{"id":47535,"date":"2023-08-16T18:02:59","date_gmt":"2023-08-16T18:02:59","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-18-de-2014\/"},"modified":"2023-08-16T18:02:59","modified_gmt":"2023-08-16T18:02:59","slug":"decreto-18-de-2014","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-18-de-2014\/","title":{"rendered":"DECRETO 18 DE 2014"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 018 DE 2014<\/p>\n<p>(enero 9)<\/p>\n<p>D.O. 49.028, enero 9 de 2014<\/p>\n<p>por el cual se modifica la planta de cargos de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Nota: Modificado por el Decreto 898 de 2017.<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el literal b) del art\u00edculo 1\u00b0 de la Ley 1654 del 15 de julio de 2013, y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que el Congreso de la Rep\u00fablica, mediante la Ley 1654 de 2013, revisti\u00f3 al Presidente de la Rep\u00fablica de facultades extraordinarias para modificar la planta de personal de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, creando, suprimiendo o modificando los empleos a que haya lugar.<\/p>\n<p>Que el presente decreto modifica la planta de personal de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, suprimiendo y creando los empleos que se requieren para el buen funcionamiento de la entidad, en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en el literal b) del art\u00edculo primero de la Ley 1654 de 2013.<\/p>\n<p>Que el presente decreto ley cuenta con el concepto t\u00e9cnico favorable del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica y la viabilidad presupuestal del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico.<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Supresi\u00f3n de empleos. Supr\u00edmense de la planta de personal de la Fiscal\u00eda General de Naci\u00f3n los siguientes cargos:<\/p>\n<p>Ver Diario Oficial 49.028, pag. 33<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Creaci\u00f3n de empleos. Cr\u00e9anse los siguientes empleos en la planta de personal de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, as\u00ed:<\/p>\n<p>Ver Diario Oficial 49.028, pag. 34<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. La planta de personal adoptada para cada \u00e1rea ser\u00e1 global y flexible e incluye los empleos creados en el C\u00f3digo de Extinci\u00f3n de Dominio. El Fiscal General de la Naci\u00f3n distribuir\u00e1 los cargos de las plantas en cada una de las dependencias de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, mediante actos administrativos y ubicar\u00e1 el personal teniendo en cuenta la organizaci\u00f3n interna, las necesidades del servicio, los planes, las estrategias y los programas de la entidad.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Los servidores p\u00fablicos que ocupan los cargos suprimidos en el art\u00edculo 1\u00b0 del presente decreto ser\u00e1n incorporados directamente a los cargos creados en el art\u00edculo 2\u00b0, cuando los nuevos cargos sean iguales a los de la planta anterior en su denominaci\u00f3n, nivel y grado salarial y requisitos iguales o superiores. En este caso la incorporaci\u00f3n se har\u00e1 sin m\u00e1s requisitos que la actualizaci\u00f3n del acta de posesi\u00f3n y la comunicaci\u00f3n de la misma al servidor.<\/p>\n<p>Los servidores que desempe\u00f1en los empleos suprimidos en el art\u00edculo 1\u00b0 del presente decreto y cuya nomenclatura cambi\u00f3 ser\u00e1n incorporados directamente en los empleos equivalentes o en los cuales fueron agrupados, de conformidad con la tabla se\u00f1alada en el decreto que fija la nomenclatura para la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n. Para efectos de la incorporaci\u00f3n directa no se les exigir\u00e1 requisitos adicionales a los acreditados al momento de su posesi\u00f3n, devengar\u00e1n la remuneraci\u00f3n que se establezca para el empleo equivalente y su acta de posesi\u00f3n deber\u00e1 ser actualizada y comunicada al servidor p\u00fablico incorporado.<\/p>\n<p>Los empleados p\u00fablicos cuyos empleos sean suprimidos efectivamente por haber variado su denominaci\u00f3n, requisitos y grado salarial deber\u00e1n nombrarse en otros empleos de la planta de personal que se establece en el art\u00edculo 2\u00b0.<\/p>\n<p>Por no haber supresi\u00f3n efectiva del cargo de Fiscal General de la Naci\u00f3n, no se requerir\u00e1 ni de incorporaci\u00f3n ni de actualizaci\u00f3n del acta de posesi\u00f3n y continuar\u00e1 en el ejercicio del empleo hasta terminar el per\u00edodo para el cual fue elegido.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Las incorporaciones y movimientos de personal que se generen como consecuencia de la modificaci\u00f3n de la planta de personal adoptada en el presente decreto no generar\u00e1n para los servidores p\u00e9rdida de los derechos de carrera ni desmejora en su remuneraci\u00f3n anual. Cuando haya lugar a la actualizaci\u00f3n en el Registro \u00danico de Carrera, esta se realizar\u00e1 de oficio por la dependencia competente.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Dentro de los sesenta (60) d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la publicaci\u00f3n del presente decreto, el Fiscal General de la Naci\u00f3n deber\u00e1 proceder a hacer las incorporaciones y los nuevos nombramientos a los servidores que se encuentran actualmente vinculados a la planta de personal de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n. Para la incorporaci\u00f3n y nombramiento de los servidores, el Fiscal General de la Naci\u00f3n podr\u00e1 suscribir los respectivos actos administrativos mediante el uso de la firma digital, de conformidad con lo dispuesto en los art\u00edculos 12 del Decreto 2150 de 1995 y 6\u00b0 de la Ley 962 de 2005.<\/p>\n<p>Los servidores continuar\u00e1n desempe\u00f1ando las funciones del empleo en el cual est\u00e1n nombrados y devengando la remuneraci\u00f3n asignada a estos, hasta tanto se produzca su incorporaci\u00f3n o nuevo nombramiento, en los t\u00e9rminos se\u00f1alados en el presente decreto.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. La provisi\u00f3n de los empleos se efectuar\u00e1 en forma gradual de conformidad con las disponibilidades presupuestales y las respectivas apropiaciones as\u00ed: para las vigencias de 2014 el 28%; 2015 el 36%; y 2016 el porcentaje restante, hasta completar un valor del 100% sobre el total asignado para gastos de personal y gastos generales.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. El presente decreto ley deroga el art\u00edculo 33 de la Ley 975 de 2005, y los Decretos leyes 122 de 2008; 2248, 4059 y 4883 de 2011 y dem\u00e1s normas que le sean contrarias.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. El presente decreto ley rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 9 de enero de 2014.<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/p>\n<p>El Viceministro T\u00e9cnico del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico,<\/p>\n<p>\u00a0Andr\u00e9s Restrepo Montoya.<\/p>\n<p>El Viceministro de Pol\u00edtica Criminal y Justicia Restaurativa del Ministerio de Justicia y del Derecho, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Justicia y del Derecho,<\/p>\n<p>\u00a0Miguel Samper Strouss.<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica,<\/p>\n<p>Elizabeth Rodr\u00edguez Taylor.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 018 DE 2014 (enero 9) D.O. 49.028, enero 9 de 2014 por el cual se modifica la planta de cargos de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n. Nota: Modificado por el Decreto 898 de 2017. 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