenta y dos pesos ($42.833.652.00) M\/L, por encontrarlo responsable de la falta disciplinaria tipificada en el numeral 1 del art\u00edculo 34 de la Ley 734 de 2002, en concordancia con lo consagrado en el inciso cuarto del par\u00e1grafo del art\u00edculo 38 de la Ley 996 de 2005, al haber modificado la n\u00f3mina del departamento dentro de los cuatro meses anteriores a la elecci\u00f3n<\/p>\n<p>de congresistas.<\/p>\n<p>Que la providencia antes referenciada fue apelada y resuelta por la Sala Disciplinaria de la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, a trav\u00e9s de fallo del 6 de septiembre de 2012, aprobado en Acta de Sala n\u00famero 31, proferido dentro del proceso radicado bajo el n\u00famero 161-4946 (2008-16584); resolviendo confirmar parcialmente el fallo del 2 de noviembre de 2010, que declar\u00f3 responsable disciplinariamente del cargo formulado al se\u00f1or Fernando Osorio Cuenca, sancion\u00e1ndolo con suspensi\u00f3n en el ejercicio del cargo por el t\u00e9rmino de doce (12) meses e inhabilidad especial para ejercer funciones p\u00fablicas por el mismo t\u00e9rmino para, en su lugar, sancionarlo con seis (6) meses de suspensi\u00f3n, convertidos en seis (6) meses de salario devengado para la \u00e9poca de los hechos, de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 46 de la Ley 734 de 2002, equivalente a la suma de veinti\u00fan millones cuatrocientos diecis\u00e9is mil ochocientos veintis\u00e9is pesos ($21.416.826.00) M\/L.<\/p>\n<p>Que en el numeral 5\u00b0 del fallo de segunda instancia se dispuso informar esta determinaci\u00f3n al Presidente de la Rep\u00fablica con el fin de que proceda a hacer efectiva la sanci\u00f3n impuesta, conforme a lo estipulado en el art\u00edculo 172 de la Ley 734 de 2002.<\/p>\n<p>Que mediante Oficio n\u00famero 3624 del 26 de octubre de 2012, dirigido al Presidente de la Rep\u00fablica, la se\u00f1ora Carmen Sorinda Bare\u00f1o Mar\u00edn, en calidad de Secretaria Ejecutiva de la Procuradur\u00eda Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa, remiti\u00f3 copia de las providencias de primera y segunda instancia, proferidas por la Procuradora Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa y por la Sala Disciplinaria del mismo organismo, respectivamente, para su conocimiento y cumplimiento.<\/p>\n<p>Que seg\u00fan aparece anotado en el Registro de Sanciones Disciplinarias del 17 de octubre de 2012, suscrito por la Secretaria Ejecutiva de la Procuradur\u00eda Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa de la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, la decisi\u00f3n sancionatoria cobr\u00f3 ejecutoria el d\u00eda 28 de septiembre de 2012.<\/p>\n<p>Que en cumplimiento de lo ordenado por la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, se hace necesario hacer efectiva la medida de suspensi\u00f3n impuesta al se\u00f1or Fernando Osorio Cuenca, en su condici\u00f3n de Gobernador del departamento del Tolima para la \u00e9poca de los hechos, convertida en salarios conforme a lo establecido por el art\u00edculo 46 de la Ley 734 de 2002.<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Sanci\u00f3n. Hacer efectiva la sanci\u00f3n disciplinaria consistente en suspensi\u00f3n en el ejercicio del cargo por el t\u00e9rmino de seis (6) meses, impuesta al se\u00f1or Fernando Osorio Cuenca, identificado con la cedula de ciudadan\u00eda n\u00famero 17152511, en su condici\u00f3n de Gobernador del departamento del Tolima, para la \u00e9poca de los hechos (5 y 19 de enero de 2006); sanci\u00f3n que para efectos de su ejecuci\u00f3n ha sido convertida en salarios, en consecuencia, el ex mandatario deber\u00e1 pagar la suma de veinti\u00fan millones cuatrocientos diecis\u00e9is mil ochocientos veintis\u00e9is pesos ($21.416.826.00) M\/L, en cumplimiento de lo ordenado por la Procuradur\u00eda Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa en providencia del 2 de noviembre de 2010, radicada bajo el IUS 16584-2008 \/ IUC 013-169073-2008, y confirmado por la Sala mediante fallo del 6 de septiembre de 2012, dentro del Proceso n\u00famero 161-4946 (2008-16584).<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Comunicaci\u00f3n. Comunicar el contenido de este decreto al se\u00f1or Fernando Osorio Cuenca, a la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n y a la Gobernaci\u00f3n del departamento del Tolima, para que efect\u00fae el cobro y realice las anotaciones en la hoja de vida.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y contra \u00e9l no procede recurso alguno, de acuerdo a lo establecido en el art\u00edculo 75 del C\u00f3digo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C, a 10 de diciembre de 2012.<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/p>\n<p>El Ministro del Interior,<\/p>\n<p>Fernando Carrillo Fl\u00f3rez.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2549 DE 2012 \u00a0(diciembre 10) D.O. 48.640, diciembre 10 de 2012 por el cual se da cumplimiento a una sanci\u00f3n disciplinaria impuesta al se\u00f1or Fernando Osorio Cuenca, Gobernador del departamento del Tolima. El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[70],"tags":[],"class_list":["post-45156","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2012"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/45156","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=45156"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/45156\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=45156"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=45156"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=45156"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}