{"id":50452,"date":"2023-08-17T13:54:52","date_gmt":"2023-08-17T13:54:52","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-126-de-2017\/"},"modified":"2023-08-17T13:54:52","modified_gmt":"2023-08-17T13:54:52","slug":"decreto-126-de-2017","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-126-de-2017\/","title":{"rendered":"DECRETO 126 DE 2017"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 126 DE 2017 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(enero 26) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.128, enero 26 de 2017 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0efect\u00faa el nombramiento de un Notario en propiedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las \u00a0conferidas por los art\u00edculos 131 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a02\u00b0 y 3\u00b0 de la Ley 588 de 2000, 161 \u00a0del Decreto ley 960 de \u00a01970 y 5\u00b0 del Decreto ley 2163 \u00a0de 1970, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 131 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0dispone que el nombramiento de los Notarios en propiedad se har\u00e1 mediante \u00a0concurso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 169 del Decreto ley 960 de \u00a01970 establece que los concursos tienen por objeto la selecci\u00f3n de \u00a0candidatos para cargos no desempe\u00f1ados en propiedad por notarios pertenecientes \u00a0a la carrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Acuerdo n\u00famero 001 del 9 de \u00a0abril de 2015, modificado por los Acuerdos 003 del 28 de abril de 2015, 005 del \u00a015 de septiembre de 2015, 025 del 27 de junio de 2016, 028 del 21 de julio de \u00a02016 y 029 del 22 de agosto de 2016, del Consejo Superior de la Carrera \u00a0Notarial, se \u201c&#8230;convoca, se fijan las \u00a0bases y el cronograma del concurso de m\u00e9ritos p\u00fablico y abierto para el \u00a0nombramiento de Notarios en propiedad e ingreso a la Carrera Notarial\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en los art\u00edculos 2.2.6.5.1. a 2.2.6.5.13 \u00a0del Decreto \u00a0n\u00famero 1069 del 26 de mayo de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector \u00a0Justicia y del Derecho, se compil\u00f3 el Decreto n\u00famero \u00a03454 de 2006, reglamentario de la Ley 588 de 2000 que \u00a0regula el ejercicio de la actividad notarial, y en su art\u00edculo 2.2.6.5.11 \u00a0se\u00f1ala que la lista de elegibles estar\u00e1 integrada por quienes hayan obtenido \u00a0m\u00e1s de sesenta (60) puntos en el proceso, lo anterior qued\u00f3 establecido en el \u00a0art\u00edculo 28 del Acuerdo n\u00famero 001 de 2015, as\u00ed: \u201cEl puntaje final de los aspirantes ser\u00e1 el que resulte de la suma de \u00a0las calificaciones obtenidas en las distintas fases del concurso debidamente \u00a0superadas. La lista de elegibles estar\u00e1 integrada en estricto orden descendente \u00a0por quienes hayan obtenido sesenta (60) puntos o m\u00e1s, de la m\u00e1xima calificaci\u00f3n \u00a0posible\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 29 de junio de 2016, una vez agotadas \u00a0todas las etapas del Concurso, el Consejo Superior de la Carrera Notarial \u00a0profiri\u00f3 el Acuerdo n\u00famero 026 \u201cpor el \u00a0cual se aprueba la lista definitiva de elegibles en el Concurso de M\u00e9ritos \u00a0P\u00fablico y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la \u00a0Carrera Notarial, y se ordena su publicaci\u00f3n\u201d, la cual se llev\u00f3 a cabo \u00a0el d\u00eda 3 de julio del a\u00f1o en curso en el diario de amplia circulaci\u00f3n nacional \u00a0\u201cEl Nuevo Siglo\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Consejo Superior de la Carrera \u00a0Notarial mediante el Acuerdo n\u00famero 027 del 29 de junio de 2016 estableci\u00f3 el \u00a0procedimiento para el agotamiento de la lista de elegibles y selecci\u00f3n de \u00a0notar\u00edas vacantes, para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la \u00a0Carrera Notarial y en su art\u00edculo 1\u00b0 indic\u00f3 que \u201cEl Consejo Superior de la Carrera Notarial o quien debidamente lo \u00a0represente, informar\u00e1 a cada uno de los aspirantes en estricto orden \u00a0descendente de puntaje, para cada notar\u00eda y por categor\u00eda inscrita, sobre las \u00a0vacantes a la fecha de la comunicaci\u00f3n. De esta manera se requerir\u00e1 a cada \u00a0aspirante con el fin de que manifieste su intenci\u00f3n o voluntad de nombramiento \u00a0en alguna de las notar\u00edas vacantes de acuerdo con su inscripci\u00f3n\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el se\u00f1or Mario Antonio Amado Due\u00f1as, \u00a0identificado con c\u00e9dula de ciudadan\u00eda 7222297 de Duitama, obtuvo para notar\u00edas \u00a0de primera categor\u00eda setenta y ocho punto setecientos ochenta (78.780) puntos, \u00a0ocupando el puesto n\u00famero cuarenta y uno (41) de la lista de elegibles, dentro \u00a0del Concurso de M\u00e9ritos P\u00fablico y Abierto para el Nombramiento de Notarios en \u00a0Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, tal como consta en la certificaci\u00f3n \u00a0del 19 de enero de 2017, suscrita por el Secretario T\u00e9cnico del Consejo \u00a0Superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que dando cumplimiento al Acuerdo n\u00famero 027 \u00a0de 2016 y en atenci\u00f3n al puntaje que obtuvo en el Concurso de M\u00e9ritos P\u00fablico y \u00a0Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera \u00a0Notarial, mediante Oficio n\u00famero 2016-153 de 4 del noviembre de 2016, el \u00a0Secretario T\u00e9cnico del Consejo Superior inform\u00f3 al se\u00f1or Mario Antonio Amado \u00a0Due\u00f1as, por cada notar\u00eda y categor\u00eda inscrita, las vacantes a la fecha de la \u00a0comunicaci\u00f3n y manifestaci\u00f3n de intenci\u00f3n de nombramiento, entre las cuales se \u00a0encontraba la notar\u00eda \u00fanica del C\u00edrculo Notarial de Santa Rosa de Cabal \u00a0(Risaralda). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que a su vez el art\u00edculo 2\u00b0 del Acuerdo \u00a0n\u00famero 027 de 2016 se\u00f1ala que \u201cuna vez \u00a0notificada la postulaci\u00f3n sobre las notar\u00edas vacantes seg\u00fan lo inscrito y el \u00a0puesto ocupado en cada caso, el aspirante contar\u00e1 con un t\u00e9rmino de cinco (5) d\u00edas \u00a0h\u00e1biles para manifestar su intenci\u00f3n o voluntad de nombramiento, en alguna de \u00a0las notar\u00edas vacantes correspondientes estrictamente con las que haya inscrito. \u00a0Vencido el anterior t\u00e9rmino, se entender\u00e1 desierto el inter\u00e9s sobre las \u00a0notar\u00edas postuladas en la comunicaci\u00f3n, y se continuar\u00e1 con el siguiente \u00a0aspirante\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en tal sentido, el se\u00f1or Mario Antonio \u00a0Amado Due\u00f1as, mediante correo electr\u00f3nico de fecha 10 de noviembre de 2016, \u00a0manifest\u00f3 su intenci\u00f3n de ser nombrado en la Notar\u00eda \u00danica del C\u00edrculo Notarial \u00a0de Santa Rosa de Cabal (Risaralda). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante certificaci\u00f3n del 19 de enero \u00a0de 2017, el Secretario T\u00e9cnico del Consejo Superior, inform\u00f3 que \u201ccon fundamento en la lista de elegibles \u00a0conformada por el Acuerdo n\u00famero 026 del 29 de junio de 2016, publicado el 3 de \u00a0julio del mismo a\u00f1o en el diario El Nuevo Siglo, el doctor Mario Antonio Amado \u00a0Due\u00f1as identificado con c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero 7222297, en su calidad de \u00a0aspirante a ser designado en la Notar\u00eda \u00danica del C\u00edrculo Notarial de Santa Rosa \u00a0de Cabal (Risaralda), y que le fue postulada mediante Oficio n\u00famero 2016-153 de \u00a0fecha 4 de noviembre de 2016, es quien debe ser nombrado en propiedad como \u00a0Notario \u00danico del C\u00edrculo de Santa Rosa de Cabal, conforme a la calificaci\u00f3n \u00a0obtenida de setenta y ocho punto setecientos ochenta (78.780) puntos, ocupando \u00a0el puesto n\u00famero cuarenta y uno (41) de la lista, dentro del Concurso de \u00a0M\u00e9ritos P\u00fablico y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e \u00a0Ingreso a la Carrera Notarial, el cual fue convocado mediante Acuerdo n\u00famero \u00a0001 del 9 de abril de 2015\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la designaci\u00f3n de notarios de primera \u00a0categor\u00eda es competencia del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con el inciso 3\u00b0 del \u00a0art\u00edculo 28 del Acuerdo n\u00famero 001 del 9 de abril de 2015, la lista de \u00a0elegibles tiene una vigencia de dos (2) a\u00f1os contados a partir de la fecha de \u00a0su publicaci\u00f3n en un diario de amplia circulaci\u00f3n nacional, es decir que a la \u00a0fecha de expedici\u00f3n de este decreto, la lista se encuentra vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Nombramiento en propiedad. N\u00f3mbrase en Propiedad al se\u00f1or Mario \u00a0Antonio Amado Due\u00f1as, identificado con la c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero 7222297 \u00a0de Duitama, como Notario \u00danico del C\u00edrculo Notarial de Santa Rosa de Cabal \u00a0(Risaralda). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Acreditaci\u00f3n de documentos para tomar posesi\u00f3n del cargo. Para \u00a0tomar posesi\u00f3n del cargo, el designado deber\u00e1 acreditar ante la \u00a0Superintendencia de Notariado y Registro, la documentaci\u00f3n de ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 26 de enero de \u00a02017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Justicia y del Derecho, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jorge Eduardo \u00a0Londo\u00f1o Ulloa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 126 DE 2017 \u00a0 \u00a0\u00a0 (enero 26) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.128, enero 26 de 2017 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0efect\u00faa el nombramiento de un Notario en propiedad. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las \u00a0conferidas por los art\u00edculos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[78],"tags":[],"class_list":["post-50452","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2017"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50452","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=50452"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50452\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=50452"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=50452"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=50452"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}