{"id":50044,"date":"2023-08-16T21:37:39","date_gmt":"2023-08-16T21:37:39","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-1537-de-2016\/"},"modified":"2023-08-16T21:37:39","modified_gmt":"2023-08-16T21:37:39","slug":"decreto-1537-de-2016","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-1537-de-2016\/","title":{"rendered":"DECRETO 1537 DE 2016"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a01537 DE 2016 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(septiembre \u00a029) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a050.011, septiembre 29 de 2016 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se efect\u00faa el nombramiento de un notario en propiedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: \u00a0Ver Decreto 1105 de 2023. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades \u00a0constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los art\u00edculos 131 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a02\u00b0 y 3\u00b0 de la Ley 588 de 2000, 161 \u00a0del Decreto ley 960 de \u00a01970 y 5\u00b0 del Decreto ley 2163 \u00a0de 1970, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0art\u00edculo 131 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0dispone que el nombramiento de los notarios en propiedad se har\u00e1 mediante \u00a0concurso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo \u00a0169 del Decreto ley 960 de \u00a01970 establece que los concursos tienen por objeto la selecci\u00f3n de \u00a0candidatos para cargos no desempe\u00f1ados en propiedad por Notarios pertenecientes \u00a0a la carrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0mediante Acuerdo 001 de 9 de abril de 2015, modificado por los Acuerdos 003 de \u00a028 de abril de 2015, 005 de 15 de septiembre de 2015, 025 de 27 de junio de \u00a02016, 028 de 21 de julio de 2016, 029 de 22 de agosto de 2016, del Consejo \u00a0Superior de la Carrera Notarial, se \u201c&#8230;convoca, \u00a0se fijan las bases y el cronograma del concurso de m\u00e9ritos, p\u00fablico y abierto \u00a0para el nombramiento de notarios en propiedad e ingreso a la Carrera Notarial\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en los \u00a0art\u00edculos 2.2.6.5.1. a 2.2.6.5.13 del Decreto \u00a01069 de 26 de mayo de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Justicia \u00a0y del Derecho, se compil\u00f3 el Decreto n\u00famero \u00a03454 de 2006, reglamentario de la Ley 588 de 2000 que \u00a0regula el ejercicio de la actividad notarial, y en su art\u00edculo 2.2.6.5.11 \u00a0se\u00f1ala que la lista de elegibles estar\u00e1 integrada por quienes hayan obtenido \u00a0m\u00e1s de sesenta (60) puntos en el proceso, lo anterior qued\u00f3 establecido en el \u00a0art\u00edculo 28 del Acuerdo 001 de 2015, as\u00ed: \u201cEl puntaje final de los aspirantes ser\u00e1 el que resulte de la suma de \u00a0las calificaciones obtenidas en las distintas fases del concurso debidamente \u00a0superadas. La lista de elegibles estar\u00e1 integrada en estricto orden descendente \u00a0por quienes hayan obtenido sesenta (60) puntos o m\u00e1s, de la m\u00e1xima calificaci\u00f3n \u00a0posible\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 29 \u00a0de junio de 2016, una vez agotadas todas las etapas del Concurso, el Consejo \u00a0Superior de la Carrera Notarial profiri\u00f3 el Acuerdo 026 \u201cpor el cual se aprueba la lista definitiva de elegibles en el Concurso \u00a0de M\u00e9ritos P\u00fablico y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e \u00a0Ingreso a la Carrera Notarial, y se ordena su publicaci\u00f3n\u201d, la cual se \u00a0llev\u00f3 a cabo el d\u00eda 3 de julio del a\u00f1o en curso en el Diario de amplia \u00a0circulaci\u00f3n nacional El Nuevo Siglo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0Consejo Superior de la Carrera Notarial mediante el Acuerdo 027 del 29 de junio \u00a0de 2016 estableci\u00f3 el procedimiento para el agotamiento de la lista de \u00a0elegibles y selecci\u00f3n de Notar\u00edas vacantes, para el Nombramiento de Notarios en \u00a0Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial y en su art\u00edculo 1\u00b0 indic\u00f3 que \u201cEl Consejo Superior de la Carrera Notarial \u00a0o quien debidamente lo represente, informar\u00e1 a cada uno de los aspirantes en \u00a0estricto orden descendente de puntaje, para cada Notar\u00eda y por categor\u00eda \u00a0inscrita, sobre las vacantes a la fecha de la comunicaci\u00f3n. De esta manera se \u00a0requerir\u00e1 a cada aspirante con el fin de que manifieste su intenci\u00f3n o voluntad \u00a0de nombramiento en alguna de las Notar\u00edas vacantes de acuerdo con su \u00a0inscripci\u00f3n\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0se\u00f1or Jos\u00e9 Luis Colmenares C\u00e1rdenas, identificado con c\u00e9dula de ciudadan\u00eda \u00a088152328 de Pamplona, obtuvo para Notar\u00edas de primera categor\u00eda ochenta y cinco \u00a0punto ciento ochenta y nueve (85.189) puntos, ocupando el segundo lugar de la \u00a0lista de elegibles, dentro del Concurso de M\u00e9ritos P\u00fablico y abierto para el Nombramiento \u00a0de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, tal como consta en la \u00a0certificaci\u00f3n de 14 de septiembre de 2016, suscrita por el Secretario T\u00e9cnico \u00a0del Consejo Superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que dando \u00a0cumplimiento al Acuerdo 027 de 2016 y en atenci\u00f3n al puntaje en el Concurso de \u00a0M\u00e9ritos P\u00fablico y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e \u00a0Ingreso a la Carrera Notarial, mediante Oficio n\u00famero 2016-002 de 25 de julio \u00a0de 2016, el Secretario T\u00e9cnico del Consejo Superior, inform\u00f3 al se\u00f1or Jos\u00e9 Luis \u00a0Colmenares C\u00e1rdenas por cada Notar\u00eda y categor\u00eda inscrita, las vacantes a la \u00a0fecha de la comunicaci\u00f3n, entre las cuales se encontraba la Notar\u00eda Primera \u00a0(01) de Floridablanca &#8211; Santander. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que a su \u00a0vez el art\u00edculo 2\u00b0 del Acuerdo 027 de 2016 se\u00f1ala que \u201cuna vez notificada la postulaci\u00f3n sobre las Notar\u00edas vacantes seg\u00fan lo \u00a0inscrito y el puesto ocupado en cada caso, el aspirante contar\u00e1 con un t\u00e9rmino \u00a0de cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles para manifestar su intenci\u00f3n o voluntad de \u00a0nombramiento, en alguna de las Notar\u00edas vacantes correspondientes estrictamente \u00a0con las que haya inscrito. Vencido el anterior t\u00e9rmino, se entender\u00e1 desierto \u00a0el inter\u00e9s sobre las Notar\u00edas postuladas en la comunicaci\u00f3n, y se continuar\u00e1 \u00a0con el siguiente aspirante\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en tal \u00a0sentido, el se\u00f1or Jos\u00e9 Luis Colmenares C\u00e1rdenas, mediante comunicaci\u00f3n de fecha \u00a029 de julio de 2016, manifest\u00f3 su intenci\u00f3n de ser nombrado en la Notar\u00eda \u00a0Primera (1\u00aa) del C\u00edrculo Notarial de Floridablanca, Santander. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0mediante certificaci\u00f3n del 14 de septiembre de 2016, el Secretario T\u00e9cnico del \u00a0Consejo Superior, inform\u00f3 que \u201ccon \u00a0fundamento en la lista de elegibles conformada por el Acuerdo 026 del 29 de \u00a0junio de 2016, publicado el 3 de julio del mismo a\u00f1o en el diario El Nuevo \u00a0Siglo, el doctor Jos\u00e9 Luis Colmenares C\u00e1rdenas identificado con c\u00e9dula de \u00a0ciudadan\u00eda n\u00famero 88152328, en su calidad de aspirante a ser designado en la \u00a0Notar\u00eda Primera (1\u00aa) del circulo notarial de \u00a0Floridablanca, Santander y que fue postulada mediante Oficio n\u00famero 2016-002 de \u00a0fecha 25 de julio de 2016, es quien debe ser nombrado en propiedad como Notario \u00a0Primero (1\u00b0) del C\u00edrculo de Floridablanca, Santander, conforme a la \u00a0calificaci\u00f3n obtenida de ochenta y cinco punto ciento ochenta y nueve (85.189) \u00a0puntos, ocupando el puesto n\u00famero dos (02) de la lista, dentro del concurso de \u00a0m\u00e9ritos p\u00fablico y abierto para el nombramiento de notarios en propiedad e \u00a0ingreso a la Carrera Notarial, el cual fue convocado mediante Acuerdo 001 del 9 \u00a0de abril de 2015\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la \u00a0designaci\u00f3n de notarios de primera categor\u00eda es competencia del Gobierno \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de \u00a0conformidad con el inciso 3 del art\u00edculo 28 del Acuerdo 001 de 09 de abril de \u00a02015, la lista de elegibles tiene una vigencia de dos (2) a\u00f1os contados a \u00a0partir de la fecha de su publicaci\u00f3n en un diario de amplia circulaci\u00f3n \u00a0nacional, es decir que a la fecha de expedici\u00f3n de este Decreto, la lista se \u00a0encuentra vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito \u00a0de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Nombramiento en propiedad. N\u00f3mbrase en Propiedad al se\u00f1or Jos\u00e9 Luis Colmenares \u00a0C\u00e1rdenas, identificado con la c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero 88152328 de Pamplona, \u00a0como Notario Primero (1\u00b0) del C\u00edrculo Notarial de Floridablanca, Santander. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. Acreditaci\u00f3n de documentos para tomar \u00a0posesi\u00f3n del cargo. Para tomar posesi\u00f3n del cargo, el designado deber\u00e1 \u00a0acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro, la documentaci\u00f3n de \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00b0. Vigencia. El presente \u00a0Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Bogot\u00e1, D. C., a 29 de septiembre de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN \u00a0MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Justicia y del Derecho, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jorge Eduardo Londo\u00f1o Ulloa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a01537 DE 2016 \u00a0 \u00a0\u00a0 (septiembre \u00a029) \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a050.011, septiembre 29 de 2016 \u00a0 \u00a0 por el cual se efect\u00faa el nombramiento de un notario en propiedad. \u00a0 \u00a0 Nota: \u00a0Ver Decreto 1105 de 2023. \u00a0 \u00a0 El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades \u00a0constitucionales y legales, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[77],"tags":[],"class_list":["post-50044","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2016"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50044","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=50044"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50044\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=50044"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=50044"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=50044"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}