{"id":50658,"date":"2023-08-17T13:55:03","date_gmt":"2023-08-17T13:55:03","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-584-de-2017\/"},"modified":"2023-08-17T13:55:03","modified_gmt":"2023-08-17T13:55:03","slug":"decreto-584-de-2017","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-584-de-2017\/","title":{"rendered":"DECRETO 584 DE 2017"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a0584 DE 2017 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(abril 4) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a050.196, abril 4 de 2017 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el \u00a0cual se reglamentan los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnolog\u00eda e \u00a0Innovaci\u00f3n (Codecti). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: \u00a0Derogado por el Decreto 1557 de 2022, \u00a0art\u00edculo 14, excepto el art\u00edculo 3\u00b0 que seguir\u00e1 vigente hasta el 31 de \u00a0diciembre de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades \u00a0constitucionales y legales, en especial la que le confiere el numeral 11 del \u00a0art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 5\u00b0 de la Ley 1286 de 2009 \u00a0establece: \u201cTransf\u00f3rmese el Instituto \u00a0Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnolog\u00eda \u201cFrancisco Jos\u00e9 de \u00a0Caldas\u201d (Colciencias) en el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnolog\u00eda \u00a0e Innovaci\u00f3n (Colciencias), como rector del sector, encargado de formular, \u00a0orientar, dirigir, coordinar, ejecutar e implementar la pol\u00edtica del Estado en \u00a0la materia, en concordancia con los planes y programas de desarrollo\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 6\u00b0 de la Ley 1286 de 2009 \u00a0establece los objetivos generales del Departamento Administrativo de Ciencia, \u00a0Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (Colciencias), entre otros, \u201c(\u2026) Fortalecer el desarrollo regional a trav\u00e9s de los Consejos \u00a0Departamentales de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n y pol\u00edticas integrales, \u00a0novedosas y de alto impacto positivo para la descentralizaci\u00f3n de las \u00a0actividades cient\u00edficas, tecnol\u00f3gicas y de innovaci\u00f3n, integrado a las \u00a0din\u00e1micas internacionales\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0art\u00edculo 19 de la Ley 1286 de 2009 \u00a0establece que el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (SNCTI) \u00a0estar\u00e1 coordinado por Colciencias, quien a su vez contar\u00e1 con los Consejos de \u00a0los Programas Nacionales de Ciencia y Tecnolog\u00eda, los Consejos Departamentales \u00a0de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n y el Consejo Asesor de Ciencia, Tecnolog\u00eda \u00a0e Innovaci\u00f3n para articular el sistema; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0mediante el Documento CONPES 3582 del 27 de abril de 2009, el Consejo Nacional \u00a0de Pol\u00edtica Econ\u00f3mica y Social, defini\u00f3 la Pol\u00edtica Nacional de Ciencia, \u00a0Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (CTI) con el fin de incrementar la capacidad del pa\u00eds \u00a0para generar conocimiento cient\u00edfico y tecnol\u00f3gico, con el prop\u00f3sito de mejorar \u00a0la competitividad y contribuir a la transformaci\u00f3n productiva del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la \u00a0pol\u00edtica nacional en ciencia, tecnolog\u00eda e innovaci\u00f3n establece como uno de sus \u00a0objetivos \u201cdesarrollar y fortalecer \u00a0las capacidades en CTI, a trav\u00e9s de estrategias que garanticen la inclusi\u00f3n de \u00a0las regiones en las acciones planteadas en dicha pol\u00edtica, de forma que todas \u00a0puedan generar capacidades de CTI, de acuerdo con su vocaci\u00f3n y potencialidad\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en el \u00a0a\u00f1o 2016 se aprob\u00f3 el Documento CONPES 3866 de Pol\u00edtica Nacional de Desarrollo \u00a0Productivo, que propone objetivos espec\u00edficos para fomentar la innovaci\u00f3n, el \u00a0emprendimiento y transferencia de conocimiento y tecnolog\u00eda, y adopta el \u00edndice \u00a0Departamental de Innovaci\u00f3n de Colombia (IDIC) como referente para orientar la \u00a0regionalizaci\u00f3n de los instrumentos de ciencia, tecnolog\u00eda e innovaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0numeral 9 del art\u00edculo 1\u00b0 del Decreto \u00a0n\u00famero 849 de mayo 19 de 2016 establece como objetivo general del \u00a0Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (Colciencias) \u201cDefinir y alinear los procesos para el \u00a0establecimiento de prioridades, asignaci\u00f3n, articulaci\u00f3n y optimizaci\u00f3n de \u00a0recursos de toda clase para la ciencia, la tecnolog\u00eda, la innovaci\u00f3n y su \u00a0articulaci\u00f3n con el emprendimiento y la competitividad\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que los \u00a0numerales 8 y 13 del art\u00edculo 2\u00b0 del citado Decreto n\u00famero 849, establecen como \u00a0funci\u00f3n de Colciencias \u201cvelar por la \u00a0consolidaci\u00f3n, fortalecimiento y articulaci\u00f3n del Sistema Nacional de Ciencia, \u00a0Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (SNCTI) con las entidades y actores del mismo, en \u00a0estrecha coordinaci\u00f3n con el Sistema Nacional de Competitividad\u201d y \u201cpromover, articular y proyectar los \u00a0esquemas organizacionales de gesti\u00f3n de la CTel, en \u00a0las regiones, los departamentos y los municipios del pa\u00eds para potenciar su \u00a0propio desarrollo y armonizar la generaci\u00f3n de pol\u00edticas\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0resulta necesario establecer lineamientos para la integraci\u00f3n y las funciones \u00a0de los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (CODECTI) y \u00a0fortalecerlos con el prop\u00f3sito de que las iniciativas departamentales en \u00a0Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n tengan concordancia con las pol\u00edticas y metas \u00a0del pa\u00eds en esa materia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en \u00a0m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Objeto. Establecer \u00a0lineamientos para la integraci\u00f3n y las funciones de los Consejos \u00a0Departamentales de Ciencia Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (CODECTI). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. Definici\u00f3n. Los CODECTI son \u00a0la instancia asesora de los Gobiernos Departamentales, encargados de orientar \u00a0la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y gesti\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas de ciencia, \u00a0tecnolog\u00eda e innovaci\u00f3n a nivel territorial. Lo anterior, de forma articulada \u00a0con el ente rector del SNCTI, Colciencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00b0. Integraci\u00f3n de los CODECTI. Los \u00a0Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (CODECTI) estar\u00e1n \u00a0integrados as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) El \u00a0Gobernador del departamento o su delegado, quien lo presidir\u00e1; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) El \u00a0Director del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n \u00a0(Colciencias) o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Un \u00a0rector de las Instituciones de Educaci\u00f3n Superior (IES) p\u00fablicas, con \u00a0reconocida trayectoria en el desarrollo cient\u00edfico, tecnol\u00f3gico y de \u00a0innovaci\u00f3n, elegido por ellas, cuando tengan presencia en el departamento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Un \u00a0rector de las Instituciones de Educaci\u00f3n Superior (IES) privadas, con \u00a0reconocida trayectoria en el desarrollo cient\u00edfico, tecnol\u00f3gico y de \u00a0innovaci\u00f3n, elegido por ellas, cuando tengan presencia en el departamento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Un \u00a0representante de los Centros de Investigaci\u00f3n aut\u00f3nomos p\u00fablicos o privados, \u00a0elegido por ellos mismos, cuando tengan presencia en el departamento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Un \u00a0representante de los Centros de Desarrollo Tecnol\u00f3gico, Centros de Innovaci\u00f3n y \u00a0de Productividad, Parques Tecnol\u00f3gicos y\/o Centros de Ciencia aut\u00f3nomos \u00a0p\u00fablicos o privados, elegido por ellos mismos, cuando tengan presencia en el \u00a0departamento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Un \u00a0representante de las agencias p\u00fablicas de fomento a la CTel \u00a0del orden departamental y\/o municipal, elegido por ellas mismas, cuando tengan \u00a0presencia en el departamento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Un \u00a0delegado de la Comisi\u00f3n Regional de Competitividad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) El \u00a0presidente ejecutivo de la C\u00e1mara de Comercio con mayor n\u00famero de inscritos en \u00a0el registro mercantil del respectivo departamento, o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Un \u00a0representante de los Comit\u00e9s Universidad &#8211; Empresa &#8211; Estado (CUEE), elegido por \u00a0los mismos Comit\u00e9s, cuando operen en el departamento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Un \u00a0investigador del departamento o con presencia en \u00e9l, con reconocimiento vigente \u00a0de Colciencias, elegido por miembros del CODECTI; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Un \u00a0representante de los gremios productivos o un empresario, de reconocida \u00a0trayectoria en la regi\u00f3n y con presencia en el departamento, elegido por el \u00a0CODECTI; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Un \u00a0representante de la sociedad civil organizada, elegido por el CODECTI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00b0. Los integrantes del CODECTI que deban ser \u00a0elegidos, ejercer\u00e1n sus funciones durante un periodo de dos a\u00f1os, contados a \u00a0partir de la primera sesi\u00f3n a la que fueron invitados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02. El Director del DNP o su delegado ser\u00e1 \u00a0invitado permanente con voz a las sesiones de los CODECTI. Este Departamento \u00a0Administrativo decidir\u00e1 su asistencia de conformidad con el orden del d\u00eda \u00a0propuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00b0. Funciones de los CODECTI. Sin \u00a0perjuicio de las funciones que les hayan sido asignadas en otras normas \u00a0vigentes, los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n \u00a0(CODECTI), tendr\u00e1n las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Asesorar al Gobierno departamental en materia de ciencia, tecnolog\u00eda e \u00a0innovaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Articular y coordinar a los actores de la CTel a \u00a0nivel departamental, para lo cual podr\u00e1 establecer mecanismos e instancias de \u00a0cooperaci\u00f3n y apoyo interinstitucional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Orientar y proponer la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y gesti\u00f3n de las pol\u00edticas \u00a0p\u00fablicas de CTel a nivel territorial, garantizando la \u00a0articulaci\u00f3n con las pol\u00edticas nacionales en la materia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Apoyar \u00a0la implementaci\u00f3n a nivel departamental de las pol\u00edticas, programas e \u00a0instrumentos de CTel promovidas por entidades del \u00a0Gobierno nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Proponer programas y\/o proyectos orientados a fortalecer la CTel, \u00a0ante entidades de financiamiento de orden internacional, nacional, regional o \u00a0local; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Proponer mecanismos para la transferencia de conocimiento y otros resultados de \u00a0programas y proyectos de CTel, para la soluci\u00f3n de \u00a0problemas y el aprovechamiento de oportunidades de desarrollo regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Promover los mecanismos para estimular la inversi\u00f3n y participaci\u00f3n del sector \u00a0privado y la sociedad civil en proyectos y actividades de ciencia, tecnolog\u00eda, \u00a0innovaci\u00f3n, emprendimiento innovador y de base tecnol\u00f3gica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Proponer estudios y\/o evaluaciones para diagnosticar e intervenir las \u00a0potencialidades y necesidades del departamento, o para dise\u00f1ar y\/o ajustar la \u00a0institucionalidad, normativa y pol\u00edticas p\u00fablicas de CTel \u00a0a nivel departamental; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Coordinar y aprobar la actualizaci\u00f3n de los Planes y Acuerdos Estrat\u00e9gicos \u00a0Departamentales en CTel; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Establecer su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00b0. Sesiones. El CODECTI debe \u00a0sesionar por lo menos una vez por semestre. El quorum para sesionar estar\u00e1 \u00a0constituido por la mitad m\u00e1s uno de los miembros. Las recomendaciones o \u00a0decisiones se tomar\u00e1n por la mayor\u00eda simple de los miembros presentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06\u00b0. Secretar\u00eda T\u00e9cnica. Cada \u00a0CODECTI elegir\u00e1 entre sus integrantes un responsable de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica, \u00a0encargado de la organizaci\u00f3n y desarrollo de las sesiones del Consejo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son \u00a0funciones de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica, entre otras, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Convocar las sesiones del Consejo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Levantar actas de las sesiones y mantener actualizada la documentaci\u00f3n \u00a0relacionada con el Consejo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Administrar la informaci\u00f3n sobre las solicitudes y proyectos en ejecuci\u00f3n del \u00a0respectivo Consejo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Emitir \u00a0las comunicaciones internas necesarias para el cabal cumplimiento de las \u00a0funciones del Consejo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Entregar a los Consejeros y participantes de la sesi\u00f3n del Consejo, la \u00a0informaci\u00f3n que se requiere para la reuni\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Llevar \u00a0el consecutivo de las actas de las reuniones del Consejo, debidamente firmadas \u00a0y con los soportes a que haya lugar, que deber\u00e1n reposar en el archivo \u00a0documental del Consejo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Coordinar el proceso de elecci\u00f3n de los miembros del Consejo que defina esta \u00a0norma; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Consejo y las que le competan en desarrollo de sus \u00a0funciones legales y reglamentarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07\u00b0. Vigencia. El presente \u00a0decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Bogot\u00e1, D. C., a 4 de abril de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN \u00a0MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Director del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n \u00a0(Colciencias), \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>C\u00e9sar Augusto \u00a0Ocampo Rodr\u00edguez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a0584 DE 2017 \u00a0 \u00a0\u00a0 (abril 4) \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a050.196, abril 4 de 2017 \u00a0 \u00a0 por el \u00a0cual se reglamentan los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnolog\u00eda e \u00a0Innovaci\u00f3n (Codecti). \u00a0 \u00a0 Nota: \u00a0Derogado por el Decreto 1557 de 2022, \u00a0art\u00edculo 14, excepto el art\u00edculo 3\u00b0 que seguir\u00e1 vigente hasta el 31 de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[78],"tags":[],"class_list":["post-50658","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2017"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50658","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=50658"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50658\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=50658"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=50658"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=50658"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}