{"id":49411,"date":"2023-08-16T21:30:02","date_gmt":"2023-08-16T21:30:02","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-108-de-2016\/"},"modified":"2023-08-16T21:30:02","modified_gmt":"2023-08-16T21:30:02","slug":"decreto-108-de-2016","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-108-de-2016\/","title":{"rendered":"DECRETO 108 DE 2016"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 108 DE 2016 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(enero 22) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 49.763, enero 22 de \u00a02016 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0reglamenta el art\u00edculo 18 del Decreto ley 4057 \u00a0de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica, en uso de sus \u00a0facultades constitucionales y legales, en particular de las contenidas en el \u00a0numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0en desarrollo de lo previsto en el art\u00edculo 18 del Decreto ley 4057 \u00a0de 2011 y en cumplimiento de lo establecido en el art\u00edculo 238 de la Ley 1753 de 2015, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en desarrollo de las facultades extraordinarias \u00a0otorgadas por los literales a) y d) del art\u00edculo 18 de la Ley 1444 de 2011, y \u00a0en concordancia con el par\u00e1grafo 3\u00b0 del mismo art\u00edculo, el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica orden\u00f3, mediante Decreto ley 4057 \u00a0de 2011, la supresi\u00f3n del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), \u00a0creado mediante Decreto 1717 de 1960. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 18 del Decreto ley 4057 \u00a0de 2011 dispuso que los procesos judiciales y dem\u00e1s reclamaciones en los \u00a0que fueran parte el DAS y\/o el Fondo Rotatorio del DAS ser\u00edan entregados a las \u00a0entidades de la Rama Ejecutiva que asumieran las funciones del DAS, de acuerdo \u00a0con la naturaleza, objeto o sujeto procesal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la misma norma dispuso que si la funci\u00f3n \u00a0no fue asumida por una entidad de la Rama Ejecutiva, el Gobierno determinar\u00e1 la \u00a0entidad de la Rama que lo asumir\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en desarrollo de dicho inciso, mediante Decreto 1303 de 2014, \u00a0reglamentario del Decreto 4057 de 2011, \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica identific\u00f3 las entidades que recibir\u00edan los \u00a0procesos judiciales, archivos, bienes y otros aspectos propios del DAS que \u00a0resultaron de la supresi\u00f3n del organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 7\u00b0 del Decreto 1303 de 2014 \u00a0incluy\u00f3 a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n entre las entidades que recibir\u00edan \u00a0procesos judiciales y conciliaciones prejudiciales en los que fuera parte el \u00a0DAS y\/o el Fondo Rotatorio del DAS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el mismo art\u00edculo dispuso que los \u00a0\u201cprocesos judiciales y conciliaciones prejudiciales que no deban ser asumidos \u00a0por las entidades a las cuales se trasladaron funciones o se incorporaron \u00a0servidores deber\u00e1n ser entregados a la Agencia Nacional de Defensa Jur\u00eddica del \u00a0Estado, para que contin\u00fae con la defensa de los intereses del Estado, para \u00a0efectos de lo cual el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico proveer\u00e1 los \u00a0recursos presupuestales necesarios\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la acci\u00f3n de reparaci\u00f3n directa \u00a0identificada con el expediente 54001-23-31-000- 2002-01809-01 (42523), la Sala \u00a0Plena de la Secci\u00f3n Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del \u00a0Consejo de Estado, mediante auto del 22 de octubre de 2015, inaplic\u00f3, para el \u00a0caso concreto, por razones de inconvencionalidad, \u00a0inconstitucionalidad e ilegalidad, el art\u00edculo 7\u00b0 del Decreto 1303 de 2014 \u00a0en lo que hace referencia al traslado de procesos judiciales y conciliaciones \u00a0del DAS a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en dicho auto se reconoci\u00f3 al \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica como sucesor \u00a0procesal del DAS, hasta que el Presidente de la Rep\u00fablica reglamente lo \u00a0pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que existe la posibilidad de que otras \u00a0autoridades judiciales, competentes para decidir procesos judiciales en que \u00a0hayan sido parte el DAS o el Fondo Rotatorio del DAS, adopten decisiones \u00a0similares a la incorporada en el auto del 22 de octubre de 2015 del Consejo de \u00a0Estado y, por tanto, ordenen la remisi\u00f3n de los expedientes judiciales y dem\u00e1s \u00a0reclamaciones en que sean parte dichos sujetos procesales al Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, en consecuencia, y en desarrollo del \u00a0citado inciso tercero del art\u00edculo 18 del Decreto 4057 de 2011, \u00a0seg\u00fan el cual, \u201csi la funci\u00f3n no fue asumida por una entidad de la Rama Ejecutiva \u00a0el Gobierno nacional determinar\u00e1 la entidad de esta Rama que los asumir\u00e1\u201d, se \u00a0hace necesario asignar a una entidad de la Rama Ejecutiva los procesos \u00a0inicialmente asignados a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la misma l\u00ednea, y con el fin de dar \u00a0cumplimiento a los art\u00edculos 18 del Decreto 4057 de 2011 \u00a0y 7\u00b0 y 9\u00b0 del Decreto 1303 de 2013, \u00a0el art\u00edculo 238 de la Ley 1753 de 2015 \u00a0autoriz\u00f3 \u201cla creaci\u00f3n de un patrimonio aut\u00f3nomo administrado por Fiduciaria La \u00a0Previsora S. A. con quien el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico \u00a0suscribir\u00e1 el contrato de fiducia mercantil \u00a0respectivo\u201d, patrimonio encargado de la \u201catenci\u00f3n de los procesos judiciales, \u00a0reclamaciones administrativas, laborales o contractuales en los cuales sea \u00a0parte o destinatario el extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) \u00a0o su Fondo Rotatorio, y que no guarden relaci\u00f3n con funciones trasladadas a \u00a0entidades receptoras de acuerdo con la naturaleza, objeto o sujeto procesal, o \u00a0que por cualquier raz\u00f3n carezcan de autoridad administrativa responsable para \u00a0su atenci\u00f3n\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Asignaci\u00f3n de procesos. As\u00edgnanse a la \u00a0Agencia Nacional de Defensa Jur\u00eddica del Estado, con el fin de que sean \u00a0atendidos y pagados con cargo al patrimonio aut\u00f3nomo cuya creaci\u00f3n fue \u00a0autorizada por el art\u00edculo 238 de la Ley 1753 de 2015, los \u00a0procesos judiciales entregados a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n como sucesor \u00a0procesal del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) o su Fondo \u00a0Rotatorio, en los casos en que la Fiscal\u00eda sea excluida como parte procesal por \u00a0decisi\u00f3n del juez de conocimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Entrega. Las carpetas de archivo administrativo correspondientes \u00a0a los procesos judiciales a que se refiere este decreto ser\u00e1n entregadas por el \u00a0Jefe de la Oficina Jur\u00eddica de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n al Jefe de la \u00a0Oficina Jur\u00eddica de la Agencia Nacional de Defensa Jur\u00eddica del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La entrega se har\u00e1 caso a caso, mediante \u00a0acta que contendr\u00e1, como m\u00ednimo, los siguientes datos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Nombre e identificaci\u00f3n del demandante. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. N\u00famero de identificaci\u00f3n del proceso en \u00a0el sistema e-Kogui. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Valor de las pretensiones iniciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 22 de enero de \u00a02016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Viceministro T\u00e9cnico del Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, Encargado de las Funciones del Despacho del \u00a0Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Andr\u00e9s Escobar Arango. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Justicia y del Derecho, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Yesid Reyes Alvarado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda Lorena Guti\u00e9rrez Botero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Liliana Caballero Dur\u00e1n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 108 DE 2016 \u00a0 \u00a0\u00a0 (enero 22) \u00a0 \u00a0 D.O. 49.763, enero 22 de \u00a02016 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0reglamenta el art\u00edculo 18 del Decreto ley 4057 \u00a0de 2011. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica, en uso de sus \u00a0facultades constitucionales y legales, en particular de las contenidas en el \u00a0numeral [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[77],"tags":[],"class_list":["post-49411","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2016"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/49411","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=49411"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/49411\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=49411"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=49411"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=49411"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}