{"id":47540,"date":"2023-08-16T18:02:59","date_gmt":"2023-08-16T18:02:59","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-25-de-2014\/"},"modified":"2023-08-16T18:02:59","modified_gmt":"2023-08-16T18:02:59","slug":"decreto-25-de-2014","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-25-de-2014\/","title":{"rendered":"DECRETO 25 DE 2014"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 025 DE 2014<\/p>\n<p>\u00a0(enero 10)<\/p>\n<p>D.O. 49.029, enero 10 de 2014<\/p>\n<p>\u00a0por el cual se modifica la estructura org\u00e1nica y se establece la organizaci\u00f3n y funcionamiento de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas en el art\u00edculo 1\u00b0, literal a) de la Ley 1642 del 12 de julio de 2013, y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que el Congreso de la Rep\u00fablica mediante la Ley 1642 de 2013, revisti\u00f3 al Presidente de la Rep\u00fablica de precisas facultades extraordinarias para modificar la estructura org\u00e1nica de la Defensor\u00eda del Pueblo su r\u00e9gimen de competencias interno, la organizaci\u00f3n y funcionamiento y la supresi\u00f3n de funciones que no correspondan a la naturaleza de la Entidad.<\/p>\n<p>Que en el presente decreto se modifica la estructura org\u00e1nica y se establece la organizaci\u00f3n y funcionamiento de la Defensor\u00eda del Pueblo, en el ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en el art\u00edculo 1\u00b0, literal a) de la Ley 1642 del 12 de julio de 2013.<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p>T\u00cdTULO I<\/p>\n<p>\u00a0NATURALEZA JUR\u00cdDICA Y OBJETIVOS<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Naturaleza jur\u00eddica. La Defensor\u00eda del Pueblo es un organismo que forma parte del Ministerio P\u00fablico, ejerce sus funciones bajo la suprema direcci\u00f3n del Procurador General de la Naci\u00f3n y le corresponde esencialmente velar por la promoci\u00f3n, el ejercicio y la divulgaci\u00f3n de los Derechos Humanos.<\/p>\n<p>La Defensor\u00eda del Pueblo tiene autonom\u00eda administrativa y presupuestal.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Objeto. La Defensor\u00eda del Pueblo es la instituci\u00f3n responsable de impulsar la efectividad de los Derechos Humanos mediante las siguientes acciones integradas: promover, ejercer, divulgar, proteger y defender los Derechos Humanos y prevenir sus violaciones; fomentar la observancia del Derecho Internacional Humanitario; atender, orientar y asesorar en el ejercicio de sus derechos a los habitantes del territorio nacional y a los colombianos en el exterior; y, proveer el acceso a la administraci\u00f3n de justicia, en los casos se\u00f1alados en la ley.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO II<\/p>\n<p>\u00a0ESTRUCTURA ORG\u00c1NICA Y FUNCIONAL DE LA DEFENSOR\u00cdA DEL PUEBLO<\/p>\n<p>\u00a0CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p>\u00a0Estructura org\u00e1nica<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Estructura org\u00e1nica. La Defensor\u00eda del Pueblo para el desarrollo de sus funciones, tendr\u00e1 la siguiente estructura:<\/p>\n<p>1. DESPACHO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO.<\/p>\n<p>1.1. Oficina de Asuntos Internacionales.<\/p>\n<p>1.2. Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional.<\/p>\n<p>1.3. Oficina de Control Interno.<\/p>\n<p>1.4. Oficina de Control Interno Disciplinario.<\/p>\n<p>1.5. Oficina Jur\u00eddica.<\/p>\n<p>1.6. Oficina de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. DESPACHO DEL VICEDEFENSOR DEL PUEBLO.<\/p>\n<p>2.1. Defensor\u00edas Delegadas.<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n Nacional de Promoci\u00f3n y Divulgaci\u00f3n de Derechos Humanos.<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n Nacional de Atenci\u00f3n y Tr\u00e1mite de Quejas.<\/p>\n<p>2.4. Direcci\u00f3n Nacional de Recursos y Acciones Judiciales.<\/p>\n<p>2.5. Direcci\u00f3n Nacional de Defensor\u00eda P\u00fablica.<\/p>\n<p>3. DEFENSOR\u00cdAS REGIONALES.<\/p>\n<p>4. SECRETAR\u00cdA GENERAL.<\/p>\n<p>4.1. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n del Talento Humano.<\/p>\n<p>4.2. Subdirecci\u00f3n Administrativa.<\/p>\n<p>4.3. Subdirecci\u00f3n Financiera.<\/p>\n<p>5. \u00d3RGANOS DE ASESOR\u00cdA Y COORDINACI\u00d3N.<\/p>\n<p>5.1. Consejo Asesor de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>5.2. Comisi\u00f3n de Carrera Administrativa.<\/p>\n<p>5.3. Comisi\u00f3n de Personal.<\/p>\n<p>5.4. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno.<\/p>\n<p>5.5. Comit\u00e9 de Conciliaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Direcci\u00f3n de la Defensor\u00eda. La direcci\u00f3n de la Defensor\u00eda del Pueblo estar\u00e1 a cargo del Defensor del Pueblo, quien la ejercer\u00e1 con la inmediata colaboraci\u00f3n del Vicedefensor.<\/p>\n<p>\u00a0CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p>Despacho del Defensor del Pueblo<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Despacho Defensor del Pueblo. Adem\u00e1s de las se\u00f1aladas en el art\u00edculo 282 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, son funciones del Defensor del Pueblo, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Definir las pol\u00edticas, impartir los lineamientos, directrices y adoptar los reglamentos y dem\u00e1s mecanismos necesarios para el eficiente y eficaz funcionamiento de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar, dirigir y adoptar, con el Procurador General de la Naci\u00f3n, las pol\u00edticas de promoci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de los Derechos Humanos en el pa\u00eds, en orden a tutelarlos y defenderlos.<\/p>\n<p>3. Hacer las recomendaciones y observaciones a las autoridades y a los particulares en caso de amenaza o violaci\u00f3n a los Derechos Humanos y velar por su promoci\u00f3n y ejercicio. El Defensor podr\u00e1 hacer p\u00fablicas tales recomendaciones e informar al Congreso sobre la respuesta recibida.<\/p>\n<p>4. Impartir los lineamientos para adelantar diagn\u00f3sticos, de alcance general, sobre situaciones econ\u00f3micas, sociales, culturales, jur\u00eddicas y pol\u00edticas que tengan impacto en los Derechos Humanos.<\/p>\n<p>5. Impartir las directrices para instar a las organizaciones privadas para que se abstengan de desconocer un derecho.<\/p>\n<p>6. Difundir el conocimiento de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia, especialmente los derechos fundamentales, sociales, econ\u00f3micos, culturales, colectivos y del ambiente.<\/p>\n<p>7. Dirigir y coordinar el Sistema Nacional de Defensor\u00eda P\u00fablica.<\/p>\n<p>8. Impartir los lineamientos para adelantar las estrategias y acciones que se requieran para garantizar los derechos de los sujetos de especial protecci\u00f3n constitucional.<\/p>\n<p>9. Demandar, impugnar, insistir o defender ante la Corte Constitucional, de oficio o a solicitud de cualquier persona y cuando fuere procedente, normas relacionadas con los Derechos Humanos.<\/p>\n<p>10. Interponer acciones p\u00fablicas en defensa de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, de la ley, del inter\u00e9s general y de los particulares, ante cualquier jurisdicci\u00f3n, servidor p\u00fablico o autoridad.<\/p>\n<p>11. Ser mediador de las peticiones colectivas formuladas por organizaciones c\u00edvicas o populares frente a la administraci\u00f3n p\u00fablica, cuando aquellas lo demanden.<\/p>\n<p>12. Ser mediador entre los usuarios y las empresas p\u00fablicas o privadas que presten servicios p\u00fablicos, cuando aquellas lo demanden, en defensa de los derechos que se presuman violados.<\/p>\n<p>13. Impartir las directrices para el tr\u00e1mite de las peticiones allegadas a la Entidad por violaci\u00f3n o amenaza de Derechos Humanos.<\/p>\n<p>14. Impartir las directrices para la administraci\u00f3n del Registro P\u00fablico Centralizado de las Acciones Populares y de las Acciones de Grupo que se interpongan en el pa\u00eds.<\/p>\n<p>15. Adoptar los protocolos humanitarios que deben seguir los servidores y contratistas de la Defensor\u00eda del Pueblo, en el cumplimiento de sus funciones.<\/p>\n<p>16. Presentar anualmente al Congreso de la Rep\u00fablica un informe sobre sus actividades, en el que se incluir\u00e1 una relaci\u00f3n del tipo y n\u00famero de las peticiones recibidas, de las medidas tomadas para su atenci\u00f3n y tr\u00e1mite, de la menci\u00f3n expresa de los funcionarios renuentes o de los particulares comprometidos y de las recomendaciones de car\u00e1cter administrativo y legislativo que considere necesarias.<\/p>\n<p>17. Apoyar al Procurador General en la elaboraci\u00f3n de informes sobre la situaci\u00f3n de Derechos Humanos en el pa\u00eds.<\/p>\n<p>18. Participar en las reuniones mensuales que realice la Comisi\u00f3n de los Derechos Humanos, en las audiencias del Congreso de la Rep\u00fablica, y en la celebraci\u00f3n de audiencias especiales, con el fin de establecer pol\u00edticas en conjunto y de manera coordinada en defensa de los Derechos Humanos, de acuerdo con lo prescrito en el Reglamento del Congreso.<\/p>\n<p>19. Rendir informes peri\u00f3dicos a la opini\u00f3n p\u00fablica sobre el resultado de las investigaciones adelantadas por la Defensor\u00eda del Pueblo y denunciar p\u00fablicamente el desconocimiento de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario.<\/p>\n<p>20. Impartir las directrices para la definici\u00f3n y dise\u00f1o de los mecanismos necesarios para establecer comunicaci\u00f3n permanente y compartir informaci\u00f3n con las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales, de protecci\u00f3n y defensa de los Derechos Humanos, as\u00ed como articular las acciones con dichas organizaciones.<\/p>\n<p>21. Celebrar convenios con establecimientos educativos y de investigaciones nacionales e internacionales, para la divulgaci\u00f3n y promoci\u00f3n de los Derechos Humanos.<\/p>\n<p>22. Celebrar los contratos y expedir los actos administrativos que se requieran para el funcionamiento de la Entidad, as\u00ed como llevar su representaci\u00f3n legal y judicial, para lo cual podr\u00e1 otorgar los poderes o mandatos que fueren necesarios.<\/p>\n<p>23. Ejercer la ordenaci\u00f3n del gasto de la Entidad, de conformidad con la Constituci\u00f3n y la ley.<\/p>\n<p>24. Conocer en segunda instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores y exfuncionarios de la Entidad.<\/p>\n<p>25. Crear, organizar y conformar mediante resoluci\u00f3n interna y con car\u00e1cter permanente o transitorio grupos internos de trabajo y comit\u00e9s internos para atender las necesidades del servicio y el cumplimiento oportuno, eficiente y eficaz de los objetivos, pol\u00edticas y programas de la Entidad, indicando las actividades que deban cumplir y los responsables de las mismas.<\/p>\n<p>26. Nombrar y remover los servidores de la Entidad, as\u00ed como definir sus situaciones administrativas.<\/p>\n<p>27. Dirigir la acci\u00f3n administrativa y coordinar las labores de las diferentes dependencias que conforman la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>28. Dirigir la implementaci\u00f3n del modelo integrado de gesti\u00f3n institucional.<\/p>\n<p>29. Realizar las actuaciones necesarias que permitan el ejercicio del control interno y control interno disciplinario, supervisar su efectividad y la observancia de sus recomendaciones.<\/p>\n<p>30. Las dem\u00e1s que le sean asignadas en la ley.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. El Defensor del Pueblo podr\u00e1 delegar sus funciones, salvo la de presentar informes anuales al Congreso de la Rep\u00fablica, en el Vicedefensor, el Secretario General, los Directores Nacionales, los Defensores Delegados, los Defensores Regionales, los Personeros Municipales y los dem\u00e1s empleados de su dependencia del nivel directivo o asesor.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Cuando lo considere necesario, el Defensor del Pueblo podr\u00e1 asumir directamente o por medio de un delegado especial cualquiera de las funciones asignadas por ley a otros funcionarios del nivel directivo o del nivel asesor de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Oficina de Asuntos Internacionales. Son funciones de la Oficina de Asuntos Internacionales, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Asesorar al Defensor del Pueblo en el desarrollo de las pol\u00edticas, lineamientos y acciones derivadas de las relaciones con organismos internacionales en el marco de la cooperaci\u00f3n internacional o relaciones bilaterales y de conformidad con la Constituci\u00f3n y la ley.<\/p>\n<p>2. Asesorar al Defensor del Pueblo en la definici\u00f3n de la pol\u00edtica y dise\u00f1o de los mecanismos relativos al intercambio de informaci\u00f3n con otros pa\u00edses u organismos internacionales en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.<\/p>\n<p>3. Hacer seguimiento y an\u00e1lisis de los informes y recomendaciones que en materia de Derechos Humanos presenten al Estado Colombiano los organismos internacionales.<\/p>\n<p>4. Asesorar al Defensor del Pueblo en la definici\u00f3n de pol\u00edticas para la atenci\u00f3n y el seguimiento de situaciones de vulneraci\u00f3n de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de los colombianos en el exterior.<\/p>\n<p>5. Orientar y asesorar a los colombianos en el exterior, bajo los lineamientos que imparta el Defensor del Pueblo, en los asuntos relacionados con la garant\u00eda y protecci\u00f3n de derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario.<\/p>\n<p>6. Recibir las quejas o denuncias acerca de violaciones de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario de colombianos en el exterior, dar el respectivo tr\u00e1mite ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, hacer seguimiento y llevar el registro de la gesti\u00f3n realizada.<\/p>\n<p>7. Identificar y promover el intercambio de experiencias nacionales e internacionales en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario que coadyuven al cumplimiento de la misi\u00f3n institucional,<\/p>\n<p>8. Identificar los escenarios internacionales que tengan incidencia en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, en los cuales deba participar o actuar la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>9. Articular con las entidades que conforman el Ministerio P\u00fablico y con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia, el desarrollo de los programas, planes y proyectos que se adelantan en el marco de la cooperaci\u00f3n para la promoci\u00f3n y la protecci\u00f3n de los Derechos Humanos.<\/p>\n<p>10. Gestionar, bajo los lineamientos del Defensor del Pueblo y la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia, la cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica internacional con los distintos gobiernos y agencias internacionales, para el desarrollo de programas, proyectos o actividades que adelanta la Entidad.<\/p>\n<p>11. Actuar como \u00f3rgano de enlace y referencia ante los organismos e instancias internacionales en los asuntos de competencia de la Defensor\u00eda del Pueblo y apoyar el mantenimiento de las relaciones de la Entidad con las mismas.<\/p>\n<p>12. Canalizar los requerimientos de las diferentes dependencias de la Entidad, en temas relacionados con cooperaci\u00f3n internacional, asesorarlas y brindarles el acompa\u00f1amiento que se requiera en esta materia.<\/p>\n<p>13. Elaborar e implementar los planes anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Ofi cina de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional. Son funciones de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Asesorar al Defensor del Pueblo, en la definici\u00f3n de pol\u00edticas, estrategias, planes programas y proyectos de comunicaci\u00f3n interna y externa.<\/p>\n<p>2. Asesorar al Defensor del Pueblo y las dem\u00e1s dependencias de la Entidad en la promoci\u00f3n, posicionamiento y el fortalecimiento de la imagen institucional.<\/p>\n<p>3. Dirigir y hacer seguimiento a los procesos de comunicaci\u00f3n institucional internos y externos, y de relacionamiento estrat\u00e9gico para la divulgaci\u00f3n de la informaci\u00f3n a nivel regional, nacional e internacional.<\/p>\n<p>4. Dirigir bajo los criterios y lineamientos del Defensor del Pueblo, las relaciones de la Entidad con los medios de comunicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar y ejecutar el plan de comunicaciones interna, externa e informativa de la Entidad.<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar y difundir la imagen institucional de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>7. Asesorar al Defensor del Pueblo para generar espacios para potencializar la imagen institucional.<\/p>\n<p>8. Dirigir la implementaci\u00f3n de estrategias que en materia de comunicaci\u00f3n, apoyen la pol\u00edtica de atenci\u00f3n de los usuarios de la Entidad, a nivel regional y nacional.<\/p>\n<p>9. Apoyar el proceso de capacitaci\u00f3n, conocimiento y aprendizaje de los usuarios acerca de las funciones, objetivos y servicios de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>10. \u00a0Dise\u00f1ar y administrar los contenidos de la p\u00e1gina web, as\u00ed como administrar las redes sociales y dem\u00e1s canales de comunicaci\u00f3n con que cuente la Entidad, seg\u00fan las directrices de Gobierno en L\u00ednea.<\/p>\n<p>11. \u00a0Definir el protocolo para la log\u00edstica de los eventos y actividades institucionales.<\/p>\n<p>12. \u00a0Monitorear y analizar permanentemente la informaci\u00f3n generada por los medios de comunicaci\u00f3n y preparar informes a los que haya lugar.<\/p>\n<p>13. Elaborar e implementar los planes anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Ofi cina de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. \u00a0Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Planear, dise\u00f1ar, dirigir y organizar los planes, m\u00e9todos, procedimientos y mecanismos de la verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del sistema de control interno de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>2. Proponer al Defensor del Pueblo las pol\u00edticas, directrices y m\u00e9todos para el desarrollo y sostenimiento del Sistema de Control Interno en la Entidad y promover su conocimiento y aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar y desarrollar programas de auditor\u00eda de conformidad con la naturaleza objeto de evaluaci\u00f3n, formulando las observaciones y recomendaciones integrales de gesti\u00f3n institucional teniendo en cuenta el Sistema de Gesti\u00f3n de la Calidad y el Modelo Est\u00e1ndar de Control Interno.<\/p>\n<p>4. Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, los bienes y los sistemas de informaci\u00f3n de la Defensor\u00eda del Pueblo y recomendar las acciones preventivas y correctivas que sean necesarias.<\/p>\n<p>5. Asesorar y aconsejar a las dependencias de la Defensor\u00eda del Pueblo en la adopci\u00f3n de indicadores y acciones de mejoramiento que surjan de las recomendaciones de los entes externos de control.<\/p>\n<p>6. Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la Entidad se cumplan por parte de los responsables de su ejecuci\u00f3n y aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Evaluar los procesos, m\u00e9todos y procedimientos establecidos en la Defensor\u00eda del Pueblo y recomendar al Defensor del Pueblo el mejoramiento o eliminaci\u00f3n de aquellos que puedan ser factor de ineficiencia o ineficacia.<\/p>\n<p>8. Gestionar las acciones para que la Defensor\u00eda del Pueblo cumpla las pautas de dise\u00f1o y actualizaci\u00f3n de los procesos y procedimientos, requisitos, funciones y formas que requiere el funcionamiento de la misma, con criterios de eficacia, eficiencia, econom\u00eda, celeridad, igualdad, publicidad y oportunidad.<\/p>\n<p>9. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la Defensor\u00eda del Pueblo, generando alertas que permitan a la alta direcci\u00f3n tomar acciones correctivas en la gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Fomentar en la Defensor\u00eda del Pueblo la cultura del autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misi\u00f3n institucional, promoviendo instrumentos institucionales como el C\u00f3digo de \u00c9tica y la implementaci\u00f3n y mantenimiento del Modelo Est\u00e1ndar de Control Interno MECI, adoptando criterios de eficiencia, efectividad, eficacia, transparencia, autorregulaci\u00f3n, autogesti\u00f3n y autocontrol.<\/p>\n<p>11. Evaluar y verificar la aplicaci\u00f3n de los mecanismos de participaci\u00f3n ciudadana.<\/p>\n<p>12. Mantener informados a los directivos acerca del estado del control interno dentro de la Defensor\u00eda del Pueblo, dando cuenta de las debilidades detectadas, de las fallas en su cumplimiento y de las recomendaciones propuestas.<\/p>\n<p>13. Efectuar seguimiento a las acciones implementadas por la Defensor\u00eda del Pueblo en relaci\u00f3n con el fortalecimiento del Sistema de Control Interno e informar al Defensor del Pueblo y a los directivos acerca del estado del mismo.<\/p>\n<p>14. Vigilar que la atenci\u00f3n de quejas y reclamos sobre la prestaci\u00f3n del servicio se preste pronta y adecuadamente, y rendir los informes sobre el particular.<\/p>\n<p>15. Velar por la formulaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n del control de gesti\u00f3n y su sistema de evaluaci\u00f3n, as\u00ed como hacer seguimiento a los planes de mejoramiento.<\/p>\n<p>16. Promover la implementaci\u00f3n de acciones preventivas y correctivas en la gesti\u00f3n de la Defensor\u00eda del Pueblo, evaluando la efectividad de las mismas y verificar su cumplimiento.<\/p>\n<p>17. Verificar, dentro de la autonom\u00eda de la Defensor\u00eda del Pueblo, la aplicaci\u00f3n y cumplimiento de las medidas que adopte el Gobierno Nacional sobre lucha contra la corrupci\u00f3n, racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites y austeridad del gasto, entre otras materias, con el fi n de contribuir al mejoramiento y eficiencia en la gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>18. Acompa\u00f1ar y asesorar a las diferentes dependencias de la Defensor\u00eda del Pueblo en la implementaci\u00f3n y desarrollo del proceso de administraci\u00f3n del riesgo y realizar la evaluaci\u00f3n y seguimiento del mismo.<\/p>\n<p>19. Poner en conocimiento de los organismos competentes, la comisi\u00f3n de hechos presuntamente irregulares de los que conozca en desarrollo de sus funciones.<\/p>\n<p>20. Publicar un informe pormenorizado del estado de control interno de la Defensor\u00eda del Pueblo en la p\u00e1gina web de la Entidad, de acuerdo con la Ley 1474 de 2011 y en las normas que la modifiquen o adicionen.<\/p>\n<p>21. Preparar los informes que por ley y otras disposiciones debe presentar a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica como a otros organismos que los requieran.<\/p>\n<p>22. Elaborar e implementar los planes anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Oficina de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>23. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>24. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Oficina de Control Interno Disciplinario. Son funciones de la Oficina de Control Interno Disciplinario, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Conocer, instruir y fallar en primera instancia los procesos o actuaciones disciplinarias que se adelanten contra los servidores y exservidores de la Entidad.<\/p>\n<p>2. Llevar los archivos y registros actualizados de las investigaciones disciplinarias que se adelanten contra los servidores y exservidores de la Defensor\u00eda del Pueblo, e informar a la Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n del Talento Humano para la toma de decisiones administrativas a que haya lugar.<\/p>\n<p>3. Coordinar las pol\u00edticas, planes y programas de prevenci\u00f3n y orientaci\u00f3n que minimicen la ocurrencia de conductas disciplinables.<\/p>\n<p>4. Fijar procedimientos operativos para garantizar que los procesos disciplinarios se desarrollen dentro de los principios legales, de econom\u00eda, celeridad, eficacia, imparcialidad y publicidad, para salvaguardar el derecho a la defensa y el debido proceso.<\/p>\n<p>5. Informar a la Divisi\u00f3n de Registro y Control de Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, sobre la imposici\u00f3n de sanciones a los servidores p\u00fablicos de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>6. Informar a los organismos de vigilancia y control, la comisi\u00f3n de hechos presuntamente irregulares conocidos con ocasi\u00f3n del proceso disciplinario.<\/p>\n<p>7. Elaborar e implementar los planes anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Ofi cina de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Oficina Jur\u00eddica. Son funciones de la Oficina Jur\u00eddica, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Representar a la Defensor\u00eda del Pueblo, mediante poder conferido por el Defensor del Pueblo o por quien este delegue, en los procesos judiciales, extrajudiciales, prejudiciales y administrativos en que sea parte la entidad.<\/p>\n<p>2. Asesorar a las dependencias de la Defensor\u00eda del Pueblo en asuntos jur\u00eddicos, analizar y emitir los conceptos a que haya lugar.<\/p>\n<p>3. Revisar en los aspectos jur\u00eddicos los documentos asignados por el Despacho del Defensor del Pueblo.<\/p>\n<p>4. Dirigir, coordinar, asesorar y realizar las acciones necesarias para dar cumplimiento a las sentencias y conciliaciones y expedir los actos administrativos para su reconocimiento y pago.<\/p>\n<p>5. Mantener la unidad de criterio jur\u00eddico en la entidad en la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de la ley para la prevenci\u00f3n del da\u00f1o antijur\u00eddico y la seguridad jur\u00eddica de la Entidad.<\/p>\n<p>6. Dirigir la compilaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de la jurisprudencia, doctrina y las disposiciones legales que regulan las funciones de la Entidad, con el fin de velar por su adecuada difusi\u00f3n y aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Impartir los lineamientos de representaci\u00f3n judicial y prevenci\u00f3n del da\u00f1o antijur\u00eddico para la Defensor\u00eda del Pueblo, as\u00ed como velar por su cumplimiento.<\/p>\n<p>8. Gestionar, la recuperaci\u00f3n de dinero, bienes muebles e inmuebles a favor de la Entidad, a trav\u00e9s del proceso coactivo.<\/p>\n<p>9. Atender las tutelas y los derechos de petici\u00f3n sobre asuntos jur\u00eddicos, en coordinaci\u00f3n con las instancias respectivas y orientar a las dependencias de la Entidad en la resoluci\u00f3n de los mismos.<\/p>\n<p>10. Elaborar e implementar los planes anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Ofi cina de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>11. \u00a0Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Oficina de Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina de Planeaci\u00f3n, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Dirigir, administrar y promover el desarrollo, implementaci\u00f3n y sostenibilidad del proceso de planeaci\u00f3n de la Entidad.<\/p>\n<p>2. Asesorar y apoyar al Defensor del Pueblo en el dise\u00f1o, formulaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas, estrategias, planes, programas y proyectos institucionales para el efectivo cumplimiento de las funciones de la Entidad.<\/p>\n<p>3. Asesorar al Defensor del Pueblo en la elaboraci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico Institucional, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias.<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar y validar los indicadores de gesti\u00f3n y resultados para el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los diferentes programas, proyectos y planes de acci\u00f3n y hacer el seguimiento a trav\u00e9s de los sistemas establecidos para el efecto, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias.<\/p>\n<p>5. Asesorar a las dependencias internas en la racionalizaci\u00f3n de los procesos y procedimientos de la Entidad.<\/p>\n<p>6. Elaborar, consolidar y presentar el anteproyecto de presupuesto, y el plan plurianual de inversi\u00f3n de la Defensor\u00eda del Pueblo, en coordinaci\u00f3n con la Secretaria General y las dem\u00e1s dependencias de la Entidad y someterlas a aprobaci\u00f3n del Defensor del Pueblo.<\/p>\n<p>7. Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n presupuestal de los planes, programas, proyectos de inversi\u00f3n y tramitar la viabilidad de las modificaciones presupuestales que se realicen al presupuesto de inversi\u00f3n, ante el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>8. Asesorar y apoyar a las dependencias de la Defensor\u00eda del Pueblo en la elaboraci\u00f3n de los proyectos de inversi\u00f3n y viabilizarlos, sin perjuicio de la fuente de financiaci\u00f3n.<\/p>\n<p>9. Apoyar la gesti\u00f3n estrat\u00e9gica y operativa de las dependencias de la Defensor\u00eda del Pueblo, as\u00ed como en el dise\u00f1o de los planes de mejoramiento institucional necesarios.<\/p>\n<p>10. \u00a0Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de la Entidad y elaborar informes de seguimiento y propuestas de ajustes a los mismos.<\/p>\n<p>11. \u00a0Dirigir, coordinar y hacer el seguimiento a la recopilaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n, an\u00e1lisis y divulgaci\u00f3n de la informaci\u00f3n estad\u00edstica generada por los diferentes procesos de la instituci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con las dependencias competentes.<\/p>\n<p>12. \u00a0Dise\u00f1ar, implementar, mantener y mejorar el Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional.<\/p>\n<p>13. \u00a0Dise\u00f1ar y actualizar el plan anticorrupci\u00f3n y de atenci\u00f3n al ciudadano para la aprobaci\u00f3n del Defensor del Pueblo y coordinar su implementaci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. \u00a0Elaborar y actualizar en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias, los manuales de procesos y procedimientos y dem\u00e1s herramientas de gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>15. \u00a0Elaborar estudios, propuestas e investigaciones de car\u00e1cter econ\u00f3mico y financiero para mejorar la calidad de los servicios que presta la Entidad.<\/p>\n<p>16. \u00a0Liderar la elaboraci\u00f3n de propuestas sobre la organizaci\u00f3n estructural y funcional de la Entidad que propendan por su modernizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>17. \u00a0Consolidar la informaci\u00f3n y resultados de la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas de desarrollo administrativo e informar de los mismos a la alta direcci\u00f3n de la Entidad.<\/p>\n<p>18. \u00a0Formular y ejecutar los planes de acci\u00f3n de la dependencia, de acuerdo con la naturaleza, objetivo y funciones de la Entidad.<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III<\/p>\n<p>Despacho del Vicedefensor del Pueblo<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Despacho del Vicedefensor del Pueblo. Son funciones del Despacho del Vicedefensor, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Asesorar al Defensor del Pueblo en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos de la Entidad.<\/p>\n<p>2. Dirigir, liderar y coordinar la gesti\u00f3n de las dependencias misionales de la Entidad adscritas a su Despacho, bajo los lineamientos y directrices impartidos por el Defensor del Pueblo y las pol\u00edticas institucionales.<\/p>\n<p>3. Cumplir las funciones y competencias que le haya delegado el Defensor del Pueblo y representarlo en las actuaciones en que haya sido designado.<\/p>\n<p>4. Reemplazar al Defensor del Pueblo en sus ausencias temporales o definitivas. En las ausencias temporales no se requerir\u00e1 de designaci\u00f3n especial, si se trata de ausencia definitiva, incluido el vencimiento del periodo, ejercer\u00e1 el cargo hasta cuando la C\u00e1mara de Representantes elija uno en propiedad, seg\u00fan el procedimiento establecido en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y este tome posesi\u00f3n del mismo.<\/p>\n<p>5. Tramitar, resolver y decidir los asuntos en los que el Defensor del Pueblo se le haya aceptado el impedimento o la recusaci\u00f3n para conocer de los mismos.<\/p>\n<p>6. Actuar ante el Congreso de la Rep\u00fablica y las altas cortes a nombre de la Entidad, cuando as\u00ed lo disponga el Defensor del Pueblo.<\/p>\n<p>7. Aplicar e implementar las pol\u00edticas, protocolos, directivas, lineamientos y orientaciones del Defensor del Pueblo, y verifi car su implementaci\u00f3n y cumplimiento en las \u00e1reas misionales.<\/p>\n<p>8. Coordinar las actividades que desarrolle la Defensor\u00eda del Pueblo, conjuntamente con las dem\u00e1s instituciones que conforman el Ministerio P\u00fablico, o con instituciones p\u00fablicas o privadas en materia de competencia de la Entidad.<\/p>\n<p>9. Coordinar la elaboraci\u00f3n del informe anual de gesti\u00f3n que debe presentar el Defensor del Pueblo al Congreso de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>10. \u00a0Impartir los lineamientos para dise\u00f1ar, actualizar y ejecutar los programas de capacitaci\u00f3n y formaci\u00f3n para los actores relevantes en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.<\/p>\n<p>11. Establecer con el Ministerio de Educaci\u00f3n y con las distintas entidades o escuelas de formaci\u00f3n, el desarrollo e implementaci\u00f3n de programas o actividades para la ense\u00f1anza de los fundamentos de la democracia y de los Derechos Humanos y de la observancia del Derecho Internacional Humanitario.<\/p>\n<p>12. Dirigir la realizaci\u00f3n de investigaciones que contribuyan al cumplimiento de los objetivos y funciones de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>13. Impartir los lineamientos para impulsar la participaci\u00f3n, el control social y ejercicio de veedur\u00edas ciudadanas.<\/p>\n<p>14. Impartir las directrices para la formaci\u00f3n de las v\u00edctimas en el ejercicio de sus derechos.<\/p>\n<p>15. Impartir las directrices para el ejercicio de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de las Mesas Departamentales y Mesa Nacional de Participaci\u00f3n de las V\u00edctimas, de conformidad con lo dispuesto en la ley.<\/p>\n<p>16. Impartir los lineamientos y directrices para la elaboraci\u00f3n de los informes, intervenciones y estad\u00edsticas que la Entidad, por orden legal, deba presentar a los diferentes organismos.<\/p>\n<p>17. Impartir los lineamientos para dise\u00f1ar un sistema integrado de informaci\u00f3n de estad\u00edstica de la Defensor\u00eda del Pueblo en procura del cumplimiento de su misi\u00f3n.<\/p>\n<p>18. Dise\u00f1ar, orientar y difundir los protocolos humanitarios que deben seguir los servidores y contratistas de la Entidad en el cumplimiento de sus funciones y proponerlos para su adopci\u00f3n por parte del Defensor del Pueblo.<\/p>\n<p>19. Coordinar con las entidades y autoridades competentes la definici\u00f3n de protocolos y programas para la protecci\u00f3n y seguridad de los servidores y contratistas de la Defensor\u00eda del Pueblo y sus familias, que tienen asignadas funciones de garant\u00eda y protecci\u00f3n de los Derechos Humanos.<\/p>\n<p>20. Elaborar e implementar los planes anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Oficina de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>21 Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>22. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Para ser Vicedefensor del Pueblo se deber\u00e1n cumplir las mismas calidades del Defensor del Pueblo. El Vicedefensor del Pueblo tendr\u00e1 el mismo r\u00e9gimen de inhabilidades e incompatibilidades que se establece para el Defensor del Pueblo.<\/p>\n<p>\u00a0CAP\u00cdTULO IV<\/p>\n<p>Defensor\u00edas Delegadas<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13 \u00a0Defensor\u00edas Delegadas. Son funciones de las Defensor\u00edas Delegadas, dentro del \u00e1mbito de su competencia, las siguientes:<\/p>\n<p>1. \u00a0Impartir las l\u00edneas de acci\u00f3n para la atenci\u00f3n especializada en la Defensor\u00eda del Pueblo tanto a nivel regional como nacional, bajo las directrices del Defensor del Pueblo y Vicedefensor.<\/p>\n<p>2. \u00a0Velar por el respeto y ejercicio de los Derechos Humanos y la observancia del Derecho Internacional Humanitario y adelantar las acciones y estrategias que se requieran para el efecto.<\/p>\n<p>3. \u00a0Adelantar las acciones y estrategias que se requieran para la protecci\u00f3n de los derechos de los sujetos de especial protecci\u00f3n constitucional, bajo los lineamientos del Defensor del Pueblo.<\/p>\n<p>4. \u00a0Presentar las recomendaciones y observaciones a las autoridades y a los particulares, en caso de amenaza o violaci\u00f3n de los Derechos Humanos y la inobservancia del Derecho Internacional Humanitario.<\/p>\n<p>5. \u00a0Adelantar las investigaciones de oficio o a petici\u00f3n de parte, sobre las presuntas violaciones de los Derechos Humanos y la inobservancia del Derecho Internacional Humanitario y rendir los informes sobre el resultado de las mismas al Defensor del Pueblo.<\/p>\n<p>6. \u00a0Presentar al Defensor del Pueblo informes sobre la situaci\u00f3n de Derechos Humanos en el pa\u00eds.<\/p>\n<p>7. Impartir, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n Nacional de Atenci\u00f3n y Tr\u00e1mite de Quejas, las directrices para que la gesti\u00f3n de la Defensor\u00eda del Pueblo se realice con enfoque diferencial.<\/p>\n<p>8. Realizar diagn\u00f3sticos de alcance general sobre situaciones econ\u00f3micas, sociales, culturales, jur\u00eddicas y pol\u00edticas, que tengan impacto en los Derechos Humanos.<\/p>\n<p>9. Instar a las organizaciones privadas para que se abstengan de desconocer los Derechos Humanos, bajo los lineamientos y directrices impartidas por el Defensor del Pueblo y el Vicedefensor, para garantizar el respeto de los Derechos Humanos.<\/p>\n<p>10. Dise\u00f1ar los mecanismos que permitan la comunicaci\u00f3n permanente y compartir informaci\u00f3n que no goce de reserva, con las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales nacionales e internacionales de protecci\u00f3n y defensa de los Derechos Humanos, de conformidad con los lineamientos impartidos por el Defensor del Pueblo.<\/p>\n<p>11. Mediar en las peticiones colectivas formuladas por organizaciones c\u00edvicas o populares frente a la administraci\u00f3n p\u00fablica, cuando aquellas lo demanden y entre los usuarios y las empresas p\u00fablicas o privadas que presten servicios p\u00fablicos, bajo lineamientos del Defensor del Pueblo y el Vicedefensor, de conformidad con su naturaleza y relevancia.<\/p>\n<p>12. Elaborar los informes, recomendaciones y observaciones que frente a la violaci\u00f3n o amenaza de los Derechos Humanos e inobservancia del Derecho Internacional Humanitario, le corresponda presentar al Defensor del Pueblo.<\/p>\n<p>13. Elaborar e implementar los planes anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Oficina de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que les se\u00f1ale la ley y el Defensor del Pueblo, de acuerdo con su naturaleza.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Defensor del Pueblo determinar\u00e1 y organizar\u00e1 las Defensor\u00edas Delegadas de la Defensor\u00eda del Pueblo por materias, para el estudio y defensa de determinados derechos, de acuerdo con las necesidades del servicio y sin establecer a cargo del tesoro p\u00fablico obligaciones que excedan el monto global fijado para el respectivo servicio en la ley de apropiaciones.<\/p>\n<p>\u00a0CAP\u00cdTULO V<\/p>\n<p>\u00a0Direcciones Nacionales<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Direcci\u00f3n Nacional de Promoci\u00f3n y Divulgaci\u00f3n de los Derechos Humanos. Son funciones de la Direcci\u00f3n Nacional de Promoci\u00f3n y Divulgaci\u00f3n de los Derechos Humanos, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar e implementar mecanismos para la promoci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de los Derechos Humanos, conforme a los programas, planes y actividades de la Entidad, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional.<\/p>\n<p>2. Impartir los lineamientos para el desarrollo de las actividades en materia de promoci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario y la participaci\u00f3n para la incidencia en pol\u00edticas p\u00fablicas.<\/p>\n<p>3. Promover campa\u00f1as para el respeto de los Derechos Humanos y la observancia del Derecho Internacional Humanitario a nivel regional y nacional.<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar y proponer, en coordinaci\u00f3n con el Despacho del Vicedefensor, el material pedag\u00f3gico para el desarrollo de la labor educativa en materia de Derechos Humanos.<\/p>\n<p>5. Elaborar y adaptar el material que se requiera para la divulgaci\u00f3n de los Derechos Humanos con enfoque diferencial.<\/p>\n<p>6. Hacer seguimiento al desarrollo e implementaci\u00f3n de los programas o actividades para la ense\u00f1anza de los fundamentos de la democracia y de los Derechos Humanos y de la observancia del Derecho Internacional Humanitario, que se hayan coordinado con el Ministerio de Educaci\u00f3n o con las distintas entidades o escuelas de formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar, actualizar y ejecutar los programas de capacitaci\u00f3n y formaci\u00f3n para los actores relevantes en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.<\/p>\n<p>8. Realizar eventos de divulgaci\u00f3n y difusi\u00f3n de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario en las entidades estatales, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional.<\/p>\n<p>9. Impulsar la participaci\u00f3n, el control social y ejercicio de veedur\u00edas ciudadanas, de conformidad con los lineamientos impartidos por el Defensor del Pueblo y el Vicedefensor.<\/p>\n<p>10. \u00a0Ejecutar las acciones de formaci\u00f3n de las v\u00edctimas para la participaci\u00f3n e incidencia en la pol\u00edtica p\u00fablica y para el ejercicio de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de las Mesas Departamentales y Mesa Nacional de Participaci\u00f3n de las V\u00edctimas, de conformidad con lo dispuesto en la ley.<\/p>\n<p>11. \u00a0Dirigir y coordinar los procedimientos para la elaboraci\u00f3n de las publicaciones de la Entidad, conservando la coherencia de la doctrina defensorial, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional.<\/p>\n<p>12. Organizar y mantener actualizado el Centro de Documentaci\u00f3n de Derechos Humanos de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>13. Apoyar la elaboraci\u00f3n de la l\u00ednea editorial y la impresi\u00f3n de las publicaciones de la Defensor\u00eda del Pueblo, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional.<\/p>\n<p>14. Elaborar e implementar los planes anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Oficina de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>15. \u00a0Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>16. \u00a0Las dem\u00e1s que le asigne la ley o el Defensor del Pueblo de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Direcci\u00f3n Nacional de Atenci\u00f3n y Tr\u00e1mite de Quejas. Son funciones de la Direcci\u00f3n Nacional de Atenci\u00f3n y Tr\u00e1mite de Quejas, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Dirigir el tr\u00e1mite de las solicitudes y quejas allegadas a la Entidad por violaci\u00f3n o amenaza de Derechos Humanos y, abogar por la soluci\u00f3n del objeto de las mismas ante las autoridades y los particulares, de manera inmediata y oportuna.<\/p>\n<p>2. Hacer seguimiento al proceso adelantado por las Defensor\u00edas Regionales para la atenci\u00f3n de las solicitudes y quejas por violaci\u00f3n o amenaza de Derechos Humanos y hacer las recomendaciones a que haya lugar.<\/p>\n<p>3. Proyectar los informes, recomendaciones y observaciones que frente a violaci\u00f3n o amenaza de Derechos Humanos corresponda presentar al Defensor del Pueblo, conservando la coherencia de una doctrina defensorial unificada, en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>4. Dirigir la elaboraci\u00f3n de los esquemas y protocolos de atenci\u00f3n general y especializada, con enfoque diferencial, para el desarrollo del proceso de atenci\u00f3n y tr\u00e1mite de las solicitudes y quejas, en coordinaci\u00f3n con las otras dependencias de la Entidad.<\/p>\n<p>5. Velar, en coordinaci\u00f3n con las entidades o instancias competentes, por la defensa de los Derechos Humanos en las entidades p\u00fablicas y privadas, especialmente en los establecimientos carcelarios, judiciales de polic\u00eda y de internaci\u00f3n siqui\u00e1trica, a fin que la poblaci\u00f3n vulnerable sea tratada con el respeto debido a su dignidad, no sea sometida a tratos crueles, degradantes e inhumanos y tenga oportuna asistencia jur\u00eddica, m\u00e9dica y hospitalaria.<\/p>\n<p>6. Llevar el registro y clasificar las solicitudes y quejas que recibe la Entidad por vulneraci\u00f3n de los Derechos Humanos, con el fin de identificar las entidades que m\u00e1s vulneran derechos, el derecho m\u00e1s vulnerado y el sujeto m\u00e1s afectado, a efectos de hacer las recomendaciones a que haya lugar.<\/p>\n<p>7. Ejercer, en coordinaci\u00f3n con las Defensor\u00edas Regionales, el manejo y mediaci\u00f3n de los diversos conflictos de la sociedad, en aplicaci\u00f3n de los protocolos establecidos por la Entidad.<\/p>\n<p>8. Elaborar e implementar los planes anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Oficina de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>9. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>10. \u00a0Las dem\u00e1s que le asigne la ley o el Defensor del Pueblo de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Direcci\u00f3n Nacional de Recursos y Acciones Judiciales. Son funciones de la Direcci\u00f3n Nacional de Recursos y Acciones Judiciales, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Impartir las directrices para la interposici\u00f3n de la acci\u00f3n de tutela, el derecho de h\u00e1beas corpus, las acciones populares y la acci\u00f3n p\u00fablica de inconstitucionalidad en los t\u00e9rminos establecidos en la ley, en el ejercicio de las competencias asignadas a la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>2. Impartir las directrices para la intervenci\u00f3n o coadyuvancia en las acciones de tutela, populares y de grupo, en los t\u00e9rminos establecidos en la ley, en el ejercicio de las competencias asignadas a la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>3. Hacer seguimiento a las acciones judiciales y recursos promovidos por la Entidad a nivel regional y nacional y llevar un registro de los mismos.<\/p>\n<p>4. Coordinar la delegaci\u00f3n y asistencia a los Personeros Municipales en materia de acci\u00f3n de tutela, de conformidad con la ley.<\/p>\n<p>5. Asumir las atribuciones y facultades que el C\u00f3digo de Procedimiento Penal y otros estatutos especiales le otorgan al Defensor del Pueblo dentro de los procesos respectivos.<\/p>\n<p>6. Proyectar las demandas, impugnaciones, recursos de insistencias o defensas ante la Corte Constitucional de las normas directamente relacionadas con los derechos constitucionales, en los t\u00e9rminos previstos en la ley, de conformidad con las competencias asignadas a la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>7. Interponer las acciones populares de connotaci\u00f3n nacional, conforme a las directrices del Defensor del Pueblo.<\/p>\n<p>8. Administrar el Registro P\u00fablico Centralizado de las Acciones Populares y de las Acciones de Grupo que se interpongan en el pa\u00eds, previa informaci\u00f3n suministrada por el Juez que conozca de estos procesos.<\/p>\n<p>9. Elaborar e implementar los planes anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Oficina de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. \u00a0Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>11. \u00a0Las dem\u00e1s que le asigne la ley o el Defensor del Pueblo de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Direcci\u00f3n Nacional de Defensor\u00eda P\u00fablica. Son funciones de la Direcci\u00f3n Nacional de Defensor\u00eda P\u00fablica, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Desarrollar, coordinar y supervisar la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas institucionales en materia de prestaci\u00f3n del servicio ofrecido por el Sistema Nacional de Defensor\u00eda P\u00fablica acorde con las pol\u00edticas y criterios establecidos por el Defensor del Pueblo.<\/p>\n<p>2. Dirigir y organizar la conformaci\u00f3n del cuerpo de Defensores P\u00fablicos con abogados titulados de las facultades de derecho legalmente reconocidas en Colombia.<\/p>\n<p>3. Orientar, organizar y evaluar el servicio que presta el Sistema Nacional de Defensor\u00eda P\u00fablica.<\/p>\n<p>4. Realizar la coordinaci\u00f3n entre los diferentes prestadores del servicio, con el fin de lograr una adecuada distribuci\u00f3n de las labores y obtener un eficiente cubrimiento de la demanda del servicio.<\/p>\n<p>5. Supervisar la calidad del servicio, para realizar el seguimiento y an\u00e1lisis continuo de las pol\u00edticas institucionales y de las actividades desarrolladas por los operadores del Sistema Nacional de Defensor\u00eda P\u00fablica.<\/p>\n<p>6. Mantener el registro actualizado de los operadores del sistema y de las personas interesadas en ingresar al mismo.<\/p>\n<p>7. Establecer los criterios y lineamientos para evaluar a los operadores vinculados al Sistema Nacional de Defensor\u00eda P\u00fablica.<\/p>\n<p>8. Impartir las directrices para la formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n a los operadores y profesionales que hacen parte del Sistema Nacional de Defensor\u00eda P\u00fablica.<\/p>\n<p>9. Impartir las directrices para analizar y verificar la situaci\u00f3n jur\u00eddica de los internos en los establecimientos carcelarios y para atender las solicitudes correspondientes en materia del Sistema Nacional de Defensor\u00eda P\u00fablica.<\/p>\n<p>10. Coordinar el registro de la estad\u00edstica general de los procesos atendidos por los abogados y defensores se\u00f1alados en el presente art\u00edculo y el Registro Nacional de Defensores P\u00fablicos bajo las directrices del Defensor del Pueblo.<\/p>\n<p>11. Comunicar a las autoridades competentes las faltas cometidas por los Defensores P\u00fablicos, con excepci\u00f3n de quienes pertenecen a la Planta de Personal.<\/p>\n<p>12. Orientar a los Defensores P\u00fablicos para el eficaz cumplimiento de su funci\u00f3n en los casos que les corresponde asumir.<\/p>\n<p>13. Orientar a los Personeros Municipales para el cumplimiento de las funciones asignadas en el art\u00edculo 25 de la Ley 941 de 2005, con base en los lineamientos impartidos por el Defensor del Pueblo.<\/p>\n<p>14. Atender la reclamaci\u00f3n que presente cualquier persona por irregularidades cometidas por alguno de los operadores del Sistema y darle el tr\u00e1mite correspondiente.<\/p>\n<p>15. Impartir las directrices para verificar las condiciones econ\u00f3micas y sociales del solicitante del servicio o las necesidades del proceso y asignar Defensor P\u00fablico cuando lo encuentre viable de acuerdo con los requisitos exigidos.<\/p>\n<p>16. Realizar investigaciones sobre materias relacionadas con el servicio de defensa p\u00fablica para evaluar la calidad del mismo.<\/p>\n<p>17. Coordinar, controlar y hacer seguimiento a la labor de los investigadores y t\u00e9cnicos que presten el servicio al Sistema Nacional de Defensor\u00eda P\u00fablica.<\/p>\n<p>18. Coordinar, a nivel nacional, la representaci\u00f3n judicial de las v\u00edctimas.<\/p>\n<p>19. Elaborar e implementar los planes anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Oficina de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>20. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>21. \u00a0Las dem\u00e1s que le asigne la ley o el Defensor del Pueblo de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Para los efectos del presente art\u00edculo se entiende por operadores del Sistema Nacional de Defensor\u00eda P\u00fablica los defensores p\u00fablicos vinculados mediante contrato de prestaci\u00f3n de servicios profesionales, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 941 de 2005 y los abogados particulares que intervengan como defensores p\u00fablicos para las excepciones previstas en la citada ley. Tambi\u00e9n har\u00e1n parte del Sistema, los judicantes y los estudiantes de consultorios jur\u00eddicos de las facultades de Derecho que se encuentren vinculados al servicio de defensor\u00eda p\u00fablica de la Entidad, siempre que hayan suscrito contratos o convenios con la Defensor\u00eda del Pueblo. (Nota: Ver Sentencia C-551 de 2019, con relaci\u00f3n a las expresiones subrayadas.).<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. En las Defensor\u00edas Regionales el servicio de defensor\u00eda p\u00fablica se prestar\u00e1 a trav\u00e9s de los grupos y el personal que determine el Defensor del Pueblo y el Director Nacional de Defensor\u00eda P\u00fablica, de acuerdo con los criterios de eficiencia que se establezcan para garantizar el cumplimiento del servicio.<\/p>\n<p>\u00a0CAP\u00cdTULO VI<\/p>\n<p>\u00a0Defensor\u00edas Regionales<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Defensor\u00edas Regionales. Son funciones de las Defensor\u00edas Regionales, dentro de su circunscripci\u00f3n territorial, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Promover y difundir el conocimiento de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia, especialmente los derechos fundamentales, sociales, econ\u00f3micos, culturales colectivos y del medio ambiente.<\/p>\n<p>2. Atender las peticiones de la poblaci\u00f3n en relaci\u00f3n con sus problem\u00e1ticas y abogar por la soluci\u00f3n del objeto de las mismas, bajo los lineamientos de las Direcciones Nacionales y las Defensor\u00edas Delegadas.<\/p>\n<p>3. Mediar en las peticiones colectivas, formuladas por organizaciones c\u00edvicas o populares de la regi\u00f3n, para contribuir a optimizar los servicios de la administraci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>4. Mediar entre los usuarios y las empresas p\u00fablicas o privadas que presten servicios p\u00fablicos, en la defensa de los derechos que se presumen violados.<\/p>\n<p>5. Hacer recomendaciones y observaciones a las autoridades y a los particulares en caso de amenaza o violaci\u00f3n de los Derechos Humanos y velar por su promoci\u00f3n y ejercicio con el fin de garantizar el cumplimiento y efectividad de la acci\u00f3n defensorial.<\/p>\n<p>6. Adelantar las investigaciones de oficio o a petici\u00f3n de parte, sobre las presuntas violaciones de los Derechos Humanos y la inobservancia del Derecho Internacional Humanitario y rendir los informes sobre el resultado de las mismas al Defensor del Pueblo.<\/p>\n<p>7. Mantener comunicaci\u00f3n permanente e informaci\u00f3n con las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales de protecci\u00f3n y defensa de Derechos Humanos en la regional respectiva, bajo los lineamientos y directrices del Defensor del Pueblo.<\/p>\n<p>8. Ejecutar las pol\u00edticas, los procesos, planes, metas, indicadores, programas y proyectos establecidos para la Entidad y adelantar las gestiones necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento.<\/p>\n<p>9. Apoyar y asistir a los Personeros Municipales en la guarda, defensa y promoci\u00f3n de los Derechos Humanos de acuerdo con las pautas y directrices Institucionales.<\/p>\n<p>10. \u00a0Dar posesi\u00f3n a los servidores de la Defensor\u00eda Regional, previa delegaci\u00f3n de la autoridad nominadora.<\/p>\n<p>11. Promover, coordinar, articular y suscribir alianzas y convenios, con las dem\u00e1s entidades p\u00fablicas o privadas de la regi\u00f3n, previa autorizaci\u00f3n del Defensor del Pueblo, que optimicen el desarrollo de los objetivos y metas misionales e institucionales en la regi\u00f3n.<\/p>\n<p>12. Adoptar los mecanismos de seguimiento y control necesarios para que los derechos de petici\u00f3n, comunicaciones o actuaciones administrativas de competencia de la Defensor\u00eda Regional, sean tramitados y atendidos oportunamente.<\/p>\n<p>13. Distribuir y\/o reorganizar los operadores asignados por la Direcci\u00f3n Nacional de Defensor\u00eda P\u00fablica en la Defensor\u00eda Regional a su cargo, de acuerdo con las necesidades del servicio.<\/p>\n<p>14. Elaborar la estad\u00edstica de todos los servicios de la Defensor\u00eda Regional y suministrarla a las dependencias de la Entidad que lo requieran.<\/p>\n<p>15. Elaborar e implementar los planes anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Oficina de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>16. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le asigne la ley, el Defensor del Pueblo y las dependencias del nivel directivo, de acuerdo con su naturaleza.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Defensor del Pueblo determinar\u00e1 y organizar\u00e1 las Defensor\u00edas a nivel regional, de acuerdo con las necesidades del servicio, sin establecer a cargo del tesoro p\u00fablico obligaciones que excedan el monto global fijado para el respectivo servicio en la ley de apropiaciones.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VII<\/p>\n<p>\u00a0Secretar\u00eda General<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Secretar\u00eda General. Son funciones de la Secretar\u00eda General, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y asistir al Defensor del Pueblo en la definici\u00f3n de pol\u00edticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administraci\u00f3n de la Entidad.<\/p>\n<p>2. Dirigir la ejecuci\u00f3n de los programas y actividades relacionadas con los asuntos financieros y contables, contrataci\u00f3n p\u00fablica, soporte t\u00e9cnico inform\u00e1tico, servicios administrativos y gesti\u00f3n documental de la entidad.<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar y ejecutar las pol\u00edticas y programas de administraci\u00f3n de personal, bienestar social, selecci\u00f3n, registro y control, capacitaci\u00f3n, incentivos, evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o y desarrollo del talento humano y dirigir su gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>4. Dirigir y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las pol\u00edticas, normas y las disposiciones que regulen los procedimientos y tr\u00e1mites de car\u00e1cter administrativo y financiero de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>5. Elaborar, consolidar y presentar, con apoyo de la Oficina de Planeaci\u00f3n, el anteproyecto de presupuesto, la programaci\u00f3n presupuestal, los proyectos y el plan plurianual de la Entidad, en coordinaci\u00f3n con las dependencias competentes y someterlas a aprobaci\u00f3n del Defensor del Pueblo.<\/p>\n<p>6. Gestionar la consecuci\u00f3n de recursos para el desarrollo de los planes, programas y proyectos institucionales.<\/p>\n<p>7. Velar por el funcionamiento de la prestaci\u00f3n del servicio al ciudadano y por la atenci\u00f3n de quejas y reclamos que presenten los ciudadanos sobre el desempe\u00f1o de las dependencias y personas que laboran en la Entidad, en coordinaci\u00f3n y articulaci\u00f3n con la Oficina de Control Interno.<\/p>\n<p>8. Coordinar la elaboraci\u00f3n y presentar al Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, el Programa Anual de Caja, de conformidad con las obligaciones financieras adquiridas.<\/p>\n<p>9. Dirigir la programaci\u00f3n, elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los planes de contrataci\u00f3n y de adquisici\u00f3n de bienes, servicios y obra p\u00fablica de la Entidad, de manera articulada con los instrumentos de planeaci\u00f3n y presupuesto.<\/p>\n<p>10. \u00a0Dirigir la elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del Plan de Adquisiciones de la Entidad.<\/p>\n<p>11. Impartir las instrucciones para el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de los recursos asignados a los proyectos de inversi\u00f3n y para la formulaci\u00f3n y seguimiento de proyectos de funcionamiento de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>12. Apoyar a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, en la actualizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n publicada en la p\u00e1gina web y dem\u00e1s canales de comunicaci\u00f3n de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>13. Coordinar con la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional la comunicaci\u00f3n interna de la Entidad.<\/p>\n<p>14. Hacer seguimiento a la correcta ejecuci\u00f3n, contabilizaci\u00f3n y rendici\u00f3n de informes y cuentas fiscales, presupuestales y contables, de los recursos asignados a la Defensor\u00eda directamente o de otros fondos.<\/p>\n<p>15. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con, el almacenamiento, custodia, mantenimiento, distribuci\u00f3n e inventarios de los elementos, equipos y dem\u00e1s bienes necesarios para el funcionamiento normal de la Defensor\u00eda.<\/p>\n<p>16. Gestionar y coordinar la ejecuci\u00f3n, del Plan Institucional en materia de tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n y de sistemas de informaci\u00f3n y de comunicaciones, en articulaci\u00f3n con el Plan Estrat\u00e9gico Institucional.<\/p>\n<p>17. Coordinar el control y registro de los actos administrativos que emita la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>18. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>19. Ordenar, por delegaci\u00f3n del Defensor del Pueblo, los gastos de acuerdo con las atribuciones respectivas y ejercer el control y evaluaci\u00f3n del mismo a trav\u00e9s de la Subdirecci\u00f3n Financiera, cuando la ordenaci\u00f3n del gasto se delegue en otros empleados de la Entidad.<\/p>\n<p>20. Coordinar y controlar el mantenimiento preventivo y correctivo de equipos de c\u00f3mputo y dem\u00e1s elementos relacionados que hagan parte de la infraestructura inform\u00e1tica.<\/p>\n<p>21. \u00a0Elaborar e implementar los planes anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Oficina de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>22. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>23. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n del Talento Humano. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n del Talento Humano, las siguientes:<\/p>\n<p>1. \u00a0Dirigir el proceso del talento humano, en sus componentes de planeaci\u00f3n, gesti\u00f3n y desarrollo.<\/p>\n<p>2. \u00a0Apoyar a la Secretar\u00eda General en los elementos conceptuales y t\u00e9cnicos necesarios para la formulaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes, programas y estrategias de gesti\u00f3n y proyecci\u00f3n del talento humano de la Entidad.<\/p>\n<p>3. \u00a0Formular, ejecutar y evaluar los planes estrat\u00e9gicos y programas para la gesti\u00f3n del talento humano en sus fases de ingreso, permanencia y retiro de los funcionarios de la Entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.<\/p>\n<p>4. \u00a0Dise\u00f1ar, dirigir, administrar y evaluar los programas de formaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n, incentivos, bienestar, salud ocupacional, carrera administrativa, evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o y desarrollo de los servidores p\u00fablicos de la Entidad, de acuerdo con lo previsto en la ley y en el Plan Nacional de Formaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>5. \u00a0Coordinar y apoyar, en conjunto con la Oficina de Planeaci\u00f3n, el procedimiento relacionado con los acuerdos de gesti\u00f3n que suscriba el nivel directivo y asesor de la Entidad, de acuerdo con lo previsto en la ley y los procedimientos internos.<\/p>\n<p>6. \u00a0Custodiar, sistematizar y actualizar las historias laborales de todos los funcionarios de la instituci\u00f3n de acuerdo con la ley y las normas vigentes.<\/p>\n<p>7. \u00a0Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia.<\/p>\n<p>8. \u00a0Apoyar a la Comisi\u00f3n de Carrera Administrativa de la Defensor\u00eda del Pueblo en el cumplimiento de sus funciones.<\/p>\n<p>9. \u00a0Elaborar y mantener actualizado el manual de funciones, requisitos y competencias de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>10. \u00a0Dirigir, controlar y llevar el registro y consolidaci\u00f3n de la informaci\u00f3n de la planta de personal de la entidad, en coordinaci\u00f3n con los jefes de las diferentes dependencias.<\/p>\n<p>11. Registrar en las historias laborales de los servidores las sanciones disciplinarias impuestas, las decisiones que impliquen declaraci\u00f3n de responsabilidad penal o privaci\u00f3n de la libertad y las de responsabilidad penal que le sean informadas, con el fin de informar al nominador sobre las inhabilidades sobrevinientes.<\/p>\n<p>12. Asesorar a las dependencias de la entidad en los temas de su competencia.<\/p>\n<p>13. Elaborar e implementar los planes anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Oficina de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>14. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>15. \u00a0Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Subdirecci\u00f3n de Servicios Administrativos. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Servicios Administrativos, las siguientes:<\/p>\n<p>1. \u00a0Elaborar y ejecutar, con base en las necesidades y consumos de las dependencias, el plan general de adquisiciones de bienes y servicios, dando cumplimiento a las normas administrativas y fiscales que lo regulan.<\/p>\n<p>2. \u00a0Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con los proveedores, la adquisici\u00f3n, almacenamiento, custodia, distribuci\u00f3n e inventarios de los elementos, equipos y dem\u00e1s bienes necesarios para el normal funcionamiento de la Defensor\u00eda del Pueblo, velando por el cumplimiento de las normas vigentes sobre estas materias y garantizar el aseguramiento y protecci\u00f3n de los bienes patrimoniales de la Entidad.<\/p>\n<p>3. \u00a0Asesorar a la Secretar\u00eda General en la adopci\u00f3n de pol\u00edticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administraci\u00f3n de recursos f\u00edsicos de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>4. \u00a0Administrar y gestionar la prestaci\u00f3n de servicios de aseo, vigilancia, transporte, mantenimiento y otros que requiera la Entidad.<\/p>\n<p>5. \u00a0Dirigir y coordinar la planeaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, control y seguimiento de la gesti\u00f3n documental de la Entidad, garantizando la prestaci\u00f3n de los servicios de correspondencia y archivo, de conformidad con las normas vigentes y los lineamientos impartidos por el Archivo General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>6. \u00a0Clasificar, filtrar y direccionar a las dependencias correspondientes de la Defensor\u00eda del Pueblo las solicitudes y comunicaciones presentadas por los usuarios y entidades.<\/p>\n<p>7. \u00a0Adelantar las operaciones administrativas para la prestaci\u00f3n de los servicios generales, de archivo y correspondencia y la gesti\u00f3n de los recursos f\u00edsicos de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>8. \u00a0Coordinar la prestaci\u00f3n de los servicios de apoyo log\u00edstico a las diferentes dependencias de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>9. \u00a0Elaborar e implementar los planes anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Oficina de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>10. Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Subdirecci\u00f3n Financiera. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n Financiera, las siguientes:<\/p>\n<p>1. Dirigir y controlar el manejo presupuestal, contable y de tesorer\u00eda de la Entidad, as\u00ed como las actividades relacionadas con la administraci\u00f3n de los recursos financieros.<\/p>\n<p>2. Elaborar el Anteproyecto Anual de Presupuesto y el Programa Anual Mensualizado de Caja que deba adoptar la Defensor\u00eda del Pueblo de acuerdo con las directrices que al respecto dicte el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico.<\/p>\n<p>3. Registrar, hacer seguimiento, desarrollar los procesos contables y de tesorer\u00eda, presentar informes y dar cumplimiento a la normatividad vigente, correspondiente a la ejecuci\u00f3n presupuestal, de facturaci\u00f3n, de cartera, as\u00ed como de valoraci\u00f3n de portafolio de inversiones, compra y venta de inversiones.<\/p>\n<p>4. Generar oportunamente las liquidaciones de derechos correspondientes a las prestaciones que se causan a favor de la Defensor\u00eda del Pueblo y presentar los informes respectivos.<\/p>\n<p>5. Elaborar y presentar a las autoridades competentes los estados financieros de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>6. Controlar y verificar que el proceso de preparaci\u00f3n y registro contable de todas las operaciones que deban reflejarse en el balance de la Defensor\u00eda del Pueblo y que incidan en la informaci\u00f3n financiera, se realice de conformidad con las disposiciones emitidas por la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Atender oportunamente los pagos de las obligaciones a cargo de la Defensor\u00eda del Pueblo, as\u00ed como garantizar su cumplimiento.<\/p>\n<p>8. Expedir los certificados de disponibilidad presupuestal, efectuar su registro y realizar el control y seguimiento de los mismos.<\/p>\n<p>9. Realizar los tr\u00e1mites necesarios para llevar a cabo las modificaciones presupuestales que sean requeridas por las diferentes dependencias de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>10. \u00a0Recibir, administrar, registrar y controlar los fondos destinados para las cajas menores aprobadas.<\/p>\n<p>11. Efectuar el control y seguimiento a los procesos de las erogaciones de la Defensor\u00eda del Pueblo, as\u00ed como la aplicaci\u00f3n de la normativa relacionada con el manejo de los recursos p\u00fablicos.<\/p>\n<p>12. Efectuar conciliaciones y verificaciones presupuestales, contables y de pago que garanticen la consistencia y razonabilidad de la informaci\u00f3n financiera y contable.<\/p>\n<p>13. Controlar y orientar el proceso de preparaci\u00f3n y manejo contable de todas las operaciones realizadas por la Defensor\u00eda del Pueblo, que incidan en su informaci\u00f3n financiera.<\/p>\n<p>14. \u00a0Identificar, causar y clasificar los ingresos de la Defensor\u00eda del Pueblo en el sistema integrado de informaci\u00f3n que disponga el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico.<\/p>\n<p>15. \u00a0Vigilar el cumplimiento de las normas presupuestales, tributarias y contables, en el desarrollo de las actividades propias de la Subdirecci\u00f3n.<\/p>\n<p>16. \u00a0Coordinar, elaborar y presentar los diferentes informes exigidos por la ley, solicitados por los organismos de control y en general todos aquellos que le sean requeridos de acuerdo con la naturaleza de sus funciones.<\/p>\n<p>17. Elaborar e implementar los planes anuales en el \u00e1mbito de su competencia, de acuerdo con la metodolog\u00eda dise\u00f1ada por la Oficina de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>18. \u00a0Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gesti\u00f3n Integral de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>19. \u00a0Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VIII<\/p>\n<p>\u00a0\u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Otros \u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. La Comisi\u00f3n de Carrera Administrativa de la Defensor\u00eda del Pueblo, la Comisi\u00f3n de Personal, el Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno, el Comit\u00e9 de Conciliaci\u00f3n y dem\u00e1s \u00f3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n que se organicen e integren, cumplir\u00e1n sus funciones de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia.<\/p>\n<p>El Defensor del Pueblo podr\u00e1 crear y definir las funciones e integraci\u00f3n de los dem\u00e1s comit\u00e9s que considere necesarios para el desarrollo de la labor misional y administrativa.<\/p>\n<p>\u00a0T\u00cdTULO III<\/p>\n<p>\u00a0DISPOSICIONES GENERALES<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Atribuciones del Defensor. El Defensor del Pueblo desarrollar\u00e1 la estructura org\u00e1nica y funcional de la Defensor\u00eda del Pueblo en lo no previsto en el presente decreto ley, sin establecer a cargo del tesoro p\u00fablico obligaciones que excedan el monto global fijado para el respectivo servicio en la ley de apropiaciones.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Pr\u00e1ctica de visitas y solicitud de informaci\u00f3n. Para constatar la veracidad de las quejas recibidas o prevenir la violaci\u00f3n de los Derechos Humanos, la Defensor\u00eda del Pueblo podr\u00e1 practicar visitas a cualquier entidad p\u00fablica o privada y requerir la informaci\u00f3n que sea necesaria sin que pueda opon\u00e9rsele reserva alguna.<\/p>\n<p>La Defensor\u00eda del Pueblo podr\u00e1 recurrir a cualquier medio de prueba y tendr\u00e1 el mismo valor que la ley le otorga para fines penales y disciplinarios.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Formulaci\u00f3n de quejas por violaci\u00f3n de Derechos Humanos. Cuando se formulen quejas por violaci\u00f3n de los Derechos Humanos, el Defensor del Pueblo o su delegado, verificar\u00e1 los hechos, har\u00e1 una evaluaci\u00f3n sobre las pruebas que se le practiquen y pasar\u00e1 su actuaci\u00f3n a la autoridad competente.<\/p>\n<p>Si quien vulnera los Derechos Humanos es un particular, el Defensor del Pueblo o su delegado lo instar\u00e1 p\u00fablicamente.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO IV<\/p>\n<p>DISPOSICIONES FINALES<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. De conformidad con la estructura prevista en el presente decreto, el Gobierno Nacional proceder\u00e1 a adoptar la planta de personal de la Defensor\u00eda del Pueblo.<\/p>\n<p>El Gobierno Nacional prestar\u00e1 el apoyo que requiera la Defensor\u00eda del Pueblo, para el cumplimiento de las funciones se\u00f1aladas en los art\u00edculos 65 numeral 3, 72 y 73 de la Ley 472 de 1998.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Vigencia. El presente decreto ley, rige a partir de su fecha de publicaci\u00f3n y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial los art\u00edculos 1\u00b0, 5\u00b0, 9\u00b0, 10, 11, 12, 13, 18, 23, 24, 26, 28, 29, 30 y 31 de la Ley 24 de 1992, los art\u00edculos 20, 21, 22, 23 y 24 de la Ley 941 de 2005.<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., 10 de enero de 2014.<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/p>\n<p>El Viceministro T\u00e9cnico del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico,<\/p>\n<p>\u00a0Andr\u00e9s Restrepo Montoya.<\/p>\n<p>El Ministro de Justicia y del Derecho,<\/p>\n<p>Alfonso G\u00f3mez M\u00e9ndez.<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica,<\/p>\n<p>Elizabeth Rodr\u00edguez Taylor.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 025 DE 2014 \u00a0(enero 10) D.O. 49.029, enero 10 de 2014 \u00a0por el cual se modifica la estructura org\u00e1nica y se establece la organizaci\u00f3n y funcionamiento de la Defensor\u00eda del Pueblo. 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