{"id":49608,"date":"2023-08-16T21:30:15","date_gmt":"2023-08-16T21:30:15","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-541-de-2016\/"},"modified":"2023-08-16T21:30:15","modified_gmt":"2023-08-16T21:30:15","slug":"decreto-541-de-2016","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-541-de-2016\/","title":{"rendered":"DECRETO 541 DE 2016"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 541 DE 2016 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(abril 6) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 49.836, abril 6 de 2016 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por medio del cual se asignan \u00a0unas competencias administrativas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Modificado por el Decreto 1051 de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Agricultura y Desarrollo \u00a0Rural, Delegatario de Funciones Presidenciales, mediante Decreto n\u00famero \u00a0523 de 2016, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, \u00a0conferidas por el numeral 17 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0el par\u00e1grafo 1\u00b0 del art\u00edculo 52 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 523 de 2016 \u00a0y en desarrollo de lo previsto en el Decreto ley 254 de \u00a02000, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Decreto 2013 de 2012 \u00a0se dispuso la supresi\u00f3n y liquidaci\u00f3n del Instituto de Seguros Sociales, creado \u00a0por la Ley 90 de 1946 y \u00a0transformado en Empresa Industrial y Comercial del Estado mediante el Decreto 2148 de 1992, \u00a0vinculado al Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social, seg\u00fan el numeral 2.1.4 \u00a0del art\u00edculo 4\u00b0 del Decreto ley 4107 \u00a0de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el proceso liquidatorio \u00a0del Instituto de Seguros Sociales en Liquidaci\u00f3n fue prorrogado mediante \u00a0Decretos 2115 de 2013, 652 y 2714 de 2014, \u00a0hasta el d\u00eda 31 de marzo de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que conforme lo previsto en el art\u00edculo \u00a01\u00b0 del Decreto 2714 de 2014, \u00a0el proceso de liquidaci\u00f3n del extinto Instituto de Seguros Sociales culmin\u00f3 el \u00a031 de marzo de 2015, atendiendo las disposiciones previstas en el Decreto \u00a00553 del 27 de marzo de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con las facultades \u00a0contenidas en el art\u00edculo 35 del Decreto ley 254 de \u00a02000, modificado por el art\u00edculo 19 de la Ley 1105 de 2006, el \u00a0liquidador del Instituto de Seguros Sociales suscribi\u00f3 un contrato de fiducia mercantil con la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo \u00a0Agropecuario S.A. Fiduagraria S.A., en virtud del \u00a0cual se constituy\u00f3 el Patrimonio Aut\u00f3nomo de Remanentes del ISS, cuyo objeto \u00a0consiste en \u201cefectuar el pago de las obligaciones remanentes y contingentes \u00a0a cargo del Instituto de Seguros Sociales en Liquidaci\u00f3n en el momento que se \u00a0hagan exigibles\u201d, entre otros aspectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 489 de 1998 \u00a0determina algunos par\u00e1metros que debe cumplir el acto que ordene la supresi\u00f3n, \u00a0disoluci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de entidades u organismos administrativos nacionales, \u00a0entre ellos la subrogaci\u00f3n de obligaciones y derechos de los organismos o \u00a0entidades suprimidas o disueltas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Consejo de Estado &#8211; Sala de lo \u00a0Contencioso Administrativo &#8211; Secci\u00f3n Quinta, mediante sentencia del 15 de \u00a0diciembre de 2015, dentro de la Acci\u00f3n de Cumplimiento n\u00famero \u00a076001-23-33-000-2015-01089-01, dispuso: \u201cOrdenar al Gobierno Nacional \u00a0conformado en esta oportunidad por el Presidente de la Rep\u00fablica y los \u00a0Ministros de Salud y Protecci\u00f3n Social; Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico; Trabajo y \u00a0el Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica el \u00a0cumplimiento del par\u00e1grafo 1\u00b0 del art\u00edculo 52 de la Ley 489 de 1998, en el \u00a0sentido de que se disponga sobre la subrogaci\u00f3n de las obligaciones del ISS \u00a0liquidado, en materia de condena de sentencias contractuales y extracontractuales, dentro de los dos (2) meses siguientes \u00a0a la ejecutoria de esta sentencia, teniendo en cuenta la complejidad del tema\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que vista la sentencia del Consejo de \u00a0Estado, se hace necesaria la adopci\u00f3n de medidas por parte del Gobierno Nacional \u00a0en relaci\u00f3n con las competencias para garantizar el pago de las sentencias \u00a0derivadas de obligaciones contractuales y extracontractuales \u00a0a cargo del extinto Instituto de Seguros Sociales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con fundamento en lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modificado por el Decreto 1051 de 2016, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. De la competencia para el pago de las \u00a0sentencias derivadas de obligaciones contractuales y extracontractuales. Ser\u00e1 competencia del Ministerio \u00a0de Salud y Protecci\u00f3n Social asumir el pago de las sentencias judiciales \u00a0derivadas de las obligaciones contractuales y extracontractuales a cargo del Instituto de Seguros \u00a0Sociales Liquidado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 1\u00ba: \u201cDe la competencia para el pago de las \u00a0sentencias derivadas de obligaciones contractuales y extracontractuales. \u00a0Ser\u00e1 competencia del Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social asumir el pago de \u00a0las sentencias judiciales derivadas de obligaciones contractuales y extracontractuales a cargo del Instituto de Seguros \u00a0Sociales Liquidado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>S\u00f3lo proceder\u00e1 el pago de los fallos \u00a0judiciales de que trata este decreto, si el acreedor y\/o beneficiario demuestra \u00a0que cumpli\u00f3 su obligaci\u00f3n legal de presentar la reclamaci\u00f3n dentro del t\u00e9rmino \u00a0del emplazamiento que tuvo lugar en el plazo comprendido entre el cinco (5) de \u00a0diciembre de 2012 y el cuatro (4) de enero de 2013, de conformidad con lo \u00a0establecido en el art\u00edculo 9.1.3.2.1 del Decreto 2555 de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El an\u00e1lisis de procedencia y\/o \u00a0exigibilidad y el tr\u00e1mite de pago, podr\u00e1 hacerlo el Ministerio de Salud y \u00a0Protecci\u00f3n Social directamente o a trav\u00e9s del Patrimonio Aut\u00f3nomo de Remanentes \u00a0constituido por el Liquidador del extinto Instituto de Seguros Sociales, u otro \u00a0que se determine para tal efecto.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Recursos para el pago de \u00a0las sentencias condenatorias. Las sentencias condenatorias derivadas de obligaciones \u00a0contractuales y extracontractuales a cargo del \u00a0extinto Instituto de Seguros Sociales que sean susceptibles de pago en los \u00a0t\u00e9rminos del presente decreto, se honrar\u00e1n con cargo a los activos transferidos \u00a0por el Liquidador al momento de suscribir el Contrato de Fiducia \u00a0Mercantil n\u00famero 015 de 2015, por medio del cual se constituy\u00f3 el Patrimonio \u00a0Aut\u00f3nomo de Remanentes del Instituto de Seguros Sociales en Liquidaci\u00f3n, en el \u00a0que la posici\u00f3n de Fideicomitente fue cedida al Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n \u00a0Social, y cuya vocera y administradora es Fiduagraria S.A., o en su defecto por la Naci\u00f3n &#8211; \u00a0Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Vigencia. El presente decreto \u00a0rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 6 de abril de \u00a02016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>AURELIO IRAGORRI VALENCIA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Viceministro T\u00e9cnico del Ministerio \u00a0de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, encargado de las Funciones del Despacho del \u00a0Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Andr\u00e9s Escobar Arango. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Salud y Protecci\u00f3n \u00a0Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alejandro Gaviria Uribe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Trabajo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Luis Eduardo Garz\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Liliana Caballero Dur\u00e1n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 541 DE 2016 \u00a0 \u00a0 (abril 6) \u00a0 \u00a0 D.O. 49.836, abril 6 de 2016 \u00a0 \u00a0 por medio del cual se asignan \u00a0unas competencias administrativas. \u00a0 \u00a0 Nota: Modificado por el Decreto 1051 de 2016. \u00a0 \u00a0 El Ministro de Agricultura y Desarrollo \u00a0Rural, Delegatario de Funciones Presidenciales, mediante Decreto n\u00famero \u00a0523 de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[77],"tags":[],"class_list":["post-49608","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2016"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/49608","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=49608"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/49608\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=49608"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=49608"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=49608"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}