{"id":45454,"date":"2023-08-03T18:05:12","date_gmt":"2023-08-03T18:05:12","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/03\/decreto-2104-de-2013\/"},"modified":"2023-08-03T18:05:12","modified_gmt":"2023-08-03T18:05:12","slug":"decreto-2104-de-2013","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/03\/decreto-2104-de-2013\/","title":{"rendered":"DECRETO 2104 DE 2013"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2104 DE 2013<\/p>\n<p>(septiembre 27)<\/p>\n<p> D.O. 48.926, septiembre 27 de 2013<\/p>\n<p> por el cual se aprueba la modificaci\u00f3n de la estructura del Instituto T\u00e9cnico Nacional de Comercio \u201cSim\u00f3n Rodr\u00edguez y se determinan las funciones de sus dependencias.<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y<\/p>\n<p> CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que en el Plan Nacional de Desarrollo \u201cProsperidad para Todos 2010-2014\u201d, propone la modernizaci\u00f3n institucional, los objetivos y las metas que debe cumplir y que le compete misionalmente al Instituto T\u00e9cnico Nacional de Comercio \u201cSim\u00f3n Rodr\u00edguez\u201d, en especial, aquellas emanadas de las pol\u00edticas de formaci\u00f3n del talento humano, el desarrollo tecnol\u00f3gico, el mejoramiento de la competitividad de las regiones y las empresas, lo cual implica impartir una educaci\u00f3n de alta calidad. Por lo tanto, es pertinente determinar la necesidad de modernizar la instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>Que es necesario por la pertinencia y conveniencia modificar la estructura, dado la modernizaci\u00f3n y el requerimiento de una estructura flexible.<\/p>\n<p>Que el Consejo Directivo del Instituto T\u00e9cnico Nacional de Comercio \u201cSim\u00f3n Rodr\u00edguez\u201d, seg\u00fan Acta n\u00famero 02 del 26 de abril de 2013, decidi\u00f3 someter a la aprobaci\u00f3n del Gobierno Nacional la modificaci\u00f3n de su estructura.<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p> CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p>De la estructura<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Estructura. La estructura del Instituto T\u00e9cnico Nacional de Comercio \u201cSim\u00f3n Rodr\u00edguez\u201d ser\u00e1 la siguiente:<\/p>\n<p>1. Consejo Directivo<\/p>\n<p>2. Consejo Acad\u00e9mico<\/p>\n<p>3. Despacho de la Rector\u00eda<\/p>\n<p>4. Secretaria General<\/p>\n<p>5. Vicerrector\u00eda Acad\u00e9mica<\/p>\n<p>5.1. Direcciones de Unidad<\/p>\n<p>6. Vicerrector\u00eda Administrativa y Financiera<\/p>\n<p>7. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n<\/p>\n<p>7.1. Comisi\u00f3n de Personal<\/p>\n<p>7.2. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno<\/p>\n<p> CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p> Conformaci\u00f3n del Consejo Directivo<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Consejo Directivo. El Consejo Directivo del Instituto T\u00e9cnico Nacional de Comercio \u201cSim\u00f3n Rodr\u00edguez\u201d, cumplir\u00e1 sus funciones de conformidad con lo establecido en el Estatuto General y dem\u00e1s disposiciones legales vigentes. Estar\u00e1 conformado por:<\/p>\n<p>a) Ministro de Educaci\u00f3n Nacional o su delegado, quien lo presidir\u00e1.<\/p>\n<p>b) El Gobernador del Departamento del Valle del Cauca o su delegado.<\/p>\n<p>c) Un Representante designado por el Presidente de la Rep\u00fablica, que haya tenido v\u00ednculos con el sector universitario.<\/p>\n<p>d) Un Representante de las directivas acad\u00e9micas.<\/p>\n<p>e) Un Representante de los docentes de Educaci\u00f3n Superior.<\/p>\n<p>f) Un Representante de los egresados graduados de la Instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>g) Un Representante de los estudiantes de los programas de la Instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>h) Un Representante del Sector Productivo.<\/p>\n<p>i) Un Ex rector de una Instituci\u00f3n de Educaci\u00f3n Superior.<\/p>\n<p>j) El Rector de la Instituci\u00f3n con voz pero sin voto.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Secretario General del Instituto Nacional de Comercio \u201cSim\u00f3n Rodr\u00edguez\u201d, ejercer\u00e1 la Secretar\u00eda del Consejo Directivo.<\/p>\n<p> CAP\u00cdTULO III<\/p>\n<p>De las funciones<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Consejo Directivo. Son funciones del Consejo Directivo, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Adoptar la pol\u00edtica general del organismo, previa propuesta del Rector.<\/p>\n<p>2. Adoptar la pol\u00edtica de mejoramiento continuo de la instituci\u00f3n, as\u00ed como los programas orientados a garantizar el desarrollo institucional, previa propuesta del Rector.<\/p>\n<p>3. Definir las pol\u00edticas acad\u00e9micas, administrativas, financieras y la planeaci\u00f3n institucional.<\/p>\n<p>4. Velar porque la marcha del Instituto T\u00e9cnico Nacional de Comercio \u201cSim\u00f3n Rodr\u00edguez\u201d, est\u00e9 acorde con las disposiciones legales, el Estatuto General de la instituci\u00f3n y las pol\u00edticas institucionales.<\/p>\n<p>5. Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura que se consideren pertinentes y adoptar los estatutos internos de la instituci\u00f3n y cualquier reforma que a ella se introduzca de conformidad con lo dispuesto en sus actos de creaci\u00f3n o reestructuraci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Designar al Rector, darle posesi\u00f3n y resolver lo atinente a sus situaciones administrativas que no sean competencia de otra autoridad.<\/p>\n<p>7. Aprobar el proyecto de presupuesto anual del Instituto T\u00e9cnico Nacional de Comercio \u201cSim\u00f3n Rodr\u00edguez\u201d.<\/p>\n<p>8. Aprobar la creaci\u00f3n, continuidad, suspensi\u00f3n o supresi\u00f3n de los programas acad\u00e9micos de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y la apertura de nuevas sedes.<\/p>\n<p>9. Autorizar la aceptaci\u00f3n de donaciones o legados.<\/p>\n<p>10. Autorizar al Rector la celebraci\u00f3n de contratos y empr\u00e9stitos internos o externos con destino a la instituci\u00f3n de acuerdo con las normas legales, vigentes, cuando su cuant\u00eda sea superior a quinientos (500) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes.<\/p>\n<p>11. Servir de v\u00ednculo entre el Instituto y la comunidad local, regional y nacional y propender por la adecuada financiaci\u00f3n de sus programas atendiendo a las metas y objetivos fijados por el plan de desarrollo institucional.<\/p>\n<p>12. Otorgar t\u00edtulos y condecoraciones especiales y conceder las distinciones acad\u00e9micas de profesor distinguido, profesor em\u00e9rito y profesor honorario, a solicitud del Consejo Acad\u00e9mico.<\/p>\n<p>13. Conocer las evaluaciones semestrales de gesti\u00f3n presentadas por la administraci\u00f3n de la instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Determinar los mecanismos de administraci\u00f3n directa o fiduciaria de los sistemas de becas o cr\u00e9ditos educativos.<\/p>\n<p>15. Designar el Rector del Instituto de acuerdo a los procedimientos establecidos en el presente estatuto.<\/p>\n<p>16. Reglamentar de conformidad con la ley la aplicaci\u00f3n en la Instituci\u00f3n del r\u00e9gimen de propiedad intelectual e industrial, patentes y marcas.<\/p>\n<p>17. Darse su propio Reglamento.<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que le se\u00f1alen la ley, el acto de creaci\u00f3n y los estatutos internos.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Consejo Acad\u00e9mico. Son funciones del Consejo Acad\u00e9mico, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Decidir sobre el desarrollo acad\u00e9mico del Instituto T\u00e9cnico Nacional de Comercio \u201cSim\u00f3n Rodr\u00edguez\u201d, en lo relativo a docencia, especialmente en cuanto se refiere a los programas acad\u00e9micos, investigaci\u00f3n, extensi\u00f3n y bienestar universitario.<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar las pol\u00edticas acad\u00e9micas en lo referente al personal docente y estudiantil.<\/p>\n<p>3. Conceptuar ante el Consejo Directivo sobre la creaci\u00f3n, modificaci\u00f3n o supresi\u00f3n de unidades acad\u00e9micas.<\/p>\n<p>4. Aprobar el presupuesto preparado por las Unidades Acad\u00e9micas y recomendarlo al Consejo Directivo.<\/p>\n<p>5. Rendir informes peri\u00f3dicos al Consejo Directivo.<\/p>\n<p>6. Resolver en segunda instancia las decisiones de las Direcciones de Unidad que sean apeladas.<\/p>\n<p>7. Presentar al Consejo Directivo las propuestas de modificaci\u00f3n, supresi\u00f3n y creaci\u00f3n de programas acad\u00e9micos.<\/p>\n<p>8. Recomendar al Consejo Directivo en relaci\u00f3n con el Estatuto Docente y el Reglamento Estudiantil los ajustes y modificaciones pertinentes a los mismos.<\/p>\n<p>9. Recomendar al Rector las sanciones a aplicar en las faltas que cometan estudiantes, conforme a la ley, a los estatutos y a los reglamentos, cuando no sea de su competencia aplicar las respectivas sanciones.<\/p>\n<p>10. Proponer al Consejo Directivo la creaci\u00f3n y el otorgamiento de distinciones, est\u00edmulos y t\u00edtulos honor\u00edficos.<\/p>\n<p>11. Aprobar los calendarios de las actividades acad\u00e9micas.<\/p>\n<p>12. Conocer en primera instancia de las quejas que presenten los docentes, los estudiantes y los particulares en contra de los Directores de Unidad, por faltas en el cumplimiento de sus funciones.<\/p>\n<p>13. Proponer modelos de evaluaci\u00f3n y auto evaluaci\u00f3n para los docentes.<\/p>\n<p>14. Dise\u00f1ar y mantener actualizadas las metodolog\u00edas de ense\u00f1anza y aprendizaje.<\/p>\n<p>16. Dise\u00f1ar estrategias de seguimiento en el desempe\u00f1o profesional del egresado con el fin de obtener una permanente retroalimentaci\u00f3n institucional.<\/p>\n<p>16. Dise\u00f1ar los programas de inducci\u00f3n para nuevos docentes.<\/p>\n<p>17. Definir las pol\u00edticas y adoptar los programas de investigaci\u00f3n que deba desarrollar el Instituto T\u00e9cnico Nacional de Comercio \u201cSim\u00f3n Rodr\u00edguez\u201d<\/p>\n<p>18. Resolver las consultas que le formule el Rector del Instituto T\u00e9cnico Nacional de Comercio \u201cSim\u00f3n Rodr\u00edguez\u201d, y que sean del \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>19. Resolver las cuestiones de orden acad\u00e9mico del Instituto T\u00e9cnico Nacional de Comercio \u201cSim\u00f3n Rodr\u00edguez\u201d que no est\u00e9n expresamente determinadas como potestativas de otros organismos.<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que se\u00f1alen la ley o los estatutos.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Despacho de la Rector\u00eda. Son funciones del Despacho de la Rector\u00eda, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Representar legalmente a la Instituci\u00f3n judicial y extrajudicialmente.<\/p>\n<p>2. Cumplir y hacer cumplir las normas legales, estatutarias y reglamentarias vigentes.<\/p>\n<p>3. Evaluar y controlar el funcionamiento general del Instituto e informar al Consejo Directivo.<\/p>\n<p>4. Ejecutar las decisiones del Consejo Directivo.<\/p>\n<p>5. Dirigir y coordinar el proceso de Planeaci\u00f3n de la Instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Garantizar el ejercicio del Control Interno y Gesti\u00f3n de la instituci\u00f3n y propender por el mejoramiento institucional.<\/p>\n<p>7. Crear y conformar, con car\u00e1cter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo, mediante resoluci\u00f3n, teniendo en cuenta las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la instituci\u00f3n; as\u00ed como designar el funcionario bajo el cual quedar\u00e1 la coordinaci\u00f3n y supervisi\u00f3n del grupo.<\/p>\n<p>8. Someter el proyecto de presupuesto a consideraci\u00f3n del Consejo Directivo y ejecutarlo una vez sea aprobado y expedido legalmente.<\/p>\n<p>9. Suscribir los contratos y expedir los actos administrativos que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Instituto, atendiendo las disposiciones legales vigentes.<\/p>\n<p>10. Nombrar, remover y administrar el personal del Instituto de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes.<\/p>\n<p>11. Expedir el Manual de Funciones y competencias laborales y velar por su respectivo cumplimiento.<\/p>\n<p>12. Reglamentar y convocar a elecci\u00f3n del representante de egresados, estudiantes, profesores y dem\u00e1s miembros de los diferentes comit\u00e9s que de conformidad con las normas estatutarias hacen parte de las diferentes Corporaciones de la Instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Someter al Consejo Directivo, cada mes, un informe sobre ejecuci\u00f3n presupuestal y anualmente los estados financieros de la Instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Aceptar las donaciones y legados que sean autorizados por el Consejo Directivo.<\/p>\n<p>15. Presentar los informes al Consejo Directivo, al Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional y a otras autoridades que lo requieran, en la forma que estos lo determinen, sobre el estado de ejecuci\u00f3n de las funciones que corresponden a la instituci\u00f3n y los informes generales o particulares que le soliciten.<\/p>\n<p>16. Resolver en segunda instancia los procesos disciplinarios que se adelanten a los funcionarios de la instituci\u00f3n, de conformidad con la Ley 734 de 2002 o las normas que la modifiquen o sustituyen.<\/p>\n<p>17. Dirigir, controlar y velar por el cumplimiento de los objetivos de la Instituci\u00f3n, en concordancia con los planes de desarrollo y las pol\u00edticas trazadas.<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Secretar\u00eda General. Son funciones de la Secretar\u00eda General, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Ejercer las funciones de Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo Directivo y Acad\u00e9mico y refrendar los actos expedidos por ellos.<\/p>\n<p>2. Conservar y custodiar los archivos correspondientes al Consejo Directivo y Acad\u00e9mico y los dem\u00e1s \u00f3rganos de los cuales sea Secretario.<\/p>\n<p>3. Refrendar con su firma, conjuntamente con la del Rector, los grados y t\u00edtulos que la Instituci\u00f3n confiere.<\/p>\n<p>4. Velar por el adecuado y oportuno servicio de atenci\u00f3n de quejas y reclamos que formulen los usuarios de la Instituci\u00f3n y la Comunidad en General.<\/p>\n<p>5. Asesorar a la Rector\u00eda y coordinar con las dependencias de la instituci\u00f3n, el tr\u00e1mite y soluci\u00f3n de los asuntos de car\u00e1cter jur\u00eddico, as\u00ed como conceptuar sobre la interpretaci\u00f3n de las normas legales inherentes a las funciones de la instituci\u00f3n y mantener la unidad doctrinaria en los actos y decisiones de la administraci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Coordinar las investigaciones de car\u00e1cter disciplinario que se adelante en contra de los funcionarios y resolverlas en primera instancia de conformidad con la Ley 734 de 2002 y dem\u00e1s normas que la modifiquen y adicionen.<\/p>\n<p>7. Certificar y dar fe de la historia acad\u00e9mica de los estudiantes retirados, egresados, titulados y no titulados ante entidades y personas que as\u00ed lo soliciten, cumpliendo con las normas establecidas por el Instituto.<\/p>\n<p>8. Asesorar los procesos contractuales que adelante la instituci\u00f3n y apoyar a las dependencias en el desarrollo de los mismos.<\/p>\n<p>9. Adelantar las gestiones necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento de los planes, programas y proyectos.<\/p>\n<p>10. Notificar en los t\u00e9rminos legales y reglamentarios, los actos que expida el Rector y los estamentos de los cuales sea Secretario.<\/p>\n<p>11. Acreditar a los miembros elegidos o designados por los Consejos Directivo y Acad\u00e9mico.<\/p>\n<p>12. Planear, programar y coordinar el cumplimiento de las actividades relacionadas con la ceremonia y proceso de grado solemne y privado en observancia con la normatividad institucional.<\/p>\n<p>13. Representar a la Instituci\u00f3n y al Rector en reuniones, encuentros y dem\u00e1s actos p\u00fablicos y privados que se juzgue conveniente.<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Vicerrector\u00eda Acad\u00e9mica. Son funciones de la Vicerrector\u00eda Acad\u00e9mica, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Formular pol\u00edticas acad\u00e9micas y asistir a la Rector\u00eda en la ejecuci\u00f3n de las mismas.<\/p>\n<p>2. Supervisar el funcionamiento de las Unidades Acad\u00e9micas y la Unidad de Extensi\u00f3n e Investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Asesorar a la Rector\u00eda en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos.<\/p>\n<p>4. Dirigir las actividades docentes, de investigaci\u00f3n y de proyecci\u00f3n social del Instituto.<\/p>\n<p>5. Planear con los Directores de Unidad las actividades encaminadas al desarrollo acad\u00e9mico del Instituto y al cumplimiento de las pol\u00edticas definidas por los organismos de direcci\u00f3n institucional.<\/p>\n<p>6. Establecer criterios e instrumentos apropiados para la evaluaci\u00f3n acad\u00e9mica de los programas.<\/p>\n<p>7. Presentar al Consejo Directivo el Proyecto Educativo Institucional.<\/p>\n<p>8. Planear las actividades de los registros calificados de los programas acad\u00e9micos para la renovaci\u00f3n de los mismos seg\u00fan las normas legales vigentes.<\/p>\n<p>9. Dirigir los procesos de admisi\u00f3n, registro y control acad\u00e9mico para garantizar su trazabilidad.<\/p>\n<p>10. Establecer relaciones con otras universidades y entidades para la celebraci\u00f3n de convenios o contratos necesarios en el desarrollo de las actividades acad\u00e9micas.<\/p>\n<p>11. Presentar al Consejo Acad\u00e9mico para su estudio las modificaciones del Estatuto Docente y Reglamento Estudiantil.<\/p>\n<p>12. Supervisar los proyectos de investigaci\u00f3n institucional y de proyecci\u00f3n a la comunidad presentados por docentes y estudiantes.<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Direcciones de Unidad. Son funciones de las Direcciones de Unidad, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Formular pol\u00edticas institucionales y de adopci\u00f3n de planes, programas y proyectos de car\u00e1cter acad\u00e9mico-administrativo, que se encarga de la promoci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y seguimiento de actividades relacionadas con programas para egresados, educaci\u00f3n continua y planes de capacitaci\u00f3n institucional.<\/p>\n<p>2. Cumplir con las disposiciones vigentes y direccionamientos del Rector, as\u00ed como los actos emanados de los consejos Directivo y Acad\u00e9mico.<\/p>\n<p>3. Coordinar los grupos de investigaci\u00f3n con los profesores para presentar proyectos en beneficio de la comunidad acad\u00e9mica.<\/p>\n<p>4. Organizar y estructurar con las coordinaciones acad\u00e9micas, los planes de estudio y dise\u00f1o curricular para los diferentes programas.<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar nuevos programas acad\u00e9micos en concordancia con los requerimientos del sector productivo e industrial a nivel nacional.<\/p>\n<p>6. Gestionar convenios con el sector productivo, para las pr\u00e1cticas empresariales y elaboraci\u00f3n de los trabajos de grado.<\/p>\n<p>7. Convocar peri\u00f3dicamente a reuniones a las Direcciones de Unidad.<\/p>\n<p>8. Asistir y participar en los diferentes Consejos y Comit\u00e9s donde tenga asiento.<\/p>\n<p>9. Estudiar, evaluar y conceptuar sobre las materias de competencia de la Unidad y resolver consultas de acuerdo con las pol\u00edticas institucionales de su competencia.<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Vicerrector\u00eda Administrativa y Financiera. Son funciones de la Vicerrector\u00eda Administrativa y Financiera, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Asesorar al Rector y a las dem\u00e1s dependencias en la formulaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas, normas, planes, programas y procedimientos para la administraci\u00f3n de recursos humanos, f\u00edsicos, econ\u00f3micos y financieros de la Instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Dirigir y controlar los procesos administrativos y financieros de la Instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Proponer y ejecutar las pol\u00edticas, planes, programas y dem\u00e1s acciones relacionadas con la gesti\u00f3n financiera, administrativa y presupuestal de la Instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Coordinar y programar las actividades de administraci\u00f3n de personal, seguridad industrial y relaciones laborales del personal, de acuerdo con la pol\u00edtica de la instituci\u00f3n y las normas vigentes establecidas sobre la materia.<\/p>\n<p>5. Dirigir y coordinar la realizaci\u00f3n de los estudios sobre la planta de personal y adelantar los estudios necesarios para mantener actualizado el manual espec\u00edfico de funciones y competencias laborales de la instituci\u00f3n de conformidad con las normas legales y vigentes.<\/p>\n<p>6. Dirigir y coordinar la ejecuci\u00f3n del presupuesto de la instituci\u00f3n y velar por el cumplimiento de los tr\u00e1mites requeridos para el pago de las cuentas.<\/p>\n<p>7. Dirigir la elaboraci\u00f3n del plan financiero de fuentes y usos de recursos de la instituci\u00f3n, efectuar su seguimiento y proponer los correctivos necesarios, as\u00ed como preparar el Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC), en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias de la instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Supervisar a nivel institucional los convenios nacionales e internacionales que firme la Instituci\u00f3n para rendir cuentas por los dineros manejados por este medio.<\/p>\n<p>9. Velar por la debida aplicaci\u00f3n del Sistema de Desarrollo Administrativo, relacionado con las pol\u00edticas, estrategias, metodolog\u00edas, t\u00e9cnicas y mecanismos de car\u00e1cter administrativo y organizacional para la gesti\u00f3n y el manejo de los recursos humanos, t\u00e9cnicos, materiales, f\u00edsicos y financieros de la instituci\u00f3n, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempe\u00f1o institucional, de conformidad con las normas legales vigentes.<\/p>\n<p>10. Elaborar e) Plan Estrat\u00e9gico de Recursos Humanos del Instituto.<\/p>\n<p>11. Dise\u00f1ar y administrar los programas de formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n, de acuerdo con lo previsto en la ley y en el Plan Nacional de Formaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Dirigir y coordinar el dise\u00f1o del plan anual de vacantes y remitirlo al Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, informaci\u00f3n que ser\u00e1 utilizada para la planeaci\u00f3n del recurso humano y la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas.<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p> CAP\u00cdTULO IV<\/p>\n<p> \u00d3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. \u00d3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n. La Comisi\u00f3n de Personal, el Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno y dem\u00e1s \u00f3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n que se organicen e integren cumplir\u00e1n sus funciones de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.<\/p>\n<p>El Rector del Instituto T\u00e9cnico Nacional de Comercio \u201cSim\u00f3n Rodr\u00edguez\u201d, podr\u00e1 crear Comit\u00e9s permanentes o transitorios especiales para el estudio, an\u00e1lisis y asesor\u00eda en temas alusivos a la instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2310 de 2000.<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 27 de septiembre de 2013.<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico,<\/p>\n<p> Mauricio C\u00e1rdenas Santamar\u00eda.<\/p>\n<p>La Ministra de Educaci\u00f3n Nacional,<\/p>\n<p>Mar\u00eda Fernanda Campo Saavedra.<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica,<\/p>\n<p>Elizabeth Rodr\u00edguez Taylor.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2104 DE 2013 (septiembre 27) D.O. 48.926, septiembre 27 de 2013 por el cual se aprueba la modificaci\u00f3n de la estructura del Instituto T\u00e9cnico Nacional de Comercio \u201cSim\u00f3n Rodr\u00edguez y se determinan las funciones de sus dependencias. 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