{"id":48447,"date":"2023-08-16T20:41:29","date_gmt":"2023-08-16T20:41:29","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-155-de-2015\/"},"modified":"2023-08-16T20:41:29","modified_gmt":"2023-08-16T20:41:29","slug":"decreto-155-de-2015","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-155-de-2015\/","title":{"rendered":"DECRETO 155 DE 2015"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 155 DE \u00a02015 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(enero 30) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D. O. \u00a049.410, enero 30 de 2015 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por \u00a0el cual se crea una Comisi\u00f3n Intersectorial para Proyectos Estrat\u00e9gicos del \u00a0Sector Comercio, Industria y Turismo y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Ver Decreto 1074 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Ver Resoluci\u00f3n \u00a04545 de 2015, M. de Salud y Protecci\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, \u00a0en particular la que le confiere el art\u00edculo 45 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 20 de agosto de \u00a02013 se expidi\u00f3 el Documento Conpes 3762 \u00a0\u201cLineamientos de Pol\u00edtica para el Desarrollo de Proyectos de Inter\u00e9s Nacional y \u00a0Estrat\u00e9gicos en adelante (PINES)\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante el Decreto n\u00famero \u00a02445 de 2013 se derog\u00f3 el Decreto n\u00famero \u00a02306 de 2012 y se cre\u00f3 la Comisi\u00f3n Intersectorial de Infraestructura y \u00a0Proyectos Estrat\u00e9gicos (CIIPE) cuyo objeto es la coordinaci\u00f3n y orientaci\u00f3n \u00a0superior de las funciones de las entidades p\u00fablicas que participan en la \u00a0estructuraci\u00f3n, financiaci\u00f3n, contrataci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de proyectos de \u00a0infraestructura, hidrocarburos, miner\u00eda, energ\u00eda y dem\u00e1s proyectos estrat\u00e9gicos \u00a0de inter\u00e9s nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que a partir de su \u00a0creaci\u00f3n la Comisi\u00f3n ha cumplido su finalidad en materia de coordinaci\u00f3n y \u00a0orientaci\u00f3n de los proyectos de infraestructura, hidrocarburos, miner\u00eda, \u00a0energ\u00eda, garantizando la correcta ejecuci\u00f3n de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que para el Gobierno \u00a0nacional es de gran importancia generar los mismos resultados frente a los dem\u00e1s \u00a0proyectos estrat\u00e9gicos de inter\u00e9s nacional, diferentes a los se\u00f1alados en el Decreto n\u00famero \u00a02445 de 2013, por lo cual se requiere una coordinaci\u00f3n similar que permita \u00a0atenderlos con la misma eficiencia y eficacia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con fundamento en lo \u00a0expuesto, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha identificado la \u00a0necesidad de crear una Comisi\u00f3n Intersectorial de Proyectos Estrat\u00e9gicos del \u00a0Sector Comercio, Industria y Turismo, integrada por los Ministerios y entidades \u00a0competentes que puedan coordinar y orientar el cumplimiento de las funciones y \u00a0mandatos constitucionales y legales para los proyectos que requieren un alto \u00a0nivel de coordinaci\u00f3n entre entidades de distintos sectores de la rama \u00a0ejecutiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Creaci\u00f3n. Cr\u00e9ase la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial para Proyectos Estrat\u00e9gicos del Sector de Comercio, Industria y \u00a0Turismo, con la finalidad de coordinar y orientar las funciones de las \u00a0entidades p\u00fablicas que participan en la ejecuci\u00f3n de los proyectos estrat\u00e9gicos \u00a0de inter\u00e9s nacional relacionados con el sector. (Nota: \u00a0Ver art\u00edculo 1.1.3.15. del Decreto 1074 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n tendr\u00e1 a \u00a0cargo el apoyo a la gesti\u00f3n y el seguimiento de los Proyectos de Inter\u00e9s \u00a0Nacional y Estrat\u00e9gicos (PINES) relacionados con el sector de Comercio, \u00a0Industria y Turismo, as\u00ed como la identificaci\u00f3n de las barreras o tr\u00e1mites que \u00a0dificulten su realizaci\u00f3n, con el fin de proponer f\u00f3rmulas o alternativas de \u00a0soluci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La Comisi\u00f3n \u00a0asesorar\u00e1, de acuerdo con sus funciones de coordinaci\u00f3n, en los PINES de \u00a0Comercio, Industria y Turismo, que esta valide, en especial en lo relacionado \u00a0con los temas fitosanitarios, de salud p\u00fablica y tributarios previa solicitud \u00a0de las autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Integraci\u00f3n. La Comisi\u00f3n estar\u00e1 \u00a0integrada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro de Salud \u00a0y Protecci\u00f3n Social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministro de \u00a0Agricultura y Desarrollo Rural \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Ministro de \u00a0Comercio, Industria y Turismo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Director del \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Ministro Consejero \u00a0para el Gobierno y el Sector Privado, o quien haga sus veces en la Presidencia \u00a0de la Rep\u00fablica, quien la presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Excepcionalmente, los Ministros \u00a0podr\u00e1n delegar su participaci\u00f3n en los Viceministros y el Director del \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n en el Subdirector Sectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. La \u00a0Comisi\u00f3n deber\u00e1 reunirse como m\u00ednimo dos veces por semestre, sin perjuicio de \u00a0las reuniones que sean necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de \u00a0sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La \u00a0Comisi\u00f3n podr\u00e1 sesionar con un m\u00ednimo de tres (3) de sus miembros y adoptar\u00e1 \u00a0las decisiones por mayor\u00eda simple de sus integrantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Invitados. Cuando se traten temas de \u00a0su competencia, asistir\u00e1n como invitados a las sesiones de la Comisi\u00f3n, con voz \u00a0pero sin voto: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro de \u00a0Transporte y los representantes legales de sus entidades adscritas y \u00a0vinculadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Director General \u00a0de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Gerente General \u00a0del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Director General \u00a0del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Director General \u00a0del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Director del \u00a0Organismo Nacional de Acreditaci\u00f3n de Colombia (ONAC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Director del \u00a0Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Director de \u00a0Antinarc\u00f3ticos de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El Gerente del Fondo \u00a0Nacional de Turismo (Fontur). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El Presidente de Procolombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. El Presidente de Bancoldex. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. El Presidente del \u00a0Banco Agrario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los invitados a las \u00a0sesiones deber\u00e1n elaborar y presentar los informes que sean requeridos por la comisi\u00f3n \u00a0en el marco de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. A las \u00a0sesiones podr\u00e1n asistir en calidad de invitados, con derecho a voz, los \u00a0funcionarios y representantes de entidades p\u00fablicas, representantes de \u00a0organismos, gremios y agremiaciones del sector privado nacional e \u00a0internacional, asesores, expertos y dem\u00e1s personas naturales o jur\u00eddicas, \u00a0dependiendo del asunto a tratar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Funciones. La Comisi\u00f3n tendr\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en la \u00a0coordinaci\u00f3n y definici\u00f3n eficiente de los proyectos de comercio, industria y \u00a0turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Hacer seguimiento de \u00a0las acciones contempladas en los lineamientos de pol\u00edtica para el desarrollo de \u00a0los PINES de comercio, industria y turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Validar los proyectos \u00a0que cumplan con los criterios para ser considerados como PINES, que sean \u00a0priorizados y presentados por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar la gesti\u00f3n y \u00a0coordinaci\u00f3n de los PINES de comercio, industria y turismo, as\u00ed como realizar \u00a0su seguimiento y evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dar directrices para \u00a0la cualificaci\u00f3n de los criterios que deben cumplir los PINES de comercio, \u00a0industria y turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Definir lineamientos \u00a0para la coordinaci\u00f3n y la planeaci\u00f3n integral de los PINES de comercio, \u00a0industria y turismo, teniendo en cuenta el impacto econ\u00f3mico de dichos \u00a0proyectos y la coordinaci\u00f3n interinstitucional a nivel nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Servir de instancia \u00a0de concertaci\u00f3n, propiciar acuerdos interinstitucionales y proponer mecanismos \u00a0de soluci\u00f3n y arreglo, para el desarrollo de los PINES de comercio, industria y \u00a0turismo, sin perjuicio de la normatividad aplicable en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Establecer \u00a0lineamientos y dise\u00f1ar estrategias para la participaci\u00f3n de las autoridades \u00a0municipales, departamentales, regionales y metropolitanas, en el desarrollo y \u00a0ejecuci\u00f3n de los proyectos de comercio, industria y turismo, as\u00ed como la \u00a0socializaci\u00f3n de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Conformar los Comit\u00e9s \u00a0T\u00e9cnicos necesarios para su adecuado funcionamiento, que ser\u00e1n la instancia encargada \u00a0de apoyar la planeaci\u00f3n integral y el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de los \u00a0proyectos de comercio, industria y turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Expedir su propio \u00a0reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Responsabilidad. Las entidades que \u00a0integran la Comisi\u00f3n son responsables de establecer las estrategias y planes de \u00a0acci\u00f3n que permitan implementar sus decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Secretar\u00eda T\u00e9cnica. La Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica ser\u00e1 ejercida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y \u00a0tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Convocar a las \u00a0reuniones, preparar el orden del d\u00eda y elaborar las actas de cada sesi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar las \u00a0actividades de apoyo que sean necesarias para el desarrollo de las sesiones de \u00a0la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar las \u00a0funciones de relator\u00eda y conservaci\u00f3n de los documentos generados por la \u00a0Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las dem\u00e1s que le \u00a0asigne la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Comit\u00e9s T\u00e9cnicos. La Comisi\u00f3n contar\u00e1 \u00a0con Comit\u00e9s T\u00e9cnicos que ser\u00e1n la instancia encargada de la planeaci\u00f3n integral \u00a0y el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de los proyectos, as\u00ed como de gestionar las \u00a0decisiones de la Comisi\u00f3n y adelantar las labores t\u00e9cnicas que permitan \u00a0ejecutar e implementar los lineamientos y pol\u00edticas establecidas y llevar las \u00a0propuestas a la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos \u00a0estar\u00e1n integrados por profesionales de las entidades que hacen parte de la \u00a0Comisi\u00f3n, los cuales ser\u00e1n designados por los representantes que la conforman. \u00a0Cada Comit\u00e9 contar\u00e1 con un Coordinador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. El presente \u00a0decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1 D. C., a \u00a030 de enero de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS \u00a0CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda \u00a0y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio \u00a0C\u00e1rdenas Santamar\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de \u00a0Agricultura y Desarrollo Rural, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Aurelio \u00a0Iragorri Valencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Salud y \u00a0Protecci\u00f3n Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alejandro \u00a0Gaviria Uribe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Comercio, \u00a0Industria y Turismo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cecilia \u00a0\u00c1lvarez-Correa Glen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sim\u00f3n Gaviria Mu\u00f1oz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 155 DE \u00a02015 \u00a0 \u00a0\u00a0 (enero 30) \u00a0 \u00a0 D. 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