{"id":45202,"date":"2023-08-03T17:36:47","date_gmt":"2023-08-03T17:36:47","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/03\/decreto-2642-de-2012\/"},"modified":"2023-08-03T17:36:47","modified_gmt":"2023-08-03T17:36:47","slug":"decreto-2642-de-2012","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/03\/decreto-2642-de-2012\/","title":{"rendered":"DECRETO 2642 DE 2012"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2642 DE 2012<\/p>\n<p>(diciembre 17)<\/p>\n<p>D.O. 48.647, diciembre 17 de 2012<\/p>\n<p>\u00a0por el cual se reglamenta transitoriamente la Ley 1530 de 2012.<\/p>\n<p>El Presidente de La Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la Ley 1530 de 2012.<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que el Acto Legislativo 05 de 2011, prev\u00e9 medidas transitorias con el fin de garantizar la debida operatividad del Sistema General de Regal\u00edas.<\/p>\n<p>Que la Ley 1530 de 2012 tiene por objeto determinar la distribuci\u00f3n, objetivos, fines, administraci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, control, el uso eficiente y la destinaci\u00f3n de los ingresos provenientes de la explotaci\u00f3n de los recursos naturales no renovables precisando las condiciones de participaci\u00f3n de sus beneficiarios. Este conjunto de ingresos, asignaciones, \u00f3rganos, procedimientos y regulaciones constituye el Sistema General de Regal\u00edas.<\/p>\n<p>Que, se hace necesario establecer los requisitos para el giro de los recursos de los Fondos de Ciencia, tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, de Compensaci\u00f3n Regional, y de Desarrollo Regional de los proyectos aprobados para la vigencia 2012.<\/p>\n<p>Que seg\u00fan el art\u00edculo 17 de la Ley 1530 de 2012, es funci\u00f3n del Ministerio de Minas y Energ\u00eda, a trav\u00e9s de la Agencia Nacional de Hidrocarburos y de la Agencia Nacional de Miner\u00eda, transferir los recursos recaudos por concepto de regal\u00edas y compensaciones a la Cuenta \u00danica del Sistema General de Regal\u00edas.<\/p>\n<p>Que el numeral 5 del art\u00edculo 9\u00b0 de la Ley 1530 de 2012, establece que corresponde al Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n calcular e informar al Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico la distribuci\u00f3n de los recursos del Sistema General de Regal\u00edas. Que el numeral primero del art\u00edculo 8\u00b0 de la Ley 1530 de 2012, se\u00f1ala dentro de las funciones del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico entre otras las de consolidar, asignar, administrar y adicionalmente la de girar los recursos entre los beneficiarios, destinatarios y administradores del Sistema General de Regal\u00edas, de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 361 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la citada ley.<\/p>\n<p>En consideraci\u00f3n a lo expuesto,<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1. Para el giro de los recursos de la vigencia fiscal de 2012 de los proyectos aprobados por los \u00d3rganos Colegiados de Administraci\u00f3n y Decisi\u00f3n \u2013OCAD con cargo a los Fondos de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, de Compensaci\u00f3n, y de Desarrollo Regional se debe cumplir, \u00fanicamente, con los siguientes requisitos:<\/p>\n<p>I. De parte de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del OCAD:<\/p>\n<p>i. Copia del Acuerdo del OCAD en el cual conste de manera expresa: 1) Nombre de los proyectos aprobados, 2) Identificaci\u00f3n del (los) Fondo(s) con el (los) cual (es) se financiar\u00e1 el proyecto y el valor correspondiente, 3) Identificaci\u00f3n completa del ejecutor del proyecto.<\/p>\n<p>ii. Certificaci\u00f3n del cociente de giro para cada uno de los Fondos, que se calcula de la siguiente manera:<\/p>\n<p>Cociente de giro = recursos disponibles en caja a la fecha de la certificaci\u00f3n de acuerdo con informaci\u00f3n publicada por el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico en su p\u00e1gina web\/sumatoria del valor de proyectos aprobados a la fecha de la certificaci\u00f3n<\/p>\n<p>iii. Identificaci\u00f3n del NIT del ejecutor designado, en caso que no sea una entidad territorial.<\/p>\n<p>II. De parte de los ejecutores designados:<\/p>\n<p>i. Certificaci\u00f3n bancaria de la cuenta maestra a la cual ser\u00e1n girados los recursos, de conformidad con el literal b) de la Circular 038 de 2012 expedida por el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico.<\/p>\n<p>ii. Copia del acto administrativo expedido por la entidad ejecutora en el que se incorporan al presupuesto los recursos de los proyectos aprobados con cargo a los fondos de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, de Compensaci\u00f3n, y de Desarrollo Regional.<\/p>\n<p>iii. Orden de giro suscrita por el representante legal de la entidad ejecutora del proyecto.<\/p>\n<p>iv. Copia del Acta de posesi\u00f3n del representante legal de la entidad ejecutora del proyecto.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica del OCAD debe expedir y entregar la documentaci\u00f3n se\u00f1alada en el numeral 1 a la entidad ejecutora, quien se encargar\u00e1 de remitir al Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico la totalidad de la documentaci\u00f3n se\u00f1alada en los numerales I y II, donde conste el cumplimiento del lleno de los requisitos establecidos en el art\u00edculo primero del presente Decreto. La Secretaria T\u00e9cnica del OCAD y el ejecutor designado ser\u00e1n responsables de los documentos que se expidan para efectos del giro de los recursos.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3. Una vez el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico cuente con la totalidad de los documentos aqu\u00ed se\u00f1alados, podr\u00e1 adelantar el giro de los recursos respectivos. Para ello, la Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito Publico y Tesoro Nacional aplicar\u00e1 el cociente de giro certificado por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del respectivo OCAD a cada una de las solicitudes de giro de las entidades ejecutoras.<\/p>\n<p>Cuando esta proporci\u00f3n sea mayor a uno (1), la Direcci\u00f3n General de Cr\u00e9dito P\u00fablico y Tesoro Nacional girar\u00e1 hasta el ciento por ciento (100%) de los recursos solicitados por la entidad ejecutora para cada proyecto, sujeto a la disponibilidad de caja.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4. De conformidad con el art\u00edculo 28 de la Ley 1530 de 2012, el respectivo ordenador del gasto de la entidad ejecutora ser\u00e1 responsable por la orden de giro, la destinaci\u00f3n y el uso de los recursos girados en virtud del presente Decreto.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y aplica \u00fanicamente para recursos presupuestados en la vigencia de 2012.<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1 D. C., a 17 de diciembre de 2012.<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico,<\/p>\n<p>Mauricio C\u00e1rdenas Santamar\u00eda.<\/p>\n<p>El Ministro de Minas y Energ\u00eda,<\/p>\n<p>Federico Rengifo V\u00e9lez.<\/p>\n<p>El Director del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n,<\/p>\n<p>Mauricio Santa Mar\u00eda Salamanca.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2642 DE 2012 (diciembre 17) D.O. 48.647, diciembre 17 de 2012 \u00a0por el cual se reglamenta transitoriamente la Ley 1530 de 2012. El Presidente de La Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[70],"tags":[],"class_list":["post-45202","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2012"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/45202","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=45202"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/45202\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=45202"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=45202"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=45202"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}