{"id":50534,"date":"2023-08-17T13:54:56","date_gmt":"2023-08-17T13:54:56","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-300-de-2017\/"},"modified":"2023-08-17T13:54:56","modified_gmt":"2023-08-17T13:54:56","slug":"decreto-300-de-2017","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-300-de-2017\/","title":{"rendered":"DECRETO 300 DE 2017"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 300 DE 2017 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(febrero 23) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.156, febrero 23 de 2017 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0modifica la estructura de la Unidad Nacional de Protecci\u00f3n (UNP). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las \u00a0conferidas por el art\u00edculo 189 numeral 16 de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica, 54 de la Ley 489 de 1998 y en \u00a0desarrollo de la Ley 418 de 1997, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 8\u00b0 de la Ley 418 de 1997 \u00a0establece que \u201cse deber\u00e1 garantizar la seguridad y la integridad de todos los \u00a0que participen en los procesos de paz, di\u00e1logo, negociaci\u00f3n y firma de acuerdos \u00a0de que trata esta ley\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la b\u00fasqueda de una paz estable y \u00a0duradera y la terminaci\u00f3n definitiva del conflicto armado, el Gobierno Nacional \u00a0suscribi\u00f3, el 24 de noviembre de 2016, con el grupo armado Fuerzas Armadas \u00a0Revolucionarias de Colombia, Ej\u00e9rcito del Pueblo (FARC-EP) un nuevo Acuerdo \u00a0Final para la Terminaci\u00f3n del Conflicto y la Construcci\u00f3n de una Paz Estable y Duradera; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en el Punto 3.4.7.4.1 dentro del Sistema \u00a0Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Pol\u00edtica del Acuerdo Final para \u00a0la Terminaci\u00f3n del Conflicto y la Construcci\u00f3n de una Paz Estable y Duradera, \u00a0se acord\u00f3 crear una Subdirecci\u00f3n al interior de la Unidad Nacional de \u00a0Protecci\u00f3n, especializada en la seguridad y protecci\u00f3n, para las y los \u00a0integrantes del nuevo partido o movimiento pol\u00edtico que surja del tr\u00e1nsito de \u00a0las FARC-EP a la actividad legal, actividades y sedes, as\u00ed como a las y los \u00a0antiguos integrantes de las FARC-EP que se reincorporen a la vida civil y a las \u00a0familias de todos los anteriores de acuerdo con el nivel de riesgo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con lo expuesto se \u00a0requiere crear la Subdirecci\u00f3n Especializada de Seguridad y Protecci\u00f3n en la \u00a0estructura de la Unidad Nacional de Protecci\u00f3n, con el fin de adelantar las \u00a0acciones para la protecci\u00f3n material de los integrantes de la agrupaci\u00f3n \u00a0pol\u00edtica, del nuevo partido o movimiento pol\u00edtico que surja del tr\u00e1nsito de las \u00a0FARC-EP a la actividad legal, actividades y sedes, as\u00ed como para los antiguos \u00a0integrantes de las FARC-EP que se reincorporen a la vida civil y a sus \u00a0familias, en virtud de lo establecido en el art\u00edculo 8\u00b0 de la Ley 418 de 1997; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Consejo Directivo de la Unidad \u00a0Nacional de Protecci\u00f3n en sesi\u00f3n del 21 de febrero de 2017, seg\u00fan acta de la \u00a0misma fecha, autoriz\u00f3 someter a la aprobaci\u00f3n del Gobierno nacional la presente \u00a0modificaci\u00f3n de la estructura; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Unidad Nacional de Protecci\u00f3n \u00a0present\u00f3 el estudio t\u00e9cnico que justifica la modificaci\u00f3n al Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, el cual tuvo concepto favorable; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modificar el art\u00edculo 10 del Decreto n\u00famero \u00a04065 de 2011, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 10. Estructura. Para el ejercicio de las funciones establecidas, \u00a0la Unidad Nacional de Protecci\u00f3n (UNP) tendr\u00e1 la siguiente estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n e \u00a0Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Subdirecci\u00f3n de Evaluaci\u00f3n del Riesgo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Subdirecci\u00f3n de Protecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Subdirecci\u00f3n Especializada de Seguridad y \u00a0Protecci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Subdirecci\u00f3n de Talento Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.1 Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.2. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Adicionar una funci\u00f3n al \u00a0art\u00edculo 11 del Decreto n\u00famero \u00a04065 de 2011 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201c22) Adoptar, en los temas de competencia de \u00a0la Unidad Nacional de Protecci\u00f3n y en coordinaci\u00f3n con la Mesa T\u00e9cnica de \u00a0Seguridad y Protecci\u00f3n, el Plan Estrat\u00e9gico de Seguridad y Protecci\u00f3n para los \u00a0integrantes del nuevo partido o movimiento pol\u00edtico que surja del tr\u00e1nsito de \u00a0las FARC-EP a la actividad legal, actividades y sedes, as\u00ed como para los \u00a0antiguos integrantes de las FARC-EP que se reincorporen a la vida civil. Para \u00a0sus familias la seguridad y protecci\u00f3n se har\u00e1 de acuerdo al nivel de riesgo\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Crear la Subdirecci\u00f3n Especializada de Seguridad y Protecci\u00f3n. Son \u00a0funciones de la Subdirecci\u00f3n Especializada de Seguridad y Protecci\u00f3n, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Elaborar, en los temas de competencia de \u00a0la Unidad Nacional de Protecci\u00f3n y en coordinaci\u00f3n con la Mesa T\u00e9cnica de \u00a0Seguridad y Protecci\u00f3n, el Plan Estrat\u00e9gico de Seguridad y Protecci\u00f3n para los \u00a0integrantes del nuevo partido o movimiento pol\u00edtico que surja del tr\u00e1nsito de \u00a0las FARC-EP a la actividad legal, actividades y sedes, as\u00ed como para los \u00a0antiguos integrantes de las FARC-EP que se reincorporen a la vida civil y a sus \u00a0familias, de acuerdo al nivel de riesgo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adoptar o implementar, dirigir y \u00a0controlar las pol\u00edticas, los procesos, planes o proyectos de la Subdirecci\u00f3n y \u00a0adelantar las gestiones necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento y \u00a0aplicaci\u00f3n en todos los niveles institucionales, as\u00ed como establecer sistemas o \u00a0canales de informaci\u00f3n para su ejecuci\u00f3n y seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar, con las entidades y \u00a0autoridades competentes, la implementaci\u00f3n de medidas preventivas en materia de \u00a0protecci\u00f3n a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Presentar a consideraci\u00f3n de la Mesa \u00a0T\u00e9cnica de Seguridad y Protecci\u00f3n la pol\u00edtica general de funcionamiento de la \u00a0Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir las actividades tendientes a \u00a0lograr la protecci\u00f3n de las personas y sedes a las cuales la Mesa T\u00e9cnica de \u00a0Seguridad y Protecci\u00f3n recomiende la implementaci\u00f3n de medidas, utilizando los \u00a0medios log\u00edsticos necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir y coordinar el cumplimiento de \u00a0los planes de la Subdirecci\u00f3n relacionados con avanzadas, seguridad f\u00edsica y \u00a0rutas; entrenamiento y reentrenamiento de los funcionarios y personal vinculado \u00a0a los servicios de protecci\u00f3n de la poblaci\u00f3n objeto de esta Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Hacer seguimiento a las medidas de \u00a0protecci\u00f3n en t\u00e9rminos de confiabilidad, oportunidad, idoneidad y eficacia, as\u00ed \u00a0como de su uso por parte de los beneficiarios y adoptar el plan de mejoramiento \u00a0que se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Actuar como enlace entre la Unidad \u00a0Nacional de Protecci\u00f3n, el Delegado Presidencial, la Polic\u00eda Nacional, las \u00a0Fuerzas Militares y otras autoridades e instituciones y velar por el \u00a0cumplimiento de las tareas asignadas, facilitando recursos y tr\u00e1mites. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proteger la informaci\u00f3n, y mantener la \u00a0reserva de los datos y los sistemas inform\u00e1ticos a cargo de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0los atentados contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Hacer seguimiento al cumplimiento de las \u00a0metas, indicadores, planes y programas de la Dependencia y presentar informe \u00a0peri\u00f3dico a la Mesa T\u00e9cnica de Seguridad y Protecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar con la oficina asesora \u00a0jur\u00eddica el tr\u00e1mite de documentos y requerimientos jur\u00eddicos sobre asuntos de \u00a0su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Atender las peticiones y consultas \u00a0relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Adoptar en caso de riesgo extraordinario \u00a0o extremo las medidas de protecci\u00f3n de acuerdo a lo recomendado por la Mesa \u00a0T\u00e9cnica de Seguridad y Protecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Adoptar, en caso de riesgo inminente y \u00a0excepcional, todas las medidas necesarias para proteger la vida e integridad \u00a0f\u00edsica de la poblaci\u00f3n objeto del presente decreto. Lo anterior sin necesidad \u00a0de concepto previo por parte de la Mesa T\u00e9cnica de Seguridad y Protecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dentro de los diez (10) d\u00edas siguientes a la \u00a0aplicaci\u00f3n de las medidas, se deber\u00e1 informar a la Mesa T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Proyectar y presentar para la discusi\u00f3n \u00a0en la Mesa T\u00e9cnica de Seguridad y Protecci\u00f3n el presupuesto general de \u00a0funcionamiento de la Subdirecci\u00f3n Especial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Apoyar la administraci\u00f3n, funcionamiento \u00a0y operaci\u00f3n de la Mesa T\u00e9cnica y ejercer su Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n y modifica el Decreto n\u00famero \u00a04065 de 2011, en especial los art\u00edculos 10 y 11. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 23 de febrero de \u00a02017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Fernando \u00a0Cristo Bustos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio C\u00e1rdenas \u00a0Santamar\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Liliana Caballero \u00a0Dur\u00e1n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 300 DE 2017 \u00a0 \u00a0\u00a0 (febrero 23) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.156, febrero 23 de 2017 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0modifica la estructura de la Unidad Nacional de Protecci\u00f3n (UNP). \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las \u00a0conferidas por el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[78],"tags":[],"class_list":["post-50534","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2017"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50534","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=50534"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50534\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=50534"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=50534"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=50534"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}