{"id":48530,"date":"2023-08-16T20:41:33","date_gmt":"2023-08-16T20:41:33","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-377-de-2015\/"},"modified":"2023-08-16T20:41:33","modified_gmt":"2023-08-16T20:41:33","slug":"decreto-377-de-2015","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-377-de-2015\/","title":{"rendered":"DECRETO 377 DE 2015"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 377 DE 2015 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(marzo 4) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 49.443, marzo 4 de 2015 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se aplazan unas apropiaciones en el \u00a0Presupuesto General de la Naci\u00f3n para la vigencia fiscal de 2015 y se dictan \u00a0otras disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Derogado por el \u00a0Decreto 2240 de 2015, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Modificado por el Decreto 1985 de 2015, \u00a0por el Decreto 1688 de 2015 \u00a0y por el Decreto 1340 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los art\u00edculos 76 \u00a0y 77 del Estatuto Org\u00e1nico del Presupuesto, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 352 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica le \u00a0otorga a la Ley Org\u00e1nica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente \u00a0a la programaci\u00f3n, aprobaci\u00f3n, modificaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del Presupuesto General \u00a0de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Congreso de la Rep\u00fablica en virtud del \u00a0art\u00edculo 349 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0expidi\u00f3 la Ley \u00a01737 del 2 de diciembre de 2014 por la cual se decreta el Presupuesto \u00a0General de la Naci\u00f3n para la vigencia fiscal de 2015, el cual se liquid\u00f3 por \u00a0medio del Decreto \u00a0n\u00famero 2710 del 26 de diciembre de 2014; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con los art\u00edculos 76 y 77 \u00a0del Estatuto Org\u00e1nico del Presupuesto, en cualquier mes del a\u00f1o fiscal el Gobierno \u00a0Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podr\u00e1 reducir o aplazar \u00a0total o parcialmente las apropiaciones presupuestales, entre otros, cuando la \u00a0coherencia macroecon\u00f3mica as\u00ed lo exija, cuando se estimare que los recaudos del \u00a0a\u00f1o puedan ser inferiores al total de los gastos y obligaciones contra\u00eddas o \u00a0cuando no se perfeccionen los recursos del cr\u00e9dito autorizados. En tales casos \u00a0el Gobierno podr\u00e1 prohibir o someter a condiciones especiales la asunci\u00f3n de \u00a0nuevos compromisos y obligaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que teniendo en cuenta los efectos adversos de \u00a0la econom\u00eda internacional sobre la econom\u00eda colombiana, especialmente en \u00a0materia de crecimiento y, por esta v\u00eda, sobre el comportamiento de las rentas \u00a0petroleras, se hace indispensable realizar el aplazamiento de algunas \u00a0apropiaciones de la presente vigencia fiscal, con el fin de mantener la \u00a0coherencia macroecon\u00f3mica, el cumplimiento de la regla fiscal y la confianza en \u00a0la econom\u00eda del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que evaluadas las proyecciones del presupuesto \u00a0de rentas y recursos de capital para el a\u00f1o 2015 por parte del Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, los recaudos que se esperan percibir no son \u00a0suficientes para financiar los gastos autorizados en la ley anual del \u00a0presupuesto para la vigencia fiscal de 2015; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Consejo de Ministros en su sesi\u00f3n del \u00a021 de febrero de 2015 autoriz\u00f3 el aplazamiento total o parcial de algunas \u00a0apropiaciones presupuestales de los \u00f3rganos que conforman el Presupuesto \u00a0General de la Naci\u00f3n, y facult\u00f3 al Consejo Superior de Pol\u00edtica Fiscal (Confis), para emitir concepto previo de que trata el \u00a0art\u00edculo 76 del Estatuto Org\u00e1nico del Presupuesto, en el evento en que nuevas \u00a0circunstancias permitan modificar o levantar el aplazamiento total o \u00a0parcialmente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el aplazamiento de las apropiaciones presupuestales \u00a0se efectu\u00f3 en forma razonable y proporcionada, respetando la autonom\u00eda \u00a0presupuestal de las otras ramas del poder p\u00fablico y entidades aut\u00f3nomas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Sentencia C-192 \u00a0del 15 de abril de 1997, la Corte Constitucional declar\u00f3 exequible el \u00a0art\u00edculo 34 de la Ley 179 de 1994 en el \u00a0entendido que la reducci\u00f3n o aplazamiento, total o parcial, de las \u00a0apropiaciones presupuestales no implica una modificaci\u00f3n del presupuesto, y que \u00a0el gobierno debe ejercer esa facultad en forma razonable y proporcionada, y \u00a0respetando la autonom\u00eda presupuestal de las otras ramas del poder p\u00fablico y \u00a0entidades aut\u00f3nomas en los t\u00e9rminos de los numerales 9 y 14 de la parte motiva \u00a0de la sentencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Aplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia \u00a0fiscal de 2015, en la suma de cinco billones novecientos ochenta y ocho mil \u00a0trescientos cuarenta y ocho millones doscientos sesenta y nueve mil quinientos \u00a0cincuenta y seis pesos moneda legal ($5.988.348.269.556), seg\u00fan el siguiente \u00a0detalle: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ver \u00a0Diario Oficial 49.443, pag. 4 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El presente decreto no surte \u00a0efectos fiscales para aquellas apropiaciones presupuestales que respalden \u00a0compromisos adquiridos con cargo a vigencias futuras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En los casos previstos en el inciso 2\u00b0 del \u00a0art\u00edculo 8\u00b0 de la Ley 819 de 2003 si los \u00a0compromisos no se perfeccionan la apropiaci\u00f3n presupuestal respectiva se \u00a0entender\u00e1 aplazada. De esta situaci\u00f3n deber\u00e1 informarse al Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico &#8211; Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico \u00a0Nacional, dentro de los tres d\u00edas siguientes a su ocurrencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. El presente decreto no surte efectos \u00a0fiscales para aquellas apropiaciones presupuestales indicadas en el art\u00edculo \u00a02\u00b0, que respalden compromisos adquiridos con cargo al presupuesto de la \u00a0vigencia actual debidamente perfeccionados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Las Secciones a las cuales se les \u00a0aplaza un monto global del Presupuesto de Gastos, deber\u00e1n determinar las \u00a0partidas espec\u00edficas afectadas con tal medida y comunicarlas dentro de los \u00a0quince (15) d\u00edas siguientes a la publicaci\u00f3n del presente decreto al Ministerio \u00a0de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico &#8211; Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. El Gobierno nacional, previo \u00a0concepto del Consejo Superior de Pol\u00edtica Fiscal (Confis), \u00a0podr\u00e1 sustituir una apropiaci\u00f3n aplazada por otra, siempre que se mantenga el \u00a0monto aplazado y el impacto fiscal del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. El Gobierno nacional, previo \u00a0concepto del Consejo Superior de Pol\u00edtica Fiscal (Confis), \u00a0podr\u00e1 desaplazar total o parcialmente las \u00a0apropiaciones de la vigencia fiscal de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. El presente decreto rige a partir \u00a0de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 4 de marzo de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio C\u00e1rdenas Santamar\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 377 DE 2015 \u00a0 \u00a0\u00a0 (marzo 4) \u00a0 \u00a0 D.O. 49.443, marzo 4 de 2015 \u00a0 \u00a0 por el cual se aplazan unas apropiaciones en el \u00a0Presupuesto General de la Naci\u00f3n para la vigencia fiscal de 2015 y se dictan \u00a0otras disposiciones. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Derogado por el \u00a0Decreto 2240 de 2015, \u00a0art\u00edculo [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[76],"tags":[],"class_list":["post-48530","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2015"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/48530","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=48530"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/48530\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=48530"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=48530"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=48530"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}