{"id":49881,"date":"2023-08-16T21:37:32","date_gmt":"2023-08-16T21:37:32","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-1216-de-2016\/"},"modified":"2023-08-16T21:37:32","modified_gmt":"2023-08-16T21:37:32","slug":"decreto-1216-de-2016","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-1216-de-2016\/","title":{"rendered":"DECRETO 1216 DE 2016"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1216 DE 2016 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(julio 25) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 49.945, julio 25 de \u00a02016 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por medio del \u00a0cual se modifica el Decreto 1081 de 2015 \u00a0\u2013 Decreto Reglamentario \u00danico del Sector de la Presidencia de la Rep\u00fablica, en \u00a0lo que hace referencia al Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho \u00a0Internacional Humanitario y la Comisi\u00f3n Intersectorial de Derechos Humanos y \u00a0Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confiere el \u00a0numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y \u00a0la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en el Decreto \u00a0n\u00famero 1081 del 26 de mayo de 2015, por \u00a0medio del cual se expide el Decreto Reglamentario \u00danico del Sector de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, se compil\u00f3 el Decreto n\u00famero \u00a04100 de 2011 por el cual se cre\u00f3 y organiz\u00f3 el Sistema Nacional de Derechos \u00a0Humanos y Derecho Internacional Humanitario, modificando igualmente la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante el Decreto 1649 de 2014, \u00a0se modific\u00f3 la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica y se asignaron funciones a la Consejer\u00eda Presidencial para los \u00a0Derechos Humanos referentes a impulsar y hacer seguimiento a la implementaci\u00f3n \u00a0de los lineamientos para una pol\u00edtica de Derechos Humanos, igual que las otras \u00a0l\u00edneas de acci\u00f3n que se desprendan del Sistema Nacional de Derechos Humanos, \u00a0as\u00ed como tambi\u00e9n, ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Intersectorial \u00a0de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que se estima pertinente efectuar algunas \u00a0modificaciones al Decreto 1081 de 2015, \u00a0referentes al Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional \u00a0Humanitario y a la Comisi\u00f3n Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho \u00a0Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo \u00a02.1.7.1.5 del Decreto 1081 de 2015, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.1.7.1.5. Objetivos. Son objetivos del \u00a0Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Fortalecer la capacidad institucional, \u00a0con el objeto de mejorar las condiciones sociales y del ejercicio de los \u00a0derechos de las y los colombianos, y el respeto del Derecho Internacional \u00a0Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Organizar la institucionalidad p\u00fablica \u00a0para garantizar los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario que \u00a0permita la acci\u00f3n y gesti\u00f3n integral, oportuna, efectiva e id\u00f3nea del Estado, \u00a0en los \u00f3rdenes nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Estructurar y contribuir a la \u00a0implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica Integral de Derechos Humanos y Derecho \u00a0Internacional Humanitario \u201cEstrategia Nacional para la Garant\u00eda de los Derechos \u00a0Humanos 2014-2034\u201d, en materia de respeto y garant\u00eda de los derechos civiles y \u00a0pol\u00edticos; los derechos econ\u00f3micos, sociales, culturales, colectivos y del \u00a0ambiente; justicia; igualdad, no discriminaci\u00f3n y respeto por las identidades; \u00a0ciudadan\u00eda, cultura y educaci\u00f3n en Derechos Humanos y Paz; construcci\u00f3n de paz; \u00a0y la aplicaci\u00f3n del Derecho Internacional Humanitario a trav\u00e9s de los \u00a0subsistemas establecidos para cada componente de la Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover la incorporaci\u00f3n del enfoque de \u00a0derechos y enfoque diferencial en las pol\u00edticas p\u00fablicas sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Impulsar el cumplimiento y seguimiento de \u00a0los compromisos y obligaciones internacionales en materia de Derechos Humanos y \u00a0Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Contar con un Sistema de Informaci\u00f3n que \u00a0permita monitorear, hacer seguimiento y evaluar la situaci\u00f3n de Derechos \u00a0Humanos y Derecho Internacional Humanitario\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo \u00a02.1.7.1.6 del Decreto 1081 de 2015, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.1.7.1.6. Integraci\u00f3n del Sistema Nacional de Derechos \u00a0Humanos y Derecho Internacional Humanitario. Forman parte del \u00a0Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. La Comisi\u00f3n Intersectorial de Derechos \u00a0Humanos y Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Los Subsistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las Instancias Territoriales\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo \u00a02.1.7.2.2 del Decreto 1081 de 2015, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.1.7.2.2 Composici\u00f3n. La Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial estar\u00e1 integrada por los siguientes miembros: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Alto Consejero Presidencial para el \u00a0Posconflicto, Derechos Humanos y Seguridad, o quien haga sus veces, quien lo \u00a0presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministro de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Ministro de Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Ministro de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Ministro de Agricultura y Desarrollo \u00a0Rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Ministro de Salud y Protecci\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Ministro del Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El Ministro de Educaci\u00f3n Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El Ministro de Cultura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. El Director del Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. El Director del Departamento \u00a0Administrativo para la Prosperidad Social, o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. El Director Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica, o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. El Director de la Agencia Presidencial \u00a0para la Cooperaci\u00f3n Internacional, o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. El Alto Comisionado para la Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. El Director General del Archivo General \u00a0de la Naci\u00f3n, o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. En el caso de los \u00a0ministros, la representaci\u00f3n en las sesiones de la Comisi\u00f3n Intersectorial solo \u00a0podr\u00e1 ser delegada en los Viceministros, y en el caso de los directores de \u00a0Departamento Administrativo y dem\u00e1s entidades, en los subdirectores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La Fiscal\u00eda General \u00a0de la Naci\u00f3n, la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, la Defensor\u00eda del Pueblo, \u00a0la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, el Consejo Superior de la Judicatura y \u00a0el Congreso de la Rep\u00fablica tendr\u00e1n el car\u00e1cter de invitados permanentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. A las sesiones de la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial podr\u00e1n asistir, previa invitaci\u00f3n de su Presidente, \u00a0otros ministros o directores de Departamento Administrativo, funcionarios del \u00a0Estado, delegados de organizaciones \u00e9tnicas, de Derechos Humanos, sociales, \u00a0gremiales, acad\u00e9micas y fundaciones y dem\u00e1s que la Comisi\u00f3n Intersectorial \u00a0considere pertinente para el desarrollo de sus funciones y tareas, al igual que \u00a0representantes de organismos internacionales de Derechos Humanos\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los ministros y directores que sean \u00a0invitados solo podr\u00e1n delegar su asistencia en los viceministros o \u00a0subdirectores, respectivamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo \u00a02.1.7.2.3 del Decreto 1081 de 2015, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.1.7.2.3. Funciones. La Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial tendr\u00e1 a su cargo las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar el Sistema Nacional de Derechos \u00a0Humanos y Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Orientar el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n, \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n de la Pol\u00edtica Integral en Derechos Humanos y Derecho \u00a0Internacional Humanitario \u201cEstrategia Nacional para la Garant\u00eda de los Derechos \u00a0Humanos 2014-2034\u201d y la incorporaci\u00f3n del enfoque de derechos y el enfoque \u00a0diferencial en las pol\u00edticas sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir los Subsistemas en materia de \u00a0respeto y garant\u00eda de los derechos civiles, pol\u00edticos, econ\u00f3micos, sociales, \u00a0culturales, colectivos y del ambiente, y la aplicaci\u00f3n del Derecho \u00a0Internacional Humanitario, as\u00ed como su integraci\u00f3n, coordinarlos acorde con los \u00a0roles de las entidades y dependencias correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover acciones e impulsar iniciativas \u00a0para que el ordenamiento jur\u00eddico interno incorpore los est\u00e1ndares \u00a0internacionales de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Impulsar el cumplimiento y seguimiento de \u00a0los compromisos y obligaciones internacionales en materia de Derechos Humanos y \u00a0Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Orientar las acciones de coordinaci\u00f3n y \u00a0articulaci\u00f3n con el Sistema Nacional de Atenci\u00f3n y Reparaci\u00f3n a V\u00edctimas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Orientar el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de \u00a0estrategias de promoci\u00f3n y divulgaci\u00f3n en materia de Derechos Humanos y Derecho \u00a0Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Definir los lineamientos generales para \u00a0la conformaci\u00f3n y operaci\u00f3n de un Sistema de informaci\u00f3n, que permita \u00a0monitorear, hacer seguimiento y evaluar la situaci\u00f3n de Derechos Humanos y \u00a0Derecho Internacional Humanitario, y el impacto de la Pol\u00edtica Integral en \u00a0Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario \u201cEstrategia Nacional para \u00a0la Garant\u00eda de los Derechos Humanos 2014-2034\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Definir estrategias de gesti\u00f3n de \u00a0recursos presupuestales para la adecuada implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica Integral \u00a0de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario \u201cEstrategia Nacional \u00a0para la Garant\u00eda de los Derechos Humanos 2014-2034\u201d y, en general, para el \u00a0funcionamiento del Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional \u00a0Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adoptar su reglamento interno y el plan \u00a0estrat\u00e9gico del Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional \u00a0Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Hacer recomendaciones al Mecanismo de \u00a0Coordinaci\u00f3n Naci\u00f3n-Territorio, para que el dise\u00f1o institucional en los \u00f3rdenes \u00a0nacional y territorial se encuentre debidamente articulado y definir las \u00a0directrices para su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar y determinar cu\u00e1les entidades \u00a0son las responsables de la implementaci\u00f3n de las medidas de reparaci\u00f3n \u00a0ordenadas y\/o concertadas en decisiones de \u00f3rganos internacionales de Derechos \u00a0Humanos en casos individuales, siempre que la medida de reparaci\u00f3n no haya sido \u00a0asumida con anterioridad por otra entidad y no se trate del pago de indemnizaciones \u00a0de que trata la Ley 288 de 1996. \u00a0Igualmente, designar la entidad responsable del tr\u00e1mite de pago de \u00a0indemnizaciones ordenadas en sentencias de la Corte Interamericana de Derechos \u00a0Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. La designaci\u00f3n de la \u00a0entidad responsable del tr\u00e1mite de pago de indemnizaciones ordenadas en \u00a0sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos la realizar\u00e1 la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial con base en los siguientes criterios: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Cuando exista un fallo penal o \u00a0disciplinario en contra de un agente del Estado por los hechos objeto de la \u00a0sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se encargar\u00e1 a la \u00a0entidad a la que aquel haya estado vinculado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Cuando exista un fallo judicial nacional mediante el cual se \u00a0declare la responsabilidad de una entidad estatal por los mismos hechos a que \u00a0se refiere la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se \u00a0encargar\u00e1 a la entidad condenada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Cuando exista un auto aprobatorio de una conciliaci\u00f3n por los \u00a0hechos a que se refiere la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos \u00a0Humanos, se encargar\u00e1 a la entidad que haya suscrito el acuerdo conciliatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Cuando ninguno de \u00a0los criterios anteriormente establecidos pueda aplicarse directamente, la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial tendr\u00e1 en cuenta el hecho eficiente principal que \u00a0origin\u00f3 la reclamaci\u00f3n o litigio internacional para la designaci\u00f3n de la entidad \u00a0que debe asumir el pago de las indemnizaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo \u00a02.1.7.3.1 del Decreto 1081 de 2015, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.1.7.3.1. Secretar\u00eda T\u00e9cnica. Ser\u00e1 la \u00a0instancia asesora encargada de brindar el acompa\u00f1amiento y soporte t\u00e9cnico, \u00a0log\u00edstico y operativo a la Comisi\u00f3n Intersectorial de Derechos Humanos y \u00a0Derecho Internacional Humanitario e impulsar el ejercicio de articulaci\u00f3n \u00a0institucional. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica estar\u00e1 a cargo y bajo la responsabilidad \u00a0de la Consejer\u00eda Presidencial para los Derechos Humanos\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo \u00a02.1.7.3.2 del Decreto 1081 de 2015, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.1.7.3.2 Funciones de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. Son \u00a0funciones de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar t\u00e9cnicamente a la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, y a \u00a0cada uno de los subsistemas, en el dise\u00f1o y gesti\u00f3n de la Pol\u00edtica Integral de \u00a0Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario \u201cEstrategia Nacional para \u00a0la Garant\u00eda de los Derechos Humanos 2014-2034\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Servir de enlace permanente entre las \u00a0instancias del Sistema Nacional, en los \u00f3rdenes nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar el seguimiento y la evaluaci\u00f3n \u00a0a la implementaci\u00f3n del Mecanismo de Coordinaci\u00f3n Naci\u00f3n-Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Recopilar, analizar y consolidar los \u00a0insumos de trabajo de cada uno de los Subsistemas, para efectos de acompa\u00f1ar la \u00a0implementaci\u00f3n, el seguimiento y la evaluaci\u00f3n de la Pol\u00edtica Integral de \u00a0Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario \u201cEstrategia Nacional para \u00a0la Garant\u00eda de los Derechos Humanos 2014-2034\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar y desarrollar el Sistema Nacional \u00a0de Informaci\u00f3n que permita monitorear, hacer seguimiento y evaluar la situaci\u00f3n \u00a0de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, y el impacto de la \u00a0Pol\u00edtica Integral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar el dise\u00f1o y la puesta en marcha de \u00a0una estrategia de comunicaciones en materia de Derechos Humanos y Derecho \u00a0Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Recomendar la adopci\u00f3n de estrategias \u00a0para posibilitar la interlocuci\u00f3n y participaci\u00f3n de la sociedad civil en el \u00a0dise\u00f1o y evaluaci\u00f3n de la Pol\u00edtica Integral de Derechos Humanos y Derecho \u00a0Internacional Humanitario \u201cEstrategia Nacional para la Garant\u00eda de los Derechos \u00a0Humanos 2014-2034\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar el desarrollo de las sesiones de \u00a0la Comisi\u00f3n Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho Internacional \u00a0Humanitario y de los Subsistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Brindar asesor\u00eda a los Subsistemas para \u00a0la incorporaci\u00f3n del enfoque de derechos y enfoque diferencial en las pol\u00edticas \u00a0sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Preparar los asuntos e insumos que ser\u00e1n \u00a0sometidos a consideraci\u00f3n y estudio de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Derechos \u00a0Humanos y Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Convocar, llevar las actas y hacer \u00a0seguimiento a las decisiones adoptadas por la Comisi\u00f3n Intersectorial de \u00a0Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Elaborar las actas de las sesiones de \u00a0los Subsistemas y hacer seguimiento de sus actividades y decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Elaborar el proyecto de reglamento Interno \u00a0de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho Internacional \u00a0Humanitario, para su aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Apoyar el dise\u00f1o y gesti\u00f3n del plan \u00a0estrat\u00e9gico del Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional \u00a0Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Efectuar recomendaciones y proponer \u00a0estrategias a la Comisi\u00f3n Intersectorial de Derechos Humanos que permitan \u00a0avanzar en el cumplimiento de las obligaciones y compromisos internacionales \u00a0asumidos por el Estado colombiano en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Proponer a la Comisi\u00f3n cu\u00e1les entidades \u00a0son las responsables de la implementaci\u00f3n de las medidas de reparaci\u00f3n \u00a0ordenadas y\/o concertadas en decisiones de \u00f3rganos internacionales de derechos \u00a0humanos en casos individuales, siempre que la medida de reparaci\u00f3n no haya sido \u00a0asumida con anterioridad por otra entidad y no se trate del pago de indemnizaciones \u00a0de que trata la Ley 288 de 1996. \u00a0Igualmente, proponer a la Comisi\u00f3n la entidad responsable del tr\u00e1mite de pago \u00a0de indemnizaciones ordenadas en sentencias de la Corte Interamericana de \u00a0Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le asigne la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial, en el marco de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1. La coordinaci\u00f3n del dise\u00f1o, \u00a0seguimiento y la evaluaci\u00f3n a la implementaci\u00f3n del Mecanismo de Coordinaci\u00f3n \u00a0Naci\u00f3n-Territorio, se realizar\u00e1 conjuntamente con el Ministerio del Interior\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Modif\u00edquese la denominaci\u00f3n del \u00a0Cap\u00edtulo IV del T\u00edtulo VII, Parte 1, Libro 2 del Decreto 1081 de 2015 \u00a0y el art\u00edculo 2.1.7.4.1 los cuales quedar\u00e1n as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cCap\u00edtulo 4 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Subsistemas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.7.4.1 Subsistemas. Cada Subsistema, coordinar\u00e1 a partir de las \u00a0orientaciones de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho \u00a0Internacional Humanitario, el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n \u00a0de cada eje tem\u00e1tico de la Pol\u00edtica Integral de Derechos Humanos y Derecho \u00a0Internacional Humanitario \u201cEstrategia Nacional para la Garant\u00eda de los Derechos \u00a0Humanos 2014-2034\u201d, de acuerdo con las competencias de las instituciones que \u00a0los conforman\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo \u00a02.1.7.4.2 del Decreto 1081 de 2015, \u00a0que quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.1.7.4.2. Composici\u00f3n. Los subsistemas \u00a0estar\u00e1n conformados por las direcciones, oficinas, dependencias y funcionarios \u00a0que tengan asignadas funciones relacionadas con los derechos humanos de los \u00a0Ministerios, Departamentos Administrativos y de las diferentes entidades u \u00a0organismos y programas del Estado, de conformidad con las competencias y \u00a0funciones asignadas en materia de respeto y garant\u00eda de los derechos civiles, \u00a0pol\u00edticos, econ\u00f3micos, sociales, culturales, colectivos y del ambiente, y \u00a0aplicaci\u00f3n del Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. La Fiscal\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n, la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, la Defensor\u00eda del Pueblo, la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, el Consejo Superior de la Judicatura y el \u00a0Congreso de la Rep\u00fablica tendr\u00e1n el car\u00e1cter de invitados permanentes en las \u00a0sesiones de los Subsistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Cada una de las direcciones y \u00a0oficinas de derechos humanos de los Ministerios, Departamentos Administrativos \u00a0y de las diferentes entidades u organismos, programas y dependencias del Estado \u00a0que conforman cada uno de los subsistemas deber\u00e1n informar a la Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica de manera formal el servidor p\u00fablico responsable y enlace desde la \u00a0entidad para los temas correspondientes de los subsistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. Los subsistemas, de manera \u00a0concertada entre las entidades parte podr\u00e1n invitar a representantes de \u00a0organismos internacionales de Derechos Humanos y miembros de Organizaciones No \u00a0Gubernamentales, as\u00ed como representantes de las organizaciones sociales, \u00a0gremiales, acad\u00e9micas y fundaciones que se ocupen de la promoci\u00f3n y defensa de \u00a0estos derechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo \u00a02.1.7.4.3 del Decreto 1081 de 2015, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.1.7.4.3. Sesiones de trabajo. Los \u00a0Subsistemas se reunir\u00e1n con la periodicidad que establezcan sus integrantes de \u00a0conformidad a la agenda y plan de acci\u00f3n que desarrollen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El contenido de las sesiones de \u00a0los Subsistemas se har\u00e1 constar en actas, que llevar\u00e1n la firma del responsable \u00a0de la dependencia coordinadora del respectivo Subsistema y de la Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Modif\u00edquese el art\u00edculo \u00a02.1.7.4.4 del Decreto 1081 de 2015, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.1.7.4.4. Funciones. Son funciones de los \u00a0Subsistemas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar a las entidades que los \u00a0conforman en la implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica Integral de Derechos Humanos y \u00a0Derecho Internacional Humanitario \u201cEstrategia Nacional para la Garant\u00eda de los \u00a0Derechos Humanos 2014-2034\u201d, y definir los mecanismos de gesti\u00f3n, articulaci\u00f3n, \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n, de acuerdo con sus competencias. Hacer seguimiento y \u00a0evaluar la Pol\u00edtica Integral de Derechos Humanos y Derecho Internacional \u00a0Humanitario, en las materias a cargo de cada Subsistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar, asistir y recomendar a la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial las acciones para articular e implementar los \u00a0diferentes planes, programas, proyectos, iniciativas y recursos presupuestales \u00a0de la Pol\u00edtica Integral de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario \u00a0\u201cEstrategia Nacional para la Garant\u00eda de los Derechos Humanos 2014-2034\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Desarrollar acciones, en cada uno de los \u00a0Subsistemas seg\u00fan corresponda, para incorporar el enfoque de derechos y el \u00a0enfoque diferencial en las pol\u00edticas sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar insumos o elaborar propuestas, \u00a0en el Subsistema correspondiente, que permitan la incorporaci\u00f3n de est\u00e1ndares \u00a0internacionales de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario en el \u00a0ordenamiento jur\u00eddico interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Implementar las directrices de la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial para cumplir y hacer seguimiento a los compromisos y \u00a0obligaciones internacionales a cargo del Estado colombiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Remitir a la Secretar\u00eda T\u00e9cnica la \u00a0informaci\u00f3n del respectivo Subsistema para el monitoreo, seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n de la situaci\u00f3n de Derechos Humanos y Derecho Internacional \u00a0Humanitario, y el impacto de la Pol\u00edtica Integral de Derechos Humanos y Derecho \u00a0Internacional Humanitario \u201cEstrategia Nacional para la Garant\u00eda de los Derechos \u00a0Humanos 2014-2034\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Contribuir en la implementaci\u00f3n del \u00a0Mecanismo de Coordinaci\u00f3n Naci\u00f3n-Territorio, a partir de las competencias y \u00a0responsabilidades de las entidades y del desarrollo de acciones para el \u00a0fortalecimiento de su capacidad y gesti\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que les asigne la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Modif\u00edquese el art\u00edculo \u00a02.1.7.5.1 del Decreto 1081 de 2015, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.1.7.5.1. Instancias Territoriales. El \u00a0Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario \u00a0contar\u00e1 con una instancia en cada una de las entidades territoriales, en el \u00a0\u00e1mbito de sus competencias y autonom\u00eda y, en todo caso, a partir de las \u00a0orientaciones contenidas en las normas vigentes, especialmente en el Cap\u00edtulo \u00a0IV del t\u00edtulo I, Parte 2, Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, \u00a0por el cual se expidi\u00f3 el Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo \u00a0del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Esta instancia ser\u00e1 la responsable de \u00a0dise\u00f1ar, implementar, hacer seguimiento y evaluar, en aquello que corresponda, \u00a0la Pol\u00edtica Integral de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario \u00a0\u201cEstrategia Nacional para la Garant\u00eda de los Derechos Humanos 2014-2034\u201d as\u00ed \u00a0como aquellas pol\u00edticas p\u00fablicas, estrategias y directrices formuladas por el \u00a0Ministerio del Interior en el marco de sus competencias conforme al Decreto 1066 de 2015, \u00a0en el nivel territorial, a trav\u00e9s de su incorporaci\u00f3n en el Plan de Desarrollo \u00a0y en su respectivo Plan Plurianual de Inversiones. Los gobernadores y alcaldes \u00a0adelantar\u00e1n las acciones que estimen necesarias para organizar y poner en \u00a0funcionamiento esta instancia en sus territorios, de acuerdo con los \u00a0lineamientos y par\u00e1metros definidos en el Mecanismo de Coordinaci\u00f3n \u00a0Naci\u00f3n-Territorio, teniendo en cuenta sus competencias y el principio de autonom\u00eda \u00a0de las entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. El Gobierno nacional, bajo la coordinaci\u00f3n del \u00a0Ministerio del Interior y la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Sistema Nacional de DD. \u00a0HH., impulsar\u00e1, asesorar\u00e1 y apoyar\u00e1 el dise\u00f1o y organizaci\u00f3n de las instancias \u00a0territoriales del Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional \u00a0Humanitario\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Modif\u00edquese el art\u00edculo \u00a02.1.7.5.2 del Decreto 1081 de 2015, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.1.7.5.2 Mecanismo de Coordinaci\u00f3n Naci\u00f3n-Territorio. \u00a0El Sistema Nacional de Derechos Humanos contar\u00e1 con un Mecanismo de \u00a0Coordinaci\u00f3n Naci\u00f3n-Territorio, aprobado por la Comisi\u00f3n Intersectorial de \u00a0Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario bajo la coordinaci\u00f3n del \u00a0Ministerio del Interior y la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Sistema Nacional de DD. HH. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los subsistemas contribuir\u00e1n en el dise\u00f1o e \u00a0implementaci\u00f3n del Mecanismo de Coordinaci\u00f3n Naci\u00f3n-Territorio, a partir de las \u00a0competencias y responsabilidades de las entidades que los conforman y del \u00a0desarrollo de acciones para el fortalecimiento de su capacidad y gesti\u00f3n \u00a0institucional\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0expedici\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 25 de julio de \u00a02016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Fernando \u00a0Cristo Bustos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Justicia y del Derecho, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jorge Eduardo \u00a0Londo\u00f1o Ulloa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Luis Guillermo V\u00e9lez Cabrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sim\u00f3n Gaviria \u00a0Mu\u00f1oz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Liliana Caballero \u00a0Dur\u00e1n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo \u00a0para la Prosperidad Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Tatyana Orozco de la Cruz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1216 DE 2016 \u00a0 \u00a0\u00a0 (julio 25) \u00a0 \u00a0 D.O. 49.945, julio 25 de \u00a02016 \u00a0 \u00a0 por medio del \u00a0cual se modifica el Decreto 1081 de 2015 \u00a0\u2013 Decreto Reglamentario \u00danico del Sector de la Presidencia de la Rep\u00fablica, en \u00a0lo que hace referencia al Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho \u00a0Internacional [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[77],"tags":[],"class_list":["post-49881","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2016"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/49881","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=49881"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/49881\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=49881"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=49881"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=49881"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}