{"id":47948,"date":"2023-08-16T18:04:25","date_gmt":"2023-08-16T18:04:25","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-1444-de-2014\/"},"modified":"2023-08-16T18:04:25","modified_gmt":"2023-08-16T18:04:25","slug":"decreto-1444-de-2014","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-1444-de-2014\/","title":{"rendered":"DECRETO 1444 DE 2014"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1444 DE 2014<\/p>\n<p>\u00a0(julio 31)<\/p>\n<p>D.O. 49.229, julio 31 de 2014<\/p>\n<p>por el cual se estructura la Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo &#8211; Red Ormet y se dictan otras disposiciones.<\/p>\n<p>Nota: Ver Decreto 1072 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Trabajo.<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en desarrollo de la Ley 1450 de 2011, y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que desde el Documento Conpes 2827 de 1995 se impuls\u00f3 la creaci\u00f3n de un Observatorio de Empleo con el objetivo de mejorar la informaci\u00f3n, la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y el seguimiento al sector trabajo, bajo la direcci\u00f3n del entonces Ministerio del Trabajo y Seguridad Social y con la colaboraci\u00f3n del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n (DNP) y el Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica (DANE).<\/p>\n<p>Que el entonces Ministerio de Trabajo y Seguridad Social impuls\u00f3 la conformaci\u00f3n de los Observatorios Regionales de Empleo, como una estrategia de conocimiento y prospecci\u00f3n del comportamiento de los mercados laborales regionales y de apoyo fundamental para la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas de empleo.<\/p>\n<p>Que posteriormente, en el a\u00f1o 2009 con la publicaci\u00f3n del Documento Conpes 3616 \u201cLineamientos de la Pol\u00edtica de Generaci\u00f3n de Ingresos para la Poblaci\u00f3n en Situaci\u00f3n de Pobreza Extrema y\/o Desplazamiento\u201d, se le atribuye al entonces Ministerio de la Protecci\u00f3n Social la tarea de \u201cPromover la articulaci\u00f3n de los Observatorios Regionales de Empleo con la Pol\u00edtica de Generaci\u00f3n de Ingresos con el fin de fortalecer el componente de caracterizaci\u00f3n de la misma\u201d.<\/p>\n<p>Que mediante la Ley 1450 de 2011 se expidi\u00f3 el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, y en su art\u00edculo 2\u00b0 estableci\u00f3 que el documento denominado \u201cBases del Plan de Desarrollo 2010-2014 Prosperidad para Todos\u201d hace parte integral de la citada ley.<\/p>\n<p>Que respecto a las l\u00edneas estrat\u00e9gicas de los Sistemas de Informaci\u00f3n contenidas en el mencionado documento Bases del Plan se establece que: \u201cEn el \u00e1mbito local se fortalecer\u00e1n los observatorios de mercado de trabajo de tal forma que se conviertan en instancias t\u00e9cnicas de an\u00e1lisis, seguimiento y estudio de mercado de trabajo. Particularmente deben realizar el seguimiento a los programas y proyectos de generaci\u00f3n de empleo e ingresos de tal forma que incidan en los planes de desarrollo econ\u00f3mico y de empleos locales y regionales\u201d.<\/p>\n<p>Que en desarrollo de estos lineamientos de pol\u00edtica, durante los \u00faltimos a\u00f1os en diferentes departamentos del pa\u00eds se han constituido Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo (Ormet), con la participaci\u00f3n de entidades del sector p\u00fablico y privado.<\/p>\n<p>Que desde finales del a\u00f1o 2011 se viene promoviendo la acci\u00f3n articulada de los Observatorios Regionales de Mercado de Trabajo, con el apoyo del Ministerio del Trabajo, el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n (DNP), el Departamento para la Prosperidad Social (DPS), el Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional (MEN), el Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica (DANE), el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), aunando esfuerzos t\u00e9cnicos y financieros para el fortalecimiento de los Ormet.<\/p>\n<p>Que el Decreto n\u00famero 4108 de 2011 \u201cpor el cual se modifican los objetivos y la estructura del Ministerio del Trabajo y se integra el Sector Administrativo del Trabajo dispone en su art\u00edculo 14, referente a las funciones de la Subdirecci\u00f3n de An\u00e1lisis, Monitoreo y Prospectiva Laboral, numeral 8 lo siguiente: \u201cIncentivar la creaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y articulaci\u00f3n de observatorios del mercado de trabajo a nivel regional, prestar asistencia t\u00e9cnica para su desarrollo, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n (TIC) y realizar seguimiento a su operaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Que de acuerdo con lo anterior, se considera necesario estructurar la Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo (Red Ormet), con el fin de consolidar una red de investigaci\u00f3n e informaci\u00f3n de car\u00e1cter estrat\u00e9gico, que sirva para la toma de decisiones en los aspectos relacionados con la formulaci\u00f3n y gesti\u00f3n de la pol\u00edtica del mercado de trabajo por parte de los actores involucrados.<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto,<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto. El objeto del presente decreto es estructurar la Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo, que se denominar\u00e1 (Red Ormet), red de investigaci\u00f3n e informaci\u00f3n, conformada por actores, procesos, recursos, pol\u00edticas y normas que act\u00faan articuladamente en la generaci\u00f3n de informaci\u00f3n de car\u00e1cter estrat\u00e9gico, que sirva para la toma de decisiones en los aspectos relacionados con la formulaci\u00f3n y gesti\u00f3n de la pol\u00edtica de mercado de trabajo por parte de los actores involucrados. (Nota: Ver art\u00edculo 1.2.3.3. del Decreto 1072 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Trabajo.).<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Integraci\u00f3n. La Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo (Red Ormet), estar\u00e1 integrada por entidades p\u00fablicas del orden nacional, departamental, municipal y por organizaciones y entidades privadas que se vinculen a dicha red.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. \u00c1mbito de aplicaci\u00f3n. El presente decreto aplica a todos los integrantes de la Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Articulaci\u00f3n. La Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo (Red Ormet), coordinar\u00e1 sus acciones con agencias, entidades, organizaciones y sectores poblacionales que compartan objetivos o prop\u00f3sitos comunes, con el \u00e1nimo de propiciar procesos de intercambio t\u00e9cnico, instrumental, investigativo, entre otros, que aporten al an\u00e1lisis y a la inclusi\u00f3n productiva y laboral.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Objetivos. Los objetivos de la Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo (Red Ormet) son:<\/p>\n<p>1. Promover el intercambio, generaci\u00f3n y fortalecimiento del conocimiento sobre el mercado de trabajo en el pa\u00eds y sus regiones, para que los actores que participan en dicho mercado tomen decisiones pertinentes.<\/p>\n<p>2. Promover el perfeccionamiento y la aplicaci\u00f3n de nuevas herramientas de an\u00e1lisis del mercado de trabajo.<\/p>\n<p>3. Proponer y gestionar la realizaci\u00f3n de investigaciones y estudios cuantitativos y cualitativos espec\u00edficos que permitan profundizar sobre el mercado de trabajo y sus condiciones en las diferentes regiones del pa\u00eds.<\/p>\n<p>4. Promover debates t\u00e9cnicos y acad\u00e9micos sobre metodolog\u00edas de an\u00e1lisis e investigaci\u00f3n de las distintas dimensiones del mercado de trabajo.<\/p>\n<p>5. Propender por el levantamiento de informaci\u00f3n relevante para la caracterizaci\u00f3n social, laboral y econ\u00f3mica nacional, departamental y municipal.<\/p>\n<p>6. Desarrollar estrategias de difusi\u00f3n a nivel local y nacional de la informaci\u00f3n generada por los Ormet, a trav\u00e9s de diferentes medios que pueden ser:<\/p>\n<p>i) Escritos: boletines, libros, plegables, entre otros; ii) Virtuales: tales como plataforma web u otras herramientas tecnol\u00f3gicas; iii) Foros, seminarios u otros eventos de socializaci\u00f3n.<\/p>\n<p>7. Estimular el rigor t\u00e9cnico para el monitoreo, an\u00e1lisis y prospectiva del mercado de trabajo de cada regi\u00f3n. Para esto es necesario promover continuamente espacios de capacitaci\u00f3n, transferencia de nuevas metodolog\u00edas, gesti\u00f3n del conocimiento y asistencia t\u00e9cnica entre los miembros de la red.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Organizaci\u00f3n. La Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo (Red Ormet) tendr\u00e1 la siguiente organizaci\u00f3n:<\/p>\n<p>1. Nodo Central.<\/p>\n<p>2. Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo.<\/p>\n<p>3. Secretar\u00eda T\u00e9cnica.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Nodo Central. Es un espacio de relacionamiento entre naci\u00f3n-territorio, en la cual se articulan las acciones de las entidades del orden nacional para la pol\u00edtica de mercado de trabajo, para propender por la implementaci\u00f3n de pol\u00edtica conjunta en territorio.<\/p>\n<p>En el Nodo Central se brindar\u00e1 orientaci\u00f3n y apoyo a los Ormet a trav\u00e9s de la gesti\u00f3n del conocimiento y trabajo conjunto, con la concurrencia de las entidades del orden nacional que se hagan part\u00edcipes y que dentro de su competencia tengan injerencia en los aspectos relacionados con la formulaci\u00f3n y gesti\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica de mercado de trabajo.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Finalidades del Nodo Central. Son finalidades del Nodo Central las siguientes:<\/p>\n<p>1. Fomentar la creaci\u00f3n y fortalecimiento de los Ormet.<\/p>\n<p>2. Gestionar recursos financieros y humanos para fortalecer los Ormet.<\/p>\n<p>3. Proponer metodolog\u00edas de an\u00e1lisis sobre el mercado de trabajo a ser implementadas por los Ormet.<\/p>\n<p>4. Hacer seguimiento y fomentar el mejoramiento t\u00e9cnico y organizacional de la Red Ormet.<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar e implementar estrategias de cooperaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre las entidades del gobierno para lograr sinergias en el conocimiento de las problem\u00e1ticas regionales del mercado de trabajo.<\/p>\n<p>6. Proponer tem\u00e1ticas de estudio sobre el mercado de trabajo.<\/p>\n<p>7. Fomentar la difusi\u00f3n y uso de los resultados obtenidos por la Red Ormet entre las diferentes instancias del Gobierno, el sector privado y la sociedad en general.<\/p>\n<p>8. Convocar a las entidades del orden territorial a formar parte de los Ormet.<\/p>\n<p>9. Apoyar permanentemente la articulaci\u00f3n de los Ormet con otros actores locales, para promover alianzas p\u00fablico-privadas que bas\u00e1ndose en la informaci\u00f3n recolectada permitan generar un mayor impacto de la pol\u00edtica p\u00fablica de mercado de trabajo.<\/p>\n<p>10. Facilitar la integraci\u00f3n de los Ormet a los proyectos, planes y programas de formaci\u00f3n para el trabajo y del servicio p\u00fablico de empleo con la finalidad de cerrar las brechas y asimetr\u00edas de informaci\u00f3n entre la oferta y la demanda del mercado de trabajo.<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s necesarias para el cumplimiento del objeto de la Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo (Ormet). Son unidades t\u00e9cnicas dedicadas a la consecuci\u00f3n de informaci\u00f3n, an\u00e1lisis, monitoreo, investigaci\u00f3n y prospectiva de las tem\u00e1ticas que caracterizan los mercados de trabajo regionales, en un espacio interinstitucional.<\/p>\n<p>Podr\u00e1n participar en estas unidades, entidades gubernamentales, acad\u00e9micas, sindicales, organizaciones privadas, centros de investigaci\u00f3n, organizaciones no gubernamentales y sociedad en general.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Funciones de los Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo (Ormet). Son funciones de los Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo (Ormet) las siguientes:<\/p>\n<p>1. Monitorear el mercado de trabajo regional (elaboraci\u00f3n de boletines, diagn\u00f3sticos y construcci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de indicadores del mercado de trabajo regional), por medio de informaci\u00f3n primaria y secundaria en por lo menos los siguientes campos: i) programas locales p\u00fablicos y privados que afecten la composici\u00f3n laboral regional; ii) pol\u00edticas p\u00fablicas (como las establecidas a trav\u00e9s de Planes Locales y Departamentales de Empleo); iii) las necesidades de capacitaci\u00f3n y formaci\u00f3n para el trabajo y, iv) \u00e1reas de empleabilidad.<\/p>\n<p>2. Participar en espacios de discusi\u00f3n sobre las caracter\u00edsticas de la oferta de formaci\u00f3n para el trabajo, con el fin de dar mayor acceso, calidad y pertinencia a los programas demandados por j\u00f3venes, desempleados y trabajadores informales, as\u00ed como por el sector productivo.<\/p>\n<p>3. Implementar metodolog\u00edas de estudio e investigaci\u00f3n con enfoque diferencial para la inclusi\u00f3n productiva de poblaci\u00f3n vulnerable, en pobreza y pobreza extrema, as\u00ed como desplazados, mujeres, poblaci\u00f3n afrodescendiente e ind\u00edgena, entre otros grupos poblacionales.<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar un plan de acci\u00f3n anual en donde se contemple la elaboraci\u00f3n de estudios sobre temas espec\u00edficos que est\u00e9n afectando al mercado de trabajo regional.<\/p>\n<p>5. Estudiar y analizar las transformaciones del mercado de trabajo por medio de metodolog\u00edas de an\u00e1lisis de investigaci\u00f3n social y de prospectiva laboral.<\/p>\n<p>6. Socializar los resultados de los estudios y diagn\u00f3sticos regionales sobre el mercado de trabajo y contribuir a la consolidaci\u00f3n de espacios de discusi\u00f3n y conocimiento del tema.<\/p>\n<p>7. Contribuir con insumos t\u00e9cnicos que puedan servir de herramienta para la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica del mercado de trabajo.<\/p>\n<p>8. Participar en instancias y espacios regionales de discusi\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas del mercado de trabajo con los actores representativos del mismo.<\/p>\n<p>9. Ser parte activa de la Red Ormet y trabajar por alcanzar exitosamente sus objetivos.<\/p>\n<p>10. Gestionar recursos financieros y humanos que permitan realizar estudios y alcanzar su sostenibilidad.<\/p>\n<p>11. Comunicar y remitir a la Secretar\u00eda T\u00e9cnica las novedades que se originen en el desarrollo de las actividades propias del Ormet.<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s necesarias para el cumplimiento del objeto de la Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Los Ormet se articular\u00e1n con las Direcciones Territoriales y Subcomisiones Departamentales de Concertaci\u00f3n de Pol\u00edticas Salariales y Laborales mediante la coordinaci\u00f3n de acciones y actividades, de conformidad con las normas y procedimientos de estas instancias.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Corresponde a los Ormet coordinar con el Observatorio de Conflictos Laborales\/Sociales adscrito al despacho del Ministro del Trabajo actividades referentes a la recolecci\u00f3n de informaci\u00f3n que sea relevante sobre los eventos que puedan afectar las relaciones laborales.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Secretar\u00eda T\u00e9cnica. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo (Red Ormet), est\u00e1 a cargo de la Subdirecci\u00f3n de An\u00e1lisis, Monitoreo y Prospectiva Laboral de la Direcci\u00f3n de Generaci\u00f3n y Protecci\u00f3n del Empleo y Subsidio Familiar del Ministerio del Trabajo.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Funciones de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. Son funciones de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica las siguientes:<\/p>\n<p>1. Tener registro de todos los Ormet y dem\u00e1s entidades que desarrollen estudios del mercado laboral en el pa\u00eds.<\/p>\n<p>2. Definir los lineamientos para la elaboraci\u00f3n de los planes de acci\u00f3n de los Ormet.<\/p>\n<p>3. Acopiar toda la informaci\u00f3n producida por la Red Ormet, relacionada con el desarrollo de sus actividades.<\/p>\n<p>4. Llevar el registro de todas las novedades remitidas por cada uno de los Ormet, que hacen parte de la Red.<\/p>\n<p>5. Consolidar los archivos con la informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n que sea entregada por los Ormet.<\/p>\n<p>6. Apoyar con la consecuci\u00f3n de la informaci\u00f3n relacionada con el mercado de trabajo, que requieran los integrantes de la Red Ormet.<\/p>\n<p>7. Elaborar y custodiar las actas de las reuniones del Nodo Central.<\/p>\n<p>8. Monitorear y evaluar la gesti\u00f3n de los Ormet, as\u00ed como de su solidez t\u00e9cnica.<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s necesarias para el cumplimiento del objeto de la Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Condiciones. Para constituirse como Ormet y pertenecer a la Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo, los observatorios deber\u00e1n cumplir como m\u00ednimo con las siguientes condiciones:<\/p>\n<p>1. Suscribir un acuerdo de voluntades, en el cual confluyan aliados p\u00fablicos y privados, en donde se defina el \u00e1rea de influencia del Ormet y la instituci\u00f3n operadora del mismo.<\/p>\n<p>2. Designar un coordinador del Ormet, el cual tendr\u00e1 a su cargo el equipo de apoyo que se conforme de acuerdo con las necesidades de este.<\/p>\n<p>3. Contar con un espacio f\u00edsico de trabajo que tenga los medios necesarios para el cumplimiento de sus funciones.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Se entiende por \u00e1rea de influencia a los municipios en los que el Ormet realizar\u00e1 monitoreo e investigaci\u00f3n en temas relacionados con el mercado de trabajo. Solo podr\u00e1 existir un Ormet para una misma \u00e1rea de influencia. En caso de conflicto para definir el \u00e1rea de influencia, este ser\u00e1 resuelto por la dependencia que ejerce la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Red, definida en el art\u00edculo 11 del presente decreto.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Se enviar\u00e1 a la Secretar\u00eda T\u00e9cnica copia del Acuerdo de Voluntades y del Acta de Designaci\u00f3n del coordinador del Ormet.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Reglamentaci\u00f3n. El Ministerio del Trabajo reglamentar\u00e1 el funcionamiento de la Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo Red-Ormet.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga las disposiciones que le sean contrarias.<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1 D. C., a 31 de julio de 2014.<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/p>\n<p>El Viceministro de Relaciones Laborales e Inspecci\u00f3n, encargado de las Funciones del Despacho del Ministro del Trabajo,<\/p>\n<p>\u00a0Jos\u00e9 No\u00e9 R\u00edos Mu\u00f1oz.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1444 DE 2014 \u00a0(julio 31) D.O. 49.229, julio 31 de 2014 por el cual se estructura la Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo &#8211; Red Ormet y se dictan otras disposiciones. Nota: Ver Decreto 1072 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Trabajo. 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