{"id":45223,"date":"2023-08-03T17:36:48","date_gmt":"2023-08-03T17:36:48","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/03\/decreto-2691-de-2012\/"},"modified":"2023-08-03T17:36:48","modified_gmt":"2023-08-03T17:36:48","slug":"decreto-2691-de-2012","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/03\/decreto-2691-de-2012\/","title":{"rendered":"DECRETO 2691 DE 2012"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2691 DE 2012<\/p>\n<p>(diciembre 21)<\/p>\n<p>D.O. 48.651, diciembre 21 de 2012<\/p>\n<p>por el cual se crea la condecoraci\u00f3n Medalla al M\u00e9rito \u201cPatricio Samper Gnecco\u201d por el aporte en materia de vivienda, desarrollo territorial y urbano, agua potable y saneamiento b\u00e1sico.<\/p>\n<p>\u00a0El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en particular las que le confiere el art\u00edculo 66 de la Ley 4\u00aa de 1913,<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>\u00a0Que de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 2\u00b0 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, son fines del Estado promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constituci\u00f3n; facilitar la participaci\u00f3n de todos en las decisiones que los afectan y en la vida econ\u00f3mica, pol\u00edtica, administrativa y cultural de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0Que en virtud de lo se\u00f1alado en los art\u00edculos 1\u00b0 y 2\u00b0 del Decreto ley 3571 de 2011 corresponde al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la pol\u00edtica p\u00fablica, planes y proyectos en materia de vivienda y financiaci\u00f3n de vivienda, desarrollo territorial y urbano planificado y agua potable y saneamiento b\u00e1sico del pa\u00eds.<\/p>\n<p>\u00a0Que igualmente, corresponde al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio adelantar todas las actividades que se consideren adecuadas para el cumplimiento de los fines asignados, incluidas aquellas encaminadas a estimular y hacer el correspondiente reconocimiento a las personas y entidades p\u00fablicas o privadas que con su trabajo, empe\u00f1o y aportes, beneficien la consolidaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas en materia de vivienda y financiaci\u00f3n de vivienda, desarrollo territorial y urbano planificado del pa\u00eds y agua potable y saneamiento b\u00e1sico, formuladas y desarrolladas por el citado Ministerio.<\/p>\n<p>\u00a0Que en virtud de lo anterior, se considera procedente crear y reglamentar una condecoraci\u00f3n a trav\u00e9s de la cual se estimule y reconozca a las personas que contribuyen a la consolidaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas en materia de vivienda, desarrollo territorial y urbano planificado del pa\u00eds y agua potable y saneamiento b\u00e1sico, y en consecuencia,<\/p>\n<p>\u00a0DECRETA:<\/p>\n<p>\u00a0Art\u00edculo 1\u00b0. Creaci\u00f3n de la Condecoraci\u00f3n Medalla al M\u00e9rito \u201cPatricio Samper Gnecco\u201d. Cr\u00e9ase la Condecoraci\u00f3n medalla al M\u00e9rito \u201cPatricio Samper Gnecco\u201d, para destacar y estimular a todas aquellas personas naturales y\/o jur\u00eddicas, p\u00fablicas o privadas, nacionales, extranjeras y\/o internacionales, que con su trabajo, empe\u00f1o y aportes, contribuyan a la consolidaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas en materia de vivienda, desarrollo territorial y urbano, agua potable y saneamiento b\u00e1sico, formuladas y desarrolladas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.<\/p>\n<p>\u00a0Par\u00e1grafo 1\u00b0. La distinci\u00f3n de que trata el presente decreto se materializar\u00e1 con la entrega de una medalla en metal a la persona o personas naturales y\/o jur\u00eddicas, p\u00fablicas o privadas, nacionales, extranjeras y\/o internacionales merecedoras de la misma.<\/p>\n<p>\u00a0Par\u00e1grafo 2\u00b0. La asignaci\u00f3n de la distinci\u00f3n se\u00f1alada en el presente decreto se realizar\u00e1 mediante el correspondiente acto administrativo suscrito por el Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio.<\/p>\n<p>\u00a0Art\u00edculo 2\u00b0. Consejo de la Medalla. El Consejo de la Medalla al M\u00e9rito \u201cPatricio Samper Gnecco\u201d ser\u00e1 la instancia administrativa en la cual se analicen las cualidades y m\u00e9ritos de las personas o entidades postuladas merecedoras de esta distinci\u00f3n y estar\u00e1 integrado por: El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Viceministro de Vivienda, el Viceministro de Agua Potable y Saneamiento B\u00e1sico y el Secretario General del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, quien actuar\u00e1 como canciller de la Medalla, sin derecho a voto en las correspondientes deliberaciones.<\/p>\n<p>\u00a0Par\u00e1grafo 1\u00b0. Son atribuciones del Consejo de la Medalla:<\/p>\n<p>\u00a0a) Definir los requisitos m\u00ednimos necesarios para el otorgamiento de la condecoraci\u00f3n Medalla al M\u00e9rito \u201cPatricio Samper Gnecco\u201d;<\/p>\n<p>\u00a0b) Recibir y analizar las solicitudes formuladas para el otorgamiento de la Medalla;<\/p>\n<p>\u00a0c) Conceder o negar las solicitudes puestas a su consideraci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0Par\u00e1grafo 2\u00b0. Son atribuciones del Ministro en el Consejo de la Medalla:<\/p>\n<p>\u00a0a) Convocar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo;<\/p>\n<p>\u00a0b) Dirigir las deliberaciones del Consejo;<\/p>\n<p>\u00a0c) Presentar al Consejo las proposiciones que estime convenientes, con el fin de conferir el uso de la Medalla;<\/p>\n<p>\u00a0d) Suscribir los actos administrativos de otorgamiento de las condecoraciones contenidas en este Decreto, salvo norma expresa en contrario.<\/p>\n<p>\u00a0Par\u00e1grafo 3\u00b0. Son atribuciones de los Viceministros del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en el Consejo de la Medalla:<\/p>\n<p>\u00a0a) Emitir concepto y votar sobre los asuntos que se sometan a consideraci\u00f3n en la sesi\u00f3n o aquellos que se les haya asignado por el Consejo de la Medalla.<\/p>\n<p>\u00a0b) Presentar proposiciones al Consejo, con el fin de conferir la medalla a las personas que a su juicio sean merecedoras.<\/p>\n<p>\u00a0Par\u00e1grafo 4\u00b0. Corresponde al Secretario General del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio como Canciller de la Medalla, desarrollar las siguientes funciones:<\/p>\n<p>\u00a0a) Elaborar el acta correspondiente y llevar y custodiar el libro de actas;<\/p>\n<p>\u00a0b) Recopilar y suministrar a los miembros del Consejo toda la informaci\u00f3n que aquellos soliciten en relaci\u00f3n con los candidatos a la Medalla;<\/p>\n<p>\u00a0c) Coordinar la elaboraci\u00f3n de los proyectos de resoluci\u00f3n de otorgamiento de la Medalla;<\/p>\n<p>\u00a0d) Coordinar el env\u00edo de la copia del acto con que se le otorga la Medalla a la persona o entidad que ha sido condecorada;<\/p>\n<p>\u00a0e) Llevar el libro de registro de las resoluciones con los que se concede la Medalla;<\/p>\n<p>\u00a0f) Las dem\u00e1s que le sean asignadas por el Consejo de la Medalla.<\/p>\n<p>\u00a0Art\u00edculo 3\u00b0. Imposici\u00f3n de la medalla. La condecoraci\u00f3n Medalla al M\u00e9rito \u201cPatricio Samper Gnecco\u201d ser\u00e1 impuesta por el Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio.<\/p>\n<p>\u00a0Art\u00edculo 4\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0Publ\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n<p>\u00a0Dado en Bogot\u00e1, D. C, a 21 de diciembre de 2012.<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/p>\n<p>\u00a0El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio,<\/p>\n<p>\u00a0Germ\u00e1n Vargas Llera<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2691 DE 2012 (diciembre 21) D.O. 48.651, diciembre 21 de 2012 por el cual se crea la condecoraci\u00f3n Medalla al M\u00e9rito \u201cPatricio Samper Gnecco\u201d por el aporte en materia de vivienda, desarrollo territorial y urbano, agua potable y saneamiento b\u00e1sico. \u00a0El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[70],"tags":[],"class_list":["post-45223","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2012"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/45223","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=45223"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/45223\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=45223"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=45223"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=45223"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}