{"id":49720,"date":"2023-08-16T21:30:24","date_gmt":"2023-08-16T21:30:24","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-839-de-2016\/"},"modified":"2023-08-16T21:30:24","modified_gmt":"2023-08-16T21:30:24","slug":"decreto-839-de-2016","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-839-de-2016\/","title":{"rendered":"DECRETO 839 DE 2016"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 839 DE 2016 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(mayo 20) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 49.879, mayo 20 de \u00a02016 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0hace un nombramiento en interinidad en el C\u00edrculo Notarial de El Copey, Cesar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las \u00a0que le confieren el art\u00edculo 131 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, 5 \u00a0del Decreto ley 2163 \u00a0de 1970, 2 de la Ley 588 de 2000, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Decreto \u00a00860 de 29 de abril de 2015, el se\u00f1or Pedro Luis \u00a0Caballero Rojano, Notario \u00fanico en propiedad del \u00a0C\u00edrculo Notarial de El Copey, Cesar, fue retirado del servicio por cumplimiento \u00a0de la edad de retiro forzoso, en virtud de lo establecido en el art\u00edculo 1\u00b0 del \u00a0Decreto 3047 de 1989, \u00a0compilado en el art\u00edculo 2.2.6.1.5.3.13 del Decreto \u00a01069 de 26 de mayo de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Justicia \u00a0y del Derecho, que establece como edad de retiro forzoso para los notarios la \u00a0de 65 a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el numeral 3 del art\u00edculo 178 del Decreto ley 960 de \u00a01970 establece que el pertenecer a la carrera notarial implica la \u00a0preferencia para ocupar, a solicitud propia y dentro de la misma \u00a0circunscripci\u00f3n pol\u00edtico-administrativa, otra notar\u00eda de la misma categor\u00eda que \u00a0se encuentre vacante. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en los art\u00edculos 2.2.6.3.1.1. a 2.2.6.3.4.1. del Decreto \u00a01069 de 26 de mayo de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Justicia \u00a0y del Derecho, se reglament\u00f3 el derecho de preferencia consagrado en el numeral \u00a03 del art\u00edculo 178 del Decreto ley 960 de \u00a01970 y en su art\u00edculo 2.2.6.3.2.3. se establecieron como causales de \u00a0vacancia, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201c1. Muerte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Renuncia \u00a0aceptada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Destituci\u00f3n \u00a0del cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Retiro forzoso \u00a0por cumplir la edad de 65 a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Declaratoria \u00a0de abandono del cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ejercicio de \u00a0cargo p\u00fablico no autorizado por la ley\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 2.2.6.3.2.2. del Decreto \u00a01069 de 26 de mayo de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Justicia \u00a0y del Derecho, establece que \u201cpara \u00a0efectos del ejercicio del derecho de preferencia en los t\u00e9rminos establecidos \u00a0en numeral 3 del art\u00edculo 178 del Decreto ley 960 de \u00a01970, se entiende que la circunscripci\u00f3n pol\u00edtico-administrativa en la cual \u00a0puede ejercerse el mencionado derecho de preferencia corresponde al \u00a0departamento o al Distrito Capital de Bogot\u00e1 en el cual se encuentre la notar\u00eda \u00a0de la cual es titular el Notario que ejerce el derecho\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 30 de abril de 2015, de \u00a0conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 1\u00b0 del Acuerdo 003 de 28 de \u00a0noviembre de 2014 del Consejo Superior, por medio del cual se establece el \u00a0procedimiento operativo para implementar el derecho de preferencia consagrado \u00a0en el numeral 3 del art\u00edculo 178 del Decreto ley 960 de \u00a01970, se dio inicio al tr\u00e1mite de recepci\u00f3n de solicitudes de los notarios \u00a0de carrera para proveer la vacante generada en la notar\u00eda \u00fanica del C\u00edrculo \u00a0Notarial de El Copey, Cesar, tal como consta en la certificaci\u00f3n de 3 de mayo \u00a0de 2016, expedida por el Secretario T\u00e9cnico del Consejo Superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante certificaci\u00f3n del 3 de mayo de \u00a02016, el Secretario T\u00e9cnico del Consejo Superior, inform\u00f3 que \u201cadelantado el tr\u00e1mite contenido en el \u00a0Acuerdo 003 de 2014 para proveer la vacante de la Notar\u00eda \u00danica del C\u00edrculo de \u00a0El Copey, Cesar, no se present\u00f3 solicitud alguna de los se\u00f1ores Notarios\u201d, \u00a0y que en consecuencia, dicha notar\u00eda \u201cno \u00a0ser\u00e1 provista en ejercicio del Derecho de Preferencia\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante sentencia de tutela de fecha 8 \u00a0de mayo de 2015, notificada a la Superintendencia de Notariado y Registro el \u00a0d\u00eda 26 de mayo de 2015, proferida dentro del proceso con radicado n\u00famero \u00a025000-23-37-000-2015-00712-00, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca \u2013 Secci\u00f3n Cuarta, orden\u00f3 al Consejo Superior \u00a0de la Carrera Notarial que \u201cen el \u00a0t\u00e9rmino de diez (10) d\u00edas contados a partir de la notificaci\u00f3n de este \u00a0prove\u00eddo, designe en propiedad como Notario al doctor Mario Alberto Ramirez Giraldo en un c\u00edrculo notarial de primera categor\u00eda \u00a0que se encuentre vacante teniendo en cuenta la opci\u00f3n que se\u00f1ale de preferencia \u00a0el actor\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en tal medida, el tr\u00e1mite de \u00a0nombramiento para las notar\u00edas de primera categor\u00eda, entre ellas la \u00fanica del \u00a0C\u00edrculo Notarial de El Copey, Cesar, se suspendi\u00f3 para dar cumplimiento a la \u00a0sentencia del 8 de mayo de 2015 proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca \u2013 Secci\u00f3n Cuarta, tal como consta en \u00a0certificaci\u00f3n de fecha 3 de mayo de 2016, expedida por el Secretario T\u00e9cnico \u00a0del Consejo Superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante oficio de fecha 18 de noviembre \u00a0de 2015, el se\u00f1or Mario Alberto Ram\u00edrez Giraldo manifest\u00f3 al Consejo Superior \u00a0de la Carrera Notarial, que la notar\u00eda de su inter\u00e9s era la cincuenta y tres \u00a0(53) del c\u00edrculo de Bogot\u00e1, lo cual permiti\u00f3 continuar con el tr\u00e1mite de \u00a0expedici\u00f3n del acto administrativo de nombramiento en la Notar\u00eda \u00danica del \u00a0C\u00edrculo Notarial de El Copey, Cesar, tal como consta en la certificaci\u00f3n de 03 \u00a0de mayo de 2016, expedida por el Secretario T\u00e9cnico del Consejo Superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con lo estipulado en el \u00a0art\u00edculo 148 del Decreto ley 960 de \u00a01970 en concordancia con el 2\u00b0 de la Ley 588 de 2000, en \u00a0caso de producirse una vacante, y no existiendo lista de elegibles vigente, el \u00a0nominador puede designar notarios en interinidad, mientras el organismo \u00a0competente realiza el respectivo concurso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Acuerdo 29 del 15 de diciembre \u00a0de 2011, el Consejo Superior de la Carrera Notarial conform\u00f3 la lista de \u00a0elegibles para proveer en propiedad 157 cargos de Notario en diferentes \u00a0c\u00edrculos notariales del pa\u00eds, la cual tuvo vigencia hasta el 18 de diciembre \u00a0del a\u00f1o 2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante documento de 3 de mayo de 2016 \u00a0y para los fines se\u00f1alados en el art\u00edculo 2.2.6.2.1 del Decreto \u00a01069 de 26 de mayo de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Justicia \u00a0y del Derecho, la Superintendencia de Notariado y Registro emiti\u00f3 concepto \u00a0previo sobre la viabilidad de efectuar la designaci\u00f3n en interinidad en la \u00a0notar\u00eda \u00fanica del C\u00edrculo Notarial de El Copey, Cesar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que por estrictas necesidades del servicio \u00a0debe designarse en el cargo de Notario \u00fanico del C\u00edrculo Notarial de El Copey, \u00a0Cesar, a un profesional calificado, que cumpla con los requisitos legales \u00a0establecidos para el citado cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con lo anterior, la Directora \u00a0de Administraci\u00f3n Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro, \u00a0mediante documento de 3 de mayo de 2016 inform\u00f3 que: Con fundamento en las facultades otorgadas por el numeral 3 del \u00a0art\u00edculo 25 del Decreto \u00a02723 de 29 de diciembre de 2014 y con fundamento en lo establecido en el \u00a0art\u00edculo 2.2.6.2.2 Decreto 1069 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico del Sector Justica, emite concepto \u00a0favorable para la designaci\u00f3n de Notario, una vez revisada la documentaci\u00f3n \u00a0aportada por el doctor, \u00c1lvaro Casadiegos Su\u00e1rez \u00a0identificado con la c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero 5084732 de R\u00edo de Oro, respecto \u00a0de la cual se establece que el citado profesional cumple con las calidades \u00a0exigidas por la ley para el ejercicio de la funci\u00f3n notarial en C\u00edrculos de \u00a0Primera Categor\u00eda, en Interinidad\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Nombramiento. N\u00f3mbrase en interinidad \u00a0al se\u00f1or \u00c1lvaro Casadiegos Su\u00e1rez, identificado con \u00a0la c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero 5084732 de R\u00edo de Oro, como Notario \u00fanico del \u00a0C\u00edrculo Notarial de El Copey, Cesar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Acreditaci\u00f3n de documentos para tomar posesi\u00f3n del cargo. Para \u00a0tomar posesi\u00f3n del cargo, el designado deber\u00e1 acreditar ante la \u00a0Superintendencia de Notariado y Registro, la documentaci\u00f3n de ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 20 de mayo de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Justicia y del Derecho, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jorge Eduardo \u00a0Londo\u00f1o Ulloa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 839 DE 2016 \u00a0 \u00a0\u00a0 (mayo 20) \u00a0 \u00a0 D.O. 49.879, mayo 20 de \u00a02016 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0hace un nombramiento en interinidad en el C\u00edrculo Notarial de El Copey, Cesar. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[77],"tags":[],"class_list":["post-49720","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2016"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/49720","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=49720"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/49720\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=49720"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=49720"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=49720"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}