{"id":50541,"date":"2023-08-17T13:54:57","date_gmt":"2023-08-17T13:54:57","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-309-de-2017\/"},"modified":"2023-08-17T13:54:57","modified_gmt":"2023-08-17T13:54:57","slug":"decreto-309-de-2017","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-309-de-2017\/","title":{"rendered":"DECRETO 309 DE 2017"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 309 DE 2017 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>((febrero 24) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.157, febrero 24 de 2017 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0modifica la estructura de la Administradora Colombiana de Pensiones \u00a0(Colpensiones). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que \u00a0le confiere el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Administradora Colombiana de \u00a0Pensiones (Colpensiones) adopt\u00f3 un nuevo modelo de operaci\u00f3n que le permitir\u00e1 \u00a0mejorar la efectividad en el servicio que presta al ciudadano en materia de \u00a0protecci\u00f3n a la vejez, mejorar sus procesos de evaluaci\u00f3n y control de la \u00a0gesti\u00f3n y dar respuesta oportuna a las solicitudes o tr\u00e1mites de los \u00a0ciudadanos, lo que exige la modificaci\u00f3n de la estructura de la Empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Administradora Colombiana de \u00a0Pensiones (Colpensiones), realiz\u00f3 el estudio t\u00e9cnico conforme a las directrices \u00a0impartidas para estos efectos por el Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, el cual obtuvo concepto favorable de dicho Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Junta Directiva de la Administradora \u00a0Colombiana de Pensiones (Colpensiones), seg\u00fan Acta n\u00famero 97 del 29 de junio de \u00a02016, decidi\u00f3 someter a aprobaci\u00f3n del Gobierno nacional, la propuesta de \u00a0modificaci\u00f3n de la estructura interna de la Empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que por lo anteriormente expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Naturaleza, objeto, r\u00e9gimen legal, \u00a0patrimonio y funciones de la Administradora Colombiana de Pensiones, \u00a0Colpensiones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Naturaleza jur\u00eddica. La Administradora Colombiana de Pensiones \u00a0(Colpensiones), es una Empresa Industrial y Comercial del Estado organizada \u00a0como Entidad financiera de car\u00e1cter especial, vinculada al Ministerio del \u00a0Trabajo, para que ejerza las funciones se\u00f1aladas en el presente Decreto y en \u00a0las disposiciones legales vigentes, con la finalidad de otorgar los derechos y \u00a0beneficios establecidos por el sistema general de seguridad social consagrado \u00a0en el art\u00edculo 48 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Objeto. \u00a0De conformidad con el art\u00edculo 155 de la Ley 1151 de 2007, la \u00a0Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), hace parte del Sistema \u00a0General de Pensiones y tiene por objeto la administraci\u00f3n estatal del R\u00e9gimen \u00a0de Prima Media con Prestaci\u00f3n Definida y la administraci\u00f3n del Sistema de \u00a0Ahorro de Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos de que trata el Acto Legislativo 01 \u00a0de 2005 y las dem\u00e1s prestaciones especiales que determine la Constituci\u00f3n y la ley, \u00a0en su calidad de Entidad financiera de car\u00e1cter especial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. R\u00e9gimen \u00a0legal. Las operaciones de la Administradora Colombiana de Pensiones \u00a0(Colpensiones), se regir\u00e1n por el Decreto ley 4121 \u00a0de 2011, el Estatuto Org\u00e1nico del Sistema Financiero y sus estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La supervisi\u00f3n y vigilancia estar\u00e1 a cargo \u00a0de la Superintendencia Financiera de Colombia, quien en cumplimiento de sus \u00a0objetivos legales propender\u00e1 para que Colpensiones cumpla con las funciones \u00a0establecidas en las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Patrimonio. El patrimonio de la Empresa estar\u00e1 conformado por \u00a0los activos que reciba para el funcionamiento y la acumulaci\u00f3n de los traslados \u00a0que se hagan de otras cuentas patrimoniales, las transferencias del Presupuesto \u00a0General de la Naci\u00f3n, los activos que le transfiera la Naci\u00f3n y otras Entidades \u00a0p\u00fablicas del orden nacional y los dem\u00e1s activos e ingresos que a cualquier \u00a0t\u00edtulo perciba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Para la protecci\u00f3n de los \u00a0derechos de los afiliados, pensionados, ahorradores y beneficiarios de \u00a0Colpensiones y una adecuada y transparente administraci\u00f3n de los recursos, no \u00a0har\u00e1n parte del patrimonio de Colpensiones y tendr\u00e1n contabilidades separadas, \u00a0los fondos y cuentas destinados al pago de las pensiones, las prestaciones \u00a0econ\u00f3micas y los aportes con los cuales estos se conforman. As\u00ed mismo, los \u00a0fondos, cuentas y aportes del sistema de ahorros con beneficios econ\u00f3micos \u00a0peri\u00f3dicos no har\u00e1n parte del patrimonio de Colpensiones y se contabilizar\u00e1n en \u00a0forma independiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Dado el cambio de su \u00a0naturaleza jur\u00eddica, para mantener separados los recursos propios de los que \u00a0administra, una vez Colpensiones inicie sus operaciones como administradora de \u00a0los fondos, el Ministerio de Trabajo transferir\u00e1 directamente a los fondos \u00a0administrados por Colpensiones los recursos del Presupuesto General de la \u00a0Naci\u00f3n destinados al pago de las pensiones y prestaciones a su cargo y de los \u00a0Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos de acuerdo con lo establecido en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. Los excedentes financieros \u00a0anuales que genere Colpensiones en su operaci\u00f3n se destinar\u00e1n a los fondos para \u00a0el pago de las pensiones de vejez, sin perjuicio de lo dispuesto por el Decreto 4121 de 2011. \u00a0Para constituir y mantener el capital que determine el Gobierno nacional, la \u00a0Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) dispondr\u00e1 como m\u00ednimo de \u00a0un treinta por ciento (30%) de los excedentes financieros anuales que genere en \u00a0su operaci\u00f3n. Una vez se alcance el capital, la totalidad de los excedentes se \u00a0destinar\u00e1n conforme lo dispone este par\u00e1grafo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Funciones. En desarrollo de su objeto, la Administradora \u00a0Colombiana de Pensiones (Colpensiones), cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Administrar el r\u00e9gimen solidario de prima \u00a0media con prestaci\u00f3n definida del Sistema General de Seguridad Social en pensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Determinar los derechos pensionales y \u00a0prestaciones econ\u00f3micas en favor de los afiliados al R\u00e9gimen de Prima Media con \u00a0Prestaci\u00f3n Definida de competencia de la Empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Determinar los derechos pensionales y \u00a0prestaciones econ\u00f3micas relacionadas con el R\u00e9gimen de Prima Media con \u00a0Prestaci\u00f3n Definida, que se causen con posterioridad a que se haya ordenado la \u00a0liquidaci\u00f3n de las anteriores administradoras del r\u00e9gimen de prima media o se \u00a0defina el cese de actividades como administradora, siempre y cuando, para el \u00a0momento de la liquidaci\u00f3n o cesaci\u00f3n de actividades, los afiliados o quienes \u00a0estuvieron afiliados no hayan cumplido los requisitos de tiempo de servicio y \u00a0de edad exigidos por las normas legales o que, para el momento de la \u00a0liquidaci\u00f3n o cesaci\u00f3n de actividades, el servidor p\u00fablico tenga cumplida la \u00a0edad necesaria, pero no el tiempo de servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Administrar los Beneficios Econ\u00f3micos \u00a0Peri\u00f3dicos en los t\u00e9rminos que establezcan las normas legales y los \u00a0reglamentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar la afiliaci\u00f3n al r\u00e9gimen de \u00a0prima media y la vinculaci\u00f3n al programa de servicio social complementario \u00a0BEPS, de nuevas personas, as\u00ed como la administraci\u00f3n y fidelizaci\u00f3n de quienes \u00a0ya se encuentran afiliados o vinculados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Administrar, en forma separada de su \u00a0patrimonio, los recursos correspondientes al r\u00e9gimen de prima media con \u00a0prestaci\u00f3n definida, de conformidad con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Administrar, en forma separada de su \u00a0patrimonio, el portafolio de inversiones, ahorros y pagos del Sistema de \u00a0Ahorros de Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos, as\u00ed como los incentivos otorgados \u00a0por el Gobierno nacional para el fomento de esta clase de ahorro a cargo de \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adelantar la gesti\u00f3n de recursos de los \u00a0reg\u00edmenes que administre y de los recursos propios de la Empresa, determinar \u00a0los ingresos, gestionar el recaudo y cobro, incluyendo cobro coactivo, y \u00a0administrar las reservas e inversiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Gestionar la historia laboral y \u00a0pensional, las cuentas individuales de los vinculados, los registros de \u00a0novedades y la consistencia de la informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Gestionar el manejo, administraci\u00f3n, \u00a0control, custodia y conservaci\u00f3n de los expedientes pensionales, en los \u00a0t\u00e9rminos previstos en las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Determinar, reconocer y notificar los \u00a0beneficios y prestaciones legales a su cargo, previas las correspondientes \u00a0calificaciones y valoraciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Administrar la n\u00f3mina de quienes se les \u00a0reconozcan beneficios y prestaciones, gestionar las novedades, liquidar, \u00a0verificar y pagar los correspondientes beneficios y prestaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Evaluar, tramitar y gestionar las \u00a0solicitudes de traslado de los afiliados del r\u00e9gimen de prima media con \u00a0prestaci\u00f3n definida del orden nacional y de los afiliados de otros reg\u00edmenes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Gestionar las conmutaciones pensionales \u00a0de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Elaborar y mantener actualizados los \u00a0c\u00e1lculos actuariales con el fin de cuantificar el pasivo pensional de las \u00a0mesadas actuales, futuras, conmutaciones pensionales, bonos, cuotas partes y realizar \u00a0los dem\u00e1s c\u00e1lculos que sean necesarios de conformidad con las normas legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Revisar el reconocimiento de sumas \u00a0peri\u00f3dicas a cargo de los fondos p\u00fablicos que administra, en los t\u00e9rminos \u00a0establecidos en las normas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Evaluar formular y desarrollar \u00a0estrategias jur\u00eddicas unificadas para la defensa judicial de la Empresa y de \u00a0los intereses del Estado en relaci\u00f3n con las prestaciones que por Ley deba \u00a0administrar la Empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Realizar, operaciones de recaudo, pago y \u00a0transferencias de los recursos que deba administrar. Para este efecto, podr\u00e1 \u00a0hacerlo directamente o por medio de terceros, asoci\u00e1ndose, celebrando acuerdos \u00a0de colaboraci\u00f3n empresarial, efectuando convenios o contratando con \u00a0instituciones financieras o sociedades que presten servicios de administraci\u00f3n \u00a0de redes de bajo valor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Dise\u00f1ar y adoptar estrategias para el \u00a0otorgamiento de servicios adicionales o complementarios, para uso y disfrute de \u00a0sus afiliados, ahorradores, pensionados y beneficiarios, tales como servicios \u00a0de pago y transacciones virtuales o tarjetas monederos, para lo cual podr\u00e1, \u00a0entre otros, celebrar convenios con entidades p\u00fablicas, privadas incluyendo \u00a0cajas de compensaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que sean propias de su \u00a0naturaleza, que deba cumplir por asignaci\u00f3n legal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estructura \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Estructura. La estructura de la Administradora Colombiana de \u00a0Pensiones (Colpensiones), para el desarrollo de sus funciones, ser\u00e1 la \u00a0siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. JUNTA DIRECTIVA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. REVISOR\u00cdA FISCAL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. DEFENSOR\u00cdA DEL CONSUMIDOR FINANCIERO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. DESPACHO DEL PRESIDENTE \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. OFICINA DE RELACIONAMIENTO Y \u00a0COMUNICACIONES \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. OFICINA DE CONTROL INTERNO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. OFICINA ASESORA DE ASUNTOS LEGALES \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. OFICINA DE CONTROL DISCIPLINARIO \u00a0INTERNO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. VICEPRESIDENCIA COMERCIAL Y DE SERVICIO \u00a0AL CIUDADANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. VICEPRESIDENCIA DE OPERACIONES DEL \u00a0R\u00c9GIMEN DE PRIMA MEDIA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. VICEPRESIDENCIA DE BENEFICIOS ECON\u00d3MICOS \u00a0PERI\u00d3DICOS \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. VICEPRESIDENCIA DE PLANEACI\u00d3N Y \u00a0TECNOLOG\u00cdAS DE LA INFORMACI\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. VICEPRESIDENCIA DE GESTI\u00d3N CORPORATIVA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. VICEPRESIDENCIA DE SEGURIDAD Y RIESGOS \u00a0EMPRESARIALES \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00d3RGANOS INTERNOS DE COORDINACI\u00d3N Y \u00a0ASESOR\u00cdA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Funciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Junta Directiva. La Junta Directiva de la Administradora \u00a0Colombiana de Pensiones (Colpensiones) estar\u00e1 integrada por los siguientes \u00a0miembros: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Un representante del Ministro del \u00a0Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Un representante del Ministro de Hacienda \u00a0y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Tres representantes del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Junta Directiva de la Administradora \u00a0Colombiana de Pensiones (Colpensiones), cumplir\u00e1 las funciones se\u00f1aladas en las \u00a0normas legales, en los reglamentos y en Estatutos de la Empresa y la presidir\u00e1 \u00a0uno cualquiera de los representantes del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Revisor\u00eda Fiscal. Son funciones de la Revisor\u00eda Fiscal, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Verificar que las operaciones que se \u00a0celebren o cumplan por cuenta de Colpensiones se ajusten a la Constituci\u00f3n, la ley, \u00a0los reglamentos, los estatutos internos y las decisiones de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dar oportuna cuenta, por escrito, a la \u00a0Junta Directiva y al Presidente, de las presuntas irregularidades que ocurran \u00a0en el funcionamiento de Colpensiones y en el desarrollo de sus negocios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Atender los requerimientos de los \u00a0organismos que ejerzan inspecci\u00f3n, vigilancia y control y de las dem\u00e1s \u00a0autoridades de Colpensiones y rendir los informes a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar que Colpensiones lleve la \u00a0contabilidad de conformidad con las normas vigentes, las actas de las reuniones \u00a0de la Junta Directiva y que conserve debidamente la correspondencia y los \u00a0comprobantes de las cuentas impartiendo las instrucciones necesarias para tales \u00a0fines. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Inspeccionar los bienes de Colpensiones, \u00a0recomendar que se tomen y adopten oportunamente las medidas de conservaci\u00f3n o \u00a0seguridad de los mismos y de los que ella tenga en custodia a cualquier otro \u00a0t\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Impartir las instrucciones, inspeccionar \u00a0y solicitar los informes para establecer un control permanente sobre el \u00a0patrimonio de Colpensiones, los recursos del R\u00e9gimen de Prima Media con \u00a0Prestaci\u00f3n Definida y los ahorros del Sistema de Beneficios Econ\u00f3micos \u00a0Peri\u00f3dicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Autorizar con su firma los balances de la \u00a0Empresa, con su dictamen o informe correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Convocar a la Junta Directiva a reuniones \u00a0extraordinarias cuando lo juzgue necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Cumplir las dem\u00e1s atribuciones que le \u00a0se\u00f1alen las leyes, los reglamentos, o los estatutos y las que, siendo \u00a0compatibles con las anteriores, le encomiende la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Reportar a la autoridad competente las \u00a0operaciones catalogadas como sospechosas, cuando las advierta dentro del giro \u00a0ordinario de sus labores, de conformidad con la normatividad legal vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Defensor\u00eda del Consumidor Financiero. Son funciones de la \u00a0Defensor\u00eda del Consumidor Financiero de conformidad con lo establecido en el \u00a0Estatuto Org\u00e1nico del Sistema Financiero, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Atender de manera oportuna y efectiva a \u00a0los consumidores financieros de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Conocer y resolver en forma objetiva y gratuita para los \u00a0consumidores, las quejas que estos le presenten, dentro de los t\u00e9rminos y el \u00a0procedimiento que se establezca para tal fin, relativas a un posible \u00a0incumplimiento de Colpensiones de las normas legales, contractuales o \u00a0procedimientos internos que rigen la ejecuci\u00f3n de los servicios o productos que \u00a0ofrece o presta, y respecto de la calidad de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Actuar como conciliador entre los \u00a0consumidores financieros y Colpensiones, en los t\u00e9rminos indicados en la Ley 640 de 2001, su \u00a0reglamentaci\u00f3n, o en las normas que la modifiquen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ser vocero de los consumidores \u00a0financieros ante Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Efectuar recomendaciones a Colpensiones \u00a0relacionadas con los servicios y la atenci\u00f3n al consumidor financiero, y en \u00a0general en materias enmarcadas en el \u00e1mbito de su actividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer a las autoridades competentes \u00a0las modificaciones normativas que resulten convenientes para la mejor \u00a0protecci\u00f3n de los derechos de los consumidores financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que le asigne el Gobierno \u00a0nacional y que tengan como prop\u00f3sito el adecuado desarrollo del Sistema de \u00a0Atenci\u00f3n al Consumidor Financiero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Despacho del Presidente. Son funciones del Despacho del \u00a0Presidente de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, coordinar, vigilar, controlar y \u00a0evaluar la ejecuci\u00f3n y cumplimiento de los objetivos, pol\u00edticas, planes, \u00a0programas y proyectos inherentes al desarrollo del objeto de Colpensiones, \u00a0directamente, a trav\u00e9s de tercerizaci\u00f3n de procesos, mediante corresponsales o \u00a0cualquier otro mecanismo que permita mayor eficiencia en la prestaci\u00f3n del \u00a0servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejercer la representaci\u00f3n legal de la \u00a0Empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Delegar o constituir apoderados \u00a0especiales para la representaci\u00f3n judicial y\/o administrativa de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas y estrategias relacionadas con el manejo de la informaci\u00f3n y la \u00a0comunicaci\u00f3n externa y organizacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir las pol\u00edticas, programas, planes \u00a0y proyectos para el relacionamiento con los diferentes grupos de inter\u00e9s de \u00a0Colpensiones y el cumplimiento de los objetivos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir la gesti\u00f3n comercial de la \u00a0Empresa, que involucre el dise\u00f1o de mercadeo, la divulgaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n, la \u00a0afiliaci\u00f3n de nuevas personas y la administraci\u00f3n y fidelizaci\u00f3n de quienes ya \u00a0se encuentran afiliados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir la gesti\u00f3n integral de servicio \u00a0al cliente encaminada a la atenci\u00f3n de los ciudadanos, empleadores, pensionados \u00a0y dem\u00e1s grupos de inter\u00e9s que permitan satisfacer de forma efectiva, sus \u00a0necesidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Impartir directrices para el dise\u00f1o e \u00a0implementaci\u00f3n del Sistema de Administraci\u00f3n Integral de Riesgos, de acuerdo a \u00a0la normatividad legal vigente y someterlo a aprobaci\u00f3n de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir las pol\u00edticas que en materia de \u00a0Gobierno Corporativo adopte Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Someter a consideraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de \u00a0la Junta Directiva el proyecto anual de presupuesto, los proyectos de adici\u00f3n y \u00a0traslados presupuestales, con arreglo a las disposiciones org\u00e1nicas y \u00a0reglamentarias sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Presentar para aprobaci\u00f3n de la Junta \u00a0Directiva los estatutos de Colpensiones, sus modificaciones y las condiciones \u00a0generales de car\u00e1cter salarial y prestacional de los trabajadores oficiales de \u00a0Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Presentar a consideraci\u00f3n de la Junta \u00a0Directiva y para aprobaci\u00f3n del Gobierno nacional, las modificaciones a la estructura \u00a0y a la planta de personal de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Someter a consideraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de \u00a0la Junta Directiva los estados financieros y las operaciones de cr\u00e9dito de \u00a0Colpensiones, de conformidad con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Someter a consideraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de \u00a0la Junta Directiva el C\u00f3digo de \u00c9tica y Buen Gobierno, as\u00ed como sus reformas o \u00a0modificaciones, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias \u00a0aplicables, y disponer lo pertinente para su conocimiento y aplicaci\u00f3n al \u00a0interior Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Desarrollar y dirigir el cumplimiento de \u00a0las decisiones y acuerdos de la Junta Directiva, ejecutarlas y rendir los \u00a0informes que le sean solicitados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dirigir la ejecuci\u00f3n presupuestal, \u00a0comprometer y ordenar el gasto, suscribir los actos, y celebrar los contratos y \u00a0convenios que se requieran para el normal funcionamiento de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Nombrar y remover al personal de la \u00a0Empresa que no corresponda a otra autoridad, as\u00ed como expedir los actos \u00a0relacionados con la administraci\u00f3n del mismo. La vinculaci\u00f3n de los \u00a0Vicepresidentes y los Jefes de Oficina de la Empresa deber\u00e1 contar con la \u00a0aprobaci\u00f3n previa de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Proponer para aprobaci\u00f3n de la Junta \u00a0Directiva, previo estudio t\u00e9cnico, la creaci\u00f3n, supresi\u00f3n o fusi\u00f3n de \u00a0Gerencias, Direcciones, Subdirecciones y Direcciones Regionales que se \u00a0requieran para el cumplimiento de las funciones de la Empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Crear, modificar o suprimir puntos de \u00a0atenci\u00f3n y corresponsales que se requiera para el cumplimiento del objeto social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Recomendar a la Junta Directiva la \u00a0aceptaci\u00f3n de cesiones y subrogaciones con Empresas P\u00fablicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Presentar para aprobaci\u00f3n de la Junta \u00a0Directiva el manual de contrataci\u00f3n, con sujeci\u00f3n a lo previsto en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Ejercer la funci\u00f3n de control \u00a0disciplinario interno en los t\u00e9rminos de la Ley 734 de 2002 o en \u00a0las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Dirigir las pol\u00edticas para el \u00a0fortalecimiento y mantenimiento de la cultura de autocontrol, y la \u00a0implementaci\u00f3n, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de \u00a0la dependencia, las establecidas por la Ley, los reglamentos o los estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Oficina de Relacionamiento y Comunicaciones. Son funciones de la \u00a0Oficina de Relacionamiento y Comunicaciones, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Definir, proponer, asesorar y ejecutar \u00a0las pol\u00edticas, programas, planes, proyectos, estrategias y procesos para el \u00a0relacionamiento con los diferentes grupos de inter\u00e9s de Colpensiones, y para el \u00a0manejo de la comunicaci\u00f3n interna y externa, de acuerdo con los lineamientos \u00a0impartidos por la Presidencia de la Empresa y el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Identificar los grupos de inter\u00e9s en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Vicepresidencia Comercial y de Servicio al Ciudadano, \u00a0establecer las relaciones con los relevantes, y tomar las medidas \u00a0correspondientes para su mejoramiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Identificar referentes y aliados para \u00a0realizar un trabajo de cooperaci\u00f3n y apoyo que contribuya al cumplimiento de \u00a0los objetivos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Liderar las acciones de notoriedad y \u00a0visibilidad de la Empresa con los grupos de inter\u00e9s, que aporten al \u00a0cumplimiento de la misi\u00f3n y objetivos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar, gestionar e implementar \u00a0estrategias de comunicaci\u00f3n, espacios y medios para el sostenimiento de las \u00a0relaciones y la evoluci\u00f3n hacia la gesti\u00f3n de v\u00ednculos con los grupos de \u00a0inter\u00e9s de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar, con las dependencias, \u00a0referentes y dem\u00e1s grupos de inter\u00e9s, espacios de participaci\u00f3n que permitan \u00a0identificar iniciativas para el fortalecimiento de la Empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Gestionar y coordinar las relaciones \u00a0entre los diferentes medios de comunicaci\u00f3n y Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Identificar y analizar, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las dependencias competentes, el plan de medios y el contenido de la \u00a0informaci\u00f3n oficial de la Empresa que se divulgar\u00e1 a los medios de comunicaci\u00f3n \u00a0y a la opini\u00f3n p\u00fablica, de acuerdo con los lineamientos impartidos por la \u00a0Presidencia de la Empresa y el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Gestionar y coordinar con las \u00e1reas \u00a0competentes las actividades requeridas para el manejo de las publicaciones \u00a0institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Definir y aprobar, en coordinaci\u00f3n con \u00a0la Vicepresidencia Comercial y de Servicio al Ciudadano, el dise\u00f1o, la imagen \u00a0visual y el mensaje creativo de las piezas de comunicaci\u00f3n impresa y virtual, \u00a0que apoyen la divulgaci\u00f3n de informaci\u00f3n tanto a clientes internos como \u00a0externos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Vicepresidencia Comercial y de Servicio al Ciudadano, estrategias, programas de \u00a0comunicaci\u00f3n y campa\u00f1as de difusi\u00f3n de los productos y servicios que ofrezca \u00a0Colpensiones, de conformidad con las pol\u00edticas de la Presidencia y del Gobierno \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Participar en la definici\u00f3n de los \u00a0procesos de Colpensiones, en la gesti\u00f3n de los riesgos y la generaci\u00f3n de \u00a0acuerdos de niveles de servicio cuando as\u00ed se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Apoyar la formulaci\u00f3n de los planes \u00a0estrat\u00e9gicos y operativos de la Empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Oficina de Control Interno. Adem\u00e1s de las se\u00f1aladas en la Ley 87 de 1993 o la que \u00a0la modifique aclare o adicione, son funciones de la Oficina de Control Interno \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, dirigir y organizar la \u00a0verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema de Control Interno de la Empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Verificar que el Sistema de Control \u00a0Interno est\u00e9 formalmente establecido en la Empresa y que su ejercicio logre ser \u00a0intr\u00ednseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y, en particular, \u00a0de los que tengan responsabilidad de mando. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Constatar que los controles definidos \u00a0para los procesos y actividades de la Empresa se cumplan por parte de los \u00a0responsables en su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar que los controles asociados a \u00a0las actividades de la Empresa, est\u00e9n definidos, sean apropiados y se mejoren \u00a0permanentemente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Verificar el cumplimiento de las normas, \u00a0pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la Empresa y \u00a0recomendar los ajustes necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Servir de apoyo a los servidores de la \u00a0Empresa en el proceso de toma de decisiones para obtener los resultados \u00a0esperados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Verificar los procesos relacionados con \u00a0el manejo de los recursos, bienes y sistemas de informaci\u00f3n de la Empresa y \u00a0recomendar los correctivos a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Fomentar la cultura del autocontrol que \u00a0contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misi\u00f3n \u00a0institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Evaluar y verificar la aplicaci\u00f3n de los \u00a0mecanismos de participaci\u00f3n ciudadana que adopte la Empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Mantener permanentemente informados a \u00a0los directivos acerca del estado del control interno dentro de la Empresa, \u00a0dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Publicar un informe del estado del \u00a0control interno de la Empresa en la p\u00e1gina web. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asesorar a las dependencias de la \u00a0Empresa en la adopci\u00f3n de acciones de mejoramiento recomendadas por los entes \u00a0de control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Evaluar la gesti\u00f3n de las dependencias \u00a0encargadas de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias, reclamos y \u00a0denuncias y rendir al Presidente un informe semestral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Poner en conocimiento de los organismos \u00a0competentes, la comisi\u00f3n de hechos presuntamente irregulares que conozca en \u00a0desarrollo de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Preparar y consolidar el Informe de \u00a0Rendici\u00f3n de Cuenta Fiscal que debe presentarse anualmente a la Contralor\u00eda \u00a0General de la Rep\u00fablica, de acuerdo a la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Desarrollar programas de auditor\u00eda y formular las observaciones \u00a0y recomendaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Participar en la definici\u00f3n de los procesos de Colpensiones, \u00a0en la gesti\u00f3n de los riesgos y la generaci\u00f3n de acuerdos de niveles de servicio \u00a0cuando as\u00ed se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Apoyar la formulaci\u00f3n de los planes \u00a0estrat\u00e9gicos y operativos de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Oficina Asesora de Asuntos Legales. Son funciones de la Oficina \u00a0Asesora de Asuntos Legales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Presidencia y a las dem\u00e1s \u00a0dependencias en los asuntos, pol\u00edticas, instrumentos, herramientas y consultas \u00a0jur\u00eddicas que se presenten en el ejercicio de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar, formular, expedir e impartir los \u00a0criterios y conceptos jur\u00eddicos en los temas de competencia de Colpensiones, \u00a0evaluando sus impactos econ\u00f3micos y operativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir y divulgar la compilaci\u00f3n, \u00a0estudio y actualizaci\u00f3n de las disposiciones constitucionales, legales, actos \u00a0administrativos generales, jurisprudencia y doctrina relacionada con las \u00a0competencias de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar y proponer, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las dependencias competentes, proyectos de actos legislativos, leyes y decretos \u00a0que el Presidente de Colpensiones deba someter a consideraci\u00f3n del Gobierno \u00a0nacional y hacerles seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Evaluar, formular y desarrollar, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Vicepresidencia de Operaciones del R\u00e9gimen de Prima Media, \u00a0las estrategias, lineamientos y criterios para la defensa jur\u00eddica en los temas \u00a0relacionados con el R\u00e9gimen de Prima Media con Prestaci\u00f3n Definida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Evaluar, formular y desarrollar, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Vicepresidencia de Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos, las \u00a0estrategias, lineamientos y criterios para la defensa jur\u00eddica en los temas \u00a0relacionados con el servicio de Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Representar judicial y extrajudicialmente \u00a0a Colpensiones en los procesos judiciales y procedimientos administrativos en \u00a0los que sea parte, diferentes a los relacionados con el R\u00e9gimen de Prima Media \u00a0y con los Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos y conferir los respectivos poderes, \u00a0cuando as\u00ed lo estime conveniente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Establecer, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0dependencias competentes, estrategias de prevenci\u00f3n del da\u00f1o antijur\u00eddico y \u00a0participar en la definici\u00f3n de riesgos jur\u00eddicos de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir y liderar la aplicaci\u00f3n de \u00a0mecanismos alternativos de soluci\u00f3n de conflictos, de conformidad con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Proyectar los actos administrativos para \u00a0la firma del Presidente que no sean de competencia de otras dependencias, los \u00a0que resuelvan conflictos de competencia y revocatoria directa, de oficio o a \u00a0petici\u00f3n de parte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la \u00a0Junta Directiva de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Participar en la definici\u00f3n de los \u00a0procesos de Colpensiones, en la gesti\u00f3n de los riesgos y la generaci\u00f3n de \u00a0acuerdos de niveles de servicio cuando as\u00ed se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Apoyar la formulaci\u00f3n de los planes \u00a0estrat\u00e9gicos y operativos de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Oficina de Control Disciplinario Interno. Son funciones de la \u00a0Oficina de Control Disciplinario Interno, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Administrar, asesorar, conocer y atender \u00a0de manera integral lo previsto en la Ley 734 de 2002 y \u00a0dem\u00e1s normas complementarias relacionadas con el R\u00e9gimen Disciplinario \u00a0aplicable a todos los funcionarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar y resolver en primera instancia \u00a0todos los procesos disciplinarios respecto de aquellas conductas en que \u00a0incurran los servidores en el ejercicio de sus funciones y ex funcionarios, que \u00a0afecten la correcta prestaci\u00f3n del servicio y el cumplimiento de los fines y \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Trabajar, coordinadamente con la \u00a0Vicepresidencia de Seguridad y Riesgos Empresariales, en la b\u00fasqueda de \u00a0correctivos y medidas preventivas frente a la observancia de conductas \u00a0disciplinarias que afecten a la Organizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar las pol\u00edticas, planes y programas \u00a0de prevenci\u00f3n y orientaci\u00f3n que minimicen la ocurrencia de conductas \u00a0disciplinables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Llevar los archivos y registros de los \u00a0procesos disciplinarios adelantados contra los servidores p\u00fablicos de \u00a0competencia de esta Oficina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Verificar que los procesos disciplinarios \u00a0se desarrollen dentro de los principios legales de econom\u00eda, celeridad, \u00a0eficacia, imparcialidad y publicidad, buscando as\u00ed salvaguardar el derecho a la \u00a0defensa y el debido proceso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Poner en conocimiento de las autoridades \u00a0competentes, la comisi\u00f3n de hechos presuntamente irregulares que surjan del \u00a0proceso disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Trasladar oportunamente el expediente al \u00a0despacho del Presidente para el tr\u00e1mite de segunda instancia, cuando se hayan \u00a0interpuesto los recursos de apelaci\u00f3n o de queja. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Informar oportunamente a la Divisi\u00f3n de \u00a0Registro y Control de la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, sobre la imposici\u00f3n \u00a0de sanciones a los servidores p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Rendir informes sobre el estado de los \u00a0procesos disciplinarios a las autoridades competentes, cuando as\u00ed lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en la definici\u00f3n de los \u00a0procesos de Colpensiones, en la gesti\u00f3n de los riesgos y la generaci\u00f3n de \u00a0acuerdos de niveles de servicio cuando as\u00ed se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar la formulaci\u00f3n de los planes \u00a0estrat\u00e9gicos y operativos de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Vicepresidencia Comercial y de Servicio al Ciudadano. Son \u00a0funciones de la Vicepresidencia Comercial y de Servicio al Ciudadano, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular, dirigir y aprobar las pol\u00edticas \u00a0comerciales, de mercadeo y de servicio al ciudadano de Colpensiones, bajo los \u00a0lineamientos de la Presidencia y la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir y aprobar el plan de mercadeo, \u00a0teniendo en cuenta variables end\u00f3genas y ex\u00f3genas para enfocar las estrategias \u00a0comerciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Formular y aprobar las estrategias \u00a0comerciales para la atenci\u00f3n de las necesidades de los ciudadanos, empleadores, \u00a0pensionados y dem\u00e1s grupos de inter\u00e9s, en el marco de las competencias de \u00a0Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar estudios y formular propuestas \u00a0de nuevos negocios, bajo los lineamientos establecidos desde la Vicepresidencia \u00a0de Planeaci\u00f3n y Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n, para ser evaluadas t\u00e9cnica y \u00a0econ\u00f3micamente, en conjunto y, de ser favorables, proponerlos para su adopci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Formular y aprobar el modelo de servicio \u00a0y atenci\u00f3n de Colpensiones, enfocado en las necesidades de los ciudadanos, \u00a0empleadores, pensionados y dem\u00e1s grupos de inter\u00e9s, en el marco de las \u00a0competencias de la Empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir y aprobar el proceso de \u00a0orientaci\u00f3n y asesor\u00eda, encaminado a la atenci\u00f3n de los ciudadanos, \u00a0empleadores, pensionados y dem\u00e1s grupos de inter\u00e9s de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir y aprobar, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las dem\u00e1s dependencias de Colpensiones, los procesos de estandarizaci\u00f3n y \u00a0administraci\u00f3n de solicitudes que permitan la gesti\u00f3n de las peticiones, \u00a0quejas, reclamos y sugerencias, teniendo en cuenta los lineamientos \u00a0establecidos por el Sistema de Atenci\u00f3n al Consumidor Financiero (SAC) y la \u00a0normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir y aprobar el proceso de servicios \u00a0de valor agregado enfocado a la atenci\u00f3n de los ciudadanos, empleadores, \u00a0pensionados y dem\u00e1s grupos de inter\u00e9s de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Impartir los lineamientos para el dise\u00f1o \u00a0de canales de atenci\u00f3n al ciudadano, que permitan a los grupos de inter\u00e9s \u00a0conocer de manera suficiente, clara y oportuna los productos, servicios y \u00a0programas de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir la interacci\u00f3n y articulaci\u00f3n \u00a0entre las Direcciones Regionales, puntos de atenci\u00f3n y las dependencias del \u00a0nivel central, para el cumplimiento de las pol\u00edticas, planes, programas, \u00a0estrategias y proyectos establecidos por Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en la definici\u00f3n de los \u00a0procesos de Colpensiones, en la gesti\u00f3n de los riesgos y la generaci\u00f3n de \u00a0acuerdos de niveles de servicio cuando as\u00ed se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar la formulaci\u00f3n de los planes \u00a0estrat\u00e9gicos y operativos de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Vicepresidencia de Operaciones del R\u00e9gimen de Prima Media. Son \u00a0funciones de la Vicepresidencia de Operaciones del R\u00e9gimen de Prima Media, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular, dirigir y aprobar las pol\u00edticas \u00a0y los procesos relacionados con la administraci\u00f3n de la informaci\u00f3n, la \u00a0determinaci\u00f3n de derechos, defensa jur\u00eddica y financiamiento e inversiones inherentes \u00a0al R\u00e9gimen de Prima Media, bajo los lineamientos del Presidente y de la Junta \u00a0Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Formular, dirigir y aprobar las pol\u00edticas \u00a0y los procesos de afiliaci\u00f3n y traslado del R\u00e9gimen de Prima Media. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Formular, dirigir y aprobar pol\u00edticas y \u00a0procesos para la administraci\u00f3n de la historia laboral de los afiliados al \u00a0R\u00e9gimen de Prima Media. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Impartir directrices para asegurar que la \u00a0informaci\u00f3n de las bases de datos del R\u00e9gimen de Prima Media cumpla con los \u00a0criterios de calidad, confiabilidad y oportunidad establecidos por \u00a0Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Impartir lineamientos para ejercer el \u00a0control y vigilancia de las inversiones y los excedentes temporales de liquidez \u00a0de los recursos del R\u00e9gimen de Prima Media. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir los procesos de jurisdicci\u00f3n coactiva, \u00a0gesti\u00f3n y recuperaci\u00f3n de cartera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Definir los lineamientos para la gesti\u00f3n \u00a0del recaudo y de los ingresos y egresos del R\u00e9gimen de Prima Media. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir el proceso para determinar los \u00a0derechos y garantizar el pago, en los casos en que haya lugar, de las \u00a0Prestaciones Econ\u00f3micas y dem\u00e1s beneficios econ\u00f3micos del R\u00e9gimen de Prima \u00a0Media. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Formular, dirigir y aprobar pol\u00edticas y \u00a0procesos en coordinaci\u00f3n con la Vicepresidencia Comercial y la Vicepresidencia \u00a0de Planeaci\u00f3n, para el tr\u00e1mite de las conmutaciones pensionales, de acuerdo con \u00a0lo dispuesto en la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir el proceso de gesti\u00f3n de n\u00f3mina \u00a0pensionados, para asegurar su administraci\u00f3n, registro y aplicaci\u00f3n de \u00a0novedades y control permanente de la informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Gestionar la obtenci\u00f3n de los recursos \u00a0ante el Gobierno Nacional para la financiaci\u00f3n del pago de la n\u00f3mina de \u00a0pensionados y para las N\u00f3minas EMPOS y Metales Preciosos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir el proceso de medicina laboral \u00a0que incluye la calificaci\u00f3n de la p\u00e9rdida de la capacidad laboral, y la \u00a0determinaci\u00f3n del pago de incapacidades del R\u00e9gimen de Prima Media, de \u00a0conformidad la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Impartir los lineamientos para la \u00a0defensa jur\u00eddica en los temas relacionados con el R\u00e9gimen de Prima Media con \u00a0Prestaci\u00f3n Definida, formulados en coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora de \u00a0Asuntos Legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dirigir y aprobar el dise\u00f1o de las \u00a0pol\u00edticas y estrategias que se relacionen con los procesos de daciones en pago \u00a0que requiera adelantar Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Participar en la definici\u00f3n de los \u00a0procesos de Colpensiones, en la gesti\u00f3n de los riesgos y la generaci\u00f3n de \u00a0acuerdos de niveles de servicio cuando as\u00ed se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Apoyar la formulaci\u00f3n de los planes \u00a0estrat\u00e9gicos y operativos de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Vicepresidencia de Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos. Son \u00a0funciones de la Vicepresidencia de Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular, dirigir y aprobar las pol\u00edticas y procesos para \u00a0operar el Servicio Social Complementario de Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos \u00a0(BEPS). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Formular, dirigir y aprobar las pol\u00edticas y procesos para la \u00a0administraci\u00f3n de las cuentas individuales de las personas vinculadas al \u00a0Servicio Social Complementario de Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos (BEPS). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Vicepresidencia Comercial y de Servicio al Ciudadano, las estrategias de \u00a0manejo, fidelizaci\u00f3n y ampliaci\u00f3n de cobertura del Servicio Social \u00a0Complementario de Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos (BEPS). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Formular pol\u00edticas que generen una \u00a0cultura de ahorro de los vinculados al Servicio Social Complementario de \u00a0Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos (BEPS). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Establecer, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Vicepresidencia Comercial y de Servicio al Ciudadano, los protocolos para la \u00a0prestaci\u00f3n del Servicio Social Complementario de Beneficios Econ\u00f3micos \u00a0Peri\u00f3dicos (BEPS). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Definir los instrumentos para el \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n de los terceros que realizan actividades relacionadas \u00a0con la prestaci\u00f3n del Servicio Social Complementario de Beneficios Econ\u00f3micos \u00a0Peri\u00f3dicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Formular, dirigir y aprobar las \u00a0estrategias para la participaci\u00f3n de aliados y patrocinadores en la prestaci\u00f3n \u00a0del Servicio Social Complementario de Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos y hacer \u00a0seguimiento a su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Establecer los lineamientos para el \u00a0otorgamiento y entrega de los incentivos del Servicio Social Complementario de \u00a0Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos (BEPS). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir la administraci\u00f3n y seguimiento \u00a0de las redes que operan el Servicio Social Complementario de Beneficios \u00a0Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos (BEPS). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Resolver, en segunda instancia, los \u00a0recursos que se interpongan contra los actos administrativos relacionados con \u00a0el Servicio Social Complementario de Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos (BEPS). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Reportar, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Vicepresidencia de Planeaci\u00f3n y Tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n, al Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y al Ministerio del Trabajo &#8211; Fondo de Riesgos \u00a0Laborales, la informaci\u00f3n requerida para la provisi\u00f3n, financiamiento y pago de \u00a0los subsidios asociados a los Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos en cada vigencia \u00a0fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Gestionar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias \u00a0competentes, la obtenci\u00f3n de los recursos ante el Gobierno nacional para \u00a0financiar la administraci\u00f3n y operaci\u00f3n del programa de Beneficios Econ\u00f3micos \u00a0Peri\u00f3dicos (BEPS). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Establecer y ejecutar, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las dependencias competentes, las directrices para la emisi\u00f3n y redenci\u00f3n \u00a0de t\u00edtulos BEPS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Representar judicial y \u00a0extrajudicialmente a Colpensiones en los procesos judiciales y procedimientos \u00a0administrativos en los que sea parte, relacionados con el Servicio Social \u00a0Complementario de Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos y conferir los respectivos \u00a0poderes, cuando as\u00ed lo estime conveniente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Hacer seguimiento a los procesos \u00a0judiciales relacionados con BEPS, de conformidad con los lineamientos fijados \u00a0por la Oficina Asesora de Asuntos Legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Participar en la definici\u00f3n de los \u00a0procesos de Colpensiones, en la gesti\u00f3n de los riesgos y la generaci\u00f3n de \u00a0acuerdos de niveles de servicio cuando as\u00ed se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Apoyar la formulaci\u00f3n de los planes \u00a0estrat\u00e9gicos y operativos de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Vicepresidencia de Planeaci\u00f3n y Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n. Son \u00a0funciones de la Vicepresidencia de Planeaci\u00f3n y Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Administrar y promover el desarrollo, \u00a0implementaci\u00f3n y sostenibilidad del Sistema Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n \u00a0de la Empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Presidente de Colpensiones y \u00a0a las dem\u00e1s dependencias en la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n \u00a0de planes, programas y proyectos orientados al cumplimiento de objetivos \u00a0institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir directrices, metodolog\u00edas \u00a0instrumentos y cronogramas para la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de la Empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Establecer los lineamientos para la \u00a0elaboraci\u00f3n del plan de desarrollo institucional, los planes estrat\u00e9gicos y de \u00a0acci\u00f3n, y someterlos a aprobaci\u00f3n del Presidente, con sujeci\u00f3n al Plan Nacional \u00a0de Desarrollo, al plan sectorial, en coordinaci\u00f3n con las dependencias de la \u00a0Empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir y aprobar las pol\u00edticas y \u00a0metodolog\u00edas que permitan identificar, comprender, dise\u00f1ar, asegurar y \u00a0articular los procesos de Colpensiones, y realizar las recomendaciones en la \u00a0materia, teniendo en cuenta las disposiciones legales y regulatorias, a fin de \u00a0lograr los objetivos empresariales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Articular, coordinar y hacer seguimiento \u00a0a la gesti\u00f3n de los procesos y \u00e1reas a su cargo, orient\u00e1ndolos a obtener los \u00a0resultados organizacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar al Presidente en la definici\u00f3n \u00a0de las pol\u00edticas, lineamientos y directrices institucionales, que orienten la \u00a0gesti\u00f3n integral de Colpensiones y permitan tomar decisiones adecuadas y \u00a0oportunas, enmarcadas en la planeaci\u00f3n estrat\u00e9gica, de acuerdo con sus \u00a0procesos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Definir las metodolog\u00edas para el estudio \u00a0y validaci\u00f3n de indicadores de gesti\u00f3n, de producto y de impacto, y hacer \u00a0seguimiento a trav\u00e9s de los sistemas establecidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar el seguimiento y evaluaci\u00f3n a \u00a0la gesti\u00f3n institucional, consolidar el informe de resultados y preparar los \u00a0informes de las \u00e1reas competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Someter a consideraci\u00f3n del Comit\u00e9 de \u00a0Desarrollo Administrativo la actualizaci\u00f3n de los manuales de procesos y \u00a0procedimientos de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir y aprobar la implementaci\u00f3n de \u00a0procesos de evaluaci\u00f3n de Colpensiones para medir la gesti\u00f3n, sus resultados, \u00a0impactos y dem\u00e1s aspectos que requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Estructurar conjuntamente con las dem\u00e1s \u00a0dependencias de Colpensiones, los informes de gesti\u00f3n y rendici\u00f3n de cuentas a \u00a0la ciudadan\u00eda y someterlos a aprobaci\u00f3n del Presidente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dise\u00f1ar, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0dependencias competentes, el Plan Anticorrupci\u00f3n de Colpensiones, para aprobaci\u00f3n \u00a0del Presidente y liderar su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Formular y aprobar los lineamientos para \u00a0la elaboraci\u00f3n del proyecto de presupuesto de Colpensiones para someterlo a \u00a0consideraci\u00f3n de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Formular y aprobar los lineamientos para \u00a0el seguimiento a la ejecuci\u00f3n presupuestal y viabilizar las modificaciones a \u00a0que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Formular y aprobar los lineamientos para \u00a0el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de los diferentes planes, programas y proyectos \u00a0de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Definir los lineamientos y aprobar las \u00a0pol\u00edticas para la realizaci\u00f3n de los estudios econ\u00f3micos, financieros y \u00a0estad\u00edsticos que requiera Colpensiones para el desarrollo de sus actividades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Dirigir, aprobar y liderar el dise\u00f1o de \u00a0las pol\u00edticas y lineamientos para la definici\u00f3n de las metodolog\u00edas de costeo \u00a0que debe utilizar Colpensiones para medir la productividad y racionalizar el \u00a0uso de los recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Dirigir los estudios relacionados con la \u00a0estructura organizacional, el modelo operativo, los estudios de planta de \u00a0personal, la escala salarial y prestacional de los trabajadores oficiales, para \u00a0someter a aprobaci\u00f3n de las instancias competentes, en coordinaci\u00f3n de la \u00a0Vicepresidencia de Gesti\u00f3n Corporativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Formular y dirigir proyectos de \u00a0desarrollo e investigaci\u00f3n, tendientes a la optimizaci\u00f3n e implantaci\u00f3n de \u00a0nuevos servicios rentables y con caracter\u00edsticas de competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Realizar, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Vicepresidencia Comercial y de Servicio al Ciudadano, los estudios de nuevas \u00a0oportunidades de negocio, para establecer su viabilidad t\u00e9cnica y econ\u00f3mica y, \u00a0de ser favorable, proponerlos para su adopci\u00f3n y desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Establecer directrices y pol\u00edticas para \u00a0organizar y evaluar la informaci\u00f3n soporte y definir las variables t\u00e9cnicas \u00a0para la formulaci\u00f3n del c\u00e1lculo actuarial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Formular y dirigir las pol\u00edticas y los \u00a0procesos para realizar las investigaciones de mercado y los estudios para medir \u00a0la capacidad de respuesta de la Empresa frente al Sistema General de Pensiones \u00a0y al Servicio Social Complementario de Beneficios Econ\u00f3micos Peri\u00f3dicos (BEPS). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Vigilar que en los procesos tecnol\u00f3gicos \u00a0de Colpensiones se tengan en cuenta los est\u00e1ndares y lineamientos dictados por \u00a0las entidades competentes, en especial, por el Ministerio de las Tecnolog\u00edas de \u00a0la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, que permitan la aplicaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas que en materia de informaci\u00f3n expidan el Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n y el Departamento Nacional de Estad\u00edstica (DANE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Proponer al Presidente planes, estrategias \u00a0y proyectos que en materia de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n se deban adoptar, y \u00a0definir los lineamientos generales para la implementaci\u00f3n de sistemas de \u00a0informaci\u00f3n en Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Dirigir, aprobar y liderar el dise\u00f1o de \u00a0las pol\u00edticas, lineamientos, planes y herramientas en materia de tecnolog\u00edas de \u00a0la informaci\u00f3n, para atender los requerimientos de servicio de Colpensiones, \u00a0sus procesos, usuarios internos y externos, y realizar su respectivo \u00a0seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Dirigir y coordinar la integraci\u00f3n entre \u00a0los sistemas de informaci\u00f3n de Colpensiones y los procesos del negocio, de \u00a0manera que exista una correlaci\u00f3n directa en la arquitectura empresarial, a fin \u00a0de lograr los resultados institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Dirigir, aprobar y liderar el dise\u00f1o de \u00a0las pol\u00edticas y estrategias para el gobierno de la informaci\u00f3n, y la \u00a0identificaci\u00f3n de las condiciones y caracter\u00edsticas de las fuentes de datos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>29. Dirigir y coordinar las pol\u00edticas y \u00a0estrategias para la prestaci\u00f3n de los servicios de soporte tecnol\u00f3gico de Colpensiones \u00a0y la atenci\u00f3n de los requerimientos de los usuarios internos y externos en \u00a0materia tecnol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>30. Dirigir la pol\u00edtica de provisi\u00f3n, \u00a0implementaci\u00f3n, mantenimiento y monitoreo de los sistemas y servicios de \u00a0informaci\u00f3n, as\u00ed como de los procesos de automatizaci\u00f3n que requiera \u00a0Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>31. Fijar las pol\u00edticas para la prestaci\u00f3n \u00a0del soporte t\u00e9cnico b\u00e1sico o de primer nivel a los usuarios internos de \u00a0Colpensiones, con el fin de contar con el adecuado funcionamiento de la \u00a0infraestructura tecnol\u00f3gica base, en coordinaci\u00f3n con las dependencias \u00a0competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>32. Actuar como interlocutor de los \u00a0organismos de control en desarrollo de las auditor\u00edas que practiquen en la \u00a0Empresa, y en la recepci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, preparaci\u00f3n y entrega de la \u00a0informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>33. Participar en la definici\u00f3n de los \u00a0procesos de Colpensiones, en la gesti\u00f3n de los riesgos y la generaci\u00f3n de \u00a0acuerdos de niveles de servicio, cuando as\u00ed se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>34. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>35. Apoyar la formulaci\u00f3n de los planes \u00a0estrat\u00e9gicos y operativos de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>36. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Vicepresidencia de Gesti\u00f3n Corporativa. Son funciones de la \u00a0Vicepresidencia de Gesti\u00f3n Corporativa, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir al Presidente de Colpensiones en \u00a0la determinaci\u00f3n de las pol\u00edticas, objetivos y estrategias relacionadas con su \u00a0administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir la ejecuci\u00f3n de los programas y \u00a0actividades relacionadas con los asuntos financieros, contables, presupuestales \u00a0y de tesorer\u00eda, los servicios administrativos, la gesti\u00f3n documental y de \u00a0correspondencia de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Participar, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Gerencia de Financiamiento e Inversiones, en el dise\u00f1o de las pol\u00edticas de \u00a0manejo del flujo mensual de caja, las proyecciones financieras de Colpensiones, \u00a0y de los fondos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Trazar las pol\u00edticas y programas de \u00a0administraci\u00f3n de talento humano, bienestar social, selecci\u00f3n, registro y \u00a0control, capacitaci\u00f3n, incentivos, desarrollo y dem\u00e1s aspectos en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Definir la pol\u00edtica institucional para el desarrollo del \u00a0talento humano en gesti\u00f3n del conocimiento, gesti\u00f3n del desempe\u00f1o y bienestar \u00a0laboral, acorde con los objetivos, metas y necesidades de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas de gesti\u00f3n de talento \u00a0humano orientadas a incrementar los niveles de productividad, desempe\u00f1o, \u00a0compromiso y competitividad de los servidores de Colpensiones, en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Vicepresidencia de Planeaci\u00f3n y Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar la definici\u00f3n de los planes y \u00a0programas para capacitaci\u00f3n, formaci\u00f3n y certificaci\u00f3n de productos y servicios \u00a0de los colaboradores, contratistas, trabajadores en misi\u00f3n, operadores, \u00a0aliados, patrocinadores y dem\u00e1s grupos de inter\u00e9s que lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Participar en la elaboraci\u00f3n de los \u00a0estudios t\u00e9cnicos requeridos para modificar la estructura y la planta de \u00a0personal de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Impartir lineamientos para mantener \u00a0actualizado el manual de funciones y competencias laborales de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Aprobar las normas y pol\u00edticas para la \u00a0planeaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, administraci\u00f3n y mantenimiento de los bienes muebles e \u00a0inmuebles de Colpensiones, as\u00ed como la adecuaci\u00f3n locativa de los espacios \u00a0necesarios para la adecuada prestaci\u00f3n del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Verificar el cumplimiento de la pol\u00edtica \u00a0de administraci\u00f3n y actualizaci\u00f3n del inventario de activos fijos, su \u00a0contabilizaci\u00f3n y el control de bienes muebles e inmuebles y del parque \u00a0automotor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Aprobar y dirigir las pol\u00edticas \u00a0relacionadas con la contrataci\u00f3n, en su etapa precontractual, contractual, post \u00a0contractual, y de la supervisi\u00f3n de contratos y adquisici\u00f3n de bienes y \u00a0servicios de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir y aprobar el dise\u00f1o de las \u00a0pol\u00edticas para la elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del plan y cronograma de compras y \u00a0adquisiciones de bienes y servicios de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Participar en la definici\u00f3n de los \u00a0procesos de la Empresa, en la gesti\u00f3n de los riesgos y la generaci\u00f3n de \u00a0acuerdos de niveles de servicio, cuando as\u00ed se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Apoyar la formulaci\u00f3n de los planes \u00a0estrat\u00e9gicos y operativos de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Vicepresidencia de Seguridad y Riesgos Empresariales. Son \u00a0funciones de la Vicepresidencia de Seguridad y Riesgos Empresariales, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir y coordinar, con las \u00a0dependencias, la implementaci\u00f3n y administraci\u00f3n integral de los Sistemas de \u00a0Gesti\u00f3n de Riesgos que requiera Colpensiones para su funcionamiento y verificar \u00a0su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Formular, dirigir y aprobar las pol\u00edticas \u00a0y los procesos para identificar, mitigar y administrar efectivamente riesgos y \u00a0vulnerabilidades que puedan amenazar la seguridad de Colpensiones y verificar \u00a0su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Formular, dirigir y aprobar las pol\u00edticas \u00a0y procesos para el tratamiento interno y externo de la prevenci\u00f3n del riesgo de \u00a0fraude, corrupci\u00f3n, seguridad de la informaci\u00f3n, lavado de activos y financiaci\u00f3n \u00a0del terrorismo y dem\u00e1s riesgos asociados a la actividad de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir y aprobar las pol\u00edticas y \u00a0procesos de seguridad, integridad y transparencia de los recursos f\u00edsicos, \u00a0humanos y tecnol\u00f3gicos y hacer el respectivo seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Impartir directrices para el seguimiento \u00a0al cumplimiento del C\u00f3digo de \u00c9tica y Buen Gobierno de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Definir estrategias para el monitoreo y \u00a0control de la operaci\u00f3n que permita identificar desviaciones respecto de la \u00a0pol\u00edtica, objetivos y procedimientos definidos para los procesos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Definir y aprobar las pol\u00edticas de \u00a0seguridad que deben observar los usuarios en el uso de los sistemas de \u00a0informaci\u00f3n de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Participar en la definici\u00f3n de los \u00a0procesos de la Empresa, en la gesti\u00f3n de los riesgos y la generaci\u00f3n de \u00a0acuerdos de niveles de servicio cuando as\u00ed se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Apoyar la formulaci\u00f3n de los planes \u00a0estrat\u00e9gicos y operativos de la Empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. \u00d3rganos Internos de Gesti\u00f3n y \u00a0Asesor\u00eda. La Junta Directiva y el Presidente de Colpensiones podr\u00e1n crear \u00a0comit\u00e9s permanentes o transitorios especiales para el estudio, an\u00e1lisis, asesor\u00eda \u00a0y decisi\u00f3n en temas asociados a la gesti\u00f3n de Colpensiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n y deroga los Decretos n\u00famero 4936 de 2011 y 2727 de 2013, y \u00a0las dem\u00e1s que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 24 de febrero de \u00a02017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio C\u00e1rdenas \u00a0Santamar\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra del Trabajo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Clara Eugenia \u00a0L\u00f3pez Obreg\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Liliana Caballero \u00a0Dur\u00e1n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 309 DE 2017 \u00a0 \u00a0\u00a0 ((febrero 24) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.157, febrero 24 de 2017 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0modifica la estructura de la Administradora Colombiana de Pensiones \u00a0(Colpensiones). \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que \u00a0le confiere [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[78],"tags":[],"class_list":["post-50541","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2017"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50541","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=50541"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50541\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=50541"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=50541"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=50541"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}