{"id":47821,"date":"2023-08-16T18:03:54","date_gmt":"2023-08-16T18:03:54","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-932-de-2014\/"},"modified":"2023-08-16T18:03:54","modified_gmt":"2023-08-16T18:03:54","slug":"decreto-932-de-2014","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-932-de-2014\/","title":{"rendered":"DECRETO 932 DE 2014"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 932 DE 2014<\/p>\n<p>(mayo 21)<\/p>\n<p>D.O. 49.158, mayo 21 de 2014<\/p>\n<p>\u00a0por el cual se crea la Medalla Militar \u201cFE EN LA CAUSA\u201d del Comando General de las Fuerzas Militares y se adiciona el Decreto 4444 del 29 de noviembre de 2010.<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial la que le confiere el art\u00edculo 189, numeral 11 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, art\u00edculo 56 del Decreto ley 1792 de 2000, art\u00edculos 39 y 54 de Ley 836 de 2003, en concordancia con el art\u00edculo 226 del Decreto n\u00famero 4444 de 2010, y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que es necesario estimular a los Oficiales, Suboficiales, Soldados, personal civil al servicio de las Fuerzas Militares, personal no uniformado de la Polic\u00eda Nacional, personalidades y entidades que con su excepcional servicio, luchan por la libertad y gestan grandes logros para el bienestar de la patria o a quienes que con su trabajo van mucho m\u00e1s all\u00e1 del deber, demostrando actos de valor, arrojo, entrega, dedicaci\u00f3n en pro del restablecimiento del orden y la democracia a nivel nacional, siendo factores determinantes para el \u00e9xito y la grandeza de las Fuerzas Militares.<\/p>\n<p>Que una forma de materializar este reconocimiento, es creando la Medalla Militar \u201cFE EN LA CAUSA\u201d del Comando General de las Fuerzas Militares, en las Categor\u00edas Excepcional y Extraordinaria, las cuales mantendr\u00e1n perenne la evocaci\u00f3n del servicio y del esfuerzo hecho por la patria en aras de la conservaci\u00f3n de las instituciones legalmente constituidas.<\/p>\n<p>Que el Comando General de las Fuerzas Militares, entiende que resulta necesario reconocer y recompensar el trabajo de los hombres y mujeres que sirven en las Fuerzas Militares, pero sobre todo busca reconocer la \u201cFE EN LA CAUSA\u201d, esa fe que ellos imprimen en las diferentes acciones que realizan a diario, aquellas que enmarcan un claro compromiso, entrega, desinter\u00e9s, pertenencia y sobre todo un alto sentido de valor y el sacrificio en aras del bienestar de la patria.<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Cr\u00e9ase la Medalla Militar \u201cFE EN LA CAUSA\u201d del Comando General de las Fuerzas Militares, para premiar al personal de Oficiales, Suboficiales, Soldados y Civiles, que se destaquen en la recuperaci\u00f3n de la paz, el orden y la democracia de la Naci\u00f3n, as\u00ed como al personal militar en uso de buen retiro, a personalidades nacionales y extranjeras y entidades p\u00fablicas o privadas que presten sus servicios meritorios en beneficio de las Fuerzas Militares. (Nota: Ver art\u00edculo 2.3.1.3.6.3.1. del Decreto 1070 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.).<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Categor\u00edas. La Medalla Militar \u201cFE EN LA CAUSA\u201d del Comando General de las Fuerzas Militares, tendr\u00e1 dos categor\u00edas, as\u00ed:<\/p>\n<p>1. Categor\u00eda Excepcional. Se podr\u00e1 conceder al personal de Oficiales Subalternos y Superiores, Suboficiales, Soldados, Infantes de Marina en servicio activo o en uso de buen retiro; personal civil de las Fuerzas Militares y no uniformado de la Polic\u00eda Nacional, que se destaquen en la recuperaci\u00f3n de la paz, el orden y la democracia de la naci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Categor\u00eda Extraordinaria. Se podr\u00e1 conceder a los Oficiales Generales en actividad y que ostenten los cargos de Jefe de Estado Mayor Conjunto y Comandantes de Fuerza; aquellos en uso de buen retiro, que hayan ostentado los cargos de Comandante General de las Fuerzas Militares, Jefe de Estado Mayor Conjunto y Comandante de Fuerza.<\/p>\n<p>Igualmente se podr\u00e1 conferir a personalidades nacionales y extranjeras, y entidades p\u00fablicas o privadas que presten sus servicios meritorios en beneficio de las Fuerzas Militares de Colombia, demostrando compromiso y trabajo a favor de las Fuerzas Militares.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 2\u00ba: Ver art\u00edculo 2.3.1.3.6.3.2. del Decreto 1070 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Caracter\u00edsticas de las joyas en cada categor\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda Excepcional. La joya consta de una cruz de malta de color rojo de 56,7mm de alto, por 56.7mm de ancho, su aspecto es de cuatro puntas de flecha apuntando al centro, con lo que queda una cruz de ocho picos, al frente de la joya reposa una circunferencia de 20,2mm de di\u00e1metro en donde sobresale el escudo del Comando General de las Fuerzas Militares, rodeado por un laurel ubicado en el centro de la cruz y al respaldo de esta circunferencia encontramos en la contracara o reverso, el grabado de los tres rostros de \u201cFE EN LA CAUSA CON TODAS NUESTRAS FUERZAS\u201d con su respectivo lema. Es de color bronce platinado, suspendida de una corona de acero tipo rumana que en la base lleva la bandera de Colombia de l8mm de ancho, por l4mm de alto, que a su vez cuelga de una cinta de color p\u00farpura, que en sus bordes lleva los colores del tricolor nacional.<\/p>\n<p>Categor\u00eda Extraordinaria. La joya en Categor\u00eda Extraordinaria conservar\u00e1 las mismas caracter\u00edsticas de la joya en Categor\u00eda Excepcional, solo que a esta se le agrega una estrella plateada a la venera.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Las miniaturas o r\u00e9plicas ser\u00e1n condecoraciones similares a las joyas descritas anteriormente, pero reducidas a 15mm, la cual ir\u00e1 suspendida de una cinta con los mismos colores de la establecida para la joya, tendr\u00e1 l5mm de ancho, por 35mm de largo y en el centro ostentar\u00e1 el distintivo indicado para la venera.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La venera ser\u00e1 met\u00e1lica con el tricolor nacional en los extremos, y los colores representativos de cada una de las Fuerzas por secciones en el centro de 40mm de largo, por 10mm de ancho, en esmalte al fuego, con el Escudo del Comando General en el centro para la Categor\u00eda Excepcional o una estrella plateada en el centro para la Categor\u00eda Extraordinaria, conservando las mismas caracter\u00edsticas antes descritas.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. La joya de Categor\u00eda Extraordinaria se impondr\u00e1 al cuello, con las mismas caracter\u00edsticas de la Categor\u00eda Excepcional.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 3\u00ba: Ver art\u00edculo 2.3.1.3.6.3.3. del Decreto 1070 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Adici\u00f3nase el art\u00edculo 90 del Decreto n\u00famero 4444 del 29 de noviembre de 2010, as\u00ed:<\/p>\n<p>Para la Medalla Militar \u201cFE EN LA CAUSA\u201d del Comando General de las Fuerzas Militares.<\/p>\n<p>\u00a0Presidente:<\/p>\n<p>Comandante General de las Fuerzas Militares<\/p>\n<p>\u00a0Vicepresidente:<\/p>\n<p>Jefe de Estado Mayor Conjunto<\/p>\n<p>\u00a0Vocal:<\/p>\n<p>Jefe Jefatura Desarrollo Humano Conjunto<\/p>\n<p>\u00a0Secretario:<\/p>\n<p>Ayudante General del Comando General<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Para efectos de las funciones y atribuciones de los miembros del Consejo se tendr\u00e1n en cuenta las normas establecidas en los par\u00e1grafos 1\u00b0 y 2\u00b0 del art\u00edculo 90 del Decreto n\u00famero 4444 del 29 de noviembre de 2010.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 4\u00ba: Ver art\u00edculo 2.3.1.3.6.3.4. del Decreto 1070 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Requisitos. Adem\u00e1s de los requisitos establecidos en el art\u00edculo 9\u00b0 del Decreto n\u00famero 4444 del 29 de noviembre de 2010, se tendr\u00e1n en cuenta para cada categor\u00eda los siguientes, para su otorgamiento, as\u00ed:<\/p>\n<p>En la Categor\u00eda Extraordinaria.<\/p>\n<p>Para Oficiales.<\/p>\n<p>1. Diligenciar en el formato de solicitud los apellidos, nombres, grado, n\u00famero de c\u00e9dula y el arma a la cual pertenece.<\/p>\n<p>2. Debe haber sido protagonista en el respeto por los Derechos Humanos.<\/p>\n<p>3. Debe haber liderado, planeado, dirigido o ejecutado episodios que hayan restituido la libertad, la democracia y la paz de una regi\u00f3n en territorio nacional.<\/p>\n<p>4. Haberse destacado en forma sobresaliente por sus servicios al Comando General o a la unidad que pertenezca, por su conducta, dedicaci\u00f3n al trabajo y excelente desempe\u00f1o en beneficio de las Fuerzas o unidad.<\/p>\n<p>Para Suboficiales.<\/p>\n<p>1. Diligenciar en el formato de solicitud los apellidos, nombres, grado, n\u00famero de c\u00e9dula y el arma a la cual pertenece.<\/p>\n<p>2. Debe haber sido protagonista en el respeto por los Derechos Humanos.<\/p>\n<p>3. Debe haber participado en episodios que hayan restituido la libertad, la democracia y la paz de una regi\u00f3n en territorio nacional.<\/p>\n<p>4. Haberse destacado en forma sobresaliente por sus servicios al Comando General o a la unidad que pertenezca, por su conducta, dedicaci\u00f3n al trabajo y excelente desempe\u00f1o en beneficio de las Fuerzas o unidad.<\/p>\n<p>Para Soldados e Infantes de Marina.<\/p>\n<p>1. Diligenciar en el formato de solicitud los apellidos, nombres, grado, n\u00famero de c\u00e9dula y el arma a la cual pertenece.<\/p>\n<p>2. Debe haber sido protagonista en el respeto por los Derechos Humanos.<\/p>\n<p>3. Debe haber participado en episodios que hayan restituido la libertad, la democracia y la paz de una regi\u00f3n en territorio nacional.<\/p>\n<p>4. Haberse destacado en forma sobresaliente por sus servicios al Comando General o a la unidad que pertenezca, por su conducta, dedicaci\u00f3n al trabajo y excelente desempe\u00f1o en beneficio de las Fuerzas o unidad.<\/p>\n<p>Para el personal civil perteneciente a las Fuerzas Militares y al Comando General, personal no uniformado de la Polic\u00eda Nacional, empleados p\u00fablicos que conforman el Sector Defensa.<\/p>\n<p>1. Diligenciar en el formato de solicitud los apellidos, nombres, grado, n\u00famero de c\u00e9dula y el arma a la cual pertenece.<\/p>\n<p>2. Debe haber sido protagonista en el respeto por los Derechos Humanos.<\/p>\n<p>3. Haberse destacado en forma sobresaliente por sus servicios al Comando General o a la unidad que pertenezca, por su conducta, dedicaci\u00f3n al trabajo y excelente desempe\u00f1o en beneficio de las Fuerzas o unidad.<\/p>\n<p>Para Dignatarios, Instituciones de Derecho P\u00fablico o Privadas.<\/p>\n<p>1. Que hayan prestado servicios eminentes a las Fuerzas Militares.<\/p>\n<p>2. Que re\u00fanan condiciones morales, \u00e9ticas, profesionales y personales ejemplares.<\/p>\n<p>3. Que por su posici\u00f3n y m\u00e9ritos se hayan hecho acreedores a esta categor\u00eda.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Para el otorgamiento al personal de Oficiales, Suboficiales, Soldados e Infantes de Marina, podr\u00e1n cumplir con cualquiera de los dos (2) requisitos establecidos en los numerales 3 y 4, correspondientes.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 5\u00ba: Ver art\u00edculo 2.3.1.3.6.3.5. del Decreto 1070 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Diploma. El Diploma que acredita el otorgamiento de la Medalla Militar \u201cFE EN LA CAUSA\u201d del Comando General de las Fuerzas Militares, debe ser elaborado en papel cartulina blanco, con las siguientes dimensiones: treinta y dos (32) cent\u00edmetros de largo, por veintid\u00f3s (22) cent\u00edmetros de ancho, con el dibujo de la medalla al lado izquierdo superior y el reverso al lado derecho superior, en el fondo el escudo de Fe en la Causa del Comando General FF. MM., con la siguiente leyenda:<\/p>\n<p>\u00a0[image004]<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 6\u00ba: Ver art\u00edculo 2.3.1.3.6.3.6. del Decreto 1070 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Otorgamiento. La Medalla Militar \u201cFE EN LA CAUSA\u201d del Comando General de las Fuerzas Militares, ser\u00e1 conferida por una sola vez, previo cumplimiento de los requisitos establecidos para el efecto y que a consideraci\u00f3n del Consejo de la Medalla se hagan merecedores de esta distinci\u00f3n.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Al personal de las Fuerzas Militares que falleciere como consecuencia del cumplimiento del deber en actos del servicio para mantener o restablecer el orden p\u00fablico, se le podr\u00e1 conceder en forma p\u00f3stuma, igualmente a los miembros de la Polic\u00eda Nacional que fallecieren por la misma causa, participando en operaciones conjuntas con las Fuerzas Militares.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 7\u00ba: Ver art\u00edculo 2.3.1.3.6.3.7. del Decreto 1070 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Imposici\u00f3n. Adem\u00e1s de lo establecido en los art\u00edculos 6\u00b0 y 12 del Decreto n\u00famero 4444 del 29 de noviembre de 2010, la imposici\u00f3n de la Medalla Militar \u201cFE EN LA CAUSA\u201d del Comando General de las Fuerzas Militares, revestir\u00e1 la mayor solemnidad. Para la ceremonia se conformar\u00e1n destacamentos de acuerdo con el reglamento de ceremonial militar y estar\u00e1 presidida por el se\u00f1or Comandante General de las Fuerzas Militares, quien la impondr\u00e1. (Nota: Ver art\u00edculo 2.3.1.3.6.3.8. del Decreto 1070 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.).<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Adici\u00f3nase al literal c), numeral 2 del art\u00edculo 6\u00b0 del Decreto n\u00famero 4444 del 29 de noviembre de 2010, en el sentido de incluir un literal que corresponda a la Medalla Militar \u201cFE EN LA CAUSA\u201d del Comando General de las Fuerzas Militares, de tal manera que se ubique antes de la Medalla Militar \u201cServicios Distinguidos de las Fuerzas Militares de Colombia\u201d.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Para efectos de la precedencia de condecoraciones que trata el art\u00edculo 7\u00b0 del Decreto 4444 del 29 de noviembre de 2010 la Medalla Militar \u201cFE EN LA CAUSA\u201d del Comando General de las Fuerzas Militares, suceder\u00e1 a la Medalla por \u201cTiempo de Servicio\u201d y antecede a la Medalla Militar \u201cFE EN LA CAUSA\u201d del Ej\u00e9rcito Nacional.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Comun\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 21 de mayo de 2014.<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa Nacional,<\/p>\n<p>Juan Carlos Pinz\u00f3n Bueno.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 932 DE 2014 (mayo 21) D.O. 49.158, mayo 21 de 2014 \u00a0por el cual se crea la Medalla Militar \u201cFE EN LA CAUSA\u201d del Comando General de las Fuerzas Militares y se adiciona el Decreto 4444 del 29 de noviembre de 2010. 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