{"id":47533,"date":"2023-08-16T18:02:59","date_gmt":"2023-08-16T18:02:59","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-16-de-2014\/"},"modified":"2023-08-16T18:02:59","modified_gmt":"2023-08-16T18:02:59","slug":"decreto-16-de-2014","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-16-de-2014\/","title":{"rendered":"DECRETO 16 DE 2014"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 016 DE 2014<\/p>\n<p>(enero 9)<\/p>\n<p>D.O. 49.028, enero 9 de 2014<\/p>\n<p>por el cual se modifica y define la estructura org\u00e1nica y funcional de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Nota 1: Modificado por la Ley 2197 de 2022 y por el Decreto 898 de 2017.<\/p>\n<p>Nota 2: Adicionado por la Ley 2111 de 2021.<\/p>\n<p>Nota 3: Ver Resoluci\u00f3n 985 de 2018, FGN. Ver Resoluci\u00f3n 467 de 2014, F.G.N. D.O. 49.110, pag. 16.<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confieren el literal a) del art\u00edculo 1\u00b0 de la Ley 1654 del 15 de julio de 2013,<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que el Congreso de la Rep\u00fablica, mediante la Ley 1654 de 2013, revisti\u00f3 al Presidente de la Rep\u00fablica de facultades extraordinarias para modificar y definir la estructura org\u00e1nica y funcional de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y sus servidores;<\/p>\n<p>Que en el presente decreto ley se modifica y define la estructura org\u00e1nica y funcional de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p>T\u00cdTULO I<\/p>\n<p>\u00a0CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p>De la estructura org\u00e1nica y funcional<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto. En el presente decreto se establece la estructura org\u00e1nica y funcional de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modificado en lo pertinente por la Ley 2197 de 2022, art\u00edculo 64. Modificado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 25. ESTRUCTURA. Para el cumplimiento de las funciones constitucionales y legales, la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n tiene la siguiente estructura:<\/p>\n<p>1. Despacho del Fiscal General de la Naci\u00f3n<\/p>\n<p>1.1. Fiscal\u00eda Delegada ante la Corte Suprema de Justicia<\/p>\n<p>1.2. Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas y Estrategia<\/p>\n<p>1.2.1. Subdirecci\u00f3n de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Estrategia Institucional<\/p>\n<p>1.2.2. Subdirecci\u00f3n de Pol\u00edtica Criminal y Articulaci\u00f3n<\/p>\n<p>1.3. Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Desarrollo<\/p>\n<p>1.4. Direcci\u00f3n de Asuntos Jur\u00eddicos<\/p>\n<p>1.5. Direcci\u00f3n de Comunicaciones<\/p>\n<p>1.6. Direcci\u00f3n de Asuntos Internacionales<\/p>\n<p>1.7. Direcci\u00f3n de Control Interno<\/p>\n<p>1.8. Direcci\u00f3n de Control Disciplinario<\/p>\n<p>1.9. Direcci\u00f3n del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n (CTI)<\/p>\n<p>1.10. Direcci\u00f3n de Protecci\u00f3n y Asistencia<\/p>\n<p>1.11. Direcci\u00f3n de Altos Estudios<\/p>\n<p>1.12. Unidad Especial de Investigaci\u00f3n para el desmantelamiento de las organizaciones y conductas criminales responsables de homicidios y masacres, que atentan contra defensores\/as de derechos humanos, movimientos sociales o movimientos pol\u00edticos o que amenacen o atenten contra las personas que participen en la implementaci\u00f3n de los acuerdos y la construcci\u00f3n de la paz, incluyendo las organizaciones criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo y sus redes de apoyo<\/p>\n<p>2. Despacho del Vicefiscal General de la Naci\u00f3n<\/p>\n<p>2.1. Delegada contra la Criminalidad Organizada<\/p>\n<p>2.1.1. Direcci\u00f3n de Apoyo a la Investigaci\u00f3n y An\u00e1lisis contra la Criminalidad Organizada<\/p>\n<p>2.1.2. Direcci\u00f3n Especializada contra las Organizaciones Criminales<\/p>\n<p>2.1.3. Direcci\u00f3n Especializada contra la Corrupci\u00f3n<\/p>\n<p>2.1.4. Direcci\u00f3n Especializada contra el Narcotr\u00e1fico<\/p>\n<p>2.1.5. Direcci\u00f3n Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos<\/p>\n<p>2.1.6. Direcci\u00f3n de Justicia Transicional<\/p>\n<p>2.2. Delegada para las Finanzas Criminales<\/p>\n<p>2.2.1. Direcci\u00f3n Especializada contra el Lavado de Activos<\/p>\n<p>2.2.2. Direcci\u00f3n Especializada de Extinci\u00f3n del Derecho de Dominio<\/p>\n<p>2.2.3. Direcci\u00f3n Especializada de Investigaciones Financieras<\/p>\n<p>2.3. Delegada para la Seguridad Ciudadana<\/p>\n<p>2.3.1. Direcci\u00f3n de Atenci\u00f3n al Usuario, Intervenci\u00f3n Temprana y Asignaciones<\/p>\n<p>2.3.2. Direcciones Seccionales<\/p>\n<p>2.3.2.1. Secci\u00f3n de Fiscal\u00edas y de Seguridad Ciudadana<\/p>\n<p>2.3.2.2. Secci\u00f3n de Polic\u00eda Judicial<\/p>\n<p>2.3.2.3. Secci\u00f3n de Atenci\u00f3n al Usuario<\/p>\n<p>2.3.3. Direcci\u00f3n de Apoyo a la Investigaci\u00f3n y An\u00e1lisis para la Seguridad Ciudadana<\/p>\n<p>3. Direcci\u00f3n Ejecutiva<\/p>\n<p>3.1. Subdirecci\u00f3n de Talento Humano<\/p>\n<p>3.2. Subdirecci\u00f3n de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones<\/p>\n<p>3.3. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Contractual<\/p>\n<p>3.4. Subdirecci\u00f3n Financiera<\/p>\n<p>3.5. Subdirecci\u00f3n de Bienes<\/p>\n<p>3.6. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Documental<\/p>\n<p>3.7. Subdirecci\u00f3n de Apoyo a la Comisi\u00f3n de Carrera Especial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n<\/p>\n<p>3.8. Subdirecciones Regionales de Apoyo<\/p>\n<p>4. \u00d3rganos y Comit\u00e9s de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n<\/p>\n<p>5. Entidades Adscritas<\/p>\n<p>5.1. Establecimiento P\u00fablico -Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses<\/p>\n<p>PAR\u00c1GRAFO. El Fiscal General de la Naci\u00f3n podr\u00e1 organizar, de acuerdo con las necesidades del servicio, el funcionamiento de las Direcciones Seccionales y determinar las Secciones de Fiscal\u00edas y Seguridad Ciudadana, Secciones de Polic\u00eda Judicial y Secciones de Atenci\u00f3n al Usuario, que se requieran para fortalecer la gesti\u00f3n investigativa y mejorar la prestaci\u00f3n del servicio.<\/p>\n<p>El Fiscal General de la Naci\u00f3n, mediante resoluci\u00f3n, determinar\u00e1 el n\u00famero de Subdirecciones Regionales de Apoyo, su ubicaci\u00f3n, sede y jurisdicci\u00f3n, en concordancia con las necesidades e intereses de la Entidad.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 2\u00ba: Ver Resoluci\u00f3n 3349 de 2017, FGN.<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 2\u00ba: \u201cEstructura. Para el cumplimiento de las funciones constitucionales y legales, la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n tiene la siguiente estructura:<\/p>\n<p>1. Despacho del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>1.1. Fiscal\u00eda Delegada ante la Corte Suprema de Justicia.<\/p>\n<p>1.2.1. Subdirecci\u00f3n de Pol\u00edticas P\u00fablicas<\/p>\n<p>1.2.2. Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n<\/p>\n<p>1.3. Direcci\u00f3n Nacional de Estrategia en Asuntos Constitucionales.<\/p>\n<p>1.4. Direcci\u00f3n Nacional de Comunicaciones, Prensa y Protocolo.<\/p>\n<p>1.5. Direcci\u00f3n Jur\u00eddica.<\/p>\n<p>1.6. Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n Internacional.<\/p>\n<p>1.7. Direcci\u00f3n de Control Interno.<\/p>\n<p>1.8. Direcci\u00f3n de Control Disciplinario.<\/p>\n<p>2. Despacho del Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n Nacional de An\u00e1lisis y Contextos.<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de Fiscal\u00edas Nacionales.<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de Articulaci\u00f3n de Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas.<\/p>\n<p>2.3.1. Direcci\u00f3n de Fiscal\u00eda Nacional Especializada de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.<\/p>\n<p>2.3.2. Direcci\u00f3n de Fiscal\u00eda Nacional Especializada Contra el Crimen Organizado.<\/p>\n<p>2.3.3. Direcci\u00f3n de Fiscal\u00eda Nacional Especializada Contra el Terrorismo<\/p>\n<p>2.3.4. Direcci\u00f3n de Fiscal\u00eda Nacional Especializada Contra la Corrupci\u00f3n.<\/p>\n<p>2.3.5. Direcci\u00f3n de Fiscal\u00eda Nacional Especializada de Justicia Transicional.<\/p>\n<p>2.3.6. Direcci\u00f3n de Fiscal\u00eda Nacional Especializada Antinarc\u00f3ticos y Lavado de Activos.<\/p>\n<p>2.3.7. Direcci\u00f3n de Fiscal\u00eda Nacional Especializada de Extinci\u00f3n del Derecho de Dominio.<\/p>\n<p>2.4. Direcci\u00f3n Nacional del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n (CTI).<\/p>\n<p>2.5. Direcci\u00f3n Nacional de Articulaci\u00f3n de Polic\u00edas Judiciales Especializadas.<\/p>\n<p>2.5.1. Direcci\u00f3n Especializada de Polic\u00eda Judicial Econ\u00f3mico Financiera.<\/p>\n<p>2.5.2. Direcci\u00f3n Especializada de Polic\u00eda Judicial de Extinci\u00f3n del Derecho de Dominio.<\/p>\n<p>2.5.3. Direcci\u00f3n Especializada de Polic\u00eda Judicial de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario.<\/p>\n<p>2.5.4. Direcci\u00f3n Especializada de Polic\u00eda Judicial de Crimen Organizado.<\/p>\n<p>2.5.5. Direcci\u00f3n Especializada de Polic\u00eda Judicial de Aforados Constitucionales.<\/p>\n<p>2.6. Direcci\u00f3n Nacional del Sistema Penal Acusatorio y de la Articulaci\u00f3n Interinstitucional en Materia Penal.<\/p>\n<p>2.6.1. Subdirecci\u00f3n de Articulaci\u00f3n externa de Polic\u00edas Judiciales. 2.6.2. Subdirecci\u00f3n de Articulaci\u00f3n Interinstitucional.<\/p>\n<p>2.7. Direcci\u00f3n Nacional de Protecci\u00f3n y Asistencia<\/p>\n<p>2.8. Direcci\u00f3n Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana.<\/p>\n<p>2.8.1. Subdirecci\u00f3n Nacional de Atenci\u00f3n a V\u00edctimas y Usuarios.<\/p>\n<p>2.8.2. Direcciones Seccionales.<\/p>\n<p>2.8.2.1. Subdirecci\u00f3n Seccional de Fiscal\u00edas y de Seguridad Ciudadana.<\/p>\n<p>2.8.2.2. Subdirecci\u00f3n Seccional de Polic\u00eda Judicial (CTI).<\/p>\n<p>2.8.2.3. Subdirecci\u00f3n Seccional de Atenci\u00f3n a V\u00edctimas y Usuarios.<\/p>\n<p>2.8.2.4. Subdirecci\u00f3n Seccional de Apoyo a la Gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Direcci\u00f3n Nacional de Apoyo a la Gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>3.1. Subdirecci\u00f3n de Talento Humano.<\/p>\n<p>3.2. Subdirecci\u00f3n de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y de las Comunicaciones.<\/p>\n<p>3.3. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Contractual.<\/p>\n<p>3.4. Subdirecci\u00f3n Financiera.<\/p>\n<p>3.5. Subdirecci\u00f3n de Bienes.<\/p>\n<p>3.6. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Documental.<\/p>\n<p>3.7. Subdirecci\u00f3n de Apoyo a la Comisi\u00f3n de la Carrera Especial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. \u00d3rganos y Comit\u00e9s de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n<\/p>\n<p>5. Entidades Adscritas.<\/p>\n<p>5.1. Establecimiento P\u00fablico &#8211; Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.<\/p>\n<p>5.2. Establecimiento P\u00fablico de Educaci\u00f3n Superior.\u201d.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 2\u00ba: Ver Resoluci\u00f3n 3875 de 2016, FGN. D.O. 50071, pag. 4.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO II<\/p>\n<p>\u00a0CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p>\u00a0De la direcci\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Direcci\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n. La Direcci\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n estar\u00e1 a cargo del Fiscal General de la Naci\u00f3n, quien la ejercer\u00e1 con el apoyo del Vicefiscal General de la Naci\u00f3n y los dem\u00e1s servidores del nivel directivo.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Funciones del Fiscal General de la Naci\u00f3n. El Fiscal General de la Naci\u00f3n, adem\u00e1s de las funciones especiales definidas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en las dem\u00e1s leyes, cumplir\u00e1 las siguientes:<\/p>\n<p>1. Formular y adoptar las pol\u00edticas, directrices, lineamientos y protocolos para el cumplimiento de las funciones asignadas a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en la Constituci\u00f3n y en la ley.<\/p>\n<p>2. Representar legalmente a la entidad.<\/p>\n<p>3. Asumir las investigaciones y acusaciones que ordena la Constituci\u00f3n y aquellas que en raz\u00f3n de su naturaleza, importancia o gravedad ameriten su atenci\u00f3n personal.<\/p>\n<p>4. Asignar al Vicefiscal y a los Fiscales las investigaciones y acusaciones cuando la necesidad del servicio lo exija o la gravedad o la complejidad del asunto lo requiera.<\/p>\n<p>5. Dirigir, coordinar y controlar el desarrollo de la funci\u00f3n investigativa y acusatoria contra los presuntos infractores de la ley penal, directamente o a trav\u00e9s de sus delegados.<\/p>\n<p>6. Formular pol\u00edticas y fijar directrices para asegurar el ejercicio eficiente y coherente de la acci\u00f3n penal, las cuales, en desarrollo de los principios de unidad de gesti\u00f3n y jerarqu\u00eda, son vinculantes y de aplicaci\u00f3n obligatoria para todas las dependencias de la entidad.<\/p>\n<p>7. Formular, dirigir, definir pol\u00edticas y estrategias de priorizaci\u00f3n para el ejercicio de la actividad investigativa a cargo de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, que tengan en cuenta, entre otros, criterios subjetivos, objetivos, complementarios y en especial el contexto de criminalidad social del \u00e1rea geogr\u00e1fica que permitan establecer un orden de atenci\u00f3n de casos con el fin de garantizar, en condiciones de igualdad material, el goce efectivo del derecho fundamental de administraci\u00f3n de justicia. Para el efecto podr\u00e1 organizar los comit\u00e9s que se requieran para decidir las situaciones y los casos priorizados. (Nota: La expresi\u00f3n se\u00f1alada en negrilla fue declarada exequible por los cargos analizados por la Corte Constitucional en la Sentencia C-232 de 2016.).<\/p>\n<p>8. Otorgar, atribuciones transitorias a entes p\u00fablicos que puedan cumplir funciones de Polic\u00eda Judicial, bajo la responsabilidad y dependencia funcional de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, cuando la necesidad del servicio lo exija, de conformidad con la Constituci\u00f3n y el C\u00f3digo de Procedimiento Penal.<\/p>\n<p>9. Dirigir y coordinar, en los t\u00e9rminos que se\u00f1ala la Constituci\u00f3n y la ley, las funciones de polic\u00eda judicial que cumplan los distintos entes p\u00fablicos de forma permanente o transitoria. (Nota: Numeral declarado exequible por los cargos analizados por la Corte Constitucional en la Sentencia C-440 de 2016.).<\/p>\n<p>10. Dirigir la cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica internacional con los distintos gobiernos, organismos y agencias internacionales, entre otros, para adelantar los programas, proyectos y actividades de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Dirigir la cooperaci\u00f3n internacional para identificar o localizar bienes producto del delito, que se encuentran ubicados en Colombia o en otros pa\u00edses, directamente o a solicitud de otros gobiernos.<\/p>\n<p>12. Dirigir el intercambio de material probatorio, evidencias f\u00edsicas, pruebas y dem\u00e1s informaci\u00f3n que se requieran en las investigaciones penales, especialmente en los casos de nacionales involucrados en delitos cometidos en el exterior o extranjeros en delitos en Colombia.<\/p>\n<p>13. Ejercer las acciones y expedir los actos administrativos que en el proceso de extradici\u00f3n sean de competencia de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con las dependencias competentes para el efecto.<\/p>\n<p>14. Dirigir y coordinar, en el marco de las competencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, la realizaci\u00f3n de actividades que permitan la atenci\u00f3n e investigaci\u00f3n temprana de delitos y\/o actuaciones criminales, dentro del marco de la Constituci\u00f3n, leyes estatutarias, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario.<\/p>\n<p>15. Dirimir los conflictos administrativos que se presenten entre las direcciones de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y los de sus inferiores jer\u00e1rquicos.<\/p>\n<p>16. Impartir las directrices y lineamientos para dirimir los conflictos administrativos que se presenten al interior de la Fiscal\u00eda en el ejercicio de las funciones o en la asignaci\u00f3n de investigaciones, y resolverlos directamente cuando lo estime pertinente.<\/p>\n<p>17. Adoptar los protocolos para la organizaci\u00f3n y funcionamiento de los registros que en materia de polic\u00eda judicial administran los organismos con funciones de polic\u00eda judicial y para el Registro \u00danico de Asuntos de Polic\u00eda Judicial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n. (Nota: Numeral declarado exequible por los cargos analizados por la Corte Constitucional en la Sentencia C-440 de 2016.).<\/p>\n<p>18. Liderar y orientar la participaci\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n ante el Congreso de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>19. Expedir reglamentos, protocolos, \u00f3rdenes, circulares y manuales de organizaci\u00f3n y procedimiento conducentes a la organizaci\u00f3n administrativa y al eficaz desempe\u00f1o de las funciones de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>20. Aprobar el direccionamiento estrat\u00e9gico de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y enviarlo al Consejo Superior de la Judicatura para que sea consolidado con el plan de la Rama Judicial.<\/p>\n<p>21. Adoptar el plan estrat\u00e9gico de comunicaci\u00f3n interna y externa de la entidad.<\/p>\n<p>22. Nombrar y remover al Vicefiscal General de la Naci\u00f3n y dem\u00e1s servidores p\u00fablicos de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y decidir sobre sus situaciones administrativas.<\/p>\n<p>23. Declarar y proveer las vacancias definitivas y temporales del Director del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.<\/p>\n<p>24. Conocer, instruir y fallar en segunda instancia, las actuaciones disciplinarias contra los empleados de la entidad, y en \u00fanica instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra el Director Nacional de Control Disciplinario.<\/p>\n<p>25. Crear, conformar, modificar o suprimir secciones, departamentos, comit\u00e9s, unidades y grupos internos de trabajo que se requieran para el cumplimiento de las funciones a cargo de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>26. Distribuir, trasladar y reubicar los empleos dentro de las plantas globales y flexibles de la entidad y determinar sus funciones, de acuerdo con las necesidades del servicio.<\/p>\n<p>27. Las dem\u00e1s funciones asignadas por la Constituci\u00f3n y la ley.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Fiscal General de la Naci\u00f3n podr\u00e1 asignar en el Vicefiscal General de la Naci\u00f3n o en los delegados de la Fiscal\u00eda Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, la investigaci\u00f3n y acusaci\u00f3n de los altos servidores que gocen de fuero constitucional.<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, en su condici\u00f3n de nominador, el Fiscal General de la Naci\u00f3n podr\u00e1 delegar la facultad de expedir los actos administrativos relacionados con la aceptaci\u00f3n de renuncias; la vacancia por abandono del cargo; el retiro por pensi\u00f3n de jubilaci\u00f3n o invalidez absoluta, muerte o retiro forzoso motivado por la edad, el reintegro por orden judicial y la facultad para declarar y proveer las vacancias temporales, las situaciones administrativas, los movimientos de personal, las actuaciones y decisiones disciplinarias de segunda instancia y la ejecuci\u00f3n de las sanciones disciplinarias impuestas a servidores de la Fiscal\u00eda, por autoridad competente.<\/p>\n<p>Igualmente, el Fiscal General de la Naci\u00f3n podr\u00e1 delegar las funciones y competencias que est\u00e9n atribuidas por la ley a su Despacho.<\/p>\n<p>Es responsabilidad del Fiscal General de la Naci\u00f3n vigilar el desarrollo de la delegaci\u00f3n y podr\u00e1 reasumir las facultades delegadas cuando lo considere necesario.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 4\u00ba: Ver Resoluci\u00f3n 117 de 2019. Ver Resoluci\u00f3n 1165 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n 729 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n 152 de 2018, FGN.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III<\/p>\n<p>De las dependencias adscritas al Despacho del Fiscal General de la Naci\u00f3n<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Fiscal\u00eda Delegada ante la Corte Suprema de Justicia. La Fiscal\u00eda Delegada ante la Corte Suprema de Justicia cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Investigar y acusar, si a ello hubiere lugar, a los servidores con fuero constitucional, previa asignaci\u00f3n del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Investigar y acusar, si a ello hubiere lugar, a los servidores con fuero legal, cuyo juzgamiento est\u00e9 atribuido, en \u00fanica instancia, a la Corte Suprema de Justicia.<\/p>\n<p>3. Adelantar las investigaciones y acusaciones que le sean asignadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n y acusar a los responsables, si a ello hubiere lugar.<\/p>\n<p>4. Ejecutar las directivas, directrices y orientaciones del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Organizar y adelantar comit\u00e9s t\u00e9cnico-jur\u00eddicos de revisi\u00f3n de las situaciones y los casos para la ejecuci\u00f3n de acciones en el desarrollo efectivo y eficiente de las investigaciones penales de su competencia. Si el fiscal del caso se aparta de la decisi\u00f3n del Comit\u00e9 deber\u00e1 motivar su posici\u00f3n, la cual ser\u00e1 estudiada nuevamente por este. En todo caso, en virtud de los principios de unidad de gesti\u00f3n y de jerarqu\u00eda, prevalecer\u00e1 el criterio y la posici\u00f3n de la Fiscal\u00eda se\u00f1alada por el Comit\u00e9, en aplicaci\u00f3n del numeral 3 del art\u00edculo 251 de la Constituci\u00f3n. (Nota: Numeral declarado exequible por los cargos analizados por la Corte Constitucional en la Sentencia C-232 de 2016.).<\/p>\n<p>6. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Modificado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 26. DIRECCI\u00d3N DE POLITICAS Y ESTRATEGIA. La Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas y Estrategia cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1.Asesorar al Fiscal General de la Naci\u00f3n en su participaci\u00f3n en el dise\u00f1o de la pol\u00edtica del Estado en materia criminal y en la presentaci\u00f3n de proyectos de ley al respecto.<\/p>\n<p>2. Asesorar en la definici\u00f3n de pol\u00edticas, lineamientos y estrategias dirigidos a la operatividad, funcionalidad, continuidad y sostenibilidad del Sistema Penal.<\/p>\n<p>3. Liderar los estudios y las investigaciones que sustenten la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica en materia criminal,<\/p>\n<p>4. Proponer al Fiscal General de la Naci\u00f3n, pol\u00edticas y directrices de interpretaci\u00f3n y\/o de orientaci\u00f3n para asegurar el ejercicio eficiente y coherente de la acci\u00f3n penal.<\/p>\n<p>5. Impartir orientaciones para la ejecuci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas de inter\u00e9s o con incidencia en la Entidad, de conformidad con los lineamientos del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Evaluar los resultados de la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas de inter\u00e9s de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y proponer los insumos para el ajuste y la redefinici\u00f3n de las mismas, en aras del cumplimiento de la misi\u00f3n institucional.<\/p>\n<p>7. Dirigir, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias de la entidad, y con el apoyo de la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Desarrollo, la elaboraci\u00f3n e implementaci\u00f3n del direccionamiento estrat\u00e9gico y la prospectiva de la entidad.<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar, con el apoyo de la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Desarrollo, la metodolog\u00eda para la elaboraci\u00f3n e implementaci\u00f3n de los planes de acci\u00f3n de las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, as\u00ed como para el monitoreo de su ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>9. Construir y aplicar, con el apoyo de la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Desarrollo, los indicadores de seguimiento y evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o misional de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y hacerlos p\u00fablicos al menos una vez al a\u00f1o, a trav\u00e9s de un informe de desempe\u00f1o misional de la entidad.<\/p>\n<p>10. Dirigir, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Desarrollo y la Subdirecci\u00f3n de Tecnolog\u00eda y Comunicaciones, la estrategia de datos de la entidad, de tal forma que los procesos misionales y administrativos, el manejo y el an\u00e1lisis de los datos, las aplicaciones computacionales y la infraestructura, est\u00e9n alineados con los objetivos estrat\u00e9gicos de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Dirigir la adopci\u00f3n de mecanismos de articulaci\u00f3n y de coordinaci\u00f3n con las entidades involucradas en la ejecuci\u00f3n del Sistema Penal.<\/p>\n<p>12. Dise\u00f1ar y proponer mecanismos de mediaci\u00f3n y programas de justicia restaurativa.<\/p>\n<p>13. Dirigir y coordinar la implementaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de mecanismos de articulaci\u00f3n y colaboraci\u00f3n entre la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y las diferentes Entidades p\u00fablicas nacionales y privadas, que puedan prestar apoyo en el desarrollo de las funciones de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>14.Asesorar a las dem\u00e1s dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en el desarrollo de las funciones relacionadas con los temas de competencia de la Direcci\u00f3n.<\/p>\n<p>15. Dise\u00f1ar e implementar planes y proyectos para la aproximaci\u00f3n estrat\u00e9gica a la carga laboral de la entidad, incluyendo la pol\u00edtica de priorizaci\u00f3n de la persecuci\u00f3n penal.<\/p>\n<p>16. Proponer, para adopci\u00f3n del Fiscal General de la Naci\u00f3n, protocolos para la investigaci\u00f3n y el ejercicio de la acci\u00f3n penal.<\/p>\n<p>17. Proyectar para el Fiscal General de la Naci\u00f3n, los instructivos o reglamentos que le corresponda expedir en desarrollo del principio de unidad de gesti\u00f3n y jerarqu\u00eda, que aplicar\u00e1 para todas las unidades y dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>18. Elaborar e implementar los planes de acci\u00f3n en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada para el efecto.<\/p>\n<p>19. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 6\u00ba: \u201cDirecci\u00f3n Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n. La Direcci\u00f3n Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Asesorar al Fiscal General de la Naci\u00f3n en su participaci\u00f3n en el dise\u00f1o de la pol\u00edtica del Estado en materia criminal y en la presentaci\u00f3n de proyectos de ley al respecto.<\/p>\n<p>2. Asesorar en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas estrat\u00e9gicas de aplicaci\u00f3n de filtros en la recepci\u00f3n de denuncias y \u00f3rdenes de trabajo.<\/p>\n<p>3. Liderar los estudios y las investigaciones que sustenten la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica en materia criminal.<\/p>\n<p>4. Proponer, al Fiscal General de la Naci\u00f3n, pol\u00edticas y directrices de interpretaci\u00f3n y\/o de orientaci\u00f3n para asegurar el ejercicio eficiente y coherente de la acci\u00f3n penal.<\/p>\n<p>5. Impartir orientaciones para la ejecuci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas de inter\u00e9s o con incidencia en la entidad, de conformidad con los lineamientos del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Evaluar los resultados de la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas de inter\u00e9s de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y proponer los insumos para el ajuste y la redefinici\u00f3n de las mismas, en aras del cumplimiento de la misi\u00f3n institucional.<\/p>\n<p>7. Adoptar las estrategias para la implementaci\u00f3n transversal de un enfoque diferencial en las pol\u00edticas internas y p\u00fablicas fomentadas en la entidad bajo los lineamientos del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Dirigir la elaboraci\u00f3n e implementaci\u00f3n del plan estrat\u00e9gico y la prospectiva de la entidad.<\/p>\n<p>9. Adoptar un modelo de gesti\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n basado en gerencia de planes, programas y proyectos.<\/p>\n<p>10. Definir directrices, metodolog\u00edas, instrumentos y procedimientos para la formulaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de planes, programas y proyectos de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Impartir los lineamientos para la elaboraci\u00f3n de estudios sobre la estructura org\u00e1nica, planta de personal, escala salarial y, en general, todo lo relacionado con el desarrollo organizacional de la entidad en coordinaci\u00f3n con las respectivas dependencias.<\/p>\n<p>12. Liderar, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n Nacional de Apoyo a la Gesti\u00f3n, el proceso de elaboraci\u00f3n del Proyecto Anual de Presupuesto de la entidad.<\/p>\n<p>13. Dirigir el proceso de ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n del presupuesto de inversi\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Proponer estrategias y acciones para la implementaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica en la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>15. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>16. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.\u201d.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Modificado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 27. SUBDIRECCI\u00d3N DE POL\u00cdTICAS P\u00daBLICAS Y ESTRATEGIA INSTITUCIONAL. La Subdirecci\u00f3n de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Estrategia Institucional cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Analizar la informaci\u00f3n sobre el comportamiento delictivo del pa\u00eds y adelantar estudios e investigaciones que apoyen al Fiscal General de la Naci\u00f3n en su participaci\u00f3n en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica del Estado en materia criminal y en la elaboraci\u00f3n de proyectos de ley que se presenten al 2. Congreso de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>Proponer los lineamientos, directrices de interpretaci\u00f3n y\/o de orientaci\u00f3n, para la ejecuci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas de inter\u00e9s o incidencia en la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Proponer las estrategias para la implementaci\u00f3n transversal de un enfoque diferencial en las pol\u00edticas internas y p\u00fablicas fomentadas en la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Hacer seguimiento al interior de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n e implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica en materia criminal y prevenci\u00f3n del delito y las dem\u00e1s que tengan incidencia en el cumplimiento de las funciones de la Entidad.<\/p>\n<p>5. Apoyar el estudio y an\u00e1lisis de los proyectos de ley que se presenten en temas de inter\u00e9s para la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Realizar diagn\u00f3sticos de la normativa vigente que incidan en el dise\u00f1o y cumplimiento de las pol\u00edticas instauradas al interior de la Fiscal\u00eda y proponer nuevas iniciativas legislativas o modificaciones a las mismas cuando a ello haya lugar.<\/p>\n<p>7. Proponer estrategias y acciones para la implementaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica en la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Elaborar e implementar los planes de acci\u00f3n en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada para el efecto.<\/p>\n<p>9. Asesorar a las dem\u00e1s dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en los temas de competencia de la Subdirecci\u00f3n.<\/p>\n<p>10.Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n, el Vicefiscal General de la Naci\u00f3n o por el Director de Pol\u00edticas y Estrategia.<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 7\u00ba: \u201cSubdirecci\u00f3n de Pol\u00edticas P\u00fablicas. La Subdirecci\u00f3n de Pol\u00edticas P\u00fablicas cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Analizar la informaci\u00f3n sobre el comportamiento delictivo del pa\u00eds y adelantar estudios e investigaciones que apoyen al Fiscal General de la Naci\u00f3n en su participaci\u00f3n en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica del Estado en materia criminal y en la elaboraci\u00f3n de proyectos de ley que se presenten al Congreso de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>2. Proponer los lineamientos, directrices de interpretaci\u00f3n y\/o de orientaci\u00f3n, para la ejecuci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas de inter\u00e9s o incidencia en la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Proponer las estrategias para la implementaci\u00f3n transversal de un enfoque diferencial en las pol\u00edticas internas y p\u00fablicas fomentadas en la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Hacer seguimiento al interior de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n e implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica en materia criminal y prevenci\u00f3n del delito y las dem\u00e1s que tengan incidencia en el cumplimiento de las funciones de la entidad.<\/p>\n<p>5. Elaborar proyectos de ley que por iniciativa del Fiscal General de la Naci\u00f3n se presenten al Congreso de la Rep\u00fablica en materia de pol\u00edtica criminal.<\/p>\n<p>6. Apoyar el estudio y an\u00e1lisis de los proyectos de ley que se presenten en temas de inter\u00e9s para la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Realizar diagn\u00f3sticos de la normativa vigente que incidan en el dise\u00f1o y cumplimiento de las pol\u00edticas instauradas al interior de la Fiscal\u00eda y proponer nuevas iniciativas legislativas o modificaciones a las mismas cuando a ello haya lugar.<\/p>\n<p>8. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>9. Asesorar a las dem\u00e1s dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en los temas de competencia de la Direcci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n o por el Director Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n.\u201d.<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 7A. Adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 28. SUBDIRECCI\u00d3N DE POL\u00cdTICA CRIMINAL Y ARTICULACI\u00d3N. La Subdirecci\u00f3n de Pol\u00edtica Criminal y Articulaci\u00f3n cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y aplicar mecanismos que permitan intercambio de informaci\u00f3n, colaboraci\u00f3n y actuaciones conjuntas entre la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y las diferentes Entidades nacionales p\u00fablicas y privadas que puedan prestar apoyo en el desarrollo de las funciones de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Elaborar proyectos de ley que por iniciativa del Fiscal General de la Naci\u00f3n se presenten al Congreso de la Rep\u00fablica en materia de pol\u00edtica criminal.<\/p>\n<p>3. Unificar criterios y procedimientos internos para la articulaci\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n con las Entidades que desarrollan funciones o actividades que inciden en su misi\u00f3n institucional.<\/p>\n<p>4. Generar y participar en espacios de coordinaci\u00f3n y articulaci\u00f3n con los organismos y Entidades que puedan prestar apoyo en el desarrollo de las funciones de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Asesorar a las dem\u00e1s dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en la ejecuci\u00f3n de los lineamientos y directrices para la articulaci\u00f3n de \u00e9stas con los organismos y Entidades que cumplan funciones o actividades que incidan en la misi\u00f3n de la Entidad.<\/p>\n<p>6. Identificar las problem\u00e1ticas del Sistema Penal Acusatorio y proponer y adelantar acciones de soluci\u00f3n a las mismas.<\/p>\n<p>7. Proponer estrategias e impartir lineamientos para utilizar de manera eficiente los recursos a disposici\u00f3n del Sistema Penal para alcanzar \u00f3ptimos resultados.<\/p>\n<p>8. Generar, proponer y participar en espacios de coordinaci\u00f3n y articulaci\u00f3n con los organismos y Entidades involucradas en la ejecuci\u00f3n del Sistema Penal Acusatorio, con el fin de hacerlo eficiente y operativo.<\/p>\n<p>9. Dise\u00f1ar mecanismos para que los fiscales, en forma coordinada con los jueces de control de garant\u00edas, efect\u00faen la recolecci\u00f3n &#8216;y preservaci\u00f3n de evidencias que puedan servir como pruebas anticipadas en el proceso.<\/p>\n<p>10.Fomentar la cooperaci\u00f3n y el intercambio de informaci\u00f3n con las Entidades p\u00fablicas para dinamizar y responder a las necesidades que plantea el Sistema Penal Acusatorio.<\/p>\n<p>11.Elaborar e implementar los planes de acci\u00f3n en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada para el efecto.<\/p>\n<p>12.Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n, Vicefiscal General de la Naci\u00f3n o por el Director de Pol\u00edtica y Estrategia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Modificado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 29. DIRECCI\u00d3N DE PLANEACI\u00d3N Y DESARROLLO. La Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Desarrollo cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar, planificar y adoptar un modelo de gesti\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n en la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Elaborar, desarrollar y controlar el cumplimiento de las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Coordinar y hacer seguimiento a la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas, metodolog\u00edas y los protocolos adoptados por la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Apoyar la elaboraci\u00f3n del plan estrat\u00e9gico y la prospectiva de la Fiscal\u00eda y, una vez aprobado, asesorar su implementaci\u00f3n y hacerle seguimiento en lo de su competencia.<\/p>\n<p>5. Adelantar los estudios sobre la organizaci\u00f3n y funcionamiento de la Entidad y proponer los ajustes a la estructura, ala planta de personal y a las escalas salariales.<\/p>\n<p>6. Dirigir y monitorear la implementaci\u00f3n de la arquitectura institucional en la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Definir directrices, metodolog\u00edas, instrumentos y procedimientos para el seguimiento y la evaluaci\u00f3n de planes, programas y proyectos de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Apoyar a la Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas y Estrategia, en el dise\u00f1o de la metodolog\u00eda para la elaboraci\u00f3n e implementaci\u00f3n de los planes de acci\u00f3n de las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, as\u00ed como para el monitoreo de su ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>9. Apoyar a la Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas y Estrategia, en la construcci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de los indicadores de seguimiento y evaluaci\u00f3n de desempe\u00f1o misional de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y hacerlos p\u00fablicos al menos una vez al a\u00f1o, a trav\u00e9s de un informe de desempe\u00f1o misional de la entidad.<\/p>\n<p>10. Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n presupuestal y viabilizar las modificaciones a que haya lugar ante las autoridades competentes.<\/p>\n<p>11. Gestionar la formulaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los proyectos de inversi\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias de la Fiscal\u00eda y tramitar su inclusi\u00f3n en el Banco Nacional de Programas y Proyectos.<\/p>\n<p>12. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n Ejecutiva y con las dem\u00e1s dependencias de la Entidad, el Anteproyecto Anual de Presupuesto, y monitorear su ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Asesorar a las diferentes dependencias de la Entidad en la formulaci\u00f3n de planes, proyectos y programas de inversi\u00f3n y presentarlos ante las instancias correspondientes para su aprobaci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Asesorar en el proceso de administraci\u00f3n del riesgo de la Entidad y consolidar el mapa de riesgos institucional con la informaci\u00f3n que le brinden los l\u00edderes de los procesos.<\/p>\n<p>15. Establecer, en coordinaci\u00f3n con las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, los \u00edndices e indicadores necesarios para un adecuado control de la gesti\u00f3n y de los planes de acci\u00f3n de la Entidad,<\/p>\n<p>16.Asesorar, consolidar y acompa\u00f1ar a las diferentes \u00e1reas en la elaboraci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>17. Elaborar e implementar los planes de acci\u00f3n en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada.<\/p>\n<p>18.Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 8\u00ba: \u201cSubdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n. La Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con las diferentes dependencias de la entidad, el plan estrat\u00e9gico y la prospectiva de la Fiscal\u00eda y, una vez aprobado, asesorar su implementaci\u00f3n y hacerle seguimiento.<\/p>\n<p>2. Asesorar a las diferentes dependencias de la entidad en la formulaci\u00f3n de planes, proyectos y programas de inversi\u00f3n y presentarlos ante las instancias correspondientes para su aprobaci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Asesorar en el proceso de administraci\u00f3n del riesgo de la entidad y consolidar el mapa de riesgos institucional con la informaci\u00f3n que le brinden los l\u00edderes de los procesos.<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar la metodolog\u00eda para la elaboraci\u00f3n e implementaci\u00f3n de los planes operativos anuales de las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, y consolidar y monitorear su ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Elaborar, desarrollar y controlar el cumplimiento de las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n Financiera, el Proyecto Anual de Presupuesto y con las dem\u00e1s dependencias de la entidad el presupuesto de inversi\u00f3n, as\u00ed como monitorear la ejecuci\u00f3n de este \u00faltimo.<\/p>\n<p>7. Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n presupuestal y viabilizar las modificaciones a que haya lugar ante el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Establecer en coordinaci\u00f3n con las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n los \u00edndices y los indicadores necesarios para un adecuado control de gesti\u00f3n a los planes y actividades de la entidad.<\/p>\n<p>9. Dise\u00f1ar, planificar y proponer un modelo de gesti\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n en la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Adelantar los estudios sobre la organizaci\u00f3n y funcionamiento de la entidad y proponer los ajustes a la estructura, a la planta de personal y a las escalas salariales.<\/p>\n<p>11. Asesorar, consolidar y acompa\u00f1ar a las diferentes \u00e1reas en la elaboraci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Elaborar y divulgar boletines peri\u00f3dicos y estandarizados de estad\u00edsticas de gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Gestionar la formulaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los proyectos de inversi\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias de la Fiscal\u00eda y tramitar su inclusi\u00f3n en el Banco Nacional de Programas y Proyectos.<\/p>\n<p>14. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada para tal fin.<\/p>\n<p>15. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n o por el Director Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n.\u201d.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Modificado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 30. DIRECCI\u00d3N DE ASUNTOS JUR\u00cdDICOS. La Direcci\u00f3n de Asuntos Jur\u00eddicos cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Asesorar al Fiscal General de la Naci\u00f3n, en la definici\u00f3n y formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, lineamientos y directrices de interpretaci\u00f3n en los temas constitucionales y legales que afecten o involucren los objetivos misionales de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Apoyar, en el marco de sus competencias, a la Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas y Estrategia en el an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n jur\u00eddica que se requiera para sustentar la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica en materia criminal, en desarrollo de las competencias constitucionales y legales atribuidas a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Asesorar a las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en asuntos jur\u00eddicos y emitir los conceptos a que haya lugar.<\/p>\n<p>4. Revisar ios documentos asignados por el Despacho del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Proponer directrices y estrategias de defensa en las acciones constitucionales y demandas de constitucionalidad que \u00edmpacten los asuntos de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, para ser adoptadas por el Fiscal General.<\/p>\n<p>6. Apoyar el estudio y an\u00e1lisis de constitucionalidad de los proyectos de ley relacionados con los objetivos, misi\u00f3n y funciones de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Dirigir e implementar la relator\u00eda de jurisprudencia de inter\u00e9s y que se requiera para el cumplimiento de las funciones de la Entidad.<\/p>\n<p>8. Hacer seguimiento al tr\u00e1mite de los proyectos de ley y actos legislativos que cursen ante el Congreso de la Rep\u00fablica y que tengan incidencia en la Entidad.<\/p>\n<p>9. Representar a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, mediante poder conferido por el Fiscal General o por quien este delegue, en los procesos judiciales, extrajudiciales, prejudiciales y administrativos en que sea parte la Entidad.<\/p>\n<p>10. Proponer acciones y estrategias de defensa judicial en las que la Fiscal\u00eda sea parte.<\/p>\n<p>11. Dirigir, coordinar, asesorar y realizar las acciones necesarias para dar cumplimiento a las sentencias y conciliaciones.<\/p>\n<p>12. Proyectar los actos administrativos para el reconocimiento y pago de las sentencias y conciliaciones, de acuerdo con la liquidaci\u00f3n que adelante la Subdirecci\u00f3n Financiera.<\/p>\n<p>13. Gestionar la recuperaci\u00f3n de dinero, bienes muebles e inmuebles a favor de la Entidad, a trav\u00e9s del proceso coactivo.<\/p>\n<p>14. Mantener la unidad de criterio jur\u00eddico en la Entidad en la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de la ley para la prevenci\u00f3n del da\u00f1o antijur\u00eddico.<\/p>\n<p>15. Delegar en las coordinaciones y jefaturas de departamento, que para el efecto cree el Fiscal General de la Naci\u00f3n, las funciones de su competencia.<\/p>\n<p>16. Elaborar e implementar los planes de acci\u00f3n en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada para el efecto.<\/p>\n<p>17. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 9\u00ba: \u201cDirecci\u00f3n Nacional de Estrategia en Asuntos Constitucionales. La Direcci\u00f3n Nacional de Estrategia en Asuntos Constitucionales cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Asesorar al Fiscal General de la Naci\u00f3n, en la definici\u00f3n y formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, lineamientos y directrices de interpretaci\u00f3n en los temas constitucionales que afecten o involucren los objetivos misionales de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Realizar los estudios y an\u00e1lisis y emitir conceptos sobre la constitucionalidad de los asuntos que sean de inter\u00e9s o tengan incidencia en la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, sometidos a su consideraci\u00f3n por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Proponer directrices y estrategias de defensa en las acciones constitucionales y demandas de constitucionalidad que impacten los asuntos de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, para ser adoptadas por el Fiscal General.<\/p>\n<p>4. Proponer acciones y estrategias de defensa judicial en los casos en que el Fiscal General lo requiera.<\/p>\n<p>5. Intervenir en los procesos constitucionales y en las demandas de inconstitucionalidad, de inter\u00e9s para la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Apoyar el estudio y an\u00e1lisis de constitucionalidad de los proyectos de ley relacionados con los objetivos, misi\u00f3n y funciones de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Dirigir e implementar la relator\u00eda de jurisprudencia de inter\u00e9s y que se requiera para el cumplimiento de las funciones de la entidad.<\/p>\n<p>8. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>9. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.\u201d.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. [DEL: Direcci\u00f3n Nacional de Comunicaciones, Prensa y Protocolo :DEL] . Direcci\u00f3n de Comunicaciones [DEL: La Direcci\u00f3n Nacional de Comunicaciones, Prensa y Protocolo :DEL] cumplir\u00e1 las siguientes funciones: (Nota: El Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 31, modific\u00f3 la expresi\u00f3n tachada por la expresi\u00f3n en negrilla.).<\/p>\n<p>1. Asesorar al Fiscal General de la Naci\u00f3n en la definici\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, planes, programas y proyectos de comunicaci\u00f3n interna y externa.<\/p>\n<p>2. Asesorar al Fiscal General de la Naci\u00f3n y a las dem\u00e1s dependencias de la entidad en la promoci\u00f3n y posicionamiento de la imagen corporativa y el fortalecimiento de la identidad institucional.<\/p>\n<p>3. Dirigir los procesos de comunicaci\u00f3n institucional internos y externos.<\/p>\n<p>4. Dirigir, bajo los criterios y lineamientos del Fiscal General de la Naci\u00f3n, las relaciones de la Entidad con los medios de comunicaci\u00f3n,<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar y ejecutar el plan estrat\u00e9gico de comunicaci\u00f3n interna y externa de la entidad.<\/p>\n<p>6. Definir el protocolo para la log\u00edstica de los eventos y actividades institucionales determinadas por el Fiscal o el Vicefiscal General de la Naci\u00f3n y en las que participe el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Proponer estrategias de divulgaci\u00f3n que permitan brindar informaci\u00f3n acerca de los servicios que presta la entidad y las actividades que realiza la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Monitorear y analizar permanentemente la informaci\u00f3n generada por los principales medios de comunicaci\u00f3n del pa\u00eds y preparar informes.<\/p>\n<p>9. Autorizar los contenidos a publicar en los medios de la entidad escritos, audiovisuales, en la p\u00e1gina web, en la intranet o en cualquier otro medio, con el apoyo, en los casos que se requieran, de la Subdirecci\u00f3n de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y de las Comunicaciones.<\/p>\n<p>10. Impartir lineamientos para el uso de la imagen institucional, entre otros, en los documentos impresos, audiovisuales, digitales y virtuales.<\/p>\n<p>11. Asesorar a las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en los temas de competencia de la Direcci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11 . Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Direcci\u00f3n Jur\u00eddica. La Direcci\u00f3n Jur\u00eddica cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Representar a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, mediante poder conferido por el Fiscal General o por quien este delegue, en los procesos judiciales, extrajudiciales, prejudiciales y administrativos en que sea parte la entidad.<\/p>\n<p>2. Asesorar a las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en asuntos jur\u00eddicos y emitir los conceptos a que haya lugar.<\/p>\n<p>3. Revisar en los aspectos jur\u00eddicos los documentos asignados por el Despacho del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Dirigir, coordinar, asesorar y realizar las acciones necesarias para dar cumplimiento a las sentencias y conciliaciones y expedir los actos administrativos para su reconocimiento y pago.<\/p>\n<p>5. Mantener la unidad de criterio jur\u00eddico en la entidad en la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de la ley para la prevenci\u00f3n del da\u00f1o antijur\u00eddico.<\/p>\n<p>6. Gestionar la recuperaci\u00f3n de dinero, bienes muebles e inmuebles a favor de la Entidad, a trav\u00e9s del proceso coactivo.<\/p>\n<p>7. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. [DEL: Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n Internacional :DEL] . Direcci\u00f3n de Asuntos Internacionales. [DEL: La Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n Internacional :DEL] cumplir\u00e1 las siguientes funciones: (Nota: El Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 32, modific\u00f3 la expresi\u00f3n tachada por la expresi\u00f3n en negrilla.).<\/p>\n<p>1. Atender los requerimientos de las autoridades competentes en materia de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica y judicial internacional, bajo los lineamientos y directrices impartidos por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Gestionar, coordinar y hacer seguimiento al intercambio de material probatorio, evidencias f\u00edsicas, pruebas y dem\u00e1s informaci\u00f3n que requieran los distintos gobiernos y agencias internacionales en investigaciones penales sobre nacionales fallecidos o implicados en delitos cometidos en el exterior o extranjeros fallecidos o implicados en delitos en Colombia, bajo las directrices del Fiscal General de la Naci\u00f3n y de conformidad con los tratados y convenios aprobados y ratificados por Colombia.<\/p>\n<p>3. Adelantar a instancias del Fiscal General de la Naci\u00f3n, los tr\u00e1mites administrativos que en materia de extradici\u00f3n se requieran.<\/p>\n<p>4. Llevar el registro sobre el estado de las investigaciones referentes a la violaci\u00f3n de Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario y atender los requerimientos que sobre esta materia formulen los organismos gubernamentales y no gubernamentales nacionales e internacionales.<\/p>\n<p>5. Hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos internacionales adquiridos por Colombia en las \u00e1reas de competencia de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, en especial, a los tratados o convenios sobre Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Derecho Penal Internacional.<\/p>\n<p>6. Canalizar los requerimientos de las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en temas relacionados con cooperaci\u00f3n internacional, asesorarlas y brindarles el acompa\u00f1amiento que requieran en la materia,<\/p>\n<p>7. Gestionar y coordinar, bajo los lineamientos del Fiscal General de la Naci\u00f3n, la cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica internacional con los distintos gobiernos y agencias internacionales para el desarrollo de los programas, proyectos y actividades que requiera la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Gestionar, bajo los lineamientos del Fiscal General de la Naci\u00f3n, la cooperaci\u00f3n internacional para identificar o localizar bienes producto del delito, que se encuentran ubicados en Colombia o en otros pa\u00edses, directamente o a solicitud de otros gobiernos.<\/p>\n<p>9. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Direcci\u00f3n de Control Interno. La Direcci\u00f3n de Control Interno cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Planear, dirigir y organizar la verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema de Control Interno de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Verificar que el Sistema de Control Interno est\u00e9 formalmente establecido dentro de la entidad y que su ejercicio sea intr\u00ednseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de mando.<\/p>\n<p>3. Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n se cumplan por los responsables de su ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, est\u00e9n adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente.<\/p>\n<p>5. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y recomendar los ajustes necesarios.<\/p>\n<p>6. Asesorar en la elaboraci\u00f3n de la metodolog\u00eda para la identificaci\u00f3n del riesgo y hacer seguimiento a las acciones para la mitigaci\u00f3n de los mismos.<\/p>\n<p>7. Proponer pol\u00edticas o estrategias para la administraci\u00f3n del riesgo que permitan desarrollar o fijar acciones efectivas de control.<\/p>\n<p>8. Evaluar la existencia y efectividad de los controles establecidos por los l\u00edderes de los procesos para el desarrollo de sus funciones y competencias.<\/p>\n<p>9. Fomentar la cultura del autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misi\u00f3n institucional.<\/p>\n<p>10. Evaluar y verificar la aplicaci\u00f3n de los mecanismos de participaci\u00f3n ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional y legal, dise\u00f1e la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Realizar el seguimiento y evaluaci\u00f3n a la gesti\u00f3n y resultados de las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, presentar los informes, recomendar las acciones de mejora a que haya lugar y verificar su cumplimiento<\/p>\n<p>12. Publicar un informe pormenorizado del estado del control interno de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, en la p\u00e1gina web, de acuerdo con la Ley 1474 de 2011 y en las normas que la modifiquen o adicionen.<\/p>\n<p>13. Hacer seguimiento a las dependencias encargadas de atender a las v\u00edctimas y usuarios y rendir al Fiscal General de la Naci\u00f3n un informe semestral.<\/p>\n<p>14. Asesorar al Fiscal General de la Naci\u00f3n en las relaciones institucionales y funcionales con los organismos de control.<\/p>\n<p>15. Impartir los lineamientos y directrices para el cumplimiento de las funciones de control interno en las Direcciones Seccionales.<\/p>\n<p>16. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n,<\/p>\n<p>17. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Direcci\u00f3n de Control Disciplinario. La Direcci\u00f3n de Control Disciplinario cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Conocer, instruir y fallar en primera instancia, las actuaciones disciplinarias contra los empleados de la entidad. Para el efecto podr\u00e1 comisionar la pr\u00e1ctica de pruebas a otro servidor p\u00fablico de igual o inferior categor\u00eda de la misma entidad, incluidos los empleados que cumplen funciones de polic\u00eda judicial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Llevar el registro de sanciones impuestas a los servidores de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n e informar a la Subdirecci\u00f3n de Talento Humano, para la toma de las decisiones administrativas a que haya lugar.<\/p>\n<p>3. Coordinar las pol\u00edticas, planes y programas de prevenci\u00f3n y orientaci\u00f3n que minimicen la ocurrencia de conductas disciplinarias.<\/p>\n<p>4. Fijar procedimientos operativos para garantizar que los procesos disciplinarios se desarrollen dentro de los principios de econom\u00eda, celeridad, eficacia, imparcialidad y publicidad, para salvaguardar el derecho de defensa y el debido proceso.<\/p>\n<p>5. Informar oportunamente a la Divisi\u00f3n de Registro de la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, sobre la imposici\u00f3n de sanciones a los empleados de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Poner en conocimiento de los organismos de vigilancia y control la comisi\u00f3n de hechos presuntamente irregulares que surjan del proceso disciplinario.<\/p>\n<p>7. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 33. Verificar que todos los empleados de las distintas unidades y dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n apliquen estrictamente los criterios e instrucciones que imparta el Fiscal General en desarrollo del art\u00edculo 251 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y aplicar el r\u00e9gimen sancionatorio cuando sea el caso.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14A. Adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edcuo 34. DIRECCI\u00d3N DEL CUERPO T\u00c9CNICO DE INVESTIGACI\u00d3N (CTI). La Direcci\u00f3n del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n (CTI) cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Asesorar al Fiscal General de la Naci\u00f3n y al Vicefiscal General de la Naci\u00f3n en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, directrices y lineamientos para el ejercicio de las actividades investigativas y la funci\u00f3n de polic\u00eda judicial.<\/p>\n<p>2. Asesorar al Fiscal General de la Naci\u00f3n y al Vicefiscal General de la Naci\u00f3n en la direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las funciones de polic\u00eda judicial que cumplen de manera permanente o transitoria otros organismos y personas naturales o jur\u00eddicas.<\/p>\n<p>3. Planear, dirigir y controlar, en coordinaci\u00f3n con el Vicefiscal General de la Naci\u00f3n, las funciones de polic\u00eda judicial de los grupos que conforme la Direcci\u00f3n para adelantar las investigaciones.<\/p>\n<p>4. Asesorar y apoyar a las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en materia de investigaci\u00f3n criminal, servicios forenses y de gen\u00e9tica y en la administraci\u00f3n de informaci\u00f3n t\u00e9cnica y judicial que se requiera para la investigaci\u00f3n penal.<\/p>\n<p>5. Dirigir y coordinar el an\u00e1lisis criminal para apoyar el cumplimiento de las funciones de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Asesorar, en el marco de sus competencias, las actuaciones que adelanten las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en el ejercicio de sus funciones, cuando estas lo requieran.<\/p>\n<p>7. Administrar y mantener actualizado el Registro \u00danico de Asuntos de Polic\u00eda Judicial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, de acuerdo con los protocolos adoptados por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Dirigir y coordinar, dentro del \u00e1mbito de su competencia, el intercambio de informaci\u00f3n entre los distintos organismos de investigaci\u00f3n, de seguridad e inteligencia a nivel nacional e internacional, para la programaci\u00f3n y el desarrollo de operaciones contra la delincuencia, y bajo las directrices del Fiscal General de la Naci\u00f3n. Cuando se trate de organismos internacionales, el intercambio se realizar\u00e1 en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos Internacionales.<\/p>\n<p>9. Dirigir e implementar, en el desarrollo de sus competencias, las pol\u00edticas de aseguramiento y cadena de custodia de los elementos materiales probatorios y evidencia f\u00edsica.<\/p>\n<p>10. Dirigir, administrar y controlar en el marco de la Constituci\u00f3n y la Ley, el sistema de interceptaci\u00f3n de las comunicaciones que ordene la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Administrar las bodegas y los almacenes generales y transitorios de evidencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Liderar y prestar apoyo t\u00e9cnico-cient\u00edfico en coordinaci\u00f3n con los dem\u00e1s organismos de polic\u00eda judicial, en ausencia del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.<\/p>\n<p>13. Dirigir, coordinar y controlar en el desarrollo de las funciones que cumplen los servidores y las dependencias o grupos a su cargo, la incorporaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas, estrategias, metodolog\u00edas, protocolos de investigaci\u00f3n, servicios forenses y de gen\u00e9tica, que adopte el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Dirigir y coordinar los grupos de trabajo que se conformen para el cumplimiento de las funciones y competencias de la Direcci\u00f3n.<\/p>\n<p>15. Proponer, en coordinaci\u00f3n con las dependencias que cumplan funciones de polic\u00eda judicial, las metodolog\u00edas y protocolos de investigaci\u00f3n, para aprobaci\u00f3n del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>16. Asesorar, en el marco de sus competencias, a la Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas y Estrategia en el an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n que se requiera para sustentar la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica en materia criminal.<\/p>\n<p>17. Consolidar, analizar y clasificar la informaci\u00f3n de las investigaciones adelantadas por los servidores, dependencias y grupos de trabajo que est\u00e9n bajo su dependencia, y remitirla a la Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas y Estrategia.<\/p>\n<p>18. Proponer, liderar y mantener canales de comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con las dependencias misionales de la Entidad, en especial con las que cumplan funciones de polic\u00eda judicial, o relacionadas con esta.<\/p>\n<p>19. Administrar los laboratorios de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n a nivel nacional e implementar y proponer los protocolos para su funcionamiento.<\/p>\n<p>20. Dirigir, controlar y evaluar el desempe\u00f1o de la gesti\u00f3n de las dependencias de investigaciones y criminalistica a su cargo.<\/p>\n<p>21. Dirimir, de conformidad con la Constituci\u00f3n y la Ley, los conflictos de competencia que se presenten entre la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y los dem\u00e1s organismos que desempe\u00f1en funciones de Polic\u00eda Judicial, en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>22. Coordinar con otros organismos que ejerzan funciones de polic\u00eda judicial la definici\u00f3n e implementaci\u00f3n de mecanismos de articulaci\u00f3n que racionalicen y eviten la duplicidad de esfuerzos en el desarrollo de la investigaci\u00f3n penal, as\u00ed como para la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas en la materia, a partir del an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>23. Elaborar e implementar los planes de acci\u00f3n en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada para el efecto.<\/p>\n<p>24.Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>25. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 14A: Ver Resoluci\u00f3n 895 de 2018, FGN<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14B. Adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 35. DIRECCI\u00d3N DE PROTECCI\u00d3N Y ASISTENCIA. La Direcci\u00f3n de Protecci\u00f3n y Asistencia cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Asesorar al Fiscal General de la Naci\u00f3n en la formulaci\u00f3n y definici\u00f3n de pol\u00edticas en materia de protecci\u00f3n y asistencia social para servidores de la Fiscal\u00eda, v\u00edctimas, testigos y dem\u00e1s intervinientes en el proceso penal, cuando estos se encuentren en riesgo o amenaza de sufrir agresi\u00f3n a sus derechos, por causa de la intervenci\u00f3n en un proceso penal.<\/p>\n<p>2. Dirigir y administrar el Programa de Protecci\u00f3n a Testigos, V\u00edctimas, Intervinientes en el Proceso y Funcionarios de la Fiscal\u00eda de que trata la Ley 418 de 1997 y las normas que lo modifiquen, adicionen, sustituyan o reglamenten, para lo cual podr\u00e1 requerir apoyo a la Polic\u00eda Judicial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Organizar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias competentes de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, la protecci\u00f3n y el desarrollo de programas de asistencia a v\u00edctimas, testigos, servidores e intervinientes, en las investigaciones y procesos que sean de conocimiento de la Fiscal\u00eda.<\/p>\n<p>4. Desarrollar, implementar y controlar las medidas de protecci\u00f3n, as\u00ed como los programas de asistencia integral para las personas que hayan sido beneficiadas por parte del Programa de Protecci\u00f3n a Testigos, V\u00edctimas, Intervinientes en el Proceso y Funcionarios de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>5, Adelantar programas y proyectos interinstitucionales y gestionar la celebraci\u00f3n de convenios o memorandos de entendimiento con otros programas de protecci\u00f3n y asistencia a extranjeros, en cumplimiento de los convenios internacionales de los que hace parte el Estado Colombiano.<\/p>\n<p>6. Brindar los esquemas de seguridad requeridos para el nivel directivo de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y Ex-fiscales Generales de la Naci\u00f3n, su familia y sus bienes, previo estudio de riesgos.<\/p>\n<p>7. Incorporar enfoques diferenciales en las medidas de protecci\u00f3n implementadas, que respondan a los lineamientos otorgados por la Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas y Estrategia.<\/p>\n<p>8. Dirigir, coordinar y controlar las actividades realizadas por los grupos de trabajo que organice la Direcci\u00f3n en otras ciudades para el cumplimiento del objetivo del programa.<\/p>\n<p>9. Calificar el nivel de riesgo y evaluar, con autonom\u00eda, las medidas de protecci\u00f3n o asistencia social, el nexo causal entre el riesgo y la participaci\u00f3n del testigo o la v\u00edctima dentro de la indagaci\u00f3n, investigaci\u00f3n o proceso penal; asimismo, decidir\u00e1, con autonom\u00eda, la vinculaci\u00f3n, desvinculaci\u00f3n o exclusi\u00f3n de los beneficiarios Programa de Protecci\u00f3n a Testigos, V\u00edctimas, Intervinientes en el Proceso y Funcionarios de la Fiscal\u00eda.<\/p>\n<p>10. Llevar los registros de las personas beneficiarias del Programa de Protecci\u00f3n a Testigos, V\u00edctimas, Intervinientes en el Proceso y Funcionarios de la Fiscal\u00eda y mantenerlos bajo estricta reserva.<\/p>\n<p>11. Elaborar e implementar los planes de acci\u00f3n en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada para el efecto.<\/p>\n<p>12. Asesorar a las dependencias de la Entidad en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>13. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14C. Adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 36. DIRECCI\u00d3N DE ALTOS ESTUDIOS. La Direcci\u00f3n de Altos Estudios cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Coordinar con el Comit\u00e9 de Formaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, la identificaci\u00f3n de las necesidades de capacitaci\u00f3n y la definici\u00f3n de las pol\u00edticas que orienten la formulaci\u00f3n del plan institucional de formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Formular el plan institucional de capacitaci\u00f3n y gestionarlo ante el Comit\u00e9 de Formaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Desarrollar los programas de educaci\u00f3n para el trabajo en la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n de acuerdo con los lineamientos de calidad de este sector de la educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Ofrecer cursos de educaci\u00f3n para el trabajo y el desarrollo humano, con el fin de satisfacer las necesidades de capacitaci\u00f3n y formaci\u00f3n de los servidores de la Fiscal\u00eda.<\/p>\n<p>5. Coordinar las alianzas y convenios con otros centros educativos nacionales o internacionales y con agencias que ofrezcan iniciativas de formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n de empleados y funcionarios de la Fiscal\u00eda en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos Internacionales, cuando se requiera.<\/p>\n<p>6. Apoyar la implementaci\u00f3n de programas de inducci\u00f3n y reinducci\u00f3n de los servidores de la Fiscal\u00eda.<\/p>\n<p>7. Adelantar investigaciones acad\u00e9micas aplicadas que complementen las actividades educativas de los cursos de educaci\u00f3n para el trabajo y el desarrollo humano, o que permitan producir el conocimiento necesario para mejorar el desempe\u00f1o de las funciones de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Desarrollar los programas de formaci\u00f3n sobre garant\u00edas de seguridad y lucha contra las organizaciones y conductas criminales que pongan en riesgo la implementaci\u00f3n o estabilidad del Acuerdo Final de Paz, dirigidos a los funcionarios de Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n de acuerdo con pleno cumplimiento de los lineamientos de calidad de este sector de la educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>9. Elaborar y mantener actualizado el registro de los discentes, de las capacitaciones y de docentes de la Direcci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Expedir las constancias sobre las capacitaciones impartidas, cuando le sean requeridas.<\/p>\n<p>11. Elaborar e implementar los planes de acci\u00f3n en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada para el efecto.<\/p>\n<p>12.Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le asigne el Fiscal General de la Naci\u00f3n o el Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0CAP\u00cdTULO IV<\/p>\n<p>\u00a0De las funciones del Vicefiscal<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Funciones del Vicefiscal General de la Naci\u00f3n. El Vicefiscal General de la Naci\u00f3n cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Asesorar al Fiscal General de la Naci\u00f3n en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas de la entidad.<\/p>\n<p>2. Cumplir las funciones y competencias que le haya delegado el Fiscal General de la Naci\u00f3n y representarlo en las actuaciones en que haya sido designado.<\/p>\n<p>3. Actuar como Fiscal Delegado en aquellos procesos o actuaciones judiciales que le asigne el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Tramitar, resolver y decidir los asuntos en los que al Fiscal General de la Naci\u00f3n se le haya aceptado el impedimento o la recusaci\u00f3n para conocer de los mismos.<\/p>\n<p>5. Reemplazar al Fiscal General de la Naci\u00f3n en sus ausencias temporales o definitivas. En las ausencias temporales no se requerir\u00e1 designaci\u00f3n especial, si se trata de una ausencia definitiva, incluido el vencimiento del periodo, ejercer\u00e1 el cargo hasta cuando el titular tome posesi\u00f3n del mismo.<\/p>\n<p>6. Dirigir, liderar, coordinar y hacer seguimiento a los procesos y dependencias misionales de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n adscritas a su Despacho, bajo los lineamientos del Fiscal General de la Naci\u00f3n y las pol\u00edticas institucionales.<\/p>\n<p>7. Coordinar y hacer seguimiento a los procesos de apoyo de las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n adscritas a su Despacho.<\/p>\n<p>8. Organizar y adelantar comit\u00e9s t\u00e9cnico-jur\u00eddicos de revisi\u00f3n de las situaciones y los casos para la ejecuci\u00f3n de acciones en el desarrollo efectivo y eficiente de las investigaciones penales de su competencia. Si el fiscal del caso se aparta de la decisi\u00f3n del Comit\u00e9 deber\u00e1 motivar su posici\u00f3n, la cual ser\u00e1 estudiada nuevamente por este. En todo caso, en virtud de los principios de unidad de gesti\u00f3n y de jerarqu\u00eda, prevalecer\u00e1 el criterio y la posici\u00f3n de la Fiscal\u00eda se\u00f1alada por el Comit\u00e9, en aplicaci\u00f3n del numeral 3 del art\u00edculo 251 de la Constituci\u00f3n. (Nota: Numeral declarado exequible por los cargos analizados por la Corte Constitucional en la Sentencia C-232 de 2016.).<\/p>\n<p>9. Asesorar al Fiscal General en la definici\u00f3n de directrices y manuales de mecanismos de mediaci\u00f3n y programas de justicia restaurativa, de conformidad con lo establecido en la ley.<\/p>\n<p>10. Adoptar e implementar mecanismos de mediaci\u00f3n y programas de justicia restaurativa de conformidad con la ley.<\/p>\n<p>11. Aplicar e implementar las pol\u00edticas, protocolos, directivas, lineamientos y orientaciones del Fiscal General y verificar su implementaci\u00f3n y cumplimiento en las \u00e1reas misionales.<\/p>\n<p>12. Presidir, directamente o mediante delegado, el Comit\u00e9 Nacional de Priorizaci\u00f3n de Situaciones y de Casos que al interior de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n sea conformado por el Fiscal General de la Naci\u00f3n, para el cumplimiento de las funciones de la entidad.<\/p>\n<p>13. Articular, de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n, el desarrollo y cumplimiento de las funciones de los comit\u00e9s de priorizaci\u00f3n que se conformen en los t\u00e9rminos se\u00f1alados en el presente decreto ley.<\/p>\n<p>14. Dirigir y coordinar, bajo los lineamientos e instrucciones impartidas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n, las funciones de polic\u00eda judicial que cumplan los distintos entes p\u00fablicos de forma permanente o transitoria, de conformidad con la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley. (Nota: Numeral declarado exequible por los cargos analizados por la Corte Constitucional en la Sentencia C-440 de 2016.).<\/p>\n<p>15. Proponer los protocolos para la organizaci\u00f3n y funcionamiento de los registros que en materia de polic\u00eda judicial administran los organismos con funciones de polic\u00eda judicial y para el Registro \u00danico de Asuntos de Polic\u00eda Judicial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n. (Nota: Numeral declarado exequible por los cargos analizados por la Corte Constitucional en la Sentencia C-440 de 2016.).<\/p>\n<p>16. Impartir directrices y lineamientos al interior de la Fiscal\u00eda para la operatividad del Sistema Penal Acusatorio y propender por su articulaci\u00f3n y continuidad.<\/p>\n<p>17. Adoptar mecanismos de articulaci\u00f3n y de coordinaci\u00f3n con las entidades involucradas en la ejecuci\u00f3n del Sistema Penal Acusatorio.<\/p>\n<p>18. Impartir las directrices y lineamientos para la ejecuci\u00f3n de las acciones y actividades a cargo del Programa de Protecci\u00f3n a Testigos, V\u00edctimas, Intervinientes en el Proceso y Funcionarios de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>19. Dirigir la cooperaci\u00f3n interinstitucional para el cumplimiento de las actividades misionales de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, bajo los lineamientos del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>20. Actuar ante el Congreso de la Rep\u00fablica a nombre de la Fiscal\u00eda cuando as\u00ed lo disponga el Fiscal General de la Naci\u00f3n, y coordinar y hacer el seguimiento a la participaci\u00f3n de la entidad ante esta instancia.<\/p>\n<p>21. Dirimir, de conformidad con la Constituci\u00f3n y la ley, los conflictos de competencia que se presenten entre la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y los dem\u00e1s organismos que desempe\u00f1en funciones de Polic\u00eda Judicial, en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>22. Dirimir los conflictos administrativos que se presenten al interior de la Fiscal\u00eda en el ejercicio de las funciones o en la asignaci\u00f3n de investigaciones, en los casos y seg\u00fan las directrices y lineamientos impartidos por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>23. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>24. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>25. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0CAP\u00cdTULO V<\/p>\n<p>De las dependencias adscritas al despacho del Vicefiscal General de la Naci\u00f3n<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Direcci\u00f3n Nacional de An\u00e1lisis y Contextos. La Direcci\u00f3n Nacional de An\u00e1lisis y Contextos cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Asesorar al Fiscal General de la Naci\u00f3n en el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de estrategias para la aplicaci\u00f3n de criterios de priorizaci\u00f3n en la investigaci\u00f3n penal, entre otros, subjetivos, objetivos y complementarios, que permitan establecer un orden de atenci\u00f3n de casos con el fin de garantizar, en condiciones de igualdad material, el goce efectivo del derecho fundamental de administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>2. Proponer, para adopci\u00f3n del Fiscal General de la Naci\u00f3n, protocolos para la construcci\u00f3n de contextos en la investigaci\u00f3n penal, que permita tener en cuenta en esta, elementos de orden geogr\u00e1fico, pol\u00edtico, econ\u00f3mico, hist\u00f3rico y social, entre otros, que enmarquen la ocurrencia de patrones delictivos.<\/p>\n<p>3. Dirigir, coordinar, controlar y adelantar el desarrollo en contexto de la funci\u00f3n investigativa y acusatoria de los casos y situaciones priorizados por el Comit\u00e9 Nacional de Priorizaci\u00f3n de Situaciones y Casos y asignados por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Realizar an\u00e1lisis criminal para la construcci\u00f3n de contextos que contribuyan en la investigaci\u00f3n penal en los casos y situaciones priorizadas que le sean asignados.<\/p>\n<p>5. Organizar y adelantar comit\u00e9s t\u00e9cnico-jur\u00eddicos de revisi\u00f3n de las situaciones y los casos para la ejecuci\u00f3n de acciones en el desarrollo efectivo y eficiente de las investigaciones penales de su competencia. Si el fiscal del caso se aparta de la decisi\u00f3n del Comit\u00e9 deber\u00e1 motivar su posici\u00f3n, la cual ser\u00e1 estudiada nuevamente por este. En todo caso, en virtud de los principios de unidad de gesti\u00f3n y de jerarqu\u00eda, prevalecer\u00e1 el criterio y la posici\u00f3n de la Fiscal\u00eda se\u00f1alada por el Comit\u00e9, en aplicaci\u00f3n del numeral 3 del art\u00edculo 251 de la Constituci\u00f3n. (Nota: Numeral declarado exequible por los cargos analizados por la Corte Constitucional en la Sentencia C-232 de 2016.).<\/p>\n<p>6. Identificar y delimitar situaciones y casos susceptibles de ser priorizados y proponerlos al Comit\u00e9 Nacional de Priorizaci\u00f3n de Situaciones y Casos.<\/p>\n<p>7. Asesorar a las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n que cumplen funciones investigativas y acusatorias en la construcci\u00f3n de contextos y en la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica de priorizaci\u00f3n de situaciones y casos.<\/p>\n<p>8. Asesorar a los comit\u00e9s de priorizaci\u00f3n de situaciones y casos conformados por el Fiscal General, en el cumplimiento de sus funciones.<\/p>\n<p>9. Hacer seguimiento a la ejecuci\u00f3n de los planes de priorizaci\u00f3n a cargo de las dependencias del nivel nacional.<\/p>\n<p>10. Mantener canales de comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con las dependencias misionales de la entidad para identificar y focalizar los fen\u00f3menos de macrocriminalidad, para el desarrollo de sus competencias.<\/p>\n<p>11. Dirigir, coordinar y controlar el cuerpo de polic\u00eda judicial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n designado a la Direcci\u00f3n de An\u00e1lisis y Contextos para adelantar las labores de investigaci\u00f3n de las situaciones y casos de su competencia.<\/p>\n<p>12. Consolidar, analizar y clasificar la informaci\u00f3n de las investigaciones y acusaciones de su competencia y remitirla a la Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Mantener actualizada la informaci\u00f3n que se registre en los sistemas de informaci\u00f3n de la entidad, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>14. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>15. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Direcci\u00f3n de Fiscal\u00edas Nacionales. La Direcci\u00f3n de Fiscal\u00edas Nacionales cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Dirigir, coordinar y controlar, directamente o a trav\u00e9s de sus fiscales delegados, el desarrollo de la funci\u00f3n investigativa y acusatoria en los ejes tem\u00e1ticos, casos y situaciones que le sean asignados, seg\u00fan los lineamientos de priorizaci\u00f3n y la construcci\u00f3n de contextos, cuando haya lugar.<\/p>\n<p>2. Organizar y adelantar comit\u00e9s t\u00e9cnico-jur\u00eddicos de revisi\u00f3n de las situaciones y los casos para la ejecuci\u00f3n de acciones en el desarrollo efectivo y eficiente de las investigaciones penales de su competencia. Si el fiscal del caso se aparta de la decisi\u00f3n del Comit\u00e9 deber\u00e1 motivar su posici\u00f3n, la cual ser\u00e1 estudiada nuevamente por este. En todo caso, en virtud de los principios de unidad de gesti\u00f3n y de jerarqu\u00eda, prevalecer\u00e1 el criterio y la posici\u00f3n de la Fiscal\u00eda se\u00f1alada por el Comit\u00e9, en aplicaci\u00f3n del numeral 3 del art\u00edculo 251 de la Constituci\u00f3n. (Nota: Numeral declarado exequible por los cargos analizados por la Corte Constitucional en la Sentencia C-232 de 2016.).<\/p>\n<p>3. Dirigir y coordinar los grupos de trabajo, los departamentos y unidades que se conformen para el cumplimiento de las funciones y competencias de la Direcci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Dirigir, coordinar y controlar la incorporaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas en el desarrollo de las actividades que cumplen los servidores, dependencias y los grupos de trabajo que est\u00e9n a su cargo, de acuerdo con los lineamientos y las orientaciones que impartan las dependencias competentes.<\/p>\n<p>5. Identificar y delimitar situaciones y casos susceptibles de ser priorizados y proponerlos al Comit\u00e9 Nacional de Priorizaci\u00f3n de Situaciones y Casos.<\/p>\n<p>6. Ejecutar los planes de priorizaci\u00f3n aprobados por el Comit\u00e9 Nacional de Priorizaci\u00f3n de Situaciones y Casos en lo de su competencia.<\/p>\n<p>7. Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Autorizar la utilizaci\u00f3n de agentes encubiertos y las entregas vigiladas solicitadas por los fiscales de esta Direcci\u00f3n o por los fiscales de las Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas, en los t\u00e9rminos y condiciones establecidos en el C\u00f3digo de Procedimiento Penal.<\/p>\n<p>8. Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Dirigir, administrar y controlar, en el marco de la Constituci\u00f3n y la ley, el sistema de interceptaci\u00f3n de las comunicaciones que ordene la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>9. Apoyar, en el marco de sus competencias, a la Direcci\u00f3n Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n en el an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n que se requiera para sustentar la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica en materia criminal.<\/p>\n<p>10. Mantener actualizada la informaci\u00f3n que se registre en los sistemas de informaci\u00f3n de la entidad, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>11. Consolidar, analizar y clasificar la informaci\u00f3n de las investigaciones y acusaciones adelantadas por los servidores y grupos de trabajo a su cargo y remitirla a la Direcci\u00f3n Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n,<\/p>\n<p>12. Dirimir, de conformidad con la Constituci\u00f3n y la ley, los conflictos de competencia que se presenten entre la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y los dem\u00e1s organismos que desempe\u00f1en funciones de Polic\u00eda Judicial, en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>13. Dirimir los conflictos administrativos que se presenten al interior de la Fiscal\u00eda en el ejercicio de las funciones o en la asignaci\u00f3n de investigaciones, en los casos y seg\u00fan las directrices y lineamientos impartidos por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Asesorar a las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n que cumplen funciones investigativas y acusatorias en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>15. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>16. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>18. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 38. Dirigir, coordinar, articular y controlar el desarrollo de la funci\u00f3n investigativa y acusatoria en las Direcciones a su cargo, as\u00ed como en los casos y\/o situaciones que le sean asignados, seg\u00fan los lineamientos de priorizaci\u00f3n y la construcci\u00f3n de contextos, cuando haya lugar.<\/p>\n<p>19. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 38. Articular y coordinar el desarrollo de las funciones de Polic\u00eda Judicial, sin perjuicio de la autonom\u00eda funcional con la que estas cuentan, en los asuntos a su cargo.<\/p>\n<p>20. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 38. Dise\u00f1ar y aplicar mecanismos para que el desarrollo de las funciones de Polic\u00eda Judicial se adelante de manera articulada y coordinada, bajo los lineamientos y directrices del Vicefiscal General de la Naci\u00f3n en los asuntos a su cargo.<\/p>\n<p>21. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 38. Proponer, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n Nacional del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n (CTI) y las dem\u00e1s dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n que cumplan funciones de Polic\u00eda Judicial Especializada, las metodolog\u00edas y protocolos de investigaci\u00f3n para aprobaci\u00f3n del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>22. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 38. Coordinar y hacer seguimiento a la gesti\u00f3n y a la incorporaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas, directivas, metodolog\u00edas y protocolos que adopte el Fiscal General de la Naci\u00f3n para el desarrollo de las funciones de Polic\u00eda Judicial, y presentar informes peri\u00f3dicos y recomendaciones al Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 17: Ver Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 37.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17A. Adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 39. DIRECCI\u00d3N DE APOYO A LA INVESTIGACI\u00d3N Y AN\u00c1LISIS CONTRA LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Apoyo a la Investigaci\u00f3n y An\u00e1lisis contra la Criminalidad Organizada:<\/p>\n<p>1. Asesorar, acompa\u00f1ar y apoyar casos o situaciones de competencia de la Delegada, con el fin de consolidar una estrategia jur\u00eddica e investigativa integral.<\/p>\n<p>2. Realizar barras acad\u00e9micas con el fin de discutir problemas jur\u00eddicos doctrinales, jurisprudenciales y de casos, relevantes para el adecuado cumplimiento de las funciones de la Delegada.<\/p>\n<p>3. Realizar investigaciones anal\u00edticas y en contexto y excepcionalmente ejercer la acci\u00f3n penal sobre casos o situaciones pr\u00edorizados por el Comit\u00e9 Nacional de Priorizaci\u00f3n de Situaciones y Casos o asignados por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Elaborar e implementar los planes de acci\u00f3n en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada para el efecto.<\/p>\n<p>5. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, por la Delegada contra la Criminalidad Organizada o por el Fiscal General de la Naci\u00f3n o el Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Modificado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 40. DELEGADA PARA LAS FINANZAS CRIMINALES. Corresponde a la Delegada para las Finanzas Criminales implementar y coordinar las actividades de investigaci\u00f3n y an\u00e1lisis criminal de los hechos que revistan caracter\u00edsticas de delitos en materia econ\u00f3mica y financiera, bien sea a nivel local, regional, nacional o transnacional. Entre otras, adelantar\u00e1 las investigaciones de las siguientes formas de criminalidad: (i) financiaci\u00f3n del terrorismo, (ii) criminalidad financiera y burs\u00e1til, (iii) criminalidad tributaria y aduanera (iv) lavado de activos y (y) extinci\u00f3n del derecho de dominio. Para tales efectos cumplir\u00e1 las funciones previstas en el art\u00edculo 17 del Decreto Ley 016 de 2014, en lo de su competencia.<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 18: \u201cDirecci\u00f3n de Articulaci\u00f3n de Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas. La Direcci\u00f3n de Articulaci\u00f3n de Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Articular y coordinar el desarrollo de las funciones a cargo de las Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas, sin perjuicio de la autonom\u00eda funcional con la que estas cuentan.<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar y aplicar mecanismos para que el desarrollo de las funciones de las Direcciones de Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas se adelante de manera articulada y coordinada, bajo los lineamientos y directrices del Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Solicitar los informes a las Direcciones de Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas sobre la ejecuci\u00f3n de los planes de priorizaci\u00f3n a cargo de estas, consolidarlos y remitirlos a las dependencias competentes.<\/p>\n<p>4. Presentar al Comit\u00e9 Nacional de Priorizaci\u00f3n de Situaciones y Casos, las situaciones y los casos de las Direcciones de Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas que sean susceptibles de ser priorizados.<\/p>\n<p>5. Tramitar, resolver y decidir los asuntos asignados por el Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Realizar seguimiento a los procesos a cargo de las Direcciones de Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas y presentar informes peri\u00f3dicos y recomendaciones al Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Coordinar y hacer seguimiento a la incorporaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas y directivas del Fiscal General de la Naci\u00f3n en el desarrollo de las funciones que cumplen las Direcciones de Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas, y presentar informes peri\u00f3dicos y recomendaciones al Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Consolidar, analizar y clasificar la informaci\u00f3n de las investigaciones y acusaciones adelantadas por las Direcciones de Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas y remitirla a la Direcci\u00f3n Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>9. Apoyar, en el marco de sus competencias, a la Direcci\u00f3n Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n en el an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n que se requiera para sustentar la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica en materia criminal.<\/p>\n<p>10. Dirimir los conflictos administrativos que se presenten al interior de la Fiscal\u00eda en el ejercicio de las funciones o en la asignaci\u00f3n de investigaciones, en los casos y seg\u00fan las directrices y lineamientos impartidos por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema Integral de Gesti\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.\u201d.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Modificado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 41. DIRECCIONES ESPECIALIZADAS. La Delegada contra la Criminalidad Organizada y la Delegada para las Finanzas Criminales tendr\u00e1n las siguientes Direcciones Especializadas:<\/p>\n<p>A. Delegada contra la Criminalidad Organizada:<\/p>\n<p>1. Direcci\u00f3n Especializada contra las Organizaciones Criminales<\/p>\n<p>2. Direcci\u00f3n Especializada contra la Corrupci\u00f3n<\/p>\n<p>3. Direcci\u00f3n Especializada contra el Narcotr\u00e1fico<\/p>\n<p>4. Direcci\u00f3n de Justicia Transicional<\/p>\n<p>5. Direcci\u00f3n Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos.<\/p>\n<p>B. Delegada para las Finanzas Criminales:<\/p>\n<p>1. Direcci\u00f3n Especializada contra el Lavado de Activos.<\/p>\n<p>2. Direcci\u00f3n Especializada de Extinci\u00f3n del Derecho de Dominio.<\/p>\n<p>3. Direcci\u00f3n Especializada de Investigaciones Financieras.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 19: Ver Resoluci\u00f3n 2407 de 2017, F.G.N.<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 19: \u201cDirecciones de Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas. La Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n tiene las siguientes Direcciones de Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas:<\/p>\n<p>1. Direcci\u00f3n de Fiscal\u00eda Nacional Especializada de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.<\/p>\n<p>2. Direcci\u00f3n de Fiscal\u00eda Nacional Especializada contra el Crimen Organizado.<\/p>\n<p>3. Direcci\u00f3n de Fiscal\u00eda Nacional Especializada contra el Terrorismo.<\/p>\n<p>4. Direcci\u00f3n de Fiscal\u00eda Nacional Especializada contra la Corrupci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Direcci\u00f3n de Fiscal\u00eda Nacional Especializada de Justicia Transicional.<\/p>\n<p>6. Direcci\u00f3n de Fiscal\u00eda Nacional Especializada Antinarc\u00f3ticos y Lavado de Activos.<\/p>\n<p>7. Direcci\u00f3n de Fiscal\u00eda Nacional Especializada de Extinci\u00f3n del Derecho de Dominio.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las Direcciones de Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas tienen competencia en todo el territorio nacional y su direcci\u00f3n ser\u00e1 ejercida por un Fiscal Delegado designado por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.\u201d.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Funciones de las Direcciones de Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas. Las Direcciones de Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas cumplir\u00e1n las siguientes funciones generales:<\/p>\n<p>1. Dirigir, coordinar y adelantar las investigaciones y acusaciones que le sean asignadas por recomendaci\u00f3n del respectivo comit\u00e9 de priorizaci\u00f3n o directamente por el Fiscal General de la Naci\u00f3n, seg\u00fan los lineamientos de priorizaci\u00f3n y la construcci\u00f3n de contextos, cuando haya lugar.<\/p>\n<p>2. Organizar y adelantar comit\u00e9s t\u00e9cnico-jur\u00eddicos de revisi\u00f3n de las situaciones y los casos para la ejecuci\u00f3n de acciones en el desarrollo efectivo y eficiente de las investigaciones penales de su competencia. Si el fiscal del caso se aparta de la decisi\u00f3n del Comit\u00e9 deber\u00e1 motivar su posici\u00f3n, la cual ser\u00e1 estudiada nuevamente por este. En todo caso, en virtud de los principios de unidad de gesti\u00f3n y de jerarqu\u00eda, prevalecer\u00e1 el criterio y la posici\u00f3n de la Fiscal\u00eda se\u00f1alada por el Comit\u00e9, en aplicaci\u00f3n del numeral 3 del art\u00edculo 251 de la Constituci\u00f3n. (Nota: Numeral declarado exequible por los cargos analizados por la Corte Constitucional en la Sentencia C-232 de 2016.).<\/p>\n<p>3. Implementar y aplicar las pol\u00edticas p\u00fablicas y directivas del Fiscal General de la Naci\u00f3n en el desarrollo de las funciones que cumple la Direcci\u00f3n de Fiscal\u00eda Nacional Especializada.<\/p>\n<p>4. Identificar y delimitar situaciones y casos susceptibles de ser priorizados y presentarlos al Director de Articulaci\u00f3n de Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas.<\/p>\n<p>5. Ejecutar los planes de priorizaci\u00f3n aprobados por el Comit\u00e9 Nacional de Priorizaci\u00f3n de Situaciones y Casos en lo de su competencia.<\/p>\n<p>6. Suministrar al Director de Articulaci\u00f3n de Fiscal\u00edas Nacionales Especializadas la informaci\u00f3n de las investigaciones y acusaciones adelantadas por su dependencia, debidamente consolidada y clasificada.<\/p>\n<p>7. Asesorar a las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en los temas especializados de su competencia.<\/p>\n<p>8. Mantener actualizada la informaci\u00f3n que se registre en los sistemas de informaci\u00f3n de la entidad, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>9. Dar cumplimiento a las estrategias y mecanismos dados por la Direcci\u00f3n de Articulaci\u00f3n de Fiscal\u00edas Especializadas para que el desarrollo de las funciones de la Dependencia se adelante de manera coordinada y articulada.<\/p>\n<p>10. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n,<\/p>\n<p>11. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edcuo 43. Dirigir, coordinar y controlar la investigaci\u00f3n y judicializaci\u00f3n de las diversas formas de delincuencia, bien sea a nivel local, regional, nacional o transnacional incluidas las nuevas formas de criminalidad emergentes en el posconflicto.<\/p>\n<p>14. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edcuo 43. Planear, ejecutar y controlar las funciones de polic\u00eda judicial a cargo de la Direcci\u00f3n Especializada en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>15. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edcuo 43. Asesorar y apoyar a las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en materia de investigaci\u00f3n criminal y en la administraci\u00f3n de informaci\u00f3n t\u00e9cnica y judicial que se requiera para la investigaci\u00f3n penal, en los asuntos de su competencia.<\/p>\n<p>16. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edcuo 43. Hacer an\u00e1lisis criminal, en el \u00e1mbito de su competencia, para apoyar el cumplimiento de las funciones de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>17. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edcuo 43. Crear y coordinar grupos especializados de investigaci\u00f3n en el \u00e1mbito de su competencia que respondan a las l\u00edneas de investigaci\u00f3n a su cargo, bajo los lineamientos del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>18. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edcuo 43. Apoyar, en el marco de sus competencias, las actuaciones que adelanten las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en el ejercicio de sus funciones, cuando estas lo requieran.<\/p>\n<p>19. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edcuo 43. Mantener actualizada la informaci\u00f3n en el Registro \u00danico de Asuntos de Polic\u00eda Judicial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>20. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edcuo 43. Adelantar el intercambio de informaci\u00f3n entre los distintos organismos de investigaci\u00f3n, de seguridad e inteligencia a nivel nacional e internacional y entre las distintas entidades p\u00fablicas y privadas, para la programaci\u00f3n y el desarrollo de operaciones contra la delincuencia, bajo las directrices del Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>21. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edcuo 43. Implementar en el desarrollo de sus competencias las pol\u00edticas de aseguramiento y cadena de custodia de los elementos materiales probatorios y evidencia f\u00edsica.<\/p>\n<p>22. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edcuo 43. Dirigir, coordinar y controlar en el desarrollo de las funciones que cumplen los servidores y las dependencias o grupos a su cargo, la incorporaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas, estrategias, metodolog\u00edas, protocolos de investigaci\u00f3n que adopte el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>23. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edcuo 43. Mantener canales de comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n Nacional del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n (CTI) y con las dependencias de la entidad, en especial con las que cumplan funciones de polic\u00eda judicial o relacionadas con esta.<\/p>\n<p>24. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edcuo 43. Dirigir, coordinar y adelantar las investigaciones y actuaciones, en materia de finanzas criminales que le sean asignadas por recomendaci\u00f3n del respectivo comit\u00e9 de priorizaci\u00f3n o directamente por el Fiscal General de la Naci\u00f3n, seg\u00fan los lineamientos de priorizaci\u00f3n y la construcci\u00f3n de contextos, cuando haya lugar.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 20: Ver Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 42.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21 . Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Direcci\u00f3n Nacional del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n (CTI). La Direcci\u00f3n Nacional del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n (CTI) cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Planear, ejecutar y controlar las funciones de polic\u00eda judicial de los grupos que conforme la Direcci\u00f3n para adelantar las investigaciones a su cargo.<\/p>\n<p>2. Asesorar y apoyar a las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en materia de investigaci\u00f3n criminal, servicios forenses y de gen\u00e9tica y en la administraci\u00f3n de informaci\u00f3n t\u00e9cnica y judicial que se requiera para la investigaci\u00f3n penal.<\/p>\n<p>3. Hacer an\u00e1lisis criminal para apoyar el cumplimiento de las funciones de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Apoyar, en el marco de sus competencias, las actuaciones que adelanten las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en el ejercicio de sus funciones, cuando estas lo requieran.<\/p>\n<p>5. Administrar y mantener actualizado el Registro \u00danico de Asuntos de Polic\u00eda Judicial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, de acuerdo con los protocolos adoptados por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Adelantar, dentro del \u00e1mbito de su competencia, el intercambio de informaci\u00f3n entre los distintos organismos de investigaci\u00f3n, de seguridad e inteligencia a nivel nacional e internacional, para la programaci\u00f3n y el desarrollo de operaciones contra la delincuencia, bajo las directrices del Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Implementar en el desarrollo de sus competencias las pol\u00edticas de aseguramiento y cadena de custodia de los elementos materiales probatorios y evidencia f\u00edsica.<\/p>\n<p>8. Prestar apoyo t\u00e9cnico-cient\u00edfico en coordinaci\u00f3n con los dem\u00e1s organismos de polic\u00eda judicial, en ausencia del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.<\/p>\n<p>9. Dirigir, coordinar y controlar en el desarrollo de las funciones que cumplen los servidores y las dependencias o grupos a su cargo, la incorporaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas, estrategias, metodolog\u00edas, protocolos de investigaci\u00f3n, servicios forenses y de gen\u00e9tica, que adopte el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Dirigir y coordinar los grupos de trabajo que se conformen para el cumplimiento de las funciones y competencias de la Direcci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Proponer, en coordinaci\u00f3n con las dependencias que cumplan funciones de polic\u00eda judicial especializada, las metodolog\u00edas y protocolos de investigaci\u00f3n, para aprobaci\u00f3n del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Apoyar, en el marco de sus competencias, a la Direcci\u00f3n Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n en el an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n que se requiera para sustentar la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica en materia criminal.<\/p>\n<p>13. Consolidar, analizar y clasificar la informaci\u00f3n de las investigaciones adelantadas por los servidores, dependencias y grupos de trabajo que est\u00e9n bajo su dependencia, y remitirla a la Direcci\u00f3n Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Mantener canales de comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con las dependencias misionales de la entidad, en especial con las que cumplan funciones de polic\u00eda judicial, o relacionadas con esta.<\/p>\n<p>15. Administrar los laboratorios de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n a nivel nacional e implementar y proponer los protocolos para su funcionamiento.<\/p>\n<p>16. Dirigir, controlar y evaluar el desempe\u00f1o de la gesti\u00f3n de las dependencias de investigaciones y criminal\u00edstica a su cargo.<\/p>\n<p>17. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>18. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Direcci\u00f3n Nacional de Articulaci\u00f3n de Polic\u00edas Judiciales Especializadas. La Direcci\u00f3n Nacional de Articulaci\u00f3n de Polic\u00edas Judiciales Especializadas de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Articular y coordinar el desarrollo de las funciones a cargo de las Direcciones Especializadas de Polic\u00eda Judicial, sin perjuicio de la autonom\u00eda funcional con la que estas cuentan.<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar y aplicar mecanismos para que el desarrollo de las funciones de las Direcciones Especializadas de Polic\u00eda Judicial se adelante de manera articulada y coordinada, bajo los lineamientos y directrices del Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Tramitar, resolver y decidir los asuntos asignados por el Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Proponer, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n Nacional del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n (CTI) y las dem\u00e1s dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n que cumplan funciones de Polic\u00eda Judicial Especializada, las metodolog\u00edas y protocolos de investigaci\u00f3n para aprobaci\u00f3n del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Coordinar y hacer seguimiento a la gesti\u00f3n y a la incorporaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas, directivas, metodolog\u00edas y protocolos que adopte el Fiscal General de la Naci\u00f3n para el desarrollo de las funciones que cumplen las Direcciones Especializadas de Polic\u00eda Judicial, y presentar informes peri\u00f3dicos y recomendaciones al Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Consolidar, analizar y clasificar la informaci\u00f3n de las investigaciones adelantadas por las Direcciones Especializadas de Polic\u00eda Judicial y remitirla a la Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema Integral de Gesti\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Direcciones Especializadas de Polic\u00eda Judicial. La Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, independientemente de las Polic\u00edas Judiciales especializadas de la Polic\u00eda Nacional, tiene las siguientes Direcciones Especializadas de Polic\u00eda Judicial:<\/p>\n<p>1. Direcci\u00f3n Especializada de Polic\u00eda Judicial Econ\u00f3mico Financiera.<\/p>\n<p>2. Direcci\u00f3n Especializada de Polic\u00eda Judicial de Extinci\u00f3n del Derecho de Dominio.<\/p>\n<p>3. Direcci\u00f3n Especializada de Polic\u00eda Judicial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.<\/p>\n<p>4. Direcci\u00f3n Especializada de Polic\u00eda Judicial de Crimen Organizado.<\/p>\n<p>5. Direcci\u00f3n Especializada de Polic\u00eda Judicial de Aforados Constitucionales.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Las Direcciones Especializadas de Polic\u00eda Judicial tienen competencia en todo el territorio nacional.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n continuar\u00e1 solicitando el apoyo de la Polic\u00eda Judicial de la Polic\u00eda Nacional y dem\u00e1s organismos y entidades que cumplen funciones de polic\u00eda judicial de manera permanente o transitoria, de conformidad con la Constituci\u00f3n y la ley, para lo cual impartir\u00e1 las respectivas \u00f3rdenes de trabajo, de acuerdo a su especialidad y\/o las necesidades del servicio.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Funciones de las Direcciones Especializadas de Polic\u00eda Judicial. Las Direcciones Especializadas de Polic\u00eda Judicial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n cumplir\u00e1n las siguientes funciones generales:<\/p>\n<p>1. Planear, ejecutar y controlar las funciones de polic\u00eda judicial a cargo de la Direcci\u00f3n Especializada en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>2. Asesorar y apoyar a las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en materia de investigaci\u00f3n criminal y en la administraci\u00f3n de informaci\u00f3n t\u00e9cnica y judicial que se requiera para la investigaci\u00f3n penal, en los asuntos de su competencia.<\/p>\n<p>3. Hacer an\u00e1lisis criminal, en el \u00e1mbito de su competencia, para apoyar el cumplimiento de las funciones de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Crear y coordinar grupos especializados de investigaci\u00f3n en el \u00e1mbito de su competencia que respondan a las l\u00edneas de investigaci\u00f3n a su cargo, bajo los lineamientos del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Apoyar, en el marco de sus competencias, las actuaciones que adelanten las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en el ejercicio de sus funciones, cuando estas lo requieran.<\/p>\n<p>6. Mantener actualizada la informaci\u00f3n en el Registro \u00danico de Asuntos de Polic\u00eda Judicial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>7. Adelantar el intercambio de informaci\u00f3n entre los distintos organismos de investigaci\u00f3n, de seguridad e inteligencia a nivel nacional e internacional y entre las distintas entidades p\u00fablicas y privadas, para la programaci\u00f3n y el desarrollo de operaciones contra la delincuencia, bajo las directrices del Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Implementar en el desarrollo de sus competencias las pol\u00edticas de aseguramiento y cadena de custodia de los elementos materiales probatorios y evidencia f\u00edsica.<\/p>\n<p>9. Dirigir, coordinar y controlar en el desarrollo de las funciones que cumplen los servidores y las dependencias o grupos a su cargo, la incorporaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas, estrategias, metodolog\u00edas, protocolos de investigaci\u00f3n que adopte el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Proponer, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n Nacional de Articulaci\u00f3n de Polic\u00edas Judiciales Especializadas y las dem\u00e1s dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n que cumplan funciones de polic\u00eda judicial, metodolog\u00edas y protocolos de investigaci\u00f3n en el eje tem\u00e1tico de su competencia, para aprobaci\u00f3n del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Dar cumplimiento a las estrategias y mecanismos dados por la Direcci\u00f3n de Articulaci\u00f3n de Polic\u00edas Judiciales Especializadas para que el desarrollo de las funciones de la Dependencia se adelante de manera coordinada y articulada.<\/p>\n<p>12. Suministrar al Director de Articulaci\u00f3n de Polic\u00edas Judiciales Especializadas la informaci\u00f3n de las investigaciones adelantadas por su dependencia, debidamente consolidada y clasificada.<\/p>\n<p>13. Mantener canales de comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n Nacional del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n (CTI) y con las dependencias de la entidad, en especial con las que cumplan funciones de polic\u00eda judicial o relacionadas con esta.<\/p>\n<p>14. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>15. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Direcci\u00f3n Nacional del Sistema Penal Acusatorio y de la Articulaci\u00f3n Interinstitucional en materia Penal. La Direcci\u00f3n Nacional del Sistema Penal Acusatorio y de la Articulaci\u00f3n Interinstitucional en materia penal cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Asesorar en la definici\u00f3n de pol\u00edticas, lineamientos y estrategias dirigidos a la operatividad, funcionalidad, continuidad y sostenibilidad del Sistema Penal Acusatorio.<\/p>\n<p>2. Identificar las problem\u00e1ticas del Sistema Penal Acusatorio y proponer y adelantar acciones de soluci\u00f3n a las mismas.<\/p>\n<p>3. Proponer estrategias e impartir lineamientos para utilizar de manera eficiente los recursos a disposici\u00f3n del Sistema Penal Acusatorio para alcanzar \u00f3ptimos resultados.<\/p>\n<p>4. Generar, proponer y participar en espacios de coordinaci\u00f3n y articulaci\u00f3n con los organismos y entidades involucradas en la ejecuci\u00f3n del Sistema Penal Acusatorio, con el fin de hacerlo eficiente y operativo.<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar mecanismos para que los fiscales, en forma coordinada con los jueces de control de garant\u00edas, efect\u00faen la recolecci\u00f3n y preservaci\u00f3n de evidencias que puedan servir como pruebas anticipadas en el proceso.<\/p>\n<p>6. Fomentar la cooperaci\u00f3n y el intercambio de informaci\u00f3n con las entidades p\u00fablicas para dinamizar y responder a las necesidades que plantea el Sistema Penal Acusatorio.<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar y proponer mecanismos de mediaci\u00f3n y programas de justicia restaurativa.<\/p>\n<p>8. Apoyar, en el marco de sus competencias, a la Direcci\u00f3n Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n en el an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n que se requiera para sustentar la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica en materia criminal, en desarrollo de las competencias constitucionales y legales atribuidas a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>9. Apoyar y asesorar al Vicefiscal General de la Naci\u00f3n en la direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las funciones de polic\u00eda judicial que cumplen los distintos organismos p\u00fablicos de forma permanente o transitoria.<\/p>\n<p>10. Proponer lineamientos para la distribuci\u00f3n de las \u00f3rdenes de trabajo a organismos o entidades que cumplan funciones de polic\u00eda judicial de manera permanente o transitoria.<\/p>\n<p>11. Dirigir y coordinar la implementaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de mecanismos de articulaci\u00f3n y colaboraci\u00f3n entre la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y las diferentes entidades p\u00fablicas nacionales y privadas, que puedan prestar apoyo en el desarrollo de las funciones de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Asesorar a las Direcciones Nacionales y Seccionales en el desarrollo de las funciones relacionadas con los temas de competencia de la Direcci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema Integral de Gesti\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 25: Ver Resoluci\u00f3n 3177 de 2017. Ver Resoluci\u00f3n 2407 de 2017, F.G.N.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Subdirecci\u00f3n de Articulaci\u00f3n Externa de Polic\u00edas Judiciales. La Subdirecci\u00f3n de Articulaci\u00f3n Externa de Polic\u00edas Judiciales cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Realizar seguimiento de conformidad con la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley al desarrollo de las funciones de polic\u00eda judicial que cumplan los organismos p\u00fablicos de forma permanente o transitoria y presentar informes peri\u00f3dicos y recomendaciones al Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Hacer Verificar de conformidad con la Ley la adopci\u00f3n e implementaci\u00f3n de pol\u00edticas y directrices que en materia de investigaci\u00f3n penal deban cumplir los organismos p\u00fablicos en el desarrollo de las funciones de polic\u00eda judicial de forma permanente o transitoria.<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar y aplicar mecanismos para que el desarrollo de las funciones de polic\u00eda judicial a cargo de otras entidades se adelante de manera articulada y coordinada, bajo los lineamientos y directrices del Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Proponer, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n Nacional del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n (CTI) y las dependencias que cumplan funciones de polic\u00eda judicial especializada, de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, las metodolog\u00edas y protocolos de investigaci\u00f3n que deban cumplir los organismos y entidades que cumplen funciones de polic\u00eda judicial de manera permanente o transitoria. En el desarrollo de esta funci\u00f3n podr\u00e1n participar los dem\u00e1s organismos que cumplen funciones de polic\u00eda judicial.<\/p>\n<p>5. Coordinar con otros organismos que ejerzan funciones de polic\u00eda judicial la definici\u00f3n e implementaci\u00f3n de mecanismos de articulaci\u00f3n que racionalicen y eviten la duplicidad de esfuerzos en el desarrollo de la investigaci\u00f3n penal, as\u00ed como para la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas en la materia, a partir del an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Apoyar, en el marco de sus competencias, a la Direcci\u00f3n Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n en el an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n que se requiera para sustentar la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica en materia criminal.<\/p>\n<p>7. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Asesorar e impartir lineamientos y directrices para la articulaci\u00f3n de las Direcciones Seccionales con los organismos y entidades que cumplan funciones de polic\u00eda judicial de manera permanente o transitoria.<\/p>\n<p>9. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema Integral de Gesti\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n o por el Director Nacional del Sistema Penal Acusatorio y de la Articulaci\u00f3n Interinstitucional en Materia Penal.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 26: Art\u00edculo declarado exequible por los cargos analizados por la Corte Constitucional en la Sentencia C-440 de 2016.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Subdirecci\u00f3n de Articulaci\u00f3n Interinstitucional. La Subdirecci\u00f3n de Articulaci\u00f3n interinstitucional cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y aplicar mecanismos que permitan intercambio de informaci\u00f3n, colaboraci\u00f3n y actuaciones conjuntas entre la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y las diferentes entidades nacionales p\u00fablicas y privadas que puedan prestar apoyo en el desarrollo de las funciones de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Unificar criterios y procedimientos internos para la articulaci\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n con las entidades que desarrollan funciones o actividades que inciden en su misi\u00f3n institucional.<\/p>\n<p>3. Generar y participar en espacios de coordinaci\u00f3n y articulaci\u00f3n con los organismos y entidades que puedan prestar apoyo en el desarrollo de las funciones de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Hacer seguimiento al tr\u00e1mite de los proyectos de ley y actos legislativos que cursen ante el Congreso de la Rep\u00fablica y que tengan incidencia en la Entidad.<\/p>\n<p>5. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Asesorar a las Direcciones Seccionales en la ejecuci\u00f3n de los lineamientos y directrices para la articulaci\u00f3n de estas con los organismos y entidades que cumplan funciones o actividades que incidan en la misi\u00f3n de la Entidad.<\/p>\n<p>7. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n o por el Director Nacional del Sistema Penal Acusatorio y de la Articulaci\u00f3n Interinstitucional en Materia Penal.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Direcci\u00f3n Nacional de Protecci\u00f3n y Asistencia. La Direcci\u00f3n Nacional de Protecci\u00f3n y Asistencia cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Asesorar al Fiscal General de la Naci\u00f3n en la formulaci\u00f3n y definici\u00f3n de pol\u00edticas en materia de protecci\u00f3n y asistencia social para servidores de la Fiscal\u00eda, v\u00edctimas, testigos y dem\u00e1s intervinientes en el proceso penal, cuando estos se encuentren en riesgo o amenaza de sufrir agresi\u00f3n a sus derechos, por causa de la intervenci\u00f3n en un proceso penal.<\/p>\n<p>2. Dirigir y administrar el Programa de Protecci\u00f3n a Testigos, V\u00edctimas, Intervinientes en el Proceso y Funcionarios de la Fiscal\u00eda de que trata la Ley 418 de 1997 y las normas que lo modifiquen, adicionen, sustituyan o reglamenten, para lo cual podr\u00e1 requerir apoyo a la Polic\u00eda Judicial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Organizar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias competentes de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, la protecci\u00f3n y el desarrollo de programas de asistencia a v\u00edctimas, testigos, servidores e intervinientes, en las investigaciones y procesos que sean de conocimiento de la Fiscal\u00eda.<\/p>\n<p>4. Desarrollar, implementar y controlar las medidas de protecci\u00f3n, as\u00ed como los programas de asistencia integral para las personas que hayan sido beneficiadas por parte del Programa de Protecci\u00f3n a Testigos, V\u00edctimas, Intervinientes en el Proceso y Funcionarios de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Adelantar programas y proyectos interinstitucionales y gestionar la celebraci\u00f3n de convenios o memorandos de entendimiento con otros programas de protecci\u00f3n y asistencia a extranjeros, en cumplimiento de los convenios internacionales de los que hace parte el Estado Colombiano.<\/p>\n<p>6. Brindar los esquemas de seguridad requeridos para el nivel directivo de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y exfiscales generales de la Naci\u00f3n, su familia y sus bienes, previo estudio de riesgos.<\/p>\n<p>7. Incorporar enfoques diferenciales en las medidas de protecci\u00f3n implementadas, que respondan a los lineamientos otorgados por la Direcci\u00f3n Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Dirigir, coordinar y controlar las actividades realizadas por los grupos de trabajo que organice la Direcci\u00f3n en otras ciudades para el cumplimiento del objetivo del programa.<\/p>\n<p>9. Calificar el nivel de riesgo y evaluar, con autonom\u00eda, las medidas de protecci\u00f3n o asistencia social, el nexo causal entre el riesgo y la participaci\u00f3n del testigo o la v\u00edctima dentro de la indagaci\u00f3n, investigaci\u00f3n o proceso penal; asimismo, decidir\u00e1, con autonom\u00eda, la vinculaci\u00f3n, desvinculaci\u00f3n o exclusi\u00f3n de los beneficiarios del Programa de Protecci\u00f3n a Testigos, V\u00edctimas, Intervinientes en el Proceso.<\/p>\n<p>10. Llevar los registros de las personas beneficiarias del Programa de Protecci\u00f3n a Testigos, V\u00edctimas, Intervinientes en el Proceso y Funcionarios de la Fiscal\u00eda y mantenerlos bajo estricta reserva.<\/p>\n<p>11. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Asesorar a las dependencias de la entidad en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>13. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 28: Ver Resoluci\u00f3n 1006 de 2016. Ver Resoluci\u00f3n 1005 de 2016, FGN. D.O. 49.832, pag. 4.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Modificado en lo pertinente por la Ley 2197 de 2022, art\u00edculo 64. Direcci\u00f3n Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana. La Direcci\u00f3n Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar el ejercicio de las funciones a cargo de las Direcciones Seccionales de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar y controlar la incorporaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas en el desarrollo de las actividades que cumplen las Direcciones Seccionales de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, de acuerdo con los lineamientos y las orientaciones que impartan las dependencias competentes.<\/p>\n<p>3. Dirigir, coordinar y controlar el desarrollo de la funci\u00f3n investigativa y acusatoria en los casos y situaciones que le sean asignados y en los casos y situaciones a cargo de las Direcciones Seccionales, seg\u00fan los lineamientos de priorizaci\u00f3n y la construcci\u00f3n de contextos, cuando haya lugar.<\/p>\n<p>4. Identificar y delimitar situaciones y casos de las Direcciones Seccionales que sean susceptibles de ser priorizados a nivel nacional y proponerlos al Comit\u00e9 Nacional de Priorizaci\u00f3n de Situaciones y Casos.<\/p>\n<p>5. Hacer seguimiento a la ejecuci\u00f3n de los planes de priorizaci\u00f3n a cargo de las Direcciones Seccionales.<\/p>\n<p>6. Apoyar, en el marco de sus competencias, a la Direcci\u00f3n Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n en el an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n que se requiera para sustentar la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica en materia criminal.<\/p>\n<p>7. Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Autorizar la utilizaci\u00f3n de agentes encubiertos y las entregas vigiladas solicitadas por los fiscales de esta Direcci\u00f3n, en los t\u00e9rminos y condiciones establecidos en el C\u00f3digo de Procedimiento Penal.<\/p>\n<p>8. Organizar y adelantar comit\u00e9s t\u00e9cnico-jur\u00eddicos de revisi\u00f3n de las situaciones y los casos para la ejecuci\u00f3n de acciones en el desarrollo efectivo y eficiente de las investigaciones penales de su competencia. Si el fiscal del caso se aparta de la decisi\u00f3n del Comit\u00e9 deber\u00e1 motivar su posici\u00f3n, la cual ser\u00e1 estudiada nuevamente por este. En todo caso, en virtud de los principios de unidad de gesti\u00f3n y de jerarqu\u00eda, prevalecer\u00e1 el criterio y la posici\u00f3n de la Fiscal\u00eda se\u00f1alada por el Comit\u00e9, en aplicaci\u00f3n del numeral 3 del art\u00edculo 251 de la Constituci\u00f3n. (Nota: Numeral declarado exequible por los cargos analizados por la Corte Constitucional en la Sentencia C-232 de 2016.).<\/p>\n<p>9. Mantener actualizada la informaci\u00f3n que se registre, en los sistemas de informaci\u00f3n de la entidad, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>10. Consolidar y clasificar la informaci\u00f3n de las investigaciones y acusaciones adelantadas por las Direcciones Seccionales y remitirla a la Direcci\u00f3n Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n para la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica criminal, de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Dirimir, de conformidad con la Constituci\u00f3n y la Ley, los conflictos de competencia que se presenten entre la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y los dem\u00e1s organismos que desempe\u00f1en funciones de Polic\u00eda Judicial, en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>12. Dirimir los conflictos administrativos que se presenten al interior de la Fiscal\u00eda en el ejercicio de las funciones o en la asignaci\u00f3n de investigaciones, en los casos y seg\u00fan las directrices y lineamientos impartidos por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Planear, dirigir, coordinar y controlar las funciones de an\u00e1lisis criminal y de Polic\u00eda Judicial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n a nivel seccional, a trav\u00e9s de las Direcciones Seccionales.<\/p>\n<p>14. Adelantar el intercambio de informaci\u00f3n entre los distintos organismos de investigaci\u00f3n, de seguridad e inteligencia a nivel nacional e internacional, para la programaci\u00f3n y el desarrollo de operaciones contra la delincuencia a nivel seccional, bajo las directrices del Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>15. Velar porque en el desarrollo de las competencias de las Direcciones Seccionales se apliquen las pol\u00edticas de aseguramiento y cadena de custodia de los elementos materiales probatorios y evidencia f\u00edsica.<\/p>\n<p>16. Proponer, en coordinaci\u00f3n con las dependencias que cumplan funciones de polic\u00eda judicial en las seccionales de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, metodolog\u00edas y protocolos de investigaci\u00f3n, para aprobaci\u00f3n del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>17. Dirigir, coordinar, controlar, evaluar y hacer seguimiento a los procesos de atenci\u00f3n a las v\u00edctimas y usuarios.<\/p>\n<p>18. Dise\u00f1ar e implementar estrategias dirigidas a fortalecer las investigaciones que se adelanten contra los delitos que afecten la seguridad ciudadana, para lo cual podr\u00e1 conformar grupos internos de trabajo, bajo los lineamientos del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>19. Gestionar la aplicaci\u00f3n de sistemas de filtros en la recepci\u00f3n de denuncias y \u00f3rdenes de trabajo, siguiendo los lineamientos del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>20. Dar lineamientos para la administraci\u00f3n del registro de antecedentes judiciales que debe llevar la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>21. Realizar seguimiento y control a las Direcciones Seccionales en el cumplimiento de las directrices y orientaciones que en materia de apoyo a la gesti\u00f3n imparta la Direcci\u00f3n Nacional de Apoyo a la Gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>22. Mantener canales de comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con las dependencias misionales de la entidad.<\/p>\n<p>23. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>24. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>25. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 29: Ver Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 14.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Modificado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 45. DIRECCI\u00d3N DE ATENCI\u00d3N AL USUARIO, INTERVENCI\u00d3N TEMPRANA Y ASIGNACIONES. La Direcci\u00f3n Nacional de Atenci\u00f3n al Usuario, Intervenci\u00f3n Temprana y Asignaciones tiene las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Asesorar al Fiscal General de la Naci\u00f3n en la definici\u00f3n de las pol\u00edticas, estrategias, metodolog\u00edas y protocolos en materia de atenci\u00f3n a usuarios.<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar, controlar y hacer seguimiento a la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas, metodolog\u00edas y los protocolos adoptados por la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n para la atenci\u00f3n, clasificaci\u00f3n, aplicaci\u00f3n de filtros y asignaciones en la recepci\u00f3n de denuncias.<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar, implementar y adelantar programas de orientaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n para la atenci\u00f3n a v\u00edctimas, con el fin de garantizar sus derechos y evitar la revictimizaci\u00f3n, de acuerdo a cada tipo de poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Impartir lineamientos para la conformaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y funcionamiento de centros integrales de atenci\u00f3n y de orientaci\u00f3n ciudadana o de otros modelos de atenci\u00f3n, con el fin de garantizar la atenci\u00f3n de las v\u00edctimas y la recepci\u00f3n de denuncias.<\/p>\n<p>5. Consolidar y clasificar la informaci\u00f3n acerca de los usuarios y las denuncias recibidas, y remitirla a la Direcci\u00f3n Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n, a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana.<\/p>\n<p>6. Hacer seguimiento al funcionamiento de los modelos de atenci\u00f3n implementados al interior de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y presentar los informes que le sean requeridos.<\/p>\n<p>7. Mantener canales de comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con las dependencias de la entidad para la aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, metodolog\u00edas y protocolos en materia de atenci\u00f3n a v\u00edctimas y usuarios.<\/p>\n<p>8. Administrar el registro de antecedentes judiciales que debe llevar la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>9. Dise\u00f1ar e implementar los mecanismos para la medici\u00f3n de la satisfacci\u00f3n de los usuarios, hacer el seguimiento a la implementaci\u00f3n a nivel nacional, consolidar los resultados y proponer, en coordinaci\u00f3n con las Direcciones Seccionales, las acciones de mejora correspondientes.<\/p>\n<p>10. Dise\u00f1ar e implementar los lineamientos para la atenci\u00f3n de quejas y reclamos en la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Elaborar e implementar los planes de acci\u00f3n anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefisca General de la Naci\u00f3n o por el Director Nacional de Seccionales y Seguridac Ciudadana<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 30: \u201cSubdirecci\u00f3n Nacional de Atenci\u00f3n a V\u00edctimas y Usuarios. La Subdirecci\u00f3n Nacional de Atenci\u00f3n a V\u00edctimas y Usuarios tiene las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Proponer e implementar pol\u00edticas, estrategias, metodolog\u00edas y protocolos en materia de atenci\u00f3n a v\u00edctimas y usuarios.<\/p>\n<p>2. Coordinar y hacer seguimiento a la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas, metodolog\u00edas y los protocolos adoptados por la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n para la atenci\u00f3n, clasificaci\u00f3n, aplicaci\u00f3n de filtros y asignaciones en la recepci\u00f3n de denuncias.<\/p>\n<p>3. Adelantar programas de orientaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n para la atenci\u00f3n a v\u00edctimas, con el fin de garantizar sus derechos y evitar la revictimizaci\u00f3n, de acuerdo a cada tipo de poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Impartir lineamientos para la conformaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y funcionamiento de centros integrales de atenci\u00f3n y de orientaci\u00f3n ciudadana o de otros modelos de atenci\u00f3n, con el fin de garantizar la atenci\u00f3n de las v\u00edctimas y la recepci\u00f3n de denuncias.<\/p>\n<p>5. Consolidar y clasificar la informaci\u00f3n acerca de los usuarios y las denuncias recibidas, y remitirla a la Direcci\u00f3n Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n, a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana.<\/p>\n<p>6. Hacer seguimiento al funcionamiento de los modelos de atenci\u00f3n implementados al interior de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y presentar los informes que le sean requeridos.<\/p>\n<p>7. Mantener canales de comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con las dependencias de la entidad para la aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, metodolog\u00edas y protocolos en materia de atenci\u00f3n a v\u00edctimas y usuarios.<\/p>\n<p>8. Administrar el registro de antecedentes judiciales que debe llevar la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>9. Implementar los mecanismos para la medici\u00f3n de la satisfacci\u00f3n de las v\u00edctimas y usuarios, hacer el seguimiento a la implementaci\u00f3n a nivel nacional, consolidar los resultados y proponer, en coordinaci\u00f3n con las Direcciones Seccionales, las acciones de mejora correspondientes.<\/p>\n<p>10. Proponer los lineamientos para la atenci\u00f3n de quejas y reclamos en la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n o por el Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana.\u201d.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. Direcciones Seccionales. Las Direcciones Seccionales cumplir\u00e1n las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar el ejercicio de las funciones a cargo de la Direcci\u00f3n Seccional, con el fin de asegurar el ejercicio eficiente y coherente de la acci\u00f3n penal, as\u00ed como su funcionamiento y organizaci\u00f3n interna.<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar y controlar la incorporaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas en el desarrollo de las actividades que cumple la Direcci\u00f3n Seccional, de acuerdo con los lineamientos y las orientaciones que impartan las dependencias competentes.<\/p>\n<p>3. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar el desarrollo de la funci\u00f3n investigativa y acusatoria a cargo de la Direcci\u00f3n Seccional, seg\u00fan los lineamientos de priorizaci\u00f3n y la construcci\u00f3n de contextos, cuando haya lugar.<\/p>\n<p>4. Identificar y delimitar situaciones y casos susceptibles de ser priorizados y presentarlos al Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana.<\/p>\n<p>5. Presidir, directamente o mediante delegado, el Comit\u00e9 Seccional de Priorizaci\u00f3n de Situaciones y de Casos que al interior de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n sea conformado por el Fiscal General de la Naci\u00f3n, para el cumplimiento de las funciones de la entidad.<\/p>\n<p>6. Hacer seguimiento a la ejecuci\u00f3n del plan de priorizaci\u00f3n a cargo de la Direcci\u00f3n Seccional.<\/p>\n<p>7. Suministrar al Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana la informaci\u00f3n de la realizaci\u00f3n de comit\u00e9s t\u00e9cnico jur\u00eddicos y de las investigaciones y acusaciones adelantadas por la Direcci\u00f3n Seccional, debidamente consolidada y clasificada.<\/p>\n<p>8. Supervisar y hacer seguimiento a los comit\u00e9s t\u00e9cnico-jur\u00eddicos de revisi\u00f3n de las situaciones y los casos que realice la Subdirecci\u00f3n Seccional de Fiscal\u00edas, para la ejecuci\u00f3n de acciones en el desarrollo efectivo y eficiente de las investigaciones penales de su competencia. Si el fiscal del caso se aparta de la decisi\u00f3n del Comit\u00e9 deber\u00e1 motivar su posici\u00f3n, la cual ser\u00e1 estudiada nuevamente por este. En todo caso, en virtud de los principios de unidad de gesti\u00f3n y de jerarqu\u00eda, prevalecer\u00e1 el criterio y la posici\u00f3n de la Fiscal\u00eda se\u00f1alada por el Comit\u00e9, en aplicaci\u00f3n del numeral 3 del art\u00edculo 251 de la Constituci\u00f3n. (Nota: El aparte se\u00f1alado en negrilla fue declarado exequible por los cargos analizados por la Corte Constitucional en la Sentencia C-232 de 2016.).<\/p>\n<p>9. Dirigir, coordinar y controlar las funciones de an\u00e1lisis criminal y de Polic\u00eda Judicial de la Direcci\u00f3n Seccional, seg\u00fan los lineamientos y directrices del Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana.<\/p>\n<p>10. Velar por que en el desarrollo de las competencias de la Direcci\u00f3n Seccional se apliquen las pol\u00edticas de aseguramiento y cadena de custodia de los elementos materiales probatorios y evidencia f\u00edsica.<\/p>\n<p>11. Proponer, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana y la Subdirecci\u00f3n de Polic\u00eda Judicial de la Seccional de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, metodolog\u00edas y protocolos de investigaci\u00f3n, para aprobaci\u00f3n del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Mantener actualizada la informaci\u00f3n que se registre en los sistemas de informaci\u00f3n de la entidad, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>13. Realizar seguimiento a la gesti\u00f3n de la Direcci\u00f3n Seccional y presentar informes peri\u00f3dicos y recomendaciones al Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana.<\/p>\n<p>14. Hacer seguimiento, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n (CTI), al desarrollo y cumplimiento de las funciones de servicios forenses y de gen\u00e9tica por parte de la Subdirecci\u00f3n Seccional de Polic\u00eda Judicial (CTI).<\/p>\n<p>15. Dirimir los conflictos de competencia que se presenten entre la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y los dem\u00e1s organismos que desempe\u00f1en funciones de Polic\u00eda Judicial.<\/p>\n<p>16. Dirimir los conflictos administrativos que se presenten entre los fiscales adscritos a las Direcciones Seccionales en el ejercicio de las funciones o en la asignaci\u00f3n de investigaciones, en los casos y seg\u00fan las directrices y lineamientos impartidos por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>17. Proponer e implementar estrategias dirigidas a fortalecer las investigaciones que se adelanten contra los delitos que afecten la seguridad ciudadana, para lo cual podr\u00e1 conformar grupos internos de trabajo, bajo las directrices del Fiscal General de la Naci\u00f3n y del Director Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana.<\/p>\n<p>18. Dirigir, coordinar, controlar, evaluar y hacer seguimiento a los procesos de atenci\u00f3n a las v\u00edctimas y usuarios en la Direcci\u00f3n Seccional.<\/p>\n<p>19. Gestionar la aplicaci\u00f3n en la Direcci\u00f3n Seccional de sistemas de filtros en la recepci\u00f3n de denuncias, siguiendo los lineamientos del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>20. Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Realizar seguimiento y control a la Direcci\u00f3n Seccional en el cumplimiento de las directrices y orientaciones que en materia de apoyo a la gesti\u00f3n imparta la Direcci\u00f3n Nacional de Apoyo a la Gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>21. Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Adelantar, de conformidad con la delegaci\u00f3n respectiva, los procesos de contrataci\u00f3n administrativa y suscribir los actos y contratos requeridos para el buen funcionamiento de la Seccional.<\/p>\n<p>22. Informar a la Direcci\u00f3n Nacional de Apoyo a la Gesti\u00f3n sobre los movimientos de personal, situaciones administrativas que generen vacancia del empleo, novedades, n\u00f3mina y prestaciones de los servidores de la Direcci\u00f3n Seccional.<\/p>\n<p>23. Informar al Director Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana las situaciones administrativas y los movimientos de personal que generen vacancia temporal.<\/p>\n<p>24. Administrar los recursos f\u00edsicos, inform\u00e1ticos y financieros de la Direcci\u00f3n Seccional.<\/p>\n<p>25. Mantener canales de comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con las dependencias misionales de la entidad.<\/p>\n<p>26. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada para el efecto.<\/p>\n<p>26. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>27. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal, Vicefiscal General de la Naci\u00f3n o por el Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Subdirecciones Seccionales. El Fiscal General de la Naci\u00f3n podr\u00e1 organizar, de acuerdo a las necesidades del servicio, el funcionamiento de las Direcciones Seccionales con Subdirecciones Seccionales de Fiscal\u00edas y de Seguridad Ciudadana, de Polic\u00eda Judicial CTI, de Apoyo a la Gesti\u00f3n o de Atenci\u00f3n a V\u00edctimas y Usuarios, para fortalecer la gesti\u00f3n administrativa e investigativa y mejorar de la prestaci\u00f3n del servicio, las cuales, una vez organizadas, desarrollar\u00e1n las funciones que se describen en los siguientes art\u00edculos.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. [DEL: Subdirecci\u00f3n Seccional de Fiscal\u00edas y de Seguridad Ciudadana :DEL] . Secci\u00f3n de Fiscal\u00edas y de Seguridad Ciudadana. La [DEL: Subdirecci\u00f3n Seccional de Fiscal\u00edas y de Seguridad Ciudadana :DEL] cumplir\u00e1 las siguientes funciones: (Nota: El Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 46, modific\u00f3 la expresi\u00f3n tachada por la expresi\u00f3n en negrilla.).<\/p>\n<p>1. Coordinar, controlar y evaluar, directamente o a trav\u00e9s de sus fiscales delegados, el desarrollo de la funci\u00f3n investigativa y acusatoria y las audiencias que se adelanten en los casos y situaciones que le sean asignados, seg\u00fan los lineamientos de priorizaci\u00f3n y la construcci\u00f3n de contextos, cuando haya lugar.<\/p>\n<p>2. Organizar y adelantar comit\u00e9s t\u00e9cnico-jur\u00eddicos de revisi\u00f3n de las situaciones y los casos para la ejecuci\u00f3n de acciones en el desarrollo efectivo y eficiente de las investigaciones penales de su competencia. Si el fiscal del caso se aparta de la decisi\u00f3n del Comit\u00e9 deber\u00e1 motivar su posici\u00f3n, la cual ser\u00e1 estudiada nuevamente por este. En todo caso, en virtud de los principios de unidad de gesti\u00f3n y de jerarqu\u00eda, prevalecer\u00e1 el criterio y la posici\u00f3n de la Fiscal\u00eda se\u00f1alada por el Comit\u00e9, en aplicaci\u00f3n del numeral 3 del art\u00edculo 251 de la Constituci\u00f3n. (Nota: Numeral declarado exequible por los cargos analizados por la Corte Constitucional en la Sentencia C-232 de 2016.).<\/p>\n<p>3. Dirigir y coordinar los grupos de trabajo que se conformen para el cumplimiento de las funciones y competencias de la Subdirecci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Identificar y delimitar situaciones y casos susceptibles de ser priorizados y proponerlos al Comit\u00e9 Seccional de Priorizaci\u00f3n de Situaciones y Casos.<\/p>\n<p>5. Ejecutar los planes de priorizaci\u00f3n aprobados por el Comit\u00e9 Seccional de Priorizaci\u00f3n de Situaciones y Casos en lo de su competencia.<\/p>\n<p>6. Consolidar, analizar y clasificar la informaci\u00f3n de las investigaciones y acusaciones adelantadas por la Subdirecci\u00f3n Seccional de Fiscal\u00edas y remitirla al Director Seccional para apoyar la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica criminal.<\/p>\n<p>7. Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Autorizar la utilizaci\u00f3n de agentes encubiertos y las entregas vigiladas solicitadas por los fiscales de la Direcci\u00f3n Seccional, en los t\u00e9rminos y condiciones establecidos en el C\u00f3digo de Procedimiento Penal.<\/p>\n<p>8. Actualizar la informaci\u00f3n que se registre en los sistemas de informaci\u00f3n de la entidad, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>9. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n, por el Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana o por el Director Seccional.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34. [DEL: Subdirecci\u00f3n Seccional de Polic\u00eda Judicial CTI :DEL] . Secci\u00f3n de Polic\u00eda Judicial. La [DEL: Subdirecci\u00f3n Seccional de Polic\u00eda Judicial CTI :DEL] cumplir\u00e1 las siguientes funciones: (Nota: El Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 47, modific\u00f3 la expresi\u00f3n tachada por la expresi\u00f3n en negrilla.).<\/p>\n<p>1. Planear y ejecutar las funciones de polic\u00eda judicial de los grupos que conforme la Direcci\u00f3n Seccional para adelantar las investigaciones a su cargo.<\/p>\n<p>2. Hacer an\u00e1lisis criminal para apoyar el desarrollo de las investigaciones adelantadas en la Direcci\u00f3n Seccional, en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>3. Asesorar y apoyar a las dependencias de la Direcci\u00f3n Seccional en materia de investigaci\u00f3n criminal, servicios forenses y de gen\u00e9tica y en la administraci\u00f3n de informaci\u00f3n t\u00e9cnica y judicial que se requiera para la investigaci\u00f3n penal en los asuntos de su competencia.<\/p>\n<p>4. Proponer al Director Seccional metodolog\u00edas y protocolos de investigaci\u00f3n, para aprobaci\u00f3n del Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Adelantar, dentro del \u00e1mbito de su competencia, el intercambio de informaci\u00f3n entre los distintos organismos de investigaci\u00f3n, de seguridad e inteligencia a nivel nacional e internacional, para la programaci\u00f3n y el desarrollo de operaciones contra la delincuencia, bajo las directrices del Director Nacional de Seccionales y de Seguridad Ciudadana.<\/p>\n<p>6. Aplicar las pol\u00edticas de aseguramiento y cadena de custodia de los elementos materiales probatorios y evidencia f\u00edsica.<\/p>\n<p>7. Prestar apoyo t\u00e9cnico-cient\u00edfico en coordinaci\u00f3n con los dem\u00e1s organismos de polic\u00eda judicial, en ausencia del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.<\/p>\n<p>8. Consolidar, analizar y clasificar la informaci\u00f3n de las investigaciones adelantadas por la Subdirecci\u00f3n de Polic\u00eda Judicial CTI y remitida al Director Seccional para apoyar la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica criminal.<\/p>\n<p>9. Actualizar la informaci\u00f3n en el Registro \u00danico de Asuntos de Polic\u00eda Judicial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>10. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n, por el Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana o por el Director Seccional.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 35. [DEL: Subdirecci\u00f3n Seccional de Atenci\u00f3n a V\u00edctimas y Usuarios :DEL] . Secci\u00f3n de Atenci\u00f3n a Usuarios. La [DEL: Subdirecci\u00f3n Seccional de Atenci\u00f3n a V\u00edctimas y Usuarios :DEL] tiene las siguientes funciones: (Nota: El Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 48, modific\u00f3 la expresi\u00f3n tachada por la expresi\u00f3n en negrilla.).<\/p>\n<p>1. Implementar las pol\u00edticas, metodolog\u00edas y los protocolos adoptados por la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n para la atenci\u00f3n a v\u00edctimas y usuarios y para la clasificaci\u00f3n, aplicaci\u00f3n de filtros y asignaciones en la recepci\u00f3n de denuncias.<\/p>\n<p>2. Recibir, clasificar, filtrar y asignar las denuncias presentadas por las v\u00edctimas y los usuarios ante la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Adelantar programas de orientaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n para la atenci\u00f3n a v\u00edctimas, con el fin de garantizar sus derechos y evitar la revictimizaci\u00f3n, de acuerdo a cada tipo de poblaci\u00f3n, bajo los lineamientos de la Subdirecci\u00f3n Nacional de Atenci\u00f3n a V\u00edctimas y Usuarios.<\/p>\n<p>4. Administrar los centros integrales de atenci\u00f3n y de orientaci\u00f3n ciudadana o de otros modelos de atenci\u00f3n que se implementen en la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Suministrar al Subdirector Nacional de V\u00edctimas y Usuarios la informaci\u00f3n de los usuarios y las denuncias recibidas, debidamente consolidada y clasificada.<\/p>\n<p>6. Mantener canales de comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con las dependencias de la entidad para la aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, metodolog\u00edas y protocolos en materia de atenci\u00f3n a v\u00edctimas y usuarios.<\/p>\n<p>7. Registrar la informaci\u00f3n de antecedentes judiciales en el sistema que debe llevar la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y expedir las constancias a que haya lugar.<\/p>\n<p>8. Implementar los mecanismos para la medici\u00f3n de la satisfacci\u00f3n de las v\u00edctimas y usuarios, consolidar los resultados y proponer a la Subdirecci\u00f3n Nacional de Atenci\u00f3n a V\u00edctimas y Usuarios, las acciones de mejora correspondientes.<\/p>\n<p>9. Proponer los lineamientos para la atenci\u00f3n de quejas y reclamos en la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n, por el Director Nacional de Seccionales y Seguridad Ciudadana o por el Director Seccional.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 35A. Adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 49. DIRECCI\u00d3N DE APOYO A LA INVESTIGACI\u00d3N Y AN\u00c1LISIS PARA LA SEGURIDAD CIUDADANA. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Apoyo a la Investigaci\u00f3n y An\u00e1lisis para la Seguridad Ciudadana:<\/p>\n<p>1. Asesorar, acompa\u00f1ar y apoyar casos o situaciones de competencia de la Delegada, con el fin de consolidar una estrategia jur\u00eddica e investigativa integral.<\/p>\n<p>2. Realizar barras acad\u00e9micas con el fin de discutir problemas jur\u00eddicos doctrinales, jur\u00edsprudenciales y de casos, relevantes para el adecuado cumplimiento de las funciones de la Delegada.<\/p>\n<p>3. Realizar investigaciones anal\u00edticas y en contexto y excepcionalmente ejercer la acci\u00f3n penal sobre casos o situaciones priorizados por el Comit\u00e9 Nacional de Priorizaci\u00f3n de Situaciones y Casos o asignados por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Elaborar e irnplementar los planes de acci\u00f3n en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada para el efecto.<\/p>\n<p>5. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, por la Delegada para la Seguridad Ciudadana o por el Fiscal General de la Naci\u00f3n o el Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 36. Modificado en lo pertinente por la Ley 2197 de 2022, art\u00edculo 64. Modificado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 50. La Fiscal\u00eda Delegada ante la Corte Suprema de Justicia a trav\u00e9s de su coordinador, la Delegada para la Seguridad Ciudadana, la Delegada Contra la Criminalidad Organizada, la Delegada para las Finanzas Criminales, las Direcciones Especializadas y las Direcciones Seccionales podr\u00e1n autorizar la utilizaci\u00f3n de agentes encubiertos y de entregas vigiladas solicitadas por los fiscales de la dependencia correspondiente, en los t\u00e9rminos y condiciones establecidos en el C\u00f3digo de Procedimiento Penal.<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 36: \u201cSubdirecci\u00f3n Seccional de Apoyo a la Gesti\u00f3n. La Subdirecci\u00f3n Seccional de Apoyo a la Gesti\u00f3n tiene las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Ejecutar las pol\u00edticas, objetivos y estrategias adoptadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n para la administraci\u00f3n de la entidad.<\/p>\n<p>2. Ejecutar e implementar en la seccional los programas y actividades relacionadas con los asuntos financieros y contables, tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y de las comunicaciones, soporte t\u00e9cnico inform\u00e1tico, gesti\u00f3n documental y servicios administrativos, de conformidad con los lineamientos impartidos por el Director Seccional y el Director Nacional de Apoyo a la Gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Elaborar y ejecutar, en coordinaci\u00f3n con las diferentes dependencias de la Direcci\u00f3n Seccional, el Plan Anual de Adquisiciones de la Direcci\u00f3n Seccional.<\/p>\n<p>4. Suministrar, al Director Nacional de Apoyo a la Gesti\u00f3n, la informaci\u00f3n para la elaboraci\u00f3n de los estados contables y de ejecuci\u00f3n del presupuesto correspondiente a la Direcci\u00f3n Seccional.<\/p>\n<p>5. Adelantar las acciones requeridas para que las Direcciones Seccionales cuenten con los recursos, tanto humanos como f\u00edsicos, para el cumplimiento de sus funciones.<\/p>\n<p>6. Dirigir el proceso de talento humano en sus componentes de planeaci\u00f3n, gesti\u00f3n y desarrollo, de conformidad con la delegaci\u00f3n respectiva y los lineamientos y directrices impartidas por el Director Seccional y por el Director Nacional de Apoyo a la Gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Implementar en la Direcci\u00f3n Seccional los modelos de gesti\u00f3n, de administraci\u00f3n, de evaluaci\u00f3n de personal y la pol\u00edtica de est\u00edmulos adoptados para los servidores de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Mantener actualizada la informaci\u00f3n de la planta de personal a nivel seccional y reportar peri\u00f3dicamente al Director Nacional de Apoyo a la Gesti\u00f3n, a trav\u00e9s del Director Seccional.<\/p>\n<p>9. Registrar en las historias laborales de los servidores de la Direcci\u00f3n Seccional las sanciones disciplinarias impuestas, las decisiones que impliquen declaraci\u00f3n de responsabilidad penal o privaci\u00f3n de la libertad, y las de responsabilidad penal que le sean informadas, con el fin de informar al nominador sobre las inhabilidades sobrevinientes.<\/p>\n<p>10. Custodiar y actualizar las historias laborales de los servidores de la Direcci\u00f3n Seccional.<\/p>\n<p>11. Dirigir y controlar las actividades y procesos de contrataci\u00f3n administrativa, y suscribir los actos y contratos requeridos para el buen funcionamiento de la Direcci\u00f3n Seccional, de conformidad con la delegaci\u00f3n respectiva.<\/p>\n<p>12. Administrar y aplicar medidas para la conservaci\u00f3n de los bienes propios, incautados o puestos a disposici\u00f3n de la Direcci\u00f3n Seccional, as\u00ed como las bodegas y almacenes generales y transitorios de evidencia f\u00edsica a cargo de la Direcci\u00f3n Seccional.<\/p>\n<p>13. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.\u201d.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 36A. Adicionado por la Ley 2111 de 2021, art\u00edculo 8\u00ba. La Direcci\u00f3n de Apoyo Territorial cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Liderar la estrategia de apoyo regional de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, con miras a aumentar la presencia efectiva de la Entidad en territorios apartados o de dif\u00edcil acceso, en aquellas zonas afectadas por fen\u00f3menos criminales de alto impacto y por la presencia de grupos armados organizados.<\/p>\n<p>2. Apoyar la investigaci\u00f3n, especialmente actos urgentes, en aquellos fen\u00f3menos priorizados que se den en territorios donde la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n no tenga presencia permanente o sean de dif\u00edcil acceso.<\/p>\n<p>3. Definir los lugares en los que se podr\u00e1 actuar por medio de grupos itinerantes, con base en criterios geogr\u00e1ficos y no en la divisi\u00f3n pol\u00edtico-administrativa, as\u00ed como en el an\u00e1lisis de la criminalidad del pa\u00eds, la presencia de organizaciones criminales, los tiempos de desplazamiento al lugar de comisi\u00f3n de la conducta punible, la oferta de servicios de justicia por parte de otras entidades, entre otros factores.<\/p>\n<p>4. Conformar grupos especializados de investigadores y analistas expertos en los fen\u00f3menos criminales priorizados por la Direcci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Realizar proceso de articulaci\u00f3n de la estrategia territorial con otras entidades p\u00fablicas.<\/p>\n<p>6. Designar fiscales itinerantes en aquellos procesos sobre fen\u00f3menos priorizados, con el fin que apoyen, impulsen y asesoren a los fiscales titulares con el fin de lograr una efectiva judicializaci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Conformar equipos m\u00f3viles de la Entidad, en los que peri\u00f3dicamente se reciban denuncias de los habitantes del territorio nacional y se brinde atenci\u00f3n a las v\u00edctimas de las conductas punibles en territorios apartados o zonas de alto impacto o presencia de grupos armados organizados.<\/p>\n<p>8. Organizar y adelantar comit\u00e9s t\u00e9cnico-jur\u00eddicos de revisi\u00f3n de las situaciones y los casos para la ejecuci\u00f3n de acciones en el desarrollo efectivo y eficiente de las investigaciones penales de su competencia.<\/p>\n<p>9. Dirigir y coordinar los grupos de trabajo, los departamentos y unidades que se conformen para el cumplimiento de las funciones y competencias de la Direcci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Dirigir, coordinar y controlar la incorporaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas en el desarrollo de las actividades que cumplen los servidores, dependencias y los grupos de trabajo que est\u00e9n a su cargo, de acuerdo con los lineamientos y las orientaciones que impartan las dependencias competentes.<\/p>\n<p>11. Identificar y delimitar situaciones y casos susceptibles de ser priorizados y proponerlos al Comit\u00e9 Nacional de Priorizaci\u00f3n de Situaciones y Casos.<\/p>\n<p>12. Ejecutar los planes de priorizaci\u00f3n aprobados por el Comit\u00e9 Nacional de Priorizaci\u00f3n de Situaciones y Casos en lo de su competencia.<\/p>\n<p>13. Apoyar, en el marco de sus competencias, a la Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas y Estrategia en el an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n que se requiera para sustentar la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica en materia criminal.<\/p>\n<p>14. Mantener actualizada la informaci\u00f3n que se registre en los sistemas de informaci\u00f3n de la Entidad, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>15. Consolidar, analizar y clasificar la informaci\u00f3n de las investigaciones y acusaciones adelantadas por los servidores y grupos de trabajo a su cargo y remitirla a la Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas y Estrategia.<\/p>\n<p>16. Dirimir, de conformidad con la Constituci\u00f3n y la ley, los conflictos de competencia que se presenten entre la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y los dem\u00e1s organismos que desempe\u00f1en funciones de Polic\u00eda Judicial, en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>17. Dirimir los conflictos administrativos que se presenten al interior de la Fiscal\u00eda en el ejercicio de las funciones o en la asignaci\u00f3n de investigaciones, en los casos y seg\u00fan las directrices y lineamientos impartidos por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>18. Asesorar a las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n que cumplen funciones investigativas y acusatorias en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>19. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Desarrollo.<\/p>\n<p>20. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Fiscal o Vicefiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0CAP\u00cdTULO VI<\/p>\n<p>\u00a0De la Direcci\u00f3n de Apoyo a la Gesti\u00f3n y otras dependencias<\/p>\n<p>Art\u00edculo 37. [DEL: Direcci\u00f3n Nacional de Apoyo a la Gesti\u00f3n :DEL] . Direcci\u00f3n Ejecutiva. La Direcci\u00f3n Nacional de Apoyo a la Gesti\u00f3n cumplir\u00e1 las siguientes funciones: (Nota: El Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 51, modific\u00f3 la expresi\u00f3n tachada por la expresi\u00f3n en negrilla.).<\/p>\n<p>1. Asistir al Fiscal General de la Naci\u00f3n en la determinaci\u00f3n de las pol\u00edticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administraci\u00f3n de la Entidad.<\/p>\n<p>2. Dirigir, controlar y evaluar la ejecuci\u00f3n de los programas y actividades relacionadas con los asuntos financieros y contables, gesti\u00f3n del talento humano, contrataci\u00f3n p\u00fablica, tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y de las comunicaciones, bienes, soporte t\u00e9cnico inform\u00e1tico, servicios administrativos, carrera administrativa, gesti\u00f3n documental, correspondencia y notificaciones de la entidad.<\/p>\n<p>3. Impartir los lineamientos, directrices, interpretaciones, orientaciones, herramientas y procedimientos que en materia de gesti\u00f3n administrativa deben cumplir las Direcciones y Subdirecciones Seccionales.<\/p>\n<p>4. Gestionar la consecuci\u00f3n de recursos ante el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, para el desarrollo de los planes, programas y proyectos institucionales.<\/p>\n<p>5. Presentar el anteproyecto anual de presupuesto, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Impartir las instrucciones para el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de los recursos asignados a los proyectos de inversi\u00f3n y para la formulaci\u00f3n y seguimiento de proyectos de funcionamiento de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Formular los lineamientos para la ejecuci\u00f3n de planes, programas y dem\u00e1s acciones relacionadas con la gesti\u00f3n presupuestal, contable y de tesorer\u00eda de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Presentar los estados contables y de ejecuci\u00f3n de presupuesto de la respectiva vigencia fiscal para la rendici\u00f3n de la cuenta anual e informes presupuestales ante las instancias competentes.<\/p>\n<p>9. Coordinar la ejecuci\u00f3n de los planes, programas, proyectos, procesos y actividades en materia de servicios generales y recursos f\u00edsicos y el suministro oportuno y eficiente de los mismos para el funcionamiento de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Trazar las pol\u00edticas y programas de administraci\u00f3n de personal, bienestar social, selecci\u00f3n, registro y control, capacitaci\u00f3n, incentivos y desarrollo del talento humano y dirigir su gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Asesorar al Fiscal General de la Naci\u00f3n en la adopci\u00f3n e implementaci\u00f3n de modelos de gesti\u00f3n, de administraci\u00f3n y de evaluaci\u00f3n de personal; as\u00ed como en la pol\u00edtica de est\u00edmulos de los servidores de la entidad.<\/p>\n<p>12. Dirigir y controlar las actividades y procesos de contrataci\u00f3n administrativa, y suscribir los actos y contratos requeridos para el buen funcionamiento de la entidad.<\/p>\n<p>13. Aprobar el Plan Anual, de Adquisiciones de la entidad, de acuerdo con la planeaci\u00f3n presupuestal adoptada por la entidad, e impartir las directrices y los lineamientos para su ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Dirigir y controlar la administraci\u00f3n de bienes patrimoniales, incautados o puestos a disposici\u00f3n de la entidad y garantizar su conservaci\u00f3n.<\/p>\n<p>15. Impartir los lineamientos para apoyar el cumplimiento de las funciones de la Comisi\u00f3n de Carrera Especial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>16. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>17. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 37: Ver Resoluci\u00f3n 895 de 2018, FGN.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 38. Subdirecci\u00f3n de Talento Humano. La Subdirecci\u00f3n de Talento Humano cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Dirigir el proceso de talento humano en sus componentes de planeaci\u00f3n, gesti\u00f3n y desarrollo.<\/p>\n<p>2. Ejecutar y evaluar los planes estrat\u00e9gicos y programas para la gesti\u00f3n del talento humano en sus fases de ingreso, permanencia y retiro de los funcionarios de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar, dirigir, administrar y evaluar los programas de formaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n, incentivos, bienestar, salud ocupacional, seguridad laboral y desarrollo de los servidores p\u00fablicos de la entidad, de acuerdo con lo previsto en la ley.<\/p>\n<p>4. Sistematizar y actualizar las historias laborales de todos los servidores de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y custodiar las historias laborales de los servidores del Nivel Central.<\/p>\n<p>5. Elaborar y actualizar el Manual de Funciones, Competencias Laborales y requisitos m\u00ednimos de los cargos de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con las dependencias de la entidad.<\/p>\n<p>6. Formular y ejecutar acciones tendientes a la identificaci\u00f3n, mejoramiento y fortalecimiento de las competencias laborales de los servidores de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Apoyar al Comit\u00e9 de Formaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n en la identificaci\u00f3n de las necesidades de capacitaci\u00f3n y en la definici\u00f3n de las pol\u00edticas que orienten la formulaci\u00f3n del plan institucional de formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Integrar y participar en el Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o de la Entidad.<\/p>\n<p>9. Dirigir, controlar y llevar el registro y consolidaci\u00f3n de la informaci\u00f3n de la planta de personal a nivel nacional, en coordinaci\u00f3n con los Directores Seccionales de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Registrar en las historias laborales de los servidores las sanciones disciplinarias impuestas, las decisiones que impliquen declaraci\u00f3n de responsabilidad penal o privaci\u00f3n de la libertad, y las de responsabilidad penal que le sean informadas, con el fin de informar al nominador sobre las inhabilidades sobrevinientes.<\/p>\n<p>11. Asesorar a las Direcciones Seccionales en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>12. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n o por el Director de Apoyo a la Gesti\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>15. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 52. Tramitar los nombramientos y traslados de todos los servidores de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, cuya designaci\u00f3n o traslado corresponder\u00e1 al Fiscal General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 39. Subdirecci\u00f3n de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones. La Subdirecci\u00f3n de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Asesorar al Fiscal General de la Naci\u00f3n en la definici\u00f3n de las pol\u00edticas, planes, programas y procedimientos relacionados con el uso de las tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n y comunicaciones, que contribuyan a incrementar la eficiencia y eficacia en las diferentes dependencias de la Entidad, as\u00ed como garantizar la calidad en la prestaci\u00f3n de los servicios.<\/p>\n<p>2. Liderar, coordinar y monitorear la plataforma de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, que apoye el cumplimiento de sus funciones.<\/p>\n<p>3. Liderar, coordinar y articular los diferentes sistemas de informaci\u00f3n de la entidad. Para tal efecto, adelantar\u00e1 y presidir\u00e1 comit\u00e9s t\u00e9cnicos con los respectivos coordinadores de los sistemas de informaci\u00f3n de las diferentes dependencias de la Fiscal\u00eda.<\/p>\n<p>4. Elaborar y hacer seguimiento al Plan Maestro de las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones.<\/p>\n<p>5. Promover e intervenir en las actividades y programas que tiendan a incorporar el uso de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones en el desarrollo de las actividades de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar, implementar e integrar soluciones inform\u00e1ticas, basadas en gesti\u00f3n de procesos, que d\u00e9 soporte a todas las \u00e1reas misionales de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Definir las necesidades que en materia de sistemas de informaci\u00f3n requiera la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, para el desarrollo de sus funciones y coordinar su adquisici\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Apoyo a la Gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Consolidar, desarrollar e implementar las diferentes estrategias, est\u00e1ndares de datos e integraci\u00f3n de procesos y l\u00edneas de pol\u00edticas gubernamentales sobre el uso y alcance de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones.<\/p>\n<p>9. Gestionar, atender, proponer e implementar las pol\u00edticas y acciones relativas a la seguridad y oficialidad de la informaci\u00f3n y de la plataforma tecnol\u00f3gica de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Asesorar a las Direcciones Seccionales en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>11. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n o por el Director de Apoyo a la Gesti\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 40. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Contractual. La Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Contractual cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Coordinar y adelantar todos los tr\u00e1mites y procedimientos relacionados con la gesti\u00f3n contractual de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en coordinaci\u00f3n con las diferentes dependencias de la entidad, y velar por su adecuado cumplimiento.<\/p>\n<p>3. Proyectar los actos administrativos y dem\u00e1s documentos que se originen con ocasi\u00f3n de la gesti\u00f3n contractual de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Impartir lineamientos para el desarrollo de las funciones de supervisi\u00f3n de los contratos que suscriba la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Asesorar a las Direcciones Seccionales en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>6. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n o por el Director de Apoyo a la Gesti\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 41. Subdirecci\u00f3n Financiera. La Subdirecci\u00f3n Financiera cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Administrar, registrar y controlar el Presupuesto de Ingresos y Gastos asignado a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Elaborar el Anteproyecto Anual de Presupuesto y el Programa Anual de Caja que deba adoptar la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n de acuerdo con las directrices que al respecto dicte el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico.<\/p>\n<p>3. Hacer seguimiento permanente a la ejecuci\u00f3n presupuestal, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Planeaci\u00f3n y adelantar los tr\u00e1mites presupuestales requeridos.<\/p>\n<p>4. Expedir los certificados de disponibilidad presupuestal y efectuar su registro.<\/p>\n<p>5. Realizar los tr\u00e1mites necesarios para llevar a cabo las modificaciones presupuestales que sean requeridas por las diferentes dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Administrar y controlar los recursos destinados para las cajas menores aprobadas.<\/p>\n<p>7. Controlar y verificar que el proceso de preparaci\u00f3n y registro contable de las operaciones se refleje en el balance de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y se realice de conformidad con las disposiciones emitidas por la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Reconocer y ordenar pagos, conforme a la delegaci\u00f3n que para tal efecto, le confiera el ordenador del gasto.<\/p>\n<p>9. Efectuar conciliaciones y verificaciones presupuestales, contables y de pago que garanticen la consistencia y razonabilidad de la informaci\u00f3n financiera y contable.<\/p>\n<p>10. Identificar, causar y clasificar los ingresos de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en el Sistema Integrado de Informaci\u00f3n (SIIF) del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico.<\/p>\n<p>11. Coordinar, elaborar y presentar los diferentes informes exigidos por la ley, solicitados por los organismos de control y en general todos aquellos que le sean requeridos de acuerdo con la naturaleza de sus funciones.<\/p>\n<p>12. Asesorar a las Direcciones Seccionales en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>13. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n o por el Director de Apoyo a la Gesti\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 42. Subdirecci\u00f3n de Bienes. La Subdirecci\u00f3n de Bienes cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Administrar los bienes a cargo de la entidad garantizando su conservaci\u00f3n y uso eficiente.<\/p>\n<p>2. Derogado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 67. Administrar las bodegas y los almacenes generales y transitorios de evidencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Administrar y aplicar medidas para la conservaci\u00f3n de los bienes propios, incautados o puestos a disposici\u00f3n de la entidad, as\u00ed como las bodegas y almacenes generales y transitorios de evidencia f\u00edsica a su cargo.<\/p>\n<p>4. Administrar el Fondo Especial para la Administraci\u00f3n de Bienes de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar, promover y apoyar la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, procedimientos e indicadores tendientes a optimizar y mejorar la administraci\u00f3n de los bienes patrimoniales y los que se ponen a disposici\u00f3n de la entidad para su uso.<\/p>\n<p>6. Organizar y controlar las actividades necesarias para garantizar la conservaci\u00f3n, buen uso y oportuno aseguramiento de los bienes patrimoniales y los que por cualquier motivo est\u00e9n a disposici\u00f3n de la entidad.<\/p>\n<p>7. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con el inventario de los bienes de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y los que est\u00e9n a su cargo.<\/p>\n<p>8. Proponer proyectos y programas de infraestructura f\u00edsica y hacer seguimiento a la gesti\u00f3n de los mismos.<\/p>\n<p>9. Dirigir y administrar el parque automotor de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Asesorar a las Direcciones Seccionales en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>11. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n o por el Director de Apoyo a la Gesti\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0Nota, art\u00edculo 42: Ver Resoluci\u00f3n 895 de 2018, FGN.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 43. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Documental. La Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Documental cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Proponer e implementar las pol\u00edticas de gesti\u00f3n documental de la entidad.<\/p>\n<p>2. Clasificar, filtrar y direccionar a las dependencias correspondientes de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n las solicitudes y comunicaciones presentadas por las v\u00edctimas y los usuarios en general.<\/p>\n<p>3. Realizar seguimiento a las solicitudes y comunicaciones presentadas por las v\u00edctimas y los usuarios, y monitorear la aplicaci\u00f3n de lineamientos establecidos para la atenci\u00f3n de quejas y reclamos, en coordinaci\u00f3n con las dependencias de la Fiscal\u00eda.<\/p>\n<p>4. Recibir, seleccionar, organizar, administrar y conservar los fondos de archivo central y el patrimonio documental de la entidad, facilitando su acceso y difusi\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Gestionar, mantener y coordinar la documentaci\u00f3n del sistema de gesti\u00f3n integral y del sistema de gesti\u00f3n documental de la Fiscal\u00eda, en cumplimiento de las normas establecidas en materia archiv\u00edstica.<\/p>\n<p>6. Proteger y resguardar la informaci\u00f3n del sistema de gesti\u00f3n documental de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Garantizar el adecuado acceso a los documentos que est\u00e9n bajo su responsabilidad, dando cumplimiento a las normas de reserva legal.<\/p>\n<p>8. Llevar la relaci\u00f3n y control de la documentaci\u00f3n enviada y recibida por la entidad, a trav\u00e9s del sistema operativo de correspondencia establecido para tal fin.<\/p>\n<p>9. Realizar los estudios de identificaci\u00f3n, valoraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de series documentales aplicables a las tablas de retenci\u00f3n documental.<\/p>\n<p>10. Proyectar y proponer el Reglamento General de Archivo y Correspondencia de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, para aprobaci\u00f3n por parte del Director Nacional de Apoyo a la Gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Asesorar a las Direcciones Seccionales en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>12. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>13. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n o por el Director de Apoyo a la Gesti\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>15. Numeral adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 53. Manejar el archivo de las resoluciones de asignaci\u00f3n especial, variaci\u00f3n de asignaci\u00f3n, delegaci\u00f3n y designaci\u00f3n. As\u00ed mismo, proyectar para la firma del Fiscal General de la Naci\u00f3n las resoluciones sobre la misma materia respecto de todas las investigaciones de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 43A. Adicionado por el Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 54. SUBDIRECCIONES REGIONALES DE APOYO. Las Subdirecciones Regionales de Apoyo cumplir\u00e1n las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Ejecutar las pol\u00edticas, objetivos y estrategias adoptadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n para la administraci\u00f3n de las Direcciones Seccionales respectivas.<\/p>\n<p>2. Ejecutare implementar en las Direcciones Seccionales respectivas, los programas y actividades relacionadas con los asuntos financieros y contables, tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y de las comunicaciones, soporte t\u00e9cnico inform\u00e1tico, gesti\u00f3n documental y servicios administrativos, de conformidad con los lineamientos impartidos por el Director Ejecutivo.<\/p>\n<p>3. Elaborar y ejecutar, en coordinaci\u00f3n con las diferentes dependencias de las Direcciones Seccionales respectivas, el Plan Anual de Adquisiciones.<\/p>\n<p>4. Suministrar al Director Ejecutivo, la informaci\u00f3n para la elaboraci\u00f3n de los estados contables y de ejecuci\u00f3n del presupuesto correspondiente a las Direcciones Seccionales respectivas.<\/p>\n<p>5. Adelantar las acciones requeridas para que las Direcciones Seccionales respectivas cuenten con los recursos, tanto humanos como f\u00edsicos, para el cumplimiento de sus funciones.<\/p>\n<p>6. Dirigir el proceso de talento humano en sus componentes de planeaci\u00f3n, gesti\u00f3n y desarrollo, de conformidad con la delegaci\u00f3n respectiva y los lineamientos y directrices impartidas por el Director Ejecutivo.<\/p>\n<p>7. Implementar en las Direcciones Seccionales respectivas los modelos de gesti\u00f3n, de administraci\u00f3n, de evaluaci\u00f3n de personal y la pol\u00edtica de est\u00edmulos adoptados para los servidores de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Mantener actualizada la informaci\u00f3n de la planta de personal de las Direcciones Seccionales respectivas y reportar peri\u00f3dicamente al Director Ejecutivo.<\/p>\n<p>9. Registrar en las historias laborales de los servidores de las Direcciones Seccionales respectivas las sanciones disciplinarias impuestas, las decisiones que impliquen declaraci\u00f3n de responsabilidad penal o privaci\u00f3n de la libertad y las de responsabilidad penal que le sean reportadas, con el fin de informar al nominador sobre las inhabilidades sobrevinientes.<\/p>\n<p>10.Custodiar y actualizar las historias laborales de los servidores de las Direcciones Seccionales respectivas.<\/p>\n<p>11. Dirigir y controlar las actividades y procesos de contrataci\u00f3n administrativa y suscribir los actos y contratos requeridos para el buen funcionamiento de las Direcciones Seccionales respectivas, de conformidad con la delegaci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Elaborar e implementar los planes de acci\u00f3n en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Desarrollo.<\/p>\n<p>13.Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n o por el Director Ejecutivo<\/p>\n<p>Art\u00edculo 44. Subdirecci\u00f3n de Apoyo a la Comisi\u00f3n de Carrera Especial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n. La Subdirecci\u00f3n de Apoyo a la Comisi\u00f3n de Carrera Especial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n cumplir\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar los sistemas de selecci\u00f3n y promoci\u00f3n del personal vinculado a la carrera especial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Apoyar al Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n del Desempe\u00f1o en la identificaci\u00f3n de los par\u00e1metros y en la elaboraci\u00f3n del instrumento para la evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o.<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar y elaborar las pruebas para los concursos o procesos de selecci\u00f3n que adelante la Fiscal\u00eda para la provisi\u00f3n de los empleos de carrera y presentarlas a la Comisi\u00f3n de Carrera Especial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n para su aprobaci\u00f3n, salvo que dichas actividades se contraten con terceros.<\/p>\n<p>4. Elaborar los proyectos de convocatorias a concursos, bajo los lineamientos y directrices impartidas por la Comisi\u00f3n de la Carrera Especial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Sustanciar y tramitar las peticiones, las solicitudes, las reclamaciones y los dem\u00e1s aspectos relacionados con los asuntos de los que deber\u00e1 conocer la Comisi\u00f3n de Carrera Especial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. Proyectar los actos administrativos que deba adoptar la Comisi\u00f3n de Carrera Especial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n en el desarrollo de sus competencias.<\/p>\n<p>7. Llevar el Registro P\u00fablico de inscripci\u00f3n en la carrera especial de la Fiscal\u00eda y certificar las anotaciones en el mismo, bajo los lineamientos y orientaciones de la Comisi\u00f3n de Carrera Especial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Asesorar a las Direcciones Seccionales en materia de carrera especial.<\/p>\n<p>9. Convocar a elecciones de los representantes de los servidores ante la Comisi\u00f3n de la Carrera Especial de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley o delegadas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n o por el Director de Apoyo a la Gesti\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 45. Otras instancias de gesti\u00f3n administrativa. Para el desarrollo de la gesti\u00f3n misional, administrativa e investigativa y el mejoramiento de la prestaci\u00f3n del servicio, el Fiscal General de la Naci\u00f3n podr\u00e1 organizar departamentos, unidades y secciones y se\u00f1alarle sus funciones. Para ello tendr\u00e1 en cuenta, entre otros principios, el de racionalizaci\u00f3n del gasto, eficiencia y un equilibrio racional de los recursos humanos, t\u00e9cnicos, financieros y log\u00edsticos en las diferentes \u00e1reas.<\/p>\n<p>Las jefaturas de unidades y de secciones ser\u00e1n ejercidas por el servidor de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n a quien se le asigne la funci\u00f3n.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 45: Ver Resoluci\u00f3n 1165 de 2018, FGN.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VII<\/p>\n<p>\u00d3rganos y Comit\u00e9s de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n<\/p>\n<p>Art\u00edculo 46. Comit\u00e9s de Priorizaci\u00f3n. Cr\u00e9anse los Comit\u00e9s de Priorizaci\u00f3n encargados de ejecutar las pol\u00edticas y estrategias de priorizaci\u00f3n definidas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n, de adoptar el plan de priorizaci\u00f3n y proponer y decidir, cuando le sea asignada esta competencia, las situaciones y los casos priorizados. Las pol\u00edticas y estrategias de priorizaci\u00f3n en la investigaci\u00f3n penal tendr\u00e1n en cuenta, entre otros, criterios subjetivos, objetivos, complementario y en especial el contexto de criminalidad social del \u00e1rea geogr\u00e1fica, dirigidas a establecer un orden de atenci\u00f3n de casos, con el fin de garantizar, en condiciones de igualdad material, el goce efectivo del derecho fundamental de administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Igualmente, la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n podr\u00e1 tener en cuenta dentro de las pol\u00edticas y estrategias de priorizaci\u00f3n las sugerencias que, por razones de orden p\u00fablico, le haga el Consejo Superior de Pol\u00edtica Criminal y Penitenciaria.<\/p>\n<p>El Fiscal General organizar\u00e1 los comit\u00e9s de priorizaci\u00f3n que se requieran a nivel nacional o seccional, determinar\u00e1 su n\u00famero, integraci\u00f3n y dem\u00e1s funciones.<\/p>\n<p>Los Comit\u00e9s de Priorizaci\u00f3n contar\u00e1n con Secretar\u00edas T\u00e9cnicas encargadas de cumplir las funciones que le se\u00f1alen el Fiscal General de la Naci\u00f3n y los miembros del Comit\u00e9 respectivo.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 47. \u00d3rganos y Comit\u00e9s de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. Para lograr la gesti\u00f3n arm\u00f3nica e integral de la entidad, el Fiscal General de la Naci\u00f3n conformar\u00e1 y organizar\u00e1 [DEL: Comit\u00e9s de Gerencia y de Coordinaci\u00f3n Interna :DEL] Comit\u00e9 Directivo, as\u00ed como los dem\u00e1s \u00f3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n que considere necesarios para el mejoramiento de la prestaci\u00f3n del servicio, el fortalecimiento de la gesti\u00f3n administrativa e investigativa y, en general, el \u00f3ptimo funcionamiento de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n. (Nota: El Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 55, modific\u00f3 la expresi\u00f3n tachada por la expresi\u00f3n en negrilla.).<\/p>\n<p>Art\u00edculo 48. [DEL: Comit\u00e9 de Gerencia y de Coordinaci\u00f3n Interna :DEL] . Comit\u00e9 Directivo. Cr\u00e9ase el Comit\u00e9 de Gerencia y de Coordinaci\u00f3n Interna como la instancia encargada de asegurar una visi\u00f3n integral y arm\u00f3nica en el desempe\u00f1o de las \u00e1reas estrat\u00e9gicas, misionales, de apoyo y de evaluaci\u00f3n de la Fiscal\u00eda General. (Nota: El Decreto 898 de 2017, art\u00edculo 55, modific\u00f3 la expresi\u00f3n tachada por la expresi\u00f3n en negrilla.).<\/p>\n<p>La conformaci\u00f3n y funciones del Comit\u00e9 son determinadas por el Fiscal General, mediante resoluci\u00f3n interna. El Comit\u00e9 debe adoptar su propio reglamento.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VIII<\/p>\n<p>Disposiciones finales<\/p>\n<p>Art\u00edculo 49. Competencia de los fiscales delegados. Los fiscales delegados tienen competencia en todo el territorio nacional y act\u00faan siempre en representaci\u00f3n de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n siguiendo las pol\u00edticas y directrices formuladas por el Fiscal General de la Naci\u00f3n en desarrollo de los principios de unidad de gesti\u00f3n y jerarqu\u00eda.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 49: Ver Resoluci\u00f3n 3349 de 2017, FGN.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 50. Referencias normativas. Cuando un texto normativo haga referencia a las dependencias de la Fiscal\u00eda que exist\u00edan antes de la expedici\u00f3n del presente decreto ley, debe entenderse que se refiere a las dependencias de la estructura organizacional contenida en este decreto, de conformidad con las funciones y competencias a estas asignadas en el presente decreto ley.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 51. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicaci\u00f3n y deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente los art\u00edculos 1\u00b0 al 32 de la Ley 938 de 2004. Las funciones asignadas a las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n establecidas en los citados art\u00edculos continuar\u00e1n vigentes hasta tanto se adopte la nueva planta de personal, y el Fiscal General de la Naci\u00f3n expida los actos administrativos que considere necesarios para la entrada en funcionamiento de la nueva estructura.<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 9 de enero de 2014.<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/p>\n<p>El Viceministro T\u00e9cnico del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico,<\/p>\n<p>Andr\u00e9s Restrepo Montoya. El Viceministro de Pol\u00edtica Criminal y Justicia Restaurativa del Ministerio de Justicia y del Derecho, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Justicia y del Derecho,<\/p>\n<p>Miguel Samper Strouss. La Directora del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica,<\/p>\n<p>Elizabeth Rodr\u00edguez Taylor.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 016 DE 2014 (enero 9) D.O. 49.028, enero 9 de 2014 por el cual se modifica y define la estructura org\u00e1nica y funcional de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n. Nota 1: Modificado por la Ley 2197 de 2022 y por el Decreto 898 de 2017. 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