{"id":50125,"date":"2023-08-16T21:37:44","date_gmt":"2023-08-16T21:37:44","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-1692-de-2016\/"},"modified":"2023-08-16T21:37:44","modified_gmt":"2023-08-16T21:37:44","slug":"decreto-1692-de-2016","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-1692-de-2016\/","title":{"rendered":"DECRETO 1692 DE 2016"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a01692 DE 2016 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a050.036, octubre 24 de 2016 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(octubre 24) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por medio del cual se crea la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial de Lucha contra el Tr\u00e1fico de Migrantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales \u00a0y legales, en especial la que le confiere el art\u00edculo 45 Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de \u00a0conformidad con lo establecido en los art\u00edculos 113 y 209 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0en concordancia con el art\u00edculo 6\u00ba de la Ley 489 de 1998, las \u00a0autoridades admi\u00adnistrativas deben colaborar arm\u00f3nicamente para la realizaci\u00f3n \u00a0de los fines del Estado; en consecuencia, prestar\u00e1n su colaboraci\u00f3n a las dem\u00e1s \u00a0entidades para facilitar el ejercicio de sus funciones y se abstendr\u00e1n de \u00a0impedir o estorbar su cumplimiento por los \u00f3rganos, dependencias, organismos y \u00a0entidades titulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0art\u00edculo 188 de la Ley 599 de 2000 \u00a0modificado por el art\u00edculo 1\u00b0 de la Ley 747 de 2002, \u00a0introduce como conducta punible dentro del ordenamiento jur\u00eddico colombiano, el \u00a0Tr\u00e1fico de Migrantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0tr\u00e1fico de migrantes es una conducta delictiva asociada a la migraci\u00f3n \u00a0irregular que afecta la seguridad y la soberan\u00eda nacional, exponiendo a las \u00a0personas objeto de esa conducta punible a situaciones de vulnerabilidad durante \u00a0el trasiego en las rutas utilizadas por los traficantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la \u00a0migraci\u00f3n irregular en Colombia presenta un incremento importante en la \u00faltima \u00a0d\u00e9cada, persistiendo la utilizaci\u00f3n del territorio nacional como plataforma de \u00a0tr\u00e1nsito hacia Centro y Norteam\u00e9rica, impactando en la seguridad fronteriza y \u00a0los derechos de los migrantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que se \u00a0hace necesario dise\u00f1ar mecanismos de coordinaci\u00f3n interinstitucional, para \u00a0articular los esfuerzos de lucha contra el tr\u00e1fico de migrantes, a partir de las \u00a0realidades legales, institucionales y judiciales con el objetivo de prevenir y \u00a0contrarrestar el accionar de organizaciones delincuenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0Colombia ha generado avances normativos en la lucha contra el tr\u00e1fico il\u00edcito \u00a0de migrantes y en consecuencia es necesario fortalecer las herramientas \u00a0institucionales que per\u00admitan mitigar este fen\u00f3meno transnacional desde una \u00a0perspectiva integral e interdisciplinaria, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01. Comisi\u00f3n Intersectorial. Cr\u00e9ase la Comisi\u00f3n Intersectorial de Lucha contra \u00a0el Tr\u00e1fico de Migrantes como mecanismo t\u00e9cnico y operativo para la coordinaci\u00f3n \u00a0y orien\u00adtaci\u00f3n de las acciones que se adopten contra el tr\u00e1fico de migrantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02. Objeto. La Comisi\u00f3n Intersectorial para la Lucha contra el Tr\u00e1fico de \u00a0Migrantes ser\u00e1 el ente coordinador de las acciones que desarrolle el Estado \u00a0Colombiano a trav\u00e9s de la Estrategia Nacional contra el Tr\u00e1fico de Migrantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03. Integraci\u00f3n de la Comisi\u00f3n. La Comisi\u00f3n estar\u00e1 integrada por los siguientes \u00a0miembros: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro de Relaciones \u00a0Exteriores quien lo presidir\u00e1, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro de Comercio \u00a0Industria y Turismo o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministro de Salud y \u00a0Protecci\u00f3n Social o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Ministro del Interior o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Ministro de Defensa o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Comandante de la Armada \u00a0Nacional o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Director General de la \u00a0Polic\u00eda Nacional o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Director General de la \u00a0Unidad Administrativa Especial Migraci\u00f3n Colombia o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El Director General de la \u00a0Unidad Administrativa Especial de Informaci\u00f3n y An\u00e1lisis Financiero o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El Director de la Direcci\u00f3n Nacional de Inteligencia, o su \u00a0Delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a011. El Director General del Instituto Colombiano de Bienestar \u00a0Familiar o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1. El Fiscal General de \u00a0la Naci\u00f3n, el Procurador General de la Naci\u00f3n, el Defensor del Pueblo y las \u00a0Autoridades del Orden Territorial que correspondan, de acuerdo a los temas a \u00a0tratar, ser\u00e1n invitados a la Comisi\u00f3n y actuar\u00e1n con voz \u00a0pero sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2. En cualquier caso, a \u00a0las sesiones podr\u00e1 invitarse a cualquier entidad del Estado, entidades \u00a0estatales de otros pa\u00edses, personas jur\u00eddicas de derecho privado y organi\u00adzaciones \u00a0internacionales que tengan por objeto la lucha contra el tr\u00e1fico de personas, \u00a0cuya asistencia sea necesaria para el cumplimiento de las funciones de la \u00a0Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3. Las delegaciones que \u00a0realicen los integrantes de la Comisi\u00f3n, ser\u00e1n me\u00addiante acto administrativo en \u00a0funcionarios con capacidad de decisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4. Funciones de la \u00a0comisi\u00f3n. La Comisi\u00f3n Intersectorial contra el Tr\u00e1fico de Migrantes \u00a0ejercer\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar una Estrategia \u00a0Nacional para la atenci\u00f3n y asistencia de extranjeros irre\u00adgulares en situaci\u00f3n \u00a0de tr\u00e1fico de migrantes, para salvaguardar sus derechos humanos. La \u00a0implementaci\u00f3n de esta estrategia se realizar\u00e1 en coordinaci\u00f3n entre las \u00a0entidades del orden nacional e internacional, p\u00fablicas y privadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejercer como instancia de \u00a0coordinaci\u00f3n entre las entidades del orden nacional en la lucha contra el \u00a0Tr\u00e1fico de Migrantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer acciones de \u00a0intervenci\u00f3n en \u00e1reas focalizadas del territorio nacional, a trav\u00e9s de la \u00a0caracterizaci\u00f3n del fen\u00f3meno, la formulaci\u00f3n de planes operativos y las \u00a0din\u00e1micas asociadas al fen\u00f3meno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar los planes operativos \u00a0contra el Tr\u00e1fico de Migrantes, mediante la coordinaci\u00f3n intersectorial en todo \u00a0el territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ser enlace entre las entidades \u00a0del Estado y de los organismos privados que participen en la ejecuci\u00f3n de la \u00a0Estrategia Nacional, en relaci\u00f3n con las acciones interinstitucionales que \u00a0deban emprender. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Formular recomendaciones para \u00a0la investigaci\u00f3n judicial de la conducta punible de Tr\u00e1fico de Migrantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Recomendar la expedici\u00f3n de \u00a0normas o regulaciones a las distintas entidades del Estado en materia de lucha \u00a0contra el Tr\u00e1fico de Migrantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar el dise\u00f1o de un \u00a0Sistema Nacional de Informaci\u00f3n y an\u00e1lisis sobre el Tr\u00e1fico de Migrantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dise\u00f1ar su propio plan de \u00a0acci\u00f3n y dictar su reglamento interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Conformar Comit\u00e9s T\u00e9cnicos \u00a0para el desarrollo de temas espec\u00edficos, los cuales estar\u00e1n integrados por \u00a0representantes designados por cada una de las entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De la estrategia \u00a0nacional contra el tr\u00e1fico de migrantes \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5. La estrategia \u00a0nacional contra el tr\u00e1fico de migrantes tendr\u00e1 como ejes de acci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Implementar medidas de \u00a0prevenci\u00f3n, detecci\u00f3n y protecci\u00f3n de migrantes en situaci\u00f3n de vulnerabilidad \u00a0y fortalecer las acciones frente a la migraci\u00f3n irregular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Promover el trabajo \u00a0interinstitucional y la cooperaci\u00f3n internacional en la Lucha contra el Tr\u00e1fico \u00a0de Migrantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer instancias de planificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de \u00a0programas e iniciativas contra el tr\u00e1fico de migrantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar planes y programas de \u00a0prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n en las zonas donde se presente el fen\u00f3meno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Promover la capacitaci\u00f3n de \u00a0jueces, fiscales y funcionarios de polic\u00eda judicial para la investigaci\u00f3n y \u00a0judicializaci\u00f3n del tr\u00e1fico de migrantes y delitos conexos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Fortalecer las acciones contra \u00a0las organizaciones criminales; redes delincuenciales y estructuras de apoyo, en \u00a0general la investigaci\u00f3n y judicializaci\u00f3n de la conducta punible de Tr\u00e1fico de \u00a0Migrantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Articular las acciones entre \u00a0el Gobierno nacional y los entes territoriales para la implementaci\u00f3n de rutas \u00a0de atenci\u00f3n inmediata con el fin de atender las situaciones de vul\u00adnerabilidad \u00a0en las que se puedan encontrar los extranjeros objeto de Tr\u00e1fico de Migrantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Articular con las entidades \u00a0del orden nacional e internacional, p\u00fablicas y privadas, acciones coordinadas \u00a0para la asistencia, protecci\u00f3n y traslado de los migrantes en situaci\u00f3n de \u00a0vulnerabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proponer iniciativas normativas \u00a0para fortalecer la lucha contra el tr\u00e1fico il\u00edcito de migrantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Los dem\u00e1s que la Comisi\u00f3n \u00a0Interinstitucional considere necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06. Secretar\u00eda t\u00e9cnica. Para facilitar el cumplimiento de sus funciones, \u00a0la Co\u00admisi\u00f3n contar\u00e1 con una Secretar\u00eda T\u00e9cnica de car\u00e1cter permanente que \u00a0velar\u00e1 por la debida ejecuci\u00f3n de las funciones indicadas en el art\u00edculo \u00a0anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo: \u00a0la Secretar\u00eda T\u00e9cnica estar\u00e1 a cargo de la Unidad Administrativa Especial Migraci\u00f3n \u00a0Colombia, la cual ser\u00e1 ejercida por el funcionario que para el efecto el \u00a0Director de dicha entidad designe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07. Funciones de la secretar\u00eda t\u00e9cnica. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica \u00a0desarrollar\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Presentar el plan de acci\u00f3n a \u00a0la Comisi\u00f3n para su aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Convocar a las sesiones de la \u00a0Comisi\u00f3n y preparar el orden del d\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar las actas de cada \u00a0sesi\u00f3n, someterlas a revisi\u00f3n de los miembros como parte de los documentos para \u00a0aprobaci\u00f3n en la siguiente sesi\u00f3n y gestionar su suscripci\u00f3n por parte del \u00a0Presidente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Solicitar la informaci\u00f3n y \u00a0conceptos jur\u00eddicos y t\u00e9cnicos a las entidades o agentes competentes que sean \u00a0necesarios para la ejecuci\u00f3n de las funciones de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Documentar, sistematizar y \u00a0socializar las propuestas, documentos de trabajo, informes y dem\u00e1s materiales \u00a0de apoyo que sirvan de soporte a las decisiones de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Presentar informes \u00a0trimestrales a los integrantes de la Comisi\u00f3n sobre su funcionamien\u00adto y las \u00a0acciones adelantadas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente \u00a0decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Hacer seguimiento al \u00a0cumplimiento de las decisiones, acuerdos y compromisos adquiridos durante las \u00a0sesiones de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Recolectar, procesar y analizar \u00a0la informaci\u00f3n estad\u00edstica del Tr\u00e1fico de Migrantes en Colombia, que permita \u00a0hacer recomendaciones al Gobierno nacional como insumo en la formulaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edtica p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Analizar la informaci\u00f3n \u00a0relativa a las causas, modalidades, impacto nacional y regional del Tr\u00e1fico de \u00a0Migrantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar investigaciones, \u00a0estudios y an\u00e1lisis sobre el comportamiento del tr\u00e1fico de migrantes en \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que sean necesarias \u00a0para garantizar el funcionamiento de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a08. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de su publicaci\u00f3n y \u00a0deroga todas las normas que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, \u00a0comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Bogot\u00e1, D. C., a 24 de octubre de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Viceministro de Relaciones \u00a0Pol\u00edticas del Ministerio del Interior, encargado de las funciones del Despacho \u00a0del Ministro del Interior, Guillermo Abel Vera Fl\u00f3rez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Relaciones \u00a0Exteriores, Mar\u00eda \u00c1ngela Olgu\u00edn Cu\u00e9llar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas Echeverri. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Salud y Protecci\u00f3n Social, Alejandro Gaviria \u00a0Uribe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Comercio Industria y Turismo, Mar\u00eda Claudia Lacouture Pinedo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, Liliana Caballero Dur\u00e1n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a01692 DE 2016 \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a050.036, octubre 24 de 2016 \u00a0 \u00a0 (octubre 24) \u00a0 \u00a0 por medio del cual se crea la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial de Lucha contra el Tr\u00e1fico de Migrantes. \u00a0 \u00a0 El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales \u00a0y legales, en especial la que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[77],"tags":[],"class_list":["post-50125","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2016"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50125","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=50125"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50125\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=50125"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=50125"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=50125"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}