{"id":45414,"date":"2023-08-03T17:56:00","date_gmt":"2023-08-03T17:56:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/03\/decreto-1985-de-2013\/"},"modified":"2023-08-03T17:56:00","modified_gmt":"2023-08-03T17:56:00","slug":"decreto-1985-de-2013","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/03\/decreto-1985-de-2013\/","title":{"rendered":"DECRETO 1985 DE 2013"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1985 DE 2013<\/p>\n<p>(septiembre 12)<\/p>\n<p> D.O. 48.911, septiembre 12 de 2013<\/p>\n<p> por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y se determinan las funciones de sus dependencias.<\/p>\n<p>Nota 1: Adicionado por el Decreto 1470 de 2018.<\/p>\n<p>Nota 2: Modificado por el Decreto 2369 de 2015.<\/p>\n<p>Nota 3: Desarrollado por la Resoluci\u00f3n 2690 de 2015.<\/p>\n<p>Nota 4: Ver Resoluci\u00f3n 351 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n 335 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n 261 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n 198 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n 188 de 2018, M. de Agricultura. Ver Decreto 1071 de 2015.<\/p>\n<p>Conc. Resoluci\u00f3n 294 de 2019. Resoluci\u00f3n 338 de 2015, M. de Agricultura y Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial, de la consagrada en el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, desarrollada en el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y<\/p>\n<p> CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que en aplicaci\u00f3n del Plan Nacional de Desarrollo el Legislador asign\u00f3 al Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural nuevas competencias en materia de restituci\u00f3n de tierras, de planificaci\u00f3n y usos agropecuarios, fortaleci\u00f3 el tema acu\u00edcola y pesquero lo que conlleva a que el Ministerio ajuste su estructura interna adecu\u00e1ndola a las nuevas necesidades del Sector.<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p> CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p>Del sector agropecuario, pesquero y de desarrollo rural<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Integraci\u00f3n del sector agropecuario, pesquero y de desarrollo rural. El Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, de conformidad con la normativa vigente, est\u00e1 integrado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y sus entidades adscritas y vinculadas. (Nota: Ver Art\u00edculo 1.1.1.2. del Decreto 1071 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.).<\/p>\n<p>El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural tendr\u00e1 a su cargo la orientaci\u00f3n, control y evaluaci\u00f3n del ejercicio de las funciones de sus entidades adscritas y vinculadas, sin perjuicio de las potestades de decisi\u00f3n que les correspondan, as\u00ed como de su participaci\u00f3n en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica, en la elaboraci\u00f3n de los programas sectoriales y en la ejecuci\u00f3n de los mismos. (Nota: Ver Art\u00edculo 1.1.1.1. del Decreto 1071 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.).<\/p>\n<p>1. Las entidades adscritas al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural son:<\/p>\n<p>1.1 Con personer\u00eda Jur\u00eddica:<\/p>\n<p>1.1.1 Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).<\/p>\n<p>1.1.2 Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder).<\/p>\n<p>1.1.3 Unidad Administrativa Especial de Gesti\u00f3n de Restituci\u00f3n de Tierras Despojadas.<\/p>\n<p>1.1.4 Unidad Administrativa Especial Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP).<\/p>\n<p>1.2 Sin personer\u00eda jur\u00eddica:<\/p>\n<p>1.2.1 Unidad de Planificaci\u00f3n de Tierras Rurales, Adecuaci\u00f3n de Tierras y Usos Agropecuarios (UPRA).<\/p>\n<p>Nota, numeral 1: Ver Art\u00edculo 1.2.1.1. del Decreto 1071 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>2. Las entidades vinculadas al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural son:<\/p>\n<p>2.1 Banco Agrario de Colombia S. A. (Banagrario).<\/p>\n<p>2.2 Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro).<\/p>\n<p>2.3 Almacenes Generales de Dep\u00f3sito (Almagrario S. A.).<\/p>\n<p>2.4 La Empresa Colombiana de Productos Veterinarios S. A. (VECOL S. A.)<\/p>\n<p>2.5 Los Fondos Ganaderos<\/p>\n<p>2.6 Las Corporaciones de Abastos en las que la Naci\u00f3n o las entidades descentralizadas del sector, del orden nacional, posean acciones o hayan efectuado aportes de capital.<\/p>\n<p>2.7 La Caja de Compensaci\u00f3n Familiar Campesina (Comcaja en Liquidaci\u00f3n).<\/p>\n<p>Nota, numeral 2: Ver Art\u00edculo 1.2.2.1. del Decreto 1071 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>3. Corporaciones de participaci\u00f3n mixta:<\/p>\n<p>3.1 La Corporaci\u00f3n Colombiana de Investigaci\u00f3n Agropecuaria (Corpoica).<\/p>\n<p>3.2 La Corporaci\u00f3n Colombia Internacional (CCI).<\/p>\n<p>Nota, numeral 3: Ver Art\u00edculo 1.2.3.1. del Decreto 1071 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>4. Organismos sectoriales de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n:<\/p>\n<p>4.1 La Comisi\u00f3n Nacional de Cr\u00e9dito Agropecuario.<\/p>\n<p>4.2 El Consejo Nacional de la Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino.<\/p>\n<p>4.3 El Consejo Nacional de Secretar\u00edas de Agricultura.<\/p>\n<p>4.4 El Comit\u00e9 Asesor de Pol\u00edtica Forestal.<\/p>\n<p>4.5 Consejo Nacional de Adecuaci\u00f3n de Tierras.<\/p>\n<p>Nota, numeral 4: Ver Art\u00edculo 1.1.2.1. del Decreto 1071 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.).<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 1\u00b0: Ver Ley 2178 de 2021, art\u00edculo 6\u00ba.<\/p>\n<p> CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p> Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Objetivos. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural le compete dentro del marco de sus competencias desarrollar los siguientes objetivos:<\/p>\n<p>\u2013 Promover el desarrollo rural con enfoque territorial y el fortalecimiento de la productividad y competitividad de los productos agropecuarios, a trav\u00e9s de acciones integrales que mejoren las condiciones de vida de los pobladores rurales, permitan el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, generen empleo y logren el crecimiento sostenido y equilibrado de las regiones.<\/p>\n<p>\u2013 Propiciar la articulaci\u00f3n de las acciones institucionales en el medio rural de manera focalizada y sistem\u00e1tica, bajo principios de competitividad, equidad, sostenibilidad, multisectorialidad y descentralizaci\u00f3n, para el desarrollo socioecon\u00f3mico del pa\u00eds.<\/p>\n<p>Los anteriores objetivos se desarrollar\u00e1n a trav\u00e9s de la institucionalidad que comprende el Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, adem\u00e1s de las funciones se\u00f1aladas en el art\u00edculo 59 de la Ley 489 de 1998, cumplir\u00e1 las siguientes:<\/p>\n<p>1. Formular, dirigir, coordinar y evaluar la pol\u00edtica relacionada con el desarrollo rural, agropecuario, pesquero y forestal en los temas de su competencia. (Nota: Ver Resoluci\u00f3n 177 de 2015, M. de Agricultura.).<\/p>\n<p>2. Formular pol\u00edticas, planes, programas y proyectos agropecuarios, pesqueros y de desarrollo rural, fortaleciendo los procesos de participaci\u00f3n ciudadana y planificaci\u00f3n del territorio, bajo los lineamientos de la pol\u00edtica macroecon\u00f3mica.<\/p>\n<p>3. Formular acciones para propiciar la articulaci\u00f3n interinstitucional de las entidades del orden nacional y territorial que conlleven a la implementaci\u00f3n de planes, programas y proyectos de desarrollo rural, y agropecuario con enfoque territorial.<\/p>\n<p>4. Formular, coordinar, adoptar y hacer seguimiento a la pol\u00edtica de desarrollo rural con enfoque territorial, en lo relacionado con el ordenamiento social de la propiedad rural y uso productivo del suelo, capacidades productivas y generaci\u00f3n de ingresos, y gesti\u00f3n de bienes p\u00fablicos rurales. (Nota: Ver Resoluci\u00f3n 464 de 2017, M. Agricultura.).<\/p>\n<p>5. Formular, coordinar, adoptar y hacer seguimiento a la pol\u00edtica de restituci\u00f3n de tierras despojadas.<\/p>\n<p>6. Formular y hacer seguimiento a la pol\u00edtica agropecuaria, pesquera y de desarrollo rural para la atenci\u00f3n de la poblaci\u00f3n en situaci\u00f3n de vulnerabilidad con el objetivo de contribuir a la materializaci\u00f3n de sus derechos con enfoque integral y diferencial, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s entidades competentes del Estado.<\/p>\n<p>7. Formular, coordinar, adoptar y hacer seguimiento a la pol\u00edtica de desarrollo agropecuario, en lo relacionado con las cadenas agropecuarias, innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica, protecci\u00f3n del riesgo sanitario y el financiamiento sectorial. (Nota: Ver Resoluci\u00f3n 199 de 2016. Ver Resoluci\u00f3n 187 de 2006, M. de Agricultura.).<\/p>\n<p>8. Fijar las pol\u00edticas y directrices sobre investigaci\u00f3n, desarrollo tecnol\u00f3gico e innovaci\u00f3n para el sector agropecuario. (Nota: Ver Resoluci\u00f3n 199 de 2016. Ver Resoluci\u00f3n 187 de 2006, M. de Agricultura.).<\/p>\n<p>9. Formular, coordinar e implementar la pol\u00edtica para prevenir, corregir y mitigar el riesgo agropecuario.<\/p>\n<p>10. Formular, dirigir, coordinar y evaluar las pol\u00edticas en materia de prevenci\u00f3n, vigilancia y control de los riesgos sanitarios, biol\u00f3gicos y qu\u00edmicos para las especies animales y vegetales y la investigaci\u00f3n aplicada, con el fin de proteger la salud de las personas, los animales y las plantas y asegurar las condiciones del comercio.<\/p>\n<p>11. Participar en la definici\u00f3n de la pol\u00edtica macroecon\u00f3mica y social y en la elaboraci\u00f3n del Plan Nacional de Desarrollo, con el objeto de lograr el mejoramiento de las condiciones de vida de los pobladores rurales y el crecimiento econ\u00f3mico del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>12. Velar por la efectividad y cumplimiento de los fines que para el Sector consagran los art\u00edculos 64 a 66 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, con sujeci\u00f3n a las normas contenidas en las leyes que los desarrollan. (Nota: Ver Resoluci\u00f3n 300 de 2019. Ver Resoluci\u00f3n 298 de 2019. Ver Resoluci\u00f3n 276 de 2019. Ver Resoluci\u00f3n 247 de 2019. Ver Resoluci\u00f3n 228 de 2019. Ver Resoluci\u00f3n 218 de 2019. Ver Resoluci\u00f3n 444 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n 197 de 2018, M. de Agricultura.).<\/p>\n<p>13. Fijar la pol\u00edtica de cultivos forestales productores y protectores con fines comerciales, de especies introducidas o aut\u00f3ctonas, en coordinaci\u00f3n con las autoridades ambientales y de recursos naturales renovables.<\/p>\n<p>14. Participar, con las autoridades competentes, en la formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de la pol\u00edtica de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y los recursos h\u00eddricos.<\/p>\n<p>15. Dise\u00f1ar, implementar y promocionar instrumentos, incentivos y est\u00edmulos para la producci\u00f3n y comercializaci\u00f3n agropecuaria, a trav\u00e9s del financiamiento, la inversi\u00f3n, la capitalizaci\u00f3n y el fomento a la producci\u00f3n. (Nota: Ver Resoluci\u00f3n 300 de 2019. Ver Resoluci\u00f3n 298 de 2019. Ver Resoluci\u00f3n 276 de 2019. Ver Resoluci\u00f3n 247 de 2019. Ver Resoluci\u00f3n 228 de 2019. Ver Resoluci\u00f3n 218 de 2019. Ver Resoluci\u00f3n 444 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n 453 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n 451 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n 197 de 2018, M. de Agricultura.).<\/p>\n<p>16. Hacer seguimiento a la pol\u00edtica de libertad vigilada y control de precios de los insumos agr\u00edcolas, pecuarios, pesqueros, acu\u00edcolas y forestales.<\/p>\n<p>17. Formular y adoptar, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la pol\u00edtica de comercio exterior de la producci\u00f3n agropecuaria forestal, pesquera y acu\u00edcola nacional.<\/p>\n<p>18. Formular y adoptar la pol\u00edtica para las negociaciones comerciales internacionales y dem\u00e1s negociaciones del pa\u00eds en los temas relacionados con el sector agropecuario.<\/p>\n<p>19. Coordinar con el DANE y otras entidades la producci\u00f3n de la informaci\u00f3n sectorial y realizar el an\u00e1lisis para la toma de decisiones.<\/p>\n<p>20. Contribuir al desarrollo de las asociaciones campesinas y las organizaciones gremiales agropecuarias, as\u00ed como la cooperaci\u00f3n entre estas y las entidades del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>21 .Administrar el Fondo de Fomento Agropecuario.<\/p>\n<p>22. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de sus objetivos.<\/p>\n<p>23. Numeral adicionado por el Decreto 2369 de 2015, art\u00edculo 1\u00ba. Formular la pol\u00edtica y dise\u00f1ar los instrumentos para promover el mejoramiento de las condiciones de desarrollo rural en las zonas m\u00e1s afectadas por el conflicto que le se\u00f1ale el Gobierno nacional.<\/p>\n<p>24. Numeral adicionado por el Decreto 2369 de 2015, art\u00edculo 1\u00ba. Promover la protecci\u00f3n y el correcto aprovechamiento de los recursos gen\u00e9ticos vegetales y animales del pa\u00eds, de acuerdo con lo previsto en la Ley 165 de 1994, que sean de inter\u00e9s para el Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>25. Numeral adicionado por el Decreto 1470 de 2018, art\u00edculo 1\u00ba. Administrar los Bancos de Germoplasma para la Alimentaci\u00f3n y la Agricultura propiedad de la Naci\u00f3n Colombiana.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Modificado por el Decreto 2369 de 2015, art\u00edculo 2\u00ba. Estructura. Para el cumplimiento de sus funciones, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural tiene la siguiente estructura:<\/p>\n<p>1. DESPACHO DEL MINISTRO<\/p>\n<p>1.1 Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y Prospectiva<\/p>\n<p>1.2 Oficina Asesora Jur\u00eddica<\/p>\n<p>1.3 Oficina de Asuntos Internacionales<\/p>\n<p>1.4 Oficina de Control Interno<\/p>\n<p>1.5 Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones.<\/p>\n<p>2. DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE DESARROLLO RURAL<\/p>\n<p>2.1 Direcci\u00f3n de Ordenamiento Social de la Propiedad Rural y Uso Productivo del Suelo<\/p>\n<p>2.2 Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Bienes P\u00fablicos Rurales<\/p>\n<p>2.3 Direcci\u00f3n de Capacidades Productivas y Generaci\u00f3n de Ingresos<\/p>\n<p>2.4 Direcci\u00f3n de la Mujer Rural.<\/p>\n<p>3. DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE ASUNTOS AGROPECUARIOS<\/p>\n<p>3.1 Direcci\u00f3n de Cadenas Agr\u00edcolas y Forestales<\/p>\n<p>3.2 Direcci\u00f3n de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acu\u00edcolas<\/p>\n<p>3.3 Direcci\u00f3n de Financiamiento y Riesgos Agropecuarios<\/p>\n<p>3.4 Direcci\u00f3n de Innovaci\u00f3n, Desarrollo Tecnol\u00f3gico y Protecci\u00f3n Sanitaria.<\/p>\n<p>4. SECRETAR\u00cdA GENERAL<\/p>\n<p>4.1 Subdirecci\u00f3n Administrativa<\/p>\n<p>4.2 Subdirecci\u00f3n Financiera.<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 4\u00ba: \u201cEstructura. Para el cumplimiento de sus funciones, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural tiene la siguiente estructura:<\/p>\n<p>1. Despacho del Ministro.<\/p>\n<p>1.1. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y Prospectiva<\/p>\n<p>1.2. Oficina Asesora Jur\u00eddica<\/p>\n<p>1.3. Oficina de Asuntos Internacionales<\/p>\n<p>1.4. Oficina de Control Interno<\/p>\n<p>1.5. Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones<\/p>\n<p>2. Despacho del Viceministro de Desarrollo Rural<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n de Ordenamiento Social de la Propiedad Rural y Uso Productivo del Suelo.<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Bienes P\u00fablicos Rurales<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de Capacidades Productivas y Generaci\u00f3n de Ingresos<\/p>\n<p>3. Despacho del Viceministro de Asuntos Agropecuarios<\/p>\n<p>3.1. Direcci\u00f3n de Cadenas Agr\u00edcolas y Forestales<\/p>\n<p>3.2. Direcci\u00f3n de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acu\u00edcolas<\/p>\n<p>3.3. Direcci\u00f3n de Financiamiento y Riesgos Agropecuarios<\/p>\n<p>3.4. Direcci\u00f3n de Innovaci\u00f3n, Desarrollo Tecnol\u00f3gico y Protecci\u00f3n Sanitaria<\/p>\n<p>4. Secretar\u00eda General<\/p>\n<p>4.1. Subdirecci\u00f3n Administrativa<\/p>\n<p>4.2. Subdirecci\u00f3n Financiera.\u201d.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Direcci\u00f3n. La direcci\u00f3n del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural estar\u00e1 a cargo del Ministro, quien la ejercer\u00e1 con la inmediata colaboraci\u00f3n de los Viceministros.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Funciones del Ministro. Son funciones del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, adem\u00e1s de las se\u00f1aladas en el art\u00edculo 61 de la Ley 489 de 1998, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Formular, dirigir, coordinar y establecer los lineamientos para evaluar la pol\u00edtica relacionada con el desarrollo rural, agropecuario, pecuario, pesquero, acu\u00edcola y forestal en los temas de competencia del Ministerio. (Nota: Ver Resoluci\u00f3n 199 de 2016. Ver Resoluci\u00f3n 187 de 2006, M. de Agricultura.).<\/p>\n<p>2. Formular y dirigir la evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos de desarrollo rural, agropecuarios y pesqueros, fortaleciendo los procesos de participaci\u00f3n ciudadana y planificaci\u00f3n del territorio, bajo los lineamientos de la pol\u00edtica macroecon\u00f3mica.<\/p>\n<p>3. Formular y dirigir la pol\u00edtica de desarrollo rural con enfoque territorial en los temas relacionados con el ordenamiento social de la propiedad rural y uso productivo del suelo, capacidades productivas y generaci\u00f3n de ingresos y gesti\u00f3n de bienes p\u00fablicos rurales.<\/p>\n<p>4. Formular, coordinar, adoptar y establecer los lineamientos para realizar el seguimiento a la pol\u00edtica de restituci\u00f3n de tierras despojadas.<\/p>\n<p>5. Formular y dirigir el seguimiento a la pol\u00edtica agropecuaria, pesquera y de desarrollo rural para la atenci\u00f3n de la poblaci\u00f3n en situaci\u00f3n de vulnerabilidad con el objetivo de contribuir a la materializaci\u00f3n de sus derechos con enfoque integral y diferencial, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s entidades competentes del Estado.<\/p>\n<p>6. Formular, coordinar, adoptar y dirigir el seguimiento a la pol\u00edtica de desarrollo agropecuario, en lo relacionado con las cadenas agropecuarias, innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica, protecci\u00f3n del riesgo sanitario y el financiamiento sectorial.<\/p>\n<p>7. Dirigir el dise\u00f1o de instrumentos y estrategias en materia de investigaci\u00f3n, desarrollo tecnol\u00f3gico e innovaci\u00f3n para el sector agropecuario.<\/p>\n<p>8. Formular, coordinar e implementar la pol\u00edtica para prevenir, corregir y mitigar el riesgo agropecuario.<\/p>\n<p>9. Formular, coordinar y dirigir la evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas en materia de prevenci\u00f3n, vigilancia y control de los riesgos sanitarios, biol\u00f3gicos y qu\u00edmicos para las especies animales y vegetales y la investigaci\u00f3n aplicada, con el fin de proteger la salud de las personas, los animales y las plantas y asegurar las condiciones del comercio.<\/p>\n<p>10. Participar en la definici\u00f3n de la pol\u00edtica macroecon\u00f3mica y social y en la elaboraci\u00f3n del Plan Nacional de Desarrollo, con el objeto de lograr el mejoramiento de las condiciones de vida de los pobladores rurales y el crecimiento econ\u00f3mico del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>11. Velar por la efectividad y cumplimiento de los fines que para el Sector consagran los art\u00edculos 64 a 66 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, con sujeci\u00f3n a las normas contenidas en las leyes que los desarrollan.<\/p>\n<p>12. Coordinar con los Ministerios y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n la programaci\u00f3n y definici\u00f3n de estrategias que propicien la inversi\u00f3n en el Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>13. Fijar la pol\u00edtica de cultivos forestales productores y protectores con fines comerciales, de especies introducidas o aut\u00f3ctonas, en coordinaci\u00f3n con las autoridades ambientales y de recursos naturales renovables.<\/p>\n<p>14. Participar, con las autoridades competentes, en la formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de la pol\u00edtica de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y los recursos h\u00eddricos.<\/p>\n<p>15. Dirigir el dise\u00f1o, la implementaci\u00f3n y la promoci\u00f3n de instrumentos, incentivos y est\u00edmulos para la producci\u00f3n y comercializaci\u00f3n agropecuaria, a trav\u00e9s del financiamiento, la inversi\u00f3n, la capitalizaci\u00f3n y el fomento a la producci\u00f3n.<\/p>\n<p>16. Establecer los lineamientos para realizar el seguimiento a la pol\u00edtica de libertad vigilada y control de precios de los insumos agr\u00edcolas, pecuarios, acu\u00edcolas y forestales.<\/p>\n<p>17. Formular y adoptar, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la pol\u00edtica de comercio exterior de la producci\u00f3n agropecuaria, forestal, pesquera y acu\u00edcola nacional.<\/p>\n<p>18. Formular y adoptar la pol\u00edtica para las negociaciones comerciales internacionales y dem\u00e1s negociaciones del pa\u00eds en los temas relacionados con el sector agropecuario.<\/p>\n<p>19. Coordinar con el DANE y otras entidades la producci\u00f3n de la informaci\u00f3n sectorial y realizar el an\u00e1lisis para la toma de decisiones.<\/p>\n<p>20. Contribuir al desarrollo de las asociaciones campesinas y las organizaciones gremiales agropecuarias, as\u00ed como la cooperaci\u00f3n entre estas y las entidades del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>21. Administrar el Fondo de Fomento Agropecuario.<\/p>\n<p>22. Formular estrategias que propendan por el desarrollo sostenible del territorio rural.<\/p>\n<p>23. Impartir los lineamientos para apoyar y coordinar la cooperaci\u00f3n y asistencia t\u00e9cnica a las entidades sectoriales en las \u00e1reas de su competencia.<\/p>\n<p>24. Coordinar con los dem\u00e1s Ministerios y entidades de Gobierno involucradas, el desarrollo de la estrategia de Cooperaci\u00f3n Internacional del sector.<\/p>\n<p>25. Impartir los lineamientos para asesorar a las entidades territoriales en la articulaci\u00f3n de la pol\u00edtica agropecuaria y de desarrollo rural en los planes de desarrollo.<\/p>\n<p>26. Propiciar, participar y coordinar con las entidades pertinentes, los escenarios de participaci\u00f3n ciudadana en los temas de competencia del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>27. Preparar y presentar al Congreso de la Rep\u00fablica, de acuerdo con la agenda legislativa del Gobierno Nacional, los proyectos de ley relacionados con las funciones del sector y los informes de gesti\u00f3n anuales.<\/p>\n<p>28. Definir las pol\u00edticas de gesti\u00f3n de la informaci\u00f3n del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>29. Nombrar y remover los funcionarios del Ministerio y distribuir los empleos de su planta de personal, con excepci\u00f3n de los empleos cuya nominaci\u00f3n est\u00e9 atribuida a otra autoridad.<\/p>\n<p>30. Dirigir y orientar las comunicaciones estrat\u00e9gicas del Ministerio.<\/p>\n<p>31. Ejercer la funci\u00f3n de control disciplinario interno en los t\u00e9rminos de la Ley 734 de 2002 o en las normas que lo modifiquen.<\/p>\n<p>32. Dirigir la implementaci\u00f3n, mantener y mejorar el Sistema Integrado de Gesti\u00f3n del Ministerio.<\/p>\n<p>33. Las dem\u00e1s previstas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan o le sean delegadas por el Presidente de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>Conc. Resoluci\u00f3n 154 de 2019. Resoluci\u00f3n 41 de 2016, M. de Agricultura y Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y Prospectiva. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y Prospectiva, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y coordinar el proceso de planificaci\u00f3n del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural en los aspectos t\u00e9cnicos, econ\u00f3micos y administrativos.<\/p>\n<p>2. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias del Ministerio y las entidades del Sector, el Plan de Desarrollo Sectorial, con sujeci\u00f3n al Plan Nacional de Desarrollo, los planes estrat\u00e9gicos y de acci\u00f3n, el Plan Operativo Anual y Plurianual, los Planes de Desarrollo Administrativo Sectorial e institucional y someterlos a aprobaci\u00f3n del Ministro.<\/p>\n<p>3. Asesorar a los despachos del Ministro y Viceministros en el estudio, presentaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de pol\u00edticas, planes y proyectos orientados al cumplimiento de los objetivos institucionales y del sector.<\/p>\n<p>4. Asesorar y apoyar al Ministro y a los Viceministros, en la estructuraci\u00f3n de los aspectos orientados a definir el direccionamiento estrat\u00e9gico del Ministerio, del Sector y del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Elaborar estudios y an\u00e1lisis de variables macroecon\u00f3micas y sectoriales para asesorar al Ministro y Viceministros en la toma de decisiones.<\/p>\n<p>6. Realizar la administraci\u00f3n de los sistemas de informaci\u00f3n agropecuaria en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes.<\/p>\n<p>7. Analizar e interpretar la informaci\u00f3n y las estad\u00edsticas que arrojan los sistemas de informaci\u00f3n del sector agropecuario y asesorar al Ministro y Viceministros en la toma de decisiones.<\/p>\n<p>8. Asesorar y coordinar los Comit\u00e9s Nacionales y Regionales de Estad\u00edsticas Agropecuarias y orientar la definici\u00f3n de mecanismos que propendan por el mejoramiento de la informaci\u00f3n estad\u00edstica sectorial.<\/p>\n<p>9. Presentar al Banco de Proyectos de Inversi\u00f3n P\u00fablica del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n los proyectos que deben ser incluidos en el plan operativo anual de inversiones, tanto del Ministerio como los proyectos de inversi\u00f3n de las entidades del Sector.<\/p>\n<p>10. Analizar la informaci\u00f3n reportada en los sistemas de informaci\u00f3n por los responsables de los proyectos de inversi\u00f3n frente al cumplimiento de las metas establecidas para el sector.<\/p>\n<p>11. Elaborar, consolidar y presentar, en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda General, el anteproyecto de presupuesto, as\u00ed como la programaci\u00f3n presupuestal plurianual del Ministerio y de las entidades del Sector y someterlas a aprobaci\u00f3n del Ministro.<\/p>\n<p>12. Elaborar estudios, propuestas e investigaciones de car\u00e1cter t\u00e9cnico, econ\u00f3mico y financiero, para el mejoramiento institucional y del Sector.<\/p>\n<p>13. Realizar, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Asuntos Internacionales, estudios comparativos que permitan proponer recomendaciones en materia de comercio exterior y negociaciones internacionales.<\/p>\n<p>14. Apoyar a las dependencias del Ministerio y del Sector Administrativo en la elaboraci\u00f3n de los proyectos de inversi\u00f3n y viabilizarlos.<\/p>\n<p>15. Hacer el seguimiento al cumplimiento de las metas de los planes, programas y proyectos del Ministerio y del Sector Administrativo.<\/p>\n<p>16. Verificar el cumplimiento de los planes, programas y proyectos del Ministerio y de las entidades del Sector y elaborar los informes de propuesta de ajustes a los mismos.<\/p>\n<p>17. Desarrollar y validar los indicadores de gesti\u00f3n, producto e impacto del Sector y hacer el seguimiento a trav\u00e9s de los sistemas establecidos para el efecto.<\/p>\n<p>18. Viabilizar las modificaciones presupuestales del Ministerio y de las entidades del Sector, en materia de inversi\u00f3n ante el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>19. Elaborar, consolidar y presentar los informes requeridos por organismos del Estado y dem\u00e1s agentes externos, propios de su competencia.<\/p>\n<p>20. Consolidar el informe de resultados de la gesti\u00f3n institucional y sectorial y atender la preparaci\u00f3n y remisi\u00f3n de informes a las instancias competentes.<\/p>\n<p>21. Apoyar al Ministro en la preparaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de informes de gesti\u00f3n y rendici\u00f3n de cuentas a la ciudadan\u00eda.<\/p>\n<p>22. Dirigir, desarrollar y realizar estudios y an\u00e1lisis econ\u00f3micos en materia de desarrollo rural y agropecuario y proponer alternativas para la toma de decisiones por parte del Ministro y los Viceministros.<\/p>\n<p>23. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>24. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Oficina Asesora Jur\u00eddica. Son funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Asesorar al Despacho del Ministro y a las dem\u00e1s instancias directivas del Ministerio en la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las normas relacionadas con las funciones, competencias y gesti\u00f3n de cada una de las dependencias del Ministerio.<\/p>\n<p>2. Proponer las pol\u00edticas tendientes al fortalecimiento jur\u00eddico de las dependencias del Ministerio en lo relacionado con asuntos de su competencia.<\/p>\n<p>3. Establecer las directrices jur\u00eddicas para la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las normas que regulan el Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural en todos los niveles y campos de acci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Conceptuar sobre la constitucionalidad y coherencia con el ordenamiento jur\u00eddico vigente, de las iniciativas legislativas en materia de asuntos del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, sin perjuicio de las competencias asignadas a la Secretar\u00eda Jur\u00eddica de la Presidencia de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>5. Elaborar, estudiar y conceptuar sobre los proyectos de ley, actos legislativos, decretos, resoluciones que deba expedir o proponer el Ministerio. As\u00ed mismo, deber\u00e1 conceptuar sobre contratos, convenios y dem\u00e1s actos administrativos que se le soliciten.<\/p>\n<p>6. Analizar, proyectar y avalar para la firma del Ministro o sus delegados los actos administrativos y consultas que este le indique y que deba suscribir conforme a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley.<\/p>\n<p>7. Representar judicial y extrajudicialmente al Ministerio en los procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que este deba promover, mediante poder o delegaci\u00f3n y supervisar el tr\u00e1mite de los mismos.<\/p>\n<p>8. Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con el proceso de jurisdicci\u00f3n coactiva.<\/p>\n<p>9. Suministrar al Ministerio P\u00fablico y a la autoridad competente, en los procesos en que sea parte la Naci\u00f3n, todo el apoyo y las informaciones, documentos y actos de Gobierno necesarios para la defensa de los intereses del Estado, e informar al Ministro sobre el curso de dichos procesos.<\/p>\n<p>10. Mantener actualizado y sistematizado el registro de las normas y la jurisprudencia expedidas sobre las materias de competencia del Ministerio.<\/p>\n<p>11. Coordinar y tramitar los derechos de petici\u00f3n, las solicitudes de revocatoria directa, tutelas y en general las actuaciones jur\u00eddicas relacionadas con las funciones del Ministerio, que no correspondan a otras dependencias de la entidad.<\/p>\n<p>12. Orientar y hacer seguimiento a las acciones que deba adelantar el Ministerio frente a las Empresas del Fondo Emprender, los Fondos Ganaderos, las Centrales de Abastos activas, liquidadas y en liquidaci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Coordinar, con las entidades del Sector, los criterios de defensa jur\u00eddica.<\/p>\n<p>14. Asegurar el oportuno y eficiente tr\u00e1mite del llamamiento en garant\u00eda y de las acciones de repetici\u00f3n, cuando a ello haya lugar.<\/p>\n<p>15. Ejercer control y vigilancia sobre las organizaciones gremiales agropecuarias y asociaciones campesinas nacionales, para lo cual el Ministerio expedir\u00e1 la reglamentaci\u00f3n respectiva para el adecuado ejercicio de control y vigilancia. Corresponde en este mismo sentido a las Secretar\u00edas de Gobierno Municipales y\/o Distritales ejercerla sobre las organizaciones gremiales agropecuarias y asociaciones campesinas municipales, departamentales o regionales.<\/p>\n<p>16. Efectuar el reconocimiento de la personer\u00eda jur\u00eddica de las empresas comunitarias y las asociaciones de usuarios de distritos de adecuaci\u00f3n de tierras, de conformidad con la normatividad legal vigente para las mismas. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Oficina de Asuntos Internacionales. Son funciones de la Oficina de Asuntos Internacionales, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro y a los Viceministros en relaci\u00f3n con la pol\u00edtica de comercio exterior y de los acuerdos internacionales.<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar, administrar e implementar los instrumentos de comercio exterior del sector agropecuario.<\/p>\n<p>3. Asesorar y coordinar con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo la pol\u00edtica de apertura comercial y acceso para los productos agr\u00edcolas, pecuarios, forestales, pesqueros y agr\u00edcolas.<\/p>\n<p>4. Evaluar conjuntamente con el Viceministerio de Asuntos Agropecuarios y sus Direcciones, la pol\u00edtica de desarrollo agropecuario en funci\u00f3n de la tendencia de los mercados internacionales e identificar los productos en los cuales Colombia cuenta con ventajas comparativas.<\/p>\n<p>5. Definir la estrategia de las negociaciones comerciales internacionales del pa\u00eds en el sector agropecuario y dem\u00e1s negociaciones que tengan que ver con la competencia del Ministerio.<\/p>\n<p>6. Participar en la mesa de acceso agr\u00edcola como representante del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural en las negociaciones internacionales.<\/p>\n<p>7. Coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores la elaboraci\u00f3n de proyectos e interpretaci\u00f3n de los tratados internacionales relacionados con el sector agropecuario.<\/p>\n<p>8. Evaluar y hacer seguimiento a la normativa y a las decisiones gubernamentales de otros Estados sobre acuerdos de productividad, competitividad e inserci\u00f3n en el mercado internacional.<\/p>\n<p>9. Propiciar y apoyar el desarrollo de las capacidades nacionales, p\u00fablicas y privadas, en lo referente al sector agropecuario y pesquero para articular, en beneficio de la sociedad colombiana, los compromisos internacionales relacionados con el comercio exterior y las negociaciones internacionales.<\/p>\n<p>10. Coordinar con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC), la identificaci\u00f3n, formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de programas y proyectos de cooperaci\u00f3n internacional tanto del Ministerio como del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>11. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Asesorar y apoyar al Ministro y a los Viceministros en la definici\u00f3n de las pol\u00edticas referidas al dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de sistemas de control que contribuyan a garantizar e incrementar la eficiencia, eficacia y calidad de la prestaci\u00f3n de los servicios en las diferentes \u00e1reas del Ministerio.<\/p>\n<p>2. Desarrollar instrumentos y adelantar estrategias orientadas a fomentar una cultura de autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en la prestaci\u00f3n de los servicios a cargo del Ministerio.<\/p>\n<p>3. Aplicar el control de gesti\u00f3n e interpretar sus resultados con el objetivo de presentar recomendaciones al Ministro.<\/p>\n<p>4. Verificar el cumplimiento de las pol\u00edticas, normas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas del Ministerio, recomendar los ajustes pertinentes y efectuar el seguimiento a su implementaci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Asesorar a las dependencias del Ministerio en la identificaci\u00f3n y prevenci\u00f3n de los riesgos que puedan afectar el logro de sus objetivos.<\/p>\n<p>6. Asesorar, acompa\u00f1ar y apoyar a los servidores del Ministerio en el desarrollo y mejoramiento del Sistema de Control Interno y mantener informado al Ministro sobre la marcha del Sistema.<\/p>\n<p>7. Presentar informes de actividades al Ministro y al Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno o quien haga sus veces.<\/p>\n<p>8. Planear, dirigir y realizar la evaluaci\u00f3n del Sistema de Control Interno.<\/p>\n<p>9. Verificar la aplicaci\u00f3n y cumplimiento de las medidas que adopte el Gobierno Nacional sobre lucha contra la corrupci\u00f3n, racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites y austeridad en el gasto p\u00fablico, entre otras materias, con el fin de contribuir al mejoramiento y eficiencia en la gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Apoyar a las entidades que conforman el Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural en la Implementaci\u00f3n de estrategias gubernamentales en materia de control interno.<\/p>\n<p>11. Interactuar con las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio, con fin de fortalecer el Sistema de Control Interno Sectorial.<\/p>\n<p>12. Coordinar y realizar las Auditor\u00edas Internas de Calidad en el marco del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y garantizar la realizaci\u00f3n de las auditor\u00edas externas de certificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Realizar evaluaciones peri\u00f3dicas sobre la ejecuci\u00f3n del plan de acci\u00f3n, del cumplimiento de las actividades propias de cada dependencia y proponer las medidas preventivas y\/o correctivas necesarias.<\/p>\n<p>14. Velar por la correcta ejecuci\u00f3n de las operaciones, convenios y contratos del Ministerio y vigilar c\u00f3mo se invierten los fondos p\u00fablicos e informar al Ministro y a los Viceministros cuando se presenten irregularidades en el manejo de los mismos.<\/p>\n<p>15. Preparar y consolidar el Informe de Rendici\u00f3n de Cuenta Fiscal que debe presentarse anualmente a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica al comienzo de cada vigencia.<\/p>\n<p>16. Coordinar y consolidar las respuestas a los requerimientos presentados por los organismos de control respecto de la gesti\u00f3n del Ministerio.<\/p>\n<p>17. Apoyar el desarrollo, sostenimiento y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n, supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones.<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones. Son funciones de la Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y proponer la pol\u00edtica de uso y aplicaci\u00f3n de tecnolog\u00edas, estrategias y herramientas, para el mejoramiento continuo de los procesos del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>2. Garantizar la aplicaci\u00f3n a nivel sectorial de los est\u00e1ndares, buenas pr\u00e1cticas y principios para la informaci\u00f3n estatal.<\/p>\n<p>3. Elaborar el plan institucional y orientar la elaboraci\u00f3n del plan estrat\u00e9gico sectorial en materia de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Asesorar y apoyar al Ministro, los Viceministros y las dem\u00e1s dependencias del Ministerio en la gesti\u00f3n efectiva de los sistemas de informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Asesorar al Ministro en el desarrollo de estad\u00edsticas en materia de \u00e1rea, producci\u00f3n, rendimiento, precios y en general toda aquella informaci\u00f3n que permita la toma de decisiones; proponer los criterios para el desarrollo de los mismos, en coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y Prospectiva del Sector y las dem\u00e1s entidades competentes en la materia.<\/p>\n<p>6. Asesorar al Ministro en la definici\u00f3n de los est\u00e1ndares de datos de los sistemas de informaci\u00f3n y de seguridad inform\u00e1tica de competencia del Ministerio relativos a los sistemas de informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n que tiene el Ministerio y el Sector.<\/p>\n<p>7. Elaborar el mapa de informaci\u00f3n sectorial que permita contar de manera actualizada y completa con los procesos de producci\u00f3n de informaci\u00f3n del Sector y del Ministerio.<\/p>\n<p>8. Desarrollar estrategias para lograr un flujo eficiente de informaci\u00f3n sectorial e intersectorial para promover al Ministerio y al Sector ante la ciudadan\u00eda, como parte de la rendici\u00f3n de cuentas a la sociedad.<\/p>\n<p>9. Dise\u00f1ar estrategias, instrumentos y herramientas con aplicaci\u00f3n de tecnolog\u00eda para brindar de manera constante y permanente un buen servicio al ciudadano.<\/p>\n<p>10. Vigilar que en los procesos tecnol\u00f3gicos de la entidad y del Sector se tengan en cuenta los est\u00e1ndares y lineamientos dictados por el Ministerio de las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, que permitan la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas que en materia de informaci\u00f3n expidan el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, el Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica (DANE) y otras entidades competentes.<\/p>\n<p>11. Identificar las dificultades en la implementaci\u00f3n de est\u00e1ndares y buenas pr\u00e1cticas y en el cumplimiento de los principios para la informaci\u00f3n estatal.<\/p>\n<p>12. Lograr acuerdos entre las entidades del Sector para compartir informaci\u00f3n y mejorar la eficiencia en la producci\u00f3n, recolecci\u00f3n, uso y disposici\u00f3n de la informaci\u00f3n, de acuerdo con los lineamientos estrat\u00e9gicos emitidos por el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, Ministerio de las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, el DANE y dem\u00e1s entidades pertinentes.<\/p>\n<p>13. Identificar necesidades de informaci\u00f3n sectorial, con el prop\u00f3sito de ser priorizadas dentro del plan estrat\u00e9gico de informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Organizar los procesos internos del sector en la producci\u00f3n de informaci\u00f3n para cumplir con las pol\u00edticas, los planes, los programas y los proyectos sectoriales teniendo en cuenta los lineamientos para la informaci\u00f3n estatal.<\/p>\n<p>15. Dirigir, orientar y participar en el desarrollo de los contenidos y ambientes virtuales requeridos para el cumplimiento de las funciones y objetivos del Ministerio.<\/p>\n<p>16. Apoyar al Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n en la expedici\u00f3n de pol\u00edticas, lineamientos, programas, planes y proyectos, para lograr altos niveles de eficiencia en la producci\u00f3n de informaci\u00f3n p\u00fablica del Sector.<\/p>\n<p>17. Apoyar al DANE en la definici\u00f3n de pol\u00edticas, principios, lineamientos e implementar los est\u00e1ndares y buenas pr\u00e1cticas que rigen la informaci\u00f3n estad\u00edstica para lograr altos niveles de eficiencia en la producci\u00f3n de Informaci\u00f3n estad\u00edstica del Sector.<\/p>\n<p>18. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y cumplir sus recomendaciones.<\/p>\n<p>19. Atender peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Funciones del Despacho del Viceministro de Desarrollo Rural. Son funciones del Viceministro de Desarrollo Rural adem\u00e1s de las que determina el art\u00edculo 62 de la Ley 489 de 1998, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Proponer e implementar las pol\u00edticas de desarrollo rural con enfoque territorial, en la gesti\u00f3n de los bienes p\u00fablicos rurales, desarrollo de capacidades productivas y generaci\u00f3n de ingresos, ordenamiento social de la propiedad rural y uso productivo del suelo.<\/p>\n<p>2. Proponer y dise\u00f1ar instrumentos de pol\u00edtica que promuevan la gesti\u00f3n de los bienes p\u00fablicos rurales, el desarrollo de capacidades productivas y generaci\u00f3n de ingresos y el ordenamiento social de la propiedad rural y uso productivo del suelo.<\/p>\n<p>3. Proponer e implementar las pol\u00edticas sobre el ordenamiento social de la propiedad rural y el uso productivo del suelo siguiendo los lineamientos, criterios y recomendaciones dados por la Unidad de Planificaci\u00f3n de Tierras Rurales, Adecuaci\u00f3n de Tierras y Usos Agropecuarios (UPRA).<\/p>\n<p>4. Proponer y hacer seguimiento a la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas sobre adecuaci\u00f3n de tierras rurales bajo los lineamientos y recomendaciones dados por la Unidad de Planificaci\u00f3n de Tierras Rurales, Adecuaci\u00f3n de Tierras y Usos Agropecuarios (UPRA).<\/p>\n<p>5. Liderar el dise\u00f1o y la implementaci\u00f3n de los programas de desarrollo rural con enfoque territorial.<\/p>\n<p>6. Proponer, en coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora Jur\u00eddica y de acuerdo con la Agenda Legislativa del Gobierno Nacional, los proyectos de ley y la reglamentaci\u00f3n de las normas que regulan los temas de competencia del Viceministerio y velar por su cumplimiento.<\/p>\n<p>7. Proponer y hacer seguimiento a la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica de restituci\u00f3n de tierras despojadas.<\/p>\n<p>8. Proponer pol\u00edticas, planes y programas dirigidos a la atenci\u00f3n de la poblaci\u00f3n rural, teniendo en cuenta las particularidades de la mujer y joven rural, los grupos \u00e9tnicos y en general de la poblaci\u00f3n rural vulnerable, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s entidades competentes del Estado.<\/p>\n<p>9. Asesorar y proponer mecanismos y estrategias que promuevan el fortalecimiento de las organizaciones rurales y asociaciones de productores orientadas hacia la generaci\u00f3n de ingresos, gesti\u00f3n de bienes p\u00fablicos rurales y ordenamiento social de la propiedad rural y productivo del suelo.<\/p>\n<p>10. Participar en la elaboraci\u00f3n del Plan de Desarrollo Sectorial, incluido el plan de inversiones del sector y hacer seguimiento en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>11. Formular y coordinar con las entidades del Sector y dem\u00e1s entidades competentes las pol\u00edticas, estrategias, planes y programas para impulsar el desarrollo rural con enfoque territorial y el mejoramiento en la calidad de vida de la poblaci\u00f3n rural.<\/p>\n<p>12. Dirigir, coordinar y controlar el cumplimiento de las funciones asignadas a las Direcciones adscritas a su Despacho y la coordinaci\u00f3n pertinente con la gesti\u00f3n de las entidades adscritas y vinculadas en el marco de su competencia.<\/p>\n<p>13. Coordinar con la Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones y las entidades competentes los mecanismos para la recolecci\u00f3n, procesamiento, an\u00e1lisis y utilizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n que se obtenga de los sistemas de informaci\u00f3n del Sector Administrativo.<\/p>\n<p>14. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Direcci\u00f3n de ordenamiento social de la propiedad rural y uso productivo del suelo. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Ordenamiento Social de la Propiedad Rural y Uso productivo del Suelo, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y evaluar las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos de desarrollo rural con enfoque territorial encaminadas a la titulaci\u00f3n, formalizaci\u00f3n, restituci\u00f3n y en general la regularizaci\u00f3n de la propiedad de las tierras rurales.<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar y evaluar las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos de desarrollo rural con enfoque territorial, encaminadas a la adecuaci\u00f3n de tierras con fines agropecuarios, uso eficiente de suelo rural y el mercado de tierras rurales.<\/p>\n<p>3. Proponer normas, instrumentos y procedimientos que permitan la titulaci\u00f3n, formalizaci\u00f3n, restituci\u00f3n y en general la regularizaci\u00f3n de la propiedad de las tierras rurales, de acuerdo con los lineamientos definidos por la Unidad de Planificaci\u00f3n de Tierras Rurales, Adecuaci\u00f3n de Tierras y Usos Agropecuarios (UPRA).<\/p>\n<p>4. Elaborar normas, instrumentos y procedimientos para la adecuaci\u00f3n de tierras con fines agropecuarios, uso eficiente de suelo rural y el mercado de tierras rurales, de acuerdo con los lineamientos definidos por la Unidad de Planificaci\u00f3n de Tierras Rurales, Adecuaci\u00f3n de Tierras y Usos Agropecuarios (UPRA).<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar y evaluar las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos de desarrollo rural con enfoque territorial, encaminadas al establecimiento de territorios colectivos para grupos \u00e9tnicos.<\/p>\n<p>6. Contribuir en el marco de sus competencias en el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de los programas de desarrollo rural con enfoque territorial.<\/p>\n<p>7. Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica, planes, programas y proyectos para el ordenamiento social de la propiedad rural y el uso productivo del suelo a cargo de las entidades adscritas y vinculadas al Sector.<\/p>\n<p>8. Articular y concertar con las entidades competentes la implementaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de ordenamiento social de la propiedad rural y uso productivo del suelo.<\/p>\n<p>9. Identificar y coordinar con la Oficina Asesora Jur\u00eddica los cambios normativos, procedimentales e institucionales que se requieran para el logro de los objetivos y metas de la pol\u00edtica de ordenamiento social de la propiedad rural y uso productivo del suelo.<\/p>\n<p>10. Definir y generar la informaci\u00f3n estad\u00edstica requerida para que la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y Prospectiva, la analice, interprete y permita documentar la toma de decisiones tanto del Ministro como de sus Viceministros, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>11. Orientar y participar, con las entidades competentes, en la promoci\u00f3n y difusi\u00f3n de investigaciones y estudios orientados al ordenamiento social de la propiedad rural y uso productivo del suelo.<\/p>\n<p>12. Promover los programas a su cargo, buscando potenciar los recursos, mediante alianzas o esquemas de cooperaci\u00f3n entre el Estado, la comunidad y el sector privado.<\/p>\n<p>13. Coordinar con la Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y de las Comunicaciones los desarrollos tecnol\u00f3gicos y necesidades inform\u00e1ticas que se requieran en el ejercicio de sus funciones.<\/p>\n<p>14. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Bienes P\u00fablicos Rurales. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n de Bienes P\u00fablicos Rurales, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Coordinar, dise\u00f1ar y evaluar las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos de desarrollo rural con enfoque territorial encaminadas a la provisi\u00f3n de bienes p\u00fablicos rurales, que incidan en el desarrollo social y productivo del campo, tales como educaci\u00f3n, salud, seguridad social, agua potable, saneamiento b\u00e1sico, seguridad, electrificaci\u00f3n, v\u00edas y vivienda rural.<\/p>\n<p>2. Formular acciones para propiciar la articulaci\u00f3n con los Ministerios del Trabajo, Educaci\u00f3n Nacional, Salud y Protecci\u00f3n Social, Transporte, Minas y Energ\u00eda, Vivienda, Ciudad y Territorio, Ambiente y Desarrollo Sostenible, Defensa Nacional e Interior. Al igual que con los Departamentos Administrativos de Prosperidad Social, Nacional de Planeaci\u00f3n y Nacional de Estad\u00edstica y las dem\u00e1s entidades del orden nacional y territorial que conlleven a la implementaci\u00f3n de planes, programas y proyectos de desarrollo rural y agropecuario con enfoque territorial.<\/p>\n<p>3. Proponer normas, instrumentos y procedimientos que permitan el acceso y la provisi\u00f3n de bienes p\u00fablicos rurales.<\/p>\n<p>4. Articular y concertar con las entidades competentes el dise\u00f1o de planes, programas y proyectos dirigidos a la provisi\u00f3n de bienes p\u00fablicos rurales.<\/p>\n<p>5. Contribuir en el marco de sus competencias en el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de los programas de desarrollo rural con enfoque territorial.<\/p>\n<p>6. Definir y generar la informaci\u00f3n estad\u00edstica requerida para que la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y Prospectiva, la analice, interprete y permita documentar la toma de decisiones tanto del Ministro como de sus Viceministros, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>7. Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica, planes, programas y proyectos para la provisi\u00f3n de bienes p\u00fablicos rurales a cargo de las entidades adscritas y vinculadas al sector.<\/p>\n<p>8. Coordinar con la Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y de las Comunicaciones los desarrollos tecnol\u00f3gicos y necesidades inform\u00e1ticas que se requieran en el ejercicio de sus funciones.<\/p>\n<p>9. Promover los programas a su cargo, buscando potenciar los recursos, mediante alianzas o esquemas de cooperaci\u00f3n entre el Estado, la comunidad y el sector privado.<\/p>\n<p>10. Identificar y coordinar con la Oficina Asesora Jur\u00eddica los cambios normativos, procedimentales e institucionales que se requieran para el logro de los objetivos y metas de la pol\u00edtica de gesti\u00f3n de bienes p\u00fablicos rurales.<\/p>\n<p>11. Coordinar con la Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones y las entidades competentes los mecanismos para la recolecci\u00f3n, procesamiento, an\u00e1lisis y utilizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n que se obtenga de los sistemas de informaci\u00f3n del Sector Administrativo.<\/p>\n<p>12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Direcci\u00f3n de capacidades productivas y generaci\u00f3n de ingresos. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Desarrollo de Capacidades Productivas y Generaci\u00f3n de Ingresos, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y evaluar las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos de desarrollo rural con enfoque territorial, encaminadas al desarrollo del capital social rural, el acceso a activos productivos, el desarrollo de capital humano, la promoci\u00f3n de la seguridad alimentaria, la microempresa rural, el desarrollo de las microfinanzas, el desarrollo de competencias laborales, el acompa\u00f1amiento t\u00e9cnico y la cofinanciaci\u00f3n de proyectos productivos sostenibles a las poblaciones rurales m\u00e1s vulnerables.<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar y evaluar planes, programas y proyectos de capacidades productivas y generaci\u00f3n de ingresos focalizados en las poblaciones rurales m\u00e1s vulnerables.<\/p>\n<p>3. Proponer normas, instrumentos y procedimientos que permitan el desarrollo de las capacidades productivas y la generaci\u00f3n de ingresos.<\/p>\n<p>4. Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica, planes, programas y proyectos para el desarrollo de las capacidades productivas y la generaci\u00f3n de ingresos a cargo de las entidades adscritas y vinculadas al Sector.<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar y evaluar las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos relacionados con el desarrollo de capacidades productivas y la generaci\u00f3n de ingresos para la poblaci\u00f3n rural, teniendo en cuenta el enfoque diferencial y las caracter\u00edsticas de poblaci\u00f3n rural vulnerable, tales como, mujer y joven rural, desplazados, v\u00edctimas del conflicto y el relevo generacional.<\/p>\n<p>6. Contribuir, en el marco de sus competencias, en el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de los programas de desarrollo rural con enfoque territorial.<\/p>\n<p>7. Articular y concertar con las entidades competentes, la implementaci\u00f3n de programas, planes y proyectos que promuevan capacidades productivas y la generaci\u00f3n de ingresos, en el marco de los programas de desarrollo rural con enfoque territorial.<\/p>\n<p>8. Consolidar y orientar los proyectos productivos de los pobladores rurales de acuerdo con el potencial productivo del territorio y las oportunidades de mercado.<\/p>\n<p>9. Establecer mecanismos para la articulaci\u00f3n de los diferentes planes, programas y proyectos relacionados con los temas de su competencia que adelanten otras entidades del orden nacional y territorial, con los programas de desarrollo rural con enfoque territorial que lidere el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>10. Definir y generar la informaci\u00f3n estad\u00edstica requerida para que la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y Prospectiva, la analice, interprete y permita documentar la toma de decisiones tanto del Ministro como de sus Viceministros, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>11. Participar con las instancias competentes en la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica de formalizaci\u00f3n laboral rural.<\/p>\n<p>12. Proponer e implementar mecanismos y estrategias para contribuir al fortalecimiento de las asociaciones campesinas o de peque\u00f1os productores, as\u00ed como la cooperaci\u00f3n entre estas y las entidades del Sector, para el desarrollo de las capacidades productivas y la generaci\u00f3n de ingresos.<\/p>\n<p>13. Identificar y coordinar con la Oficina Asesora Jur\u00eddica los cambios normativos, procedimentales e institucionales que se requieran para el logro de los objetivos y metas de la pol\u00edtica de desarrollo de capacidades productivas y generaci\u00f3n de ingresos.<\/p>\n<p>14. Coordinar con la Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones y las entidades competentes los mecanismos para la recolecci\u00f3n, procesamiento, an\u00e1lisis y utilizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n que se obtenga de los sistemas de informaci\u00f3n del Sector Administrativo.<\/p>\n<p>15. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Funciones del Despacho del Viceministro de Asuntos Agropecuarios. Son funciones del Viceministro de Asuntos Agropecuarios, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Proponer e implementar las pol\u00edticas para mejorar la productividad y la competitividad agr\u00edcola, forestal, pecuaria, pesquera y acu\u00edcola.<\/p>\n<p>2. Proponer y dise\u00f1ar instrumentos de pol\u00edtica que promuevan la productividad y competitividad agr\u00edcola forestal, pecuaria, pesquera y acu\u00edcola.<\/p>\n<p>3. Proponer y hacer seguimiento a la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas sobre la productividad y la competitividad agr\u00edcola, forestal, pecuaria, pesquera y acu\u00edcola.<\/p>\n<p>4. Participar en el dise\u00f1o y la implementaci\u00f3n de los programas de desarrollo rural con enfoque territorial, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>5. Asesorar y proponer mecanismos y estrategias que promuevan el fortalecimiento de las organizaciones gremiales y asociaciones de productores orientadas al mejoramiento de la productividad y la competitividad agr\u00edcola, forestal, pecuaria, pesquera y acu\u00edcola.<\/p>\n<p>6. Participar en la elaboraci\u00f3n del Plan de Desarrollo Sectorial, incluido el plan de inversiones del sector y hacer seguimiento en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>7. Formular y coordinar con las entidades del Sector y dem\u00e1s entidades competentes las pol\u00edticas, estrategias, planes y programas para impulsar el mejoramiento de la productividad y competitividad agr\u00edcola, forestal, pecuaria, pesquera y acu\u00edcola.<\/p>\n<p>8. Participar, con las autoridades competentes, en la formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de la pol\u00edtica de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y los recursos h\u00eddricos.<\/p>\n<p>9. Definir instrumentos e incentivos para propiciar el fortalecimiento y mejoramiento en la producci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de las cadenas agr\u00edcolas, forestales, pecuarias, pesqueras y acu\u00edcolas.<\/p>\n<p>10. Definir las pol\u00edticas y directrices sobre investigaci\u00f3n, desarrollo tecnol\u00f3gico e innovaci\u00f3n para el sector agropecuario.<\/p>\n<p>11. Definir la pol\u00edtica de protecci\u00f3n sanitaria para el sector agropecuario.<\/p>\n<p>12. Definir la pol\u00edtica de identificaci\u00f3n, prevenci\u00f3n y mitigaci\u00f3n de riesgos agropecuarios originados en desastres naturales, fen\u00f3menos clim\u00e1ticos y de mercado.<\/p>\n<p>13. Dirigir el seguimiento a la pol\u00edtica de libertad vigilada y control de precios de los insumos agr\u00edcolas, pecuarios, pesqueros, acu\u00edcolas y forestales.<\/p>\n<p>14. Proponer la adopci\u00f3n o ajuste de instrumentos de financiamiento e incentivos para promover la inversi\u00f3n en el sector agropecuario.<\/p>\n<p>15. Orientar, controlar y hacer seguimiento a los programas, proyectos y recursos de los Fondos Parafiscales y de los Fondos de Estabilizaci\u00f3n de Precios Agropecuarios.<\/p>\n<p>16. Proponer insumos y elementos t\u00e9cnicos para las negociaciones internacionales en el marco de su competencia.<\/p>\n<p>17. Definir la pol\u00edtica de inserci\u00f3n a mercados de los productos agropecuarios.<\/p>\n<p>18. Dirigir, coordinar y controlar el cumplimiento de las funciones asignadas a las Direcciones adscritas a su Despacho y la coordinaci\u00f3n pertinente con la gesti\u00f3n de las entidades adscritas y vinculadas en el marco de su competencia.<\/p>\n<p>19. Coordinar con la Unidad de Planificaci\u00f3n de Tierras Rurales, Adecuaci\u00f3n de Tierras y Usos Agropecuarios (UPRA), los lineamientos para la competitividad agr\u00edcola forestal, pecuaria, pesquera y acu\u00edcola.<\/p>\n<p>20. Proponer, en coordinaci\u00f3n con la oficina Asesora Jur\u00eddica y de acuerdo con la Agenda Legislativa del Gobierno Nacional, los proyectos de ley y reglamentos relacionados con los temas de su competencia.<\/p>\n<p>21. Coordinar con la Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones y las entidades competentes los mecanismos para la recolecci\u00f3n, procesamiento, an\u00e1lisis y utilizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n que se obtenga de los sistemas de informaci\u00f3n del Sector Administrativo.<\/p>\n<p>22. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>23. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Direcci\u00f3n de Cadenas Agr\u00edcolas y Forestales. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Cadenas Agr\u00edcolas y Forestales, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y evaluar las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el fortalecimiento de las cadenas agr\u00edcolas y forestales, en los temas relacionados con la producci\u00f3n, la asistencia t\u00e9cnica, la comercializaci\u00f3n, la asociatividad, las alianzas productivas, la formalizaci\u00f3n empresarial, laboral y la infraestructura productiva, la inserci\u00f3n en los mercados internacionales y la generaci\u00f3n de valor agregado en los productos agropecuarios.<\/p>\n<p>2. Proponer normas, instrumentos y procedimientos que permitan el fortalecimiento de las cadenas agr\u00edcolas y forestales.<\/p>\n<p>3. Contribuir en el marco de sus competencias en el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de los programas de desarrollo rural con enfoque territorial.<\/p>\n<p>4. Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica, planes, programas y proyectos para el fortalecimiento de las cadenas agr\u00edcola y forestal.<\/p>\n<p>5. Coordinar con los organismos p\u00fablicos competentes y actores de las cadenas productivas aspectos relacionados con el financiamiento, la gesti\u00f3n de riesgos, desarrollo tecnol\u00f3gico, asistencia t\u00e9cnica, comercializaci\u00f3n y agroindustria la infraestructura productiva y los dem\u00e1s que sean necesarios para el mejoramiento competitivo de las cadenas agr\u00edcola y forestal.<\/p>\n<p>6. Realizar con los organismos y \u00e1reas pertinentes la implementaci\u00f3n y desarrollo de las pol\u00edticas e instrumentos de mercado interno y externo para los productos agr\u00edcolas y forestales.<\/p>\n<p>7. Definir y generar la informaci\u00f3n estad\u00edstica requerida para que la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y Prospectiva, la analice, interprete y permita documentar la toma de decisiones tanto del Ministro como de sus Viceministros, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>8. Proponer y orientar mecanismos que articulen los eslabones de las diferentes cadenas productivo-comerciales y apoyar el desarrollo de la capacidad p\u00fablica y privada para gestionar compromisos relacionados con el mercado de productos agr\u00edcolas y forestales.<\/p>\n<p>9. Hacer seguimiento al cumplimiento de las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el fortalecimiento de las cadenas agr\u00edcolas y forestales que adelanten las entidades adscritas o vinculadas al Ministerio.<\/p>\n<p>10. Hacer el seguimiento a las actividades desarrolladas con cargo a los recursos de los Fondos Parafiscales y los Fondos de Estabilizaci\u00f3n de Precios Agropecuarios de su competencia.<\/p>\n<p>11. Hacer el seguimiento a la pol\u00edtica de libertad vigilada y control de precios de los insumos agr\u00edcolas y forestales.<\/p>\n<p>12. Emitir, en coordinaci\u00f3n con la Oficina Jur\u00eddica y de conformidad con lo se\u00f1alado en el art\u00edculo 5\u00b0 de la Ley 1340 de 2009, concepto previo vinculante y motivado, en relaci\u00f3n con la autorizaci\u00f3n de acuerdos y convenios que tengan por objeto estabilizar la producci\u00f3n agropecuaria.<\/p>\n<p>13. Evaluar, conjuntamente con la Oficina de Asuntos Internacionales, la pol\u00edtica de desarrollo agropecuario en funci\u00f3n de la tendencia de los mercados internacionales e identificar los productos en los cuales Colombia cuenta con ventajas comparativas.<\/p>\n<p>14. Coordinar con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y dem\u00e1s instancias competentes, la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica forestal.<\/p>\n<p>15. Dise\u00f1ar y proponer la pol\u00edtica y los instrumentos para la distribuci\u00f3n de alimentos en las centrales de abastos.<\/p>\n<p>16. Promover los programas y proyectos a cargo de la dependencia, dirigidos a potenciar los recursos, mediante alianzas o esquemas de cooperaci\u00f3n entre el Estado, la comunidad y el sector privado.<\/p>\n<p>17. Revisar y analizar los proyectos del plan de establecimiento y manejo forestal y otorgar el certificado de incentivo forestal, as\u00ed como realizar el seguimiento de los establecimientos y mantenimientos.<\/p>\n<p>18. Coordinar, implementar y mantener la Ventanilla \u00danica Forestal.<\/p>\n<p>19. Dar la viabilidad t\u00e9cnica para el reconocimiento de las empresas especializadas y mantener actualizada la base datos en cumplimiento de la normatividad vigente.<\/p>\n<p>20. Proponer, en coordinaci\u00f3n con la oficina Asesora Jur\u00eddica y de acuerdo con la Agenda Legislativa del Gobierno Nacional, los proyectos de ley y reglamentos relacionados con los temas de su competencia.<\/p>\n<p>21. Coordinar con la Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y de las Comunicaciones los desarrollos tecnol\u00f3gicos y necesidades inform\u00e1ticas que se requieran en el ejercicio de sus funciones.<\/p>\n<p>22. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>23. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Direcci\u00f3n de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acu\u00edcolas. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acu\u00edcolas, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y evaluar las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el fortalecimiento de las cadenas pecuarias, pesqueras y acu\u00edcolas en los temas relacionados con la producci\u00f3n, la asistencia t\u00e9cnica, la comercializaci\u00f3n, la asociatividad, las alianzas productivas, la formalizaci\u00f3n empresarial y laboral, la infraestructura productiva, la inserci\u00f3n en los mercados internacionales y la generaci\u00f3n de valor agregado en los productos agropecuarios.<\/p>\n<p>2. Proponer normas, instrumentos y procedimientos que permitan el fortalecimiento de las cadenas pecuarias, pesqueras y acu\u00edcolas.<\/p>\n<p>3. Contribuir en el marco de sus competencias en el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de los programas de desarrollo rural con enfoque territorial.<\/p>\n<p>4. Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica, planes, programas y proyectos para el fortalecimiento de las cadenas pecuarias, pesqueras y acu\u00edcolas.<\/p>\n<p>5. Coordinar con los organismos p\u00fablicos competentes y actores de las cadenas productivas aspectos relacionados con el financiamiento, la gesti\u00f3n de riesgos, desarrollo tecnol\u00f3gico, asistencia t\u00e9cnica, comercializaci\u00f3n y agroindustria, la infraestructura productiva y los dem\u00e1s que sean necesarios para el mejoramiento competitivo de las cadenas pecuarias, pesqueras y acu\u00edcolas.<\/p>\n<p>6. Realizar con los organismos y \u00e1reas pertinentes la implementaci\u00f3n y desarrollo de las pol\u00edticas e instrumentos de mercado interno y externo para los productos pecuarios, pesqueros y acu\u00edcolas.<\/p>\n<p>7. Definir y generar la informaci\u00f3n estad\u00edstica requerida para que la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y Prospectiva, la analice, interprete y permita documentar la toma de decisiones tanto del Ministro como de sus Viceministros, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>8. Proponer y orientar mecanismos que articulen los eslabones de las diferentes cadenas productivo-comerciales y apoyar el desarrollo de la capacidad p\u00fablica y privada para gestionar compromisos relacionados con el mercado de productos pecuarios, pesqueros y acu\u00edcolas.<\/p>\n<p>9. Hacer seguimiento al cumplimiento de las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el fortalecimiento de las cadenas pecuarias, pesqueras y acu\u00edcolas que adelanten las entidades adscritas o vinculadas al Ministerio.<\/p>\n<p>10. Hacer el seguimiento a las actividades desarrolladas con cargo a los recursos de los Fondos Parafiscales y los Fondos de Estabilizaci\u00f3n de Precios Agropecuarios de su competencia.<\/p>\n<p>11. Hacer el seguimiento a la pol\u00edtica de libertad vigilada y control de precios de los insumos pecuarios, pesqueros y acu\u00edcolas.<\/p>\n<p>12. Emitir, en coordinaci\u00f3n con la Oficina Jur\u00eddica y de conformidad con lo se\u00f1alado en el art\u00edculo 5\u00b0 de la Ley 1340 de 2009, concepto previo vinculante y motivado, en relaci\u00f3n con la autorizaci\u00f3n de acuerdos y convenios que tengan por objeto estabilizar la producci\u00f3n agropecuaria.<\/p>\n<p>13. Evaluar, conjuntamente con la Oficina de Asuntos Internacionales, la pol\u00edtica de desarrollo agropecuario en funci\u00f3n de la tendencia de los mercados internacionales e identificar los productos en los cuales Colombia cuenta con ventajas comparativas.<\/p>\n<p>14. Proponer, en coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora Jur\u00eddica y de acuerdo con la Agenda Legislativa del Gobierno Nacional, los proyectos de ley y reglamentos relacionados con los temas de su competencia.<\/p>\n<p>15. Promover los programas y proyectos a cargo de la dependencia, dirigidos a potenciar los recursos, mediante alianzas o esquemas de cooperaci\u00f3n entre el Estado, la comunidad y el sector privado.<\/p>\n<p>16. Coordinar con la Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y de las Comunicaciones los desarrollos tecnol\u00f3gicos y necesidades inform\u00e1ticas que se requieran en el ejercicio de sus funciones.<\/p>\n<p>17. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Direcci\u00f3n de financiamiento y riesgos agropecuarios. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Financiamiento y Riesgos Agropecuarios, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y evaluar las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos de desarrollo agropecuarios encaminados al financiamiento y riesgos agropecuarios.<\/p>\n<p>2. Proponer normas, instrumentos y procedimientos para el financiamiento, capitalizaci\u00f3n e inversi\u00f3n del sector agropecuario acordes con las caracter\u00edsticas del ciclo productivo.<\/p>\n<p>3. Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica, planes, programas y proyectos para el financiamiento y riesgos agropecuarios y propender por su implementaci\u00f3n en las entidades adscritas y vinculadas.<\/p>\n<p>4. Definir instrumentos y estrategias con el fin de identificar, prevenir, mitigar y corregir los riesgos agropecuarios producto de las crisis econ\u00f3micas nacionales e internacionales y en general las situaciones imprevisibles que afecten las actividades agropecuarias.<\/p>\n<p>5. Analizar la coyuntura econ\u00f3mica en los mercados nacionales e internacionales, evaluando los factores de riesgo que afectan al sector agropecuario (riesgos de mercado), en coordinaci\u00f3n con las entidades p\u00fablicas y privadas competentes.<\/p>\n<p>6. Analizar, desarrollar e implementar mecanismos de promoci\u00f3n que permitan mejorar y ampliar las condiciones de cobertura y acceso al seguro agropecuario, priorizando producciones, regiones, tipos de productores y pr\u00e1cticas activas de mitigaci\u00f3n de riesgos clim\u00e1ticos y biol\u00f3gicos.<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar y coordinar la puesta en marcha de instrumentos de gesti\u00f3n de riesgos de mercado de los productos agropecuarios que incluya las coberturas de precios y de tasa de cambio.<\/p>\n<p>8. Realizar seguimiento a los instrumentos de riesgos de mercado de la producci\u00f3n y &#8211; comercializaci\u00f3n agropecuaria.<\/p>\n<p>9. Coordinar con la Bolsa Mercantil de Colombia (BMC) y las direcciones de cadenas del Ministerio, el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de instrumentos de mercado de capitales para los productos agropecuarios.<\/p>\n<p>10 Gestionar el acceso y uso de estad\u00edsticas agropecuarias, hidrometeorol\u00f3gicas y agroclim\u00e1ticas para un mejor manejo del riesgo.<\/p>\n<p>11. Coordinar con los organismos pertinentes la implementaci\u00f3n y desarrollo de las pol\u00edticas e instrumentos de financiamiento, capitalizaci\u00f3n e inversi\u00f3n del sector agropecuario.<\/p>\n<p>12. Participar en la articulaci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos nacionales de gesti\u00f3n del riesgo agropecuario e instrumentos de financiamiento.<\/p>\n<p>13. Hacer seguimiento y actualizaci\u00f3n de las operaciones de seguros, clasificaci\u00f3n de riesgos y todo lo relativo al funcionamiento de los fondos de aseguramiento y riesgo agropecuario.<\/p>\n<p>14. Coordinar con la Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y de las Comunicaciones los desarrollos tecnol\u00f3gicos y necesidades inform\u00e1ticas que se requieran en el ejercicio de sus funciones.<\/p>\n<p>15. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Direcci\u00f3n de innovaci\u00f3n, desarrollo tecnol\u00f3gico y protecci\u00f3n sanitaria. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Innovaci\u00f3n, Desarrollo Tecnol\u00f3gico y Protecci\u00f3n Sanitaria, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y evaluar las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos de desarrollo agropecuario relacionados con la investigaci\u00f3n, el desarrollo tecnol\u00f3gico, la innovaci\u00f3n y la asistencia t\u00e9cnica agropecuaria.<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar y evaluar las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos de desarrollo agropecuario en materia de prevenci\u00f3n, vigilancia y control de los riesgos sanitarios, biol\u00f3gicos y qu\u00edmicos para las especies animales y vegetales.<\/p>\n<p>3. Proponer normas, instrumentos y procedimientos en materia de investigaci\u00f3n, desarrollo tecnol\u00f3gico, innovaci\u00f3n, asistencia t\u00e9cnica agropecuaria en el \u00e1mbito agropecuario, pesquero, acu\u00edcola y forestal, para mejorar la competitividad del sector.<\/p>\n<p>4. Proponer normas, instrumentos y procedimientos en materia de prevenci\u00f3n, vigilancia y control de los riesgos sanitarios, biol\u00f3gicos y qu\u00edmicos para las especies animales y vegetales.<\/p>\n<p>5. Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica agropecuaria, pesquera, acu\u00edcola y forestal relacionada con la investigaci\u00f3n, desarrollo tecnol\u00f3gico, innovaci\u00f3n, asistencia t\u00e9cnica agropecuaria para propender por su implementaci\u00f3n en las entidades adscritas y vinculadas.<\/p>\n<p>6. Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica agropecuaria, pesquera, acu\u00edcola y forestal en materia de prevenci\u00f3n, vigilancia y control de los riesgos sanitarios, biol\u00f3gicos y qu\u00edmicos para las especies animales y vegetales y la investigaci\u00f3n aplicada y propender por su implementaci\u00f3n en las entidades adscritas y vinculadas.<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar e implementar estrategias e instrumentos que se orienten a la gesti\u00f3n de riesgos clim\u00e1ticos a trav\u00e9s de acciones de identificaci\u00f3n, prevenci\u00f3n, adopci\u00f3n medidas de mitigaci\u00f3n y adaptaci\u00f3n en los sistemas productivos en coordinaci\u00f3n con las Direcciones de Cadenas Productivas y de Financiamiento y Riesgos Agropecuarios.<\/p>\n<p>8. Coordinar, homologar y difundir estad\u00edsticas agropecuarias, hidrometeorol\u00f3gicas y agroclim\u00e1ticas, estandarizando la informaci\u00f3n para la elaboraci\u00f3n de mapas de riesgo y la divulgaci\u00f3n de informaci\u00f3n agropecuaria en general para una mejor gesti\u00f3n del riesgo clim\u00e1tico.<\/p>\n<p>9. Coordinar con los organismos p\u00fablicos y privados competentes y la sociedad civil, en el marco del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnolog\u00eda Agroindustrial, el desarrollo de los aspectos referentes a la investigaci\u00f3n, el desarrollo tecnol\u00f3gico, la innovaci\u00f3n, la asistencia t\u00e9cnica agropecuaria y asuntos sanitarios en el \u00e1mbito agropecuario, pesquero, acu\u00edcola y forestal.<\/p>\n<p>10. Articular la adopci\u00f3n por parte de los centros de investigaci\u00f3n de los lineamientos, recomendaciones y criterios que establezca la Unidad de Planificaci\u00f3n de Tierras Rurales, Adecuaci\u00f3n de Tierras y Usos Agropecuarios (UPRA), en materia de uso eficiente del suelo.<\/p>\n<p>11. Formular, implementar y actualizar la Agenda Nacional de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (CTI) con el fin de identificar, priorizar y atender las demandas y las ofertas productivas y sanitarias en el \u00e1mbito agropecuario, pesquero y forestal.<\/p>\n<p>12. Analizar y revisar las solicitudes y\/o necesidades de investigaci\u00f3n, desarrollo tecnol\u00f3gico, innovaci\u00f3n, asistencia t\u00e9cnica agropecuaria y asuntos sanitarios relacionados con la pol\u00edtica agropecuaria, pesquera, acu\u00edcola y forestal y proponer al Viceministro las acciones a seguir, considerando la priorizaci\u00f3n que establezcan las Direcciones de Cadenas en esta materia.<\/p>\n<p>13. Representar al Ministerio ante instancias nacionales e internacionales relacionadas con investigaci\u00f3n, desarrollo tecnol\u00f3gico, innovaci\u00f3n, asistencia t\u00e9cnica agropecuaria y asuntos sanitarios.<\/p>\n<p>14. Coordinar con la Oficina de Asuntos Internacionales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y con el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), la participaci\u00f3n en las negociaciones comerciales en los asuntos relacionados con la admisibilidad sanitaria de los productos agropecuarios.<\/p>\n<p>15. Participar, en el marco de sus competencias, en la formulaci\u00f3n de los instrumentos de pol\u00edtica ambiental y de recursos naturales renovables relacionados con el desarrollo del sector agropecuario, forestal, pesquero y acu\u00edcola y de desarrollo rural con enfoque territorial.<\/p>\n<p>16. Contribuir, en el marco de sus competencias, en el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de los programas de desarrollo rural con enfoque territorial.<\/p>\n<p>17. Definir y generar la informaci\u00f3n estad\u00edstica requerida para que la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y Prospectiva, la analice, interprete y permita documentar la toma de decisiones tanto del Ministro como de sus Viceministros, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>18. Coordinar con la Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y de las Comunicaciones los desarrollos tecnol\u00f3gicos y necesidades inform\u00e1ticas que se requieran en el ejercicio de sus funciones.<\/p>\n<p>19. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Secretar\u00eda General. Son funciones de la Secretar\u00eda General, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Asistir al Ministro en la determinaci\u00f3n de las pol\u00edticas, objetivos y estrategias relacionados con la administraci\u00f3n del Ministerio.<\/p>\n<p>2. Dirigir la ejecuci\u00f3n de los programas y actividades relacionados con los asuntos financieros, contables, contrataci\u00f3n p\u00fablica, servicios administrativos, atenci\u00f3n al ciudadano y gesti\u00f3n documental.<\/p>\n<p>3. Adelantar la actividad contractual del Ministerio.<\/p>\n<p>4. Trazar las pol\u00edticas y programas de administraci\u00f3n de personal, bienestar social, selecci\u00f3n, registro y control, capacitaci\u00f3n, incentivos y desarrollo del talento humano y dirigir su gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Gestionar la consecuci\u00f3n de recursos para el desarrollo de los planes, programas y proyectos institucionales.<\/p>\n<p>6. Orientar y dirigir la prestaci\u00f3n del servicio al ciudadano y realizar el seguimiento a la atenci\u00f3n de peticiones, quejas y reclamos y solicitudes de informaci\u00f3n que presenten los ciudadanos sobre el desempe\u00f1o de las dependencias o personas que laboran en el Ministerio.<\/p>\n<p>7. Implementar, mantener y mejorar el Sistema Integrado de Gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Programar y hacer seguimiento a la ejecuci\u00f3n presupuestal y gestionar las modificaciones presupuestales del Ministerio y de las entidades del Sector, en materia de funcionamiento ante el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico.<\/p>\n<p>9. Consolidar, en coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y Prospectiva, el anteproyecto de presupuesto de funcionamiento e inversi\u00f3n del Ministerio y presentarlo ante el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Presentar al Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico el Programa Anual de Caja, de conformidad con las obligaciones financieras adquiridas.<\/p>\n<p>11. Aprobar, dirigir y hacer seguimiento al Plan de Compras y al Plan de Contrataci\u00f3n del Ministerio.<\/p>\n<p>12. Dirigir y orientar el mantenimiento y mejoramiento de los bienes muebles e inmuebles del Ministerio.<\/p>\n<p>13. Hacer seguimiento a la correcta ejecuci\u00f3n, contabilizaci\u00f3n y rendici\u00f3n de informes y cuentas fiscales, presupuestales y contables, de los recursos asignados al Ministerio.<\/p>\n<p>14. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisici\u00f3n, almacenamiento, custodia, distribuci\u00f3n e inventarios de los elementos, equipos y dem\u00e1s bienes necesarios para el funcionamiento normal del Ministerio.<\/p>\n<p>15. Dise\u00f1ar los procesos de organizaci\u00f3n, estandarizaci\u00f3n de m\u00e9todos, elaboraci\u00f3n de manuales de funciones y todas aquellas actividades relacionadas con la racionalizaci\u00f3n de procesos administrativos del Ministerio.<\/p>\n<p>16. Llevar el control de las delegaciones a los Comit\u00e9s, Consejos y Juntas Directivas a los que asiste el Ministerio y proyectar los actos administrativos pertinentes.<\/p>\n<p>17. Efectuar las notificaciones de los actos administrativos expedidos por el Ministro cuando as\u00ed se requiera, o cuando no sean competencia de otra \u00e1rea y expedir y autenticar las copias de los documentos emanados del Ministerio cuyos originales reposen en la Secretar\u00eda General o designar el funcionario competente para ello, cuando a ello haya lugar.<\/p>\n<p>18. Coordinar el Comit\u00e9 Sectorial de Desarrollo Administrativo de conformidad con el art\u00edculo 19 de la Ley 489 de 1998.<\/p>\n<p>19. Apoyar la orientaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y el ejercicio del control administrativo de las entidades del sector, conforme a la normativa sobre la materia y a las instrucciones que le imparta el Ministro.<\/p>\n<p>20. Asesorar y revisar los procesos de reforma institucional del Ministerio y de las entidades del Sector.<\/p>\n<p>21. Apoyar la orientaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y el ejercicio del control administrativo de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio, conforme a la normativa sobre la materia y a las instrucciones que le imparta el Ministro.<\/p>\n<p>22. Coordinar las investigaciones de car\u00e1cter disciplinario que se adelanten contra los servidores del Ministerio y resolverlos en primera instancia.<\/p>\n<p>23. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.<\/p>\n<p>24. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Subdirecci\u00f3n Administrativa. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n Administrativa, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Dirigir, ejecutar y controlar los planes, programas, proyectos, procesos, servicios y actividades en materia de gesti\u00f3n del talento humano, gesti\u00f3n documental y administraci\u00f3n de recursos f\u00edsicos.<\/p>\n<p>2. Dirigir y ejecutar la actividad administrativa de las diferentes dependencias del Ministerio, su planeaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, control de gesti\u00f3n y resultados.<\/p>\n<p>3. Hacer seguimiento a la ejecuci\u00f3n de las directrices, normas y procedimientos de los asuntos de competencia de la Subdirecci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Dirigir, administrar, coordinar y hacer seguimiento a los procesos relacionados con el recurso humano, f\u00edsico y de bienes y servicios del Ministerio, garantizando su adecuado funcionamiento.<\/p>\n<p>5. Proponer el plan estrat\u00e9gico y el de acci\u00f3n de la Subdirecci\u00f3n Administrativa, efectuar el seguimiento de su ejecuci\u00f3n y evaluar los resultados obtenidos.<\/p>\n<p>6. Preparar el anteproyecto anual de presupuesto de gastos de funcionamiento, presentarlo a Secretar\u00eda General y coordinar con la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n y Prospectiva su consolidaci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Administrar y controlar los procedimientos de recepci\u00f3n, conservaci\u00f3n, clasificaci\u00f3n y an\u00e1lisis de la documentaci\u00f3n y dem\u00e1s actividades relacionadas con la gesti\u00f3n documental, de conformidad con las tablas de retenci\u00f3n documental establecidas por el Archivo General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Organizar, bajo las directrices impartidas por la Secretar\u00eda General, la prestaci\u00f3n de los servicios generales y de apoyo requeridos para el buen funcionamiento de la entidad.<\/p>\n<p>9. Elaborar y presentar para aprobaci\u00f3n de la Secretar\u00eda General la rendici\u00f3n de informes y cuentas establecidos por las normas administrativas vigentes.<\/p>\n<p>10. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>11. Controlar la ejecuci\u00f3n y realizar el seguimiento del presupuesto de gastos de funcionamiento del Ministerio.<\/p>\n<p>12. Administrar los bienes muebles e inmuebles del Ministerio.<\/p>\n<p>13. Garantizar la oportuna programaci\u00f3n y prestaci\u00f3n del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones del Ministerio.<\/p>\n<p>14. Efectuar la custodia de los elementos de propiedad del Ministerio y mantener la actualizaci\u00f3n de los inventarios de elementos devolutivos de los bienes del Ministerio.<\/p>\n<p>15. Controlar la Gesti\u00f3n documental del Ministerio y la administraci\u00f3n de los servicios de la Biblioteca.<\/p>\n<p>16. Efectuar los servicios de registro, clasificaci\u00f3n, manejo de archivos, y la correspondencia del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y propender por la custodia y actualizaci\u00f3n de los mismos.<\/p>\n<p>17. Efectuar la realizaci\u00f3n de estudios sobre planta de personal y mantener actualizados los manuales de funciones y de competencias laborales del Ministerio.<\/p>\n<p>18. Suministrar la informaci\u00f3n que requiera el Sistema de Informaci\u00f3n y Gesti\u00f3n del Empleo P\u00fablico.<\/p>\n<p>19. Coordinar con la Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y de las Comunicaciones los desarrollos tecnol\u00f3gicos y necesidades inform\u00e1ticas que se requieran en el ejercicio de sus funciones.<\/p>\n<p>20. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Subdirecci\u00f3n Financiera. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n Financiera, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Coordinar con las diferentes dependencias la ejecuci\u00f3n y control del presupuesto, as\u00ed como verificar y llevar la contabilidad general y de la ejecuci\u00f3n presupuestal.<\/p>\n<p>2. Controlar y verificar que el proceso de preparaci\u00f3n, registro presupuestal y contable de todas las operaciones que deban reflejarse en el balance del Ministerio y que incidan en la informaci\u00f3n financiera, se realice de conformidad con las disposiciones emitidas por la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Realizar el registro contable de las operaciones financieras que realice el Ministerio, de acuerdo con las disposiciones vigentes sobre la materia.<\/p>\n<p>4. Atender oportunamente los pagos de las obligaciones a cargo del Ministerio.<\/p>\n<p>5. Elaborar y ejecutar el Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC), del Ministerio.<\/p>\n<p>6. Efectuar conciliaciones y verificaciones presupuestales, contables y de pago que garanticen la consistencia y razonabilidad de la informaci\u00f3n financiera y contable.<\/p>\n<p>7. Controlar y orientar el proceso de preparaci\u00f3n y manejo contable de todas las operaciones realizadas por el Ministerio que incidan en su informaci\u00f3n financiera.<\/p>\n<p>8. Fijar objetivos, desarrollar planes y programas tendientes al constante mejoramiento del manejo de las actividades propias de la Subdirecci\u00f3n.<\/p>\n<p>9. Proporcionar orientaci\u00f3n t\u00e9cnica y financiera y proponer los cambios que considere convenientes para lograr una eficiente gesti\u00f3n financiera y contable.<\/p>\n<p>10. Elaborar y presentar los estados contables, declaraciones e informes requeridos por los organismos pertinentes y dem\u00e1s entidades, dependencias o autoridades que los requieran.<\/p>\n<p>11. Garantizar la sostenibilidad del sistema contable de los estados financieros del Ministerio y sus Fondos cuando existen, en cumplimiento de la normatividad emitida por la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Asegurar la utilizaci\u00f3n eficiente de los sistemas que el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico dispone para la gesti\u00f3n de los recursos financieros del Ministerio.<\/p>\n<p>13. Consolidar y presentar a la Secretar\u00eda General los estados contables, de ingresos y ejecuci\u00f3n del presupuesto de la respectiva vigencia fiscal, para la redenci\u00f3n de la cuenta anual con destino a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, de acuerdo con los reglamentos expedidos por dicha entidad.<\/p>\n<p>14. Elaborar el balance del Ministerio y sus Fondos cuando existen y presentarlos de acuerdo con las normas vigentes de la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n y al Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>15. Efectuar seguimiento y evaluaci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n presupuestal del Ministerio y coordinar con las diferentes dependencias la ejecuci\u00f3n y control del mismo.<\/p>\n<p>16. Hacer seguimiento financiero a los convenios de inversi\u00f3n que celebre el Ministerio para el cumplimiento de su misi\u00f3n.<\/p>\n<p>17. Ejecutar las acciones pertinentes para el manejo del portafolio de inversiones, recaudo y pago de recursos financieros a cargo del Ministerio, de acuerdo con las normas sobre la materia cuando sea del caso.<\/p>\n<p>18. Coordinar con la Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y de las Comunicaciones los desarrollos tecnol\u00f3gicos y necesidades inform\u00e1ticas que se requieran en el ejercicio de sus funciones.<\/p>\n<p>19. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. El Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n de Control Interno, as\u00ed como la Comisi\u00f3n de Personal, se integrar\u00e1n y atender\u00e1n sus funciones conforme a la ley y los reglamentos.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Son agencias seccionales del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, las Secretar\u00edas de Agricultura de los Departamentos o las que hagan sus veces, las cuales ejercer\u00e1n, adem\u00e1s de las funciones que les asigna la ley, las ordenanzas y los dem\u00e1s actos administrativos, las que les delegue el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Fondo de Fomento Agropecuario. El Fondo es creado mediante el Decreto\u2013ley 313 de 1960, como una cuenta separada, incluida en el Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y ser\u00e1 administrado por el Despacho del Ministro o por quien este delegue.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Objeto. El Fondo de Fomento Agropecuario impulsar\u00e1 las actividades que contribuyan al fomento del desarrollo del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Recursos del Fondo. El Fondo est\u00e1 compuesto por recursos provenientes del Presupuesto General de la Naci\u00f3n, los departamentos, los municipios, donaciones, aportes y contrapartidas de organismos Internacionales, nacionales, empresas privadas, asociaciones campesinas, gremiales, fundaciones sin \u00e1nimo de lucro y similares.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. Distribuci\u00f3n de recursos y manejo administrativo de los mismos. La distribuci\u00f3n interna de los recursos del presupuesto del Fondo de Fomento Agropecuario se har\u00e1 mediante resoluci\u00f3n del Ministerio de Agricultura Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga los Decretos n\u00fameros 2478 de 1999, 4486 de 2006, 4909 de 2007, 4943 de 2011 y las normas que le sean contrarias.<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 12 de septiembre de 2013.<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico,<\/p>\n<p> Mauricio C\u00e1rdenas Santamar\u00eda.<\/p>\n<p>El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,<\/p>\n<p>Rub\u00e9n Dar\u00edo Lizarralde.<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica,<\/p>\n<p>Elizabeth Rodr\u00edguez Taylor.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1985 DE 2013 (septiembre 12) D.O. 48.911, septiembre 12 de 2013 por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y se determinan las funciones de sus dependencias. Nota 1: Adicionado por el Decreto 1470 de 2018. Nota 2: Modificado por el Decreto 2369 de 2015. 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