{"id":50578,"date":"2023-08-17T13:54:58","date_gmt":"2023-08-17T13:54:58","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-384-de-2017\/"},"modified":"2023-08-17T13:54:58","modified_gmt":"2023-08-17T13:54:58","slug":"decreto-384-de-2017","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-384-de-2017\/","title":{"rendered":"DECRETO 384 DE 2017"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 384 DE 2017 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(marzo 8) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.169, marzo 8 de 2017 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0establecen los mecanismos y procedimientos de postulaci\u00f3n y selecci\u00f3n de los \u00a0integrantes del Consejo Nacional de Bio\u00e9tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial, de \u00a0las conferidas en el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el par\u00e1grafo 2\u00b0 del art\u00edculo 3\u00b0 de la Ley 1374 de 2010, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 1374 de 2010 crea \u00a0el Consejo Nacional de Bio\u00e9tica (CNB), determina su integraci\u00f3n, funciones y \u00a0organizaci\u00f3n, se\u00f1alando que ser\u00e1 el organismo asesor y consultivo del Gobierno \u00a0nacional, el cual \u201c(\u2026) propender\u00e1 por \u00a0establecer un di\u00e1logo interdisciplinario para formular, articular y resolver \u00a0los dilemas que plantea la investigaci\u00f3n y la intervenci\u00f3n sobre la vida, la \u00a0salud y el medio ambiente, as\u00ed como la construcci\u00f3n e implementaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas en los asuntos referentes a la Bio\u00e9tica\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 3\u00b0 ib\u00eddem, dispone que el \u00a0Consejo Nacional de Bio\u00e9tica (CNB), estar\u00e1 conformado en forma permanente por \u00a0un m\u00ednimo de quince (15) miembros de la sociedad civil, de profesionales e \u00a0investigadores de \u00e1reas cient\u00edficas de las ciencias sociales y humanidades, \u00a0expertos en bio\u00e9tica como m\u00ednimo en un tercio (1\/3), y miembros de la sociedad \u00a0civil que representen diversos campos del pensamiento y las moralidades as\u00ed \u00a0como la diversidad cultural, \u201cquienes \u00a0ser\u00e1n designados por el Presidente de la Rep\u00fablica, entre ternas propuestas por \u00a0los organismos que participen\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el par\u00e1grafo 2\u00b0 del art\u00edculo en comento, \u00a0dispuso que \u201cEl Gobierno nacional, en cabeza \u00a0de los Ministerios de la Protecci\u00f3n Social y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo \u00a0Territorial (hoy Ministerios de Salud y Protecci\u00f3n Social y de Ambiente \u00a0y Desarrollo Sostenible) y de \u00a0Colciencias, reglamentar\u00e1 la presente ley, incluyendo los mecanismos y \u00a0procedimientos de postulaci\u00f3n y selecci\u00f3n de dichos miembros\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con su objeto, el CNB debe \u00a0abordar el desarrollo, uso, accesos e impactos de los adelantos \u00a0cient\u00edfico-t\u00e9cnicos en la biomedicina y la biotecnolog\u00eda, as\u00ed como su impacto en \u00a0la biodiversidad natural y social, y las dificultades que enfrenta el pa\u00eds en \u00a0t\u00e9rminos de equidad, igualdad, conflicto social y de derechos humanos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que conforme con lo anteriormente se\u00f1alado, \u00a0se hace necesario reglamentar los mecanismos y procedimientos de postulaci\u00f3n y \u00a0selecci\u00f3n que deber\u00e1n observar los organismos de la sociedad civil que deseen \u00a0postular ternas, a fin de conformar las listas que se presentar\u00e1n a Presidencia \u00a0para la designaci\u00f3n de los integrantes del Consejo Nacional de Bio\u00e9tica (CNB); \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto. El presente decreto tiene como objeto reglamentar los \u00a0mecanismos y procedimientos de postulaci\u00f3n y selecci\u00f3n de los miembros que \u00a0integran el Consejo Nacional de Bio\u00e9tica (CNB), en adelante el Consejo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Integraci\u00f3n del Consejo Nacional de Bio\u00e9tica. El Consejo estar\u00e1 \u00a0conformado de manera permanente por quince (15) miembros de la sociedad civil, \u00a0quienes ser\u00e1n designados por el Presidente de la Rep\u00fablica, de ternas \u00a0propuestas por los organismos que participan, previo agotamiento del \u00a0procedimiento de postulaci\u00f3n y selecci\u00f3n aqu\u00ed descrito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los integrantes del Consejo Nacional de \u00a0Bio\u00e9tica (CNB) por el hecho de su designaci\u00f3n no adquieren la calidad de \u00a0servidores p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La Secretar\u00eda Ejecutiva del CNB \u00a0ser\u00e1 ejercida por el Director del Departamento Administrativo de Ciencia, \u00a0Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (Colciencias) o su delegado, debiendo este \u00faltimo, \u00a0tener formaci\u00f3n en Bio\u00e9tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Organismos que conformar\u00e1n las ternas. Las organizaciones \u00a0legalmente constituidas en los sectores a que refiere el par\u00e1grafo 1\u00b0 del \u00a0art\u00edculo 3\u00b0 de la Ley 1374 de 2010, que \u00a0cuenten con m\u00e1s de diez (10) a\u00f1os de ejercicio, podr\u00e1n presentar ternas al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, previa la realizaci\u00f3n del procedimiento de \u00a0conformaci\u00f3n de la misma en los t\u00e9rminos del presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Conformaci\u00f3n de las ternas. De acuerdo con lo establecido en el \u00a0art\u00edculo 3\u00b0 de la Ley 1374, se \u00a0integrar\u00e1n quince (15) ternas, as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Tres (3) ternas compuestas por \u00a0investigadores con experiencia profesional no inferior a diez (10) a\u00f1os, as\u00ed: \u00a0Una (1) terna de expertos en las \u00e1reas cient\u00edficas de ingenier\u00edas y tecnolog\u00edas \u00a0o de las ciencias exactas; una (1) terna de expertos en ciencias de la salud; \u00a0Una (1) terna de expertos en ciencias naturales, ambientales, agr\u00edcolas o \u00a0veterinarias. La condici\u00f3n de profesional deber\u00e1 demostrarse mediante el t\u00edtulo \u00a0acad\u00e9mico correspondiente. La condici\u00f3n de investigador ser\u00e1 como m\u00ednimo la \u00a0correspondiente al de investigador asociado de acuerdo con el modelo de \u00a0medici\u00f3n establecido por Colciencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Tres (3) ternas compuestas por \u00a0investigadores con experiencia profesional no inferior a diez (10) a\u00f1os, as\u00ed: \u00a0Una (1) terna de expertos en ciencias econ\u00f3micas, administraci\u00f3n, contadur\u00eda y \u00a0afines; una (1) terna de expertos en antropolog\u00eda, sociolog\u00eda, trabajo social, \u00a0ciencia pol\u00edtica, filosof\u00eda, historia, derecho, geograf\u00eda y psicolog\u00eda y \u00a0afines; y una (1) terna de expertos en ciencias de la educaci\u00f3n, periodismo y \u00a0comunicaciones, ling\u00fc\u00edstica y afines. La condici\u00f3n de profesional deber\u00e1 \u00a0demostrarse mediante el t\u00edtulo acad\u00e9mico correspondiente. La condici\u00f3n de \u00a0investigador ser\u00e1 como m\u00ednimo la correspondiente al de investigador asociado de \u00a0acuerdo con el modelo de medici\u00f3n establecido por Colciencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. Cinco (5) ternas compuestas por \u00a0profesionales o investigadores expertos en bio\u00e9tica. La condici\u00f3n de experto \u00a0deber\u00e1 acreditarse mediante t\u00edtulo de posgrado en bio\u00e9tica y experiencia en \u00a0bio\u00e9tica por un t\u00e9rmino no inferior a seis (6) a\u00f1os; o mediante t\u00edtulo \u00a0profesional en cualquier \u00e1rea y experiencia docente, investigaci\u00f3n en bio\u00e9tica \u00a0o mediante la participaci\u00f3n en tribunales, comisiones o comit\u00e9s de \u00e9tica por un \u00a0t\u00e9rmino no inferior a diez (10) a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. Cuatro (4) ternas compuestas por \u00a0miembros de organizaciones de la sociedad civil, con experiencia certificada no \u00a0inferior a diez (10) a\u00f1os en proyectos implementados de desarrollo social o \u00a0comunitario, en la direcci\u00f3n de organizaciones sociales o comunitarias \u00a0relacionadas con su campo de pensamiento y moralidad, as\u00ed: Una (1) terna de \u00a0personas que representen los diversos campos del pensamiento o diversidad \u00a0ideol\u00f3gica, una (1) terna de personas que representen las diferentes \u00a0moralidades y dos (2) ternas de personas que representen la diversidad \u00e9tnica y \u00a0cultural del pa\u00eds. La experiencia deber\u00e1 demostrarse mediante certificaci\u00f3n(es) \u00a0de las organizaciones, legalmente constituidas, donde se haya desempe\u00f1ado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Convocatoria \u00a0p\u00fablica. Para la elecci\u00f3n de los integrantes de las ternas, el \u00a0Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (Colciencias) \u00a0realizar\u00e1 una invitaci\u00f3n en la cual se indicar\u00e1n i) el lugar, la fecha y hora \u00a0l\u00edmite en la que se recepcionar\u00e1 la documentaci\u00f3n que deber\u00e1n presentar las \u00a0organizaciones que postulen candidatos, ii) la fecha de publicaci\u00f3n de la lista \u00a0preliminar, previa evaluaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n presentada en la p\u00e1gina web \u00a0de Colciencias y iii) fecha lugar y hora de la reuni\u00f3n en la cual se har\u00e1 la \u00a0elecci\u00f3n de la respectiva terna. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La convocatoria se publicar\u00e1 por una sola \u00a0vez en un diario de amplia circulaci\u00f3n nacional con una antelaci\u00f3n m\u00ednima de \u00a0treinta (30) d\u00edas h\u00e1biles a la fecha de la realizaci\u00f3n de la reuni\u00f3n de \u00a0elecci\u00f3n. As\u00ed mismo, se publicar\u00e1 en la p\u00e1gina web del Departamento \u00a0Administrativo de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (Colciencias). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Requisitos. Las organizaciones que postulen candidatos para la \u00a0constituci\u00f3n de cada una de las ternas, deber\u00e1n cumplir los siguientes \u00a0requisitos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Estar legalmente constituidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Haber desarrollado actividades en los \u00a0\u00faltimos cinco (5) a\u00f1os relacionadas en el \u00e1rea que se postule. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Tener una existencia legal no inferior a \u00a0diez (10) a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Postular solo un candidato para una \u00fanica \u00a0terna e indicar expresamente la terna para la cual lo postulan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Seleccionar el candidato a trav\u00e9s de su \u00a0respectiva Junta Directiva o el \u00f3rgano que haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Allegar en los t\u00e9rminos de la \u00a0convocatoria los requisitos y documentos del postulante que designen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Los candidatos postulados por las \u00a0organizaciones no podr\u00e1n tener antecedentes disciplinarios, fiscales y penales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Documentaci\u00f3n. Las organizaciones que est\u00e9n interesadas en \u00a0postular sus respectivos candidatos y participar en la constituci\u00f3n de las \u00a0quince (15) ternas para integrar el Consejo Nacional de Bio\u00e9tica (CNB), deber\u00e1n \u00a0inscribirse en las fechas y condiciones establecidas en la Convocatoria de \u00a0Colciencias, para lo cual anexar\u00e1n los siguientes documentos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Certificado de existencia y \u00a0representaci\u00f3n legal expedido por la C\u00e1mara de Comercio con vigencia no \u00a0superior a tres (3) meses, donde conste que el objeto social de la organizaci\u00f3n \u00a0se relaciona con las actividades que se exigen para la respectiva terna en la \u00a0cual postular\u00e1 su candidato: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Un informe ejecutivo, con sus respectivos \u00a0soportes, sobre las actividades que en los \u00faltimos cinco (5) a\u00f1os ha \u00a0desarrollado la organizaci\u00f3n en funci\u00f3n de la terna para la cual se presenta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Copia del documento de la respectiva \u00a0Junta Directiva o del \u00f3rgano que haga sus veces, en la cual conste la \u00a0designaci\u00f3n del candidato. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Soportes que acrediten que el candidato, \u00a0cumple con los requisitos de la terna para la cual lo postulan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Revisi\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los postulados. El Departamento \u00a0Administrativo de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (Colciencias), revisar\u00e1 y \u00a0evaluar\u00e1 la documentaci\u00f3n presentada por las organizaciones de que trata el \u00a0presente decreto, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos de \u00a0que trata el art\u00edculo anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Como resultado de la revisi\u00f3n y evaluaci\u00f3n a \u00a0que hace referencia el presente art\u00edculo, el Comit\u00e9 de Subdirecci\u00f3n de \u00a0Colciencias aprobar\u00e1 la lista preliminar de candidatos la cual ser\u00e1 publicada, \u00a0dentro de los tres (3) d\u00edas h\u00e1biles anteriores a la fecha de la reuni\u00f3n de \u00a0elecci\u00f3n en la p\u00e1gina web de Colciencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, los resultados de la verificaci\u00f3n \u00a0de los requisitos ser\u00e1n presentados por Colciencias en la reuni\u00f3n de las \u00a0organizaciones que elegir\u00e1n los integrantes que conformar\u00e1n la respectiva \u00a0terna, el d\u00eda se\u00f1alado para la elecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Forma de elecci\u00f3n. En la reuni\u00f3n de elecci\u00f3n se definir\u00e1 la \u00a0forma de elecci\u00f3n por parte de las organizaciones de que trata el par\u00e1grafo 1\u00b0 \u00a0del art\u00edculo 3\u00b0 de la Ley 1374 de 2010. \u00a0Para el efecto, las organizaciones elegir\u00e1n a los integrantes que conformar\u00e1n \u00a0la respectiva terna. Se realizar\u00e1 una reuni\u00f3n por cada uno de los grupos de \u00a0ternas, seg\u00fan lo se\u00f1alado en el art\u00edculo 4\u00b0 del presente decreto, para un total \u00a0de cuatro (4) reuniones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Procedimiento de la reuni\u00f3n. El procedimiento de la reuni\u00f3n de \u00a0elecci\u00f3n ser\u00e1 el siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El representante legal de Departamento \u00a0Administrativo de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (Colciencias) o su delegado, \u00a0instalar\u00e1 la reuni\u00f3n para la elecci\u00f3n dentro de la hora fijada en la \u00a0convocatoria p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Departamento Administrativo de \u00a0Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (Colciencias) presentar\u00e1 los resultados de la \u00a0verificaci\u00f3n de los requisitos, la lista definitiva y las reclamaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Solo tendr\u00e1n voz y voto en la reuni\u00f3n los \u00a0representantes legales de las organizaciones que hayan cumplido los requisitos \u00a0a que refiere el art\u00edculo 6\u00b0 del presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las organizaciones proceder\u00e1n a elegir al \u00a0presidente y secretario para el desarrollo de la reuni\u00f3n de elecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. En cada reuni\u00f3n ser\u00e1n elegidos los \u00a0candidatos que conforman las respectivas ternas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. De la reuni\u00f3n se levantar\u00e1 un acta en la \u00a0que consten los resultados de la conformaci\u00f3n de las respectivas ternas, la \u00a0cual deber\u00e1 ser firmada por el presidente y secretario de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Designaci\u00f3n. Dentro de los diez (10) d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la \u00a0conformaci\u00f3n de las quince (15) ternas, el Departamento Administrativo de \u00a0Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (Colciencias) la someter\u00e1 a consideraci\u00f3n del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica para que este realice la respectiva designaci\u00f3n, \u00a0adjuntando para el efecto, copia de la respectiva acta de la reuni\u00f3n de \u00a0elecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo transitorio. En la primera \u00a0composici\u00f3n del CNB, el Presidente de la Rep\u00fablica designar\u00e1 un tercio de los \u00a0consejeros para un periodo de dos (2) a\u00f1os, respetando la proporcionalidad de \u00a0la representaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Periodo. El periodo de cada consejero ser\u00e1 de cuatro (4) a\u00f1os, \u00a0contado a partir de la designaci\u00f3n que le hiciere el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, permitiendo tan solo una reelecci\u00f3n. La composici\u00f3n del CNB ser\u00e1 \u00a0renovada cada dos (2) a\u00f1os, en uno y dos tercios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Suplencia de vacancias definitivas. La vacancia definitiva de \u00a0uno de los miembros del CNB ser\u00e1 suplida por el Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0teniendo en cuenta la respectiva terna inmediatamente anterior, en la cual se \u00a0haya presentado la vacancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 8 de marzo de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Salud y Protecci\u00f3n Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alejandro Gaviria \u00a0Uribe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Ambiente y Desarrollo \u00a0Sostenible, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Luis Gilberto \u00a0Murillo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director General (e) del Departamento \u00a0Administrativo de Ciencia Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (Colciencias), \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alejandro Olaya D\u00e1vila. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 384 DE 2017 \u00a0 \u00a0\u00a0 (marzo 8) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.169, marzo 8 de 2017 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0establecen los mecanismos y procedimientos de postulaci\u00f3n y selecci\u00f3n de los \u00a0integrantes del Consejo Nacional de Bio\u00e9tica. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[78],"tags":[],"class_list":["post-50578","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2017"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50578","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=50578"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50578\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=50578"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=50578"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=50578"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}