{"id":49502,"date":"2023-08-16T21:30:09","date_gmt":"2023-08-16T21:30:09","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-298-de-2016\/"},"modified":"2023-08-16T21:30:09","modified_gmt":"2023-08-16T21:30:09","slug":"decreto-298-de-2016","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-298-de-2016\/","title":{"rendered":"DECRETO 298 DE 2016"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 298 DE 2016 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(febrero \u00a024) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a049.796, febrero \u00a024 de 2016 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por \u00a0el cual se establece la organizaci\u00f3n y funcionamiento del Sistema Nacional de \u00a0Cambio Clim\u00e1tico y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades \u00a0constitucionales y legales, en especial las que le confieren los art\u00edculos 43 y \u00a045 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0el art\u00edculo 4\u00b0 de la Ley 164 de 1994, \u201cpor medio de la cual se aprueba la \u2018Convenci\u00f3n \u00a0Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Clim\u00e1tico\u2019, hecha en Nueva York el 9 de mayo de 1992\u201d, estableci\u00f3 entre otros \u00a0compromisos para el Estado Colombiano, los de \u201c(b) Formular, aplicar, publicar \u00a0y actualizar regularmente programas nacionales y, seg\u00fan proceda, regionales, \u00a0que contengan medidas orientadas a mitigar el cambio clim\u00e1tico, tomando en \u00a0cuenta las emisiones antrop\u00f3genas por las fuentes y \u00a0la absorci\u00f3n por los sumideros de todos los gases de efecto invernadero no \u00a0controlados por el Protocolo de Montrealymedidasparafacilitarla \u00a0adaptaci\u00f3n adecuada al cambio clim\u00e1tico; (e) Cooperar en los preparativos para \u00a0la adaptaci\u00f3n a los impactos del cambio clim\u00e1tico (&#8230;); (f) Tener en cuenta, \u00a0en la medida de lo posible, las consideraciones relativas al cambio clim\u00e1tico \u00a0en sus pol\u00edticas y medidas sociales, econ\u00f3micas y ambientales pertinentes y emplear \u00a0m\u00e9todos apropiados (&#8230;)\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0el Consejo Nacional de Pol\u00edtica Econ\u00f3mica y Social expidi\u00f3 el Documento Conpes 3700 de 2011 en el cual se adopta la \u201cEstrategia \u00a0Institucional para la articulaci\u00f3n de pol\u00edticas y acciones en materia de cambio \u00a0clim\u00e1tico en Colombia\u201d, en el cual se establece que la adaptaci\u00f3n y mitigaci\u00f3n \u00a0al cambio clim\u00e1tico requieren del desarrollo de estrategias de articulaci\u00f3n \u00a0tanto a nivel sectorial como en los \u00e1mbitos nacional y territorial, con el fin \u00a0de generar una gesti\u00f3n compartida y coordinada, y una informaci\u00f3n pertinente y \u00a0oportuna, que permita una adecuada toma de decisiones para contrarrestar de \u00a0manera efectiva y oportuna los efectos de este fen\u00f3meno en el territorio \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0el mismo documento Conpes prev\u00e9 que a nivel territorial \u00a0se podr\u00e1 participar a trav\u00e9s de los Nodos Regionales de Cambio Clim\u00e1tico, \u00a0instancias de articulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n que se crean a trav\u00e9s de este decreto, \u00a0con lo cual se busca garantizar que los organismos y entidades descentralizadas \u00a0participen en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica, en la elaboraci\u00f3n de los Planes de \u00a0Adaptaci\u00f3n Sectoriales y Regionales, y en acciones de mitigaci\u00f3n al cambio \u00a0clim\u00e1tico as\u00ed como en la ejecuci\u00f3n de los mismos, bajo la orientaci\u00f3n de los \u00a0Ministerios y Departamentos Administrativos respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0de conformidad con el Conpes, las entidades \u00a0nacionales, territoriales y los sectores deber\u00e1n incorporar en sus instrumentos \u00a0de planificaci\u00f3n medidas de mitigaci\u00f3n de emisiones de gases de efecto \u00a0invernadero y de adaptaci\u00f3n a la variabilidad y al cambio clim\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0para el cumplimiento de las pol\u00edticas y objetivos estatales se\u00f1alados, se \u00a0requiere organizar un Sistema Administrativo de coordinaci\u00f3n interinstitucional \u00a0que, basado en el principio constitucional de la colaboraci\u00f3n arm\u00f3nica, \u00a0articule y ordene los recursos, las normas, las estrategias, los planes, los \u00a0programas, las actividades y que permita orientar y racionalizar los esfuerzos \u00a0de los organismos y entidades que tienen competencias y responsabilidades en la \u00a0formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas en materia de cambio \u00a0clim\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Objeto. Establecer el Sistema Nacional de Cambio Clim\u00e1tico (Sisclima), con el fin de coordinar, articular, formular, \u00a0hacer seguimiento y evaluar las pol\u00edticas, normas, estrategias, planes, \u00a0programas, proyectos, acciones y medidas en materia de adaptaci\u00f3n al cambio \u00a0clim\u00e1tico y de mitigaci\u00f3n de gases efecto invernadero, cuyo car\u00e1cter \u00a0intersectorial y transversal implica la necesaria participaci\u00f3n y \u00a0corresponsabilidad de las entidades p\u00fablicas del orden nacional, departamental, \u00a0municipal o distrital, as\u00ed como de las entidades \u00a0privadas y entidades sin \u00e1nimo de lucro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0Como marco de actuaci\u00f3n del Sisclima, se tomar\u00e1n: El \u00a0Plan Nacional de Adaptaci\u00f3n al Cambio Clim\u00e1tico (PNACC), la Estrategia \u00a0Colombiana de Desarrollo Bajo en Carbono (ECDBC), la Estrategia Nacional para \u00a0la Reducci\u00f3n de las Emisiones debidas a la Deforestaci\u00f3n y la Degradaci\u00f3n \u00a0Forestal de Colombia (Enredd+), la Estrategia de \u00a0Protecci\u00f3n Financiera ante Desastres y dem\u00e1s estrategias que en el marco del Sisclima se consideren necesarias para el logro de sus \u00a0objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. Sistema Nacional de Cambio Clim\u00e1tico. El Sistema Nacional de Cambio \u00a0Clim\u00e1tico, en adelante Sisclima, es el conjunto de \u00a0entidades estatales, privadas y entidades sin \u00e1nimo de lucro, de pol\u00edticas, \u00a0normas, procesos, recursos, planes, estrategias, instrumentos, mecanismos, as\u00ed \u00a0como la informaci\u00f3n atinente al cambio clim\u00e1tico, que se aplica de manera \u00a0organizada para gestionar la mitigaci\u00f3n de gases efecto invernadero y la \u00a0adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00b0. \u00c1mbito de Aplicaci\u00f3n. El presente decreto se aplica a las entidades \u00a0p\u00fablicas, privadas, y entidades sin \u00e1nimo de lucro en el territorio nacional \u00a0que hagan parte del Sisclima. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00b0. Fines. La implementaci\u00f3n de acciones y toma de decisiones del Sisclima tendr\u00e1 los siguientes fines: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Coordinar esfuerzos y \u00a0compromisos de las instancias del orden nacional, regional, local e \u00a0internacional respecto al cambio clim\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Articular los planes y \u00a0estrategias de cambio clim\u00e1tico de manera integrada con el desarrollo \u00a0econ\u00f3mico, social y ambiental, teniendo en cuenta las necesidades prioritarias \u00a0para el logro de un crecimiento econ\u00f3mico sostenido, la erradicaci\u00f3n de la \u00a0pobreza y la sostenibilidad de los recursos \u00a0naturales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Articular las iniciativas \u00a0de cambio clim\u00e1tico p\u00fablicas y privadas en los diversos sectores econ\u00f3micos y \u00a0de la sociedad civil. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Identificar y aprovechar \u00a0las oportunidades para favorecer el desarrollo sostenible derivadas de acciones \u00a0de adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico y de mitigaci\u00f3n de emisiones de Gases Efecto \u00a0Invernadero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Favorecer la reducci\u00f3n de la vulnerabilidad de la \u00a0poblaci\u00f3n m\u00e1s afectada por los efectos del cambio clim\u00e1tico en Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Fomentar la participaci\u00f3n ciudadana para la toma de \u00a0decisiones relacionadas con el cambio clim\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover la implementaci\u00f3n de medidas de adaptaci\u00f3n \u00a0al cambio clim\u00e1tico y mitigaci\u00f3n de gases efecto invernadero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Armonizar criterios y mecanismos para hacer \u00a0evaluaci\u00f3n y seguimiento a las responsabilidades y compromisos en materia de \u00a0adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico y mitigaci\u00f3n de gases efecto invernadero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00b0. Coordinaci\u00f3n del Sistema. El Sistema Nacional de Cambio Clim\u00e1tico estar\u00e1 \u00a0coordinado por los siguientes \u00f3rganos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0La Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Cambio Clim\u00e1tico (CICC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Los Nodos Regionales de \u00a0Cambio Clim\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06\u00b0. Comisi\u00f3n Intersectorial de Cambio Clim\u00e1tico (CICC). Cr\u00e9ase la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Cambio Clim\u00e1tico (CICC), como \u00f3rgano de coordinaci\u00f3n y \u00a0orientaci\u00f3n de la implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica Nacional de Cambio Clim\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0medidas, decisiones y actos concretos que sean competencia de los organismos y \u00a0entidades miembros de la Comisi\u00f3n y que se refieran al tema de cambio \u00a0clim\u00e1tico, se desarrollar\u00e1n articulados a la Pol\u00edtica Nacional de Cambio \u00a0Clim\u00e1tico, sin perjuicio de las competencias espec\u00edficas de cada una de ellas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07\u00b0. Integraci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Cambio Clim\u00e1tico (CICC). La \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial de Cambio Clim\u00e1tico (CICC), estar\u00e1 integrada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro de \u00a0Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0El Ministro del Interior \u00a0o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0El Ministro de Hacienda o \u00a0su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0El Ministro de \u00a0Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0El Ministro de Minas y \u00a0Energ\u00eda o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0El Ministro de Transporte \u00a0o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0El Ministro de Relaciones \u00a0Exteriores o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0El Director del \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00b0. La Comisi\u00f3n Intersectorial de Cambio Clim\u00e1tico (CICC), ser\u00e1 presidida bajo \u00a0un esquema de alternanza anual por las siguientes \u00a0entidades: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00b0. La designaci\u00f3n del delegado de los ministros recaer\u00e1 exclusivamente en el \u00a0Viceministro de cada entidad. La delegaci\u00f3n del Director del Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n podr\u00e1 recaer en el Subdirector Territorial y de \u00a0Inversi\u00f3n P\u00fablica o en el Subdirector Sectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a03\u00b0. La CICC podr\u00e1 invitar a sus sesiones a las instituciones y a las personas \u00a0que puedan contribuir en los temas a tratar en desarrollo de sus funciones. En \u00a0todo caso asistir\u00e1 en calidad de invitado permanente a la CICC, un delegado de \u00a0la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a08\u00b0. Funciones de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Cambio Clim\u00e1tico (CICC). Las \u00a0funciones que cumplir\u00e1 la CICC en materia de cambio clim\u00e1tico, ser\u00e1n las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Establecer las pol\u00edticas, \u00a0los criterios y las acciones asociadas al logro de los objetivos del Estado \u00a0colombiano en materia de cambio clim\u00e1tico, en concordancia con las pol\u00edticas de \u00a0desarrollo sectorial de cada uno de los ministerios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Acordar y se\u00f1alar los \u00a0criterios para la articulaci\u00f3n de recursos en los presupuestos de cada entidad, \u00a0destinados a la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica nacional de cambio clim\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Concertar los compromisos \u00a0intersectoriales y las prioridades para la ejecuci\u00f3n de los planes, programas y \u00a0acciones adoptadas en materia de cambio clim\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Se\u00f1alar los lineamientos \u00a0para formalizar los compromisos y acuerdos concertados en el seno de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Impartir instrucciones \u00a0generales y solicitar los informes que estime convenientes a los agentes del \u00a0Sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Impulsar la utilizaci\u00f3n \u00a0de diferentes mecanismos entre el Gobierno nacional, las entidades \u00a0territoriales y sector privado que permitan ejecutar pol\u00edticas en forma \u00a0conjunta, con el fin de evitar la duplicidad de esfuerzos y mantener la \u00a0coherencia y articulaci\u00f3n en materia de cambio clim\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Coordinar y definir la \u00a0estrategia de monitoreo, evaluaci\u00f3n y reporte a la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0de cambio clim\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Coordinar la articulaci\u00f3n \u00a0del Sisclima con otros sistemas, programas y redes \u00a0que participen en las acciones de cambio clim\u00e1tico y gesti\u00f3n del riesgo de \u00a0desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Crear los comit\u00e9s \u00a0t\u00e9cnicos que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Adoptar su reglamento operativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Las dem\u00e1s funciones inherentes al \u00a0cumplimiento de su objeto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00b0. La comisi\u00f3n deber\u00e1 soportar la toma de decisiones con base en estudios e \u00a0informaci\u00f3n en materia de cambio clim\u00e1tico proporcionada por los agentes del \u00a0Sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Como m\u00ednimo \u00a0deber\u00e1n ser creados los siguientes comit\u00e9s: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Comit\u00e9 de Gesti\u00f3n \u00a0Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Comit\u00e9 de \u00a0Asuntos Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las secretar\u00edas t\u00e9cnicas de estos comit\u00e9s ser\u00e1n \u00a0presididas as\u00ed, de conformidad con lo establecido en el presente art\u00edculo: 1) \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y 2) Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a09\u00b0. Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la CICC. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la CICC operar\u00e1 \u00a0bajo el esquema de alternanza anual por las \u00a0siguientes entidades: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En \u00a0atenci\u00f3n a lo establecido en el par\u00e1grafo 1 del art\u00edculo 7\u00b0 del presente Decreto, \u00a0la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la CICC la ostentar\u00e1 la entidad que no est\u00e9 \u00a0presidiendo la Comisi\u00f3n Intersectorial de Cambio Clim\u00e1tico (CICC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00b0. Ante la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la CICC se presentar\u00e1n los temas y documentos \u00a0relacionados con Cambio Clim\u00e1tico que se someter\u00e1n a consideraci\u00f3n de la CICC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00b0. El reglamento operativo que adopte la Comisi\u00f3n Intersectorial de Cambio \u00a0Clim\u00e1tico definir\u00e1 las funciones de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a010. NodosRegionalesde Cambio Clim\u00e1tico. Conf\u00f3rmense \u00a0los Nodos Regionales de Cambio Clim\u00e1tico como instancias regionales \u00a0responsables de promover, acompa\u00f1ar y apoyar la implementaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, estrategias, planes, programas, proyectos y acciones en materia de \u00a0cambio clim\u00e1tico en las regiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Su \u00a0finalidad es lograr la coordinaci\u00f3n interinstitucional entre el nivel central y \u00a0territorial para promover las pol\u00edticas, estrategias, planes, programas, \u00a0proyectos y acciones de mitigaci\u00f3n de emisiones de gases efecto invernadero y \u00a0adaptaci\u00f3n en materia de cambio clim\u00e1tico, articulados con los procesos de \u00a0planificaci\u00f3n y ordenamiento territorial y gesti\u00f3n integral del riesgo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0Nodos Regionales de Cambio Clim\u00e1tico estar\u00e1n integrados, por al menos, un representante \u00a0de los departamentos, municipios, distritos, autoridades ambientales, gremios \u00a0y\/o asociaciones del sector privado, academia, entidades sin \u00e1nimo de lucro, \u00a0Unidad de Parques Nacionales Naturales de Colombia, los Centros e Institutos de \u00a0Investigaci\u00f3n y un representante del Consejo Territorial de Gesti\u00f3n del Riesgo \u00a0de Desastres, asentados dentro del \u00e1rea de conformaci\u00f3n del nodo y cuyo objeto \u00a0se enmarque en temas de cambio clim\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conf\u00f3rmense los \u00a0siguientes Nodos Regionales de Cambio Clim\u00e1tico: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0El Nodo Regional de la \u00a0Amazon\u00eda el cual estar\u00e1 conformado por los siguientes departamentos: Amazonas, \u00a0Caquet\u00e1, Guain\u00eda, Guaviare, \u00a0Vaup\u00e9s, Putumayo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Nodo Regional de la Orinoqu\u00eda el cual estar\u00e1 conformado por los siguientes \u00a0departamentos: Meta, Casanare, Vichada, Arauca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Nodo Regional Centro \u00a0Oriente Andino el cual estar\u00e1 conformado por los siguientes departamentos: \u00a0Boyac\u00e1, Cundinamarca, Tolima, \u00a0Bogot\u00e1, Huila. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Nodo Regional Norandino el cual estar\u00e1 conformado por los siguientes \u00a0departamentos: Norte de Santander, Santander. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Nodo Regional Eje \u00a0Cafetero el cual estar\u00e1 conformado por los siguientes departamentos: Caldas, Risaralda, Quind\u00edo, Valle del Cauca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Nodo Regional Antioquia \u00a0el cual estar\u00e1 conformado por el departamento de Antioquia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Nodo Regional Caribe e \u00a0Insular el cual estar\u00e1 conformado por los siguientes departamentos: Guajira, \u00a0Bol\u00edvar, San Andr\u00e9s y Providencia, Sucre, C\u00f3rdoba, Magdalena, Atl\u00e1ntico, Cesar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Nodo Regional Pac\u00edfico \u00a0Norte el cual estar\u00e1 conformado por el departamento del Choc\u00f3. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Nodo Regional Pac\u00edfico \u00a0Sur el cual estar\u00e1 conformado por los siguientes departamentos: Cauca, Nari\u00f1o, \u00a0Valle del Cauca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se podr\u00e1n conformar otros \u00a0Nodos Regionales de Cambio Clim\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00b0. En el t\u00e9rmino de seis (6) meses, contados a partir de la publicaci\u00f3n del \u00a0presente decreto, los Nodos Regionales de Cambio Clim\u00e1tico expedir\u00e1n su propio \u00a0reglamento operativo. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible podr\u00e1 \u00a0asistir a las reuniones de los mencionados nodos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0departamentos podr\u00e1n participar en m\u00e1s de un Nodo Regional de Cambio Clim\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00b0. Cada Nodo Regional formular\u00e1, adoptar\u00e1 y ejecutar\u00e1 su Plan de Acci\u00f3n para \u00a0el per\u00edodo de cuatro (4) a\u00f1os. En todo caso, el Plan de Acci\u00f3n del Nodo \u00a0Regional deber\u00e1 articularse con las estrategias y planes enunciados en el \u00a0par\u00e1grafo del art\u00edculo 1\u00b0 del presente decreto y con las acciones definidas por \u00a0la CICC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a011. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n \u00a0en el Diario Oficial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. \u00a0C., a 24 de febrero de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Fernando \u00a0Cristo Bustos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de \u00a0Relaciones Exteriores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda \u00c1ngela \u00a0Holgu\u00edn Cu\u00e9llar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio C\u00e1rdenas \u00a0Santamar\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Aurelio Iragorri Valencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de \u00a0Minas y Energ\u00eda, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Tom\u00e1s Gonz\u00e1lez \u00a0Estrada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gabriel Vallejo \u00a0L\u00f3pez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de \u00a0Transporte, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Natalia Abello Vives. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sim\u00f3n Gaviria \u00a0Mu\u00f1oz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Liliana \u00a0Caballero Dur\u00e1n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 298 DE 2016 \u00a0 \u00a0 (febrero \u00a024) \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a049.796, febrero \u00a024 de 2016 \u00a0 \u00a0 por \u00a0el cual se establece la organizaci\u00f3n y funcionamiento del Sistema Nacional de \u00a0Cambio Clim\u00e1tico y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0 El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades \u00a0constitucionales y legales, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[77],"tags":[],"class_list":["post-49502","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2016"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/49502","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=49502"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/49502\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=49502"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=49502"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=49502"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}