{"id":48373,"date":"2023-08-16T18:05:33","date_gmt":"2023-08-16T18:05:33","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-2714-de-2014\/"},"modified":"2023-08-16T18:05:33","modified_gmt":"2023-08-16T18:05:33","slug":"decreto-2714-de-2014","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-2714-de-2014\/","title":{"rendered":"DECRETO 2714 DE 2014"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2714 DE 2014<\/p>\n<p>\u00a0(diciembre 26)<\/p>\n<p>D.O. 49.376, diciembre 26 de 2014<\/p>\n<p>\u00a0por el cual se prorroga el plazo de liquidaci\u00f3n del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 15 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, art\u00edculo 52 de la Ley 489 de 1998, de conformidad con lo se\u00f1alado en el Decreto ley 254 de 2000, modificado por la Ley 1105 de 2006, en el art\u00edculo 2\u00b0 del Decreto 2013 de 2012, y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que mediante Decreto 2013 de 2012, se dispuso la supresi\u00f3n y liquidaci\u00f3n del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidaci\u00f3n, creado por la Ley 90 de 1946 y transformado en Empresa Industrial y Comercial del Estado, mediante el Decreto 2148 de 1992, vinculado al Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social, seg\u00fan Decreto ley 4107 de 2011;<\/p>\n<p>Que el par\u00e1grafo 1\u00b0 del art\u00edculo 2\u00b0 del Decreto ley 254 de 2000, modificado por el art\u00edculo 2\u00b0 de la Ley 1105 de 2006, establece que: \u201cEn el acto que ordena la supresi\u00f3n o disoluci\u00f3n se se\u00f1alar\u00e1 el plazo para realizar la liquidaci\u00f3n de la respectiva entidad, el cual ser\u00e1 fijado teniendo en cuenta las caracter\u00edsticas de la misma. Si la liquidaci\u00f3n no concluye en dicho plazo, el Gobierno podr\u00e1 prorrogar el plazo fijado por acto administrativo debidamente motivado\u201d;<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 2\u00b0 del Decreto 2013 de 2012, se\u00f1al\u00f3 que el proceso de liquidaci\u00f3n del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidaci\u00f3n, \u201c(\u2026) deber\u00e1 concluir en un plazo de un (1) a\u00f1o (\u2026)\u201d contado a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto, el cual \u201c(\u2026) podr\u00e1 ser prorrogado por el Gobierno Nacional, mediante acto administrativo debidamente motivado (\u2026)\u201d;<\/p>\n<p>Que mediante Decreto 2115 del 27 de septiembre de 2013, se prorrog\u00f3 el proceso liquidatorio del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidaci\u00f3n hasta el veintiocho (28) de marzo de 2014;<\/p>\n<p>Que mediante Decreto 652 del 28 de marzo de 2014, se prorrog\u00f3 el proceso de liquidaci\u00f3n del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidaci\u00f3n, hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2014;<\/p>\n<p>Que a la fecha se han logrado avances en el proceso de liquidaci\u00f3n, tales como la entrega a Colpensiones de los expedientes que hab\u00eda recibido dicha entidad del antiguo ISS, en los t\u00e9rminos ordenados por la Corte Constitucional, la determinaci\u00f3n del pasivo externo y el pasivo cierto no reclamado de la Entidad, en la depuraci\u00f3n contable para el cierre de los estados financieros, en las actividades requeridas para la administraci\u00f3n adecuada y el traslado del fondo acumulado de historias cl\u00ednicas y del archivo documental propio de la Liquidaci\u00f3n;<\/p>\n<p>Que pese a los avances en la liquidaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de las actividades descritas en la parte considerativa del Decreto 652 de 2014, mediante comunicaci\u00f3n suscrita por el Apoderado General del Liquidador y radicada en el Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social bajo el n\u00famero 201442301985402 del 2 de diciembre de 2014, se solicit\u00f3 estudiar la posibilidad de prorrogar el plazo del proceso liquidatorio del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidaci\u00f3n, adjuntando un nuevo plan de cierre con las actividades pendientes y necesarias para su adecuada ejecuci\u00f3n, entre las cuales se encuentran:<\/p>\n<p>1. Finalizar con la entrega de los expedientes pensionales decididos e inactivos del antiguo ISS y dem\u00e1s series documentales a Colpensiones, que le correspond\u00edan como Administrador del R\u00e9gimen de Prima Media con Prestaci\u00f3n Definida, en los t\u00e9rminos ordenados por la Corte Constitucional mediante Auto 110 de 2013 y Autos de Seguimiento 182 y 202 de 2013.<\/p>\n<p>2. Notificar el pasivo cierto no reclamado (Pacinore).<\/p>\n<p>3. Finalizar la depuraci\u00f3n contable.<\/p>\n<p>4. Adoptar el Plan de Reubicaci\u00f3n &#8211; derecho preferencial en los t\u00e9rminos establecidos por la Honorable Corte Constitucional en la Sentencia SU 377 de 2014.<\/p>\n<p>5. Entrega de actividades al Patrimonio Aut\u00f3nomo de Remanentes.<\/p>\n<p>6. Concluir las dem\u00e1s actividades propias del proceso liquidatorio con el objeto de que la extinci\u00f3n jur\u00eddica de la Entidad se produzca en debida forma;<\/p>\n<p>Que evaluadas las solicitudes referidas, se considera viable la pr\u00f3rroga del plazo del proceso liquidatorio del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidaci\u00f3n, con el fin de garantizar su culminaci\u00f3n;<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto,<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2015, el plazo para culminar la liquidaci\u00f3n del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidaci\u00f3n, por las razones expuestas en la parte motiva del presente decreto.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. En el evento de que las actividades que sustentan la pr\u00f3rroga establecida en el presente art\u00edculo, puedan concluirse antes del t\u00e9rmino se\u00f1alado, el Liquidador proceder\u00e1 al cierre inmediato de la liquidaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. El Liquidador deber\u00e1 presentar al Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social, al Ministerio del Trabajo y al Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, informes peri\u00f3dicos que den cuenta del cumplimiento del plan de cierre que sustenta el presente decreto y la efectiva liquidaci\u00f3n de la Entidad.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n, modifica el art\u00edculo 2\u00b0 del Decreto 2013 de 2012, modificado por los Decretos 2115 de 2013 y 652 de 2014.<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 26 de diciembre de 2014.<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico,<\/p>\n<p>Mauricio C\u00e1rdenas Santamar\u00eda.<\/p>\n<p>El Ministro de Salud y Protecci\u00f3n Social,<\/p>\n<p>\u00a0Alejandro Gaviria Uribe.<\/p>\n<p>El Ministro del Trabajo,<\/p>\n<p>\u00a0Luis Eduardo Garz\u00f3n.<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica,<\/p>\n<p>\u00a0Liliana Caballero Dur\u00e1n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2714 DE 2014 \u00a0(diciembre 26) D.O. 49.376, diciembre 26 de 2014 \u00a0por el cual se prorroga el plazo de liquidaci\u00f3n del Instituto de Seguros Sociales (ISS) en Liquidaci\u00f3n. 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