{"id":50326,"date":"2023-08-16T21:38:20","date_gmt":"2023-08-16T21:38:20","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-2096-de-2016\/"},"modified":"2023-08-16T21:38:20","modified_gmt":"2023-08-16T21:38:20","slug":"decreto-2096-de-2016","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/16\/decreto-2096-de-2016\/","title":{"rendered":"DECRETO 2096 DE 2016"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a02096 DE 2016 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(diciembre \u00a022) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a050.095, diciembre 22 de 2016 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el \u00a0cual se modifica la estructura de la Agencia de Renovaci\u00f3n del Territorio \u00a0(ART), y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: \u00a0Derogado por el Decreto 1223 de 2020, \u00a0art\u00edculo 26. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades \u00a0constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 16 del \u00a0art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0mediante Decreto n\u00famero \u00a02366 de 2015, se cre\u00f3 la Agencia de Renovaci\u00f3n del Territorio (ART), y se \u00a0determin\u00f3 su objeto y estructura; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto n\u00famero \u00a02559 de 2015 \u201cPor el cual se fusiona la Agencia Nacional para la Superaci\u00f3n \u00a0de la Pobreza Extrema (ANSPE) y la Unidad Administrativa para la Consolidaci\u00f3n \u00a0Territorial (UACT) en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social \u00a0y se modifica su estructura\u201d, cre\u00f3 en el art\u00edculo 24 la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n \u00a0Territorial, dependencia con autonom\u00eda administrativa y financiera encargada de \u00a0dise\u00f1ar, formular, ejecutar y hacer seguimiento a la pol\u00edtica de desarrollo \u00a0territorial y la sustituci\u00f3n de cultivos de uso il\u00edcito, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las dem\u00e1s entidades del nivel nacional y territorial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el mencionado \u00a0decreto, en el art\u00edculo 37 estableci\u00f3 que las funciones relacionadas con la \u00a0sustituci\u00f3n de cultivos de uso il\u00edcito a cargo de la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n \u00a0Territorial, ser\u00edan desarrolladas de manera transitoria por el Departamento \u00a0Administrativo para la Prosperidad Social, hasta tanto entrar\u00e1 en operaci\u00f3n la \u00a0Agencia de Renovaci\u00f3n del Territorio (ART); \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la \u00a0Agencia de Renovaci\u00f3n del Territorio (ART) entr\u00f3 en operaci\u00f3n, raz\u00f3n por la \u00a0cual el Gobierno nacional modific\u00f3 la estructura del Departamento Administrativo \u00a0para la Prosperidad Social suprimiendo la Direcci\u00f3n de Desarrollo Territorial, \u00a0cuyas funciones ser\u00e1n asumidas por la Agencia de renovaci\u00f3n del Territorio \u00a0(ART), lo cual implica una modificaci\u00f3n de la estructura de dicha Agencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0Consejo Directivo en las sesiones del de de 2016, \u00a0mediante Acuerdo n\u00famero decidi\u00f3 someter a aprobaci\u00f3n del Gobierno nacional la \u00a0modificaci\u00f3n de la estructura de la Agencia de Renovaci\u00f3n del Territorio (ART); \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en \u00a0virtud de lo anterior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Modificar el art\u00edculo 4\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a02366 de 2015, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo \u00a04\u00ba. Funciones. Son \u00a0funciones de la Agencia de Renovaci\u00f3n del Territorio (ART), las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adoptar \u00a0los planes de acci\u00f3n para la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas del Gobierno nacional \u00a0para la intervenci\u00f3n de las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar \u00a0el proceso de coordinaci\u00f3n inter e intersectorial a nivel nacional y \u00a0territorial, para la estructuraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de planes y proyectos de \u00a0intervenci\u00f3n territorial, que permitan desarrollar la estrategia de \u00a0intervenci\u00f3n de las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar \u00a0e implementar los espacios y mecanismos para asegurar la participaci\u00f3n de los \u00a0actores territoriales p\u00fablicos y privados, la sociedad civil, las \u00a0organizaciones sociales, comunitarias y productivas rurales en la formulaci\u00f3n \u00a0de los planes y estructuraci\u00f3n de proyectos de intervenci\u00f3n territorial, en las \u00a0zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Establecer y definir los criterios y par\u00e1metros para la formulaci\u00f3n de planes y \u00a0la estructuraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de proyectos en las zonas rurales de conflicto \u00a0priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Formular e implementar el plan general de renovaci\u00f3n territorial en las zonas \u00a0rurales de conflicto priorizadas, que incorpora los proyectos de intervenci\u00f3n \u00a0territorial en estas zonas, en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes del \u00a0Gobierno nacional y con las autoridades territoriales, y de manera \u00a0participativa con los actores locales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Establecer y definir los criterios y par\u00e1metros para la selecci\u00f3n, calificaci\u00f3n \u00a0y asignaci\u00f3n de recursos que se destinen a los proyectos de intervenci\u00f3n \u00a0territorial a ejecutarse en las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar \u00a0y promover modelos de operaci\u00f3n y contrataci\u00f3n para la estructuraci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de los proyectos de intervenci\u00f3n territorial, a trav\u00e9s de esquemas de \u00a0financiaci\u00f3n y cofinanciaci\u00f3n, tales como, asociaci\u00f3n p\u00fablico-privada, \u00a0concesiones, convenios marco de cofinanciaci\u00f3n y contratos con operadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adoptar \u00a0procesos de articulaci\u00f3n con el sector privado y la sociedad civil, con el fin \u00a0de que los proyectos de intervenci\u00f3n territorial que \u00e9stos ejecuten, est\u00e9n \u00a0alineados con los planes de intervenci\u00f3n territorial en las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Adoptar \u00a0estrategias y programas de generaci\u00f3n de capacidades regionales y locales en \u00a0las zonas rurales de conflicto priorizadas, en articulaci\u00f3n con los sectores \u00a0competentes y con actores nacionales y locales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Dise\u00f1ar y administrar el Banco de Proyectos de los proyectos de intervenci\u00f3n \u00a0territorial, el cual estar\u00e1 conformado por los proyectos que se estructuren por \u00a0la Agencia para las zonas rurales de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Adelantar la gesti\u00f3n contractual para la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los planes \u00a0y proyectos de intervenci\u00f3n territorial financiados y cofinanciados por la \u00a0Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Coordinar con la Agencia Presidencial para la Cooperaci\u00f3n (APC), la \u00a0identificaci\u00f3n y programaci\u00f3n de los recursos de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica, para los \u00a0territorios priorizados en los que act\u00faa la Agencia, y determinar las \u00a0prioridades para su asignaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Adelantar la divulgaci\u00f3n y difusi\u00f3n de la oferta de servicios de la Agencia, \u00a0para garantizar el adecuado acceso a la informaci\u00f3n en las zonas rurales de \u00a0conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Definir el esquema general de seguimiento y evaluaci\u00f3n a la ejecuci\u00f3n de los \u00a0proyectos que se adelanten dentro del plan general de renovaci\u00f3n, de los planes \u00a0de intervenci\u00f3n territorial de las zonas rurales de conflicto priorizada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Formular e implementar estrategias para articular y coordinar con las dem\u00e1s \u00a0entidades competentes, la intervenci\u00f3n institucional para el desarrollo rural \u00a0con enfoque territorial, incluidas aquellas relacionadas con la sustituci\u00f3n de \u00a0cultivos de uso il\u00edcito, en las zonas de conflicto priorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Establecer estrategias para promover el desarrollo econ\u00f3mico, productivo y \u00a0social para el desarrollo rural con enfoque territorial, incluyendo aquellas \u00a0dirigidas para la sustituci\u00f3n de cultivos de uso il\u00edcito, en el m arco de las \u00a0competencias de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Adoptar estrategias para articular las pol\u00edticas sectoriales y las prioridades \u00a0de las entidades territoriales, con las estrategias, metas y recursos para la \u00a0ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica para el desarrollo rural con enfoque territorial y \u00a0sustituci\u00f3n de cultivos de uso il\u00edcito, en el marco de las competencias de la \u00a0Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Producir informaci\u00f3n para el an\u00e1lisis de la din\u00e1mica de territorios de \u00a0competencia de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Promover y desarrollar continuamente la implementaci\u00f3n, mantenimiento y mejora \u00a0del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas conforme a su naturaleza y objetivos\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. Adicionar a las funciones del Despacho del Director General, se\u00f1aladas en \u00a0el art\u00edculo 11 del Decreto n\u00famero \u00a02366 de 2015, la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo \u00a011. Funciones del Director General. Son \u00a0funciones del Director de la Agencia las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201c21. \u00a0Definir el esquema general de seguimiento y evaluaci\u00f3n a la ejecuci\u00f3n de los \u00a0proyectos que se adelanten dentro del plan general de renovaci\u00f3n y de los \u00a0planes de intervenci\u00f3n territorial de las zonas rurales de conflicto \u00a0priorizadas\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00b0. Modificar las funciones 5 y 6 y adicionar una funci\u00f3n en la Direcci\u00f3n de \u00a0Estructuraci\u00f3n de Proyectos contempladas en el art\u00edculo 18 del Decreto n\u00famero \u00a02366 de 2015, as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo \u00a018. Direcci\u00f3n de Estructuraci\u00f3n de \u00a0Proyectos. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Estructuraci\u00f3n de \u00a0Proyectos de Desarrollo Territorial, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201c5. \u00a0Impartir los lineamientos para la estructuraci\u00f3n de los proyectos de \u00a0reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica, proyectos de infraestructura rural, proyectos \u00a0productivos y proyectos ambientales y forestales, identificados en los planes \u00a0de intervenci\u00f3n territorial de competencia de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adoptar \u00a0las gu\u00edas y formatos para la estructuraci\u00f3n de proyectos de intervenci\u00f3n \u00a0territorial de competencia de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Establecer estrategias para promover el desarrollo econ\u00f3mico, productivo y \u00a0social para el desarrollo rural con enfoque territorial, incluyendo aquellas \u00a0dirigidas para la sustituci\u00f3n de cultivos de uso il\u00edcito, en el marco de las \u00a0competencias de la Agencia\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00b0. Adicionar las siguientes funciones a la Direcci\u00f3n de Ejecuci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n \u00a0de proyectos contempladas en el art\u00edculo 23 del Decreto n\u00famero \u00a02366 de 2015, as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo \u00a023. Direcci\u00f3n de Ejecuci\u00f3n y \u00a0Evaluaci\u00f3n de Proyectos. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Ejecuci\u00f3n \u00a0y Evaluaci\u00f3n de Proyectos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Administrar los recursos que sean asignados para la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas \u00a0el desarrollo rural con enfoque territorial incluidas las relacionadas con la \u00a0sustituci\u00f3n de cultivos de uso il\u00edcito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Ejecutar y articular pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el \u00a0desarrollo rural con enfoque territorial y sustituci\u00f3n de cultivos uso il\u00edcito, \u00a0de competencia de la agencia\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00b0. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y modifica \u00a0en lo pertinente el Decreto n\u00famero \u00a02366 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Bogot\u00e1, D. C., a 22 de diciembre de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN \u00a0MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio C\u00e1rdenas Santamar\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Aurelio Iragorri Valencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Directora del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Liliana Caballero Dur\u00e1n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a02096 DE 2016 \u00a0 \u00a0\u00a0 (diciembre \u00a022) \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a050.095, diciembre 22 de 2016 \u00a0 \u00a0 por el \u00a0cual se modifica la estructura de la Agencia de Renovaci\u00f3n del Territorio \u00a0(ART), y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0 Nota: \u00a0Derogado por el Decreto 1223 de 2020, \u00a0art\u00edculo 26. \u00a0 \u00a0 El \u00a0Presidente de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[77],"tags":[],"class_list":["post-50326","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2016"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50326","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=50326"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50326\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=50326"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=50326"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=50326"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}