{"id":45383,"date":"2023-08-03T17:55:59","date_gmt":"2023-08-03T17:55:59","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/03\/decreto-1927-de-2013\/"},"modified":"2023-08-03T17:55:59","modified_gmt":"2023-08-03T17:55:59","slug":"decreto-1927-de-2013","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/03\/decreto-1927-de-2013\/","title":{"rendered":"DECRETO 1927 DE 2013"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1927 DE 2013<\/p>\n<p>(septiembre 6)<\/p>\n<p>D.O. 48.905, septiembre 6 de 2013<\/p>\n<p> por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras y se determinan las funciones de sus dependencias.<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los art\u00edculos 54 y 115 de la Ley 489 de 1998, y<\/p>\n<p> CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que en el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras en la sesi\u00f3n del 28 de febrero de 2013, seg\u00fan Acta n\u00famero 95 decidi\u00f3 someter a la aprobaci\u00f3n del Gobierno Nacional la modificaci\u00f3n de su estructura y las funciones de algunas dependencias<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p> CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p> Funciones de las Dependencias<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Supr\u00edmase el numeral 3 del art\u00edculo 8\u00b0 del Decreto 987 de 2012.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modif\u00edcase los numerales 5, 6 y 7 del art\u00edculo 9\u00b0 del Decreto 987 de 2012, los cuales quedar\u00e1n as\u00ed:<\/p>\n<p>\u201c5. Dirigir los procesos de implementaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n del modelo de enfoque diferencial y proponer los ajustes requeridos para su adecuada operaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Control de Gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Coordinar con las direcciones misionales, la definici\u00f3n y el desarrollo de Pol\u00edticas y lineamientos, planes y programas en materia de primera infancia, ni\u00f1ez y adolescencia, familia, poblaciones especiales, nutrici\u00f3n, protecci\u00f3n y los dem\u00e1s temas que le sean asignados por la Direcci\u00f3n General.<\/p>\n<p>7. Dirigir, orientar, coordinar y controlar el funcionamiento del Observatorio del Bienestar de la Ni\u00f1ez y dem\u00e1s observatorios que se creen en el Instituto\u201d.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. El art\u00edculo 16 del Decreto 987 de 2012 quedar\u00e1 as\u00ed:<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 16. Direcci\u00f3n de Abastecimiento. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Abastecimiento, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Elaborar y presentar a la Secretar\u00eda General el Plan de Abastecimiento Estrat\u00e9gico, basado en los planes de compra y contrataci\u00f3n y enfocados a la investigaci\u00f3n de mercados.<\/p>\n<p>2. Definir y promover los lineamientos para la elaboraci\u00f3n y seguimiento del plan de compras y contrataci\u00f3n de bienes y servicios del Instituto, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Control de Gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Coordinar el proceso de captura de requerimientos para el plan de compras y contrataci\u00f3n, con las dependencias del Instituto y apoyar su implementaci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Elaborar el Plan de Compras y Contrataci\u00f3n para los bienes y servicios requeridos por las dependencias del Instituto, de acuerdo con el presupuesto aprobado y realizar el seguimiento a su ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Verificar en el mercado la disponibilidad de los bienes y servicios requeridos por las Dependencias del ICBF.<\/p>\n<p>6. Adelantar las investigaciones de mercado del ICBF, requeridas para la selecci\u00f3n de los proveedores.<\/p>\n<p>7. Desarrollar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias correspondientes, los modelos de costos y tarifas para cada uno de los programas y servicios del Instituto y de los dem\u00e1s requeridos para el cumplimiento de las funciones de la Entidad.<\/p>\n<p>8. Dirigir el proceso de registro, actualizaci\u00f3n y valoraci\u00f3n de posibles proveedores, contratistas y operadores de la Entidad.<\/p>\n<p>9. Proponer metodolog\u00edas, mecanismos e instrumentos que propendan por el mejoramiento continuo de los procesos de compras y distribuci\u00f3n de bienes y servicios de la entidad en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n de Mejoramiento Organizacional.<\/p>\n<p>10. Apoyar en la elaboraci\u00f3n de las fichas t\u00e9cnicas de los bienes y servicios requeridos por las diferentes dependencias del ICBF.<\/p>\n<p>11. Prestar asistencia t\u00e9cnica y de capacitaci\u00f3n a todas las dependencias y Regionales del Instituto en la manipulaci\u00f3n de los productos suministrados y el control de los bienes y servicios adquiridos, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n Humana, mediante el desarrollo de m\u00f3dulos de capacitaci\u00f3n y gu\u00edas de buenas pr\u00e1cticas.<\/p>\n<p>12. Dirigir la promoci\u00f3n y fortalecimiento de la estrategia de compras locales en los programas misionales de la Entidad y coordinar su ejecuci\u00f3n en las Regionales.<\/p>\n<p>13. Desarrollar gu\u00edas y lineamientos generales para la realizaci\u00f3n de eventos institucionales a nivel nacional y regional.<\/p>\n<p>14. Planear, coordinar, ejecutar y controlar la realizaci\u00f3n de eventos institucionales requeridos por las dependencias de la sede nacional y las Direcciones Regionales.<\/p>\n<p>15. Definir y hacer seguimiento a sus metas, planes de acci\u00f3n e Indicadores, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Control de Gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>16. Coordinar con las Direcciones Regionales las actividades que sean de su competencia, en trabajo conjunto con la Oficina de Gesti\u00f3n Regional.<\/p>\n<p>17. Asegurar la implementaci\u00f3n, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Control de Gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>18. Atender las peticiones y consultas t\u00e9cnicas relacionadas con asuntos de su competencia.<\/p>\n<p>19. Preparar y presentar informes de seguimiento y gesti\u00f3n de los procesos a su cargo.<\/p>\n<p>20. Adelantar las funciones de la Dependencia dentro del marco de las normas vigentes y de los lineamientos del Sector de la Inclusi\u00f3n Social y la Reconciliaci\u00f3n.<\/p>\n<p>21. Asegurar el ejercicio de la supervisi\u00f3n de los contratos a cargo de la Dependencia.<\/p>\n<p>22. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza y funciones de la Dependencia\u201d.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Modif\u00edcase el numeral 1 del art\u00edculo 33 del Decreto 987 de 2012 el cual quedar\u00e1 as\u00ed:<\/p>\n<p>\u201c1. Implementar los esquemas de operaci\u00f3n de los servicios de la ni\u00f1ez y la adolescencia de acuerdo con lineamientos t\u00e9cnicos y de operaci\u00f3n definidos y apoyar los procesos de contrataci\u00f3n y operaci\u00f3n en los casos que se requiera\u201d.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. El art\u00edculo 42 del Decreto 987 de 2012 quedar\u00e1 as\u00ed:<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 42. Direcciones Regionales. Son funciones de las Direcciones Regionales, adem\u00e1s de las se\u00f1aladas en el Decreto 936 de 2013 y en las normas que lo modifiquen, adicionen, sustituyan o deroguen, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Adelantar las actividades estrat\u00e9gicas, misionales, t\u00e9cnicas, administrativas y jur\u00eddicas de la Regional, de conformidad con las instrucciones impartidas por la Direcci\u00f3n General y cada una de sus Dependencias.<\/p>\n<p>2. Implementar, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n General, la Pol\u00edtica P\u00fablica para la protecci\u00f3n integral de la primera infancia, la ni\u00f1ez, la adolescencia, el bienestar de la familia, desarrollar el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes y dem\u00e1s asuntos de naturaleza misional en el respectivo departamento, en lo que sea competencia del ICBF.<\/p>\n<p>3. Ejercer la coordinaci\u00f3n y funcionamiento efectivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar con las entidades del nivel departamental y brindar asistencia t\u00e9cnica para su operaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n Nacional del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y en los t\u00e9rminos se\u00f1alados en el Decreto n\u00famero 936 de 2013 y dem\u00e1s normas que lo modifiquen, adicionen sustituyan o deroguen.<\/p>\n<p>4. Aplicar los lineamientos t\u00e9cnicos formulados por la Direcci\u00f3n General del Instituto en materia de protecci\u00f3n integral de la primera infancia, ni\u00f1ez, adolescencia, familias y comunidades colombianas, en el respectivo departamento.<\/p>\n<p>5. Difundir y retroalimentar la aplicaci\u00f3n de los lineamientos t\u00e9cnicos de protecci\u00f3n integral de la primera infancia, ni\u00f1ez, adolescencia, familias y comunidades colombianas en los centros zonales y entidades del nivel departamental.<\/p>\n<p>6. Coordinar, controlar y monitorear la operaci\u00f3n de los Centros Zonales y sus puntos de atenci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Aplicar los lineamientos jur\u00eddicos y de representaci\u00f3n judicial formulados por la Oficina Asesora Jur\u00eddica del ICBF.<\/p>\n<p>8. Ejecutar y hacer seguimiento de los recursos financieros para la operaci\u00f3n de los programas de protecci\u00f3n integral de la primera infancia, ni\u00f1ez, adolescencia, familias y comunidades colombianas, en el respectivo departamento de conformidad con la delegaci\u00f3n que le otorgue la Direcci\u00f3n General.<\/p>\n<p>9. Supervisar la ejecuci\u00f3n de los programas para la protecci\u00f3n integral de la primera infancia, ni\u00f1ez, adolescencia, familias y comunidades colombianas, que se adelanten en el respectivo departamento.<\/p>\n<p>10. Adelantar los procesos requeridos de recaudo y de Gesti\u00f3n del Talento Humano competentes a la Direcci\u00f3n Regional.<\/p>\n<p>11. Prestar asistencia t\u00e9cnica a los Gobiernos Departamentales y Municipales en materia del servicio p\u00fablico de bienestar familiar, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n Nacional del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y en los t\u00e9rminos se\u00f1alados en el Decreto n\u00famero 936 de 2013 y dem\u00e1s normas que lo modifiquen, adicionen sustituyan o deroguen.<\/p>\n<p>12. Articular y coordinar en los departamentos, distritos y municipios con las autoridades tradicionales de organizaciones \u00e9tnicas reconocidas en cumplimiento de lo establecido en la Ley 21 de 1991 que aplica a los grupos \u00e9tnicos, y dem\u00e1s normas que la modifiquen, adicionen, sustituyan o deroguen, en lo atinente a la competencia del ICBF.<\/p>\n<p>13. Implementar en la Direcci\u00f3n Regional y coordinar en los Centros Zonales la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas de servicio y atenci\u00f3n a cargo del ICBF, formuladas por la Direcci\u00f3n de Servicio y Atenci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Promover la mejora continua y la innovaci\u00f3n para fortalecer la calidad de los servicios y la gesti\u00f3n del Instituto en el respectivo departamento.<\/p>\n<p>15. Definir y hacer seguimiento a sus metas, planes de acci\u00f3n, indicadores, y plan de compras y contrataci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con las dependencias competentes de la Direcci\u00f3n General.<\/p>\n<p>16. Asegurar la implementaci\u00f3n, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Control de Gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>17. Atender las peticiones y consultas t\u00e9cnicas relacionadas con asuntos de su competencia.<\/p>\n<p>18. Preparar y presentar informes de seguimiento y gesti\u00f3n de los procesos a su cargo.<\/p>\n<p>19. Asegurar el ejercicio de la supervisi\u00f3n de los contratos a cargo de la dependencia.<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia\u201d.<\/p>\n<p> CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p> Disposiciones Finales<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y modifica en lo pertinente el Decreto n\u00famero 987 de 2012.<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 6 de septiembre de 2013.<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico,<\/p>\n<p> Mauricio C\u00e1rdenas Santamar\u00eda.<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social,<\/p>\n<p>Bruce Mac Master Rojas.<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica,<\/p>\n<p>Elizabeth Rodr\u00edguez Taylor.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1927 DE 2013 (septiembre 6) D.O. 48.905, septiembre 6 de 2013 por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras y se determinan las funciones de sus dependencias. 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