{"id":50063,"date":"2023-08-16T21:37:40","date_gmt":"2023-08-16T21:37:40","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-1569-de-2016\/"},"modified":"2023-08-16T21:37:40","modified_gmt":"2023-08-16T21:37:40","slug":"decreto-1569-de-2016","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-1569-de-2016\/","title":{"rendered":"DECRETO 1569 DE 2016"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1569 DE 2016 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(octubre 3) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.015, octubre 3 \u00a0de 2016 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0modifica el Decreto n\u00famero \u00a04690 de 2007, modificado por el Decreto n\u00famero \u00a00552 de 2012 \u201cpor el cual se crea la Comisi\u00f3n Intersectorial para la \u00a0prevenci\u00f3n del reclutamiento, la utilizaci\u00f3n y la violencia sexual contra \u00a0ni\u00f1os, ni\u00f1as, adolescentes por grupos armados al margen de la ley y por grupos \u00a0delictivos organizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Ver Decreto 1434 de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confiere el \u00a0art\u00edculo 45 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Comisi\u00f3n Intersectorial para la \u00a0prevenci\u00f3n del reclutamiento, la utilizaci\u00f3n y la violencia sexual contra \u00a0ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por grupos armados al margen de la ley y por grupos \u00a0delictivos organizados, propende por prevenir la vulneraci\u00f3n de los derechos de \u00a0ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes y fundamentalmente, el de ser protegidos contra el \u00a0reclutamiento, utilizaci\u00f3n y violencia sexual por los grupos armados \u00a0organizados al margen de la ley y por grupos delictivos organizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que teniendo en cuenta las recomendaciones \u00a0de distintos instrumentos internacionales tales como la Resoluci\u00f3n n\u00famero 1612 \u00a0de 2005 del Consejo de Seguridad y otras resoluciones pertinentes y \u00a0posteriores, adem\u00e1s de \u00f3rganos convencionales y extraconvencionales \u00a0de las Naciones Unidas, especialmente los emitidos por el Comit\u00e9 de los Derechos \u00a0del Ni\u00f1o (CDN), Colombia ha refrendado su compromiso con la prevenci\u00f3n de \u00a0distintas formas de violencia contra la ni\u00f1ez y la adolescencia, en particular, \u00a0el reclutamiento, la utilizaci\u00f3n y la violencia sexual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto n\u00famero \u00a01649 de 2014, por el cual se modifica la estructura del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, asigna a la Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para los Derechos Humanos, entre otras funciones, ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica \u00a0de la Comisi\u00f3n Intersectorial para la prevenci\u00f3n del reclutamiento, utilizaci\u00f3n \u00a0y violencia sexual contra ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, por grupos organizados \u00a0al margen de la ley y por grupos delictivos organizados, en los t\u00e9rminos del Decreto \u00a0n\u00famero 0552 del 15 de marzo de 2012. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con lo anteriormente \u00a0se\u00f1alado, existen instrumentos jur\u00eddicos que buscan la protecci\u00f3n de los \u00a0derechos de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes y que desarrollan la obligaci\u00f3n que \u00a0tiene el Estado de buscar el goce efectivo de los mismos como fin del Estado \u00a0social de derecho, sumado a las reformas actuales en la estructura del Estado, \u00a0se hace necesario modificar el Decreto n\u00famero \u00a04690 de 2007, modificado por el Decreto n\u00famero \u00a00552 de 2012. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo 1\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a04690 de 2007, modificado por el art\u00edculo 2\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a00552 de 2012, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 1\u00b0. Objeto. La Comisi\u00f3n Intersectorial para la prevenci\u00f3n del reclutamiento, la \u00a0utilizaci\u00f3n y la violencia sexual contra ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por grupos \u00a0armados al margen de la ley y por grupos delictivos organizados tendr\u00e1 por \u00a0objeto orientar, coordinar, articular y hacer seguimiento a las acciones que adelanten \u00a0las entidades estatales, tanto en el nivel nacional como en el territorial, en \u00a0un marco de respeto por la descentralizaci\u00f3n administrativa, las agencias de \u00a0cooperaci\u00f3n internacional y las organizaciones sociales nacionales e \u00a0internacionales con sujeci\u00f3n a los acuerdos marcos de cooperaci\u00f3n, para \u00a0prevenir la vulneraci\u00f3n de los derechos de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes y \u00a0fundamentalmente, el de ser protegidos contra el reclutamiento, utilizaci\u00f3n y \u00a0violencia sexual por los grupos armados organizados al margen de la ley y por \u00a0grupos delictivos organizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para el \u00a0desarrollo de sus funciones, la Comisi\u00f3n Intersectorial promover\u00e1 la garant\u00eda y \u00a0cumplimiento de los derechos de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, el dise\u00f1o y \u00a0ejecuci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas de protecci\u00f3n integral y prevenci\u00f3n, atendiendo \u00a0los principios de corresponsabilidad y concurrencia entre el Estado, familia y \u00a0sociedad y establecido por la Ley 1098 de 2006, as\u00ed \u00a0como para disminuir las din\u00e1micas de riesgo que dan lugar a su reclutamiento, \u00a0utilizaci\u00f3n y violencia sexual, por los grupos armados organizados al margen de \u00a0la ley y por grupos delictivos organizados\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo 2\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a04690 de 2007, modificado por el art\u00edculo 3\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a00552 de 2012, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2\u00b0. \u00a0Integraci\u00f3n. La Comisi\u00f3n Intersectorial para la \u00a0prevenci\u00f3n del reclutamiento, la utilizaci\u00f3n y violencia sexual contra ni\u00f1os, \u00a0ni\u00f1as y adolescentes por grupos armados al margen de la ley y por grupos \u00a0delictivos organizados, ser\u00e9 presidida por el Alto Consejero Presidencial para \u00a0el Posconflicto, Derechos Humanos y Seguridad y estar\u00e1 conformada adem\u00e1s, por \u00a0los siguientes funcionarios como miembros permanentes, quienes actuar\u00e1n con voz \u00a0y voto, as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro \u00a0del Interior, o su delegado del nivel directivo mediante acto de delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro de \u00a0Justicia y del Derecho, o su delegado del nivel directivo mediante acto de \u00a0delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministro de \u00a0Relaciones Exteriores, o su delegado del nivel directivo mediante acto de \u00a0delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Ministro de \u00a0Defensa Nacional, o su delegado del nivel directivo mediante acto de \u00a0delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Ministro de \u00a0Salud y Protecci\u00f3n Social, o su delegado del nivel directivo mediante acto de \u00a0delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Ministro \u00a0del Trabajo, o su delegado del nivel directivo mediante acto de delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Ministro de \u00a0Educaci\u00f3n Nacional, o su delegado del nivel directivo mediante acto de \u00a0delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Ministro de \u00a0las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, o su delegado del nivel \u00a0directivo mediante acto de delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El Ministro de \u00a0Cultura, o su delegado del nivel directivo mediante acto de delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El Alto \u00a0Comisionado para la Paz, o su delegado del nivel directivo mediante acto de \u00a0delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. El Director \u00a0General del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, DNP, o su delegado del nivel \u00a0directivo mediante acto de delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. El Director \u00a0General del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, o su \u00a0delegado del nivel directivo mediante acto de delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. El Director \u00a0General de la Unidad Administrativa de Atenci\u00f3n y Reparaci\u00f3n a V\u00edctimas, UARIV, \u00a0o su delegado del nivel directivo mediante acto de delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. El Director \u00a0General de la Unidad Administrativa Especial para la Consolidaci\u00f3n Territorial, \u00a0UACT, o su delegado del nivel directivo mediante acto de delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. El Director \u00a0General de la Agencia Nacional para la Superaci\u00f3n de la Pobreza Extrema, ANSPE, \u00a0o su delegado del nivel directivo mediante acto de delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. El Director \u00a0General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), o su delegado \u00a0del nivel directivo mediante acto de delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. El Director \u00a0General de la Agencia Colombiana para la Reintegraci\u00f3n de Personas y Grupos \u00a0Alzados en Armas (ACR), o su delegado del nivel directivo mediante acto de \u00a0delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. El Director \u00a0General del Servicio Nacional de Aprendizaje, (SENA), o su delegado del nivel \u00a0directivo mediante acto de delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. El Director para la Acci\u00f3n \u00a0Integral contra Minas Antipersonal del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, o su delegado del nivel directivo mediante acto de \u00a0delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. El Director del Sistema Nacional de Juventud \u00a0\u201cColombia Joven\u201d, o su delegado del nivel directivo mediante acto de \u00a0delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. El Director General del Departamento Administrativo \u00a0del Deporte, la Recreaci\u00f3n, la Actividad F\u00edsica y el Aprovechamiento del Tiempo \u00a0Libre (Coldeportes), o su delegado del nivel \u00a0directivo mediante acto de delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. La Consejera Presidencial para la Equidad de \u00a0la Mujer, o su delegado del nivel directivo mediante acto de delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. El Consejero Presidencial para los Derechos \u00a0Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Podr\u00e1n asistir como invitados permanentes con voz pero sin voto el Procurador \u00a0General de la Naci\u00f3n, el Defensor del Pueblo y el Fiscal General de la Naci\u00f3n o \u00a0sus delegados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La Comisi\u00f3n podr\u00e1, previa solicitud a la Secretar\u00eda T\u00e9cnica, invitar a \u00a0sus sesiones a los representantes de entidades estatales nacionales, \u00a0territoriales, entidades de cooperaci\u00f3n internacional y de asistencia t\u00e9cnica y \u00a0a las organizaciones sociales que estime conveniente, de acuerdo con los \u00a0temas\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo 3\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a04690 de 2007, modificado por el art\u00edculo 4\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a00552 de 2012, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 3\u00b0. Funciones de la Comisi\u00f3n. La Comisi\u00f3n ejercer\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar y orientar el dise\u00f1o, ejecuci\u00f3n, \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n de proyectos, planes, programas, estrategias y \u00a0pol\u00edticas p\u00fablicas de prevenci\u00f3n de reclutamiento, utilizaci\u00f3n y violencia \u00a0sexual contra ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por grupos armados al margen de la \u00a0ley y grupos delictivos organizados, en el \u00e1mbito territorial, atendiendo los \u00a0principios y enfoque de protecci\u00f3n integral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar, orientar y aprobar la propuesta de \u00a0priorizaci\u00f3n municipal presentada por la Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica, para la definici\u00f3n de los departamentos, municipios y\/o distritos en \u00a0los que se desarrollar\u00e1n las acciones de prevenci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer al gobierno Nacional la adopci\u00f3n e \u00a0implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica nacional para la prevenci\u00f3n del reclutamiento, \u00a0utilizaci\u00f3n y violencia sexual contra ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por grupos \u00a0armados organizados al margen de la ley y grupos delictivos organizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Revisar, hacer seguimiento y evaluar la \u00a0pol\u00edtica de prevenci\u00f3n de reclutamiento, utilizaci\u00f3n y violencia sexual contra \u00a0ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por grupos armados organizados al margen de la ley \u00a0y grupos delictivos organizados, atendiendo los principios de \u00a0corresponsabilidad, prevalencia de derechos, inter\u00e9s \u00a0superior del ni\u00f1o y protecci\u00f3n integral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Propiciar mecanismos de articulaci\u00f3n Naci\u00f3n- \u00a0Territorio para orientar la ejecuci\u00f3n de proyectos, planes, programas, \u00a0estrategias y pol\u00edticas p\u00fablicas de prevenci\u00f3n de reclutamiento, utilizaci\u00f3n y \u00a0violencia sexual contra ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por grupos armados al \u00a0margen de la ley y por grupos delictivos organizados, atendiendo los principios \u00a0y enfoque de protecci\u00f3n integral, as\u00ed como los de autonom\u00eda territorial, \u00a0concurrencia y subsidiariedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Articular las acciones que desarrolle la \u00a0Comisi\u00f3n con los espacios interinstitucionales del orden nacional y territorial \u00a0para el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de acciones de prevenci\u00f3n del reclutamiento, \u00a0utilizaci\u00f3n y violencia sexual contra ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por grupos \u00a0armados al margen de la ley y grupos delictivos organizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover la articulaci\u00f3n de los proyectos, planes, \u00a0programas y estrategias que desarrollan organizaciones sociales nacionales e \u00a0internacionales que fortalezcan la acci\u00f3n del Estado en esta materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar y ajustar anualmente un Plan de \u00a0Acci\u00f3n Intersectorial para la prevenci\u00f3n del reclutamiento, la utilizaci\u00f3n y la \u00a0violencia sexual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Promover la sinergia y articulaci\u00f3n entre el \u00a0Sistema Nacional de Bienestar Familiar, el Sistema Nacional para la Atenci\u00f3n y \u00a0Reparaci\u00f3n Integral de las V\u00edctimas y el Sistema Nacional de Derechos Humanos, \u00a0o sus equivalentes, para el desarrollo de acciones de protecci\u00f3n integral y \u00a0prevenci\u00f3n del reclutamiento, la utilizaci\u00f3n y la violencia sexual contra \u00a0ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por grupos armados al margen de la ley y por grupos \u00a0delictivos organizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Promover la gesti\u00f3n, sistematizaci\u00f3n, \u00a0reporte y articulaci\u00f3n de la informaci\u00f3n, as\u00ed como su retroalimentaci\u00f3n \u00a0oportuna entre las entidades que hacen parte de la Comisi\u00f3n Intersectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Definir estrategias y brindar lineamientos \u00a0para la gesti\u00f3n de recursos presupuestales destinados a la ejecuci\u00f3n del Plan \u00a0de Acci\u00f3n Intersectorial, considerando la priorizaci\u00f3n \u00a0de la inversi\u00f3n y esquemas de cofinanciaci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Impulsar el cumplimiento y seguimiento de \u00a0los compromisos y obligaciones internacionales en materia de prevenci\u00f3n del \u00a0reclutamiento, utilizaci\u00f3n y violencia sexual contra ni\u00f1os, ni\u00f1as y \u00a0adolescentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Promover, articular y fortalecer estrategias \u00a0intersectoriales para la movilizaci\u00f3n social contra el reclutamiento, la \u00a0utilizaci\u00f3n y la violencia sexual de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por grupos \u00a0armados al margen de la ley y por grupos delictivos organizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dise\u00f1ar, promover e impulsar acciones \u00a0intersectoriales para la prevenci\u00f3n del reclutamiento, utilizaci\u00f3n y violencia \u00a0sexual con enfoque \u00e9tnico diferencial, que fuesen implementadas en los \u00a0departamentos, municipios y\/o distritos priorizados por la Comisi\u00f3n, en el \u00a0marco del Plan de Acci\u00f3n Intersectorial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Adoptar su propio reglamento\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo 4\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a04690 de 2007, modificado por el art\u00edculo 5\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a00552 de 2012, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 4\u00b0. Secretar\u00eda T\u00e9cnica. El Consejero \u00a0Presidencial para los Derechos Humanos ejercer\u00e1 la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial y desarrollar\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar y articular el cumplimiento de las \u00a0funciones de la Comisi\u00f3n Intersectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Convocar a sesiones ordinarias o, a extraordinarias \u00a0cuando as\u00ed lo soliciten por lo menos tres de sus miembros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar la agenda de cada sesi\u00f3n y orientar \u00a0su desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar las actas de cada sesi\u00f3n de la \u00a0Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Hacer seguimiento a las recomendaciones emanadas \u00a0de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Realizar seguimiento y preparar los informes \u00a0de gesti\u00f3n del Plan de Acci\u00f3n Intersectorial de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Recomendar a la Comisi\u00f3n Intersectorial \u00a0acciones para el desarrollo de la pol\u00edtica y la ejecuci\u00f3n del Plan de Acci\u00f3n \u00a0Intersectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Facilitar el dise\u00f1o, ejecuci\u00f3n, seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n de proyectos, planes, programas, estrategias y pol\u00edticas p\u00fablicas de \u00a0prevenci\u00f3n de reclutamiento, utilizaci\u00f3n y violencia sexual contra ni\u00f1os, ni\u00f1as \u00a0y adolescentes por grupos armados al margen de la ley y grupos delictivos \u00a0organizados, en el \u00e1mbito territorial, atendiendo los principios y enfoque de \u00a0protecci\u00f3n integral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejecutar el plan de acci\u00f3n que se trace \u00a0internamente para el desarrollo de sus compromisos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Impulsar mecanismos e instrumentos de acceso \u00a0a la justicia como estrategia de prevenci\u00f3n de los delitos relacionados con \u00a0reclutamiento, utilizaci\u00f3n y violencia sexual en contra de ni\u00f1os, ni\u00f1as y \u00a0adolescentes, que conduzca a la efectiva gesti\u00f3n de los casos remitidos, al \u00a0cumplimiento de las sentencias relacionadas y facilite a la Fiscal\u00eda General de \u00a0la Naci\u00f3n adelantar las acciones en investigaci\u00f3n y judicializaci\u00f3n \u00a0que le competen a esta entidad judicial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la \u00a0Comisi\u00f3n\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo 5\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a04690 de 2007 el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 5\u00b0. Reuniones. La Comisi\u00f3n se reunir\u00e1 en forma ordinaria al \u00a0menos dos veces al a\u00f1o y extraordinariamente cuando as\u00ed soliciten por lo menos \u00a0tres de sus miembros a trav\u00e9s de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo 6\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a04690 de 2007 el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 6\u00b0. Qu\u00f3rum. La Comisi\u00f3n sesionar\u00e1 v\u00e1lidamente con un m\u00ednimo \u00a0de 12 de sus miembros y adoptar\u00e1 las decisiones por mayor\u00eda simple de los \u00a0presentes, sesiones de las que se levantar\u00e1n las correspondientes actas\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Vigencia. El \u00a0presente decreto rige a partir de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 3 de octubre de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Fernando Cristo Bustos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Relaciones Exteriores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda \u00c1ngela Holgu\u00edn Cu\u00e9llar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Luis Carlos Villegas Echeverri. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Salud y Protecci\u00f3n Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alejandro Gaviria Uribe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Educaci\u00f3n Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gina Mar\u00eda Parody D\u00b4Echeona \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Luis Guillermo V\u00e9lez \u00a0Cabrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1569 DE 2016 \u00a0 \u00a0 (octubre 3) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.015, octubre 3 \u00a0de 2016 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0modifica el Decreto n\u00famero \u00a04690 de 2007, modificado por el Decreto n\u00famero \u00a00552 de 2012 \u201cpor el cual se crea la Comisi\u00f3n Intersectorial para la \u00a0prevenci\u00f3n del reclutamiento, la utilizaci\u00f3n y la violencia [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[77],"tags":[],"class_list":["post-50063","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2016"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50063","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=50063"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50063\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=50063"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=50063"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=50063"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}