{"id":49279,"date":"2023-08-16T20:50:38","date_gmt":"2023-08-16T20:50:38","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-2366-de-2015\/"},"modified":"2023-08-16T20:50:38","modified_gmt":"2023-08-16T20:50:38","slug":"decreto-2366-de-2015","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-2366-de-2015\/","title":{"rendered":"DECRETO 2366 DE 2015"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a02366 DE 2015 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(diciembre \u00a07) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a049.719, diciembre 7 de 2015 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se crea la Agencia de Renovaci\u00f3n del Territorio (ART), se \u00a0determina su objeto y estructura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Modificado por el Decreto 1223 de 2020, \u00a0por el Decreto 2107 de 2019 \u00a0y por el Decreto 2096 de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a02: Corregido por el Decreto 267 de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a03: Ver Resoluci\u00f3n \u00a0292 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n \u00a0251 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n \u00a0142 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n \u00a092 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n \u00a091 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n \u00a089 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n \u00a086 de 2018. Ver Resoluci\u00f3n \u00a0895 de 2017. Ver Resoluci\u00f3n \u00a0766 de 2017. Ver Resoluci\u00f3n \u00a042 de 2017, ART. Ver Decreto 2204 de 2016. \u00a0Ver Decreto 1228 de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades \u00a0extraordinarias que le confiere el literal d) del art\u00edculo 107 de la Ley 1753 de 2015, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en las \u00a0bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 \u201cTodos por un Nuevo Pa\u00eds\u201d, se \u00a0establece la necesidad de adecuar la institucionalidad del sector Agricultura y \u00a0Desarrollo Rural para asegurar una ejecuci\u00f3n m\u00e1s eficiente de los recursos y \u00a0mejorar su capacidad de intervenci\u00f3n integral en el territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 1753 de 2015 en el \u00a0art\u00edculo 107 otorg\u00f3 facultades al Presidente de la Rep\u00fablica, para crear las \u00a0entidades encargadas del desarrollo rural y de la administraci\u00f3n de las \u00a0tierras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0mediante decretos-ley 2363 de 2015 y 2364 de 2015 se \u00a0crearon la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y la Agencia de Desarrollo Rural \u00a0(ADR), respectivamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que como \u00a0consecuencia de la creaci\u00f3n de las agencias citadas, el Decreto n\u00famero \u00a02365 de 2015 orden\u00f3 la supresi\u00f3n del Instituto Colombiano de Desarrollo \u00a0Rural (Incoder), que ten\u00eda a su cargo, adem\u00e1s de las funciones asumidas por las \u00a0nuevas agencias, las funciones de promover, en \u00e1reas priorizadas, la \u00a0consolidaci\u00f3n econ\u00f3mica y social de estos territorios, a trav\u00e9s del apoyo y \u00a0cofinanciaci\u00f3n de programas de desarrollo rural que incluyen, en especial, el \u00a0desarrollo productivo, el apoyo a la identificaci\u00f3n, preparaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de \u00a0proyectos en materia de infraestructura f\u00edsica, social, productiva, de \u00a0servicios b\u00e1sicos, en coordinaci\u00f3n con los organismos p\u00fablicos y entidades \u00a0competentes; as\u00ed como apoyar y fortalecer los espacios de participaci\u00f3n del \u00a0sector p\u00fablico, comunitario y privado, que permita concretar acuerdos \u00a0estrat\u00e9gicos en las \u00e1reas de desarrollo rural identificadas como prioritarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la \u00a0supresi\u00f3n del Incoder hace necesario crear una entidad especializada, encargada \u00a0de promover la consolidaci\u00f3n econ\u00f3mica, social e institucional de dichos \u00a0territorios, y de adelantar intervenciones integrales locales que respondan de \u00a0manera estructural al limitado desarrollo de las zonas del pa\u00eds afectadas por \u00a0el conflicto, con el fin de romper su marginalidad hist\u00f3rica, a trav\u00e9s de su \u00a0reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica y del involucramiento en las din\u00e1micas econ\u00f3micas \u00a0nacionales, permitiendo que en el mediano y largo plazo los habitantes de estas \u00a0zonas mejoren sus condiciones de vida e incrementen su movilidad social \u00a0mediante el ejercicio de actividades econ\u00f3micas competitivas y sostenibles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0literal d) del art\u00edculo 107 de la Ley 1753 de 2015 \u00a0confiri\u00f3 facultades extraordinarias al Gobierno nacional para crear las \u00a0entidades u organismos que se requieran para desarrollar los objetivos que \u00a0cumpl\u00edan las entidades u organismos que se suprimen, escindan, fusionen o \u00a0transformen del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo \u00a0Rural, facultad que se ejercer\u00e1 parcialmente en el presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Creaci\u00f3n \u00a0de la Agencia de Renovaci\u00f3n del Territorio (ART) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Creaci\u00f3n y naturaleza jur\u00eddica de \u00a0la Agencia de Renovaci\u00f3n del Territorio (ART). Cr\u00e9ase la Agencia de \u00a0Renovaci\u00f3n del Territorio (ART), como una agencia estatal de naturaleza \u00a0especial, del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, \u00a0con personer\u00eda jur\u00eddica, patrimonio propio y autonom\u00eda administrativa, t\u00e9cnica \u00a0y financiera, adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 1\u00ba: Ver Ley 1955 de 2019, \u00a0art\u00edculo 281, par\u00e1grafo 4\u00ba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. Domicilio. La Agencia de \u00a0Renovaci\u00f3n del Territorio (ART), tendr\u00e1 como domicilio la ciudad de Bogot\u00e1, D. \u00a0C., y ejercer\u00e1 sus funciones a nivel nacional, para lo cual podr\u00e1 organizar \u00a0dependencias que permitan la desconcentraci\u00f3n de la funci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00b0. Objeto. La Agencia para la \u00a0Renovaci\u00f3n del Territorio tiene por objeto coordinar la intervenci\u00f3n de las \u00a0entidades nacionales y territoriales en las zonas rurales afectadas por el \u00a0conflicto priorizadas por el Gobierno nacional, a trav\u00e9s de la ejecuci\u00f3n de \u00a0planes y proyectos para la renovaci\u00f3n territorial de estas zonas, que permitan \u00a0su reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica, social y su fortalecimiento institucional, para que \u00a0se integren de manera sostenible al desarrollo del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00b0. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. \u00a0Modificado por el Decreto 2096 de 2016, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Funciones. Son \u00a0funciones de la Agencia de Renovaci\u00f3n del Territorio (ART), las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adoptar \u00a0los planes de acci\u00f3n para la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas del Gobierno nacional \u00a0para la intervenci\u00f3n de las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar \u00a0el proceso de coordinaci\u00f3n inter e intersectorial a nivel nacional y \u00a0territorial, para la estructuraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de planes y proyectos de \u00a0intervenci\u00f3n territorial, que permitan desarrollar la estrategia de \u00a0intervenci\u00f3n de las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar \u00a0e implementar los espacios y mecanismos para asegurar la participaci\u00f3n de los \u00a0actores territoriales p\u00fablicos y privados, la sociedad civil, las \u00a0organizaciones sociales, comunitarias y productivas rurales en la formulaci\u00f3n \u00a0de los planes y estructuraci\u00f3n de proyectos de intervenci\u00f3n territorial, en las \u00a0zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Establecer \u00a0y definir los criterios y par\u00e1metros para la formulaci\u00f3n de planes y la \u00a0estructuraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de proyectos en las zonas rurales de conflicto \u00a0priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Formular e implementar el plan general de renovaci\u00f3n territorial en las zonas \u00a0rurales de conflicto priorizadas, que incorpora los proyectos de intervenci\u00f3n \u00a0territorial en estas zonas, en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes del \u00a0Gobierno nacional y con las autoridades territoriales, y de manera \u00a0participativa con los actores locales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Establecer y definir los criterios y par\u00e1metros para la selecci\u00f3n, calificaci\u00f3n \u00a0y asignaci\u00f3n de recursos que se destinen a los proyectos de intervenci\u00f3n \u00a0territorial a ejecutarse en las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar \u00a0y promover modelos de operaci\u00f3n y contrataci\u00f3n para la estructuraci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de los proyectos de intervenci\u00f3n territorial, a trav\u00e9s de esquemas de \u00a0financiaci\u00f3n y cofinanciaci\u00f3n, tales como, asociaci\u00f3n p\u00fablico-privada, \u00a0concesiones, convenios marco de cofinanciaci\u00f3n y contratos con operadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adoptar \u00a0procesos de articulaci\u00f3n con el sector privado y la sociedad civil, con el fin \u00a0de que los proyectos de intervenci\u00f3n territorial que \u00e9stos ejecuten, est\u00e9n \u00a0alineados con los planes de intervenci\u00f3n territorial en las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Adoptar \u00a0estrategias y programas de generaci\u00f3n de capacidades regionales y locales en \u00a0las zonas rurales de conflicto priorizadas, en articulaci\u00f3n con los sectores \u00a0competentes y con actores nacionales y locales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Dise\u00f1ar y administrar el Banco de Proyectos de los proyectos de intervenci\u00f3n \u00a0territorial, el cual estar\u00e1 conformado por los proyectos que se estructuren por \u00a0la Agencia para las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Adelantar la gesti\u00f3n contractual para la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los planes \u00a0y proyectos de intervenci\u00f3n territorial financiados y cofinanciados por la \u00a0Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Coordinar con la Agencia Presidencial para la Cooperaci\u00f3n (APC), la \u00a0identificaci\u00f3n y programaci\u00f3n de los recursos de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica, para los \u00a0territorios priorizados en los que act\u00faa la Agencia, y determinar las \u00a0prioridades para su asignaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Adelantar la divulgaci\u00f3n y difusi\u00f3n de la oferta de servicios de la Agencia, \u00a0para garantizar el adecuado acceso a la informaci\u00f3n en las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Definir el esquema general de seguimiento y evaluaci\u00f3n a la ejecuci\u00f3n de los \u00a0proyectos que se adelanten dentro del plan general de renovaci\u00f3n, de los planes \u00a0de intervenci\u00f3n territorial de las zonas rurales de conflicto priorizada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Formular e implementar estrategias para articular y coordinar con las dem\u00e1s \u00a0entidades competentes, la intervenci\u00f3n institucional para el desarrollo rural \u00a0con enfoque territorial, incluidas aquellas relacionadas con la sustituci\u00f3n de \u00a0cultivos de uso il\u00edcito, en las zonas de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Establecer estrategias para promover el desarrollo econ\u00f3mico, productivo y \u00a0social para el desarrollo rural con enfoque territorial, incluyendo aquellas \u00a0dirigidas para la sustituci\u00f3n de cultivos de uso il\u00edcito, en el m arco de las \u00a0competencias de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Adoptar estrategias para articular las pol\u00edticas sectoriales y las prioridades \u00a0de las entidades territoriales, con las estrategias, metas y recursos para la \u00a0ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica para el desarrollo rural con enfoque territorial y \u00a0sustituci\u00f3n de cultivos de uso il\u00edcito, en el marco de las competencias de la \u00a0Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Producir informaci\u00f3n para el an\u00e1lisis de la din\u00e1mica de territorios de \u00a0competencia de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Promover y desarrollar continuamente la implementaci\u00f3n, mantenimiento y mejora \u00a0del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas conforme a su naturaleza y objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 4\u00ba: \u201cFunciones. Son \u00a0funciones de la Agencia para la Renovaci\u00f3n del Territorio (ART), las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adoptar \u00a0los planes de acci\u00f3n para la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas del Gobierno nacional \u00a0para la intervenci\u00f3n de las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar \u00a0el proceso de coordinaci\u00f3n inter e intrasectorial a nivel nacional y \u00a0territorial, para la estructuraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de planes y proyectos de \u00a0intervenci\u00f3n territorial, que permitan desarrollar la estrategia de \u00a0intervenci\u00f3n de las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar \u00a0e implementar los espacios y mecanismos para asegurar la participaci\u00f3n de los \u00a0actores territoriales p\u00fablicos y privados, la sociedad civil, las \u00a0organizaciones sociales, comunitarias y productivas rurales en la formulaci\u00f3n \u00a0de los planes y estructuraci\u00f3n de proyectos de intervenci\u00f3n territorial, en las \u00a0zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Establecer y definir los criterios y par\u00e1metros para la formulaci\u00f3n de planes y \u00a0la estructuraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de proyectos en las zonas rurales de conflicto \u00a0priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Formular e implementar el plan general de renovaci\u00f3n territorial en las zonas \u00a0rurales de conflicto priorizadas, que incorpora los proyectos de intervenci\u00f3n \u00a0territorial en estas zonas, en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes del \u00a0Gobierno nacional y con las autoridades territoriales, y de manera \u00a0participativa con los actores locales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Establecer y definir los criterios y par\u00e1metros para la selecci\u00f3n, calificaci\u00f3n \u00a0y asignaci\u00f3n de recursos que se destinen a los proyectos de intervenci\u00f3n \u00a0territorial a ejecutarse en las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar \u00a0y promover modelos de operaci\u00f3n y contrataci\u00f3n para la estructuraci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de los proyectos de intervenci\u00f3n territorial, a trav\u00e9s de esquemas de \u00a0financiaci\u00f3n y cofinanciaci\u00f3n, tales como asociaci\u00f3n p\u00fablico-privada, \u00a0concesiones, convenios marco de cofinanciaci\u00f3n y contratos con operadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adoptar \u00a0procesos de articulaci\u00f3n con el sector privado y la sociedad civil, con el fin \u00a0de que los proyectos de intervenci\u00f3n territorial que estos ejecuten, est\u00e9n \u00a0alineados con los planes de intervenci\u00f3n territorial en las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Adoptar \u00a0estrategias y programas de generaci\u00f3n de capacidades regionales y locales en \u00a0las zonas rurales de conflicto priorizadas, en articulaci\u00f3n con los sectores \u00a0competentes y con actores nacionales y locales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Dise\u00f1ar y administrar el Banco de Proyectos de los proyectos de intervenci\u00f3n \u00a0territorial el cual estar\u00e1 conformado por los proyectos que se estructuren por \u00a0la Agencia para las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Adelantar la gesti\u00f3n contractual para la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los planes \u00a0y proyectos de intervenci\u00f3n territorial financiados y cofinanciados por la \u00a0Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Definir el esquema general de seguimiento y evaluaci\u00f3n a la ejecuci\u00f3n de los \u00a0proyectos que se adelanten dentro del plan general de renovaci\u00f3n de los planes \u00a0de intervenci\u00f3n territorial de las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Coordinar con la Agencia Presidencial para la Cooperaci\u00f3n, la identificaci\u00f3n y \u00a0programaci\u00f3n de los recursos de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica, para los territorios \u00a0priorizados en los que act\u00faa la Agencia, y determinar las prioridades para su \u00a0asignaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Adelantar la divulgaci\u00f3n y difusi\u00f3n de la oferta de servicios de la Agencia, \u00a0para garantizar el adecuado acceso a la informaci\u00f3n en las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las \u00a0dem\u00e1s que se le asignen de acuerdo a la naturaleza y objetivos de la \u00a0dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00b0. Patrimonio y recursos. El \u00a0patrimonio de la Agencia de Renovaci\u00f3n del Territorio (ART), estar\u00e1\u0301 \u00a0conformado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Los \u00a0recursos del Presupuesto General de la Naci\u00f3n que se le asignen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Los recursos \u00a0provenientes de cr\u00e9dito interno y externo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Las \u00a0donaciones que reciba para s\u00ed. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Los \u00a0recursos de cooperaci\u00f3n nacional o internacional que reciba para el \u00a0cumplimiento de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Los \u00a0bienes muebles e inmuebles, as\u00ed como acciones o t\u00edtulos representativos de \u00a0capital de sociedades o activos de la Naci\u00f3n, que le transfiera el Ministerio \u00a0de Agricultura y Desarrollo Rural, las entidades del sector y dem\u00e1s entidades \u00a0p\u00fablicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Los ingresos propios y los rendimientos producto de la \u00a0administraci\u00f3n de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Los dem\u00e1s bienes o recursos que la \u00a0Agencia para la Renovaci\u00f3n del Territorio (ART), adquiera o reciba a cualquier \u00a0t\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0Corregido por el Decreto 267 de 2016, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. La Agencia para la Renovaci\u00f3n del \u00a0Territorio (ART) formar\u00e1 parte las instancias que se creen para la \u00a0administraci\u00f3n de los recursos del Fondo Colombia en Paz, y en especial el \u00a0Fondo de Colombia Sostenible, y de aquellos que se creen para financiar las actividades \u00a0relacionadas con el objeto de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del par\u00e1grafo: \u201cLa Agencia para la Renovaci\u00f3n del Territorio (ART), \u00a0formar\u00e1 parte de las instancias que se creen para la administraci\u00f3n de los \u00a0recursos del Fondo en Paz, y en especial el Fondo de Colombia Sostenible, y de \u00a0aquellos que se creen para financiar las actividades relacionadas con el objeto \u00a0de la entidad.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06\u00b0. \u00d3rganos de direcci\u00f3n. La \u00a0direcci\u00f3n y administraci\u00f3n de la Agencia para la Renovaci\u00f3n del Territorio \u00a0estar\u00e1 a cargo del Consejo de Directivo y del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO \u00a0II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estructura \u00a0y funciones de las dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07\u00b0. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. \u00a0Modificado por el Decreto 2107 de 2019, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. (\u00e9ste rige a partir del 1\u00b0 de enero de 2020) Estructura. La estructura de la Agencia de Renovaci\u00f3n del Territorio \u00a0(ART), ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. CONSEJO \u00a0DIRECTIVO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0DIRECCI\u00d3N GENERAL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. \u00a0Oficina Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. \u00a0Oficina de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. \u00a0Oficina de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0DIRECCI\u00d3N DE INTERVENCI\u00d3N DEL TERRITORIO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Participaci\u00f3n y Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Coordinaci\u00f3n y Fortalecimiento Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0DIRECCI\u00d3N DE ESTRUCTURACI\u00d3N DE PROYECTOS \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Reactivaci\u00f3n Econ\u00f3mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Proyectos de Infraestructura Rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. Subdirecci\u00f3n de Proyectos Productivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Proyectos Ambientales y Forestales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0DIRECCI\u00d3N DE EJECUCI\u00d3N Y EVALUACI\u00d3N DE PROYECTOS \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Calificaci\u00f3n y Financiamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Contrataci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Seguimiento y Evaluaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0DIRECCI\u00d3N DE SUSTITUCI\u00d3N DE CULTIVOS DE USO IL\u00cdCITO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0SECRETAR\u00cdA GENERAL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0\u00d3RGANOS DE ASESOR\u00cdA Y COORDINACI\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.1. \u00a0Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.2. \u00a0Comit\u00e9 Coordinaci\u00f3n del Sistema Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 7\u00ba: \u201cEstructura. Para \u00a0el desarrollo de sus funciones la Agencia para la Renovaci\u00f3n del Territorio \u00a0(ART), tendr\u00e1 la siguiente estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. CONSEJO \u00a0DIRECTIVO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0DIRECCI\u00d3N GENERAL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. \u00a0Oficina Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. \u00a0Oficina de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. \u00a0Oficina de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3 \u00a0DIRECCI\u00d3N DE INTERVENCI\u00d3N DEL TERRITORIO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Participaci\u00f3n y Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Coordinaci\u00f3n y Fortalecimiento Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0DIRECCI\u00d3N DE ESTRUCTURACI\u00d3N DE PROYECTOS \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Reactivaci\u00f3n Econ\u00f3mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Proyectos de Infraestructura Rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Proyectos Productivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Proyectos Ambientales y Forestales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0DIRECCI\u00d3N DE EJECUCI\u00d3N Y EVALUACI\u00d3N DE PROYECTOS \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Calificaci\u00f3n y Financiamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Contrataci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Seguimiento y Evaluaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0SECRETAR\u00cdA GENERAL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00d3RGANOS \u00a0DE ASESOR\u00cdA Y COORDINACI\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1. \u00a0Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2. \u00a0Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a08\u00b0. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. Modificado \u00a0por el Decreto 2107 de 2019, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. (\u00e9ste rige \u00a0a partir del 1\u00b0 de enero de 2020) Consejo Directivo. El \u00a0Consejo Directivo de la Agencia para la Renovaci\u00f3n del Territorio (ART), estar\u00e1 \u00a0integrado por los siguientes miembros: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0El Consejero Presidencial para la Estabilizaci\u00f3n y la Consolidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0El Ministro de Defensa Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0El Director del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n (DNP) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0El Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica (DAFP) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0El Presidente de la Agencia de Desarrollo Rural (ADR) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0El Director de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. El Consejo Directivo ser\u00e1 \u00a0presidido por el Consejero Presidencial para la Estabilizaci\u00f3n y la \u00a0Consolidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. El Director General de la \u00a0Agencia de Renovaci\u00f3n del Territorio (ART) asistir\u00e1 a las sesiones del Consejo \u00a0Directivo con voz, pero sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. Los ministros y directores de \u00a0Departamentos Administrativos, podr\u00e1n delegar su participaci\u00f3n en viceministros \u00a0o subdirectores, respectivamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A \u00a0las sesiones del Consejo Directivo podr\u00e1n asistir otros servidores p\u00fablicos, \u00a0dependiendo de la naturaleza de los temas por tratar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 8\u00ba: \u201cConsejo \u00a0Directivo. El Consejo Directivo de la Agencia para la Renovaci\u00f3n del \u00a0Territorio (ART), estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El \u00a0Ministro Consejero Presidencial para el Posconflicto, Derechos Humanos y \u00a0Seguridad, o quien haga sus veces; qui\u00e9n lo presidir\u00e1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El \u00a0Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El \u00a0Ministro de Defensa Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El \u00a0Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El \u00a0Director del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n (DNP) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El \u00a0Director del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica (DAFP) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El \u00a0Presidente de la Agencia de Desarrollo Rural (ADR) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El \u00a0Director de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00b0. El Director General de la Agencia de Renovaci\u00f3n del Territorio (ART) \u00a0asistir\u00e1 a las sesiones del Consejo Directivo con voz, pero sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00b0. Los ministros y directores de Departamentos Administrativos, podr\u00e1n delegar \u00a0su participaci\u00f3n en viceministros o subdirectores, respectivamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A las \u00a0sesiones del Consejo Directivo podr\u00e1n asistir otros servidores p\u00fablicos, \u00a0dependiendo de la naturaleza de los temas por tratar.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a09\u00b0. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. Modificado \u00a0por el Decreto 2107 de 2019, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. (\u00e9ste rige \u00a0a partir del 1\u00b0 de enero de 2020) Funciones del Consejo Directivo. Son \u00a0funciones del Consejo Directivo de la Agencia para la Renovaci\u00f3n del Territorio \u00a0(ART) las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Orientar el funcionamiento general de la Agencia y verificar el cumplimiento de \u00a0los objetivos, planes y programas adoptados y su conformidad con las pol\u00edticas \u00a0del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Aprobar el plan estrat\u00e9gico de largo, mediano y corto plazo de la entidad y los \u00a0planes operativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Aprobar el plan general de renovaci\u00f3n de las zonas rurales de conflicto, que \u00a0incorpora los planes locales de intervenci\u00f3n territorial de las zonas rurales \u00a0de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Aprobar los criterios y par\u00e1metros para la selecci\u00f3n y calificaci\u00f3n y para la \u00a0asignaci\u00f3n de recursos que se destinen a los proyectos de intervenci\u00f3n \u00a0territorial por ejecutar en las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Impartir los lineamientos, criterios, par\u00e1metros y requisitos para la \u00a0aprobaci\u00f3n de los planes de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Definir criterios y par\u00e1metros para la participaci\u00f3n de organizaciones sociales, \u00a0comunitarias, y productivas rurales, entre otras, en la estructuraci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de los planes y proyectos de intervenci\u00f3n territorial a ejecutarse en \u00a0las zonas rurales de conflicto priorizadas y en las zonas de intervenci\u00f3n del \u00a0PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Adoptar los criterios de asignaci\u00f3n y distribuci\u00f3n de los recursos \u00a0administrados por la Agencia que vayan a ser destinados a financiar o \u00a0cofinanciar proyectos de intervenci\u00f3n territorial en las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas y las zonas PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Evaluar los informes que le sean presentados por el Director General de la \u00a0Agencia a fin de adelantar un seguimiento efectivo del cumplimiento de las \u00a0pol\u00edticas y los objetivos estrat\u00e9gicos trazados, de forma que puedan realizarse \u00a0los ajustes a los que haya lugar de manera oportuna. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Adoptar la estrategia de coordinaci\u00f3n con el sector p\u00fablico, el sector privado, \u00a0la cooperaci\u00f3n internacional y dem\u00e1s actores relevantes, para la ejecuci\u00f3n de \u00a0proyectos de intervenci\u00f3n territorial viabilizados por la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecuci\u00f3n presupuestal y de los \u00a0estados financieros presentados por el Director General de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la Agencia, as\u00ed como las \u00a0modificaciones al presupuesto aprobado, de conformidad con lo dispuesto en el \u00a0estatuto org\u00e1nico de presupuesto y normas que lo reglamenten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Adoptar, por propuesta del Director General, la pol\u00edtica de mejoramiento \u00a0continuo de la entidad, as\u00ed como los programas orientados a garantizar el \u00a0adecuado desarrollo administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Aprobar las modificaciones a la estructura y planta de personal de la entidad \u00a0para su adopci\u00f3n por el Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Adoptar el C\u00f3digo de Buen Gobierno de la entidad y establecer los mecanismos para \u00a0la verificaci\u00f3n de su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Adoptar los lineamientos generales de la pol\u00edtica institucional de gesti\u00f3n de \u00a0calidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Dictarse su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Las dem\u00e1s funciones que le se\u00f1alen la ley y el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 9\u00ba: \u201cFunciones del \u00a0Consejo Directivo. Son funciones del Consejo Directivo de la Agencia \u00a0para la Renovaci\u00f3n del Territorio (ART), las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Orientar el funcionamiento general de la Agencia y verificar el cumplimiento de \u00a0los objetivos, planes y programas adoptados y su conformidad con las pol\u00edticas \u00a0del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Aprobar \u00a0el plan estrat\u00e9gico de largo, mediano y corto plazo de la entidad y los planes \u00a0operativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Aprobar \u00a0el plan general de renovaci\u00f3n de las zonas rurales de conflicto, que incorpora \u00a0los planes locales de intervenci\u00f3n territorial de las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aprobar \u00a0los criterios y par\u00e1metros para la selecci\u00f3n y calificaci\u00f3n y para la \u00a0asignaci\u00f3n de recursos que se destinen a los proyectos de intervenci\u00f3n \u00a0territorial por ejecutar en las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Impartir los lineamientos, criterios, par\u00e1metros y requisitos para la \u00a0aprobaci\u00f3n de los planes de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Definir \u00a0criterios y par\u00e1metros para la participaci\u00f3n de organizaciones sociales, \u00a0comunitarias, y productivas rurales, entre otras, en la estructuraci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de los planes y proyectos de intervenci\u00f3n territorial a ejecutarse en \u00a0las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Adoptar \u00a0los criterios de asignaci\u00f3n y distribuci\u00f3n de los recursos administrados por la \u00a0Agencia destinados a financiar o cofinanciar proyectos de intervenci\u00f3n \u00a0territorial en las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Evaluar \u00a0los informes que le sean presentados por el Director General de la Agencia a \u00a0fin de adelantar un seguimiento efectivo del cumplimiento de las pol\u00edticas y \u00a0los objetivos estrat\u00e9gicos trazados, de forma que puedan realizarse los ajustes \u00a0a los que haya lugar de manera oportuna. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Adoptar \u00a0la estrategia de coordinaci\u00f3n con el sector p\u00fablico, el sector privado, la \u00a0cooperaci\u00f3n internacional y dem\u00e1s actores relevantes, para la ejecuci\u00f3n de \u00a0proyectos de intervenci\u00f3n territorial viabilizados por la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecuci\u00f3n presupuestal y de los \u00a0estados financieros presentados por el Director General de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la Agencia as\u00ed como las \u00a0modificaciones al presupuesto aprobado, de conformidad con lo dispuesto en el \u00a0estatuto org\u00e1nico de presupuesto y normas que lo reglamenten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Adoptar, por propuesta del Director General, la pol\u00edtica de mejoramiento \u00a0continuo de la entidad, as\u00ed como los programas orientados a garantizar el \u00a0adecuado desarrollo administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Aprobar las modificaciones a la estructura y planta de personal de la entidad \u00a0para su adopci\u00f3n por el Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Adoptar el C\u00f3digo de Buen Gobierno de la entidad y establecer los mecanismos \u00a0para la verificaci\u00f3n de su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Adoptar los lineamientos generales de la pol\u00edtica institucional de gesti\u00f3n de \u00a0calidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Dictarse su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las \u00a0dem\u00e1s funciones que le se\u00f1alen la ley y el reglamento.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a010. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. \u00a0Director General. La \u00a0administraci\u00f3n de la Agencia estar\u00e1 a cargo de un Director General, el cual \u00a0tendr\u00e1 la calidad de servidor p\u00fablico de libre nombramiento y remoci\u00f3n por el Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica y ser\u00e1 el representante legal de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a011. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. Modificado \u00a0por el Decreto 2107 de 2019, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. (\u00e9ste rige \u00a0a partir del 1\u00b0 de enero de 2020) Funciones del Director General. Son \u00a0funciones del Director de la Agencia las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Dirigir, orientar, coordinar, vigilar y supervisar el desarrollo de las \u00a0funciones a cargo de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Liderar el proceso de coordinaci\u00f3n intersectorial e intrasectorial a nivel \u00a0nacional y territorial para la estructuraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de planes y proyectos \u00a0de intervenci\u00f3n territorial, que permitan desarrollar la estrategia de intervenci\u00f3n \u00a0de las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Impartir lineamientos para coordinar con las autoridades competentes la \u00a0planeaci\u00f3n de la estrategia de erradicaci\u00f3n manual voluntaria y forzosa de \u00a0cultivos il\u00edcitos, y coordinar con estas su desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Presentar, para aprobaci\u00f3n del Consejo Directivo, el plan general de renovaci\u00f3n \u00a0de las zonas rurales de conflicto priorizadas, que incorpora los planes locales \u00a0de intervenci\u00f3n territorial de estas zonas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Presentar, para aprobaci\u00f3n del Consejo Directivo, los criterios y par\u00e1metros \u00a0para la selecci\u00f3n y calificaci\u00f3n y para la asignaci\u00f3n de recursos que se \u00a0destinen a los proyectos de intervenci\u00f3n territorial a ejecutarse en las zonas \u00a0rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Impartir los lineamientos, criterios, par\u00e1metros y requisitos para la \u00a0aprobaci\u00f3n de los planes y proyectos de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Presentar, para aprobaci\u00f3n del Consejo Directivo, los criterios y par\u00e1metros \u00a0para la participaci\u00f3n de organizaciones sociales, comunitarias, y productivas \u00a0rurales, entre otras, en la estructuraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los planes y \u00a0proyectos de intervenci\u00f3n territorial a ejecutarse en las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Adelantar acciones de articulaci\u00f3n con el sector privado, la cooperaci\u00f3n \u00a0internacional y la sociedad civil, con el fin de que su intervenci\u00f3n est\u00e9 \u00a0alineada con los planes de renovaci\u00f3n territorial en las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Coordinar con la Agencia Presidencial para la Cooperaci\u00f3n (APC), la \u00a0identificaci\u00f3n y programaci\u00f3n de los recursos de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica, para los \u00a0territorios priorizados en los que act\u00faa la Agencia para la Renovaci\u00f3n \u00a0Territorial, y determinar las prioridades para su asignaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Presentar al Consejo Directivo informes peri\u00f3dicos de seguimiento del \u00a0cumplimiento de las pol\u00edticas y los objetivos estrat\u00e9gicos trazados por la \u00a0Agencia, as\u00ed como de los planes y proyectos de intervenci\u00f3n territorial y \u00a0aquellos relacionados con el desarrollo y ejecuci\u00f3n del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Adoptar la estrategia de comunicaci\u00f3n interna y externa de las funciones y \u00a0resultados de la gesti\u00f3n de la Agencia, preparada por la Oficina de \u00a0Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Proponer, para aprobaci\u00f3n del Consejo Directivo, el Plan \u00a0Estrat\u00e9gico Institucional de la Agencia, que contenga las pol\u00edticas internas, \u00a0prioridades y modelos de gesti\u00f3n para su operaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Presentar al Consejo Directivo el anteproyecto de presupuesto, las \u00a0modificaciones al presupuesto aprobado y los proyectos de inversi\u00f3n de la \u00a0entidad, con arreglo a las disposiciones legales que regulan la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Definir el esquema general de seguimiento y evaluaci\u00f3n a la ejecuci\u00f3n de los \u00a0proyectos que se adelanten dentro del plan general de renovaci\u00f3n y de los \u00a0planes de intervenci\u00f3n territorial de las zonas rurales de conflicto \u00a0priorizadas, as\u00ed como a la ejecuci\u00f3n y desarrollo del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Coordinar, orientar y hacer seguimiento a la operaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del Programa \u00a0Nacional Integral de Sustituci\u00f3n de Cultivos de Uso Il\u00edcito, as\u00ed como velar por \u00a0el cumplimiento de las funciones asignadas a las instancias de ejecuci\u00f3n, \u00a0coordinaci\u00f3n y gesti\u00f3n del Programa, de conformidad con las directrices del \u00a0Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Ordenar los gastos, expedir los actos y celebrar los convenios y contratos con \u00a0personas naturales o jur\u00eddicas, as\u00ed como con entidades p\u00fablicas o privadas, \u00a0nacionales o extranjeras, para el cumplimiento del objeto y funciones de la \u00a0Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Dirigir las actividades administrativas, financieras y presupuestales, y \u00a0establecer las normas y procedimientos internos necesarios para el \u00a0funcionamiento y prestaci\u00f3n de los servicios de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Ejercer la representaci\u00f3n legal de la Agencia y designar apoderados que la \u00a0representen en asuntos judiciales y extrajudiciales, para la leg\u00edtima defensa \u00a0de sus intereses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Presentar a consideraci\u00f3n del Gobierno nacional la adopci\u00f3n de modificaciones a \u00a0la estructura y planta de personal de la Agencia, aprobadas por el Consejo \u00a0Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Crear y organizar con car\u00e1cter permanente o transitorio comit\u00e9s y grupos \u00a0internos de trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. \u00a0Dirigir la administraci\u00f3n del talento humano de la Agencia, distribuir los \u00a0empleos de la planta de personal de acuerdo con la organizaci\u00f3n interna y las \u00a0necesidades del servicio y ejercer la facultad nominadora, con excepci\u00f3n de las \u00a0que corresponda a otra autoridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. \u00a0Coordinar la implementaci\u00f3n del sistema de Control Interno y disponer el dise\u00f1o \u00a0de los m\u00e9todos y procedimientos necesarios para garantizar que todas las \u00a0actividades, as\u00ed como el ejercicio de las funciones a cargo de los servidores \u00a0de la Agencia se ci\u00f1an a los art\u00edculos 209 y 269 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, a \u00a0la Ley 87 de 1993 y dem\u00e1s \u00a0normas legales y reglamentarias que se expidan sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. \u00a0Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 11: \u201cFunciones del \u00a0Director General. Son funciones del Director de la Agencia las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Dirigir, orientar, coordinar, vigilar y supervisar el desarrollo de las \u00a0funciones a cargo de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar \u00a0el proceso de coordinaci\u00f3n inter e intrasectorial a nivel nacional y \u00a0territorial para la estructuraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de planes y proyectos de \u00a0intervenci\u00f3n territorial, que permitan desarrollar la estrategia de \u00a0intervenci\u00f3n de las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Presentar, para aprobaci\u00f3n del Consejo Directivo, el plan general de renovaci\u00f3n \u00a0de las zonas rurales de conflicto priorizadas, que incorpora los planes locales \u00a0de intervenci\u00f3n territorial de estas zonas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Presentar, para aprobaci\u00f3n del Consejo Directivo, los criterios y par\u00e1metros \u00a0para la selecci\u00f3n y calificaci\u00f3n y para la asignaci\u00f3n de recursos que se \u00a0destinen a los proyectos de intervenci\u00f3n territorial a ejecutarse en las zonas \u00a0rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Impartir los lineamientos, criterios, par\u00e1metros y requisitos para la \u00a0aprobaci\u00f3n de los planes y proyectos de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Presentar, para aprobaci\u00f3n del Consejo Directivo, los criterios y par\u00e1metros \u00a0para la participaci\u00f3n de organizaciones sociales, comunitarias, y productivas \u00a0rurales, entre otras, en la estructuraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los planes y \u00a0proyectos de intervenci\u00f3n territorial a ejecutarse en las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Adelantar acciones de articulaci\u00f3n con el sector privado, la cooperaci\u00f3n \u00a0internacional y la sociedad civil, con el fin de que su intervenci\u00f3n est\u00e9 \u00a0alineada con los planes de renovaci\u00f3n territorial en las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar \u00a0con la Agencia Presidencial para la Cooperaci\u00f3n (APC), la identificaci\u00f3n y \u00a0programaci\u00f3n de los recursos de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica, para los territorios \u00a0priorizados en los que act\u00faa la Agencia para la Renovaci\u00f3n Territorial, y \u00a0determinar las prioridades para su asignaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Presentar al Consejo Directivo informes peri\u00f3dicos de seguimiento del \u00a0cumplimiento de las pol\u00edticas y los objetivos estrat\u00e9gicos trazados por la \u00a0Agencia, as\u00ed como de los planes y proyectos de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adoptar \u00a0la estrategia de comunicaci\u00f3n interna y externa de las funciones y resultados \u00a0de la gesti\u00f3n de la Agencia, preparada por la Oficina de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Proponer, para aprobaci\u00f3n del Consejo Directivo, el Plan Estrat\u00e9gico \u00a0Institucional de la Agencia, que contenga las pol\u00edticas internas, prioridades y \u00a0modelos de gesti\u00f3n para su operaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Presentar al Consejo Directivo el anteproyecto de presupuesto, las \u00a0modificaciones al presupuesto aprobado y los proyectos de inversi\u00f3n de la \u00a0entidad, con arreglo a las disposiciones legales que regulan la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Ordenar los gastos, expedir los actos y celebrar los convenios y contratos con \u00a0personas naturales o jur\u00eddicas, as\u00ed como con entidades p\u00fablicas o privadas, \u00a0nacionales o extranjeras, para el cumplimiento del objeto y funciones de la \u00a0Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Dirigir las actividades administrativas, financieras y presupuestales, y \u00a0establecer las normas y procedimientos internos necesarios para el \u00a0funcionamiento y prestaci\u00f3n de los servicios de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Ejercer la representaci\u00f3n legal de la Agencia y designar apoderados que la \u00a0representen en asuntos judiciales y extrajudiciales, para la leg\u00edtima defensa \u00a0de sus intereses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Presentar a consideraci\u00f3n del Gobierno nacional la adopci\u00f3n de modificaciones a \u00a0la estructura y planta de personal de la Agencia, aprobadas por el Consejo \u00a0Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Crear y organizar con car\u00e1cter permanente o transitorio \u00a0comit\u00e9s y grupos internos de trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Dirigir la administraci\u00f3n del talento \u00a0humano de la Agencia, distribuir los empleos de la planta de personal de \u00a0acuerdo con la organizaci\u00f3n interna y las necesidades del servicio y ejercer la \u00a0facultad nominadora, con excepci\u00f3n de las que corresponda a otra autoridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Coordinar la implementaci\u00f3n del sistema de Control Interno y disponer el dise\u00f1o \u00a0de los m\u00e9todos y procedimientos necesarios para garantizar que todas las \u00a0actividades, as\u00ed como el ejercicio de las funciones a cargo de los servidores \u00a0de la Agencia se ci\u00f1an a los art\u00edculos 209 \u00a0y 269 \u00a0de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, a la Ley \u00a087 de 1993 y dem\u00e1s normas legales y reglamentarias que se expidan \u00a0sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Funci\u00f3n adicionada por el Decreto 2096 de 2016, art\u00edculo 2\u00ba. Definir \u00a0el esquema general de seguimiento y evaluaci\u00f3n a la ejecuci\u00f3n de los proyectos \u00a0que se adelanten dentro del plan general de renovaci\u00f3n y de los planes de \u00a0intervenci\u00f3n territorial de las zonas rurales de conflicto priorizadas.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a012. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. \u00a0Oficina Jur\u00eddica. Son funciones \u00a0de la Oficina Jur\u00eddica las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Asesorar al despacho del Director General de la Agencia y a las dem\u00e1s \u00a0dependencias de la entidad en los asuntos jur\u00eddicos de competencia de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Representar judicial y extrajudicialmente a la Agencia en los procesos \u00a0judiciales y procedimientos administrativos en los cuales sea parte o tercero \u00a0interesado, previo otorgamiento de poder o delegaci\u00f3n del Director General de \u00a0la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Ejercer \u00a0vigilancia sobre la actuaci\u00f3n de los abogados externos que excepcionalmente \u00a0contrate la Agencia para la Renovaci\u00f3n del Territorio para defender sus \u00a0intereses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ejercer \u00a0la facultad del cobro coactivo frente a las tasas o contribuciones, multas y \u00a0dem\u00e1s obligaciones a favor de la Agencia, ajust\u00e1ndose para ello a la normativa \u00a0vigente sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Coordinar y tramitar los recursos, revocatorias directas y en general las \u00a0actuaciones jur\u00eddicas relacionadas con las funciones de la entidad, que no \u00a0correspondan a otras dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir \u00a0la interpretaci\u00f3n y definir los criterios de aplicaci\u00f3n de las normas \u00a0relacionadas con la misi\u00f3n y la gesti\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Estudiar, conceptuar y\/o elaborar los proyectos de actos administrativos \u00a0necesarios para la gesti\u00f3n de la entidad, coordinar la notificaci\u00f3n de los \u00a0mismos, en los casos en que se requiera, y llevar el registro, numeraci\u00f3n y \u00a0archivo de toda la producci\u00f3n normativa de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Atender \u00a0y resolver las consultas y peticiones de car\u00e1cter jur\u00eddico elevadas a la \u00a0Agencia y por las diferentes dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Atender \u00a0y resolver las acciones de tutela, de grupo, cumplimiento y populares y dem\u00e1s \u00a0acciones constitucionales en las que se haga parte o tenga inter\u00e9s la Agencia \u00a0para la Renovaci\u00f3n del Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Recopilar y mantener actualizada la informaci\u00f3n de las normas constitucionales, \u00a0legales y reglamentarias y la jurisprudencia relacionada con las competencias, \u00a0misi\u00f3n institucional, objetivos y funciones de la Agencia para la Renovaci\u00f3n \u00a0del Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Establecer estrategias de prevenci\u00f3n de da\u00f1o antijur\u00eddico y participar en la \u00a0definici\u00f3n de los mapas de riesgos jur\u00eddicos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a013. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. \u00a0Oficina de Planeaci\u00f3n. Son \u00a0funciones de la Oficina de Planeaci\u00f3n las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, \u00a0administrar y promover el desarrollo, implementaci\u00f3n y sostenibilidad del \u00a0Sistema Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n de la Agencia para la Renovaci\u00f3n del \u00a0Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Asesorar al Director General de la Agencia y a las dem\u00e1s dependencias en la formulaci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes, programas y \u00a0proyectos orientados al cumplimiento de los objetivos institucionales de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Elaborar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias de la Agencia para la Renovaci\u00f3n \u00a0del Territorio, el Plan de Desarrollo Institucional, con sujeci\u00f3n al Plan \u00a0Nacional de Desarrollo, los planes estrat\u00e9gicos y de acci\u00f3n, el Plan Operativo \u00a0Anual y Plurianual de Inversiones, los Planes de Desarrollo Administrativo \u00a0Sectorial y someterlos a aprobaci\u00f3n del Director de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Preparar, para la aprobaci\u00f3n del Consejo Directivo, la definici\u00f3n de recursos \u00a0para la cofinanciaci\u00f3n de los proyectos de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Preparar, consolidar y presentar, en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda General, el \u00a0anteproyecto de presupuesto, as\u00ed como la programaci\u00f3n presupuestal plurianual \u00a0de la Agencia, de acuerdo con las directrices que imparta el Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y el \u00a0Director General de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Establecer, conjuntamente con las dependencias de la Agencia, los indicadores \u00a0para garantizar el control de gesti\u00f3n a los planes y actividades de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Realizar \u00a0el seguimiento a la ejecuci\u00f3n presupuestal de la entidad, gestionar las \u00a0modificaciones presupuestales a los proyectos de inversi\u00f3n y adelantar el \u00a0tr\u00e1mite ante el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y el Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n, de conformidad con el estatuto org\u00e1nico y las normas \u00a0que lo reglamenten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Hacer \u00a0el seguimiento y evaluaci\u00f3n a la gesti\u00f3n institucional, consolidar el informe \u00a0de resultados y preparar los informes para ser presentados ante las instancias \u00a0competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Estructurar, \u00a0conjuntamente con las dem\u00e1s dependencias de la Agencia para la Renovaci\u00f3n del \u00a0Territorio, los informes de gesti\u00f3n y rendici\u00f3n de cuentas a la ciudadan\u00eda y \u00a0someterlos a aprobaci\u00f3n del Director General de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9 Institucional de Desarrollo \u00a0Administrativo de conformidad con las normas que regulan la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Dise\u00f1ar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias competentes, el Plan \u00a0Anticorrupci\u00f3n de la entidad, para la aprobaci\u00f3n del Director General de la \u00a0Agencia y coordinar su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Dise\u00f1ar, coordinar y administrar la gesti\u00f3n del riesgo en las diferentes \u00a0dependencias y\/o procesos de la entidad con la periodicidad y la oportunidad \u00a0requeridas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Orientar la implementaci\u00f3n del Sistema de Gesti\u00f3n de Calidad dentro de la \u00a0Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a014. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. \u00a0Oficina de Comunicaciones. Son \u00a0funciones de la Oficina de Comunicaciones las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Dise\u00f1ar, liderar y ejecutar las estrategias para el posicionamiento, imagen y \u00a0promoci\u00f3n de la entidad, y de divulgaci\u00f3n de los programas y proyectos, en \u00a0coordinaci\u00f3n con el Gobierno nacional y bajo los lineamientos del Consejo \u00a0Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Preparar para aprobaci\u00f3n del Consejo Directivo, la estrategia de comunicaci\u00f3n \u00a0interna y externa de las funciones y resultados de la gesti\u00f3n de la Agencia, \u00a0bajo est\u00e1ndares de veracidad, objetividad y oportunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Adelantar, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias de la Agencia, campa\u00f1as \u00a0de difusi\u00f3n y socializaci\u00f3n de los avances del plan general de renovaci\u00f3n y los \u00a0proyectos de intervenci\u00f3n territorial de las zonas rurales de conflicto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Coordinar la elaboraci\u00f3n de las comunicaciones internas y externas, \u00a0relacionadas con proyectos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Orientar al Director General de la Agencia en el manejo de las relaciones con \u00a0los medios de comunicaci\u00f3n y dem\u00e1s sectores de la opini\u00f3n p\u00fablica a nivel \u00a0nacional e internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Ejecutar el Plan Estrat\u00e9gico Institucional y formular y ejecutar los planes de \u00a0acci\u00f3n que se requieran, de acuerdo con la naturaleza, objetivo y funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar \u00a0y administrar los contenidos de la p\u00e1gina web de la entidad, seg\u00fan las \u00a0directrices de Gobierno en L\u00ednea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Liderar \u00a0el dise\u00f1o de encuestas de calidad de servicio y satisfacci\u00f3n de usuario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a015. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. \u00a0Direcci\u00f3n de Intervenci\u00f3n del \u00a0Territorio. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Intervenci\u00f3n del \u00a0Territorio, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Definir \u00a0los objetivos y metas anuales en relaci\u00f3n con los procesos de planeaci\u00f3n \u00a0participativa, de coordinaci\u00f3n y fortalecimiento institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir \u00a0la elaboraci\u00f3n del plan general de renovaci\u00f3n y de los planes para la \u00a0intervenci\u00f3n territorial en las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Proponer para aprobaci\u00f3n del Director General de la Agencia, los mecanismos \u00a0para asegurar la participaci\u00f3n de los actores territoriales p\u00fablicos y \u00a0privados, la sociedad civil, las organizaciones sociales, comunitarias y \u00a0productivas rurales en la construcci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de \u00a0intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Orientar, con base en los lineamientos aprobados por el Consejo Directivo, la \u00a0participaci\u00f3n de los actores territoriales p\u00fablicos y privados, la sociedad \u00a0civil, las organizaciones sociales, comunitarias y productivas rurales en la \u00a0planeaci\u00f3n participativa de los planes de intervenci\u00f3n territorial a cargo de \u00a0la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Adelantar el proceso de coordinaci\u00f3n inter e intrasectorial a nivel nacional y \u00a0territorial para la planeaci\u00f3n participativa de los planes de intervenci\u00f3n \u00a0territorial a cargo de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Definir \u00a0los criterios para la programaci\u00f3n ordenada, progresiva e integral de los \u00a0diferentes componentes del plan de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Definir \u00a0criterios para aprovechar las sinergias entre programas y proyectos nacionales, \u00a0regionales o locales que puedan ser integrados y consolidados para generar \u00a0econom\u00edas de escala e incentivos a una mayor eficiencia en la asignaci\u00f3n de los \u00a0recursos de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Gestionar con las entidades del orden nacional, la oferta institucional del \u00a0plan general de renovaci\u00f3n y los planes de intervenci\u00f3n en las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas, que no formen parte de las l\u00edneas de proyectos \u00a0establecidas por la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Promover y gestionar convenios de cooperaci\u00f3n y asistencia t\u00e9cnica con \u00a0organismos nacionales e internacionales, a efecto de intercambiar conocimientos \u00a0y mejores pr\u00e1cticas que contribuyan al cumplimiento de las funciones de la \u00a0Agencia, relacionadas con el fortalecimiento institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Proponer, para aprobaci\u00f3n del Director General de la Agencia, la metodolog\u00eda, \u00a0gu\u00edas y procedimientos, para la medici\u00f3n de las capacidades de las entidades \u00a0territoriales p\u00fablicas y privadas, las organizaciones sociales, comunitarias y \u00a0productivas rurales e instancias de integraci\u00f3n territorial, como base para \u00a0definir la estrategia en materia de fortalecimiento institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Proponer, para aprobaci\u00f3n del Director General de la Agencia, los mecanismos \u00a0para fomentar la asociatividad de los pobladores rurales, las organizaciones \u00a0sociales, comunitarias y productivas rurales en la planeaci\u00f3n participativa y \u00a0ejecuci\u00f3n de los planes de intervenci\u00f3n territorial en las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Proponer, para aprobaci\u00f3n del Director General de la Agencia, la estrategia en \u00a0materia de fortalecimiento institucional, con fundamento en las necesidades \u00a0identificadas en el proceso de elaboraci\u00f3n de planes de intervenci\u00f3n \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Orientar la elaboraci\u00f3n de los manuales, procedimientos y formatos necesarios \u00a0para la formulaci\u00f3n de los planes de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Definir, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Ejecuci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n de \u00a0Proyectos, los indicadores y par\u00e1metros para la medici\u00f3n del avance y de los \u00a0resultados de los planes de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Modificado \u00a0en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. Subdirecci\u00f3n \u00a0de Participaci\u00f3n y Planeaci\u00f3n. Son funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Participaci\u00f3n y Planeaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adelantar las acciones para cumplir los \u00a0objetivos y metas anuales en relaci\u00f3n con los procesos de planeaci\u00f3n \u00a0participativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Adelantar diagn\u00f3sticos y caracterizaciones territoriales que sirvan como l\u00edneas \u00a0de base para la construcci\u00f3n de los planes de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Elaborar el inventario de las organizaciones sociales, comunitarias y \u00a0productivas que operan en las regiones e identificar las necesidades de apoyo y \u00a0formalizaci\u00f3n para la planeaci\u00f3n participativa de los planes de intervenci\u00f3n \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Implementar los mecanismos para asegurar la vinculaci\u00f3n de los actores \u00a0territoriales p\u00fablicos y privados, la sociedad civil, las organizaciones \u00a0sociales, comunitarias y productivas rurales, en la planeaci\u00f3n participativa de \u00a0los planes de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Convocar a las autoridades territoriales y a las organizaciones sociales, \u00a0comunitarias y productivas rurales, con fundamento en los lineamientos \u00a0aprobados por el Consejo Directivo, para la planeaci\u00f3n participativa de los \u00a0planes de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Implementar los manuales, procedimientos y formatos necesarios para la \u00a0formulaci\u00f3n de los planes de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Formular los planes de intervenci\u00f3n territorial en las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Implementar los criterios para la programaci\u00f3n ordenada, progresiva e integral \u00a0de los diferentes componentes del plan de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Informar a la Direcci\u00f3n de Intervenci\u00f3n del Territorio sobre el avance en los \u00a0proyectos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Proveer la informaci\u00f3n requerida para la medici\u00f3n del avance y de los \u00a0resultados del plan general de renovaci\u00f3n y de los planes de intervenci\u00f3n \u00a0territorial en las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a017. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Coordinaci\u00f3n y \u00a0Fortalecimiento Institucional. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Coordinaci\u00f3n y Fortalecimiento Institucional, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Adelantar las acciones para cumplir los objetivos y metas anuales en relaci\u00f3n \u00a0con los procesos de coordinaci\u00f3n y fortalecimiento institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Implementar la metodolog\u00eda, gu\u00edas y procedimientos, dise\u00f1ados por la Direcci\u00f3n \u00a0General para la medici\u00f3n de las capacidades de las entidades territoriales \u00a0p\u00fablicas y privadas, las organizaciones sociales, comunitarias y productivas \u00a0rurales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar \u00a0e implementar los mecanismos para fortalecer los procesos de asociaci\u00f3n de los \u00a0pobladores rurales, las organizaciones sociales, comunitarias y productivas \u00a0rurales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Implementar, bajo los lineamientos del Consejo Directivo, las estrategias y \u00a0programas de fortalecimiento institucional en las zonas rurales de conflicto \u00a0priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Identificar proyectos nacionales, regionales o locales que puedan ser \u00a0integrados a los planes de intervenci\u00f3n territorial, para generar econom\u00edas de \u00a0escala e incentivos a una mayor eficiencia en la asignaci\u00f3n de los recursos de \u00a0la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Elaborar y ejecutar los convenios de apoyo t\u00e9cnico con las entidades nacionales \u00a0y territoriales, universidades, organizaciones no gubernamentales, centros de \u00a0pensamiento y organizaciones de la sociedad civil, que cumplan con los \u00a0requisitos establecidos para la generaci\u00f3n de capacidades territoriales en el \u00a0marco de los planes de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Aplicar \u00a0los procedimientos para la formalizaci\u00f3n de las organizaciones sociales, \u00a0comunitarias y productivas rurales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Aplicar \u00a0la estrategia de fortalecimiento institucional, con fundamento en las \u00a0necesidades identificadas en el proceso de elaboraci\u00f3n de planes de \u00a0intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Aplicar \u00a0la estrategia de coordinaci\u00f3n institucional, con fundamento en las necesidades \u00a0identificadas en el proceso de elaboraci\u00f3n de planes de intervenci\u00f3n \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Construir una hoja de ruta integral de articulaci\u00f3n interinstitucional para el \u00a0desarrollo del plan general de renovaci\u00f3n y de los planes de intervenci\u00f3n \u00a0territorial en las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Proveer la informaci\u00f3n requerida para la medici\u00f3n del avance y de los \u00a0resultados del plan general de renovaci\u00f3n y de los planes de intervenci\u00f3n \u00a0territorial en las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Definir \u00a0en coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora de Comunicaciones, las estrategias de \u00a0difusi\u00f3n y socializaci\u00f3n de la oferta de servicios de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a018. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. \u00a0Direcci\u00f3n de Estructuraci\u00f3n de \u00a0Proyectos. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Estructuraci\u00f3n de Proyectos \u00a0de Desarrollo Territorial, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Definir \u00a0los objetivos, metas y el plan de acci\u00f3n anual para la estructuraci\u00f3n de los \u00a0proyectos de intervenci\u00f3n territorial en las zonas rurales de conflicto \u00a0priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Proponer, para aprobaci\u00f3n del Director General de la Agencia, los lineamientos, \u00a0par\u00e1metros y criterios para la estructuraci\u00f3n t\u00e9cnica, financiera, ambiental y \u00a0jur\u00eddica de proyectos de intervenci\u00f3n territorial definidos en los planes de \u00a0renovaci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Identificar y seleccionar aliados y operadores nacionales y territoriales para \u00a0apoyar el proceso de estructuraci\u00f3n de proyectos de intervenci\u00f3n territorial, \u00a0bajo los lineamientos impartidos por el Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Proponer los modelos de operaci\u00f3n y contrataci\u00f3n para la estructuraci\u00f3n de los \u00a0proyectos de intervenci\u00f3n territorial, a trav\u00e9s de esquemas de asociaci\u00f3n \u00a0p\u00fablico-privada, concesiones, convenios marco de cofinanciaci\u00f3n y contratos con \u00a0operadores, entre otros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Funci\u00f3n modificada por el Decreto 2096 de 2016, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Impartir los lineamientos para la estructuraci\u00f3n de los proyectos \u00a0de reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica, proyectos de infraestructura rural, proyectos \u00a0productivos y proyectos ambientales y forestales, identificados en los planes \u00a0de intervenci\u00f3n territorial de competencia de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial de la funci\u00f3n 5: \u201cImpartir los lineamientos para la estructuraci\u00f3n de los \u00a0proyectos de reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica, proyectos de infraestructura rural, \u00a0proyectos productivos y proyectos ambientales y forestales, identificados en \u00a0los planes de intervenci\u00f3n territorial.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Funci\u00f3n modificada por el Decreto 2096 de 2016, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Adoptar las gu\u00edas y formatos para la estructuraci\u00f3n de \u00a0proyectos de intervenci\u00f3n territorial de competencia de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial de la funci\u00f3n 6: \u201cAdoptar las gu\u00edas y formatos para la estructuraci\u00f3n de \u00a0proyectos de intervenci\u00f3n territorial.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Definir, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Ejecuci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n de Proyectos, \u00a0los indicadores y par\u00e1metros para la medici\u00f3n del avance y de los de los planes \u00a0de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Funci\u00f3n adicionada por el Decreto 2096 de 2016, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Establecer estrategias para promover el desarrollo econ\u00f3mico, \u00a0productivo y social para el desarrollo rural con enfoque territorial, \u00a0incluyendo aquellas dirigidas para la sustituci\u00f3n de cultivos de uso il\u00edcito, \u00a0en el marco de las competencias de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a019. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Reactivaci\u00f3n \u00a0Econ\u00f3mica. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Reactivaci\u00f3n Econ\u00f3mica, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Definir, en coordinaci\u00f3n con el Departamento para la Prosperidad Social (DPS) y \u00a0dem\u00e1s entidades competentes en la materia, el alcance y los componentes \u00a0t\u00e9cnicos y econ\u00f3micos de los proyectos de reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica, con \u00a0fundamento en la informaci\u00f3n que se genere en los procesos de planeaci\u00f3n \u00a0participativa de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Coordinar con entidades competentes del nivel nacional y territorial, la \u00a0elaboraci\u00f3n de insumos t\u00e9cnicos necesarios para la estructuraci\u00f3n de proyectos \u00a0de reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Proponer, para aprobaci\u00f3n del Director de Estructuraci\u00f3n de Proyectos, \u00a0lineamientos, par\u00e1metros y criterios para la estructuraci\u00f3n t\u00e9cnica, financiera \u00a0y jur\u00eddica de programas y proyectos de reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica de las zonas \u00a0rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar \u00a0manuales, procedimientos y formatos para la estructuraci\u00f3n de proyectos \u00a0orientados a la reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Estructurar, con base en los lineamientos, par\u00e1metros y criterios t\u00e9cnicos \u00a0aprobados por la Agencia, los proyectos de reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica de zonas rurales \u00a0de conflicto priorizadas, para que \u00e9stas se integren de manera sostenible al \u00a0desarrollo del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Aplicar \u00a0criterios para aprovechar las sinergias entre programas y proyectos nacionales, \u00a0regionales o locales que puedan ser integrados y consolidados para generar \u00a0econom\u00edas de escala e incentivos a una mayor eficiencia en la asignaci\u00f3n de los \u00a0recursos de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Identificar y seleccionar aliados y operadores nacionales y territoriales para \u00a0apoyar el proceso de estructuraci\u00f3n de proyectos de intervenci\u00f3n territorial, \u00a0bajo los lineamientos impartidos por el Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Proponer a la Direcci\u00f3n de Ejecuci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n de Proyectos, los indicadores \u00a0y metodolog\u00edas para el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los proyectos de \u00a0intervenci\u00f3n territorial en la l\u00ednea de reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a020. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Proyectos de \u00a0Infraestructura Rural. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Proyectos de \u00a0Infraestructura Rural, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Definir, en coordinaci\u00f3n con los Ministerios de Agricultura y Desarrollo Rural, \u00a0Transporte, Minas y Energ\u00eda, Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las \u00a0Comunicaciones, Salud y Protecci\u00f3n Social, Educaci\u00f3n, as\u00ed como con las dem\u00e1s \u00a0entidades competentes en la materia, el alcance y los componentes t\u00e9cnicos y \u00a0econ\u00f3micos de los proyectos de infraestructura rural, a ejecutar por la \u00a0Agencia, con fundamento en la informaci\u00f3n que se genere en los procesos de \u00a0planeaci\u00f3n participativa de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Coordinar con entidades competentes del nivel nacional y territorial, la \u00a0elaboraci\u00f3n de insumos t\u00e9cnicos necesarios para la estructuraci\u00f3n de proyectos \u00a0de infraestructura rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Proponer, para aprobaci\u00f3n del Director de Estructuraci\u00f3n de Proyectos, los \u00a0lineamientos, par\u00e1metros y criterios para la estructuraci\u00f3n t\u00e9cnica, financiera \u00a0y jur\u00eddica de proyectos de infraestructura rural de las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar \u00a0manuales, procedimientos y formatos para la estructuraci\u00f3n de proyectos de \u00a0infraestructura rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Estructurar, con base en los lineamientos, par\u00e1metros y criterios t\u00e9cnicos \u00a0aprobados por la Agencia, los proyectos de infraestructura rural de las zonas \u00a0rurales de conflicto priorizadas, para que \u00e9stas se integren de manera \u00a0sostenible al desarrollo del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Aplicar \u00a0criterios para aprovechar las sinergias entre programas y proyectos nacionales, \u00a0regionales o locales que puedan ser integrados y consolidados para generar \u00a0econom\u00edas de escala e incentivos a una mayor eficiencia en la asignaci\u00f3n de los \u00a0recursos de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Identificar \u00a0y seleccionar aliados y operadores nacionales y territoriales para apoyar el \u00a0proceso de estructuraci\u00f3n de proyectos de intervenci\u00f3n territorial, bajo los \u00a0lineamientos impartidos por el Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Proponer a la Direcci\u00f3n de Ejecuci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n de Proyectos, los indicadores \u00a0y metodolog\u00edas para el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los proyectos de \u00a0intervenci\u00f3n territorial en la l\u00ednea de infraestructura rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a021. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. Modificado \u00a0por el Decreto 2107 de 2019, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. (\u00e9ste rige \u00a0a partir del 1\u00b0 de enero de 2020) Subdirecci\u00f3n de Proyectos Productivos. Son \u00a0funciones de la Subdirecci\u00f3n de Proyectos Productivos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Definir en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes el alcance y los \u00a0componentes t\u00e9cnicos y econ\u00f3micos de los proyectos productivos, con fundamento \u00a0en la informaci\u00f3n que se genere en los procesos de planeaci\u00f3n participativa de \u00a0la Agencia, incluidos aquellos que se deriven del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Coordinar con entidades competentes del nivel nacional y territorial, la \u00a0elaboraci\u00f3n de insumos t\u00e9cnicos necesarios para la estructuraci\u00f3n de proyectos \u00a0productivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Proponer, para aprobaci\u00f3n del Director de Estructuraci\u00f3n de Proyectos, los \u00a0lineamientos, par\u00e1metros y criterios para la estructuraci\u00f3n t\u00e9cnica, financiera \u00a0y jur\u00eddica de proyectos productivos de las zonas rurales de conflicto priorizadas \u00a0y de las zonas de intervenci\u00f3n del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Dise\u00f1ar manuales, procedimientos y formatos para la estructuraci\u00f3n de proyectos \u00a0productivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Estructurar, con base en los lineamientos, par\u00e1metros y criterios t\u00e9cnicos \u00a0aprobados por la Agencia, los proyectos productivos de las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas y de las zonas de intervenci\u00f3n del PNIS para que estas se \u00a0integren de manera sostenible al desarrollo del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Aplicar criterios para aprovechar las sinergias entre programas y proyectos \u00a0nacionales, regionales o locales que puedan ser integrados y consolidados para \u00a0generar econom\u00edas de escala e incentivos a una mayor eficiencia en la \u00a0asignaci\u00f3n de los recursos de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Identificar y seleccionar aliados y operadores nacionales y territoriales para \u00a0apoyar el proceso de estructuraci\u00f3n de proyectos productivos, bajo los \u00a0lineamientos impartidos por el Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Proponer a la Direcci\u00f3n de Ejecuci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n de Proyectos los indicadores \u00a0y metodolog\u00edas para el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los proyectos de \u00a0intervenci\u00f3n territorial en la l\u00ednea de proyectos productivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del art\u00edculo 21: \u201cSubdirecci\u00f3n de \u00a0Proyectos Productivos. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Proyectos \u00a0Productivos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Definir, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural \u00a0(MADR) y dem\u00e1s entidades competentes en la materia, el alcance y los \u00a0componentes t\u00e9cnicos y econ\u00f3micos de los proyectos productivos, con fundamento \u00a0en la informaci\u00f3n que se genere en los procesos de planeaci\u00f3n participativa de \u00a0la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con entidades competentes del nivel nacional y \u00a0territorial, la elaboraci\u00f3n de insumos t\u00e9cnicos necesarios para la \u00a0estructuraci\u00f3n de proyectos productivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer, para aprobaci\u00f3n del Director \u00a0de Estructuraci\u00f3n de Proyectos, los lineamientos, par\u00e1metros y criterios para \u00a0la estructuraci\u00f3n t\u00e9cnica, financiera y jur\u00eddica de proyectos productivos de \u00a0las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar \u00a0manuales, procedimientos y formatos para la estructuraci\u00f3n de proyectos \u00a0productivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Estructurar, con base en los lineamientos, par\u00e1metros y criterios t\u00e9cnicos \u00a0aprobados por la Agencia, los proyectos productivos de las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas, para que \u00e9stas se integren de manera sostenible al \u00a0desarrollo del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Aplicar \u00a0criterios para aprovechar las sinergias entre programas y proyectos nacionales, \u00a0regionales o locales que puedan ser integrados y consolidados para generar \u00a0econom\u00edas de escala e incentivos a una mayor eficiencia en la asignaci\u00f3n de los \u00a0recursos de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Identificar y seleccionar aliados y operadores nacionales y territoriales para \u00a0apoyar el proceso de estructuraci\u00f3n de proyectos productivos, bajo los \u00a0lineamientos impartidos por el Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Proponer a la Direcci\u00f3n de Ejecuci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n de Proyectos los indicadores \u00a0y metodolog\u00edas para el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los proyectos de \u00a0intervenci\u00f3n territorial en la l\u00ednea de proyectos productivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a022. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Proyectos Ambientales \u00a0y Forestales. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Proyectos Ambientales \u00a0y Forestales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Definir, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible \u00a0y dem\u00e1s entidades competentes en la materia, el alcance y los componentes \u00a0t\u00e9cnicos y econ\u00f3micos de los proyectos ambientales y forestales, con fundamento \u00a0en la informaci\u00f3n que se genere en los procesos de planeaci\u00f3n participativa de \u00a0la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Coordinar con entidades competentes del nivel nacional y territorial, la \u00a0elaboraci\u00f3n de insumos t\u00e9cnicos necesarios para la estructuraci\u00f3n de proyectos \u00a0ambientales y forestales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Proponer, para aprobaci\u00f3n del Director de Estructuraci\u00f3n de Proyectos, los \u00a0lineamientos, par\u00e1metros y criterios para la estructuraci\u00f3n t\u00e9cnica, financiera \u00a0y jur\u00eddica de proyectos ambientales y forestales de las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar \u00a0manuales, procedimientos y formatos para la estructuraci\u00f3n de proyectos \u00a0ambientales y forestales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Estructurar, con base en los lineamientos, par\u00e1metros y criterios t\u00e9cnicos \u00a0aprobados por la Agencia, los proyectos ambientales y forestales de las zonas \u00a0rurales de conflicto priorizadas, para que \u00e9stas se integren de manera \u00a0sostenible al desarrollo del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Aplicar \u00a0criterios para aprovechar las sinergias entre programas y proyectos nacionales, \u00a0regionales o locales que puedan ser integrados y consolidados para generar \u00a0econom\u00edas de escala e incentivos a una mayor eficiencia en la asignaci\u00f3n de los \u00a0recursos de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Identificar y seleccionar aliados y operadores nacionales y territoriales para \u00a0apoyar el proceso de estructuraci\u00f3n de proyectos de intervenci\u00f3n territorial, \u00a0bajo los lineamientos impartidos por el Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Proponer a la Direcci\u00f3n de Ejecuci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n de Proyectos los indicadores \u00a0y metodolog\u00edas para el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los proyectos de \u00a0intervenci\u00f3n territorial en la l\u00ednea ambiental y forestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a023. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. \u00a0Direcci\u00f3n de Ejecuci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n de \u00a0Proyectos. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Ejecuci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n de \u00a0Proyectos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Definir \u00a0los objetivos, metas y el plan de acci\u00f3n anual para la financiaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n \u00a0de los proyectos de intervenci\u00f3n territorial en las zonas rurales de conflicto \u00a0priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Operar \u00a0y administrar el Banco de Proyectos de Renovaci\u00f3n del Territorio de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir \u00a0y adoptar los criterios y procedimientos de calificaci\u00f3n de los proyectos a \u00a0cofinanciar y aplicarlos a los proyectos inscritos en el Banco de Proyectos \u00a0para las decisiones de aprobaci\u00f3n y financiaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Adoptar \u00a0los manuales, procedimientos y formatos para la financiaci\u00f3n, cofinanciaci\u00f3n y \u00a0contrataci\u00f3n de los planes y proyectos de intervenci\u00f3n territorial que se \u00a0financien con cargo a los recursos de la Agencia y dem\u00e1s recursos que se \u00a0destinen para el cumplimiento del objeto de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Aplicar, bajo los lineamientos del Consejo Directivo, los criterios y \u00a0par\u00e1metros para la asignaci\u00f3n de los recursos para la ejecuci\u00f3n de los \u00a0proyectos de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar \u00a0instrumentos que promuevan y faciliten aportes del sector privado y entidades \u00a0territoriales para la cofinanciaci\u00f3n de los proyectos de intervenci\u00f3n \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Impartir los lineamientos para planificar, dirigir y coordinar la fase \u00a0precontractual y contractual de los contratos misionales de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Impartir los lineamientos para los procesos de selecci\u00f3n de estructuradores, \u00a0ejecutores e interventores de los proyectos de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Adoptar \u00a0modelos de operaci\u00f3n y contrataci\u00f3n para la estructuraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los \u00a0proyectos de intervenci\u00f3n territorial, a trav\u00e9s de esquemas de financiaci\u00f3n y \u00a0cofinanciaci\u00f3n, tales como, asociaci\u00f3n p\u00fablico-privada, concesiones, convenios \u00a0marco de cofinanciaci\u00f3n y contratos con operadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Definir el esquema general de seguimiento y evaluaci\u00f3n a la ejecuci\u00f3n de los \u00a0proyectos que se adelanten dentro del plan general de renovaci\u00f3n y de los \u00a0planes de intervenci\u00f3n territorial en las zonas rurales de conflicto \u00a0priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Funci\u00f3n adicionada por el Decreto 2096 de 2016, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Administrar los recursos que sean asignados para la \u00a0implementaci\u00f3n de pol\u00edticas el desarrollo rural con enfoque territorial \u00a0incluidas las relacionadas con la sustituci\u00f3n de cultivos de uso il\u00edcito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Funci\u00f3n adicionada por el Decreto 2096 de 2016, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Ejecutar y articular pol\u00edticas, planes, programas y proyectos \u00a0para el desarrollo rural con enfoque territorial y sustituci\u00f3n de cultivos uso \u00a0il\u00edcito, de competencia de la agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a024. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Calificaci\u00f3n y \u00a0Financiamiento. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Calificaci\u00f3n y \u00a0Seguimiento, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Estimar \u00a0anualmente el monto de los recursos necesarios para financiar y cofinanciar los \u00a0proyectos de intervenci\u00f3n territorial en las zonas rurales de conflicto \u00a0priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Elaborar los manuales, formatos y dem\u00e1s herramientas necesarias para adelantar \u00a0el proceso de calificaci\u00f3n de los proyectos de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Calificar los proyectos del Banco de proyectos para la intervenci\u00f3n \u00a0territorial, para priorizar su financiaci\u00f3n y cofinanciaci\u00f3n en aplicaci\u00f3n de \u00a0los criterios y procedimientos aprobados por la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Preparar el informe de los proyectos a ser financiados, cofinanciados y \u00a0ejecutados por la Agencia o por otras entidades del orden nacional o \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar \u00a0y promover modelos de operaci\u00f3n y contrataci\u00f3n para la estructuraci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de los proyectos de intervenci\u00f3n territorial, a trav\u00e9s de esquemas de \u00a0financiaci\u00f3n y cofinanciaci\u00f3n, tales como, asociaci\u00f3n p\u00fablico-privada, \u00a0concesiones, convenios marco de cofinanciaci\u00f3n y contratos con operadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Coordinar el desembolso de los recursos comprometidos por los actores \u00a0involucrados en la ejecuci\u00f3n de los proyectos de intervenci\u00f3n territorial, de \u00a0acuerdo a la programaci\u00f3n financiera establecida en cada uno de ellos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a025. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Contrataci\u00f3n. Son \u00a0funciones de la Subdirecci\u00f3n de Contrataci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Planificar, dirigir y coordinar la ejecuci\u00f3n del proceso de contrataci\u00f3n \u00a0requerida para para la ejecuci\u00f3n de los programas y proyectos de intervenci\u00f3n \u00a0territorial, incluida la adjudicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Elaborar el manual de contrataci\u00f3n y el manual para la supervisi\u00f3n, \u00a0seguimiento, administraci\u00f3n y control de los contratos requeridos para la \u00a0ejecuci\u00f3n de los proyectos de intervenci\u00f3n territorial viabilizados por la \u00a0Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar \u00a0la metodolog\u00eda para la identificaci\u00f3n, valoraci\u00f3n, distribuci\u00f3n, administraci\u00f3n \u00a0y el seguimiento de los riesgos en los contratos asociados a la ejecuci\u00f3n de \u00a0los proyectos de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Elaborar en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias misionales de la entidad, \u00a0los t\u00e9rminos de referencia, las minutas de contratos, convenios y dem\u00e1s actos \u00a0contractuales de los proyectos de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Adelantar los procesos de selecci\u00f3n de las interventor\u00edas de los contratos que \u00a0se celebren para la ejecuci\u00f3n de los proyectos de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Gestionar \u00a0los procesos para la imposici\u00f3n de multas y dem\u00e1s sanciones establecidas en los \u00a0contratos y en la ley, en caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas \u00a0en los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Hacer \u00a0seguimiento y exigir el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la \u00a0distribuci\u00f3n de riesgos establecida en los contratos que se suscriban de los \u00a0proyectos de intervenci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a026. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Seguimiento y \u00a0Evaluaci\u00f3n. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Seguimiento y \u00a0Evaluaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Adelantar el seguimiento del avance del plan general de renovaci\u00f3n y de los \u00a0planes de intervenci\u00f3n territorial en las zonas rurales de conflicto \u00a0priorizadas, y proponer oportunamente ajustes en su implementaci\u00f3n, de acuerdo \u00a0con el esquema general de seguimiento y evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar \u00a0y administrar el sistema de monitoreo, seguimiento y control a los procesos de \u00a0ejecuci\u00f3n de proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural a cargo de \u00a0la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir \u00a0los indicadores de gesti\u00f3n y de resultados para el monitoreo, seguimiento y \u00a0control a los planes y proyectos de intervenci\u00f3n territorial en las zonas \u00a0rurales de conflicto priorizadas financiados y cofinanciados por la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar \u00a0e implementar un sistema de alertas para identificar atrasos y acciones que \u00a0deban ser adelantadas, respecto de los procesos de ejecuci\u00f3n de planes y \u00a0proyectos de intervenci\u00f3n territorial en las zonas rurales de conflicto \u00a0priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Articular los sistemas de la Agencia con los sistemas de informaci\u00f3n que \u00a0administren las entidades del orden nacional y territorial, que contribuyan a \u00a0identificar la oferta estatal en los territorios y el seguimiento y control de \u00a0los planes y proyectos de intervenci\u00f3n territorial en las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Preparar y presentar informes trimestrales de seguimiento sobre el avance en \u00a0los procesos de ejecuci\u00f3n de los planes y proyectos de intervenci\u00f3n territorial \u00a0en las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Elaborar informes anuales sobre el estado de los planes y proyectos de \u00a0intervenci\u00f3n territorial en las zonas rurales de conflicto priorizadas, que \u00a0contribuyan a identificar lecciones aprendidas y buenas pr\u00e1cticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Desarrollar las evaluaciones intermedias de los planes y proyectos de \u00a0intervenci\u00f3n territorial en las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Implementar mecanismos para la transferencia de conocimiento relacionado con la \u00a0ejecuci\u00f3n de planes y proyectos de intervenci\u00f3n territorial en las zonas rurales \u00a0de conflicto priorizadas a las entidades territoriales y a organizaciones \u00a0sociales, comunitarias o de productores rurales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Definir las condiciones de estabilidad, seguridad y de desarrollo econ\u00f3mico y \u00a0social que permitan determinar el momento en que las zonas rurales de conflicto \u00a0priorizadas han alcanzado est\u00e1ndares de desarrollo territorial comparables a \u00a0los del promedio nacional, que pueden ser atendidas por la oferta regular de \u00a0las entidades del orden nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26A. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. Adicionado por el Decreto 2107 de 2019, \u00a0art\u00edculo 6\u00ba. (\u00e9ste \u00a0rige a partir del 1\u00b0 de enero de 2020) Direcci\u00f3n de Sustituci\u00f3n \u00a0de Cultivos de Uso Il\u00edcito. Son funciones de la Direcci\u00f3n \u00a0de Sustituci\u00f3n de Cultivos de Uso Il\u00edcito, dependencia con autonom\u00eda \u00a0administrativa y financiera, en los t\u00e9rminos del literal j) del art\u00edculo 54 de \u00a0la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Dise\u00f1ar los lineamientos de funcionamiento y puesta en marcha de los procesos \u00a0para la implementaci\u00f3n del Programa Nacional Integral de Sustituci\u00f3n de \u00a0Cultivos de Uso Il\u00edcito (PNIS), en los territorios intervenidos bajo las \u00a0directrices establecidas por la Presidencia de la Rep\u00fablica y la normativa \u00a0vigente aplicable en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Coordinar, con las autoridades competentes la planeaci\u00f3n de la estrategia de \u00a0erradicaci\u00f3n manual voluntaria y forzosa de cultivos il\u00edcitos, y coordinar con \u00a0estas su desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Hacer seguimiento y evaluar la ejecuci\u00f3n de los planes y proyectos que adelante \u00a0el PNIS, seg\u00fan los lineamientos de la Direcci\u00f3n General y del Consejo \u00a0Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Coordinar con las entidades del Gobierno nacional la implementaci\u00f3n de los \u00a0planes y proyectos que se adelanten dentro del Programa Nacional Integral de \u00a0Sustituci\u00f3n de Cultivos de Uso Il\u00edcito (PNIS), en las \u00e1reas afectadas por la \u00a0presencia de cultivos de uso il\u00edcito, incluidos Parques Nacionales Naturales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Coordinar la estructuraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los proyectos que se adelanten en el \u00a0desarrollo del Programa Nacional Integral de Sustituci\u00f3n de Cultivos de Uso \u00a0Il\u00edcito del PNIS con las comunidades rurales, agencias nacionales y entidades \u00a0territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Formular los proyectos de inversi\u00f3n que permitan la operaci\u00f3n del Programa \u00a0Nacional Integral de Sustituci\u00f3n de Cultivos de Uso Il\u00edcito y hacer seguimiento \u00a0y control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Dise\u00f1ar e implementar nuevos modelos y proyectos alternativos de sustituci\u00f3n de \u00a0cultivos il\u00edcitos para ser aplicados en aquellos territorios que para el efecto \u00a0determine el Consejo Directivo de la ART. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Gestionar y administrar, en coordinaci\u00f3n con el Jefe de Planeaci\u00f3n de la \u00a0Agencia, ante las instancias competentes los recursos para la implementaci\u00f3n, \u00a0desarrollo, ejecuci\u00f3n y seguimiento del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Dirigir las actividades administrativas, financieras, contables, \u00a0presupuestales, y de tesorer\u00eda a cargo de la Direcci\u00f3n y establecer los \u00a0procedimientos para garantizar la operaci\u00f3n y funcionamiento de la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Atender y resolver las consultas, solicitudes y peticiones de car\u00e1cter jur\u00eddico \u00a0relacionadas con el PNIS, bajo los lineamientos de la Oficina Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Ordenar los gastos y suscribir los actos, convenios y contratos para el \u00a0cumplimiento de los objetivos y funciones asignadas, que le sean delegados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Nombrar y remover el personal de la Direcci\u00f3n, as\u00ed como expedir los actos \u00a0administrativos relacionados con la administraci\u00f3n de personal, de conformidad \u00a0con la delegaci\u00f3n que le sea conferida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Rendir informes al Consejo Directivo y a la Direcci\u00f3n General sobre las \u00a0actividades desarrolladas, la ejecuci\u00f3n del Programa Nacional Integral de \u00a0Sustituci\u00f3n de Cultivos de Uso Il\u00edcito y la situaci\u00f3n general de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Gestionar e implementar el modelo de Sistema Integrado de Gesti\u00f3n adoptado por \u00a0la entidad con el fin de garantizar la prestaci\u00f3n de los servicios con base en \u00a0los procesos y procedimientos vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Elaborar en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias el Programa Anual \u00a0Mensualizado de Caja (PAC) de los recursos a cargo de la Direcci\u00f3n y controlar \u00a0su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Llevar en contabilidad separada de la Agencia, la contabilidad de los recursos \u00a0del Programa Nacional Integral de Sustituci\u00f3n de Cultivos de Uso Il\u00edcito y \u00a0remitirla para su consolidaci\u00f3n, de acuerdo con los lineamientos que para el \u00a0efecto defina la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Las dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a027. Modificado en lo pertinente por el Decreto 1223 de 2020. \u00a0Secretar\u00eda General. Ser\u00e1n \u00a0funciones de la Secretar\u00eda General las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir \u00a0al Director General de la Agencia en la determinaci\u00f3n de las pol\u00edticas, \u00a0objetivos y estrategias relacionadas con la administraci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir \u00a0la ejecuci\u00f3n de los programas y actividades relacionadas con los asuntos \u00a0financieros y contables, servicios administrativos, gesti\u00f3n documental, \u00a0correspondencia y notificaciones de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Trazar \u00a0las pol\u00edticas y programas de administraci\u00f3n de personal, bienestar social, selecci\u00f3n, \u00a0registro y control, capacitaci\u00f3n, incentivos y desarrollo del talento humano y \u00a0dirigir su gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar \u00a0los procesos de organizaci\u00f3n, estandarizaci\u00f3n de m\u00e9todos, elaboraci\u00f3n de \u00a0manuales de funciones y todas aquellas actividades relacionadas con la \u00a0racionalizaci\u00f3n de procesos administrativos de la agencia, en coordinaci\u00f3n con \u00a0la Oficina de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir \u00a0y coordinar los estudios t\u00e9cnicos requeridos para modificar la estructura \u00a0interna y la planta de personal de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir \u00a0y coordinar las acciones para el cumplimiento de las pol\u00edticas, normas y las \u00a0disposiciones que regulen los procedimientos y tr\u00e1mites de car\u00e1cter \u00a0administrativo y financiero de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Velar \u00a0por el funcionamiento de la prestaci\u00f3n del servicio al ciudadano y por la \u00a0atenci\u00f3n de quejas y reclamos que presenten los ciudadanos sobre el desempe\u00f1o \u00a0de las dependencias o personas que laboran en la Agencia para la Renovaci\u00f3n del \u00a0Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar \u00a0la consecuci\u00f3n de recursos para el desarrollo de los planes, programas y \u00a0proyectos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Coordinar la elaboraci\u00f3n y presentar al Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico, el Programa Anual de Caja de conformidad con las normas que \u00a0reglamenten esta materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Preparar, en coordinaci\u00f3n con la Oficina Planeaci\u00f3n, el anteproyecto anual de \u00a0presupuesto, de acuerdo con las directrices que impartan el Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y el \u00a0Director General de la Agencia para la Renovaci\u00f3n del Territorio, velando por \u00a0su correcta y oportuna presentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Impartir las instrucciones para el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de los recursos \u00a0asignados a los proyectos de inversi\u00f3n y para la formulaci\u00f3n y seguimiento \u00a0proyectos de funcionamiento de la Agencia, en el marco de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Hacer \u00a0seguimiento a la correcta ejecuci\u00f3n, contabilizaci\u00f3n y rendici\u00f3n de informes y \u00a0cuentas fiscales, presupuestales y contables, de los recursos asignados a la \u00a0Agencia para la Renovaci\u00f3n del Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Consolidar los estados contables y ejecuci\u00f3n del presupuesto, de la respectiva \u00a0vigencia fiscal para la rendici\u00f3n de la cuenta anual con destino a la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica de acuerdo con los lineamientos impartidos \u00a0por dicha entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Dirigir la programaci\u00f3n, elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los Planes de Contrataci\u00f3n \u00a0y de Adquisici\u00f3n de Servicios y Obra P\u00fablica de la entidad, de manera \u00a0articulada con los instrumentos de planeaci\u00f3n y presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Dirigir y orientar el mantenimiento y mejoramiento de los bienes de la Agencia \u00a0para la Renovaci\u00f3n del Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Coordinar el grupo encargado de las investigaciones de car\u00e1cter disciplinario \u00a0que se adelanten contra los servidores de la Agencia para la Renovaci\u00f3n del \u00a0Territorio y resolverlas en primera instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la \u00a0adquisici\u00f3n, almacenamiento, custodia, distribuci\u00f3n de bienes muebles e \u00a0inmuebles necesarios para el normal funcionamiento de la Agencia, velando porque \u00a0se cumplan las normas vigentes materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Desarrollar lineamientos, en materia tecnol\u00f3gica, necesarios para definir \u00a0pol\u00edticas, estrategias, planes y pr\u00e1cticas que soporten la gesti\u00f3n de la \u00a0Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Formular y aplicar los lineamientos y procesos de infraestructura tecnol\u00f3gica \u00a0de la Agencia en materia de software, hardware, redes y telecomunicaciones, \u00a0acorde con los par\u00e1metros gubernamentales para su adquisici\u00f3n, operaci\u00f3n y \u00a0mantenimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Participar en el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los planes, proyectos e \u00a0instrumentos relacionados con la Informaci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. \u00a0Dirigir y orientar el desarrollo de los contenidos y ambientes virtuales \u00a0requeridos para el cumplimiento de las funciones y objetivos de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. \u00a0Administrar los sistemas de informaci\u00f3n, equipos, redes y herramientas \u00a0tecnol\u00f3gicas y brindar el soporte t\u00e9cnico para su funcionamiento adecuado \u00a0funcionamiento, coordinando las acciones que resulten necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Apoyar \u00a0el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Las \u00a0dem\u00e1s funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a028. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n. La Agencia para la Renovaci\u00f3n del Territorio tendr\u00e1 una \u00a0Comisi\u00f3n de Personal y un Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno, los cuales se regir\u00e1n por las disposiciones legales y reglamentarias \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO \u00a0III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones \u00a0generales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a029. Clasificaci\u00f3n de los servidores, \u00a0r\u00e9gimen salarial y prestaci\u00f3n. El sistema de nomenclatura y \u00a0clasificaci\u00f3n de empleos de la Agencia Nacional de Tierras, as\u00ed como su r\u00e9gimen \u00a0salarial y prestacional, corresponder\u00e1 al r\u00e9gimen previsto para las Agencias \u00a0Estatales de Naturaleza Especial, seg\u00fan lo establece el Decreto n\u00famero \u00a0508 de 2012 o las normas que lo modifiquen o complementen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El r\u00e9gimen \u00a0de carrera y de administraci\u00f3n de personal ser\u00e1 el establecido en la normativa \u00a0general que rige el empleo p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a030. Planta de personal. De \u00a0conformidad con la estructura prevista por el presente decreto, el Gobierno \u00a0nacional en ejercicio de las facultades se\u00f1aladas en el art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0en la Ley 489 de 1998, \u00a0proceder\u00e1 a adoptar la planta de personal para el debido y correcto \u00a0funcionamiento de la Agencia para la Renovaci\u00f3n del Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a0transitorio. El certificado de disponibilidad presupuestal para proveer los \u00a0cargos de Director General y Secretario General de la Agencia de Renovaci\u00f3n \u00a0Territorial ser\u00e1 expedido por el Secretario General del Ministerio de \u00a0Agricultura y Desarrollo Rural, con cargo al presupuesto de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a031. Ajustes presupuestales en el \u00a0Sistema Integral de Informaci\u00f3n Financiera (SIIF). El Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico adoptar\u00e1 los procedimientos correspondientes al \u00a0registro y operatividad de la informaci\u00f3n presupuestal que se deriven de la \u00a0adopci\u00f3n de este decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a032. Vigencia. El presente \u00a0decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga las disposiciones \u00a0que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Bogot\u00e1, D. C., a 7 de diciembre de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN \u00a0MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio C\u00e1rdenas Santamar\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Aurelio Iragorri Valencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gabriel Vallejo L\u00f3pez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Directora del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Liliana Caballero Dur\u00e1n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a02366 DE 2015 \u00a0 \u00a0\u00a0 (diciembre \u00a07) \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a049.719, diciembre 7 de 2015 \u00a0 \u00a0 por el cual se crea la Agencia de Renovaci\u00f3n del Territorio (ART), se \u00a0determina su objeto y estructura. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Modificado por el Decreto 1223 de 2020, \u00a0por el Decreto 2107 de 2019 \u00a0y por [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[76],"tags":[],"class_list":["post-49279","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2015"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/49279","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=49279"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/49279\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=49279"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=49279"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=49279"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}