{"id":48378,"date":"2023-08-16T18:05:33","date_gmt":"2023-08-16T18:05:33","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-2719-de-2014\/"},"modified":"2023-08-16T18:05:33","modified_gmt":"2023-08-16T18:05:33","slug":"decreto-2719-de-2014","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-2719-de-2014\/","title":{"rendered":"DECRETO 2719 DE 2014"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2719 DE 2014<\/p>\n<p>\u00a0(diciembre 26)<\/p>\n<p>D.O. 49.376, diciembre 26 de 2014<\/p>\n<p>por el cual se definen los par\u00e1metros y el procedimiento que los Resguardos Ind\u00edgenas deber\u00e1n cumplir para acreditar la experiencia y\/o buenas pr\u00e1cticas como requisito para la ejecuci\u00f3n directa de los recursos de la Asignaci\u00f3n Especial del Sistema General de Participaciones, y se dictan otras disposiciones.<\/p>\n<p>Nota: Ver Decreto 1082 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del sector Administrativo de Planeaci\u00f3n Nacional.<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, de las conferidas por el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y por el numeral 20 del art\u00edculo 29 del Decreto 1953 de 2014, y<\/p>\n<p>CONSIDERANDO:<\/p>\n<p>Que en ejercicio de la facultad otorgada en el art\u00edculo 56 transitorio de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia, el Gobierno expidi\u00f3 el Decreto 1953 de 2014, \u201cpor el cual se crea un r\u00e9gimen especial con el fin de poner en funcionamiento los Territorios Ind\u00edgenas respecto de la administraci\u00f3n de los sistemas propios de los pueblos ind\u00edgenas hasta que el Congreso expida la ley de que trata el art\u00edculo 329 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d;<\/p>\n<p>Que de acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo 28 del Decreto 1953 de 2014, los resguardos ind\u00edgenas o las asociaciones de resguardos podr\u00e1n asumir, administrar y ejecutar directamente los recursos de la Asignaci\u00f3n Especial del Sistema General de Participaciones, previo cumplimiento de los requisitos previstos para el efecto;<\/p>\n<p>Que dentro de los requisitos que deber\u00e1n cumplir los resguardos ind\u00edgenas o las asociaciones de resguardos para asumir, administrar y ejecutar directamente los recursos de la Asignaci\u00f3n Especial del Sistema General de Participaciones, el numeral 2 del art\u00edculo 29 del Decreto 1953 de 2014, prev\u00e9 la entrega de un documento en donde se acredite la experiencia y\/o buenas pr\u00e1cticas en la ejecuci\u00f3n de recursos de cualquier fuente de financiamiento;<\/p>\n<p>Que el se\u00f1alado numeral 2 del art\u00edculo 29 del Decreto 1953 de 2014 dispone tambi\u00e9n que el Gobierno definir\u00e1 los par\u00e1metros y el procedimiento para que los Resguardos Ind\u00edgenas acrediten la experiencia y\/o buenas pr\u00e1cticas, como requisito para la ejecuci\u00f3n directa de los recursos de la Asignaci\u00f3n Especial del Sistema General de Participaciones, previa consulta con la Mesa Permanente de Concertaci\u00f3n;<\/p>\n<p>Que en sesi\u00f3n de la Mesa Permanente de Concertaci\u00f3n del 4 de diciembre de 2014, instalada de conformidad con lo previsto en el Decreto 1397 de 1996, se present\u00f3 a consideraci\u00f3n de los integrantes de la Mesa, la propuesta de documento trabajada de forma conjunta entre el Gobierno y los pueblos y organizaciones ind\u00edgenas, documento que una vez analizado, discutido y ajustado entre todas las partes de que trata el numeral 2 del art\u00edculo 29 del Decreto 1953 de 2014, se formaliza a trav\u00e9s del presente decreto;<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto,<\/p>\n<p>DECRETA:<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto. El presente decreto tiene por objeto definir los par\u00e1metros y el procedimiento que los Resguardos Ind\u00edgenas o las asociaciones de resguardos deber\u00e1n cumplir para acreditar la experiencia y\/o buenas pr\u00e1cticas como requisito para la ejecuci\u00f3n directa de los recursos de la Asignaci\u00f3n Especial del Sistema General de Participaciones, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del art\u00edculo 29 del Decreto 1953 de 2014. (Nota: Ver art\u00edculo 2.2.5.6.1.1. del Decreto 1082 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del sector Administrativo de Planeaci\u00f3n Nacional.).<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Definici\u00f3n de experiencia. Para los efectos del presente decreto, t\u00e9nganse en cuenta las siguientes definiciones de experiencia:<\/p>\n<p>\u2022 Experiencia Administrativa: La existencia de una estructura administrativa (t\u00e9cnica y humana), con la que cuentan los Resguardos o las Asociaciones de Resguardos, la cual se certificar\u00e1 por las autoridades del Resguardo o de los Resguardos Asociados de que habla el numeral 4 del art\u00edculo 29 del Decreto 1953 de 2014, seg\u00fan el caso.<\/p>\n<p>\u2022 Experiencia Financiera: Es la existencia de antecedentes de administraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de recursos financieros por parte de los Resguardos Ind\u00edgenas o de las asociaciones de Resguardos, en el marco de contratos o convenios que se han suscrito y ejecutado con entidades p\u00fablicas o privadas, que demuestren su efectiva ejecuci\u00f3n y desarrollo de procesos contables.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Para los efectos de este decreto enti\u00e9ndase por fuente de financiamiento cualquier recurso financiero proveniente del presupuesto de entidades de derecho p\u00fablico de cualquier nivel de gobierno, y\/o privado de car\u00e1cter nacional o internacional.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 2\u00ba: Ver art\u00edculo 2.2.5.6.1.2. del Decreto 1082 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del sector Administrativo de Planeaci\u00f3n Nacional.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Definici\u00f3n de buenas pr\u00e1cticas. Son aquellas actividades desarrolladas por los Resguardos Ind\u00edgenas o por la Asociaci\u00f3n de Resguardos, relacionadas con el manejo e inversi\u00f3n de recursos financieros para el desarrollo de proyectos de inversi\u00f3n en pro del mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad, orientadas seg\u00fan la Ley de Origen, Derecho Mayor o el Derecho Propio.<\/p>\n<p>Las actividades deber\u00e1n corresponder a uno o varios sectores de inversi\u00f3n, y ser\u00e1n acreditadas conforme a lo que establecido en el art\u00edculo 5\u00b0 de este decreto.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 3\u00ba: Ver art\u00edculo 2.2.5.6.1.3. del Decreto 1082 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del sector Administrativo de Planeaci\u00f3n Nacional.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Soportes de acreditaci\u00f3n de experiencia. Los Resguardos Ind\u00edgenas y las asociaciones de resguardos demostrar\u00e1n la experiencia administrativa y financiera, con los siguientes documentos:<\/p>\n<p>\u2022 Certificaci\u00f3n expedida por el representante legal del Resguardo o de la asociaci\u00f3n de resguardos en que se indiquen el equipamiento institucional y administrativo con que cuentan, que como m\u00ednimo debe incluir una sede administrativa (acta que determine la ubicaci\u00f3n y funcionamiento de la sede), equipos de oficina (inventario actualizado) y acceso a servicios de comunicaci\u00f3n, tales como tel\u00e9fono e internet (comprobante de \u00faltimo pago realizado a nombre del \u00f3rgano de gobierno del Resguardo o de uno de los Resguardos asociados).<\/p>\n<p>\u2022 Certificaci\u00f3n expedida por el representante legal del Resguardo o de la asociaci\u00f3n de Resguardos en que se indiquen los integrantes del equipo humano especificando sus perfiles y funciones que como m\u00ednimo deber\u00e1n atender funciones en materia de contrataci\u00f3n, contable, tesorer\u00eda, planeaci\u00f3n y labores asistenciales, para lo cual se adjuntar\u00e1 las hojas de vida respectivas con los soportes de formaci\u00f3n acad\u00e9mica y experiencia relacionada, y el organigrama del equipo administrativo.<\/p>\n<p>\u2022 Documento suscrito por el representante legal del Resguardo o de la asociaci\u00f3n de Resguardos en que se relacione los convenios o contratos suscritos y ejecutados con entidades p\u00fablicas o privadas, nacionales o internacionales, en el que certifique que se encuentran en el marco de su plan de vida o documento equivalente, describiendo partes, beneficiarios, objeto, plazo y cuant\u00eda. Para estos efectos deber\u00e1n adjuntar copia de cada uno de los convenios o contratos relacionados y certificaci\u00f3n de cumplimiento del objeto, expedida por parte de la entidad contratante, as\u00ed como Acta de Asamblea comunitaria del Resguardo o de Asambleas de los Resguardos asociados certificando el beneficio de dichos convenios y contratos en pro del mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad.<\/p>\n<p>\u2022 Documento firmado por el representante legal y el contador del Resguardo o de la asociaci\u00f3n de Resguardos que reporte el estado financiero (balance general y estado de p\u00e9rdidas y ganancias) correspondiente a cada vigencia fiscal de los tres a\u00f1os anteriores a la presentaci\u00f3n de la solicitud.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 4\u00ba: Ver art\u00edculo 2.2.5.6.1.4. del Decreto 1082 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del sector Administrativo de Planeaci\u00f3n Nacional.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Soportes de acreditaci\u00f3n de buenas pr\u00e1cticas. Los Resguardos Ind\u00edgenas y las asociaciones de Resguardos demostrar\u00e1n las buenas pr\u00e1cticas con los siguientes soportes:<\/p>\n<p>\u2022 Certificaci\u00f3n expedida por el representante legal del Resguardo o de la asociaci\u00f3n de Resguardos en que se indique el equipamiento institucional y administrativo con que cuentan, que como m\u00ednimo debe incluir una sede administrativa (un acta que determine la ubicaci\u00f3n, el funcionamiento de la sede y el acceso a servicios de comunicaci\u00f3n, tales como tel\u00e9fono e internet), equipos de oficina (inventario actualizado).<\/p>\n<p>\u2022 Certificaci\u00f3n expedida por el representante legal del Resguardo o de la asociaci\u00f3n de Resguardos en que se indiquen los integrantes del equipo humano especificando sus perfiles y funciones que como m\u00ednimo deber\u00e1n atender funciones en materia de contrataci\u00f3n, contable, tesorer\u00eda, planeaci\u00f3n y labores asistenciales, para lo cual se adjuntar\u00e1 las hojas de vida respectivas con los soportes de formaci\u00f3n acad\u00e9mica y experiencia relacionada, y el organigrama del equipo administrativo.<\/p>\n<p>\u2022 Documento suscrito por el representante legal del Resguardo o de la asociaci\u00f3n de Resguardos en que se relacione los proyectos ejecutados con recursos propios o provenientes de entidades p\u00fablicas o privadas, nacionales o internacionales, en el que certifique que se encuentran en el marco de su plan de vida o documento equivalente, describiendo partes, beneficiarios, objeto, plazo y cuant\u00eda de cada proyecto. Para estos efectos deber\u00e1n adjuntar copia de cada uno de los proyectos relacionados, Acta de Asamblea Comunitaria del Resguardo o de Asambleas de los Resguardos asociados certificando el beneficio del o los proyectos en pro del mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad e indicando la entidad externa que acompa\u00f1\u00f3 dicho proceso o procesos, cuando haya lugar.<\/p>\n<p>\u2022 Informe financiero del Resguardo o la asociaci\u00f3n de Resguardos firmado por el respectivo representante legal, correspondiente a cada vigencia fiscal de los tres a\u00f1os anteriores a la presentaci\u00f3n de la solicitud.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 5\u00ba: Ver art\u00edculo 2.2.5.6.1.5. del Decreto 1082 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del sector Administrativo de Planeaci\u00f3n Nacional.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Rangos presupuestales. Se establecen los siguientes rangos presupuestales para efectos de acreditar la experiencia o buenas pr\u00e1cticas, seg\u00fan corresponda, para administrar directamente la asignaci\u00f3n especial del SGP, as\u00ed:<\/p>\n<p>ACREDITACI\u00d3N DE EXPERIENCIA: Podr\u00e1n acreditar experiencia los Resguardos Ind\u00edgenas o asociaciones de Resguardos que cumplan con lo siguiente:<\/p>\n<p>Para aquellos con una asignaci\u00f3n especial del SGP para resguardos ind\u00edgenas igual o superior a $1.000.000.000 en la vigencia en la cual se realiza la solicitud de verificaci\u00f3n, que hayan ejecutado de manera acumulada en los \u00faltimos tres a\u00f1os, con recursos de cualquier fuente, como m\u00ednimo el equivalente al 80% de dicha asignaci\u00f3n, conforme a los soportes de experiencia financiera de que trata el presente decreto.<\/p>\n<p>Para aquellos con una asignaci\u00f3n especial del SGP para resguardos ind\u00edgenas iguales a $500.000.000 e inferiores a $1.000.000.000 en la vigencia en la cual se realiza la solicitud de verificaci\u00f3n, que hayan ejecutado de manera acumulada en los \u00faltimos tres a\u00f1os, con recursos de cualquier fuente, como m\u00ednimo el equivalente al 60% de dicha asignaci\u00f3n, conforme a los soportes de experiencia financiera de que trata el presente decreto.<\/p>\n<p>ACREDITACI\u00d3N DE BUENAS PR\u00c1CTICAS: Podr\u00e1n acreditar buenas pr\u00e1cticas los Resguardos Ind\u00edgenas o asociaciones de Resguardos que cumplan con lo siguiente:<\/p>\n<p>Para aquellos con una asignaci\u00f3n especial del SGP para resguardos inferiores a $500.000.000 en la vigencia en la cual se realiza la solicitud de verificaci\u00f3n, que hayan ejecutado durante los \u00faltimos tres a\u00f1os o en uno de estos, con recursos de cualquier fuente, el equivalente al 30% de dicha asignaci\u00f3n conforme a los soportes de buenas pr\u00e1cticas de que trata el presente decreto.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Cuando se trate de una Asociaci\u00f3n de Resguardos, para la determinaci\u00f3n del rango presupuestal se tendr\u00e1 en cuenta la sumatoria de recursos asignados a cada uno de los Resguardos que hacen parte de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo transitorio. Para las solicitudes de administraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de recursos de la asignaci\u00f3n especial del SGP, de que trata el art\u00edculo 29 del Decreto 1953 de 2014, que se presenten a 31 de diciembre de 2014 se tendr\u00e1 en cuenta la experiencia y\/o buenas pr\u00e1cticas de ejecuci\u00f3n acumulada de recursos correspondiente a las vigencias fiscales de 2012 a 2014.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 6\u00ba: Ver art\u00edculo 2.2.5.6.1.6. del Decreto 1082 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del sector Administrativo de Planeaci\u00f3n Nacional.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Asociaci\u00f3n de Resguardos. Cuando se trate de la Asociaci\u00f3n de Resguardos se deber\u00e1n acreditar los requisitos a que se refiere el art\u00edculo 4\u00b0 del Decreto 1953 de 2014, a trav\u00e9s de su representante legal.<\/p>\n<p>Para efectos de la verificaci\u00f3n de los requisitos para la administraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de recursos de la asignaci\u00f3n especial del SGP, de que trata el art\u00edculo 29 del Decreto 1953 de 2014, se tendr\u00e1 en cuenta el conjunto de la informaci\u00f3n aportada por la asociaci\u00f3n que corresponde a cada uno de los Resguardos que hacen parte de la misma. En este sentido, la informaci\u00f3n aportada por uno de los resguardos se entender\u00e1 como aportada por la asociaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 7\u00ba: Ver art\u00edculo 2.2.5.6.1.7. del Decreto 1082 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del sector Administrativo de Planeaci\u00f3n Nacional.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Radicaci\u00f3n de la solicitud. Para efectos del tr\u00e1mite de la verificaci\u00f3n de requisitos para la administraci\u00f3n de los recursos de la asignaci\u00f3n especial del SGP, los resguardos o asociaciones de resguardos interesados deber\u00e1n radicar la solicitud y los soportes respectivos en medio f\u00edsico en la oficina de correspondencia del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, a m\u00e1s tardar el 31 de julio de la vigencia anterior a la cual se pretende la administraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de dichos recursos, en jornada laboral.<\/p>\n<p>El representante legal del resguardo ind\u00edgena o de la Asociaci\u00f3n de Resguardos Ind\u00edgenas ser\u00e1 el \u00fanico responsable de la informaci\u00f3n, los documentos y soportes presentados al momento de radicar la solicitud, sin perjuicio de las verificaciones y requerimientos que pueda adelantar el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo transitorio 1\u00b0. Para efectos del tr\u00e1mite de la verificaci\u00f3n de requisitos para la administraci\u00f3n de los recursos correspondientes a la vigencia del a\u00f1o 2015, los resguardos o asociaciones de resguardos interesados deber\u00e1n radicar la solicitud y los soportes respectivos en medio f\u00edsico, en la Oficina de Correspondencia del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, cumpliendo con todos y cada uno de los requisitos establecidos en el Decreto 1953 de 2014 y en el presente decreto, a m\u00e1s tardar el 31 de diciembre de 2014 en jornada laboral.<\/p>\n<p>Si durante el proceso de verificaci\u00f3n de los requisitos para la administraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los recursos de la asignaci\u00f3n especial del SGP, el DNP encuentra que se ha omitido el cumplimiento de alguno o algunos de ellos, la solicitud ser\u00e1 negada sin que haya lugar a subsanar las omisiones encontradas. En este caso se podr\u00e1 tramitar nuevamente la solicitud para efectos la verificaci\u00f3n de requisitos para la administraci\u00f3n de los recursos de la vigencia fiscal de 2016.<\/p>\n<p>Si durante el proceso de verificaci\u00f3n de los requisitos para la administraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los recursos de la asignaci\u00f3n especial del SGP, el DNP encuentra que se ha dado cumplimiento a todos y cada uno de los requisitos pero se evidencia errores simplemente formales ya sean aritm\u00e9ticos, de digitaci\u00f3n, de transcripci\u00f3n o de omisi\u00f3n de palabras, estos podr\u00e1n ser corregidos siempre que no den lugar a cambios en el sentido material de la propuesta.<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo transitorio 2\u00b0. Los Resguardos Ind\u00edgenas que decidan presentar la solicitud de verificaci\u00f3n de requisitos para la administraci\u00f3n de los recursos de la asignaci\u00f3n especial, podr\u00e1n abstenerse de suscribir contrato de administraci\u00f3n hasta tanto sea resuelta la solicitud por parte de DNP. Si el pronunciamiento del DNP es desfavorable, una vez el correspondiente acto administrativo quede en firme, el Resguardo podr\u00e1 suscribir el contrato de administraci\u00f3n con la entidad territorial correspondiente.<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 8\u00ba: Ver art\u00edculo 2.2.5.6.1.8. del Decreto 1082 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del sector Administrativo de Planeaci\u00f3n Nacional.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Una vez expedida la resoluci\u00f3n con la decisi\u00f3n sobre la solicitud de la administraci\u00f3n directa de los recursos, el DNP comunicar\u00e1 al representante legal del Resguardo o de la asociaci\u00f3n de resguardos, al Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y al alcalde del municipio en que se encuentre ubicado el Resguardo, para que se adelanten los tr\u00e1mites correspondientes para el giro de los recursos de la respectiva vigencia. (Nota: Ver art\u00edculo 2.2.5.6.1.9. del Decreto 1082 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del sector Administrativo de Planeaci\u00f3n Nacional.).<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase.<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 26 de diciembre de 2014.<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N<\/p>\n<p>El Ministro del Interior,<\/p>\n<p>\u00a0Juan Fernando Cristo Bustos.<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico,<\/p>\n<p>Mauricio C\u00e1rdenas Santamar\u00eda.<\/p>\n<p>El Secretario General encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00a0\u00c9dgar Antonio G\u00f3mez \u00c1lvarez.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2719 DE 2014 \u00a0(diciembre 26) D.O. 49.376, diciembre 26 de 2014 por el cual se definen los par\u00e1metros y el procedimiento que los Resguardos Ind\u00edgenas deber\u00e1n cumplir para acreditar la experiencia y\/o buenas pr\u00e1cticas como requisito para la ejecuci\u00f3n directa de los recursos de la Asignaci\u00f3n Especial del Sistema General de Participaciones, y se [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[75],"tags":[],"class_list":["post-48378","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2014"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/48378","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=48378"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/48378\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=48378"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=48378"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=48378"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}